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Sala Electoral
  • Fecha: 11 de octubre de 2012





CUENTA N°  129

 

  

 

Despacho del jueves once (11) de octubre de 2012. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón,  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2012-000094: SQUENIA IDALMI LUGO ARÉVALO, JOFFREN HENDERSON PAREDES COLINA, JULIETA ENRRIETT PADRÓN PINO, LUCILA PÉREZ VILLAMIZAR y ANAÍS COROMOTO PIÑA LEAL, titulares de la cédula de identidad N° 10.871.513, 16.661.440, 15.663.929, 11.664.750 y 5.971.895, respectivamente, asistidos por la abogada Jesyreth Morela Várgas Guillen, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.902, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS DE LOS EMPLEADOS DE FUNDACOMUN, respecto al proceso electoral a los fines de escoger a las autoridades de la referida Caja periodo 2012-2015.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2012-000093: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos CRIXLER ORTEGA, RAFAEL LEUCI y JOSÉ GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad N° 9.918.048, 10.983.687 y 10.975.665, respectivamente, asistidos por el abogado Edwin José Carpio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 168.382 contra el Sindicato Único de Trabajadores y Trabajadoras de la Electricidad y sus conexos del estado Guárico (SINTRAELEC). Oficio N° CTVJO-536-12 de fecha 06 de agosto de 2012. Remitiendo Expediente N° JP51-S-2012-000072 (Nomenclatura de ese Tribunal (1 Pieza).

 

Se designó ponente al Magistrado  JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2011-000071: Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo  de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, declinó la competencia en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos PEDRO MONTEROLA, GIOVANNI MORENO, ELIÉZER GUZMÁN, DOMÉNICO ALMONTE, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ, RAFAEL ALCÁNTARA y JOSÉ GONZÁLEZ, titulares de las cédulas de identidad número 8.475.905, 10.943.402, 8.882.874, 9.649.448, 10.062.533, 8.475.154 y 5.986.558, respectivamente, actuando con el carácter de Secretario de Organización, Secretario de Vigilancia y Disciplina, Secretario de Prensa y Propaganda, Secretario de Higiene y Seguridad, Secretario de Relaciones Intergubernamentales y Secretario de Reclamos del Sindicato de Trabajadores de Petroleros y del Gas de los Municipios Simón Rodríguez, Guanipa, Freites, Miranda e Independencia del estado Anzoátegui (S.T.P.G.), respectivamente, asistidos por el abogado Pedro Gámez Lara, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.079. Oficio N° TJ21193-11, de fecha 10-08-2011, remitiendo el expediente N° BP12-S-2011-001137 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal). (Recibido en fecha 16-08-2011).

 

Vencido como se encuentra el lapso establecido en Sentencia N°  130 dictada el  2-11-2011, para que los ciudadanos PEDRO MONTEROLA, GIOVANNI MORENO, ELIEZER GUZMÁN, DOMÉNICO ALMONTE, JOSÉ LUÍS RODRÍGUEZ, RAFAEL ALCÁNTARA y JOSÉ GONZÁLEZ  (parte accionante) corrijan la omisión advertida en los términos señalados en la motiva del fallo, se designó ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

ACTUACIONES EN:

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2012-000047: JOSÉ LUIS INOJOSA, titular de la cédula de identidad N° 11.035.828, denuncia “los supuestos ilícitos que han incurridos las organizaciones con fines políticos, en lo que se refieren a su registro y constitución, y que fuera presuntamente avalados por el órgano del Poder Electoral” señalando interponer acción de amparo y solicitud de medida cautelar.

 

Por recibido en fecha 10-10-2012 Oficio N° 2012-528 de fecha 28-09-2012, emanado del Juzgado Segundo de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, anexo al cual remitió resultas de la comisión librada en fecha 08-08-2012, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2012-000072: NORIS JOSEFINA OJEDA ALVINS y ELBA THAIS GARCIA ALONSO, titulares de la cédula de identidad N° 6.552.591 y 5.591.746, la primera inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.447, actuando en nombre propio y asistiendo a la segunda, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “LOS ARTICULOS 20 Y 22 DEL REGLAMENTO ELECTORAL DE LA CAJA DE AHORROS DEL (Sic) PERSONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO (CAPMP)”.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2012-000061: ALONSO MEDINA ROA, titular de la cédula de identidad N° 6.226.837 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.896, actuando en su propio nombre, mediante el cual  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular,  a los fines que se declare “nulo el proceso electoral de COPEI, realizado para la escogencia de las autoridades del estado Miranda y de cada uno de los municipios que conforman el citado estado, que se celebraron el 16 de junio de 2012”.

 

Se libró cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el auto del 18-09-2012, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias", y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia que si  incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2012-000092: BAUDILIO GENARO REINOSO ROTOY, titular de la cédula de identidad N° 646.652, asistido por el abogado Elías Pinto Osorio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.582.364, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo a los fines de “Que desconozca los acuerdos y conclusiones de la presunta asamblea expresado en la correspondencia de fecha 28 de julio del año en curso, en todas sus partes (…) la nulidad de las postulaciones de Diputados principales y suplentes a la elección de los consejos legislativos, y las Credenciales para postular Gobernadores, para las elecciones de Diciembre realizadas por Didalco Bolívar en nombre de PODEMOS (…)”.

 

Dando cumplimiento a la Sentencia N° 163 dictada en fecha 11-10-2012, mediante la cual se declaró INCOMPETENTE y DECLINÓ en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia el conocimiento del expediente contentivo de la solicitud interpuesta por el ciudadano BAUDILIO GENARO REINOSO ROTOY; remito a usted, a los fines legales consiguientes, constante de cuarenta y cuatro (44) folios útiles, en una (1) pieza, las actuaciones contenidas en el expediente signado con el Nº AA70-E-2012-000092 -nomenclatura de esta Sala Electoral-.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2012-000094: SQUENIA IDALMI LUGO ARÉVALO, JOFFREN HENDERSON PAREDES COLINA, JULIETA ENRRIETT PADRÓN PINO, LUCILA PÉREZ VILLAMIZAR y ANAÍS COROMOTO PIÑA LEAL, titulares de la cédula de identidad N° 10.871.513, 16.661.440, 15.663.929, 11.664.750 y 5.971.895, respectivamente, asistidos por la abogada Jesyreth Morela Várgas Guillen, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.902, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS DE LOS EMPLEADOS DE FUNDACOMUN, respecto al proceso electoral a los fines de escoger a las autoridades de la referida Caja periodo 2012-2015.

 

Los ciudadanos SQUENIA LUGO, JOFFREN PAREDES, JULIETA PADRON, LUCILA PÉREZ y ANAÍAS PIÑA, titulares de la cédula de identidad N° 10.871.513, 16.661.440, 15.663.929, 11.664.750 y 5.971.895, respectivamente,  parte recurrente, asistidas por la abogada Jesyreth Vargas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.902, presentaron diligencia mediante la cual otorgaron poder APUD ACTA  a la abogada asistente.

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2011-000085: GUALBERTO MAS Y RUBI, JOSÉ TEOLINDO JIMÉNEZ PALLEROL, INGRID MERCEDES CASTRO ROJAS y MINERVA JOSEFINA ZAMBRANO, titulares de la cédula de identidad números 4.525.247, 2.149.561, 3.157.403 y 4.453.151, respectivamente, asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 56.672, 34.959 y 39.279, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral con “solicitud de amparo cautelar por vía subsidiaria” contra la Resolución N° 110915-0169 emanada del Consejo Nacional Electoral del 15 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 583 del 05 de octubre de 2011, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR el recurso jerárquico ejercido por los ciudadanos Oscar Daniel Henríquez, Rafael González y Alfredo Borsegui, contra la Resolución emanada de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) de fecha 23 de febrero de 2011.  2.- NULA: La referida Resolución. 3.- CON LUGAR  la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos Gualberto Mas y Rubí, Carlos Augusto Pérez, Teolindo Jiménez, Iraima Pérez, Orlando Herrera, Minerva Zambrano, Baudilio Santiago, Rubén Herrera, Ingrid Castro, Henry Medina, Jesús Malave Carvajal, Rubén Rosario, Gerardo Viloria, José Darío Lima, David Rodríguez y Manuel Mota, para participar en la elección de las autoridades de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO). 4.- INELEGIBLES los referidos ciudadanos para optar a cargos de dirección en referida Federación. 5.- REPONE el proceso electoral de la mencionada Federación a la Fase N° 16.

 

El abogado WILMER PARTIDAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.279, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano GUALBERTYO MAS Y RUBÍ, presentó diligencia mediante la cual solicitó se dicte pronunciamiento en la causa.

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2012-000017: MARIELA CRISTINA SALCEDO CAMACHO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 121.914, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano TOMAS REYES, titular de la cédula de identidad N° 6.863.173, interpone recurso contencioso electoral a los fines de “… IMPUGNAR, a cinco (5), de los Directivos de la Caja de Ahorros postulados y candidatos integrantes de la Nómina 07, dentro del Proceso Electoral” que se lleva a cabo en la Caja de Ahorro de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital.

 

El abogado David Plaza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, actuando con el carácter de apoderado judicial de los terceros coadyuvantes, presentó diligencia mediante la cual consignó recaudos.

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2012-000077: PEDRO CELESTINO VELIZ ACUÑA, DICK ANTONIO GUANIQUE GARVÁN, NELSON JOSÉ GÓMEZ RODRÍGUEZ, AMILCAR ERNESTO MORALES PEÑA y EDUARDO JOSÉ TORRES MUÑOZ, titulares de la cédula de identidad N° 2.927.005, 4.497.550, 8.329.776, 13.111.208 y 12.726.145, respectivamente, siendo el primero de ellos Presidente y los demás miembros del Comité Político Nacional de bandera Roja, asistidos por el abogado Carlos Alberto Guevara solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.575,asistidos por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.575, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Organizadora del Congreso del Partido Bandera Roja, respecto a la convocatoria del Congreso del referido Partido a realizarse los días 17, 18 y 19 de agosto de 2012  para elegir a las autoridades del Partido.

 

El Alguacil de la Sala consignó copia del Oficio Nº 12-385, librado a la Comisión Organizadora del Congreso del Partido Bandera Rojas, mediante el cual se notificó la Sentencia N° 155 de fecha 14-08-2012 y el auto de fecha 19-09-2012.

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2012-000077: PEDRO CELESTINO VELIZ ACUÑA, DICK ANTONIO GUANIQUE GARVÁN, NELSON JOSÉ GÓMEZ RODRÍGUEZ, AMILCAR ERNESTO MORALES PEÑA y EDUARDO JOSÉ TORRES MUÑOZ, titulares de la cédula de identidad N° 2.927.005, 4.497.550, 8.329.776, 13.111.208 y 12.726.145, respectivamente, siendo el primero de ellos Presidente y los demás miembros del Comité Político Nacional de bandera Roja, asistidos por el abogado Carlos Alberto Guevara solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.575,asistidos por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.575, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Organizadora del Congreso del Partido Bandera Roja, respecto a la convocatoria del Congreso del referido Partido a realizarse los días 17, 18 y 19 de agosto de 2012  para elegir a las autoridades del Partido.

 

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-386, librado al Ministerio Público, mediante el cual se notificó la Sentencia N° 155 de fecha 14-08-2012 y el auto de fecha 19-09-2012.

 

 

13.- Expediente N° AA70-E-2012-000077: PEDRO CELESTINO VELIZ ACUÑA, DICK ANTONIO GUANIQUE GARVÁN, NELSON JOSÉ GÓMEZ RODRÍGUEZ, AMILCAR ERNESTO MORALES PEÑA y EDUARDO JOSÉ TORRES MUÑOZ, titulares de la cédula de identidad N° 2.927.005, 4.497.550, 8.329.776, 13.111.208 y 12.726.145, respectivamente, siendo el primero de ellos Presidente y los demás miembros del Comité Político Nacional de bandera Roja, asistidos por el abogado Carlos Alberto Guevara solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.575,asistidos por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.575, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Organizadora del Congreso del Partido Bandera Roja, respecto a la convocatoria del Congreso del referido Partido a realizarse los días 17, 18 y 19 de agosto de 2012  para elegir a las autoridades del Partido.

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a los ciudadanos Pedro Celestino Veliz Acuña, Dick Antonio Guanique Garván, Nelson José Gómez Rodríguez, Amílcar Ernesto Morales Peña, Eduardo José Torres Muñoz, Alba Barreto, José Morales, Hipólito Luna y José Salas, mediante la cual se notificó la Sentencia N° 155 de fecha 14-08-2012 y el auto de fecha 19-09-2012.

 

 

14.- Expediente N° AA70-E-2012-000054: Miguel Adolfo Anzola Crespo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.267, actuando con el carácter de apoderado judicial de la empresa AZUCARERA RIO TURBIO C.A., interpone recurso contencioso electoral  conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra acto dictado por la Inspectoría del Trabajo Pedro Pascual Abarca del estado Lara de fecha 26 de junio de 2012, mediante el cual se legalizó la constitución del Sindicato UNION SINDICAL DEL PROLETARIADO DE AZUCARERA RIO TURBIO, C.A. (USPROART).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-354,  anexo al cual seremitió comisión al Juzgado del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor), a los fines de notificar a la sociedad mercantil AZUCARERA RÍO TURBIO, C.A. y a la Inspectoría del Trabajo Pedro Pascual Abarca del estado Lara, del fallo N° 151 de fecha 09-08-2012 y el auto de fecha 13-08-2012. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

15.- Expediente N° AA70-E-2012-000092: BAUDILIO GENARO REINOSO ROTOY, titular de la cédula de identidad N° 646.652, asistido por el abogado Elías Pinto Osorio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.582.364, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo a los fines de “Que desconozca los acuerdos y conclusiones de la presunta asamblea expresado en la correspondencia de fecha 28 de julio del año en curso, en todas sus partes (…) la nulidad de las postulaciones de Diputados principales y suplentes a la elección de los consejos legislativos, y las Credenciales para postular Gobernadores, para las elecciones de Diciembre realizadas por Didalco Bolívar en nombre de PODEMOS (…)”.

 

El ciudadano Alguacil consignó oficio original Nº 12-433 y sus anexos, librado al ciudadano Didalco Bolívar, Presidente de la Junta Directiva Ad Hoc de la Organización  Política Podemos y Demás Miembros, en razón de que el domicilio procesal no consta en el expediente.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

16.- Expediente N° AA70-E-2012-000092: BAUDILIO GENARO REINOSO ROTOY, titular de la cédula de identidad N° 646.652, asistido por el abogado Elías Pinto Osorio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.582.364, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo a los fines de “Que desconozca los acuerdos y conclusiones de la presunta asamblea expresado en la correspondencia de fecha 28 de julio del año en curso, en todas sus partes (…) la nulidad de las postulaciones de Diputados principales y suplentes a la elección de los consejos legislativos, y las Credenciales para postular Gobernadores, para las elecciones de Diciembre realizadas por Didalco Bolívar en nombre de PODEMOS (…)”. La Sala declaró:   PRIMERO: Su INCOMPETENCIA  para conocer y decidir la solicitud planteada por el ciudadano  BAUDILIO GENARO REINOSO ROTOY, mediante escrito de fecha 09 de octubre de 2012. SEGUNDO: DECLINÓ el conocimiento de la solicitud en la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia. Ponente: JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO. Sentencia N° 163.

 

La Presidenta,

  

 

   

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO                                              

  

                                                                             

   La Secretaria,

 

 

 

                                                                            PATRICIA CORNET GARCÍA

 


 

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