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CUENTA N° 67
Despacho del martes veintidós (22) de mayo de 2012. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madríz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
ACTUACIONES EN:
1.- Expediente N° AA70-E-2011-000075: YARISMA BOGARIN y EMILIO GARCIA, titulares de la cédula de identidad número 8.940.054 y 6.880.625, respectivamente, asistidos por el abogado Carmelo Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.234, interponen recurso contencioso electoral contra Resolución N° 110707-0121 dictada por el Consejo Nacional Electoral de fecha 07-07-2011 publicada en Gaceta Electoral N° 576 de fecha 08-08-2011, que declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra las elecciones realizadas en fecha 25-01-2011, en el Sindicato de Trabajadores Bolivarianos de la Empresa Electrificación del Caroní (SINTRAEDELCA).
Se acordó prorrogar el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy.
2.- Expediente N° AA70-E-2012-000017: MARIELA CRISTINA SALCEDO CAMACHO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 121.914, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano TOMAS REYES, titular de la cédula de identidad N° 6.863.173, interpone recurso contencioso electoral a los fines de “… IMPUGNAR, a cinco (5), de los Directivos de la Caja de Ahorros postulados y candidatos integrantes de la Nómina 07, dentro del Proceso Electoral” que se lleva a cabo en la Caja de Ahorro de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital.
Vista la Sentencia Nº 68 de fecha 09-05-2012, mediante la cual se ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, se acordó notificar a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (C.A.T.J.P.A.M.L.D.C.), al Ministerio Público y a la Junta Directiva de la referida Caja de Ahorros. Se libraron Oficios N° 12-191, 12-193 y 12-192. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acordó librar carteles a los ciudadanos Domingo Romero, Elio Sánchez, Andrea Sotillo, Jesús Díaz, Francisco Perozo, Xiolys Montilla, Rufo Peña, Julian Velásquez, Eudin Núñez, Raúl Calatayud, Leobardo Sanabria Rivas y Enrique Caripe (Miembros de la Nómina Siete [7]); a las ciudadanas Marys Salazar, Nancy Castillo, Briceida Quinto, Idelma Ibarra, Sonia Oliveros y Marlene Seijas (Miembros de la Nómina Cinco [5]), y a los ciudadanos Saul Álvarez, Franklin López, Carmen Camacaro, José Gutiérrez, Wilfredo Orozco, Benito Olivier, José Moreno, Iván Tapías, David Henríquez, Eduardo Naveda, Nancy Contreras y Jorge Olivares, (Miembros de la Nómina Uno [1]), a los fines de notificarlos del fallo Nº 68 de fecha 09-05-2012, así como del auto del 21-05-2012, con la advertencia que transcurrido un término de 10 días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, respectivamente, se les tendrá por notificados. Se libraron Carteles. Igualmente, se dejó constancia que una vez que constara en autos las notificaciones de Ley se procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados.
3.- Expediente N° AA70-E-2011-000084: ARMANDO AZPURUA, ELIO BERMUDEZ, MARÍA DEL CARMEN ZAMBRANO y JORGE CASTILLO, titulares de la cédula de identidad número 619.193, 4.008.932, 18.315.563 y 3.911.287, respectivamente, asistidos por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.575, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la “Circular S/N emitida por la Rectora Sandra Oblitas Ruzza en su condición de Presidenta de la Comisión de Registro Civil y Electoral en lo que se refiere a la instrucción a las misiones diplomáticas y consulados de exigir a los venezolanos residentes en el exterior, los siguientes requisitos 3. Las electoras y electores venezolanos que posean Cédula de Identidad venezolana laminada, vigente o vencida, y que demuestren que se encuentran legalmente residenciados en el extranjero, a través del documento que exija el país de residencia, podrán inscribirse o actualizar sus datos en el Registro Electoral, a través de la representación diplomática o consular del país donde residan”.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala Cartel librado a los ciudadanos Armando Azpúrua, Elio Bermúdez, María Del Carmen Zambrano y Jorge Castillo (parte recurrente), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se notificó la Sentencia Nº 50 de fecha 28-03-2012, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel respectivo se les tendrá por notificados. Igualmente se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.
4.- Expediente N° AA70-E-2011-000033: Héctor José Medina Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.689, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAMA AURORA LA ROSA DE CAMURRI, BLADIMIR ORTIZ, MARÍA CONSUELO RADDAIZ GATICA, ADELAIDA CRESPO ARMAS, VENEZUELA AZAVACHE, DAVID JAVIER PÁEZ CORDERO, LUCÍA RUÍZ ARZOLA, JUAN CARLOS RIVERO, ADRIANA MARÍA BRAVO FLORES, WILMAN RODRIGO SUÁREZ VAAMONDE, AUGUSTO GRANADO CHIQUÍN, CARLOS ALBERTO SUÁREZ DURÁN, GUILLERMO JOSÉ GUERRERO MARTÍNEZ, PEDRO ANTONIO DELGADO PÉREZ y EDUARDO SAMÁN NAMEL, titulares de las cédula de identidad números 6.148.509, 3.029.502, 15.179.508, 3.625.060, 3.608.692, 17.273.283, 20.413.195, 17.532.484, 7.921.431, 11.689.994, 5.144.012, 10.523.465, 14.199.486, 5.961.020 y 6.431.696, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada contra “Acto Administrativo de Naturaleza Electoral de Efectos Generales contenido en el Boletín Electoral N° 011/2011 dictado por la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela (UCV), (…) al negar la inclusión de los miembros de la Comunidad Universitaria en la condición de profesores instructores, jubilados y contratados, empleados administrativos y obreros al Registro Electoral conformado para la elección de candidatos a Decanos y miembros del Consejo de Apelaciones; así como negar la inclusión en condiciones de participación paritaria de los estudiantes en el mismo proceso electoral”, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de mayo de 2011.
Dando cumplimiento a lo ordenado en Sentencia N° 647 del 21-05-2012, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se libró Oficio N° 12-190, anexo al cual se remitió Expediente AA70-E-2011-000033 constante de cuatrocientos un (401) folios útiles en una (01) pieza.
5.- Expediente N° AA70-E-2011-000055: RAMÓN ANTONIO COLMENARES, titular de la cédula de identidad N° 10.810.654, asistido por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 3.317, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros de la Universidad Nacional Abierta, referido al proceso electoral para elegir a las autoridades del Consejo de Administración y Vigilancia de la referida Caja de Ahorros, período 2011-2014.
Se acordó diferir el acto de Informes fijado para el día jueves 24-05-2012, a las 10:30 a.m., y se fijó el día martes 12-06-2012, a las 10:30 a.m., para la realización del mismo.
INFORMES ORALES EN:
6.- Expediente N° AA70-E-2011-000085: GUALBERTO MAS Y RUBI, JOSÉ TEOLINDO JIMÉNEZ PALLEROL, INGRID MERCEDES CASTRO ROJAS y MINERVA JOSEFINA ZAMBRANO, titulares de la cédula de identidad números 4.525.247, 2.149.561, 3.157.403 y 4.453.151, respectivamente, asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 56.672, 34.959 y 39.279, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral con “solicitud de amparo cautelar por vía subsidiaria” contra la Resolución N° 110915-0169 emanada del Consejo Nacional Electoral del 15 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 583 del 05 de octubre de 2011, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR el recurso jerárquico ejercido por los ciudadanos Oscar Daniel Henríquez, Rafael González y Alfredo Borsegui, contra la Resolución emanada de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) de fecha 23 de febrero de 2011. 2.- NULA: La referida Resolución. 3.- CON LUGAR la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos Gualberto Mas y Rubí, Carlos Augusto Pérez, Teolindo Jiménez, Iraima Pérez, Orlando Herrera, Minerva Zambrano, Baudilio Santiago, Rubén Herrera, Ingrid Castro, Henry Medina, Jesús Malave Carvajal, Rubén Rosario, Gerardo Viloria, José Darío Lima, David Rodríguez y Manuel Mota, para participar en la elección de las autoridades de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO). 4.- INELEGIBLES los referidos ciudadanos para optar a cargos de dirección en referida Federación. 5.- REPONE el proceso electoral de la mencionada Federación a la Fase N° 16.
Abierto el acto, se dejó constancia que se encontraban presentes la ciudadana Ingrid Mercedes Castro, asistida por el abogado Wilmer Partidas, Inpreabogado N° 39.279, quien también actúa como apoderado judicial del ciudadano Gualberto Mas y Rubí, quien igualmente se encontraba presente, y como apoderado judicial de los ciudadanos Henry José Medina Rosas, Rubén Darío Rosario Cuevas e Iraima Pérez, titulares de la cédula de identidad N° 4.546.859, 5.629.233 y 3.168.242, respectivamente, quienes invocan el carácter de terceros coadyuvantes, dejándose constancia de la asistencia de los ciudadanos Henry José Medina Rosas e Iraima Pérez. Igualmente, se dejó constancia de la asistencia de la abogada Gladys Parra, Inpreabogado N° 34.959, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Ley González, Ángel Olivo, José Rafael Olivera y José Ygnacio Pérez, titulares de la cédula de identidad N° 2.520.201, 1.567.593, 4.340.118 y 7.839.439, respectivamente, Miembros de la Junta Electoral Nacional de FETRAMAGISTERIO, quienes invocan el carácter de terceros interesados coadyuvantes a los recurrentes, dejándose constancia de la asistencia de los ciudadanos Ángel Olivo y José Rafael Olivera. Asimismo, se dejó constancia de la asistencia de los ciudadanos Orlando Herrera, Rubén Herrera, Jesús Malavé y Baudilio Santiago, titulares de la cédula de identidad N° 4.373.999, 2.798.292, 5.086.042 y 3.917.041, respectivamente, invocando el carácter de terceros coadyuvantes, asistidos por el abogado Gerardo Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.672. De la misma manera, se dejó constancia que se encontraban presentes los abogados Carlos Castro y Miguel Méndez, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 90.583 y 67.909, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del Consejo Nacional Electoral, parte recurrida. Asimismo, se dejó constancia de la asistencia de la ciudadana MARLENIS DÍAZ, titular de la cédula de identidad Nº 5.726.908, Presidenta de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO), quien invoca el carácter de tercera opositora al recurso interpuesto, asistida por la abogada Reina Graterol, Inpreabogado Nº 74.998. Finalmente, se dejó constancia de la inasistencia del Ministerio Público. Seguidamente, la Presidenta de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes y los terceros para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales. Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de los informes orales celebrados en esta misma fecha.
COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:
7.- Expediente N° AA70-E-2010-000004: HENRY MACÍAS LAREAL, PEDRO LUIS ROMERO RAMÍREZ y DAVID ERNESTO MENDOZA LOYO, titulares de la cédula de identidad número 3.699.314, 6.866.015 y 6.179.484, respectivamente, asistidos por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, por haber excluido al personal administrativo y obrero del padrón electoral para las elecciones de las autoridades de la mencionada Casa de Estudios cuyo acto de votación está fijado para el día 23-02-2010. (Acumulado con Exp. Nº 2010-000009 interpuesto por los ciudadanos ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358).
Se recibió Comunicación N° C.S. N° 26-1 de fecha 21 de mayo de 2012, emanada de la Universidad Nacional Abierta, suscrita por Luis Eduardo Leal Chacón, Presidente del Consejo Superior de esa Casa de Estudios, mediante la cual señala dar cumplimiento a la Sentencia N° 138 emanada de la Sala Electoral.
8.- Expediente N° AA70-E-2011-000033: Héctor José Medina Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.689, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAMA AURORA LA ROSA DE CAMURRI, BLADIMIR ORTIZ, MARÍA CONSUELO RADDAIZ GATICA, ADELAIDA CRESPO ARMAS, VENEZUELA AZAVACHE, DAVID JAVIER PÁEZ CORDERO, LUCÍA RUÍZ ARZOLA, JUAN CARLOS RIVERO, ADRIANA MARÍA BRAVO FLORES, WILMAN RODRIGO SUÁREZ VAAMONDE, AUGUSTO GRANADO CHIQUÍN, CARLOS ALBERTO SUÁREZ DURÁN, GUILLERMO JOSÉ GUERRERO MARTÍNEZ, PEDRO ANTONIO DELGADO PÉREZ y EDUARDO SAMÁN NAMEL, titulares de las cédula de identidad números 6.148.509, 3.029.502, 15.179.508, 3.625.060, 3.608.692, 17.273.283, 20.413.195, 17.532.484, 7.921.431, 11.689.994, 5.144.012, 10.523.465, 14.199.486, 5.961.020 y 6.431.696, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada contra “Acto Administrativo de Naturaleza Electoral de Efectos Generales contenido en el Boletín Electoral N° 011/2011 dictado por la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela (UCV), (…) al negar la inclusión de los miembros de la Comunidad Universitaria en la condición de profesores instructores, jubilados y contratados, empleados administrativos y obreros al Registro Electoral conformado para la elección de candidatos a Decanos y miembros del Consejo de Apelaciones; así como negar la inclusión en condiciones de participación paritaria de los estudiantes en el mismo proceso electoral”, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de mayo de 2011.
Por recibido Oficio N° 12-0719 de fecha 21-05-2012, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual solicitó la remisión del Expediente N° AA70-E-2011-000033, a esa Sala Constitucional, en razón de la decisión N° 647 de fecha 21-05-2012. Dictada por esa misma Sala Constitucional, ( se remitió copia certificada del referido fallo).
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
9.- Expediente N° AA70-E-2011-000085: GUALBERTO MAS Y RUBI, JOSÉ TEOLINDO JIMÉNEZ PALLEROL, INGRID MERCEDES CASTRO ROJAS y MINERVA JOSEFINA ZAMBRANO, titulares de la cédula de identidad números 4.525.247, 2.149.561, 3.157.403 y 4.453.151, respectivamente, asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 56.672, 34.959 y 39.279, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral con “solicitud de amparo cautelar por vía subsidiaria” contra la Resolución N° 110915-0169 emanada del Consejo Nacional Electoral del 15 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 583 del 05 de octubre de 2011, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR el recurso jerárquico ejercido por los ciudadanos Oscar Daniel Henríquez, Rafael González y Alfredo Borsegui, contra la Resolución emanada de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) de fecha 23 de febrero de 2011. 2.- NULA: La referida Resolución. 3.- CON LUGAR la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos Gualberto Mas y Rubí, Carlos Augusto Pérez, Teolindo Jiménez, Iraima Pérez, Orlando Herrera, Minerva Zambrano, Baudilio Santiago, Rubén Herrera, Ingrid Castro, Henry Medina, Jesús Malave Carvajal, Rubén Rosario, Gerardo Viloria, José Darío Lima, David Rodríguez y Manuel Mota, para participar en la elección de las autoridades de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO). 4.- INELEGIBLES los referidos ciudadanos para optar a cargos de dirección en referida Federación. 5.- REPONE el proceso electoral de la mencionada Federación a la Fase N° 16.
La ciudadana MARLENIS DÍAZ, titular de la cédula de identidad Nº 5.726.908, actuando con el carácter de Presidenta de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO), asistida por la abogada Reina Graterol, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.998, presentó escrito de informes.
10.- Expediente N° AA70-E-2011-000085: GUALBERTO MAS Y RUBI, JOSÉ TEOLINDO JIMÉNEZ PALLEROL, INGRID MERCEDES CASTRO ROJAS y MINERVA JOSEFINA ZAMBRANO, titulares de la cédula de identidad números 4.525.247, 2.149.561, 3.157.403 y 4.453.151, respectivamente, asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 56.672, 34.959 y 39.279, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral con “solicitud de amparo cautelar por vía subsidiaria” contra la Resolución N° 110915-0169 emanada del Consejo Nacional Electoral del 15 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 583 del 05 de octubre de 2011, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR el recurso jerárquico ejercido por los ciudadanos Oscar Daniel Henríquez, Rafael González y Alfredo Borsegui, contra la Resolución emanada de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) de fecha 23 de febrero de 2011. 2.- NULA: La referida Resolución. 3.- CON LUGAR la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos Gualberto Mas y Rubí, Carlos Augusto Pérez, Teolindo Jiménez, Iraima Pérez, Orlando Herrera, Minerva Zambrano, Baudilio Santiago, Rubén Herrera, Ingrid Castro, Henry Medina, Jesús Malave Carvajal, Rubén Rosario, Gerardo Viloria, José Darío Lima, David Rodríguez y Manuel Mota, para participar en la elección de las autoridades de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO). 4.- INELEGIBLES los referidos ciudadanos para optar a cargos de dirección en referida Federación. 5.- REPONE el proceso electoral de la mencionada Federación a la Fase N° 16.
Los abogados MIGUEL ANGEL MÉNDEZ y CARLOS CASTRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 67.909 y 90.583, actuando con el carácter de apoderados judiciales del Consejo Nacional Electoral, consignaron escrito de Informes.
11.- Expediente N° AA70-E-2011-000085: GUALBERTO MAS Y RUBI, JOSÉ TEOLINDO JIMÉNEZ PALLEROL, INGRID MERCEDES CASTRO ROJAS y MINERVA JOSEFINA ZAMBRANO, titulares de la cédula de identidad números 4.525.247, 2.149.561, 3.157.403 y 4.453.151, respectivamente, asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 56.672, 34.959 y 39.279, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral con “solicitud de amparo cautelar por vía subsidiaria” contra la Resolución N° 110915-0169 emanada del Consejo Nacional Electoral del 15 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 583 del 05 de octubre de 2011, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR el recurso jerárquico ejercido por los ciudadanos Oscar Daniel Henríquez, Rafael González y Alfredo Borsegui, contra la Resolución emanada de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) de fecha 23 de febrero de 2011. 2.- NULA: La referida Resolución. 3.- CON LUGAR la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos Gualberto Mas y Rubí, Carlos Augusto Pérez, Teolindo Jiménez, Iraima Pérez, Orlando Herrera, Minerva Zambrano, Baudilio Santiago, Rubén Herrera, Ingrid Castro, Henry Medina, Jesús Malave Carvajal, Rubén Rosario, Gerardo Viloria, José Darío Lima, David Rodríguez y Manuel Mota, para participar en la elección de las autoridades de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO). 4.- INELEGIBLES los referidos ciudadanos para optar a cargos de dirección en referida Federación. 5.- REPONE el proceso electoral de la mencionada Federación a la Fase N° 16.
Los ciudadanos Iraima Pérez, Henry Medina, Rubén Herrera, Orlando Herrera, Baudilio Santiago y Jesús Malavé, titulares de la cédula de identidad N° 3.168.242, 4.545.859, 2.798.292, 4.373.999, 3.917.041, 5.086.042, asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.672, 34.959 y 39.279, consignaron escrito de Informes.
12.- Expediente N° AA70-E-2011-000085: GUALBERTO MAS Y RUBI, JOSÉ TEOLINDO JIMÉNEZ PALLEROL, INGRID MERCEDES CASTRO ROJAS y MINERVA JOSEFINA ZAMBRANO, titulares de la cédula de identidad números 4.525.247, 2.149.561, 3.157.403 y 4.453.151, respectivamente, asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 56.672, 34.959 y 39.279, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral con “solicitud de amparo cautelar por vía subsidiaria” contra la Resolución N° 110915-0169 emanada del Consejo Nacional Electoral del 15 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 583 del 05 de octubre de 2011, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR el recurso jerárquico ejercido por los ciudadanos Oscar Daniel Henríquez, Rafael González y Alfredo Borsegui, contra la Resolución emanada de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) de fecha 23 de febrero de 2011. 2.- NULA: La referida Resolución. 3.- CON LUGAR la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos Gualberto Mas y Rubí, Carlos Augusto Pérez, Teolindo Jiménez, Iraima Pérez, Orlando Herrera, Minerva Zambrano, Baudilio Santiago, Rubén Herrera, Ingrid Castro, Henry Medina, Jesús Malave Carvajal, Rubén Rosario, Gerardo Viloria, José Darío Lima, David Rodríguez y Manuel Mota, para participar en la elección de las autoridades de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO). 4.- INELEGIBLES los referidos ciudadanos para optar a cargos de dirección en referida Federación. 5.- REPONE el proceso electoral de la mencionada Federación a la Fase N° 16.
Los ciudadanos GUALBERTO MAS Y RUBI, JOSÉ TEOLINDO JIMENEZ e INGRID CASTRO, titulares de la cédula de identidad Nº 4.525.247, 2.149.561 y 3.157.403, respectivamente, actuando con el carácter de postulados en la plancha Nº 1 para participar en la elección de las autoridades de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO), asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 56.672, 34.959 y 39.279, respectivamente, presentaron escrito de informes.
13.- Expediente N° AA70-E-2011-000085: GUALBERTO MAS Y RUBI, JOSÉ TEOLINDO JIMÉNEZ PALLEROL, INGRID MERCEDES CASTRO ROJAS y MINERVA JOSEFINA ZAMBRANO, titulares de la cédula de identidad números 4.525.247, 2.149.561, 3.157.403 y 4.453.151, respectivamente, asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 56.672, 34.959 y 39.279, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral con “solicitud de amparo cautelar por vía subsidiaria” contra la Resolución N° 110915-0169 emanada del Consejo Nacional Electoral del 15 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 583 del 05 de octubre de 2011, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR el recurso jerárquico ejercido por los ciudadanos Oscar Daniel Henríquez, Rafael González y Alfredo Borsegui, contra la Resolución emanada de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) de fecha 23 de febrero de 2011. 2.- NULA: La referida Resolución. 3.- CON LUGAR la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos Gualberto Mas y Rubí, Carlos Augusto Pérez, Teolindo Jiménez, Iraima Pérez, Orlando Herrera, Minerva Zambrano, Baudilio Santiago, Rubén Herrera, Ingrid Castro, Henry Medina, Jesús Malave Carvajal, Rubén Rosario, Gerardo Viloria, José Darío Lima, David Rodríguez y Manuel Mota, para participar en la elección de las autoridades de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO). 4.- INELEGIBLES los referidos ciudadanos para optar a cargos de dirección en referida Federación. 5.- REPONE el proceso electoral de la mencionada Federación a la Fase N° 16.
Los ciudadanos JOSÉ RAFAEL OLIVERA y ÁNGEL RICARDO OLIVO, titulares de la cédula de identidad Nº 4.340.118 y 1.567.593, respectivamente, miembros de la Junta Electoral Nacional de FETRAMAGISTERIO, asistidos por la abogada Gladys Parra, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.959, quien a su vez actúa como apoderada judicial de los ciudadanos LEY GONZALEZ Y JOSÉ IGNACIO PÉREZ, presentaron escrito de informes acompañaron de recaudos.
14.- Expediente N° AA70-E-2011-000063: LUIS ANTONIO OJEDA GUZMAN, ULISES CORDIDO, FRANCISCO GÁMEZ, JOSÉ LUIS PEREIRA, MANUEL GÓMEZ y ADOLFO FERREIRO, titulares de la cédula de identidad números 4.168.382, 3.624.847, 6.251.589, 9.972.824, 1.000.004 y 6.279.597, respectivamente, el primero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.697, quien actúa en nombre propio y asistiendo a los demás, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la convocatoria a elecciones 2011-2013 y el proceso electoral para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club El Aguasal, cuyo acto de votación se fijó para el día 16-07-2011.
El abogado LUIS ANTONIO OJEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.697, actuando en su propio nombre y como apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual denunció nuevas irregularidades relacionadas con la causa.
DILIGENCIA EN:
15.- Expediente N° AA70-E-2011-000007: ARTURO CASTILLO MACHEZ, y POMPEYO TORREALBA, titulares de las cédulas de identidad números 1.428.641 y 3.319.508, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada contra el Acta de Totalización y Proclamación dictada por la Comisión Electoral Nacional de la Sociedad Bolivariana de Venezuela de fecha 8 de diciembre de 2010, respecto a las elecciones de los integrantes de la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad, para el período 2010-2014.
El ciudadano POMPEYO TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° 3.319.508, parte recurrente, asistido por el abogado RODOLFO BECERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.124, presentó diligencia mediante la cual consignó recaudos relacionado con la causa.
16.- Expediente N° AA70-E-2010-000044: PEDRO ROSAS, JHONNY VÁSQUEZ, RAFAEL SILVA, HENRY YÉPEZ y CARYELI PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.931.609, 11.791.505, 2.915.762, 18.137.083 y 18.527.609, respectivamente, asistidos por el abogado Rosalio Montero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Central de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” y el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, por la exclusión de “los miembros de la comunidad universitaria: personal administrativo, personal obrero, Instructores, miembros del personal docente especial, egresados y egresadas, y con la participación de los estudiantes pero en situación de mengua con el reconocimiento de sus votos en sólo un 25% del valor de los votos de los profesores” del proceso electoral para la escogencia de las autoridades de dicha Universidad, período 2010-2014, cuyo acto de votación está fijado para el día 05-05-2010. (Acumulado con Expediente N° 2010-000048 interpuesto por AGABO PALMA, ROBERTO GUEDEZ, PAUSIDES ANTONIO VIRGUEZ GUTIÉRREZ y RAFAEL ANTONIO ARRIECHE, titulares de la cédula de identidad N° 7.985.862, 7.365.735, 4.065.584 y 7.444.842, respectivamente, los dos primeros como Secretario General y Secretario de Reclamos de la Asociación de Trabajadores Administrativos de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” (ATAUCLA) y los dos últimos invocando su condición de personal obrero de la referida Casa de Estudios, asistidos por la abogada Elayne Sánchez Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.120).
El abogado Rosalio Montero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual ratificó la solicitud de ejecución forzosa de las Sentencias Nº 120 y 14, publicadas por la Sala Electoral en fecha 11-08-2010 y 23-03-2011, respectivamente.
SENTENCIA
17.- Expediente N° AA70-E-2012-000010: MARYS DEL CARMEN SALAZAR GÓMEZ, BRICEIDA QUINTO MADRIZ, NANCY CASTILLO y MARLENE SEIJAS, titulares de la cédula de identidad N° 9.933.348, 4.849.105, 6.292.467 y 9.097.231, respectivamente, asistidos por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (C.A.T.J.P.A.M.L.D.C.), respecto a las elecciones de la Junta Directiva de la referida Caja de Ahorro, cuyo acto de votación se fijó para el día 07 de marzo de 2012. La Sala declaró: PARCIALMENTE CON LUGAR el amparo constitucional interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por las ciudadanas Marys Del Carmen Salazar Gómez, Briceida Quinto Madriz, Nancy Castillo y Marlene Seijas, asistidas por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, contra las “actuaciones materiales, aquí denunciadas y que configuran la presente violación de los derechos constitucionales (…) de forma directa causadas y ejecutadas por el Presidente de la Comisión Electoral, RAFAEL ROJAS (…) y demás miembros de dicha Comisión Electoral, y (…) de forma indirecta e inducidas por el Candidato y Presidente actual del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro, DOMINGO ROMERO CASTRO (…) cuando hace constar que estamos ‘sobregirados e insolventes’, para que se nos fuera rechazada y declarada desiertas (sic) nuestra participación” en la elección de la Junta Directiva de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (C.A.T.J.P.A.M.L.D.C.), cuyo acto de votación se fijó para el 07 de marzo de 2012. En consecuencia, a los fines del restablecimiento de la situación jurídica infringida, dispone lo siguiente: 1.- ORDENÓ a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital, la reposición del proceso electoral a la fase de “PRESENTACIÓN DE POSTULACIONES”, con la indicación expresa de que debe advertir de cualquier deficiencia a los interesados, una vez introducidas las mismas, a los fines de su corrección, en virtud de que el cronograma electoral contempla una etapa de “SUBSANACIÓN DE IMPUGNACIONES, SUSTITUCIONES Y/O CORRECCIONES”, respecto de las postulaciones.2.- ORDENÓ que para el proceso electoral en curso, deberá exigirse el porcentaje establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, es decir, que la postulación de las planchas deberá contar con un respaldo del 5% de los socios por lo menos, en calidad de postulantes. Asimismo, se exhorta a la Caja de Ahorros para que se realice una reforma del artículo 20 del “REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA CAJA DE AHORROS DE LOS EMPLEADOS DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO FEDERAL”, a los fines de que se ajuste el porcentaje de firmas exigido, a lo que establece el artículo 53 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. 3.- ORDENÓ al Secretario del Consejo de Administración de la caja de ahorros la emisión de estados de cuenta actualizados, a favor de quienes pretendan postularse, aclarando, en caso de insolvencia, si le es imputable al patrono o al asociado. 4.- ORDENÓ a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital, que examine el requisito de la solvencia, al momento de evaluar la admisibilidad de las postulaciones, garantizando que no se entienda configurada la causal de inelegibilidad por incumplimiento de los aportes del patrono, sino únicamente por causas imputables a los propios asociados. Ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 84.
La Presidenta,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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