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Sala Electoral
  • Fecha: 19 de junio de 2012





CUENTA N°  83

 

Despacho del martes diecinueve (19) de junio de 2012. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madríz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón,  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2012-000042: CARLOS DELFIN ROSALES LÓPEZ, TAYLOR LEONARDO BARROETA HERRERA, DINHORA JOSEFINA ROA PULIDO, EDDY LUZ ZAMBRANO RAMÍREZ y  ALVARO SANMARTÍN MOLINA, titulares de la cédula de identidad N° 9.181.922, 5.656.843, 3.997.590, 4.212.874 y 12.813.720, asistidos por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Várgas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo el número 31.068 y 17.803, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), a los fines “que declare la nulidad absoluta del Artículo 30 Numeral 3° del Reglamento Electoral para las elecciones de Autoridades período 2012-2016 y Decanos período 2012-2016, aprobado por el Consejo Universitario (…) en Sesión  extraordinario N° 003/2012 de fecha 07 de febrero de 2012 (…) cuyas elecciones fueron convocadas para el día cuatro (04) de julio de 2.012 por la Comisión Electoral conforme a lo aprobado en Consejo Universitario Sesión Extraordinaria N° 042/2.012 de fecha 22/05/2.012”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (Remitido mediante Oficio N°220 de fecha 18-06-2012, constante de (41) folios útiles.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

2.- Expediente N° AA70-X-2012-000003: (CUADERNO SEPARADO): ANA AZARAK, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 10.244, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Universidad de Los Andes, se opuso a la medida cautelar de suspensión de efectos acordada por la Sala Electoral en Sentencia N° 86 de fecha 05 de junio de 2012 (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000039).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

INFORMES ORALES EN:

 

3.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010,  publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con  Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María  Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.

 

Abierto el acto, se dejó constancia que se encontraba presente el abogado NELIS CARRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A. Banco Universal (SINTRACORPBANCA), parte recurrente, quien igualmente asiste a los ciudadanos Gustavo Acacio y Marihauxi Núñez, titulares de la cédula de identidad N° 15.475.468 y 9.855.275, respectivamente,  quienes se encontraban presentes, invocando la condición de miembros de la Junta Directiva del referido Sindicato. De la misma manera, se dejó constancia que se encontraba presente el abogado Carlos Castro, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.583, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, parte recurrida. Del mismo modo, se dejó constancia que se encontraba presente la abogada Marielba Del Carmen Escobar Martínez, inscrita Inpreabogado bajo el número 16.770, Fiscal Provisoria de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público designada para actuar ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Seguidamente, la Presidenta de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes y el Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales.

 

 

ACTUACIONES EN:

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010,  publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con  Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María  Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.

 

Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de los informes orales celebrados en esta misma fecha.

 

 

5.- Expediente N° AA70-X-2012-000003: (CUADERNO SEPARADO): ANA AZARAK, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 10.244, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Universidad de Los Andes, se opuso a la medida cautelar de suspensión de efectos acordada por la Sala Electoral en Sentencia N° 86 de fecha 05 de junio de 2012 (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000039).

 

Se abrió una articulación probatoria de tres (03) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, para que los interesados promuevan y evacuen las pruebas que consideren pertinente.

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2012-000039: Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EDUARDO ENRIQUE MARTÍNEZ GUILLEN,  JOSÉ LEONIDES HERNÁNDEZ PAZ, LILIDO NELSON RAMÍREZ IGLESIAS, EDUARDO JOSE ZULETA ROSARIO, CARLOS ENRIQUE DÁVILA ZAMBRANO, EGBERTO JOSÉ GONZÁLEZ DURAN, LUIS ALBERTO MÁRQUEZ, ORLANDO JOSÉ GOLIATH MORENO, KLEYRA JOSEFINA QUINTERO y ROBINSON MIGUEL PÉREZ AGUILAR, titulares de la cédula de identidad N° 9.397.494, 11.318.905, 2.736.653 y 3.212.954, 9.204.174, 10.316.977, 8.036.345, 9.010.193, 10.102.211 y 10.848.553, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud medida cautelar contra las decisiones aprobadas por la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes, las cuales omiten en “la publicación del padrón electoral, a los profesores instructores y jubilados, personal administrativo, obrero y estudiantes en igualdad de condiciones (…) en las próximas elecciones de las Autoridades Universitarias, Rector, Vicerrector Académico, Vicerrector Administrativo y Secretario de la Universidad de los Andes”, cuyo acto de votación se fijó para el día 06 de junio de 2012.

 

Visto el escrito presentado en fecha 11-06-2012 por la abogada Ana Azarak, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 10.244, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Universidad de Los Andes, mediante el cual se opuso a la medida cautelar de suspensión de efectos acordada por la Sala en Sentencia N° 86 de fecha 05-06-2012, se acordó abrir cuaderno separado a los fines de la tramitación de la referida oposición.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2012-000039: Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EDUARDO ENRIQUE MARTÍNEZ GUILLEN,  JOSÉ LEONIDES HERNÁNDEZ PAZ, LILIDO NELSON RAMÍREZ IGLESIAS, EDUARDO JOSE ZULETA ROSARIO, CARLOS ENRIQUE DÁVILA ZAMBRANO, EGBERTO JOSÉ GONZÁLEZ DURAN, LUIS ALBERTO MÁRQUEZ, ORLANDO JOSÉ GOLIATH MORENO, KLEYRA JOSEFINA QUINTERO y ROBINSON MIGUEL PÉREZ AGUILAR, titulares de la cédula de identidad N° 9.397.494, 11.318.905, 2.736.653 y 3.212.954, 9.204.174, 10.316.977, 8.036.345, 9.010.193, 10.102.211 y 10.848.553, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud medida cautelar contra las decisiones aprobadas por la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes, las cuales omiten en “la publicación del padrón electoral, a los profesores instructores y jubilados, personal administrativo, obrero y estudiantes en igualdad de condiciones (…) en las próximas elecciones de las Autoridades Universitarias, Rector, Vicerrector Académico, Vicerrector Administrativo y Secretario de la Universidad de los Andes”, cuyo acto de votación se fijó para el día 06 de junio de 2012.

 

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de la tramitar la oposición a la cautelar acordada por la Sala mediante Sentencia N° 86 de fecha 05-06-2012. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2012-000003.

 

 

8.- Expediente Nª AA70-E-2012-000022: Gustavo Pinto Guaramato, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.663, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ AUGUSTO ORELLANA y MARCELA ISABEL YÁNEZ, titulares de la cédula de identidad número 13.585.855 y 5.006.629, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120202-0044 en fecha 02 de febrero de 2012 dictada por el Consejo Nacional Electoral,  publicada en Gaceta Electoral N° 603 del 05 de marzo de 2012,  la cual declaró “SIN LUGAR el recurso interpuesto (…), en calidad de miembros de la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ALCALDÍA y CONCEJO MUNICIPAL  DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA (SINTRAALCONCHACAO), contra la designación de la Comisión Electoral del referido sindicato, realizada en asamblea de trabajadores de fecha 21 de febrero de 2011”.

 

El Juzgado de Sustanciación se pronunció sobre las pruebas promovidas por el abogado Gustavo Pinto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.663, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, admitiendo las mismas. Igualmente, admitió las pruebas promovidas por el ciudadano Pablo Rodríguez, invocando el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Alcaldía y Concejo Municipal del Municipio Chacao del estado Miranda (SINTRAALCONCHACAO), asistido por el abogado Francisco Polanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.748. Asimismo, se comisionó al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (Distribuidor), a los fines de la evacuación de las testimoniales admitidas. Se libró Oficio N° 12-253 y Despacho. 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010,  publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con  Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María  Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.

 

La abogada Marielba del Carmen Escobar Martínez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 16.770, actuando con el carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público ante el Tribunal Supremo de Justicia, presentó escrito contentivo de la opinión del Ministerio Público en la causa.

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010,  publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con  Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María  Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.

 

El abogado CARLOS CASTRO URDANETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.583, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito de informes.

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2012-000037: CARLOS RAMON PAREDES GARRIDO, titular de la cédula de identidad N° 6.581.898, asistido por el abogado Arnaldo Morillo Montilva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.592, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra Resolución N° 120208-0093 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 08 de febrero de 2012, la cual resolvió “negar la renovación de las nóminas de adherentes de la organización con fines políticos MOVIMIENTO REVOLUCIONARIO BARINESES POR VENEZUELA (MRBXV) a nivel regional en el estado Barinas” y “Cancelar la inscripción de la organización (…) a nivel regional en el Estado Barinas”.

 

Los abogados María Eugenia Peña Valera, Olga Ginette Esaá Castrillo y Carlos Castro Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 52.044, 56.511 y 90.583, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito así como la copia del poder que los acredita para actuar como apoderados judiciales del mencionado Órgano Electoral y formar tres (03) piezas separadas con los restantes recaudos que acompañó al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente N°AA70-E-2009-000080: ZULY DEL VALLE MILLÁN  BOADAS, JOSÉ LUIS MORALES, OSWALDO  RAMOS, GUSTAVO SOSA, RAMÓN LA CRUZ, DELVIS JIMÉNEZ  y JULIO CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad número 5.887.102, 5.978.031, 6.029.008, 6.001.120, 5.432.802, 20.664.509 y 18.819.237, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, titular de la cédula de identidad N° 640.972 e inscrito en el Inpreabogado con el N° 77.765, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y la Comisión Electoral Institucional del Instituto Pedagógico de Caracas, por omitir al personal administrativo, obreros y profesores instructores en el padrón electoral publicado para el proceso comicial para elegir a la Directiva del referido Instituto Pedagógico y la vacante absoluta de la Dirección del Instituto Pedagógico de Maracay, cuya primera vuelta está fijada para los días 26, 27 y 28 de noviembre de 2009.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-201-A, librado a la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 74 de fecha 16-05-2012.

 

 

13.- Expediente N°AA70-E-2009-000080: ZULY DEL VALLE MILLÁN  BOADAS, JOSÉ LUIS MORALES, OSWALDO  RAMOS, GUSTAVO SOSA, RAMÓN LA CRUZ, DELVIS JIMÉNEZ  y JULIO CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad número 5.887.102, 5.978.031, 6.029.008, 6.001.120, 5.432.802, 20.664.509 y 18.819.237, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, titular de la cédula de identidad N° 640.972 e inscrito en el Inpreabogado con el N° 77.765, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y la Comisión Electoral Institucional del Instituto Pedagógico de Caracas, por omitir al personal administrativo, obreros y profesores instructores en el padrón electoral publicado para el proceso comicial para elegir a la Directiva del referido Instituto Pedagógico y la vacante absoluta de la Dirección del Instituto Pedagógico de Maracay, cuya primera vuelta está fijada para los días 26, 27 y 28 de noviembre de 2009.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-201-B, librado a la Comisión Electoral Institucional del Instituto Pedagógico de Caracas, mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 74 de fecha 16-05-2012.

 

 

14.- Expediente N°AA70-E-2009-000080: ZULY DEL VALLE MILLÁN  BOADAS, JOSÉ LUIS MORALES, OSWALDO  RAMOS, GUSTAVO SOSA, RAMÓN LA CRUZ, DELVIS JIMÉNEZ  y JULIO CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad número 5.887.102, 5.978.031, 6.029.008, 6.001.120, 5.432.802, 20.664.509 y 18.819.237, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, titular de la cédula de identidad N° 640.972 e inscrito en el Inpreabogado con el N° 77.765, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y la Comisión Electoral Institucional del Instituto Pedagógico de Caracas, por omitir al personal administrativo, obreros y profesores instructores en el padrón electoral publicado para el proceso comicial para elegir a la Directiva del referido Instituto Pedagógico y la vacante absoluta de la Dirección del Instituto Pedagógico de Maracay, cuya primera vuelta está fijada para los días 26, 27 y 28 de noviembre de 2009.

 

El ciudadano Alguacil de la Sala consignó copia del Oficio Nº 12-201, librado al Rector de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 74 de fecha 16-05-2012.

 

 

15.- Expediente N°AA70-E-2009-000080: ZULY DEL VALLE MILLÁN  BOADAS, JOSÉ LUIS MORALES, OSWALDO  RAMOS, GUSTAVO SOSA, RAMÓN LA CRUZ, DELVIS JIMÉNEZ  y JULIO CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad número 5.887.102, 5.978.031, 6.029.008, 6.001.120, 5.432.802, 20.664.509 y 18.819.237, respectivamente, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, titular de la cédula de identidad N° 640.972 e inscrito en el Inpreabogado con el N° 77.765, quien a su vez actúa en su propio nombre, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador y la Comisión Electoral Institucional del Instituto Pedagógico de Caracas, por omitir al personal administrativo, obreros y profesores instructores en el padrón electoral publicado para el proceso comicial para elegir a la Directiva del referido Instituto Pedagógico y la vacante absoluta de la Dirección del Instituto Pedagógico de Maracay, cuya primera vuelta está fijada para los días 26, 27 y 28 de noviembre de 2009.

 

El abogado GILBERTO LÓPEZ REYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.753, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, presentó diligencia mediante la cual consignó informe referido a la ejecución de la Sentencia N° 30 del 11-05-2011, acompañó recaudos.

 

 

16.- Expediente N° AA70-E-2012-000037: CARLOS RAMON PAREDES GARRIDO, titular de la cédula de identidad N° 6.581.898, asistido por el abogado Arnaldo Morillo Montilva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.592, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra Resolución N° 120208-0093 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 08 de febrero de 2012, la cual resolvió “negar la renovación de las nóminas de adherentes de la organización con fines políticos MOVIMIENTO REVOLUCIONARIO BARINESES POR VENEZUELA (MRBXV) a nivel regional en el estado Barinas” y “Cancelar la inscripción de la organización (…) a nivel regional en el Estado Barinas”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-227, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se solicitaron los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

17.- Expediente Nº AA70-E-2003-000092: GERSON OVALLES CARDENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.313, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Táchira de no convocar a elecciones en el referido Colegio profesional para elegir a los nuevos miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades.

 

Se dejó constancia que se  retiró de la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Gerson Ovalles Cárdenas, mediante la cual se le notificó la Sentencia N°73 publicado el 16-05-2012.

 

 

18- Expediente N° AA70-E-2012-000007: SABINO GARBAN FLORES, ANTONIO GONZÁLEZ FERMIN y JOAO LUIS DE BRITES, titulares de la cédula de identidad número 4.002.336, 6.161.744 y 11.669.500, respectivamente, el primero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, actuando en nombre propio y asistiendo a los demás, actuando con el carácter de socios y miembros de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra “la negativa del Presidente del Club, quien dice actuar en nombre de la Junta Directiva, en entregar la data o listado de socios para elaborar y publicar el Registro Electoral Preliminar, así mismo, la negativa a entregar los insumos necesarios para ser usados en el proceso eleccionario, así como cubrir los costos de las publicaciones legales que se haga menester, el no pronunciamiento en cuanto al uso de las instalaciones de la biblioteca del club, como sede de la Comisión Electoral, o en todo caso, pretende imponer una sede móvil de la Comisión en distintos lugares del Club…”, todo referido al proceso electoral para elegir a las autoridades de la Junta Directiva del referido Club, período 2012-2014.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala Boleta librada al ciudadano Edgar Rodríguez Carvajal, mediante la cual se le notificó de la Sentencia N° 79 publicada en fecha 6-05-2012.

 

 

OTROS.-

 

19.- Se recibió Boleta de Notificación N° 12-0057 de fecha 12-06-2012, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual hace saber a los Integrantes de la Sala Electoral del este Máximo Tribunal, que en cumplimiento a la Decisión N° 715 del 31-05-2012, se ordenó la celebración de una audiencia pública, y que “en consecuencia, deberán concurrir a [esa Sala] a conocer el día en que tendrá lugar la práctica de la audiencia oral, dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes de la última notificación efectuada (…) a tal efecto se le remite copia de la decisión y del escrito de amparo”.

 

La Presidenta,

  

 

   

JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO                                              

  

                                                                             

   La Secretaria,

 

 

 

                                                                            PATRICIA CORNET GARCÍA


 

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