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Sala Electoral
  • Fecha: 17 de mayo de 2012





CUENTA N°  65

Despacho del jueves diecisiete (17) de mayo de 2012. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, con la asistencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2012-000031: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los abogados Omar Duque Jiménez, Víctor Sevilla y Vanesa Carolina Rivera Requena, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 6.204, 27.074 y 106.963, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ANNELIESE ISABEL SALAZAR SILVERA, CARLOS ROGER CARDIER REQUENA,JORGE JOSÉ BARRIOS GONZÁLEZ, DAYSI YAMILI PEÑA PULGAR, JOSÉ GREGORIO ROMERO VILLASANA, GILBERTO MIGUEL TORRES PERDOMO, CARLOS ROGER CARDIER REQUENA, DOUGLAS RAMÓN SAAVEDRA LÓPEZ, INÉS XIOMARA SERVEN ORTEGA, ZELIDETH YSABEL GUTIÉRREZ DAZA, FRANKLIN ENRIQUE CONERAS VACCA, JULIO CESAR COLINA RODRÍGUEZ, LENNY MAR JOSEFINA RODRÍGUEZ MONAGAS, VICTA YESENIA CÓRDOVA RODRÍGUEZ, MIGUEL PÉREZ, ALFREDO JOSÉ SANGUINO,  EDILIO JOSÉ SUAREZ ANZOLA, CARMEN DEL ROSARIO, GUTIÉRREZ CENTENO, ALEXIS SOLÍS MALPICA, JOAQUÍN CORREA, HUMBERSISNORBELYS LUGO MAGÍN, EVELIN DEL VALLE MARCANO LIENDO,  ARACELIS RICARDA PRADO FARFÁN, UBERTO ANTONIO ORTIZ PINTO, NORVELIA JOSEFINA MARTÍNEZ SANTAMARÍA, SORAYA DEL CARMEN LABADY RIVAS, ADRIANA CAROLINA LOZANO PEÑA, MARIBEL DEL CARMEN LEÓN MARTÍNEZ, LUZMERY DEL VALLE FLORES HERNÁNDEZ, ZAIDA DEL VALLE PEÑA, ALEJANDRA ESTRADA MEDRANO, YAJAIRA CANDELARIA ROMERO VILLASANA, GLADIS MARÍA ZAMORA FIGUEROA, MIGUEL ALFREDO BELISARIO MEIGNEN, WILLIAMS JOSÉ SALAZAR MORILLO, JUAN ALBERTO MEIGNEN MARTÍNEZ, IHONATHAN ENRIQUE GONZÁLEZ NEVES, JOSÉ RAFAEL JIMÉNEZ ROMERO, LUIS RAMÓN RODRÍGUEZ OCHOA, MANUEL VICENTE RODRÍGUEZ LEDEZMA, RUGEL RAMÓN ROMERO MUJICA, LEIDYMAR CORTEZA SILVA MEZA, CARMEN ARMINIA LIRA, JOSÉ ABEL DOMÍNGUEZ MÁRQUEZ, TEODORA DE JESÚS FERNÁNDEZ PÉREZ, YUDIS MARISOL ESPAÑA BOMPART, YALEXIS JOSEFINA VICENT DE CÓRDOVA, LUIS HOWAR AGUILERA BETANCOURT, RANDY ANTONIO SIFONTES ORTA, ADALGISA TRINIDAD BIANCHI LEÓN, BETSABET MARÍA CHAPARRO BLANCA, YUBISAY JOSEFINA REINA SANTANA, ISABEL CONSUELO SIERRA TORRES, EDITH ISABEL LIZARDI DE PACHECO, MAIGUALIDA DEL VALLE ODREMAN CASANOVA, ANA MARÍA MEZA GUTIÉRREZ, CARMEN SUNILDE PÉREZ; NIDIA ELICELIA HERNÁNDEZ, ODEIZA BAUTISTA VELÁZQUEZ DE DUARTE, ROSARIO JOSEFINA GOITE ROJAS, DAYANA MERCEDES DÍAZ YANEZ , LEDA ELENA SÁNCHEZ DE UGUETO., UARIMAR JOSEFINA TOVAR CUELLO, KARELIS DE LOS ÁNGELES LEÓN RODRÍGUEZ, VIOLETA NARCISA GARCÍA BOLÍVAR, ARACELIS DEL VALLE GOITIA JAVIER,  BETSI DE JESÚS CHIVICO, CLARA SOFIA FRANCO GARCÍA, MARÍA GABRIELA DEL CARMEN YÁÍIEZ SÁNCHEZ, ABELARDO NAZARETH GIL CASALES, HANYALU ANDRÉS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, CARLOS SILVESTRE MELÉNDEZ GUIPE, JOSÉ LUIS GRANATI ANZIANI; JANET ALQUILIA STRAKER BONALDE, INDIRA MARÍA VARGAS, . SCARLY ANDREINA HURTADO DIAZ, KARINA KATIUSKA MARTÍNEZ MANEIRO, JUAN JOSÉ GARCÍA MICHELANGEI, CARLOS JOSÉ GARCÍA, IRMA JOSEFINA VARGAS DE ALARCÓN, MIRNA MERCEDES SALAZAR REQUENA, YELITZA DE LAS NIEVES LIRA DE SIERRA, LUISA GREGORIA RUIZ CAMACHO, JORGE ATILAS ALVARADO MEDINA, ARMENIA MERCEDES MADERA PADILLA, CARLOS ANDRÉS PÉREZ VIÑA, HÉCTOR JESÚS MORALES ZAMBRANO, JAMILET DEL CARMEN PONTÓN FLORES, PEDRO JOSÉ NÚÑEZ NORIEGA, RAKALYUR DEL ROSARIO MORA ODREMAN, FRANCISCO JAVIER LUGO, INGRID COROMOTO GARCÍA AGUILERA, DELISMAR JOSEFMA SAYAGO VILLALBA, KEYLA CAROLINA PEÑAHERRERA OLIVERO, NAILA DE LOS ÁNGELES GUEVARA NÚÑEZ, ALICIA DEL CARMEN LARA PÉREZ, MARÍA DEL SOCORRO BERMÚDEZ BRUCE, JEAN MARCOS MEDINA, VALERIO JOSÉ DI MARCHI RODRÍGUEZ, ZILA NATALIA MENDOZA BLANCO, JESÚS ALFREDO PETIT CHIRINOS, PONTÓN FLORES BERLYS COROMOTO, ZURIMAR GONZÁLEZ APONTE, MÓNICA LISET GONZÁLEZ, MOYRA ELENA RODRÍGUEZ SERRANO , SONIA DEL PILAR LEAL QUINTERO, EUSTACIO AGUSTÍN GONZÁLEZ MÁRQUEZ, DENNYS JOSEFMA IDROGO, ZULAY DEL CARMEN GUEVARA QUIROZ, YILEICA ALEXANDRA PÉREZ RODRÍGUEZ, UDARDRICO PLACID , BETTY MARGARITA GONZÁLEZ, ANDRY DANIELA PINTO MEDINA, MIRNA DEL CARMEN MARTÍNEZ CENTENO, JENNY MARÍA GUZMÁN ZACARÍAS, RAIMA DE LOURDES RODRÍGUEZ GÓMEZ, HICENIS DE JESÚS LEZAMA VALDIVIESO, REHIMYN HARO GUTIÉRREZ EUSEBIO, ORLANA FABIOLA BLANCO DELGADO, CARMEN EMILIA VÁSQUEZ ALEMÁN , MIÑAN DEL VALLE FLORES BRUZUAL, JOEL RAFAEL ROJAS BETANCOURT, BINORA MARGARITA GONZÁLEZ ZAMBRANO, ORLYN ELIZABETH LARA LANDAETA, RAFAELA DE JESÚS PEÑA, SERGIO JULIÁN RONDÓN RIVERA, YANIRA GIL RIVAS, YASMIN DEL CARMEN RIVAS, MARJORY SAMAJER NIM RIVAS, NORIS JOSEFINA GIL LIZARDI, ANA KARINA ROMERO GARCÍA, YUSMELIS TERESA MOTA LÓPEZ, MARÍA EUGENIA YÉPEZ VALLES, NELIA RODRÍGUEZ, GISELA MARGARITA ORTA BETANCOURT, MARTHA BETANCOURT DE ORTA, ALEXANDER DE JESÚS FLEMING BONALDE, LIBIA MARGARITA ACIBE MEDINA, CARLOS DAVID JOHNSON VILLEGAS, JAIRO DE JESÚS PALMA CALMA, ANTONIO JOSÉ MERCHÁN ROMERO, YUVIRES NELIXIA ZAPATA, LEYDIMAR BANDRES GARCÍA, BETANCOURT GLENYS DE LA CRUZ, CARLOS MANUEL BARRIOS BETANCOURT, LUIS MIGUEL LANZ, JHONAN IBRAHÍM GONZÁLEZ SÁNCHEZ, MARCOS EMILIO ACEVEDO HERNÁNDEZ, MILENE MARÍA DEL VALLE DE VIZCAÍNO, ANA CLEMENCIA VIÑA GARCÍA, ELIZABETH ROMERO DE CHARINE, MARYORI DE JESÚS HERNÁNDEZ, MARÍA ELENA PARIAGUAN DE BÁEZ, CARMEN LUISA PUERTA DE URDANETA, MARILUZ MARTÍNEZ REINA, ENEIDA SERAFMATOMEDEZ, titulares de la cédula de identidad número 8.883.059, 14.043.243, 11.971.769,  8.876.255,  8.895.890,  6.962.093,  10.041.134, 12.569.401, 11.729.009, 12.194.930, 8.892.499, 15.617.431, 11.167.470, 4.600.743, 5.554.075, 8.858.350, 8.881 .970, 8.890.851, 4.599.020, 13.658.439,  6.964.220,  4.985.797, 12.190.093, 11.169.868, 10.567.137, 10.571.471, 11.173.374, 10.884.042, 8.866.061, 16.526.806, 5.549.105, 11.729.074, l5.251.013, 11.656.683, 8.894.719, 14.517.774, 17.656.388, 8.236.098, 8.798.280, 8.862.448. 8.898.979, 5.551.306, 14.883.6l0, 8.484.940, 12.194.718, 8.888.648, 15.636.670, 8.858.228, 16.526.806, 15.125.731, 4.597.736, 4.984.591, 13.157.094, 11.168.004, 4.598.991, 8.536.001, 6.854.425, 8.875.982, 4.984.962, 5.694.862, l0.049.055, 13.919.575, 4.507.955, 17.045.185, 4.091.156, 14.883.991, 8.857.816, 5.902.139, l1.843.294, 10.567.743, 14.064.144, 12.189.198, l0.573.789, 15.245.645, 10.049.475, 11.728.537, 8.873.637, 17.161.291, 11.731.747, 779.750, 3.501.256, 6.428.713, 8.887.671, 10.047.690, 10.570.935, 11.154.714, 12.194.880, 12.598.848, 15.433.703, 10.569.520, 11.174.103, 14.145.131, 14.778.158, 8.881.805, l3.658.393, 14.505.924, 14.884.067, 8.131.209, 4.939.169, 12.599.433, 10.046.188, 15.540.062, 4.980.539, 8.882.500, 10.565.203, 11.727.l96, 6.367.564, 10.047.315, 6.834.252, 8.867.074, 12.547.993, 13.994.859, 14.089.036, 5.184.134, l0.552.364, 12.007.526, 10.389.457, 15.034.371, 12.359.176, 8.526.565, 20.137.799, 20.504.889, 2.905.428, 8.922.475, 14.076.497, 8.961 .999, 16.393.587, 4.935.943, 10.931.012, 11.991.716, l4.454.802, 16.499.118, 8.879.09l, 8.919.461, 10.828.210, 10.551.749, 4.364.229, 11.171.247, 3.018.930, l5.853.426, 6.178.l22, 17.837.281, 16.498.650, 13.798.949, l2.l90.180, 12.187.093, 8.857.743, 10.663.786, 6.615.347, 6.481.811, 16.616.853, 13.982.536, 6.365.644, 10.550.424, 4.597.224, 14.367.425, 8.402.018, 5.341.365, 8.538.018, 4.080.951, 4.697.710, 6.611.156, 776.512, 14.366.595, 16.629.302, a los fines de renovar la Junta Directiva del Sindicato Unitario Regional de Empleados Públicos del Ejecutivo Regional del estado Bolívar (S.U.R.E.P-BOLIVAR). Oficio N° 3SME/533/2012 de fecha 03 de mayo de 2012, (constante de 1 pieza).

 

Se designó ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la solicitud de convocatoria a elecciones.

 

 

2.- Expediente Nª AA70-E-2012-000032: NORIS JOSEFINA OJEDA ALVINS, titular de la cédula de identidad N° 6.552.5891, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.447, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar “contra LOS ARTICULOS 20 Y 22 DEL REGLAMENTO ELECTORAL de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP)”, respecto a las elecciones de la referida Caja de Ahorros.

 

Se acordó solicitar a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro del Personal del Ministerio Público (CAPMP) los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 12-185. Asimismo, se designó ponente al Magistrado  MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.

 

 

INFORMES ORALES EN:

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2011-000047: Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el n° 87.062, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS BELTRAN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad n° 8.269.189, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo dictado por el DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE DEPORTES DEL ESTADO ANZOÁTEGUI (IDEA) en fecha 23-02-2011, mediante el cual declaró procedente “(...) Autorizar a la Dirección General del referido Instituto para Revocar el Reconocimiento y Registro de la Junta Directiva de la Asociación de Potencia del Estado Anzoátegui (…)”; y que  “(…) sea designada la Comisión Reorganizadora, por considerar que la Junta Directiva se encuentra acéfala en más de la mitad de sus miembros”; así como “autorizar a la Dirección general, la Revocación del Reconocimiento y Registro del Club de Potencia Los Únicos (…)” y “(…) se proceda a designar la Autoridad Provisional, por encontrarse acéfalo el Consejo de Honor (…)”.

 

Abierto el acto, se dejó constancia de la asistencia del abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS BELTRAN BASTARDO MUÑOZ, parte recurrente, quien igualmente se encontraba presente.  Del mismo modo, se dejó constancia de la asistencia de la abogada Marielba Del Carmen Escobar Martínez, inscrita en el  Inpreabogado bajo el número 16.770, Fiscal Provisoria de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público designada para actuar ante esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Seguidamente, el  Presidente Encargado de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían la parte recurrente y el Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales.

 

 

ACTUACIONES EN:

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2011-000047: Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el n° 87.062, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS BELTRAN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad n° 8.269.189, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo dictado por el DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE DEPORTES DEL ESTADO ANZOÁTEGUI (IDEA) en fecha 23-02-2011, mediante el cual declaró procedente “(...) Autorizar a la Dirección General del referido Instituto para Revocar el Reconocimiento y Registro de la Junta Directiva de la Asociación de Potencia del Estado Anzoátegui (…)”; y que  “(…) sea designada la Comisión Reorganizadora, por considerar que la Junta Directiva se encuentra acéfala en más de la mitad de sus miembros”; así como “autorizar a la Dirección general, la Revocación del Reconocimiento y Registro del Club de Potencia Los Únicos (…)” y “(…) se proceda a designar la Autoridad Provisional, por encontrarse acéfalo el Consejo de Honor (…)”.

 

Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de los informes orales celebrados en esta misma fecha.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010,  publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con  Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María  Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.

 

Juzgado de Sustanciación se pronunció sobre las pruebas promovidas por el abogado Nelis Emiro Carrero Soto, actuando con el carácter del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA), admitiendo las pruebas.

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2011-000024: Ángel Rafael Morales Moronta y Javiel Carvajal Montiel, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.936 y 40.951, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Federación Nacional de Sindicatos Regionales, Sectoriales y Conexos de los Trabajadores de la Salud (FENASIRTRASALUD), interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100325-0068, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL el 25-03-2010, publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12-05-2010, que  declaró:  1.- Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Thony Navas Nieves y Judith Robles, contra la Resolución  de fecha 22-05-2009 dictada por la Comisión Electoral Permanente de la referida Federación; 2.- Inelegibles a los ciudadanos Octavio Solórzano, Luis Cedeño, Samuel Dugarte, William Ramírez, Mercedes Torrealba, Norelis Alvarado, Luis Miquelena, Freddy Guerrero, Samuel Ugarte, Santos García, Siomara Carmona, Sonia Gallardo, Damas Aular, Luis Ríos, Marlene Rojas, Elita Peña, Teodoro Dovale, Victor Zambrano, José Ramírez, Hernán Maita, Betty Joa, Jesús Berrios, Jesús Gámez y Douglas Scolar. 

 

Se dejó en custodia de la Secretaría un (01) DVD en blanco consignado por el ciudadano THONY NAVAS NIEVES, titular de la cédula de identidad Nº 4.283.542, asistido por el abogado Adán Navas Nieves, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.634.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2011-000047: Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el n° 87.062, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS BELTRAN BASTARDO MUÑOZ, titular de la cédula de identidad n° 8.269.189, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo dictado por el DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE DEPORTES DEL ESTADO ANZOÁTEGUI (IDEA) en fecha 23-02-2011, mediante el cual declaró procedente “(...) Autorizar a la Dirección General del referido Instituto para Revocar el Reconocimiento y Registro de la Junta Directiva de la Asociación de Potencia del Estado Anzoátegui (…)”; y que  “(…) sea designada la Comisión Reorganizadora, por considerar que la Junta Directiva se encuentra acéfala en más de la mitad de sus miembros”; así como “autorizar a la Dirección general, la Revocación del Reconocimiento y Registro del Club de Potencia Los Únicos (…)” y “(…) se proceda a designar la Autoridad Provisional, por encontrarse acéfalo el Consejo de Honor (…)”.

 

La abogada MARIELBA DEL CARMEN ESCOBAR MARTÍNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 16.770, actuando con el carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público ante el Tribunal Supremo de Justicia, presentó escrito contentivo de la opinión del Ministerio Público en la causa.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2011-000085: GUALBERTO MAS Y RUBI, JOSÉ TEOLINDO JIMÉNEZ PALLEROL, INGRID MERCEDES CASTRO ROJAS y MINERVA JOSEFINA ZAMBRANO, titulares de la cédula de identidad números 4.525.247, 2.149.561, 3.157.403 y 4.453.151, respectivamente, asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 56.672, 34.959 y 39.279, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral con “solicitud de amparo cautelar por vía subsidiaria” contra la Resolución N° 110915-0169 emanada del Consejo Nacional Electoral del 15 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 583 del 05 de octubre de 2011, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR el recurso jerárquico ejercido por los ciudadanos Oscar Daniel Henríquez, Rafael González y Alfredo Borsegui, contra la Resolución emanada de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) de fecha 23 de febrero de 2011.  2.- NULA: La referida Resolución. 3.- CON LUGAR  la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos Gualberto Mas y Rubí, Carlos Augusto Pérez, Teolindo Jiménez, Iraima Pérez, Orlando Herrera, Minerva Zambrano, Baudilio Santiago, Rubén Herrera, Ingrid Castro, Henry Medina, Jesús Malave Carvajal, Rubén Rosario, Gerardo Viloria, José Darío Lima, David Rodríguez y Manuel Mota, para participar en la elección de las autoridades de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO). 4.- INELEGIBLES los referidos ciudadanos para optar a cargos de dirección en referida Federación. 5.- REPONE el proceso electoral de la mencionada Federación a la Fase N° 16.

 

La ciudadana Irama Pérez, titular de la cédula de identidad N° 3168242, asistido por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, consignó escrito mediante el cual solicitó se le tega como tercero coadyuvante en el recurso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

9.- Expediente N° AA70-E-2010-000051: RAFAEL CONTRERAS MILLÁN, titular de la cédula de identidad N° 5.533.631 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.193, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular, respecto a las elecciones de las autoridades del referido partido, celebradas en fecha 02-05-2010. (Acumulado con Exp. 2010-000045 interpuesto por LUIS IGNACIO PLANAS HERNÁNDEZ y ALEJANDRO VIVAS, titulares de la cédula de identidad N° 10.336.679 y 13.532.143, respectivamente).

 

El ciudadano MIGUEL ÁNGEL MOYETONES, titular de la cédula de identidad Nº 846.811, actuando en su carácter de Presidente de la Comisión Electoral Nacional de COPEI, asistido por el abogado Oscar Guilarte, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.301, presentó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia Nº 37 de fecha 13-03-2012.

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2011-000024: Ángel Rafael Morales Moronta y Javiel Carvajal Montiel, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.936 y 40.951, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Federación Nacional de Sindicatos Regionales, Sectoriales y Conexos de los Trabajadores de la Salud (FENASIRTRASALUD), interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100325-0068, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL el 25-03-2010, publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12-05-2010, que  declaró:  1.- Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Thony Navas Nieves y Judith Robles, contra la Resolución  de fecha 22-05-2009 dictada por la Comisión Electoral Permanente de la referida Federación; 2.- Inelegibles a los ciudadanos Octavio Solórzano, Luis Cedeño, Samuel Dugarte, William Ramírez, Mercedes Torrealba, Norelis Alvarado, Luis Miquelena, Freddy Guerrero, Samuel Ugarte, Santos García, Siomara Carmona, Sonia Gallardo, Damas Aular, Luis Ríos, Marlene Rojas, Elita Peña, Teodoro Dovale, Victor Zambrano, José Ramírez, Hernán Maita, Betty Joa, Jesús Berrios, Jesús Gámez y Douglas Scolar. 

 

El ciudadano THONY NAVAS NIEVES, titular de la cédula de identidad Nº 4.283.542, asistido por el abogado Adán Navas Nieves, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.634, presentó diligencia mediante la cual solicitó "Copia Certificada del ya solicitado video del acto de Informes, contenido en el folio 613 de la pieza II del expediente, y otra Copia Simple del mismo".

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2012-000024: José Cabello Granado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano GILBERTO CÁCERES, titular de la cédula de identidad N° 15.384.944, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar  contra la Resolución N° 120202-0031 dictada en fecha 02 de febrero de 2012 por el Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 603 de fecha 05 de marzo de 2012, la cual declaró “INADMISIBLE el recurso interpuesto por el ciudadano GILBERTO CÁCERES, (…) en su condición de Coordinador General del SINDICATO REVOLUCIONARIO DE OBREROS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO BARINAS (SINREOMEDEB), en el cual solicit[ó] la declaratoria de inelegibilidad de los miembros de la Junta Directiva, Comisión de Ética y Disciplinaria y Comisión de Contraloría y Finanzas de la FEDERACIÓN NACIONAL DE OBREROS BOLIVARIANOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES (FENOBOLMED)”.

 

El abogado José Cabello, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, actuando con el carácter  de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la sentencia N° 71 dictada por la Sala en fecha 15-05-12, así como del poder que riela a los folios 13 y 14 del expediente.

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2010-000083: FABIOLA DEL CARMEN CASTRO RAMOS, MARÍA JOSEFA TERESEN MIJARES, AMARILIS DEL VALLE CABRERA MARTÍNEZ, SULMA BÁRBARA SILVA RODRÍGUEZ, MARCOS JESÚS YÉPEZ LOVERA, LOLIMAR DEL VALLE DESCALLS ALDAZORO, SILIA MARÍA PÉREZ VERA, ERNESTO CHIRINO MARRUFO, DON ITALO  MAZZARRI BATTISTONI, JULIO CÉSAR MELEAN BLANCO, MARITZA COLMENARES MALPICA, ORALIA ROSA LEAL GARCÍA, SANDRO RAMÓN GIANTOMASO CONDE, GUSTAVO ANDRÉS SÁNCHEZ, VICENTE ENRIQUE MALPICA CASTILLO y JOSÉ RAFAEL TINOCO MONTENEGRO, titulares de la cédula de identidad N° 3.922.009, 10.302.552, 4.450.481, 8.958.071, 15.608.086, 12.103.366, 4.139.830, 3.544.778, 12.940.973, 12.102.248, 9.445.812, 4.320.564, 4.132.321, 4.867.682, 7.144.528 y 7.044.183, respectivamente, interponen demanda contencioso electoral con amparo cautelar contra el “Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Comisión Electoral Central que organizó, vigiló y realizó el proceso electoral de las elecciones de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), realizado el día 26 de noviembre de 2009”.

 

El ciudadano Pedro Antonio Ulacio Pulgar, titular de la cédula de identidad N° 9581072, asistido por el abogado Luis Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.479, consignó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de las sentencias N° 24 y 75 dictadas por la Sala en fechas 16-02-2012 y 15-05-2012. 

 

 

13.- Expediente N° AA70-E-2011-000085: GUALBERTO MAS Y RUBI, JOSÉ TEOLINDO JIMÉNEZ PALLEROL, INGRID MERCEDES CASTRO ROJAS y MINERVA JOSEFINA ZAMBRANO, titulares de la cédula de identidad números 4.525.247, 2.149.561, 3.157.403 y 4.453.151, respectivamente, asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 56.672, 34.959 y 39.279, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral con “solicitud de amparo cautelar por vía subsidiaria” contra la Resolución N° 110915-0169 emanada del Consejo Nacional Electoral del 15 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 583 del 05 de octubre de 2011, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR el recurso jerárquico ejercido por los ciudadanos Oscar Daniel Henríquez, Rafael González y Alfredo Borsegui, contra la Resolución emanada de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) de fecha 23 de febrero de 2011.  2.- NULA: La referida Resolución. 3.- CON LUGAR  la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos Gualberto Mas y Rubí, Carlos Augusto Pérez, Teolindo Jiménez, Iraima Pérez, Orlando Herrera, Minerva Zambrano, Baudilio Santiago, Rubén Herrera, Ingrid Castro, Henry Medina, Jesús Malave Carvajal, Rubén Rosario, Gerardo Viloria, José Darío Lima, David Rodríguez y Manuel Mota, para participar en la elección de las autoridades de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO). 4.- INELEGIBLES los referidos ciudadanos para optar a cargos de dirección en referida Federación. 5.- REPONE el proceso electoral de la mencionada Federación a la Fase N° 16.

 

La ciudadana Irama Pérez, titular de la cédula de identidad N° 3168242, asistido por el abogado Wilmer Partidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, consignó diligencia mediante la cual otorgó poder apud acta al abogado asistente.

 

 

14.- Expediente N° AA70-E-2010-000044: PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, asistidos por el abogado Rosalio Montero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, por la exclusión de “los miembros de la comunidad universitaria: personal administrativo, personal obrero, Instructores, miembros del personal docente especial, egresados y egresadas, y con la participación de los estudiantes pero en situación de mengua con el reconocimiento de sus votos en sólo un 25% del valor de los votos de los profesores” del proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014, cuyo acto de votación está fijado para el día 05-05-2010. (Acumulado con Expediente N° 2010-000048 interpuesto por AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE, titulares de la cédula de identidad N° 7.985.862, 7.365.735, 4.065.584 y 7.444.842, respectivamente, los dos primeros como Secretario General y Secretario de Reclamos de la Asociación de Trabajadores Administrativos de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” (ATAUCLA) y los dos últimos invocando su condición de personal obrero de la referida Casa de Estudios, asistidos por la abogada Elayne Sánchez Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.120).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-174, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor), a los fines de notificar la Sentencia Nº 48 de fecha 28 -03-2012 a la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", al Rector de la referida Casa de Estudios, así como a los ciudadanos AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE. Oficio que fue enviado a través de la empresa de encomiendas M. R. W.

 

 

15.- Expediente N° AA70-E-2010-000077: Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial  del estado Táchira, declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar interpuesta por los ciudadanos JUSTINE AMLITCE MORA RUIZ y MIRIAM DEL CARMEN ZAMBRANO DE CONTRERAS, titulares de la cédula de identidad N° 14.791.033 y 15.926.886, respectivamente, asistidas por los abogados Yorkfreddy Plaza Torrejano, Miguel Ángel  Cárdenas Nieves y Germán Alfardy Contreras Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 141.477, 44.220 y 44.314, respectivamente, contra la Comisión Electoral Estudiantil de la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez Núcleo La Grita, con motivo de la elección de los Integrantes del Centro de Estudiantes de la referida universidad, cuyo acto de votación se fijó para el día 30-06-2010. Oficio N°3160-442 de fecha 02-07-2010, remitiendo Expediente N° 1222-2010 (nomenclatura de ese Juzgado). (2 Piezas).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-183, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los fines de notificar a la parte accionante la Sentencia Nº 62 de fecha 12-04-2012. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

16.- Expediente N° AA70-E-2010-000077: Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial  del estado Táchira, declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar interpuesta por los ciudadanos JUSTINE AMLITCE MORA RUIZ y MIRIAM DEL CARMEN ZAMBRANO DE CONTRERAS, titulares de la cédula de identidad N° 14.791.033 y 15.926.886, respectivamente, asistidas por los abogados Yorkfreddy Plaza Torrejano, Miguel Ángel  Cárdenas Nieves y Germán Alfardy Contreras Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 141.477, 44.220 y 44.314, respectivamente, contra la Comisión Electoral Estudiantil de la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez Núcleo La Grita, con motivo de la elección de los Integrantes del Centro de Estudiantes de la referida universidad, cuyo acto de votación se fijó para el día 30-06-2010. Oficio N°3160-442 de fecha 02-07-2010, remitiendo Expediente N° 1222-2010 (nomenclatura de ese Juzgado). (2 Piezas).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-184, librado al Ministerio Público, mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 62 de fecha 12-04-2012.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

17.- Expediente N° AA70-E-2012-000033: Juan Ramón Valdez Robles, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.810, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS JESÚS BOLÍVAR LUGO, titular de la cédula de identidad N° 4.880.591, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la FEDERACION DE COLEGIOS DE MÉDICOS VETERINARIOS.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS

 

 

18- Expediente N° AA70-E-2012-000007: SABINO GARBAN FLORES, ANTONIO GONZÁLEZ FERMIN y JOAO LUIS DE BRITES, titulares de la cédula de identidad número 4.002.336, 6.161.744 y 11.669.500, respectivamente, el primero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, actuando en nombre propio y asistiendo a los demás, actuando con el carácter de socios y miembros de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra “la negativa del Presidente del Club, quien dice actuar en nombre de la Junta Directiva, en entregar la data o listado de socios para elaborar y publicar el Registro Electoral Preliminar, así mismo, la negativa a entregar los insumos necesarios para ser usados en el proceso eleccionario, así como cubrir los costos de las publicaciones legales que se haga menester, el no pronunciamiento en cuanto al uso de las instalaciones de la biblioteca del club, como sede de la Comisión Electoral, o en todo caso, pretende imponer una sede móvil de la Comisión en distintos lugares del Club…”, todo referido al proceso electoral para elegir a las autoridades de la Junta Directiva del referido Club, período 2012-2014.

 

El abogado SABINO GARBÁN FLORES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, actuando en nombre propio y asistiendo al ciudadano ANTONIO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 6.161.744, parte accionante, presentaron escrito mediante el cual consignó copia certificada del Acta de Totalización y del Acta de Proclamación.

 

 

ACTUACIONES EN:

 

 

19.- Expediente N° AA70-E-2012-000003: Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, extensión Territorial  Puerto Ordaz, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos ELEUTERIO LEÓN, ALFREDO SPOONER, HÉCTOR MAICAN, ROGER RENGEL, DALILA HERNÁNDEZ y VÍCTOR TRILLO, titulares de la cédula de Identidad N° 5.862.033, 8.919.130, 8.476.671, 4.696.449, 8.959.081 y 10.565.624, respectivamente, asistidos por la abogada Keny Bello Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 93.692, contra la convocatoria realizada por el ciudadano Rubén González, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera del Orinoco C. A. (SINTRAFERROMINERA) y Trabajadores activos de la empresa C. V. G. Ferrominera del Orinoco C. A, así como contra el proceso de elección de la Comisión Electoral realizada en fechas 08 y 09 de septiembre de 2010, referido al proceso electoral de la Junta Directiva del referido sindicato periodo 2011-2014. Oficio N° 5J/763/2011 de fecha 20 de diciembre de 2011. Remitiendo Expediente  N° FP11-O-2011-000130 (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).

 

Vista la Sentencia Nº 47 del 28-03-2012, mediante la cual la Sala HOMOLOGÓ el desistimiento de la acción propuesta por los ciudadanos Alfredo Spooner y Roger Rengel  e INADMISIBLE la acción de amparo constitucional por lo que respecta al ciudadano Héctor Maican, se acordó notificar la parte accionante, al ciudadano Rubén González, en su carácter de Secretario General de la Organización Sindicato Integral de Trabajadores de la Empresa C.V.G., Ferrominera del Orinoco C.A., (SINTRAFERROMINERA) y a la Comisión Electoral del referido sindicato. Se Libraron Boletas. Igualmente se comisionó al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, a los fines de notificar a la parte accionante, al ciudadano Rubén González Secretario General de la Organización Sindicato Integral de Trabajadores de la Empresa C.V.G., Ferrominera del Orinoco C.A., (SINTRAFERROMINERA) y a la Comisión Electoral del referido Sindicato. Se libró Oficio N° 12-186  y Despacho.

 

 

SENTENCIA

 

 

20.- Expediente N° AA70-E-2011-000033: Héctor José Medina Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.689, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAMA AURORA LA ROSA DE CAMURRI, BLADIMIR ORTIZ, MARÍA CONSUELO RADDAIZ GATICA, ADELAIDA CRESPO ARMAS, VENEZUELA AZAVACHE, DAVID JAVIER PÁEZ CORDERO, LUCÍA RUÍZ ARZOLA, JUAN CARLOS RIVERO, ADRIANA MARÍA BRAVO FLORES, WILMAN RODRIGO SUÁREZ VAAMONDE, AUGUSTO GRANADO CHIQUÍN, CARLOS ALBERTO SUÁREZ DURÁN, GUILLERMO JOSÉ GUERRERO MARTÍNEZ, PEDRO ANTONIO DELGADO PÉREZ y EDUARDO SAMÁN NAMEL, titulares de las cédula de identidad números 6.148.509, 3.029.502, 15.179.508, 3.625.060, 3.608.692, 17.273.283, 20.413.195, 17.532.484, 7.921.431, 11.689.994, 5.144.012, 10.523.465, 14.199.486,  5.961.020 y 6.431.696, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada contra “Acto Administrativo de Naturaleza Electoral de Efectos Generales contenido en el Boletín Electoral N° 011/2011 dictado por la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela (UCV), (…) al negar la inclusión de los miembros de la Comunidad Universitaria en la condición de profesores instructores, jubilados y contratados, empleados administrativos y obreros al Registro Electoral conformado para la elección de candidatos a Decanos y miembros del Consejo de Apelaciones; así como negar la inclusión en condiciones de participación paritaria de los estudiantes en el mismo proceso electoral”, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de mayo de 2011. La Sala declaró: 1.- El DESACATO de su decisión número 104, de fecha 10 de agosto de 2012, por parte de los ciudadanos Cecilia García Arocha, Nicolás Bianco, Bernardo Méndez, Amalio Belmonte, Leonardo Taylhardat, Guillermo Barrios, Adelaida Struck, Irma Behrens de Bunimov, Rafael Infante, Margarita Salazar, Vincenzo Lo Mónaco, María Esculpí, Emigdio Balda, Aura Yolanda Osorio, Humberto García Larralde, Inirida Rodríguez, Rómulo Orta, Alberto Fernández, Humberto Mendoza, Juan Sandoval, Luken Quintana,  William Gil, Luis Matos y Cesar Arias, miembros del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela. 2.- Se IMPUSO a cada uno de los ciudadanos incursos en desacato, multa equivalente a doscientas unidades tributarias (200 U.T.), conforme al valor actual de la unidad tributaria, estimada en noventa bolívares (Bs. 90,00), de manera que cada uno de los aludidos ciudadanos deben acreditar en la Sala el pago que realicen en el Banco Central de Venezuela, por un total de dieciocho mil bolívares exactos (Bs. 18.000,00), dentro de los treinta (30) días de despacho siguientes de que conste en autos su notificación de la presente decisión. 3.- Se ORDENÓ al Consejo Universitario que en un lapso de diez (10) días hábiles de la Universidad contados a partir de la publicación del presente fallo, apruebe la reforma del Reglamento de Elecciones de la Universidad Central de Venezuela en los términos pautados en la decisión de la Sala número 104, de fecha 10 de agosto de 2011, y una vez aprobado consigne en autos en un lapso perentorio de tres (3) días de despacho contados a partir de su aprobación, el instrumento normativo aprobado. 4.- Se ORDENÓ a la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela informar a la Sala respecto a la presunta aprobación del “…Cronograma de Eventos Puntuales para el desarrollo del Proceso Electoral para la Elección de Rector (a), Vicerrector (a) Académico, Vicerrector (a) Administrativo y Secretario (a) de la Universidad Central de Venezuela…” por parte de ese órgano, en un lapso perentorio de dos (2) días de despacho contados a partir de su notificación, y así mismo indique los datos de la identificación (número de cédula, nombre completo y número del Registro de Información Fiscal) de cada uno de sus miembros. 5.- Se EXHORTÓ al Consejo Nacional de Universidades a que suministre a la Sala en un lapso de dos (2) días de despacho contados a partir de su notificación del fallo, los datos de identificación, incluyendo número de cédula, nombre completo y número del Registro de Información Fiscal, de los miembros del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela.. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 83.

 

El Presidente (E),

 

 

MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ

La Secretaria,

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

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