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Sala Electoral
  • Fecha: 06 de marzo de 2012





CUENTA Nº  31

 

Despacho del martes seis (06) de marzo de 2012. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madríz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón,  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2011-000022: OMAR ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° 4.992.030, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación Sindical de los Empleados del Zulia (ASDELUZ), asistido por la abogada BEATRIZ ARROYO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 130.300, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el acto administrativo de fecha 27-02-2011 emanado de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, mediante la cual se convoca a las elecciones decanales periodo 2011-2014.

 

Visto el escrito presentado en fecha 23-02-2012 por la abogada MARÍA TERESA SÁNCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el nº 24.765, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Universidad del Zulia, mediante el cual solicitó aclaratoria de la sentencia dictada por la Sala en fecha 24-11-2011, se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

ACTO DE INFORMES ORALES EN:

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2011-000065: EMPERATRIZ ANDRADE, MARYORI OMAIRA DÍAZ OMERO y JOSÉ RAMÓN  CERRADA, titulares de las cédulas de identidad número 4.362.109, 6.469.167 y 3.995.275, respectivamente, asistidos por las abogadas Aiveh Vargas y Felicia Hernández Hidalgo, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 46.070 y 32.172, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral “conjuntamente con Acción de Daños y Perjuicios” contra las comunicaciones de fechas 20 de junio de 2011, 23 de junio de 2011 y 13 de julio de 2011, emanadas de la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela, respecto al proceso celebrado el 21-07-2010.

 

Abierto el acto, se dejó constancia que se encontraban presentes las ciudadanas EMPERATRIZ ANDRADE, MARYORI OMAIRA DÍAZ ROMERO y el ciudadano JOSÉ RAMÓN CERRADA, parte recurrente, asistidos por la abogada Felicia Hernández Hidalgo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172. Igualmente, se dejó constancia que se encontraba presente el abogado Pablo Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 77.765, apoderado judicial de los ciudadanos ZORAIDA PADILLA, RUBEN HERNÁNDEZ, JOSÉ GREGORIO PEÑA, ALEXANDER BETANCO y MARINA AGUILAR, titulares de la cédula de identidad Nº 5.262.739, 12.908.190, 9.097.225, 15.813.331 y 13.310.874, respectivamente, miembros de la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela, quienes se encontraban presentes, parte recurrida. Del mismo modo, se dejó constancia de la asistencia de la abogada Eira Torres, inscrita Inpreabogado bajo el número 39.288, Fiscal Provisoria de la Fiscalía Primera del Ministerio Público designada para actuar ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.  Seguidamente, la Presidenta de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes y el Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales.

 

 

ACTUACIONES EN:

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2011-000055: RAMÓN ANTONIO COLMENARES, titular de la cédula de identidad  n° 10.810.654, asistido por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 3.317, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros de la Universidad Nacional Abierta, referido al proceso electoral para elegir a las autoridades del Consejo de Administración y Vigilancia de la referida Caja de Ahorros,  período 2011-2014.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2011-000065: EMPERATRIZ ANDRADE, MARYORI OMAIRA DÍAZ OMERO y JOSÉ RAMÓN  CERRADA, titulares de las cédulas de identidad número 4.362.109, 6.469.167 y 3.995.275, respectivamente, asistidos por las abogadas Aiveh Vargas y Felicia Hernández Hidalgo, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 46.070 y 32.172, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral “conjuntamente con Acción de Daños y Perjuicios” contra las comunicaciones de fechas 20 de junio de 2011, 23 de junio de 2011 y 13 de julio de 2011, emanadas de la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela, respecto al proceso celebrado el 21-07-2010.

 

Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de los informes orales celebrados en esta misma fecha.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2009-000076: YULISSA CECILIA GONZÁLEZ FLORES, FERMÍN DEL VALLE GUTIÉRREZ CORREDOR y MARTA SALCEDO DE CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad  número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente, asistidos por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el proceso electoral celebrado el 21-09-2009, para la elección del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del Estado de Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

 

Se libraron Oficios números 12-090 y 12-091, a las Magistradas Suplentes GRISELL DE LOS ÁNGELES LÓPEZ QUINTERO y CARMEN TRINIDAD DE LA CONSOLACIÓN ÁLVAREZ ALFONZO con el objeto de convocarlas a los fines de conformar la Sala Accidental que deberá conocer y decidir la causa.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2011-000089: LUIS ALEJANDRO TELLERÍA DORANTE y JOSÉ MANUEL LÓPEZ, titulares de la cédula de identidad números 5.836.084 y 13.618.656, respectivamente, asistidos por los abogados Mario Valdez y Pedro Rafael Estévez, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 22.708 y 90.016, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares contra la  Asamblea Nacional del Partido Político Patria Para Todos (PPT), celebrada el día 15 de octubre de 2011. (Acumulado con Exp. N° AA70-E-2011-000095: RAFAEL UZCÁTEGUI, ILENIA MEDINA, EDUARDO OVIEDO, LISETT SABINO, CARLOS MARTÍNEZ GONZÁLEZ, OSBALDO ANTONIO CHIRINOS, HENRY MORALES y RAMÓN HUMBERTO URBINA CASTILLO, titulares de las cédula de identidad número 648.703, 4.376.240, 4.383.170, 8.265.918, 5.859.423, 4.644.944, 648.372 y 5.345.365, respectivamente, asistidos por el abogado Diego Alfredo García Urquiola, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.884, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la “Asamblea Nacional Extraordinaria del Partido Político Patria Para Todos (PPT), iniciada en fecha 15 de octubre de 2011 y contra el Acta que le dio término a la misma y que fuera conocida mediante su consignación por ante el Consejo Nacional Electoral en fecha 21 de octubre de 2011”).

 

Los abogados CARLOS CASTRO, MIGUEL MENDEZ y MARÍA EUGENIA PEÑA, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 90.583, 67.909 y 52.044, respectivamente, apoderados judiciales del Consejo Nacional Electoral, presentaron escrito mediante el cual señalaron que "consignan copia certificada del expediente de la Organización con Fines Políticos Patria Para Todos (PPT)", en atención al auto de admisión de pruebas dictado en fecha 14-02-2012. Se acordó agregar a la pieza principal el referido escrito, así como el instrumento poder que acredita su representación y formar diez (10) piezas de anexo con los recaudos restantes que acompañaron al escrito, piezas estas identificadas como Anexo 1 al 10.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2011-000065: EMPERATRIZ ANDRADE, MARYORI OMAIRA DÍAZ OMERO y JOSÉ RAMÓN  CERRADA, titulares de las cédulas de identidad número 4.362.109, 6.469.167 y 3.995.275, respectivamente, asistidos por las abogadas Aiveh Vargas y Felicia Hernández Hidalgo, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 46.070 y 32.172, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral “conjuntamente con Acción de Daños y Perjuicios” contra las comunicaciones de fechas 20 de junio de 2011, 23 de junio de 2011 y 13 de julio de 2011, emanadas de la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela, respecto al proceso celebrado el 21-07-2010.

 

La abogada EIRA TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 39.288, Fiscal Provisorio de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, presentó escrito de informes.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2011-000065: EMPERATRIZ ANDRADE, MARYORI OMAIRA DÍAZ OMERO y JOSÉ RAMÓN  CERRADA, titulares de las cédulas de identidad número 4.362.109, 6.469.167 y 3.995.275, respectivamente, asistidos por las abogadas Aiveh Vargas y Felicia Hernández Hidalgo, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 46.070 y 32.172, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral “conjuntamente con Acción de Daños y Perjuicios” contra las comunicaciones de fechas 20 de junio de 2011, 23 de junio de 2011 y 13 de julio de 2011, emanadas de la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela, respecto al proceso celebrado el 21-07-2010.

 

Los ciudadanos EMPERATRIZ ANDRADE, MARYORI DÍAZ ROMERO y JOSÉ RAMÓN CERRADA, actuando con el carácter de parte recurrente, asistida por la abogada Felicia Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, consignó escrito Informes.

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2010-000070: JHONNY VARGAS, ADRIAN JOSÉ BOLÍVAR RAMÍREZ, YOLMAN ALBERTO GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, RAÚL MUÑOZ CAVALIERI y EDGAR RICARDO HERNÁNDEZ, titulares de la cédula de identidad N° 19.407.948, 6.899.261, 6.944.789, 6.867.499 y 6.312.359, respectivamente, asistidos por el abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, respecto a la elección de las autoridades de la referida Casa de Estudios  cuyo acto de votación se fijó  para el 28 de julio de 2010.

 

Los abogados ANÍBAL PERALES y FRANCISCO PERALES, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 4.038 y 61.765, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana Rita Añez, Rectora de la Universidad Nacional Experimental Politécnica "Antonio José de Sucre" (UNEXPO), presentaron escrito relativo a la ejecución de la Sentencia Nº 19 de fecha 16-02-2012 (acompañaron recaudos).

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2011-000059: JESÚS DAVID RODRÍGUEZ SEGOVIA, titular de la cédula de identidad número 3.667.219, asistido por su apoderada judicial abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 80.698, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución “SECCIONAL MIRANDA” dictada por el Comité Ejecutivo Nacional de Acción Democrática, el 11-05-2011, mediante la cual “ese órgano partidista [lo] sustituyó del cargo de Secretario General del Comité Ejecutivo Seccional en el estado Miranda (CES-Miranda)”.

 

El abogado Víctor Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.770, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó la página 43 del diario "Últimas Noticias" de fecha 06-03-2012, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento.

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2009-000051: JOSÉ RAFAEL GARCÍA GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° 1.197.088, asistido por el abogado HUMBERTO DE CARLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.928, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Caja de ahorros cuyo acto de votación está fijado para el día 29-05-2009.

 

El ciudadano JOSÉ RAFAEL GARCÍA GARCÍA, actuando con el carácter de parte recurrente, asistido por el abogado Humberto Decarli, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.928, consignó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de los documentos que rielan a los folios 284 al 293  vuelto, 386 al 398  vuelto, 403 al 436 del expediente.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

12- Expediente N° AA70-E-2012-000007: SABINO GARBAN FLORES, ANTONIO GONZÁLEZ FERMIN y JOAO LUIS DE BRITES, titulares de la cédula de identidad número 4.002.336, 6.161.744 y 11.669.500, respectivamente, el primero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, actuando en nombre propio y asistiendo a los demás, actuando con el carácter de socios y miembros de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra “la negativa del Presidente del Club, quien dice actuar en nombre de la Junta Directiva, en entregar la data o listado de socios para elaborar y publicar el Registro Electoral Preliminar, así mismo, la negativa a entregar los insumos necesarios para ser usados en el proceso eleccionario, así como cubrir los costos de las publicaciones legales que se haga menester, el no pronunciamiento en cuanto al uso de las instalaciones de la biblioteca del club, como sede de la Comisión Electoral, o en todo caso, pretende imponer una sede móvil de la Comisión en distintos lugares del Club…”, todo referido al proceso electoral para elegir a las autoridades de la Junta Directiva del referido Club, período 2012-2014.

 

Visto los escritos presentados en fecha 05-03-2012 por el abogado Roberto Alí Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.764, actuando en su propio nombre y asistiendo al ciudadano Ibraim Iglesias, titular de la cédula de identidad N° 6.168.711, Presidente de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, mediante el cual solicitaron aclaratoria de la Sentencia dictada por la Sala Electoral en fecha 02-03-2012; y por los ciudadanos Antonio González y Joao Luis De Brites, titulares de la cédula de identidad N° 4.002.336, 6.161.744, respectivamente, asistidos por el abogado Sabino Garbán Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, quien a su vez actúa en su propio nombre,  mediante el cual solicitaron el desacato de la referida sentencia por parte de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, se designó ponente al Magistrado OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

ACTUACIONES EN:

 

 

13.- Expediente N° AA70-E-2012-000010: MARYS DEL CARMEN SALAZAR GÓMEZ, BRICEIDA QUINTO MADRIZ, NANCY CASTILLO y MARLENE SEIJAS, titulares de la cédula de identidad N° 9.933.348, 4.849.105, 6.292.467 y 9.097.231, respectivamente, asistidos por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (C.A.T.J.P.A.M.L.D.C.), respecto a las elecciones de la Junta Directiva de la referida Caja de Ahorro, cuyo acto de votación se fijó para el día 07 de marzo de 2012.

 

Vista la decisión dictada en fecha 05-03-2012, se acordó notificar a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador, al Presidente de la referida Caja de Ahorros, a la parte accionante, y a los terceros interesados, ciudadanos Iván Alfredo Tapias Añon, José Gregorio Gutiérrez, Wilfredo Rafael Orozco Colmenares, David Ramón Henríquez Rodríguez, Eduardo Javier Naveda Ponce, Nancy Haidee Contreras Sánchez, Saúl Enrique Álvarez, Jorge Rafael Olivieres González y Franklin Vidal López Berbesia. Se libraron boletas. Asimismo, se acordó notificar Ministerio Público. Se libró Oficio N° 12-089.

 

 

14- Expediente N° AA70-E-2012-000007: SABINO GARBAN FLORES, ANTONIO GONZÁLEZ FERMIN y JOAO LUIS DE BRITES, titulares de la cédula de identidad número 4.002.336, 6.161.744 y 11.669.500, respectivamente, el primero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, actuando en nombre propio y asistiendo a los demás, actuando con el carácter de socios y miembros de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra “la negativa del Presidente del Club, quien dice actuar en nombre de la Junta Directiva, en entregar la data o listado de socios para elaborar y publicar el Registro Electoral Preliminar, así mismo, la negativa a entregar los insumos necesarios para ser usados en el proceso eleccionario, así como cubrir los costos de las publicaciones legales que se haga menester, el no pronunciamiento en cuanto al uso de las instalaciones de la biblioteca del club, como sede de la Comisión Electoral, o en todo caso, pretende imponer una sede móvil de la Comisión en distintos lugares del Club…”, todo referido al proceso electoral para elegir a las autoridades de la Junta Directiva del referido Club, período 2012-2014.

 

Se abrió Segunda Pieza.

 

 

15.- Expediente N° AA70-E-2012-000001: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar  por el ciudadano Luis Rodolfo Gómez Blanco, titular de la cédula de identidad N° 7.564.037,  asistido por el abogado Rafael Pérez Moochett, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.064, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (CAPREMINFRA), respecto al proceso electoral para escoger a los Delegados Regionales y  Miembros de los Consejos de Administración y Vigilancia  de la mencionada Caja de Ahorros periodo 2011-2014, cuyo acto de votación fue fijado para el día 25-05-2011. Oficio N° 11-1697 de fecha 14-12-2011. Remitiendo Expediente N° AA50-T-2011-000697 (Nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza).

 

Vista la Sentencia N° 22 del 16-02-2012, se acordó notificar a la parte accionante a los fines de notificarlo del referido fallo. Se libró Boleta.

 

 

SENTENCIA

 

 

16.- Expediente N° AA70-E-2010-000097: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declina la competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por el ciudadano JULIO ALEXANDER GARCÍA CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 14.462.138, asistido por la abogada Enilda Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.351, contra “el Acto emanado de la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela (…) contenido en el Oficio N° 000179/2010, de fecha 30-06-2010” que “anuló la aceptación de la Plancha Uno”, de la cual forma parte y que participaría “en el Proceso Electoral para elegir: Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Delegados del Colegio de Enfermeras del Estado Carabobo”. Oficio N° 10-0944 de fecha 17-11-2010, remitiendo el expediente N° AA50-T-2010-000735 (nomenclatura de la Sala Constitucional). (1 Pieza). La Sala declaró: 1.- CON LUGAR el recurso. 2.- ANULÓ el acto contenido en el oficio N° 000179/2010 de fecha 30 de junio de 2010, emanado de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL DE LA FEDERACIÓN DE COLEGIOS PROFESIONALES DE LA ENFERMERÍA DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, mediante la cual anuló la aceptación de la Plancha Uno para participar en el proceso electoral mediante el cual serían electos los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Delegados del Colegio de Enfermeras del estado Carabobo. Así se decide. 3.- ORDENÓ a la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Enfermeras de Venezuela que instruya a la Comisión Electoral Regional del Colegio de Enfermeros del estado Carabobo para el reinicio del proceso electoral correspondiente al precitado colegio profesional, en cumplimiento de las normas y el criterio jurisprudencial de esta Sala Electoral aplicables, mediante la elaboración y ejecución de un Cronograma Electoral que comience desde la fase de publicación del Registro Electoral preliminar, y en el cual deben estar incluidas las siguientes fases: I. Publicación del Registro Electoral, correspondiente al estado Carabobo. II. Impugnación y depuración del Registro Electoral. III.    Publicación del Registro Electoral definitivo. IV.   Postulaciones, que incluya los lapsos de admisión, impugnación de la admisión y publicación definitiva de todas las postulaciones que sean admitidas. V.  Votación, escrutinio, totalización y proclamación de candidatos ganadores.  Ponente. JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 33.

 

 

17.- Expediente N° AA70-E-2011-000025: Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital remite expediente contentivo de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelares por  el abogado Pedro Antonio Valera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.096, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ HIDALGO, titular de la cédula de identidad N° 5.405.803, contra “el acto administrativo de fecha tres (03) de agosto del año 2009”, referido a la elección celebrada en la Caja de Ahorro del Instituto Nacional de Nutrición (CATINN). Oficio N° TSSCA-0526-2011 de fecha 12-04-2011. Remitiendo Expediente N°  2949-11 (nomenclatura de ese Tribunal). (1 Pieza). La Sala declaró: 1.- DESESTIMADA la impugnación formulada por el abogado Pedro Antonio Valera, del poder otorgado por la ciudadana Trina Rondón, al abogado Gerardo Mora Franco. 2.- SIN LUGAR la medida cautelar solicitada por la parte recurrente en etapa de informes. 3.- SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar. Ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 34.

 

La Presidenta,

  

 

   

JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO                                              

  

                                                                             

   La Secretaria,

 

 

 

                                                                            PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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