Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 26 de marzo de 2012





CUENTA N°  40

 

Despacho del lunes veintiséis (26) de marzo de 2012 Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madríz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón,  Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2012-000023: Juzgado del Municipio Valdez Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Guiria, remite expediente contentivo de la apelación ejercida contra la decisión dictada en fecha 18 de enero de 2012, que declaró “NULA EL ACTA DE LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA ‘LOS MILICIANOS DE VALDEZ’ R.L en fecha 22/10/2011”, en la demanda interpuesta por los ciudadanos YENNI JOSEFINA HERNÁNDEZ ROJO, ZORAIMA RODRIGA GUERRA GOITIA y PEDRO MANUEL FERNÁNDEZ MARÍN, titulares de la cédula de identidad número 13.897.799, 5.910.506 y 5.071.728, respectivamente, asistidos por la abogada Irais Josefina Jaimes Astudillo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 164.702, contra el ciudadano Santos Sterling Mota Martínez. Oficio N° 124 de fecha 15 de febrero de 2012. Remitiendo Expediente N° 053-11 (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2012-000024: José Cabello Granado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano GILBERTO CÁCERES, titular de la cédula de identidad N° 15.384.944, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar  contra la Resolución N° 120202-0031 dictada en fecha 02 de febrero de 2012 por el Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 603 de fecha 05 de marzo de 2012, la cual declaró “INADMISIBLE el recurso interpuesto por el ciudadano GILBERTO CÁCERES, (…) en su condición de Coordinador General del SINDICATO REVOLUCIONARIO DE OBREROS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO BARINAS (SINREOMEDEB), en el cual solicit[ó] la declaratoria de inelegibilidad de los miembros de la Junta Directiva, Comisión de Ética y Disciplinaria y Comisión de Contraloría y Finanzas de la FEDERACIÓN NACIONAL DE OBREROS BOLIVARIANOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES (FENOBOLMED)”.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2012-000021: Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos MIRIAM CUEVA, REYNA ALVARADO, FREDDY GARCIA, FRANKLIN CAMACHO, ASDRUBAL FIGUEREDO, ANTONIO PADRON, YONNY ROSALES, NOHELIA SEGOVIA, ORLANDA MARTINEZ, NORELYS FLORES y NELSON MAGALLANES, titulares de la cedula de identidad número 11.524.618, 13.667.981, 14.914.011, 14.465.081, 18.179.074, 18.957.527, 17.615.375, 15.259.265, 6.680.320, 7.130.180 y 16.236.360, respectivamente, asistidos por el abogado Fernando Curiel Calderón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.661, contra el SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA ALUCAPS ANDINA, C.A., (SINTRAALUCAPS). Oficio N° 2604/2012 de fecha 02 de marzo de 2012. Remitiendo Expediente N° GP02-S-2012-000034 (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).

 

Se designó ponente al Magistrado OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2012-000017: MARIELA CRISTINA SALCEDO CAMACHO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 121.914, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano TOMAS REYES, titular de la cédula de identidad N° 6.863.173, interpone recurso contencioso electoral a los fines de “… IMPUGNAR, a cinco (5), de los Directivos de la Caja de Ahorros postulados y candidatos integrantes de la Nómina 07, dentro del Proceso Electoral” que se lleva a cabo en la Caja de Ahorro de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital.

 

Juzgado de Sustanciación atendiendo a la solicitud formulada por la recurrida respecto a la competencia o no de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia para conocer y decidir el asunto planteado, acordó remitir la decisión al conocimiento de dicha Sala, a cuyos efectos se designó ponente al Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRIGUEZ a quien se ordenó pasar el expediente de inmediato a los fines antes señalados.

 

 

ACTUACIONES EN:

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2011-000055: RAMÓN ANTONIO COLMENARES, titular de la cédula de identidad  n° 10.810.654, asistido por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 3.317, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros de la Universidad Nacional Abierta, referido al proceso electoral para elegir a las autoridades del Consejo de Administración y Vigilancia de la referida Caja de Ahorros,  período 2011-2014.

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 07-03-2012 por el abogado Gustavo José Vásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.787, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, ciudadanos María Luisa Arias, Javier José Torrealba, Mildred Henríquez, Pedro Marcano y Jesús Miguel Vásquez, y en fecha 14-03-2012 por el ciudadano Ramón Antonio Colmenares, parte recurrente, asistido por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, así como el escrito de oposición  presentado en fecha 20-03-2012 por el abogado Gustavo José Vásquez. El Juzgado de Sustanciación admitió las pruebas promovidas. Asimismo, declaró tempestiva la impugnación propuesta por el abogado Gustavo José Vásquez inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.787, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, ciudadanos María Luisa Arias Ferrero, Javier José Torrealba Betancourt, Mildred De Lourdes Henríquez Machado, Pedro De La Cruz MArcano Anes y Jesús Miguel Vásquez Betancourt. Igualmente comisionó al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de la evacuación de las testimoniales admitidas. Se libró Oficio N° 12-120 y Despacho.

 

 

6.- Expediente Nª AA70-E-2012-000022: Gustavo Pinto Guaramato, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.663, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ AUGUSTO ORELLANA y MARCELA ISABEL YÁNEZ, titulares de la cédula de identidad número 13.585.855 y 5.006.629, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120202-0044 en fecha 02 de febrero de 2012 dictada por el Consejo Nacional Electoral,  publicada en Gaceta Electoral N° 603 del 05 de marzo de 2012,  la cual declaró “SIN LUGAR el recurso interpuesto (…), en calidad de miembros de la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ALCALDÍA y CONCEJO MUNICIPAL  DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA (SINTRAALCONCHACAO), contra la designación de la Comisión Electoral del referido sindicato, realizada en asamblea de trabajadores de fecha 21 de febrero de 2011”.

 

Se solicitó al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 12-121.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2010-000049: ACACIO SABINO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Comisión Electoral de la mencionada Asociación de Empleados, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación, período 2010-2011, cuyo acto de votación está fijado para el día 14-05-2010.

 

Por recibido en fecha 23-03-2012 Oficio  N° 216-2012 de fecha 16-03-2012,  emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción  Judicial del estado Mérida, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 22 de febrero de 2012, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2011-000037: JANITIS DEL CARMEN AROCHA MANZO y CAMELIA GARCÍA SALA, titulares de las cédulas de identidad  números 7.079.917 y 9.438.792, respectivamente, asistidas por el abogado Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.765, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la decisión adoptada por la Comisión Electoral Universitaria de la Universidad de Carabobo,  al omitir en la publicación del Registro Electoral a los profesores instructores y jubilados en las elecciones de los Representantes de los Profesores ante el Consejo Universitario de la referida Casa de Estudios, cuyo acto de votación  se fijó para el día 25 de mayo de 2011. (Acumulado con Expediente N° AA70-E-2011-000038, interpuesto por los ciudadanos AURA JOSEFINA HENRIQUEZ, BLANCA JOSEFINA SÁNCHEZ BLASCO, MADELEN PIÑA RODRÍGUEZ, MIGUEL ÁNGEL PINEDA, MIGUEL ANDRES TELLECHEA Y JOALFRE JOSÉ PERAZA, titulares de la cédula de identidad números: 2.522.310, 2.556.751, 7.013.528, 3.920.442, 11.716.206 y 11.812.808, respectivamente, asistidos por el abogado Antonio José Meneses Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el  número 22.181).

 

Por recibido en fecha 23-03-2012, Oficio  N° 245 de fecha 13-03-2012, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 12-01-2012, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2011-000085: GUALBERTO MAS Y RUBI, JOSÉ TEOLINDO JIMÉNEZ PALLEROL, INGRID MERCEDES CASTRO ROJAS y MINERVA JOSEFINA ZAMBRANO, titulares de la cédula de identidad números 4.525.247, 2.149.561, 3.157.403 y 4.453.151, respectivamente, asistidos por los abogados Gerardo Ramírez, Gladys Parra y Wilmer Partidas, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 56.672, 34.959 y 39.279, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral con “solicitud de amparo cautelar por vía subsidiaria” contra la Resolución N° 110915-0169 emanada del Consejo Nacional Electoral del 15 de septiembre de 2011, publicada en Gaceta Electoral N° 583 del 05 de octubre de 2011, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR el recurso jerárquico ejercido por los ciudadanos Oscar Daniel Henríquez, Rafael González y Alfredo Borsegui, contra la Resolución emanada de la Junta Electoral Nacional de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) de fecha 23 de febrero de 2011.  2.- NULA: La referida Resolución. 3.- CON LUGAR  la impugnación de las postulaciones de los ciudadanos Gualberto Mas y Rubí, Carlos Augusto Pérez, Teolindo Jiménez, Iraima Pérez, Orlando Herrera, Minerva Zambrano, Baudilio Santiago, Rubén Herrera, Ingrid Castro, Henry Medina, Jesús Malave Carvajal, Rubén Rosario, Gerardo Viloria, José Darío Lima, David Rodríguez y Manuel Mota, para participar en la elección de las autoridades de la Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO). 4.- INELEGIBLES los referidos ciudadanos para optar a cargos de dirección en referida Federación. 5.- REPONE el proceso electoral de la mencionada Federación a la Fase N° 16.

 

Se agregó al expediente copias señaladas en auto de pruebas de fecha 22-03-2012.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2011-000089: LUIS ALEJANDRO TELLERÍA DORANTE y JOSÉ MANUEL LÓPEZ, titulares de la cédula de identidad números 5.836.084 y 13.618.656, respectivamente, asistidos por los abogados Mario Valdez y Pedro Rafael Estévez, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 22.708 y 90.016, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares contra la  Asamblea Nacional del Partido Político Patria Para Todos (PPT), celebrada el día 15 de octubre de 2011. (Acumulado con Exp. N° AA70-E-2011-000095: RAFAEL UZCÁTEGUI, ILENIA MEDINA, EDUARDO OVIEDO, LISETT SABINO, CARLOS MARTÍNEZ GONZÁLEZ, OSBALDO ANTONIO CHIRINOS, HENRY MORALES y RAMÓN HUMBERTO URBINA CASTILLO, titulares de las cédula de identidad número 648.703, 4.376.240, 4.383.170, 8.265.918, 5.859.423, 4.644.944, 648.372 y 5.345.365, respectivamente, asistidos por el abogado Diego Alfredo García Urquiola, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.884, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la “Asamblea Nacional Extraordinaria del Partido Político Patria Para Todos (PPT), iniciada en fecha 15 de octubre de 2011 y contra el Acta que le dio término a la misma y que fuera conocida mediante su consignación por ante el Consejo Nacional Electoral en fecha 21 de octubre de 2011”).

 

La abogada Roxana Orihuela, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.907, actuando con el carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público ante la Sala, consignó escrito de Informes.

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2011-000059: JESÚS DAVID RODRÍGUEZ SEGOVIA, titular de la cédula de identidad número 3.667.219, asistido por su apoderada judicial abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 80.698, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución “SECCIONAL MIRANDA” dictada por el Comité Ejecutivo Nacional de Acción Democrática, el 11-05-2011, mediante la cual “ese órgano partidista [lo] sustituyó del cargo de Secretario General del Comité Ejecutivo Seccional en el estado Miranda (CES-Miranda)”.

 

Los ciudadanos JOSE GREGORIO BARROS, IGNACIO BAUTISTA BRITO, JULIO  ANDRÉS MEDINA APONTE, GRAISELY AGUDELO, MANUEL MARTÍNEZ ARENA, MARÍA ABELLO, ROMER CECILIO MARTÍNEZ, MARÍA AUXILIADORA ACOSTA y JULIO MEDINA HERRERA, titulares de la cédula de identidad Nº 7.683.998, 4.335.842, 3.122.422, 6.409.165, 6.846.118, 2.699.640, 5.009.311, 2.767.749 y 8.683.447, respectivamente, asistidos por el abogado Víctor Navarro, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.770, presentaron escrito mediante el cual solicitaron se les tenga como tercero coadyuvante al recurrente en la causa, (acompañaron anexos).

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2012-000005: Juzgado Cuarto de Primera Instancia  de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por la abogada Milagros Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.313, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO OLIVEROS, BARNABY BANNY GONZÁLEZ CANACHE, CÉSAR RAFAEL BERNAY GUZMÁN, JOHNATAN SALVADOR MONGUA ORTIZ, JOSÉ CELESTINO BOLÍVAR LEÓN, LUIS EDUARDO HERNÁNDEZ QUIARO, ULISE RAFAEL MARCANO MATA y  GUSTAVO JOSÉ RUIZ CAMPOS, titulares de la cédula de identidad N° 8.264.298, 12.980.249, 14.703.531, 15.050.791, 8.283.408, 8.274.309, 18.299.395 y 18.568.598, respectivamente, referido al Sindicato de Empleados y Obreros de la Empresa CVG CONACAL.  Oficio N° 2012-028 de fecha 11 de enero de 2012. Remitiendo expediente N° BP02-S-2011-2979 (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-076, anexo al cual remitió comisión al Juzgado del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte accionante la Sentencia Nº 15 de fecha 16-02-2012. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

13.- Expediente N° AA70-E-2012-000015: EDGAR ALEXANDER NARVÁEZ DELGADO, titular de la cédula de identidad N° 11.315.103 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 157.173, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra la Asamblea General de Trabajadores Afiliados y Trabajadoras Afiliadas al Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus Similares del estado Trujillo (SUTIESET), celebrada el 16 de febrero de 2012, respecto a la escogencia de la Comisión Electoral que se encargará del proceso electoral para elegir las nuevas autoridades del referido Sindicato.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-079, anexo al cual remitió comisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo (Distribuidor), a los fines de solicitar a la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus Similares del estado Trujillo (SUTIESET), los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

14.- Expediente N° AA70-E-2012-000020: DIDALCO ANTONIO BOLÍVAR GRATEROL, titular de la cédula de identidad N° 4.106.743, actuando con el carácter de Secretario General Nacional Adjunto y Miembro de la Dirección Nacional del Partido MOVIMIENTO POR LA DEMOCRACIA SOCIAL (PODEMOS), asistido por la abogada  Glesis Johana Machado Fernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 162.565, interpone acción de amparo constitucional, a los fines de que “…se permita la Consulta General de la Militancia en todas las instancias, para la postulación a cargos de Elección Popular, definidas por la base (…). Convocar Elecciones Internas en todas las instancias del Partido a Nivel Nacional (…). Revisar cualquier Decisión que haya sido tomada sin consultar a la Base del Partido, revocando respaldo de candidaturas que carezcan de legitimidad (…) Prohibición de Enajenar y Gravar sobre Bienes del Partido hasta tanto se defina el escenario de las nuevas autoridades, (…) Anular la Asamblea Nacional de Podemos VI, efectuada el 19 de marzo de 2011…”.

 

Se designó ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, a los fines de que se pronuncie  sobre la admisión de la acción de amparo.

 

 

15.- Expediente Nº AA70-E-2003-000092: GERSON OVALLES CARDENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.313, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Táchira de no convocar a elecciones en el referido Colegio profesional para elegir a los nuevos miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades.

 

Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en Sentencia N° 133 del 24-11-2011, para que la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Táchira, informe sobre el estado del proceso para la elección de las autoridades del referido Colegio, se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

ACTUACIONES EN:

 

 

16.- Expediente N° AA70-E-2011-000062: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos BERNARDO ARTIGAS MORELLO, MARIO VIGNATI y WILLIAM CARIACO, titulares de las cédula de identidad números 3.541.194, 7.370.913 y 4.172.495, respectivamente, contra la Comisión Electoral del Club Ítalo Venezolano del estado Lara, respecto a las elecciones para renovar a la Junta Directiva del referido Club, periodo 2011-2013. Oficio N° 765 de fecha 15-06-2011. Remitiendo Expediente N° KP02-0-2011-000091 (1 Pieza Principal) y (1 Cuaderno de Medidas) signado con el N° KH02-X-2011-000039 (Nomenclatura de ese Juzgado).

 

Por recibido Oficio  N° 386-2012 de fecha 20-03-2012, emanado del Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 24-01-2012, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

17.- Expediente N° AA70-E-2012-000007: SABINO GARBAN FLORES, ANTONIO GONZÁLEZ FERMIN y JOAO LUIS DE BRITES, titulares de la cédula de identidad número 4.002.336, 6.161.744 y 11.669.500, respectivamente, el primero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, actuando en nombre propio y asistiendo a los demás, actuando con el carácter de socios y miembros de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra “la negativa del Presidente del Club, quien dice actuar en nombre de la Junta Directiva, en entregar la data o listado de socios para elaborar y publicar el Registro Electoral Preliminar, así mismo, la negativa a entregar los insumos necesarios para ser usados en el proceso eleccionario, así como cubrir los costos de las publicaciones legales que se haga menester, el no pronunciamiento en cuanto al uso de las instalaciones de la biblioteca del club, como sede de la Comisión Electoral, o en todo caso, pretende imponer una sede móvil de la Comisión en distintos lugares del Club…”, todo referido al proceso electoral para elegir a las autoridades de la Junta Directiva del referido Club, período 2012-2014.

 

El abogado ROBERTO ALÍ COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.764, invocando el carácter de Socio de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, presentó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de los documentos que rielan a los folios 87 al 96, 110 al 126, 218 al 225, 244 al 247, 252 al 269 y 427 al 433 del expediente.

 

 

18.- Expediente N° AA70-E-2012-000007: SABINO GARBAN FLORES, ANTONIO GONZÁLEZ FERMIN y JOAO LUIS DE BRITES, titulares de la cédula de identidad número 4.002.336, 6.161.744 y 11.669.500, respectivamente, el primero inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, actuando en nombre propio y asistiendo a los demás, actuando con el carácter de socios y miembros de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra “la negativa del Presidente del Club, quien dice actuar en nombre de la Junta Directiva, en entregar la data o listado de socios para elaborar y publicar el Registro Electoral Preliminar, así mismo, la negativa a entregar los insumos necesarios para ser usados en el proceso eleccionario, así como cubrir los costos de las publicaciones legales que se haga menester, el no pronunciamiento en cuanto al uso de las instalaciones de la biblioteca del club, como sede de la Comisión Electoral, o en todo caso, pretende imponer una sede móvil de la Comisión en distintos lugares del Club…”, todo referido al proceso electoral para elegir a las autoridades de la Junta Directiva del referido Club, período 2012-2014.

 

El abogado Sabino Garbán Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.933, actuando en nombre propio y asistiendo al ciudadano ANTONIO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 6.161.744, parte accionante, presentaron diligencia mediante la cual consignaron cronograma electoral y registro electoral preliminar.

 

 

SENTENCIA

 

19.- Expediente N° AA70-E-2011-000046: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado falcón, con sede en Punto Fijo remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos JESÚS QUEVEDO, OSCAR GUARECUCO y RAFAEL GARCES, titulares de las cédulas de identidad números 6.659.238, 3.682.747 y 5.585.500, asistidos por el abogado Rafael Alexander Duno Palencia, inscrito en el Inpreabogado bajo el n°  99.286, contra la Comisión Electoral del Sindicato Revolucionario Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, sus similares y derivados del estado Falcón (SIRUTRAPEGEFAL), referido al proceso electoral para escoger a la Junta Directiva del mencionado Sindicato, cuyo acto de votación se fijó para el 10-05-2011. Oficio n° 883-229 de fecha 09-05-2011. Remitiendo Expediente n° 9701 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 Pieza). La Sala declaró: 1.- CON LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. 2.- ORDENÓ a la Comisión Electoral del Sindicato Revolucionario Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, sus Similares y Derivados del estado Falcón (SIRUTRAPEGEFAL), que reinicie el proceso electoral para la selección de los miembros de la Junta Directiva del aludido sindicato, desde la publicación del registro preliminar de electores, cumpliendo las sucesivas fases  que se indican en el fallo; garantizando que todos los miembros del Sindicato que tengan derecho a ello, puedan formar parte del registro electoral. Asimismo, se dispuso que el proceso electoral deberá realizarse dentro de un plazo de noventa (90) días continuos contados a partir de la notificación de la decisión definitiva. Ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 39.

La Presidenta,

  

 

    

JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO                                              

                                                                           

   La Secretaria,

 

 

                                                                            PATRICIA CORNET GARCÍA


 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados