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CUENTA N° 71
Despacho del martes veintinueve (29) de mayo de 2012. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madríz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° AA70-E-2012-000037: CARLOS RAMON PAREDES GARRIDO, titular de la cédula de identidad N° 6.581.898, asistido por el abogado Arnaldo Morillo Montilva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.592, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra Resolución N° 120208-0093 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 08 de febrero de 2012, la cual resolvió “negar la renovación de las nóminas de adherentes de la organización con fines políticos MOVIMIENTO REVOLUCIONARIO BARINESES POR VENEZUELA (MRBXV) a nivel regional en el estado Barinas” y “Cancelar la inscripción de la organización (…) a nivel regional en el Estado Barinas”.
Se dio cuenta a la Sala.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2009-000086: YRMA PAZOS DE FUENMAYOR e YRIA PÉREZ SALAS, titulares de las cédulas de identidad número 4.684.158 y 3.805.861, e inscritas en el Inpreabogado bajo los números 16.491 y 66.927 respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos administrativos emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro identificados como Oficio N° SCA-DL-6870 de fecha 17 de Noviembre de 2009 y Oficio N° SCA-DL-6913 de fecha 19 de Noviembre de 2009, respecto al proceso para la elegir a las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), período 2009-2012.
Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en la Sentencia N° 70 publicada en fecha 16-05-2012 y vista la diligencia presentada en fecha 21-05-2012 por las abogadas YRMA PAZOS e YRIA PÉREZ, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.491 y 66.927, respectivamente, actuando con el carácter de Presidenta y Secretaria de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), mediante la cual se dieron por notificadas de la Sentencia N° 70 del 16-05-2012 y señalaron rendir informe requerido en el fallo, se designó ponente al Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
ACTUACIONES EN:
3.- Expediente N° AA70-E-2012-000016: CRUZ EDUARDO JARAMILLO CARPAVIRE, titular de la cédula de identidad N° 16.850.437, asistido por la abogada Verónica García, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 118.414, interpone recurso contencioso electoral a los fines de declarar la “…NULIDAD de las supuestas actuaciones electorales dirigidas a designar la presunta Junta Directiva…” del Sindicato Bolivariano Único de Trabajadores y Trabajadoras del Centro Médico Cagua, C.A. (SINBOUNITRACMCCA), así como la “…NULIDAD de la Comunicación del 6 de febrero de 2012 suscrita por la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua, con sede en Maracay, mediante la cual se dejó constancia de la designación de la presunta Junta Directiva del Sindicato…”.
Por recibido en fecha 28-05-2012 Oficio N° 461-12 de fecha 10-05-2012, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió comisión librada por la Sala en fecha 07-05-2012, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
4.- Expediente N° AA70-E-2010-000083: FABIOLA DEL CARMEN CASTRO RAMOS, MARÍA JOSEFA TERESEN MIJARES, AMARILIS DEL VALLE CABRERA MARTÍNEZ, SULMA BÁRBARA SILVA RODRÍGUEZ, MARCOS JESÚS YÉPEZ LOVERA, LOLIMAR DEL VALLE DESCALLS ALDAZORO, SILIA MARÍA PÉREZ VERA, ERNESTO CHIRINO MARRUFO, DON ITALO MAZZARRI BATTISTONI, JULIO CÉSAR MELEAN BLANCO, MARITZA COLMENARES MALPICA, ORALIA ROSA LEAL GARCÍA, SANDRO RAMÓN GIANTOMASO CONDE, GUSTAVO ANDRÉS SÁNCHEZ, VICENTE ENRIQUE MALPICA CASTILLO y JOSÉ RAFAEL TINOCO MONTENEGRO, titulares de la cédula de identidad N° 3.922.009, 10.302.552, 4.450.481, 8.958.071, 15.608.086, 12.103.366, 4.139.830, 3.544.778, 12.940.973, 12.102.248, 9.445.812, 4.320.564, 4.132.321, 4.867.682, 7.144.528 y 7.044.183, respectivamente, interponen demanda contencioso electoral con amparo cautelar contra el “Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Comisión Electoral Central que organizó, vigiló y realizó el proceso electoral de las elecciones de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), realizado el día 26 de noviembre de 2009”.
Vista la Sentencia N° 75 publicada en fecha 16-05-2012, se acordó notificar el referido fallo Junta Directiva de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), electa para el período 2006-2009, a los ciudadanos CARLOS JOSÉ CORDERO y JOSÉ ÁNGEL RIVERO, a la Junta Directiva de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), al Ministerio Público y al Consejo Nacional Electoral. Se libraron Boletas y Oficios N° 12-210, 12-212, 12-211. Se acordó comisionar al Juzgado de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a la Junta Directiva de la Asociación Sindical de Trabajadores Administrativos de la Universidad de Carabobo (AEUC), electa para el período 2006-2009 a la Junta Directiva de la AEUC y a los ciudadanos CARLOS CORDERO y JOSÉ RIVERO. Se libraron Oficio N° 12-209 y Despacho.
5.- Expediente N° AA70-E-2012-000024: José Cabello Granado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano GILBERTO CÁCERES, titular de la cédula de identidad N° 15.384.944, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 120202-0031 dictada en fecha 02 de febrero de 2012 por el Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 603 de fecha 05 de marzo de 2012, la cual declaró “INADMISIBLE el recurso interpuesto por el ciudadano GILBERTO CÁCERES, (…) en su condición de Coordinador General del SINDICATO REVOLUCIONARIO DE OBREROS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO BARINAS (SINREOMEDEB), en el cual solicit[o] la declaratoria de inelegibilidad de los miembros de la Junta Directiva, Comisión de Ética y Disciplinaria y Comisión de Contraloría y Finanzas de la FEDERACIÓN NACIONAL DE OBREROS BOLIVARIANOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES (FENOBOLMED).
Vista la Sentencia N° 71 del 16-05-2012, se acordó notificar al Consejo Nacional Electoral. Se libró Oficio N° 12-208. Asimismo, se acuerda notificar a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Obreros Bolivarianos del Ministerio de Educación y Deportes (FENOBOLMED). Se libraron Oficios N° 12-206 y 12-205. Del mismo modo se comisionó al Juzgado del Municipio Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de notificar a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral de la referida Federación. Se libró Oficio N° 12-204 y Despacho. Se libró Oficio N° 12-207 al Ministerio Público. Finalmente, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, se librará cartel de emplazamiento a los interesados.
6.- Expediente N° AA70-E-2011-000078: EDGAR PARRA MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Junta Interventora del Instituto de Previsión Social del Médico Dr. Armando Castillo Plaza, “IMPRES”, interpone recurso contencioso electoral a los fines que se “DECRETE la NULIDAD de la Asamblea General de Médicos del INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL MÉDICO, DR. ARMANDO CASTILLO PLAZA, “IMPRES”, de fecha 30 de abril de 2.011, por MODIFICAR LA COMISIÓN ELECTORAL de dicho instituto”.
Vista la diligencia presentada en fecha 23-05-2012 por el abogado José Santiago de Los Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.553, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), mediante la cual solicitó copia certificada de los documentos identificados con las letras "F", "G", "H", "I", "J" y "K" que rielan en la pieza identificada como expediente administrativo. En tal sentido, la Sala ACORDÓ y NEGÓ las copias según el caso.
DILIGENCIA EN:
7.- Expediente N° AA70-E-2011-000024: Ángel Rafael Morales Moronta y Javiel Carvajal Montiel, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.936 y 40.951, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Federación Nacional de Sindicatos Regionales, Sectoriales y Conexos de los Trabajadores de la Salud (FENASIRTRASALUD), interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 100325-0068, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL el 25-03-2010, publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12-05-2010, que declaró: 1.- Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Thony Navas Nieves y Judith Robles, contra la Resolución de fecha 22-05-2009 dictada por la Comisión Electoral Permanente de la referida Federación; 2.- Inelegibles a los ciudadanos Octavio Solórzano, Luis Cedeño, Samuel Dugarte, William Ramírez, Mercedes Torrealba, Norelis Alvarado, Luis Miquelena, Freddy Guerrero, Samuel Ugarte, Santos García, Siomara Carmona, Sonia Gallardo, Damas Aular, Luis Ríos, Marlene Rojas, Elita Peña, Teodoro Dovale, Victor Zambrano, José Ramírez, Hernán Maita, Betty Joa, Jesús Berrios, Jesús Gámez y Douglas Scolar.
El abogado Ángel Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.936, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consigno diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia N° 155 de fecha 14-12-2011.
8.- Expediente Nª AA70-E-2012-000022: Gustavo Pinto Guaramato, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.663, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ AUGUSTO ORELLANA y MARCELA ISABEL YÁNEZ, titulares de la cédula de identidad número 13.585.855 y 5.006.629, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120202-0044 en fecha 02 de febrero de 2012 dictada por el Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 603 del 05 de marzo de 2012, la cual declaró “SIN LUGAR el recurso interpuesto (…), en calidad de miembros de la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ALCALDÍA y CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA (SINTRAALCONCHACAO), contra la designación de la Comisión Electoral del referido sindicato, realizada en asamblea de trabajadores de fecha 21 de febrero de 2011”.
El ciudadano Pablo Antonio Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° 7.555.356, invocando su condición de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Alcaldía y Concejo Municipal del Municipio Chacao del estado Miranda (SIN.AL.CON.CHACAO), asistido por el abogado Edgar Rafael Velásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.838, consignó escrito de alegatos y solicitó que el recurso sea declarado sin lugar.
9.- Expediente N° AA70-E-2011-000034: Roberto Bolívar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.849, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ALFREDO JOSÉ FLORES GONZÁLEZ, KARINA NAZARETH BRICEÑO RATTIA, NEIDA GONZÁLEZ GRATEROL, TERESA EMILIA BECERRA RODRÍGUEZ, DAIRYS CAROLINA ÁLVAREZ PIÑA, GREIDSER LOEGLIS ACEVEDO SOUBLETTE, ODALY MARÍA CENTENO PORTABARRÍA, CARLOS JAVIER VILLASMIL ÁLVAREZ, JOSÉ ALBERTO LEAL BOLÍVAR y GILBERTO DEL VALLE OSORIO, titulares de las cédulas de identidad números 2.520.332, 15.680.169, 13.576.173, 17.272.337, 17.937.053, 16.363.194, 9.883.347, 17.062.927, 18.231.271 y 8.467.151, respectivamente, interpone “RECURSO DE NULIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD contra el artículo 29 de los Estatutos del Colegio de Economistas del Estado Guárico”, y solicitó medida cautelar innominada, a los fines de que se suspendan las elecciones fijadas para el día 04 de junio de 2011.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12-156, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, San Juan de Los Morros, a los fines de notificar la Sentencia N° 60 de fecha 29-03-2012 a la parte recurrente, así como a la Junta Directiva del Colegio de Economistas del estado Guárico. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
10.- Expediente N° AA70-E-2011-000034: Roberto Bolívar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.849, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ALFREDO JOSÉ FLORES GONZÁLEZ, KARINA NAZARETH BRICEÑO RATTIA, NEIDA GONZÁLEZ GRATEROL, TERESA EMILIA BECERRA RODRÍGUEZ, DAIRYS CAROLINA ÁLVAREZ PIÑA, GREIDSER LOEGLIS ACEVEDO SOUBLETTE, ODALY MARÍA CENTENO PORTABARRÍA, CARLOS JAVIER VILLASMIL ÁLVAREZ, JOSÉ ALBERTO LEAL BOLÍVAR y GILBERTO DEL VALLE OSORIO, titulares de las cédulas de identidad números 2.520.332, 15.680.169, 13.576.173, 17.272.337, 17.937.053, 16.363.194, 9.883.347, 17.062.927, 18.231.271 y 8.467.151, respectivamente, interpone “RECURSO DE NULIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD contra el artículo 29 de los Estatutos del Colegio de Economistas del Estado Guárico”, y solicitó medida cautelar innominada, a los fines de que se suspendan las elecciones fijadas para el día 04 de junio de 2011.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 12.159, librado al Ministerio Público mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 60 dictada en fecha 29-03-2012.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
11.- Expediente N° AA70-E-2008-000079: Edgar Parra Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.386, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos IRAIDA LEAL, AMADEO AVELLANEDA, NIEVES GÓMEZ PATIÑO E ITALO BEJARANO, titulares de las cédulas de identidad número 746.824, 607.907, 1.1139.966 y 2.246.378, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico, respecto a la omisión de llamar a la Comisión Electoral para que ésta convoque a un proceso eleccionario para la renovación de la Junta Directiva.
Vista la diligencia presentada en fecha 23-05-2012 por el abogado José Santiago de Los Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.553, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social del Médico (IMPRES), mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia N° 185 dictada en fecha 06-12-2010, la cual riela a los folios 976 al 989 Vto., del expediente, la Sala ACORDÓ expedir su certificación.
12.- Expediente N° AA70-E-2012-000010: MARYS DEL CARMEN SALAZAR GÓMEZ, BRICEIDA QUINTO MADRIZ, NANCY CASTILLO y MARLENE SEIJAS, titulares de la cédula de identidad N° 9.933.348, 4.849.105, 6.292.467 y 9.097.231, respectivamente, asistidos por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (C.A.T.J.P.A.M.L.D.C.), respecto a las elecciones de la Junta Directiva de la referida Caja de Ahorro, cuyo acto de votación se fijó para el día 07 de marzo de 2012.
Visto que en la foliatura del expediente existe un error a partir del folio 362, se ordenó testar dicha foliatura a partir de éste (exclusive). Asimismo, se acordó volver a foliar el expediente desde el referido folio en adelante, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil.
La Presidenta,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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