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Sala Electoral
  • Fecha: 17 de enero de 2012





CUENTA Nº  6

Despacho del martes diecisiete (17) de enero de 2012. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madríz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón,  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2012-000005: Juzgado Cuarto de Primera Instancia  de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por la abogada Milagros Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.313, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO OLIVEROS, BARNABY BANNY GONZÁLEZ CANACHE, CÉSAR RAFAEL BERNAY GUZMÁN, JOHNATAN SALVADOR MONGUA ORTIZ, JOSÉ CELESTINO BOLÍVAR LEÓN, LUIS EDUARDO HERNÁNDEZ QUIARO, ULISE RAFAEL MARCANO MATA y  GUSTAVO JOSÉ RUIZ CAMPOS, titulares de la cédula de identidad N° 8.264.298, 12.980.249, 14.703.531, 15.050.791, 8.283.408, 8.274.309, 18.299.395 y 18.568.598, respectivamente, referido al Sindicato de Empleados y Obreros de la Empresa CVG CONACAL.  Oficio N° 2012-028 de fecha 11 de enero de 2012. Remitiendo expediente N° BP02-S-2011-2979 (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

INFORMES ORALES EN:

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2011-000064: ATILES REINALDO SOTO y JORGE RAFAEL REYES RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad números 5.557.200 y 4.512.138, respectivamente, asistidos por la abogada Norelis Pagola, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.773, interponen recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110525-0083 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 25 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 573 de fecha 29 de junio de 2011, que declaró sin lugar el recurso interpuesto  por los ciudadanos Atiles Reinaldo Soto, Jorge Rafael Reyes Rodríguez, José Gregorio Reyes Flores, José Gregorio Mujica Vivas, Robín Alfredo Bolívar Tizamo, Villasana Pulido Iván José,  Oswaldo Francisco Salazar Pasarella, Oscar Simón Arvelay España, Orlando Rafael Salazar Padrón, Antonio José Pesce Ramírez, Cesar Alexander Rivas Sin, René Augusto Muñoz Alchacoa, Juan Carlos Rodríguez, Marcos Ronald Barrios Centeno, Isaías Roberto Pesce Ramírez, Francisco Antonio Barajas, Carlos Romero y Alberto José Álvarez Sanabria, contra el proceso electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de Conductores de Aluminio del Caroní (SINTRACABEL), cuyo acto de votación se efectuó el 18 de junio de 2011.

 

Abierto el acto, se dejó constancia que se encontraban presentes los ciudadanos ATILES REINALDO SOTO y JORGE RAFAEL REYES RODRÍGUEZ, asistidos por la abogada Norelis Pagola, parte recurrente.  Igualmente, se dejó constancia que se encontraba presente el abogado Carlos Castro, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.583, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, parte recurrida. Del mismo modo, se dejó constancia que se encontraba presente la abogada Eira Torres, inscrita Inpreabogado bajo el número 39.288, Fiscal Provisoria de la Fiscalía Primera del Ministerio Público designada para actuar ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.  Seguidamente, la Presidenta de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales.

 

 

ACTUACIONES EN:

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2011-000064: ATILES REINALDO SOTO y JORGE RAFAEL REYES RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad números 5.557.200 y 4.512.138, respectivamente, asistidos por la abogada Norelis Pagola, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.773, interponen recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110525-0083 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 25 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 573 de fecha 29 de junio de 2011, que declaró sin lugar el recurso interpuesto  por los ciudadanos Atiles Reinaldo Soto, Jorge Rafael Reyes Rodríguez, José Gregorio Reyes Flores, José Gregorio Mujica Vivas, Robín Alfredo Bolívar Tizamo, Villasana Pulido Iván José,  Oswaldo Francisco Salazar Pasarella, Oscar Simón Arvelay España, Orlando Rafael Salazar Padrón, Antonio José Pesce Ramírez, Cesar Alexander Rivas Sin, René Augusto Muñoz Alchacoa, Juan Carlos Rodríguez, Marcos Ronald Barrios Centeno, Isaías Roberto Pesce Ramírez, Francisco Antonio Barajas, Carlos Romero y Alberto José Álvarez Sanabria, contra el proceso electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de Conductores de Aluminio del Caroní (SINTRACABEL), cuyo acto de votación se efectuó el 18 de junio de 2011.

 

Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de los informes orales celebrados en esta misma fecha.

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2011-000056: ASDRUBAL HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad número 5.484.943, asistido por el abogado Julio César Narváez Safontt, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.592, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra  la Resolución N° 110512-0074 de fecha 12-05-2011, publicada en Gaceta Electoral N° 569 de fecha 30-05-2011, mediante el cual se declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por él, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (SINAEPMECD), cuyo acto de votación se efectuó el 26-01-2011.

 

Visto que  el 07-12-2011, se fijó el día jueves 26-01-2012, a las 9:30 a.m., para que tenga lugar el acto de informes oral, la Sala en razón de las ocupaciones inherentes a la Alta Investidura de los Magistrados acuerda diferir el referido acto, y fija el día jueves 09-02-2012, a las once de la mañana (11:00 a.m.), para la realización del mismo.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2011-000024: Ángel Rafael Morales Moronta y Javiel Carvajal Montiel, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.936 y 40.951, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Federación Nacional de Sindicatos Regionales, Sectoriales y Conexos de los Trabajadores de la Salud (FENASIRTRASALUD), interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100325-0068, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL el 25-03-2010, publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12-05-2010, que  declaró:  1.- Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Thony Navas Nieves y Judith Robles, contra la Resolución  de fecha 22-05-2009 dictada por la Comisión Electoral Permanente de la referida Federación; 2.- Inelegibles a los ciudadanos Octavio Solórzano, Luis Cedeño, Samuel Dugarte, William Ramírez, Mercedes Torrealba, Norelis Alvarado, Luis Miquelena, Freddy Guerrero, Samuel Ugarte, Santos García, Siomara Carmona, Sonia Gallardo, Damas Aular, Luis Ríos, Marlene Rojas, Elita Peña, Teodoro Dovale, Victor Zambrano, José Ramírez, Hernán Maita, Betty Joa, Jesús Berrios, Jesús Gámez y Douglas Scolar. 

 

Vista la Sentencia N° 155 dictada en fecha 14-12-2011, se acordó notificar a la parte recurrente, al ciudadano Thony Navas Nieves, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio Público. Se libraron Boletas y Oficios N° 12-027 y 12-028.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2011-000070: Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos HUMBERTO STEVENSON ROMERO FARIÑEZ, NELLYS DOMINGA GONZÁLEZ, CAROLYN YULIP BETHENCOURT CHACÓN, JOSÉ  ANTONIO CAMEJO MARCANO, HERMAN ALEXANDER REINA CEDEÑO, ROBERT ENRIQUE DURAND ANZOLA, ISABEL TERESA MARTÍNEZ, EDDY RAÚL NARANJO SÁNCHEZ y JESÚS ALFONSO PÉREZ ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 15.169.522, 6.189.068, 11.928.331, 16.869.452, 12.062.356, 12.761.807, 5.964.930, 6.122.415 y 6.371.579, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la elección de la Comisión Electoral Nacional y de las Sub Comisiones Electorales Regionales de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD) referido al proceso electoral para elegir a los integrantes del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, los Delegados y Suplentes de la referida Caja de Ahorros, período 2011-2014.

 

La abogada María Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.648, apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual sustituyó poder, reservándose su ejercicio en el abogado Leonardo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.922.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2011-000070: Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos HUMBERTO STEVENSON ROMERO FARIÑEZ, NELLYS DOMINGA GONZÁLEZ, CAROLYN YULIP BETHENCOURT CHACÓN, JOSÉ  ANTONIO CAMEJO MARCANO, HERMAN ALEXANDER REINA CEDEÑO, ROBERT ENRIQUE DURAND ANZOLA, ISABEL TERESA MARTÍNEZ, EDDY RAÚL NARANJO SÁNCHEZ y JESÚS ALFONSO PÉREZ ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 15.169.522, 6.189.068, 11.928.331, 16.869.452, 12.062.356, 12.761.807, 5.964.930, 6.122.415 y 6.371.579, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la elección de la Comisión Electoral Nacional y de las Sub Comisiones Electorales Regionales de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD) referido al proceso electoral para elegir a los integrantes del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, los Delegados y Suplentes de la referida Caja de Ahorros, período 2011-2014.

 

La abogada María Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.648, apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual renunció al poder que le fuera otorgado.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2011-000070: Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos HUMBERTO STEVENSON ROMERO FARIÑEZ, NELLYS DOMINGA GONZÁLEZ, CAROLYN YULIP BETHENCOURT CHACÓN, JOSÉ  ANTONIO CAMEJO MARCANO, HERMAN ALEXANDER REINA CEDEÑO, ROBERT ENRIQUE DURAND ANZOLA, ISABEL TERESA MARTÍNEZ, EDDY RAÚL NARANJO SÁNCHEZ y JESÚS ALFONSO PÉREZ ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 15.169.522, 6.189.068, 11.928.331, 16.869.452, 12.062.356, 12.761.807, 5.964.930, 6.122.415 y 6.371.579, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la elección de la Comisión Electoral Nacional y de las Sub Comisiones Electorales Regionales de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD) referido al proceso electoral para elegir a los integrantes del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, los Delegados y Suplentes de la referida Caja de Ahorros, período 2011-2014.

 

El abogado Leonardo García Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.922, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la renuncia efectuada por la abogada María Zapata en la  causa.

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2011-000059: JESÚS DAVID RODRÍGUEZ SEGOVIA, titular de la cédula de identidad número 3.667.219, asistido por su apoderada judicial abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 80.698, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución “SECCIONAL MIRANDA” dictada por el Comité Ejecutivo Nacional de Acción Democrática, el 11-05-2011, mediante la cual “ese órgano partidista [lo] sustituyó del cargo de Secretario General del Comité Ejecutivo Seccional en el estado Miranda (CES-Miranda)”.

 

La abogada María Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.648, apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual sustituyó poder, reservándose su ejercicio en el abogado Leonardo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.922.

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2011-000059: JESÚS DAVID RODRÍGUEZ SEGOVIA, titular de la cédula de identidad número 3.667.219, asistido por su apoderada judicial abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 80.698, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución “SECCIONAL MIRANDA” dictada por el Comité Ejecutivo Nacional de Acción Democrática, el 11-05-2011, mediante la cual “ese órgano partidista [lo] sustituyó del cargo de Secretario General del Comité Ejecutivo Seccional en el estado Miranda (CES-Miranda)”.

 

La abogada María Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 80.648, apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual renunció al poder que le fuera otorgado. 

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2010-000004: HENRY MACÍAS LAREAL, PEDRO LUIS ROMERO RAMÍREZ y DAVID ERNESTO MENDOZA LOYO, titulares de la cédula de identidad número 3.699.314, 6.866.015 y 6.179.484, respectivamente, asistidos por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, por haber excluido al personal administrativo y obrero del padrón electoral para las elecciones de las autoridades de la mencionada Casa de Estudios cuyo acto de votación está fijado para el día 23-02-2010. (Acumulado con Exp. Nº 2010-000009 interpuesto por los ciudadanos ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358).

 

La abogada DANIELLE FIGUEROA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 65.616, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Universidad Nacional Abierta, presentó diligencia mediante la cual consignó Oficio identificado como REC-Nº 037/2011 de fecha 17-01-2012 y solicitó copia certificada del mismo.

 

 

12.- Expediente N° AA70-X-2012-000001: (CUADERNO SEPARADO): MARÍA GLORIA REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.216, apoderada judicial de los ciudadanos Felipe García e Irma Ávila, Presidente y Tesorera de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD); y la abogada ANA CABEZAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 104.355, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro del Poder Judicial (CAPOJUD), se oponen a la medida cautelar acordada por la Sala Electoral en Sentencia Nº 142 del 24 de diciembre de 2011, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos HUMBERTO STEVENSON ROMERO FARIÑEZ, NELLYS DOMINGA GONZÁLEZ, CAROLYN YULIP BETHENCOURT CHACÓN, JOSÉ  ANTONIO CAMEJO MARCANO, HERMAN ALEXANDER REINA CEDEÑO, ROBERT ENRIQUE DURAND ANZOLA, ISABEL TERESA MARTÍNEZ, EDDY RAÚL NARANJO SÁNCHEZ y JESÚS ALFONSO PÉREZ ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 15.169.522, 6.189.068, 11.928.331, 16.869.452, 12.062.356, 12.761.807, 5.964.930, 6.122.415 y 6.371.579, respectivamente, contra la elección de la Comisión Electoral Nacional y de las Sub Comisiones Electorales Regionales de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD) referido al proceso electoral para elegir a los integrantes del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, los Delegados y Suplentes de la referida Caja de Ahorros, período 2011-2014. (Expediente Principal AA70-E-2011-000070).

 

La abogada MARÍA GLORIA REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.216, apoderada judicial de los ciudadanos Felipe García e Irma Ávila, Presidente y Tesorera de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD), presentó diligencia mediante la cual ratificó su escrito de oposición y las pruebas que lo acompañaron.

 

 

13.- Expediente N° AA70-X-2011-000014: (CUADERNO SEPARADO): LUIS TELLERÍA y JOSÉ MANUEL LÓPEZ, titulares de la cédula de identidad número 5.836.084 y 13.618.656, respectivamente, asistidos por el abogado Mario Valdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.708, solicitan "le envié un Oficio a la Fuerza Pública ya sea la Guardia Nacional, Policía de Caracas o cualquier otra Institución policial que considere necesario para hacer cumplir la Medida Cautelar acordada y nos acompañe para entrar a la sede del PPT, y se levante un Acta dejando constancia del estado en que se encuentre", en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los referidos ciudadanos, actuando en su condición de “…Secretario General Nacional y Secretario Nacional de Organización del partido político PATRIA PARA TODOS (…) con el objeto de impugnar la Asamblea Nacional y la elección de las nuevas autoridades del Partido Político Patria Para Todos (PPT), celebrada el día 15 de octubre de 2011…” (Expediente Principal N° AA70-E-2011-000089).

 

El ciudadano LUIS TELLERÍA, parte recurrente, asistido por el abogado Mario Valdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.708, presentó diligencia mediante la cual realizó consideraciones en torno a la solicitud de desacato de la sentencia de fecha 24-11-2011.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

 

14.- Expediente N° AA70-E-2011-000064: ATILES REINALDO SOTO y JORGE RAFAEL REYES RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad números 5.557.200 y 4.512.138, respectivamente, asistidos por la abogada Norelis Pagola, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.773, interponen recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110525-0083 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 25 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 573 de fecha 29 de junio de 2011, que declaró sin lugar el recurso interpuesto  por los ciudadanos Atiles Reinaldo Soto, Jorge Rafael Reyes Rodríguez, José Gregorio Reyes Flores, José Gregorio Mujica Vivas, Robín Alfredo Bolívar Tizamo, Villasana Pulido Iván José,  Oswaldo Francisco Salazar Pasarella, Oscar Simón Arvelay España, Orlando Rafael Salazar Padrón, Antonio José Pesce Ramírez, Cesar Alexander Rivas Sin, René Augusto Muñoz Alchacoa, Juan Carlos Rodríguez, Marcos Ronald Barrios Centeno, Isaías Roberto Pesce Ramírez, Francisco Antonio Barajas, Carlos Romero y Alberto José Álvarez Sanabria, contra el proceso electoral para escoger a los miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de Conductores de Aluminio del Caroní (SINTRACABEL), cuyo acto de votación se efectuó el 18 de junio de 2011.

 

La abogada EIRA TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 39.288, actuando con el carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, consignó escrito de Informes.

 

 

15.- Expediente N° AA70-E-2011-000013: FREDDY BIAGGI, JOSÉ ESTEBAN ORIA, BELKYS LO TÁRTARO, ARTURO CASTILLO MACHEZ, MARIANELA OLIVIERI, POMPEYO TORREALBA, JOHNNY MARQUEZ, IVONNE GUEVARA y MARCOS FUENMAYOR, titulares de las cédula de identidad números 5.619.227, 10.694.879, 3.717.056, 1.428.641, 3.563.320, 3.319.508, 3.144.640, 6.280.996 y 5.566.037, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Hernández Fabien, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412,  interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el “acto emanado de la Comisión Electoral de la Sociedad Bolivariana de Caracas fechado 6 de octubre de 2010 (…) mediante el cual se declaró improcedente la admisión de la postulación de la Plancha N° 19 (…); así como contra el írrito acto de Proclamación del Acta de Totalización y Proclamación de la (sic) dictada por la Comisión Electoral Nacional de (esa) Sociedad, y el acto de Juramentación de los integrantes de la PLANCHA ÚNICA admitida por el órgano electoral regional”, referidos al proceso electoral para elegir la Junta Directiva de la mencionada Sociedad, período 2010-2014.

 

La ciudadana BELKYS LO TÁRTARO, actuando con el carácter de parte recurrente, asistida por el abogado Rodolfo Becerra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.124, consignó escrito mediante el cual expone hechos relacionados con la causa.

 

 

16.- Expediente N° AA70-X-2012-000001: (CUADERNO SEPARADO): MARÍA GLORIA REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.216, apoderada judicial de los ciudadanos Felipe García e Irma Ávila, Presidente y Tesorera de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD); y la abogada ANA CABEZAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 104.355, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro del Poder Judicial (CAPOJUD), se oponen a la medida cautelar acordada por la Sala Electoral en Sentencia Nº 142 del 24 de diciembre de 2011, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos HUMBERTO STEVENSON ROMERO FARIÑEZ, NELLYS DOMINGA GONZÁLEZ, CAROLYN YULIP BETHENCOURT CHACÓN, JOSÉ  ANTONIO CAMEJO MARCANO, HERMAN ALEXANDER REINA CEDEÑO, ROBERT ENRIQUE DURAND ANZOLA, ISABEL TERESA MARTÍNEZ, EDDY RAÚL NARANJO SÁNCHEZ y JESÚS ALFONSO PÉREZ ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad números 15.169.522, 6.189.068, 11.928.331, 16.869.452, 12.062.356, 12.761.807, 5.964.930, 6.122.415 y 6.371.579, respectivamente, contra la elección de la Comisión Electoral Nacional y de las Sub Comisiones Electorales Regionales de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD) referido al proceso electoral para elegir a los integrantes del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, los Delegados y Suplentes de la referida Caja de Ahorros, período 2011-2014. (Expediente Principal AA70-E-2011-000070).

 

El abogado LEONARDO GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 119.922, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual expuso hechos relacionados con la causa, promovió el mérito de los autos y solicitó se declare sin lugar las oposiciones a la medida cautelar decretada por la Sala Electoral en Sentencia Nº 142 de fecha 24-11-2011.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

17.- Expediente Nº AA70-E-2003-000092: GERSON OVALLES CARDENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.313, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Táchira de no convocar a elecciones en el referido Colegio profesional para elegir a los nuevos miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Gerson Ovalles Cárdenas, de conformidad con lo previsto en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de notificarlo de la Sentencia N° 133 del 24 de noviembre de 2011, e igualmente se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.

 

 

SENTENCIA

 

 

18.- Expediente Nª AA70-E-2011-000102: VICTOR HUGO CEDEÑO ABREU, titular de la cédula de identidad N° 5.334.389, asistido por el abogado José Clemente Bolívar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.819, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Junta Regional de Primarias de la Mesa de la Unidad del estado Delta Amacuro  y contra la Comisión Electoral de Primarias Nacional de la referida Mesa, respecto a la “postulación como candidato a las elecciones primarias a gobernador del estado Delta Amacuro a realizarse el venidero 12 de febrero de 2012”. La Sala declaró:     1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido.  2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de lo atinente a la caducidad de la acción. 3.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar. Ponente: JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 1.

 

La Presidenta,

  

 

   

JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO                                              

  

                                                                             

   La Secretaria,

 

 

 

                                                                            PATRICIA CORNET GARCÍA


 

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