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Sala Electoral
  • Fecha: 18 de septiembre de 2012





 

CUENTA N°  115

 

Despacho del martes dieciocho (18) de septiembre de 2012. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón,  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

NUEVO ASUNTO:

 

 

1.- Expediente N° AA70-X-2012-000006: (CUADERNO SEPARADO): KARINA ORDOÑEZ y MÓNICA MARTÍNEZ, titulares de la cédula de identidad N° 11.104.261 y 8.613.388, actuando con el carácter de Secretaria General y Secretaria de Organización del Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC), respectivamente, asistidas por la abogada Lourdes Yrureta, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20.860, se oponen a la medida cautelar acordada por la Sala Electoral en Sentencia Nº  160 del 17-08-2012. (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000081).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

ACTUACIONES EN:

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2012-000084: HENRY PEREIRA GORRIN, titular de la cédula de identidad N° 1.875.229,  e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120712-0392  de fecha 12 de julio de 2012 dictada por el Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 638 de fecha 22 de agosto de 2012, que declaró “INADMISIBLE el recurso interpuesto en fecha 22 de junio de 2012, por el ciudadano HENRY PEREIRA GORRÍN (…) actuando con el carácter de elector inscrito en el Registro Electoral, a través del cual solicita la nulidad de la postulación y del acto de admisión de la misma por parte de la Junta Nacional Electoral, del ciudadano HUGO RAFAEL CHAVEZ FRÍAS, como candidato al cargo de Presidente de la República”.

 

Se solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 12-374.

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2006-000102: JOSÉ LUIS ROMERO, NEILO NARVÁEZ, ROMMEL HERNÁNDEZ, YVOR SOSA y PEDRO VALLADAREZ,  titulares de las cédulas de identidad números 9.894.475, 3.273.250, 8.029.658, 4.586.334 y 5.220.8888, respectivamente, asistidos por el abogado Carlos Rausseo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.240, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto de constitución de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Poder Electoral (CAPSEOJ) de fecha 18-10-2006, suscrito por los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia de la referida Caja.

 

Siendo las 11.30 a.m., día y hora fijada para que tuviera lugar el acto para designar, a través del método de insaculado, a la Magistrada Suplente que completará la Sala Accidental que continuará conociendo de la causa, en virtud de la no aceptación de la Dra. Grisell López Quintero, Segunda Suplente de la Sala Electoral, se procedió a realizar el sorteo quedando seleccionada la Primera Suplente, Dra. Indira Maira Alfonzo Aguirre.

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2012-000018: OMAIRA DE LA COROMOTO SAAVEDRA, PABLO VALMORE PÉREZ, ANA YSMARY CRESPO RODRÍGUEZ, LUIS ENRIQUE RODRÍGUEZ y ULISES ANTONIO SUÁREZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.311.129, 5.939.720, 10.778.076, 7.375.102 y 7.327.647, respectivamente, asistido por el abogado Luis Alberto Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.565, interponen recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 120119-007 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 19 de enero de 2012 publicada en Gaceta Electoral N° 596 de fecha 06 de febrero de 2012, mediante la cual resolvió “PRIMERO: ABSTENERSE DE CERTIFICAR el proceso electoral efectuado el 07 de junio de 2011 por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SALUD DEL ESTADO LARA (SINTRASALUD). SEGUNDO: INSTAR a las autoridades del SINDICATO (…) a que de conformidad con lo establecido en sus Estatutos Internos, se convoque a una Asamblea General de Afiliados en la que se designe una nueva Comisión Electoral que se encargue de organizar la elección de sus directivos sindicales” (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo establecido en el artículo “19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad con el artículo 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales”(Remitido mediante  Oficio N° 695-2012 de fecha 02 de marzo de 2012, constante de (86) folios útiles.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2012-000061: ALONSO MEDINA ROA, titular de la cédula de identidad N° 6.226.837 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.896, actuando en su propio nombre, mediante el cual  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular,  a los fines que se declare “nulo el proceso electoral de COPEI, realizado para la escogencia de las autoridades del estado Miranda y de cada uno de los municipios que conforman el citado estado, que se celebraron el 16 de junio de 2012”.

 

Vista la Sentencia N° 158 dictada el 14-08-2012, se acordó notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular, al Ministerio Público, a la Comisión Electoral Estadal de Copei Partido Popular del estado Miranda, a la Dirección Política Nacional de la Organización Política COPEI Partido popular y a la Dirección Política Estadal de la Organización Política COPEI, partido Popular del estado Miranda. Se libraron boleta y Oficio N° 12-375, 12-379, 12-378, 12-377 y 12-376. Finalmente, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

6.- Expediente N° AA70-X-2012-000006: (CUADERNO SEPARADO): KARINA ORDOÑEZ y MÓNICA MARTÍNEZ, titulares de la cédula de identidad N° 11.104.261 y 8.613.388, actuando con el carácter de Secretaria General y Secretaria de Organización del Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC), respectivamente, asistidas por la abogada Lourdes Yrureta, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20.860, se oponen a la medida cautelar acordada por la Sala Electoral en Sentencia Nº  160 del 17-08-2012. (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000081).

 

Se abrió una articulación probatoria de ocho (08) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, para que los interesados promuevan y hagan evacuar las pruebas que convengan a sus derechos.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS EN:

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2012-000052: LUIS MONTILLA, titular de la cédula de identidad N° 5.781.058, asistido por la abogada Carmen Teresa Goicochea, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.446, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión electoral Estadal de la Organización Política COPEI partido popular del estado Mérida, respecto a las elecciones de las Autoridades a la Dirección Estadal y Municipal del estado Mérida.

 

La abogada CARMEN TERESA GOICOCHEA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.446, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó escrito relacionado con la causa.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2011-000022: OMAR ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° 4.992.030, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación Sindical de los Empleados del Zulia (ASDELUZ), asistido por la abogada BEATRIZ ARROYO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 130.300, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el acto administrativo de fecha 27-02-2011 emanado de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, mediante la cual se convoca a las elecciones decanales periodo 2011-2014.

 

El ciudadano OMAR ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° 4.992.030, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación Sindical de los Empleados de la Universidad del Zulia (ASDELUZ), asistido por la abogada Beatriz Arroyo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 130.300, consignó escrito mediante el cual expuso aspectos relacionados con el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala.

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2011-000061: Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, remite expediente contentivo  del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado Miguel Herrera Montiel, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.239, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ GILBERTO PEÑA PARRA, ELVIS GREGORIO VALECILLO VELAZQUEZ, YUREIMA JOSEFINA CENTENO SOSA, EDWAR JOSÉ VILLA MARTÍNEZ, JEAN CARLOS ANDRADE VILLEGAS y OSCAR MANUEL RANGEL GUTIÉRREZ, titulares de las cedulas de identidad números 9.175.059, 13.547.071, 11.798.334, 17.266.443, 16.350.352 y 14.927.295, respectivamente, contra las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato Único Bolivariano de Trabajadores de las Industrias Azucareras, Conexos, Afines y Similares de la Costa Oriental del Lago y del Sur del Lago del estado Zulia (SINBTECOL), período 2011-2014. Oficio N° T9J-2011-401 de fecha 17-06-2011. Remitiendo Expediente N° VP21-N-2011-000013 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 Pieza).

 

El ciudadano Carmelo Basabe, titular de la cédula de identidad N° 16.991.361, actuando con el carácter de representante legal de la Junta Directiva del Sindicato Único Bolivariano de Trabajadores de las Industrias Azucareras, Conexas, Afines y Similares de la Costa Oriental del Lago y Sur del Lago del estado Zulia (SINBTECOL), asistido por el abogado  Israel García Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.083, presentó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y formar una (01) pieza separada con los recaudos que acompañó al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2012-000066: JUAN PADAMO y ALDO HENRY SANTOS, titulares de la cédula de identidad N° 8.903.175 y 8.946.834, actuando el primero con el carácter de Síndico Procurador Municipal del Municipio Autónomo Alto Orinoco del estado Amazonas y el segundo, en su condición de Concejal y Presidente del Concejo Municipal del referido Municipio, asistidos por el abogado Héctor Enrique Manzanilla Balza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.486,  solicitaron que “se declare unas Medidas Cautelares Innominadas de urgentísima tramitación, en el sentido que se declare la ausencia injustificada del alcalde electo Jesús Amador Manosalva, se nombre al Presidente del Concejo Municipal, Concejal Aldo Henry Santos, como alcalde encargado del Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas hasta tanto se resuelva el conflicto planteado”.

 

La ciudadana DIANA COLINA, titular de la cédula de identidad N° 10.024.247, invocando su carácter de Alcaldesa Interina del Municipio Autónomo Alto Orinoco del estado Amazonas, asistida por la abogada Mayra Maestre Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 84.655, presentó escrito relacionado con la causa.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2010-000092: Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo remite expediente contentivo de la demanda contencioso electoral de nulidad interpuesta por la abogada Mónica Torres Meléndez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 60.590, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos EUDO PRIETO y EDGAR GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.772.637 y 5.060.861, respectivamente, contra “la designación de los miembros integrantes de la COMISIÓN ELECTORAL CENTRAL DE LA ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA (ASDELUZ), efectuada por la Junta Directiva de ASDELUZ, mediante Acta de Asamblea General de fecha: 25 de Marzo de 2010, y contra EL PROCESO ELECTORAL CONVOCADO EL DÍA: VEINTIOCHO (28) DE JUNIO DE 2010 Y CELEBRADO EL DÍA VEINTIDÓS (22) DE JULIO DE 2010, para la elección de la junta directiva de la Organización Sindical in commento”.  Oficio N° CSCA-2010-005533 de fecha 14-10-2010, remitiendo el expediente N° AP42-N-2010-000422 (nomenclatura de esa Corte). (1 Pieza). (Recibido el 05-11-2010).

 

El ciudadano OMAR ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° 4.992.030, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación Sindical de los Empleados de la Universidad del Zulia (ASDELUZ), asistido por la abogada Beatriz Arroyo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 130.300, consignó diligencia mediante la cual se dio por notificada de la Sentencia N° 134 de fecha  07-08-2012.

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2012-000056: KARINA JEAMILET ORDÓÑEZ SÁNCHEZ y MÓNICA EMILIA MARTÍNEZ DELGADO, titulares de la cédula de identidad N° 11.104.261 y 8.613.388, respectivamente, asistidas por la abogada Lourdes Yrureta Ortiz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20.860, interponen recurso contencioso electoral contra Resolución N° 120601-0356 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 01 de junio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 627 de fecha 22 de junio de 2012, mediante la cual declaró: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto en fecha 17 de enero de 2012, por los ciudadanos BETZABETH AMIRA GARCÍA DE BARRIENTOS, OMAR ROBERTO GÓMEZ HERRERA, CRISTÓBAL SEGUNDO PRIMERA, WILFREDO RAFAEL CASTILLO COLMENARES, GERMÁN DANIEL RODRÍGUEZ GARCÍA, LEUMAN GUILLERMO LÓPEZ ARENA, CAREGLIS YENIFER RIOS GARCÍA, ELISEO FRANCISCO GONZÁLEZ ARIAS, MARQUELYS JOSEFINA MENDOZA DE CASTILLO, BARBARA GREGORIA MORÓN CERGA, JOSÉ RAFAEL REYES, FÉLIX JOSÉ ALVARENGA RUIZ, ROLANDO BENDITO MILLER, LUIS ALONSO PIÑA REBOLLEDO, ALEXANDER VANEGAS PEDRAZA, EDGAR ARMANDO GONZALEZ GONZALEZ y JESÚS RAMÓN MARES RODRÍGUEZ. SEGUNDO: NULA la elección realizada en fecha 14 de diciembre de 2012, en el Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos  de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC); y TERCERO: REPONE el proceso a la fase inicial de notificación al Consejo Nacional Electoral de convocatoria de elecciones.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-341, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo a fin de notificar a la Comisión Electoral del Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos  de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC), a la Junta Directiva del referido Sindicato, así como a los ciudadanos  BETZABETH AMIRA GARCÍA DE BARRIENTOS, OMAR ROBERTO GÓMEZ HERRERA, CRISTÓBAL SEGUNDO PRIMERA, WILFREDO RAFAEL CASTILLO COLMENARES, GERMÁN DANIEL RODRÍGUEZ GARCÍA, LEUMAN GUILLERMO LÓPEZ ARENA, CAREGLIS YENIFER RIOS GARCÍA, ELISEO FRANCISCO GONZÁLEZ ARIAS, MARQUELYS JOSEFINA MENDOZA DE CASTILLO, BARBARA GREGORIA MORÓN CERGA, JOSÉ RAFAEL REYES, FÉLIX JOSÉ ALVARENGA RUIZ, ROLANDO BENEDICTO MILLER, LUIS ALONSO PIÑA REBOLLEDO, ALEXANDER VANEGAS PEDRAZA, EDGAR ARMANDO GONZALEZ GONZALEZ y JESÚS RAMÓN MARES RODRÍGUEZ (Miembros de la Plancha N° 2) del auto de admisión dictado el 06 de agosto de 2012. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia  de este Alto Tribunal.

 

 

 

13.- Expediente N° AA70-E-2012-000072: NORIS JOSEFINA OJEDA ALVINS y ELBA THAIS GARCIA ALONSO, titulares de la cédula de identidad N° 6.552.591 y 5.591.746, la primera inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.447, actuando en nombre propio y asistiendo a la segunda, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “LOS ARTICULOS 20 Y 22 DEL REGLAMENTO ELECTORAL DE LA CAJA DE AHORROS DEL (Sic) PERSONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO (CAPMP)”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-342, librado a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), mediante el cual se le solicitó los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

14.- Expediente N° AA70-E-2012-000072: NORIS JOSEFINA OJEDA ALVINS y ELBA THAIS GARCIA ALONSO, titulares de la cédula de identidad N° 6.552.591 y 5.591.746, la primera inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.447, actuando en nombre propio y asistiendo a la segunda, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “LOS ARTICULOS 20 Y 22 DEL REGLAMENTO ELECTORAL DE LA CAJA DE AHORROS DEL (Sic) PERSONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO (CAPMP)”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-347, librado a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 152 de fecha 13-08-2012.

 

 

15.- Expediente N° AA70-E-2012-000072: NORIS JOSEFINA OJEDA ALVINS y ELBA THAIS GARCIA ALONSO, titulares de la cédula de identidad N° 6.552.591 y 5.591.746, la primera inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.447, actuando en nombre propio y asistiendo a la segunda, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “LOS ARTICULOS 20 Y 22 DEL REGLAMENTO ELECTORAL DE LA CAJA DE AHORROS DEL (Sic) PERSONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO (CAPMP)”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-348, librado al Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorro del Personal del Ministerio Público (CAPMP), mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 152 de fecha 13-08-2012.

 

 

16.- Expediente N° AA70-E-2012-000072: NORIS JOSEFINA OJEDA ALVINS y ELBA THAIS GARCIA ALONSO, titulares de la cédula de identidad N° 6.552.591 y 5.591.746, la primera inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.447, actuando en nombre propio y asistiendo a la segunda, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “LOS ARTICULOS 20 Y 22 DEL REGLAMENTO ELECTORAL DE LA CAJA DE AHORROS DEL (Sic) PERSONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO (CAPMP)”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-349, librado al Consejo de Administración de la Caja de Ahorro del Personal del Ministerio Público (CAPMP), mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 152 de fecha 13-08-2012.

 

 

17.- Expediente N° AA70-E-2012-000072: NORIS JOSEFINA OJEDA ALVINS y ELBA THAIS GARCIA ALONSO, titulares de la cédula de identidad N° 6.552.591 y 5.591.746, la primera inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.447, actuando en nombre propio y asistiendo a la segunda, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “LOS ARTICULOS 20 Y 22 DEL REGLAMENTO ELECTORAL DE LA CAJA DE AHORROS DEL (Sic) PERSONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO (CAPMP)”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-350, librado al Ministerio Público, mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 152 dictada en fecha 13-08-2012.

 

 

  

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

18.- Expediente N° AA70-E-2012-000018: OMAIRA DE LA COROMOTO SAAVEDRA, PABLO VALMORE PÉREZ, ANA YSMARY CRESPO RODRÍGUEZ, LUIS ENRIQUE RODRÍGUEZ y ULISES ANTONIO SUÁREZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.311.129, 5.939.720, 10.778.076, 7.375.102 y 7.327.647, respectivamente, asistido por el abogado Luis Alberto Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.565, interponen recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 120119-007 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 19 de enero de 2012 publicada en Gaceta Electoral N° 596 de fecha 06 de febrero de 2012, mediante la cual resolvió “PRIMERO: ABSTENERSE DE CERTIFICAR el proceso electoral efectuado el 07 de junio de 2011 por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SALUD DEL ESTADO LARA (SINTRASALUD). SEGUNDO: INSTAR a las autoridades del SINDICATO (…) a que de conformidad con lo establecido en sus Estatutos Internos, se convoque a una Asamblea General de Afiliados en la que se designe una nueva Comisión Electoral que se encargue de organizar la elección de sus directivos sindicales” (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo establecido en el artículo “19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad con el artículo 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales”(Remitido mediante  Oficio N° 695-2012 de fecha 02 de marzo de 2012, constante de (86) folios útiles.

 

El ciudadano Luis Enrique Rodríguez,  titular de la cédula de identidad N° 7.375.102, asistido por el abogado Luis Alberto Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.565,  presentó escrito mediante el cual promovió pruebas. (Consignó anexos).  Se ordenó reservar el referido escrito  y sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA:

 

 

19.- Expediente N° AA70-E-2005-000127: Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA TERESA HEREDIA, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral celebrado en el Colegio de Odontólogos del Estado Lara, para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Colegio, cuyo acto de votación y escrutinio fue realizado en fecha 29-11-2005  y cuya el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación fue dictada por la Comisión Electoral “Ad-Hoc” de ese Gremio en fecha 07-12-2005.

 

Por recibido Oficio N° 12-1188 de fecha 14 de agosto de 2012, emanado de la Sala Constitucional, anexo al cual remite copia  certificada de la Sentencia N° 1128 dictada en fecha 03-08-2012, mediante la cual declaró “EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA, por pérdida del interés, respecto de la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos OCTAVIO MUÑOZ, MERY TORO, DOYI HERNÁNDEZ, REINA OCHOA, MARLENE BARRETO, HEIDI PÉREZ y ALEJANDRO ENRIQUE PÉREZ RON, (…)” en consecuencia se “REVOCA la medida cautelar dictada por esa Sala el 16 de abril de 2010, en el fallo N° 280”.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

20.- Expediente N° AA70-E-2012-000081: BETZABETH AMIRA GARCÍA DE BARRIENTOS, BÁRBARA GREGORIA MORON SERGA Y DENIS JOSEPH MADURO TRINCA, titulares de la cédula de identidad N° 9.670.768, 11.102.755 y 14.243.462, respectivamente, la primera inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 156.333, actuando en su propio nombre y asistiendo a los otros dos, interponen acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Junta Directiva del Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC).

 

Visto el escrito presentado en fecha 22-08-2012 por las ciudadanas Karina Ordoñez y Mónica Martínez, titulares de la cédula de identidad N° 11.104.261 y 8.613.388, actuando con el carácter de Secretaria General y Secretaria de Organización del Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC), respectivamente, asistidas por la abogada Lourdes Yrureta, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20.860,  mediante el cual se oponen a la medida cautelar acordada por la Sala Electoral en Sentencia Nº  160 del 17-08-2012, se acordó abrir cuaderno separado a los fines de la tramitación de la referida oposición.

 

 

21.- Expediente N° AA70-E-2012-000081: BETZABETH AMIRA GARCÍA DE BARRIENTOS, BÁRBARA GREGORIA MORON SERGA Y DENIS JOSEPH MADURO TRINCA, titulares de la cédula de identidad N° 9.670.768, 11.102.755 y 14.243.462, respectivamente, la primera inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 156.333, actuando en su propio nombre y asistiendo a los otros dos, interponen acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la Junta Directiva del Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC).

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la tramitar la oposición a la medida cautelar acordado por la Sala mediante Sentencia N° 160  dictada en fecha 17 de agosto de 2012. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2012-000006.

 

La Presidenta,

  

 

   

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO                                              

  

                                                                             

   La Secretaria,

 

 

 

                                                                            PATRICIA CORNET GARCÍA

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