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Sala Electoral
  • Fecha: 31 de marzo de 2011





CUENTA Nº  46

 

Despacho del jueves treinta y uno  (31) de marzo de 2011. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, con la asistencia del magistrado Vicepresidente Oscar Jesús León Uzcátegui Magistrado Juan José Núñez Calderón y  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.  

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2011-000022: OMAR ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° 4.992.030, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación Sindical de los Empleados del Zulia (ASDELUZ), asistido por la abogada BEATRIZ ARROYO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 130.300, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el acto administrativo de fecha 27-02-2011 emanado de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, mediante la cual se convoca a las elecciones decanales periodo 2011-2014.

 

Se solicitó a la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 11-077. Asimismo, teniendo en cuenta que se interpuso el recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMON VEGAS TORREALBA. Finalmente, a los fines de notificar a la referida Comisión Electoral, se comisionó al Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor). Se Libró Oficio N° 11-076 y Despacho.

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2010-000069:  PEDRO RAMÓN MACHADO MARTÍNEZ, SEBASTIAN DE JESÚS BETANCOURT CERMEÑO, JOSÉ LUIS FARIAS y LUISA MARGARITA ARAGORT, titulares de la cédula de identidad N° 8.885.904, 11.170.787, 9.421.611 y 5.485.213, respectivamente, asistidos por el abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral de la Universidad de Oriente, respecto a la elección de las autoridades de la referida Casa de Estudios  cuyo acto de votación se fijó  para el 28 de julio de 2010. (Acumulado con Exp. 2010-000074 interpuesto por Ángel García Avilés, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.244, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WILLIAM SENIOR GALINDO, JULIO MARÍN, NEY LUIGGI, JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ, NAHUN SALAZAR BENÍTEZ, ANTONIO CURCU y ALBERTO SOLÓRZANO, titulares de la cédula de identidad N° 3.958.450, 9.427.575, 4.029.742, 9.897.847, 14.284.017, 9.274.138 y 16.145.365, respectivamente).

 

Vista la Sentencia N° 18 publicada en fecha 23-03-2011 mediante la cual  se declaró CON LUGAR los recursos interpuestos, la Sala acordó notificar el referido fallo a los ciudadanos WILLIAM SENIOR GALINDO, JULIO MARÍN, NEY LUIGGI, JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ, ANTONIO CURCU, NAHUN SALAZAR BENÍTEZ y ALBERTO SOLÓRZANO, a la Comisión Electoral de la Universidad de Oriente, al Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, así como a la ciudadana Reina Gedeón Serpa.  Se libraron Boletas y Oficios N° 11-079 y 11-080. Asimismo, se acordó comisionar al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor). Se libró Oficio N° 11-078 y Despacho.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.

 

El abogado JOSÉ SANTIAGO DE LOS RIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.553, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), presentó diligencia mediante la cual retiró la devolución acordada por auto de fecha 31-03-2011.

 

 

4.- Expediente N° X-2011-000001 (CUADERNO SEPARADO): PEDRO ARANGUREN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.788, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WILLIAMS DUQUE, MONICA SANTIAGO, JULIO ESPINOZA, GERWIN BADELL, KEILA VIERAS Y KENYER CHIRINOS, titulares de las cédulas de identidad N° 9.750.454, 8.505.030, 7.818.092, 16.606.902, 16.296.454 y 12.589.784, parte demandante, solicitó amparo cautelar a los fines de preservar el material electoral de las actas de escrutinio, totalización y proclamación correspondiente al proceso electoral celebrado el 26-09-2010, para elegir al Diputado Nominal Principal por el Municipio San Francisco del estado Zulia; en el expediente contentivo de la demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesta por los referidos ciudadanos, contra los actos de votación, totalización, proclamación y credencial que expidió la Junta Electoral Regional del Municipio San Francisco del estado Zulia, mediante la cual se acreditó como Diputado Nominal a la Asamblea Nacional del estado Zulia por el Circuito Electoral número 9 (principal), al ciudadano Julio Montoya Medero, así como contra las Actas de escrutinio en las elecciones celebradas en fecha 26-09-2010. (Expediente Principal N° AA70-E-2010-000098).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11.064, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano Julio Montoya, del fallo N° 6 de fecha 14-03-2011. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

5.- Expediente N° X-2011-000001 (CUADERNO SEPARADO): PEDRO ARANGUREN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.788, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WILLIAMS DUQUE, MONICA SANTIAGO, JULIO ESPINOZA, GERWIN BADELL, KEILA VIERAS Y KENYER CHIRINOS, titulares de las cédulas de identidad N° 9.750.454, 8.505.030, 7.818.092, 16.606.902, 16.296.454 y 12.589.784, parte demandante, solicitó amparo cautelar a los fines de preservar el material electoral de las actas de escrutinio, totalización y proclamación correspondiente al proceso electoral celebrado el 26-09-2010, para elegir al Diputado Nominal Principal por el Municipio San Francisco del estado Zulia; en el expediente contentivo de la demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesta por los referidos ciudadanos, contra los actos de votación, totalización, proclamación y credencial que expidió la Junta Electoral Regional del Municipio San Francisco del estado Zulia, mediante la cual se acreditó como Diputado Nominal a la Asamblea Nacional del estado Zulia por el Circuito Electoral número 9 (principal), al ciudadano Julio Montoya Medero, así como contra las Actas de escrutinio en las elecciones celebradas en fecha 26-09-2010. (Expediente Principal N° AA70-E-2010-000098).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11.065, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral la Sentencia Nº 6 dictada el 14-03-2011.

 

 

6.- Expediente N° X-2011-000001 (CUADERNO SEPARADO): PEDRO ARANGUREN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.788, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WILLIAMS DUQUE, MONICA SANTIAGO, JULIO ESPINOZA, GERWIN BADELL, KEILA VIERAS Y KENYER CHIRINOS, titulares de las cédulas de identidad N° 9.750.454, 8.505.030, 7.818.092, 16.606.902, 16.296.454 y 12.589.784, parte demandante, solicitó amparo cautelar a los fines de preservar el material electoral de las actas de escrutinio, totalización y proclamación correspondiente al proceso electoral celebrado el 26-09-2010, para elegir al Diputado Nominal Principal por el Municipio San Francisco del estado Zulia; en el expediente contentivo de la demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesta por los referidos ciudadanos, contra los actos de votación, totalización, proclamación y credencial que expidió la Junta Electoral Regional del Municipio San Francisco del estado Zulia, mediante la cual se acreditó como Diputado Nominal a la Asamblea Nacional del estado Zulia por el Circuito Electoral número 9 (principal), al ciudadano Julio Montoya Medero, así como contra las Actas de escrutinio en las elecciones celebradas en fecha 26-09-2010. (Expediente Principal N° AA70-E-2010-000098).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta, mediante el cual se notificó a los ciudadanos Williams Duque, Mónica Santiago, Julio Espinoza, Gerwin Badell, Keila Vieras y Kenyer Chirinos, la Sentencia Nº 6 dictada el 14-03-2011.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2011-000003: ALFREDO ANTONIO BORGES, titular de la cédula de identidad N° 12.380.049, asistido por el abogado Ángel Yrigoyen López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.133, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “LA DECISIÓN DE INADMISIBILIDAD DE FECHA Jueves dos (02) de Diciembre de 2010”, emanada del Consejo Nacional Electoral, referida al  “RECURSO JERARQUICO DE IMPUGNACIÓN Y DEL RECURSO DE IMPUGNACIÓN DE LOS RESULTADOS EMITIDOS POR EL CONCEJO NACIONAL ELECTORAL DEL PROCESO DEL 26 DE SEPTIEMBRE DEL 2010, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NOMINAL NUMERO NUEVE  (09) CORRESPONDIENTE A EL MUNICIPIO SAN FRANCISCO DEL ESTADO ZULIA PARA LA ELECCIÓN Y ESCOGENCIA DE DIPUTADO O DIPUTADA A LA ASAMBLEA NACIONAL Y CONTRA LA INADMISIBILIDAD DEL RECURSO JERARQUICO DE IMPUGNACIÓN DE LA MISMA FECHA, CONTRA LOS RESULTADOS EMITIDOS POR EL CONCEJO NACIONAL ELECTORAL PARA LA ESCOGENCIA O ELECCION DE DIPUTADO O DIPUTADA LISTA EN EL ESTADO ZULIA” (sic).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11.062, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente, del fallo dictado el 23-03-2011. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2011-000003: ALFREDO ANTONIO BORGES, titular de la cédula de identidad N° 12.380.049, asistido por el abogado Ángel Yrigoyen López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.133, interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “LA DECISIÓN DE INADMISIBILIDAD DE FECHA Jueves dos (02) de Diciembre de 2010”, emanada del Consejo Nacional Electoral, referida al  “RECURSO JERARQUICO DE IMPUGNACIÓN Y DEL RECURSO DE IMPUGNACIÓN DE LOS RESULTADOS EMITIDOS POR EL CONCEJO NACIONAL ELECTORAL DEL PROCESO DEL 26 DE SEPTIEMBRE DEL 2010, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NOMINAL NUMERO NUEVE  (09) CORRESPONDIENTE A EL MUNICIPIO SAN FRANCISCO DEL ESTADO ZULIA PARA LA ELECCIÓN Y ESCOGENCIA DE DIPUTADO O DIPUTADA A LA ASAMBLEA NACIONAL Y CONTRA LA INADMISIBILIDAD DEL RECURSO JERARQUICO DE IMPUGNACIÓN DE LA MISMA FECHA, CONTRA LOS RESULTADOS EMITIDOS POR EL CONCEJO NACIONAL ELECTORAL PARA LA ESCOGENCIA O ELECCION DE DIPUTADO O DIPUTADA LISTA EN EL ESTADO ZULIA” (sic).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 11.063, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral la Sentencia Nº 12 dictada el 23-03-2011.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2011-000016: ALBERTO JOSÉ RIVAS SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.279.874 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.753, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Federación Médica Venezolana, interpone “RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL DE ANULACIÓN CON SOLICITUD DE MEDIDA DE AMPARO CONSTITUCIONAL CAUTELAR” contra la Resolución N° 101201-0512 de fecha 01-12-2010 dictada por el Consejo Nacional Electoral.

 

Los abogados Julouana Soto y Miguel Ángel Méndez Campo, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 116.367 y  67.909, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente el referido escrito así como la copia del poder que acredita su representación y formar una (01) pieza separada con los restantes recaudos que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2011-000021: JESUS RAFAEL RODRÍGUEZ BERMUDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, actuando con el carácter de apoderado judicial  del ciudadano LUIS BELTRAN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 8.269.189, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la actuación del Directorio del Instituto del Deporte del estado Anzoátegui IDEA, de fecha 23 de febrero de 2011, mediante el cual el Directorio autorizó “a la Dirección General del referido instituto para Revocar el Reconocimiento y Registro de la Junta Directiva de la Asociación de Potencia del Estado Anzoátegui (…), según  la Providencia Administrativa N° PA009-2009, de fecha 05 de marzo de 2009”.

 

Se designó ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la presente acción de amparo.

 

El Presidente (E),

   

 

 

MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ

                                                                                                                                      

  La Secretaria,

   

 

  

PATRICIA CORNET GARCÍA


 

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