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Sala Electoral
  • Fecha: 16 de abril de 2012





CUENTA N°  48

 

Despacho del lunes dieciséis (16) de abril de 2012. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madríz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón,  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2012-000026: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, remite expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con suspensión de efectos por el abogado JOSÉ ANTONIO ANZOLA CRESPO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.566, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil “LABORATORIO COFASA S.A.”, a los fines que sea declarada la “nulidad absoluta del Acta levantada en fecha seis (6) de noviembre de 2011 por el Sindicato Único Nacional de Trabajadores de la Industria Química y Farmacéutica (S.U.N.T.I.Q.F.). Oficio N° 111-2012 de fecha 08 de marzo de 2012. Remitiendo Expediente N° UP11-N-2012-000004 (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).

 

Se designó ponente al Magistrado OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2010-000083: FABIOLA DEL CARMEN CASTRO RAMOS, MARÍA JOSEFA TERESEN MIJARES, AMARILIS DEL VALLE CABRERA MARTÍNEZ, SULMA BÁRBARA SILVA RODRÍGUEZ, MARCOS JESÚS YÉPEZ LOVERA, LOLIMAR DEL VALLE DESCALLS ALDAZORO, SILIA MARÍA PÉREZ VERA, ERNESTO CHIRINO MARRUFO, DON ITALO  MAZZARRI BATTISTONI, JULIO CÉSAR MELEAN BLANCO, MARITZA COLMENARES MALPICA, ORALIA ROSA LEAL GARCÍA, SANDRO RAMÓN GIANTOMASO CONDE, GUSTAVO ANDRÉS SÁNCHEZ, VICENTE ENRIQUE MALPICA CASTILLO y JOSÉ RAFAEL TINOCO MONTENEGRO, titulares de la cédula de identidad N° 3.922.009, 10.302.552, 4.450.481, 8.958.071, 15.608.086, 12.103.366, 4.139.830, 3.544.778, 12.940.973, 12.102.248, 9.445.812, 4.320.564, 4.132.321, 4.867.682, 7.144.528 y 7.044.183, respectivamente, interponen demanda contencioso electoral con amparo cautelar contra el “Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Comisión Electoral Central que organizó, vigiló y realizó el proceso electoral de las elecciones de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), realizado el día 26 de noviembre de 2009”.

 

Se designó ponente al Magistrado OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI, a los fines de la decisión correspondiente, respecto a la solicitud efectuada en diligencia  de fecha 11-04-2012 por los ciudadanos CARLOS CORDERO y JOSÉ ÁNGEL RIVERO, titulares de la cédula de identidad N° 4.247.840 y 5.376.7114, e inscritos en el Inpreabogado bajo el N°  94.816 y 74.128, alegando el carácter de “Secretario de Técnicos y Profesionales y Secretario de Reclamos de la Junta Directiva de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo”, respectivamente, mediante el cual consignaron escrito en el que se señalaron “Nosotros JOSE RAFAEL TINOCO MONTENEGRO, GUSTAVO ANDRES SANCHEZ, JOSÉ RIVERO y CARLOS JOSE CORDERO, titulares de la cédula de identidad: 7.044.183, 4.867.682, 5.376.717 y 4.097.840 en representación de la Junta Directiva de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), ante su respectiva autoridad nos dirigimos como lo establece el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de exponerlo siguiente: dado que hemos recibido una comunicación (…) donde nos notifica la sentencia N° 24 (…). Donde  ordena a la junta directiva del período 2006-2009 a convocar y celebrar la Asamblea General y nombrar los integrantes de la comisión electoral, esto es un lapso de 15 días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones del fallo (…) tenemos una confusión, no estamos claros si hay que esperar a que todos los demandantes tengan en sus manos esta notificación para proceder a la convocatoria a la asamblea. Porque hay demandantes que aun no han recibido la notificación respectiva”.

 

 

 

REASIGNACIÓN DE PONENCIA:

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2011-000089: LUIS ALEJANDRO TELLERÍA DORANTE y JOSÉ MANUEL LÓPEZ, titulares de la cédula de identidad números 5.836.084 y 13.618.656, respectivamente, asistidos por los abogados Mario Valdez y Pedro Rafael Estévez, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 22.708 y 90.016, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares contra la  Asamblea Nacional del Partido Político Patria Para Todos (PPT), celebrada el día 15 de octubre de 2011. (Acumulado con Exp. N° AA70-E-2011-000095: RAFAEL UZCÁTEGUI, ILENIA MEDINA, EDUARDO OVIEDO, LISETT SABINO, CARLOS MARTÍNEZ GONZÁLEZ, OSBALDO ANTONIO CHIRINOS, HENRY MORALES y RAMÓN HUMBERTO URBINA CASTILLO, titulares de las cédula de identidad número 648.703, 4.376.240, 4.383.170, 8.265.918, 5.859.423, 4.644.944, 648.372 y 5.345.365, respectivamente, asistidos por el abogado Diego Alfredo García Urquiola, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.884, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la “Asamblea Nacional Extraordinaria del Partido Político Patria Para Todos (PPT), iniciada en fecha 15 de octubre de 2011 y contra el Acta que le dio término a la misma y que fuera conocida mediante su consignación por ante el Consejo Nacional Electoral en fecha 21 de octubre de 2011”).

 

Por cuanto el proyecto de sentencia presentado por el Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, no alcanzó la mayoría requerida para su aprobación, se reasigna la ponencia del expediente a la Magistrada JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO.

 

 

ACTUACIONES EN:

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2010-000059: JOSÉ ISIDRO PEÑA SILVERA, ELBA PAREDES YÉSPICA y JESÚS RAMÓN DURAN MAGALLANES, titulares de la cédula de identidad N° 3.806.730, 661.049 y 2.655.872, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 77.472, 3.872 y 33.064, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra el Referéndum aprobatorio “PROYECTO DE REFORMA PARCIAL DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA”, convocado por la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela (APUCV), cuyo acto fue realizado  en fecha 12 de mayo de 2010.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala Cartel librado a los ciudadanos José Isidro Peña Silveira, Elba Paredes Yéspica y Jesús Ramón Durán Magallanes, mediante el cual se notificó la Sentencia N° 28 de fecha 16 de febrero de 2012.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2011-000037: JANITIS DEL CARMEN AROCHA MANZO y CAMELIA GARCÍA SALA, titulares de las cédulas de identidad  números 7.079.917 y 9.438.792, respectivamente, asistidas por el abogado Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la decisión adoptada por la Comisión Electoral Universitaria de la Universidad de Carabobo,  al omitir en la publicación del Registro Electoral a los profesores instructores y jubilados en las elecciones de los Representantes de los Profesores ante el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, cuyo acto de votación  se fijó para el día 25 de mayo de 2011. (Acumulado con Expediente N° AA70-E-2011-000038, interpuesto por los ciudadanos AURA JOSEFINA HENRIQUEZ, BLANCA JOSEFINA SÁNCHEZ BLASCO, MADELEN PIÑA RODRÍGUEZ, MIGUEL ÁNGEL PINEDA, MIGUEL ANDRES TELLECHEA Y JOALFRE JOSÉ PERAZA, titulares de la cédula de identidad números: 2.522.310, 2.556.751, 7.013.528, 3.920.442, 11.716.206 y 11.812.808, respectivamente, asistidos por el abogado Antonio José Meneses Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el  número 22.181).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado al ciudadano Raúl Eduardo Núñez Carrillo de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarlo de la Sentencia N° 154 de fecha 14, e igualmente se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.

 

 

6.- Expediente Nª AA70-E-2012-000022: Gustavo Pinto Guaramato, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.663, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ AUGUSTO ORELLANA y MARCELA ISABEL YÁNEZ, titulares de la cédula de identidad número 13.585.855 y 5.006.629, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120202-0044 en fecha 02 de febrero de 2012 dictada por el Consejo Nacional Electoral,  publicada en Gaceta Electoral N° 603 del 05 de marzo de 2012,  la cual declaró “SIN LUGAR el recurso interpuesto (…), en calidad de miembros de la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ALCALDÍA y CONCEJO MUNICIPAL  DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA (SINTRAALCONCHACAO), contra la designación de la Comisión Electoral del referido sindicato, realizada en asamblea de trabajadores de fecha 21 de febrero de 2011”.

 

Juzgado de Sustanciación admitió el recurso y ordenó notificar al Consejo Nacional Electoral, al Ministerio Público y a la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Alcaldía y Concejo Municipal  del Municipio Chacao del estado Miranda (SINTRAALCONCHACAO). Del mismo modo de conformidad con lo previsto en los artículos 174 del Código de Procedimiento Civil y 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó notificar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Alcaldía y Concejo Municipal  del Municipio Chacao del estado Miranda. Finalmente se señaló que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Se libraron Oficios N° 12-139, 12-138 12-137 y carteles. 

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2012-000018: OMAIRA DE LA COROMOTO SAAVEDRA, PABLO VALMORE PÉREZ, ANA YSMARY CRESPO RODRÍGUEZ, LUIS ENRIQUE RODRÍGUEZ y ULISES ANTONIO SUÁREZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.311.129, 5.939.720, 10.778.076, 7.375.102 y 7.327.647, respectivamente, asistido por el abogado Luis Alberto Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.565, interponen recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 120119-007 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 19 de enero de 2012 publicada en Gaceta Electoral N° 596 de fecha 06 de febrero de 2012, mediante la cual resolvió “PRIMERO: ABSTENERSE DE CERTIFICAR el proceso electoral efectuado el 07 de junio de 2011 por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SALUD DEL ESTADO LARA (SINTRASALUD). SEGUNDO: INSTAR a las autoridades del SINDICATO (…) a que de conformidad con lo establecido en sus Estatutos Internos, se convoque a una Asamblea General de Afiliados en la que se designe una nueva Comisión Electoral que se encargue de organizar la elección de sus directivos sindicales” (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo establecido en el artículo “19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad con el artículo 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales”(Remitido mediante  Oficio N° 695-2012 de fecha 02 de marzo de 2012, constante de (86) folios útiles.

 

Vista la Sentencia N° 48 del 28-03-2012, se acordó notificar a la parte recurrente, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio Público. Se libró boleta y Oficios N° 12-142 y 12-141. Asimismo, se acordó notificar a los ciudadanos Dilia Pineda, María Molina, Pedro Goyo y Rosa Figueroa. Se libraron boletas. Se comisionó al Juzgado del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente, así como a los prenombrados ciudadanos. Se libró Oficio N° 12-139 y Despacho. Se acordó librar carteles a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Salud del estado Lara, así como a los ciudadanos José Giménez, Naid Yustyz, Naylet Torres, Yasmil Veliz, Migdalia Gómez, Carmen Rodríguez, Alexander Linarez, Rosa Figueroa, Joel Barahona, Alexi César, Atila Adan, Víctor Lucena, Chiquinquirá Álvarez, Alicia Sira, Luis Mujica, Luis Matheus, Jacqueline Pineda, Adilcia Cuicas, Gladys Gómez, Carmen Valero, José Samuel, Jenny Quiroz, Sugedi Montero, Eneida Gutiérrez, María Tona y Monis Méndez, a los fines de notificarlos del fallo dictado en fecha 28-03-2012. Finalmente, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones librará el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2012-000014: Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, remite expediente contentivo de la “… IMPUGNACIÓN de elecciones de Voceros y Voceras del Consejo Comunal SANTA INES, contra la Comisión Electoral (…) ocurridas el día 18 de diciembre de 2011…”, interpuesta por los ciudadanos MARIA CARRASQUEL, FRANKLIN JOSÉ MORILLO, JOSÉ HUMBERTO FRANCO, CARMEN DE JESÚS CASTILLO, ELVIS ENRIQUE ESPINOZA, JAVIER ORLANDO GUERRA,  KEILA RAQUEL SOLORZANO, JOSÉ ANTONIO JASPE, NELSON JAVIER NÚÑEZ, ROSO RAMÓN SILVA, WILLIAM RAFAEL FLORES, ALICIA DEL VALLE SALAZAR, NORBERTO GÓMEZ, LISBETH GONZÁLEZ, INGRIS YAMILEZ GONZÁLEZ, KAILET NAISIRETH GÓMEZ, MIGUEL YÁNEZ, EULISES DE JESÚS CUEVA, DARWIN JOSÉ GALLARDO, MAYRA CAROLINA SILVA, JOSÉ SINERZO MORILLO, MIREYA ANGELINA LÓPEZ, YESSICA NEIZULY ARGUELLO, MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ, CARLOS JOSÉ JIMÉNEZ, CLEOFE DE JESÚS RAMÍREZ, JEAN CARLOS SALAZAR, CARLOS JOSÉ CARRILLO y MARLENE PADILLA, titulares de la cédula de identidad número 18.327.635, 10.272.271, 15.359.978, 2.220.829, 17.609.808, 13.805.472, 17.202.998, 3.768.903, 12.323.769, 16.271.266, 9.190.198, 14.343.328, 6.600.986, 14.289.195, 15.998.306, 21.293.076, 11.747.185, 8.193.128, 25.260.294, 14.694.464, 25.420.992, 11.235.704, 18.147.617, 22.576.770, 9.877.042, 8.487.955, 23.700.887, 8.633.660 y 8.193.363, respectivamente, asistidos por la abogada Mary Graterol Petti, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 120.388. Oficio N° 0419-2012 de fecha 08 de febrero de 2012. Remitiendo Expediente N° 5260 (Nomenclatura de ese Tribunal (1 Pieza).

 

Vista la Sentencia N° 44 dictada por la Sala Electoral en fecha 28-03-2012 se acordó solicitar los antecedentes administrativos ni el informe sobre los hechos y el derecho relacionados con el caso, a la Comisión Electoral del Consejo Comunal de Santa Inés. Líbrese Oficio Nº 12-145. Igualmente, se ordenó notificar al Director Regional de Fundacomunal, a la parte recurrente y al Ministerio Público. Líbrense Oficios Nº 12-144, 12-146 y Boleta. Así mismo, se acordó comisionar al Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, a los fines de notificar de la referida decisión a la parte recurrente, a la mencionada Comisión Electoral y al Director Regional de Fundacomunal. Se libro Oficio Nº 12-143 y Despacho. Finalmente, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procederá a librar cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010,  publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con  Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María  Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.

 

El abogado NELIS CARRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo Nº 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A. Banco Universal (SINTRACORPBANCA), presentó diligencia mediante la cual consignó la página 48 del Diario "ÚLTIMAS NOTICIAS", de fecha 12-04-2012 donde aparece publicado el cartel de emplazamiento librado a los interesados.

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2011-000063: LUIS ANTONIO OJEDA GUZMAN, ULISES CORDIDO,  FRANCISCO GÁMEZ, JOSÉ LUIS PEREIRA, MANUEL GÓMEZ y ADOLFO FERREIRO, titulares de la cédula de identidad números 4.168.382, 3.624.847, 6.251.589, 9.972.824, 1.000.004 y 6.279.597, respectivamente,  el primero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.697, quien actúa en nombre propio y asistiendo a los demás, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la convocatoria a elecciones 2011-2013 y el proceso electoral para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club El Aguasal, cuyo acto de votación se fijó para el día 16-07-2011.

 

El abogado LUIS ANTONIO OJEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.697, actuando en su carácter de parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual retiró CD contentivo del acto de informes celebrado el 16-02-2012 y acordada por auto de fecha 10-04-2012.

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2011-000044: LUISA ARAGORT y JOSÉ ROJAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.485.213 y 8.268.053, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.765, interponen recurso contencioso electoral contra Resolución n° 110331-0056 emanada del Consejo Nacional Electoral el 31 de marzo de 2011, publicada en Gaceta Electoral n° 566 del 10 de mayo de 2011, que declaró: 1.- Con lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Neydo Rodríguez y Alexander Villarroel contra los ciudadanos Luisa Aragort y José Rojas, por encontrarse incursos en causal de inelegibilidad. 2.- Inelegibles a los referidos ciudadanos, ordenándose la desincorporación de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Universidad de Oriente (SINTRAUDO). 3.- Vacantes los cargos de Secretario General y Secretaria de Reclamos, Contrataciones y Conflictos de la Junta Directiva del referido sindicato. 4.- Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las referidas vacantes.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-108, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral la Sentencia Nº 13 de fecha 16-02-2012.

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2011-000044: LUISA ARAGORT y JOSÉ ROJAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.485.213 y 8.268.053, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.765, interponen recurso contencioso electoral contra Resolución n° 110331-0056 emanada del Consejo Nacional Electoral el 31 de marzo de 2011, publicada en Gaceta Electoral n° 566 del 10 de mayo de 2011, que declaró: 1.- Con lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Neydo Rodríguez y Alexander Villarroel contra los ciudadanos Luisa Aragort y José Rojas, por encontrarse incursos en causal de inelegibilidad. 2.- Inelegibles a los referidos ciudadanos, ordenándose la desincorporación de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Universidad de Oriente (SINTRAUDO). 3.- Vacantes los cargos de Secretario General y Secretaria de Reclamos, Contrataciones y Conflictos de la Junta Directiva del referido sindicato. 4.- Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las referidas vacantes.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-109, librado al Ministerio Público mediante el cual se notificó la Sentencia  Nº 13 de fecha 16-02-2012.

 

 

13.- Expediente N° AA70-E-2011-000044: LUISA ARAGORT y JOSÉ ROJAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.485.213 y 8.268.053, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.765, interponen recurso contencioso electoral contra Resolución n° 110331-0056 emanada del Consejo Nacional Electoral el 31 de marzo de 2011, publicada en Gaceta Electoral n° 566 del 10 de mayo de 2011, que declaró: 1.- Con lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Neydo Rodríguez y Alexander Villarroel contra los ciudadanos Luisa Aragort y José Rojas, por encontrarse incursos en causal de inelegibilidad. 2.- Inelegibles a los referidos ciudadanos, ordenándose la desincorporación de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Universidad de Oriente (SINTRAUDO). 3.- Vacantes los cargos de Secretario General y Secretaria de Reclamos, Contrataciones y Conflictos de la Junta Directiva del referido sindicato. 4.- Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las referidas vacantes.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta original librada a los  ciudadanos Luisa Margarita Aragort y José Rojas mediante la cual se notificó la Sentencia  Nº 13 de fecha 16-02-2012.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

14.- Expediente Nª AA70-E-2012-000025: GUILLERMO ALFREDO MELENDEZ GUEDEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.314.026, asistido por los abogados Sixto Ramón Medina Reyes y Edison René Crespo, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 38.395 y 10.212, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra “las actuaciones u omisiones de la Oficina Nacional de Participación Política y de la Comisión de Participación Política y Financiamiento del ente Rector Electoral, Consejo Nacional Electoral (CNE), plasmadas en los informes, bajo el título “Actuaciones”, de la Oficina de Participación Política, de fechas 15 de agosto y 02 de noviembre de 2011”, respecto a la organización con fines políticos Movimiento Republicano (MR).

 

El ciudadano Julio Jesús Albarrán Hernández, titular de la cédula de identidad N° 5.836.359, invocando la condición de Secretario General, electo en el III Congreso Nacional Republicano efectuado en fecha 30-09-2011, asistido por la abogada Omaira Rigaud, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.801, consignó escrito mediante el cual expuso aspectos relacionados con la causa. Asimismo, solicitó se declare la inadmisibilidad del recurso.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

ACTUACIONES EN:

 

 

15.- Expediente N° AA70-E-2011-000077: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, remite expediente contentivo del “Recurso de Amparo Constitucional acumulado a solicitud de medida Cautelar Innominada” por los ciudadanos FRANKLIN RATTIA, JUAN BRAVO, ROBERTO CALDERÓN, HILDEMARO GRILLET, JUAN HERNÁNDEZ, CARMELO CAMPOS, HÉCTOR RAMIREZ, AMILCAR CAMPOS, WILLIAMS BAIN, CÉSAR MARTINEZ, ISIDRO ORTEGA, OCTAVIO BONYORNI y PABLO KOCHMANSKY, titulares de la cédula de Identidad números. 9.873.292, 10.215.891, 6.448.739, 3.902.109, 647.964, 11.966.607, 15.347.387, 18.611.129, 10.394.562, 8.879.057, 8.181.038, 8.402.009 y 18.521.777, respectivamente,  asistidos por las abogadas  JEANNETTE BAIN DE ARZOLAY y ROSELIN PEREZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los números  93.088 y 93.429 respectivamente, contra los ciudadanos JHONNY MEDINA, PEDRO PERALES, LEONARDO CALDERÓN, OSWALDO FEBRES, OSWALDO GOITTE Y DENNIS DEL VALLE LARA, respecto a la convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores del Aluminio del estado Bolívar (SUTRALUM). Oficio N°  1J/470/2011 de fecha 03-10-2011. Remitiendo Expediente N° FP11-O-2011-000109 (Nomenclatura de ese Juzgado)        (1 Pieza).

 

Por recibido Oficio  N° 1J/2112012 de fecha 09-04-2012, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 02-02-2012, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

16.- Expediente N° AA70-E-2012-000007: SABINO GARBAN FLORES, ANTONIO GONZÁLEZ FERMIN y JOAO LUIS DE BRITES, titulares de la cédula de identidad número 4.002.336, 6.161.744 y 11.669.500, respectivamente, el primero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, actuando en nombre propio y asistiendo a los demás, actuando con el carácter de socios y miembros de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra “la negativa del Presidente del Club, quien dice actuar en nombre de la Junta Directiva, en entregar la data o listado de socios para elaborar y publicar el Registro Electoral Preliminar, así mismo, la negativa a entregar los insumos necesarios para ser usados en el proceso eleccionario, así como cubrir los costos de las publicaciones legales que se haga menester, el no pronunciamiento en cuanto al uso de las instalaciones de la biblioteca del club, como sede de la Comisión Electoral, o en todo caso, pretende imponer una sede móvil de la Comisión en distintos lugares del Club…”, todo referido al proceso electoral para elegir a las autoridades de la Junta Directiva del referido Club, período 2012-2014.

 

El abogado SABINO GARBÁN FLORES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, actuando con el carácter de parte accionante, presentó diligencia mediante la cual solicitó un lapso de 3 días para dar contestación al escrito presentado por su contraparte.

 

La Presidenta,

  

 

   

JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO                                              

  

                                                                             

   La Secretaria,

 

 

 

                                                                            PATRICIA CORNET GARCÍA


 

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