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Sala Electoral
  • Fecha: 15 de noviembre de 2012





CUENTA N°  149

  

 

Despacho del jueves quince (15) de noviembre de 2012. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón,  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

                                                                     

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2012-000110: MAGDALENA MARÍA GONZÁLEZ DELGADO, ROSA ANGELICA AGUILAR y ANA COROMOTO HERNÁNDEZ DE PIÑERO, titulares de la cédula de identidad N° 6.037.814, 4.550.611 y 4.848.284, respectivamente, asistidos por el abogado Gabriel Jesús Espinosa García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.645, interponen recurso contencioso electoral  mediante el cual solicitaron “la NULIDAD de este proceso electoral y así mismo Suspenda los Efectos de Ejecución del Acto de Votación…”, respecto a las elecciones celebradas el 31 de julio de 2012 de las autoridades del Sindicato Estadal Integral Sectorial de los Trabajadores de la Salud del estado Aragua (SISTRASALUD ARAGUA).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2012-000072: NORIS JOSEFINA OJEDA ALVINS y ELBA THAIS GARCIA ALONSO, titulares de la cédula de identidad N° 6.552.591 y 5.591.746, la primera inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.447, actuando en nombre propio y asistiendo a la segunda, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “LOS ARTICULOS 20 Y 22 DEL REGLAMENTO ELECTORAL DE LA CAJA DE AHORROS DEL (Sic) PERSONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO (CAPMP)”.

 

Se fijó el día jueves 27-11-2012, a las 10:30 a.m., para que las partes presenten sus informes en forma oral. Se designó ponente al Magistrado  MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ a los fines que la Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro del plazo de 15 días de despacho siguientes, contados a partir de la presentación de los informes orales.

 

 

INFORMES ORALES EN:

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2012-000018: OMAIRA DE LA COROMOTO SAAVEDRA, PABLO VALMORE PÉREZ, ANA YSMARY CRESPO RODRÍGUEZ, LUIS ENRIQUE RODRÍGUEZ y ULISES ANTONIO SUÁREZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.311.129, 5.939.720, 10.778.076, 7.375.102 y 7.327.647, respectivamente, asistido por el abogado Luis Alberto Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.565, interponen recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 120119-007 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 19 de enero de 2012 publicada en Gaceta Electoral N° 596 de fecha 06 de febrero de 2012, mediante la cual resolvió “PRIMERO: ABSTENERSE DE CERTIFICAR el proceso electoral efectuado el 07 de junio de 2011 por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SALUD DEL ESTADO LARA (SINTRASALUD). SEGUNDO: INSTAR a las autoridades del SINDICATO (…) a que de conformidad con lo establecido en sus Estatutos Internos, se convoque a una Asamblea General de Afiliados en la que se designe una nueva Comisión Electoral que se encargue de organizar la elección de sus directivos sindicales” (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo establecido en el artículo “19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad con el artículo 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales”(Remitido mediante  Oficio N° 695-2012 de fecha 02 de marzo de 2012, constante de (86) folios útiles.

 

Abierto el acto, se dejó constancia que se encontraba presente el ciudadano ULISES ANTONIO SUÁREZ, asistido por el abogado Luis Alberto Blanco, Inpreabogado N° 119.565,  parte recurrente. Igualmente, se encontraban presentes los  abogados Olga Esaá Castrillo y Carlos Castro, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 56.511 y 90.583, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, parte recurrida. Del mismo modo, se dejó constancia de la asistencia de la abogada Eira Torres, inscrita Inpreabogado bajo el número 39.288, Fiscal Provisoria de la Fiscalía Primera del Ministerio Público designada para actuar ante La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.  Seguidamente, la Presidenta de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes y el Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales.

 

 

 

ACTUACIONES EN:

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2012-000018: OMAIRA DE LA COROMOTO SAAVEDRA, PABLO VALMORE PÉREZ, ANA YSMARY CRESPO RODRÍGUEZ, LUIS ENRIQUE RODRÍGUEZ y ULISES ANTONIO SUÁREZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.311.129, 5.939.720, 10.778.076, 7.375.102 y 7.327.647, respectivamente, asistido por el abogado Luis Alberto Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.565, interponen recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 120119-007 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 19 de enero de 2012 publicada en Gaceta Electoral N° 596 de fecha 06 de febrero de 2012, mediante la cual resolvió “PRIMERO: ABSTENERSE DE CERTIFICAR el proceso electoral efectuado el 07 de junio de 2011 por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SALUD DEL ESTADO LARA (SINTRASALUD). SEGUNDO: INSTAR a las autoridades del SINDICATO (…) a que de conformidad con lo establecido en sus Estatutos Internos, se convoque a una Asamblea General de Afiliados en la que se designe una nueva Comisión Electoral que se encargue de organizar la elección de sus directivos sindicales” (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo establecido en el artículo “19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad con el artículo 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales”(Remitido mediante  Oficio N° 695-2012 de fecha 02 de marzo de 2012, constante de (86) folios útiles.

 

Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de los informes orales celebrados en esta misma fecha.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2012-000064: EDDY RAÚL NARANJO  SÁNCHEZ, ANTHONY STYVEN RAGA DUARTE, GERARD FRANCISCO TADINO PÉREZ y RICHARD ESCALANTE, titulares de la cédula de identidad N° 6.122.415, 16.706.214, 15.487.293 y 11.665.668, respectivamente, asistidos por la abogada Nellys Dominga González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 104.497, interponen  recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD), respecto a la elección de la “Comisión Electoral Nacional y de las Sub Comisiones Electorales Regionales que pretenden organizar el venidero proceso electoral para elegir a los integrantes del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, los Delegados y Suplentes de la referida CAJA DE AHORROS” período 2012-2015.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2010-000051: RAFAEL CONTRERAS MILLÁN, titular de la cédula de identidad N° 5.533.631 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.193, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular, respecto a las elecciones de las autoridades del referido partido, celebradas en fecha 02-05-2010. (Acumulado con Exp. 2010-000045 interpuesto por LUIS IGNACIO PLANAS HERNÁNDEZ y ALEJANDRO VIVAS, titulares de la cédula de identidad N° 10.336.679 y 13.532.143, respectivamente).

 

Visto el Oficio N° 12-1453 de fecha 14 de noviembre de 2012, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se requirió copia certificada de las Sentencias N° 118 y 37 de fechas 16 de noviembre de 2011 y 13 de marzo de 2012, respectivamente, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada. Asimismo, se libró Oficio N° 12-459, a los fines de la remisión de las copias acordadas a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2011-000063: LUIS ANTONIO OJEDA GUZMAN, ULISES CORDIDO,  FRANCISCO GÁMEZ, JOSÉ LUIS PEREIRA, MANUEL GÓMEZ y ADOLFO FERREIRO, titulares de la cédula de identidad números 4.168.382, 3.624.847, 6.251.589, 9.972.824, 1.000.004 y 6.279.597, respectivamente,  el primero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.697, quien actúa en nombre propio y asistiendo a los demás, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la convocatoria a elecciones 2011-2013 y el proceso electoral para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club El Aguasal, cuyo acto de votación se fijó para el día 16-07-2011.

 

Se abrió la Tercera Pieza.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2011-000063: LUIS ANTONIO OJEDA GUZMAN, ULISES CORDIDO,  FRANCISCO GÁMEZ, JOSÉ LUIS PEREIRA, MANUEL GÓMEZ y ADOLFO FERREIRO, titulares de la cédula de identidad números 4.168.382, 3.624.847, 6.251.589, 9.972.824, 1.000.004 y 6.279.597, respectivamente,  el primero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.697, quien actúa en nombre propio y asistiendo a los demás, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la convocatoria a elecciones 2011-2013 y el proceso electoral para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club El Aguasal, cuyo acto de votación se fijó para el día 16-07-2011.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 12-11-2012 por el abogado Luis Antonio Ojeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.697, parte recurrente, mediante la cual solicitó copia certificada de las sentencias números 61, 141 y 171 de fechas 29 de marzo, 07 de agosto y 08 de noviembre todas del año 2012, la Sala ACORDÓ expedir su certificación.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2011-000085: GUALBERTO MAS Y RUBI, JOSÉ TEOLINDO JIMÉNEZ PALLEROL, INGRID MERCEDES CASTRO ROJAS y MINERVA JOSEFINA ZAMBRANO, titulares de la cédula de identidad números 4.525.247, 2.149.561, 3.157.403 y 4.453.151, respectivamente, asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 56.672, 34.959 y 39.279, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral con “solicitud de amparo cautelar por vía subsidiaria” contra la Resolución N° 110915-0169 emanada del Consejo Nacional Electoral del 15 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 583 del 05 de octubre de 2011, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR el recurso jerárquico ejercido por los ciudadanos Oscar Daniel Henríquez, Rafael González y Alfredo Borsegui, contra la Resolución emanada de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) de fecha 23 de febrero de 2011.  2.- NULA: La referida Resolución. 3.- CON LUGAR  la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos Gualberto Mas y Rubí, Carlos Augusto Pérez, Teolindo Jiménez, Iraima Pérez, Orlando Herrera, Minerva Zambrano, Baudilio Santiago, Rubén Herrera, Ingrid Castro, Henry Medina, Jesús Malave Carvajal, Rubén Rosario, Gerardo Viloria, José Darío Lima, David Rodríguez y Manuel Mota, para participar en la elección de las autoridades de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO). 4.- INELEGIBLES los referidos ciudadanos para optar a cargos de dirección en referida Federación. 5.- REPONE el proceso electoral de la mencionada Federación a la Fase N° 16.

 

El abogado WILMER PARTIDAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.279, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano GUALBERTO MAS Y RUBÍ, presentó diligencia mediante la cual solicitó se dicte pronunciamiento en la causa.

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2006-000102: JOSÉ LUIS ROMERO, NEILO NARVÁEZ, ROMMEL HERNÁNDEZ, YVOR SOSA y PEDRO VALLADAREZ,  titulares de las cédulas de identidad números 9.894.475, 3.273.250, 8.029.658, 4.586.334 y 5.220.8888, respectivamente, asistidos por el abogado Carlos Rausseo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.240, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto de constitución de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Poder Electoral (CAPSEOJ) de fecha 18-10-2006, suscrito por los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia de la referida Caja.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12.380 librado a la ciudadana Indira Maira Alfonso Aguirre, Primera Suplente de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, con el objeto de convocarla a los fines de conformar la Sala Accidental que deberá conocer y decidir la causa.

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2011-000075: YARISMA BOGARIN y EMILIO GARCIA, titulares de la cédula de identidad número 8.940.054 y 6.880.625, respectivamente, asistidos por el abogado Carmelo Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.234, interponen recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110707-0121 dictada por el Consejo Nacional Electoral de fecha 07-07-2011 publicada en Gaceta Electoral N° 576 de fecha 08-08-2011, que declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra las elecciones realizadas en fecha 25-01-2011, en el Sindicato de Trabajadores Bolivarianos de la Empresa Electrificación del Caroní (SINTRAEDELCA).

 

El abogado Carmelo Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15234, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Yarisma Bogarín y Emilio García, (parte recurrente), presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la sentencia dictada por la Sala en fecha 14-11-2012.

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2011-000024: Ángel Rafael Morales Moronta y Javiel Carvajal Montiel, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.936 y 40.951, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Federación Nacional de Sindicatos Regionales, Sectoriales y Conexos de los Trabajadores de la Salud (FENASIRTRASALUD), interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100325-0068, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL el 25-03-2010, publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12-05-2010, que  declaró:  1.- Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Thony Navas Nieves y Judith Robles, contra la Resolución  de fecha 22-05-2009 dictada por la Comisión Electoral Permanente de la referida Federación; 2.- Inelegibles a los ciudadanos Octavio Solórzano, Luis Cedeño, Samuel Dugarte, William Ramírez, Mercedes Torrealba, Norelis Alvarado, Luis Miquelena, Freddy Guerrero, Samuel Ugarte, Santos García, Siomara Carmona, Sonia Gallardo, Damas Aular, Luis Ríos, Marlene Rojas, Elita Peña, Teodoro Dovale, Victor Zambrano, José Ramírez, Hernán Maita, Betty Joa, Jesús Berrios, Jesús Gámez y Douglas Scolar. 

 

El abogado CARLOS CASTRO URDANETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.583, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la sentencia N° 155 dictada en fecha 14-12-2011.

 

 

13.- Expediente N° AA70-X-2012-000003: (CUADERNO SEPARADO): ANA AZARAK, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 10.244, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Universidad de Los Andes, se opuso a la medida cautelar de suspensión de efectos acordada por la Sala Electoral en Sentencia N° 86 de fecha 05 de junio de 2012 (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000039).

 

El abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia N° 169 de fecha 05-11-2012.

 

 

14.- Expediente N° AA70-E-2011-000036: Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.765, actuando con el carácter de apoderado judicial de EDUARDO ENRIQUE MARTÍNEZ GUILLEN, JOSÉ LEONIDES HERNÁNDEZ PAZ, LILIDO NELSON RAMÍREZ IGLESIA y EDUARDO JOSÉ ZULETA ROSARIO, titulares de las cédula de identidad números 9.397.494, 11.318.905, 2.736.653 y 3.212.954, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las decisiones adoptadas por la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes,  al omitir en la publicación del padrón electoral a los profesores instructores y jubilados en el proceso electoral para la escogencia de los Representantes de los Profesores ante los Consejos de Facultad, Consejos de Núcleos, Consejos de Escuelas y Consejo Universitario, cuyo acto de votación se fijó para el día 25 de mayo de 2011.

 

El abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia N° 206 de fecha 13-11-2012.

 

 

15.- Expediente N° AA70-E-2012-000039: Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EDUARDO ENRIQUE MARTÍNEZ GUILLEN,  JOSÉ LEONIDES HERNÁNDEZ PAZ, LILIDO NELSON RAMÍREZ IGLESIAS, EDUARDO JOSE ZULETA ROSARIO, CARLOS ENRIQUE DÁVILA ZAMBRANO, EGBERTO JOSÉ GONZÁLEZ DURAN, LUIS ALBERTO MÁRQUEZ, ORLANDO JOSÉ GOLIATH MORENO, KLEYRA JOSEFINA QUINTERO y ROBINSON MIGUEL PÉREZ AGUILAR, titulares de la cédula de identidad N° 9.397.494, 11.318.905, 2.736.653 y 3.212.954, 9.204.174, 10.316.977, 8.036.345, 9.010.193, 10.102.211 y 10.848.553, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud medida cautelar contra las decisiones aprobadas por la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes, las cuales omiten en “la publicación del padrón electoral, a los profesores instructores y jubilados, personal administrativo, obrero y estudiantes en igualdad de condiciones (…) en las próximas elecciones de las Autoridades Universitarias, Rector, Vicerrector Académico, Vicerrector Administrativo y Secretario de la Universidad de los Andes”, cuyo acto de votación se fijó para el día 06 de junio de 2012.

 

El abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia N° 211 de fecha 13-11-2012.

 

 

16.- Expediente N° AA70-E-2010-000004: HENRY MACÍAS LAREAL, PEDRO LUIS ROMERO RAMÍREZ y DAVID ERNESTO MENDOZA LOYO, titulares de la cédula de identidad número 3.699.314, 6.866.015 y 6.179.484, respectivamente, asistidos por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, por haber excluido al personal administrativo y obrero del padrón electoral para las elecciones de las autoridades de la mencionada Casa de Estudios cuyo acto de votación está fijado para el día 23-02-2010. (Acumulado con Exp. Nº 2010-000009 interpuesto por los ciudadanos ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358).

 

El abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia N° 205 de fecha 13-11-2012.

 

 

17.- Expediente N° AA70-E-2011-000050: DAVIANA CAROLINA MUÑOZ GUTIÉRREZ y CARLOS ENRIQUE DÁVILA ZAMBRANO, titulares de las cédulas de identidad números 17.552.072, 9.204.174, respectivamente, este último inscrito en el Inpreabogado bajo el número 109.854, y asistiendo a la primera, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución CE 065/2011 de fecha 25-04-2011, dictada por la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes, respecto al proceso electoral para renovar los Representantes Profesorales y Autoridades Decanales de la Universidad de Los Andes, cuyo actos de votación estas fijados para los días 08 de junio y 13 de julio de 2011, respectivamente. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 368-2011 de fecha 25-05-2011, expediente N° 10309 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).

 

El abogado PABLO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia N° 207 de fecha 13-11-2012.

 

 

18.- Expediente N° AA70-E-2012-000099: GUSTAVO BRICEÑO VIVAS, MARIA SOLEDAD SARRIA PIETRI, ADRIANA VIGILANZA GARCÍA, MARÍA ELENA ARENAS CALEJO, LISETTE BEHRENS, LUDWING  MORENO LADERA, RODERICK NAVARRO DURAND, GUILLERMO ARTURO PRIETO, PABLO  MARCIAL MEDINA, WILLIAM JIMÉNEZ GAVIRIA, PABLO GABRIEL BRITO ALTAMIRA, JOSÉ EUGENIO LÓPEZ CONTRERAS, ALFREDO RAFAEL MOSQUEDA LAYA, ANA TERESA VIGILANZA DE ALVAREZ, FLOR  MARÍA MEDINA CARRASCO, ENEIDA MARÍA BRICEÑO DE CARTAÑA, MARÍA LUCILA CARTAÑA, ROBERT OMAR REYES GILLES, VANESSA ACOSTA FRIEDMAN, EDUARDO MIGUEL BOLÍVAR FLECHAS, DANIEL ALBERTO THIMANN RAMÍREZ, GUILLERMO SALAS DELFINO, LUIS MANUEL AGUANA SANTAMARIA, SONIA HERCILIA GUANIPA  RODRÍGUEZ e IRMA JOSEFINA GÓMEZ PARRAGA, titulares de la cédula de identidad N° 3.665.011, 3.667.134, 6.554.297, 6.870.715, 3.176.928, 6.293.379, 17.921.286, 12.490.306, 3.535.200, 11.709.505, 6.510.912, 4.081.195, 8.807.335, 5.534.521, 2.592.796, 1.759.305, 15.665.797, 18.709.954, 14.889.256, 18.752.026, 2.940.033, 5.314.494, 3.663.266, 3.968.726 y 4.886.928, respectivamente, los cinco primeros inscritos en el Inpreabogado bajo el número 13.658, 14.761, 23.901, 26.518 y 17.943, respectivamente, actuando en nombre propio y asistiendo a los demás, interponen recurso contencioso electoral y que “se oficie al CNE para que éste SE ABSTENGA DE DESTRUIR el material electoral correspondiente al proceso electoral llevado a cabo el 7 de octubre de 2012, (sic) muestras sea decidido este Recurso” contra “el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el 7 de octubre próximo pasado, para la designación del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela para el periodo constitucional 2013-2019, efectuada por el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL”.

 

Los abogados  Gustavo Briceño, María Sarria y María Elena Arenas, inscritos en el Inpreabogado  bajo el N° 13.658, 14.761 y 26.518, respectivamente, actuando con el carácter de recurrentes, presentaron diligencia mediante la cual expusieron consideraciones en torno al escrito consignado por la representación judicial del Consejo Nacional Electoral en fecha 08-11-2012.

 

 

19.- Expediente N° AA70-E-2012-000094: SQUENIA IDALMI LUGO ARÉVALO, JOFFREN HENDERSON PAREDES COLINA, JULIETA ENRRIETT PADRÓN PINO, LUCILA PÉREZ VILLAMIZAR y ANAÍS COROMOTO PIÑA LEAL, titulares de la cédula de identidad N° 10.871.513, 16.661.440, 15.663.929, 11.664.750 y 5.971.895, respectivamente, asistidos por la abogada Jesyreth Morela Várgas Guillen, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.902, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS DE LOS EMPLEADOS DE FUNDACOMUN, respecto al proceso electoral a los fines de escoger a las autoridades de la referida Caja periodo 2012-2015.

 

Las ciudadanas SQUENIA LUGO y JULIETA PADRON, parte recurrente, asistidas por la abogada Jesyreth Vargas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.902, quien a su vez actúa con el carácter de apoderada judicial de las ciudadanas JOFFREN PAREDES,  LUCILA PÉREZ y ANAÍAS PIÑA, titulares de la cédula de identidad N° 16.661.440, 11.664.750 y 5.971.895, respectivamente,  presentaron diligencia mediante la cual se dieron por notificadas de la sentencia dictada por la Sala en fecha 14-11-2012.

 

 

20.- Expediente N°AA70-E-2009-000080: ZULY DEL VALLE MILLÁN  BOADAS, JOSÉ LUIS MORALES, OSWALDO  RAMOS, GUSTAVO SOSA, RAMÓN LA CRUZ, DELVIS JIMÉNEZ  y JULIO CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad número 5.887.102, 5.978.031, 6.029.008, 6.001.120, 5.432.802, 20.664.509 y 18.819.237, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, titular de la cédula de identidad N° 640.972 e inscrito en el Inpreabogado con el N° 77.765, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y la Comisión Electoral Institucional del Instituto Pedagógico de Caracas, por omitir al personal administrativo, obreros y profesores instructores en el padrón electoral publicado para el proceso comicial para elegir a la Directiva del referido Instituto Pedagógico y la vacante absoluta de la Dirección del Instituto Pedagógico de Maracay, cuya primera vuelta está fijada para los días 26, 27 y 28 de noviembre de 2009.

 

El ciudadano JOSÉ RAFAEL PALERMO, titular de las cédula de identidad Nº 3.024.960, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL), asistido por el abogado Douglas Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.579, presentó diligencia mediante la cual consignó recaudos relacionados con la causa.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

21.- Expediente N° AA70-E-2012-000088: ELVIS JOSÉ CHOURIO, ALÍ CORONADO y EUSTOQUIO PEDRA, titulares de la cédula de identidad N° 4.776.720, 3.747.943 y 5.264.019, respectivamente, asistidos por el abogado Norberto José Álvarez Télles, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.797, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120726-0420 de fecha 26 de julio de 2012, dictada por el Consejo Nacional Electoral,  publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: “CON LUGAR  el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos MIRNA COROMOTO GUZMÁN, SERGIO CHIQUITO, HÉCTOR DURAN, CARLOS OCHOA, JESÚS FAJARDO, JOSÉ NAVA, FRANCISCO BLANCO, MANUEL AROCHA, ALEXANDER PALACIO, VEDA ROJAS, JOSÉ ARAUJO, CARMEN DE LUNA y LUZMILA FLORES, actuando en su condición de trabajadores  afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación”.

 

La ciudadana MIRNA COROMOTO GUZMÁN, titular de la cédula de identidad N° 7.190.571, asistida por el abogado Luis Miguel Oraa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 169.407, presentó escrito mediante el cual solicitó "la nulidad del auto de admisión dado por el juzgado de sustanciación de la sala electoral de fecha 22 de Octubre de 2012".

 

 

22.- Expediente N° AA70-E-2012-000056: KARINA JEAMILET ORDÓÑEZ SÁNCHEZ y MÓNICA EMILIA MARTÍNEZ DELGADO, titulares de la cédula de identidad N° 11.104.261 y 8.613.388, respectivamente, asistidas por la abogada Lourdes Yrureta Ortiz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20.860, interponen recurso contencioso electoral contra Resolución N° 120601-0356 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 01 de junio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 627 de fecha 22 de junio de 2012, mediante la cual declaró: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto en fecha 17 de enero de 2012, por los ciudadanos BETZABETH AMIRA GARCÍA DE BARRIENTOS, OMAR ROBERTO GÓMEZ HERRERA, CRISTÓBAL SEGUNDO PRIMERA, WILFREDO RAFAEL CASTILLO COLMENARES, GERMÁN DANIEL RODRÍGUEZ GARCÍA, LEUMAN GUILLERMO LÓPEZ ARENA, CAREGLIS YENIFER RIOS GARCÍA, ELISEO FRANCISCO GONZÁLEZ ARIAS, MARQUELYS JOSEFINA MENDOZA DE CASTILLO, BARBARA GREGORIA MORÓN CERGA, JOSÉ RAFAEL REYES, FÉLIX JOSÉ ALVARENGA RUIZ, ROLANDO BENDITO MILLER, LUIS ALONSO PIÑA REBOLLEDO, ALEXANDER VANEGAS PEDRAZA, EDGAR ARMANDO GONZALEZ GONZALEZ y JESÚS RAMÓN MARES RODRÍGUEZ. SEGUNDO: NULA la elección realizada en fecha 14 de diciembre de 2012, en el Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos  de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC); y TERCERO: REPONE el proceso a la fase inicial de notificación al Consejo Nacional Electoral de convocatoria de elecciones.

 

Los ciudadanos CAREGLIS RIOS, FRANCISCO ODUBER y LEUMAN LÓPEZ, titulares de la cédula de identidad N° 18.343.807, 3.307.489 y 11.099.902, respectivamente, invocando su condición de Miembros del Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos de Puerto cabello (SINSOTRABOLPC), asistidos por el abogado Javier Camacho, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.369, consignó escrito mediante el cual solicitaron se les tenga como parte en la causa. Asimismo formularon petición de medida cautelar.

 

 

23.- Expediente N° AA70-E-2011-000089: LUIS ALEJANDRO TELLERÍA DORANTE y JOSÉ MANUEL LÓPEZ, titulares de la cédula de identidad números 5.836.084 y 13.618.656, respectivamente, asistidos por los abogados Mario Valdez y Pedro Rafael Estévez, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 22.708 y 90.016, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares contra la  Asamblea Nacional del Partido Político Patria Para Todos (PPT), celebrada el día 15 de octubre de 2011. (Acumulado con Exp. N° AA70-E-2011-000095: RAFAEL UZCÁTEGUI, ILENIA MEDINA, EDUARDO OVIEDO, LISETT SABINO, CARLOS MARTÍNEZ GONZÁLEZ, OSBALDO ANTONIO CHIRINOS, HENRY MORALES y RAMÓN HUMBERTO URBINA CASTILLO, titulares de las cédula de identidad número 648.703, 4.376.240, 4.383.170, 8.265.918, 5.859.423, 4.644.944, 648.372 y 5.345.365, respectivamente, asistidos por el abogado Diego Alfredo García Urquiola, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.884, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la “Asamblea Nacional Extraordinaria del Partido Político Patria Para Todos (PPT), iniciada en fecha 15 de octubre de 2011 y contra el Acta que le dio término a la misma y que fuera conocida mediante su consignación por ante el Consejo Nacional Electoral en fecha 21 de octubre de 2011”).

 

El ciudadano LUIS TELLERÍA actuando con el carácter de parte recurrente, asistido por el abogado Mario Valdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.708, presentó escrito mediante el cual realizó consideraciones relacionadas con la denuncia de desacato formulada en la causa.

 

 

24.- Expediente N° AA70-E-2012-000050: CARLOS ROMERO CHACÓN, titular de la cédula de identidad N° 17.932.106, asistido por el abogado Rosalio Montero Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra el Consejo Universitario y la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), respecto a las elecciones de las Autoridades y Decanos de la referida Universidad periodo 2012-2016 y 2012-2015,  respectivamente, cuyo acto de votación se fijó para el día 04 de julio de 2012.

 

El abogado HENRI LAORDEN FICHOT, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.433, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira, presentó escrito mediante el cual solicitó se declare sin lugar el recurso interpuesto.

 

 

 

 

25.- Expediente N° AA70-E-2012-000018: OMAIRA DE LA COROMOTO SAAVEDRA, PABLO VALMORE PÉREZ, ANA YSMARY CRESPO RODRÍGUEZ, LUIS ENRIQUE RODRÍGUEZ y ULISES ANTONIO SUÁREZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.311.129, 5.939.720, 10.778.076, 7.375.102 y 7.327.647, respectivamente, asistido por el abogado Luis Alberto Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.565, interponen recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 120119-007 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 19 de enero de 2012 publicada en Gaceta Electoral N° 596 de fecha 06 de febrero de 2012, mediante la cual resolvió “PRIMERO: ABSTENERSE DE CERTIFICAR el proceso electoral efectuado el 07 de junio de 2011 por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SALUD DEL ESTADO LARA (SINTRASALUD). SEGUNDO: INSTAR a las autoridades del SINDICATO (…) a que de conformidad con lo establecido en sus Estatutos Internos, se convoque a una Asamblea General de Afiliados en la que se designe una nueva Comisión Electoral que se encargue de organizar la elección de sus directivos sindicales” (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo establecido en el artículo “19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad con el artículo 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales”(Remitido mediante  Oficio N° 695-2012 de fecha 02 de marzo de 2012, constante de (86) folios útiles

 

La abogada EIRA TORRES CASTRO,  inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 39.288, actuando con el carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Primera del Ministerio Público ante la Sala Electoral, consignó escrito de Informes.

 

 

26.- Expediente N° AA70-E-2012-000018: OMAIRA DE LA COROMOTO SAAVEDRA, PABLO VALMORE PÉREZ, ANA YSMARY CRESPO RODRÍGUEZ, LUIS ENRIQUE RODRÍGUEZ y ULISES ANTONIO SUÁREZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.311.129, 5.939.720, 10.778.076, 7.375.102 y 7.327.647, respectivamente, asistido por el abogado Luis Alberto Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.565, interponen recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 120119-007 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 19 de enero de 2012 publicada en Gaceta Electoral N° 596 de fecha 06 de febrero de 2012, mediante la cual resolvió “PRIMERO: ABSTENERSE DE CERTIFICAR el proceso electoral efectuado el 07 de junio de 2011 por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SALUD DEL ESTADO LARA (SINTRASALUD). SEGUNDO: INSTAR a las autoridades del SINDICATO (…) a que de conformidad con lo establecido en sus Estatutos Internos, se convoque a una Asamblea General de Afiliados en la que se designe una nueva Comisión Electoral que se encargue de organizar la elección de sus directivos sindicales” (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo establecido en el artículo “19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad con el artículo 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales”(Remitido mediante  Oficio N° 695-2012 de fecha 02 de marzo de 2012, constante de (86) folios útiles.

 

La abogada OLGA ESAÁ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.511, actuando con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, presentó escrito de informes.

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA:

 

 

27.- Expediente N° AA70-E-2006-000102: JOSÉ LUIS ROMERO, NEILO NARVÁEZ, ROMMEL HERNÁNDEZ, YVOR SOSA y PEDRO VALLADAREZ,  titulares de las cédulas de identidad números 9.894.475, 3.273.250, 8.029.658, 4.586.334 y 5.220.8888, respectivamente, asistidos por el abogado Carlos Rausseo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.240, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto de constitución de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Poder Electoral (CAPSEOJ) de fecha 18-10-2006, suscrito por los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia de la referida Caja.

 

Por recibida comunicación suscrita por la Primera Suplente de la Sala Electoral, Indira Maira Alfonso Aguirre, Primera Suplente, mediante la cual manifestó su aceptación a la convocatoria hecha por la Sala Electoral, a los fines de conformar la Sala Electoral Accidental que ha de decidir la causa.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

ACTUACIONES EN:

 

 

28.- Expediente N° AA70-E-2012-000101: SIMON CARLOS MODESTO PINEDA MONASTERIOS, FRANCISCO JOSÉ PAREDES, EVA ZULAY SALAS DE CARMONA y WILLIAM GERARDO COLMENARES TOVAR, titulares de la cédula de identidad N° 4.586.479, 5.520.893, 4.427.590 y 4.430.675, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Alberto Escobar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.062, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Sociedad Venezolana de Psiquiatría, respecto a la elección de la Junta Directiva  de la referida Sociedad cuyo acto de votación se fijó para el 02 de noviembre de 2012.

 

Vista el escrito presentado en fecha doce (12) de noviembre de 2012 por la abogada Vanessa Aristimuño, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 127.342, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte accionante, mediante el cual solicitó la devolución de los documentos que rielan a los folios treinta y cinco (35) al sesenta y uno (61) del expediente. En tal sentido esta Sala ACORDÓ la devolución de los mismos, previa su certificación en autos. 

 

 

SENTENCIA

 

 

29.- Expediente N° AA70-E-2012-000080: EDGAR PARRA MORENO, titular de la cédula de identidad N° 1.648.952 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 1.193, actuando en su propio nombre, invocando también su condición  de periodista, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio Nacional de Periodistas, respecto a la elección de las autoridades del referido Colegio Profesional, cuyo acto de votación se fijó para el día 7 de septiembre de 2012. La Sala declaró SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 214.

 

La Presidenta,

  

 

   

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO                                              

  

                                                                             

   La Secretaria,

 

 

 

                                                                            PATRICIA CORNET GARCÍA


 

 

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