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CUENTA N° 157
Despacho del jueves veintinueve (29) de noviembre de 2012. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
1.- Expediente N° AA70-E-2010-000054: Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas declina la competencia en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el ciudadano CARLOS ANDRÉS HERNÁNDEZ SANTOS, titular de la cédula de identidad N° 6.168.161, asistido por el abogado Juan Palencia España, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.756, referida a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos del Instituto de Previsión Social del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (SUNEP-IPASME), período 2010-2013. Oficio N° 25135/2010 de fecha 07-05-2010, remitiendo el expediente N° AP21-L-2010-001346 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).
Visto el escrito presentado el 28-11-2012 por el ciudadano DAVID GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.103.933, invocando el carácter de Presidente de SUNEP-IPASME, asistido por el abogado Iván Antonio Yépez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.011, mediante el cual señaló dar respuesta a la solicitud formulada en la Sentencia N° 170 del 07-11-2012; y visto igualmente, que se encuentra vencido el lapso otorgado en la referida Sentencia a la Junta Directiva del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos del Instituto de Previsión Social del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (SUNEP-IPASME), a los fines de dar respuesta a la solicitud de ejecución forzosa y declaratoria de desacato; se designó ponente al Magistrado OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI, a los fines de la decisión correspondiente.
ACTUACIONES EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2012-000085: YULETZY CARMELIS GÓMEZ MORENO, titular de la cédula de identidad N° 13.675.164, actuando con el carácter de Secretaria General y Representante Legal de la Organización Regional con fines Políticos Movimiento Revolucionario Barineses por Venezuela (MRBXV), asistida por el abogado Arnaldo Morillo Montilva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.592, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 120726-449 de fecha 26 de julio de 2012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se resolvió “Negar la solicitud de denominación a la organización con fines políticos MOVIMIENTO REVOLUCIONARIO BARINESES POR VENEZUELA (MRBXV) a nivel regional en el Estado Barinas”.
Vista la Sentencia N° 180 publicada por la Sala en fecha 14 de noviembre de 2012, se acordó notificar a la parte recurrente, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio Público. Se libraron boleta y Oficios N° 12-497 y 12-498. Asimismo se comisionó al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte actora. Se libró Oficio N° 12-496 y Despacho. Finalmente se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados.
3.- Expediente N° AA70-E-2012-000093: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos CRIXLER ORTEGA, RAFAEL LEUCI y JOSÉ GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad N° 9.918.048, 10.983.687 y 10.975.665, respectivamente, asistidos por el abogado Edwin José Carpio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 168.382 contra el Sindicato Único de Trabajadores y Trabajadoras de la Electricidad y sus conexos del estado Guárico (SINTRAELEC). Oficio N° CTVJO-536-12 de fecha 06 de agosto de 2012. Remitiendo Expediente N° JP51-S-2012-000072 (Nomenclatura de ese Tribunal (1 Pieza).
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos CRIXLER ORTEGA, RAFAEL LEUCI y JOSÉ GONZÉLEZ (parte actora), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarlo de la Sentencia N°199 publicada en fecha 14 de noviembre de 2012, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel, se les tendrán por notificados.
4.- Expediente N° AA70-E-2010-000004: HENRY MACÍAS LAREAL, PEDRO LUIS ROMERO RAMÍREZ y DAVID ERNESTO MENDOZA LOYO, titulares de la cédula de identidad número 3.699.314, 6.866.015 y 6.179.484, respectivamente, asistidos por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, por haber excluido al personal administrativo y obrero del padrón electoral para las elecciones de las autoridades de la mencionada Casa de Estudios cuyo acto de votación está fijado para el día 23-02-2010. (Acumulado con Exp. Nº 2010-000009 interpuesto por los ciudadanos ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358).
Vista la Sentencia N° 205 publicada por la Sala Electoral en fecha 14-11-2012, se acordó notificar a los recurrentes, al ciudadano Luis Eduardo Leal Chacón, Presidente del Consejo Superior de la Universidad Nacional Abierta, a la Comisión Electoral y al Consejo de Apelaciones de la Universidad Nacional Abierta, así como al Ministerio Público y al Rector de la Universidad Nacional Abierta. Se libraron boleta y Oficios N° 12-499, 12-501, 12-500, 12-503, 12-502.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS EN:
5.- Expediente N° AA70-E-2012-000079: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por la abogada MICHELLE TOVAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.488, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARIO GUILLERMO GONZÁLEZ, LEONZO DAVID ÁLVAREZ, HERNAN JOSÉ ROMÁN TORO, RAFAEL EDUARDO VILLA GARCÍA, HÉCTOR LUIS NOGUERA CAMACHO, ALCIDES RAMÓN TIBANQUE BRICEÑO, ELVIRA JIMÉNEZ RINCÓN y JONGER ENRIQUE RIVILLA, titulares de la cédula de identidad N° 8.832.399, 10.365.008, 12.719.184, 14.461.228, 12.368.921, 9.265.909, 6.020.148 y 11.727.599, respectivamente, contra los Actos Administrativos dictados por la Superintendencia de Cajas de Ahorros, N° SCA-DL-N° 2577, de fecha 09 de septiembre de 2011, N° SCA-DL-N° 2962, de fecha 13 de septiembre de 2011; 3.- N° SCA-DL-N° 2975, SCA-DL-N° 3008, de fecha 19 de octubre de 2011; N° SCA-DL-2962, de fecha 13-09-2012; 4.- N° SCA-DL-N° 3009, de fecha 19 de octubre de 2011 y la Resolución N° F-3.164, de fecha 08 de marzo de 2012 del Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas. Remitiendo Expediente N° 14.628 (Nomenclatura de ese Tribunal (1 Pieza).
El abogado EDGAR CLARET DELISO GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.991, apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual se dio por notificado de la sentencia N° 196 dictada por la Sala en fecha 14-11-2012. Asimismo, solicitó se libren las notificaciones en la causa.
6.- Expediente N° AA70-X-2012-000011: (CUADERNO SEPARADO): Juan Chirino Colina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.028, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MANUEL SALVADOR GARCÍA, LUIS RAFAEL MARANTE y ATILIO TERAN, titulares de la cédula de identidad N° 7.961.922, 5.277.514 y 9.497.100, respectivamente, Miembros Principales del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), interpone “… SOLICITUD DE AVOCAMIENTO (…) a los fines que se restablezca la situación que ha generado la actuación de la jueza de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. Extensión Cabimas, quien (…) ha usurpado funciones de [la] Sala, decretando una medida cautelar innominada en la cual suspendió a [sus] representados de los cargos directivos que desempeñaban, desconociendo el proceso electoral en el cual fueron elegidos”. (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000035).
El abogado JUAN CHIRINO COLINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.028, apoderado judicial de los ciudadanos Manuel Salvador García, Luis Rafael Marante y Atilio Teran, Miembros Principales del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), presentó escrito mediante el cual consignó recaudo relacionado con la causa.
7.- Expediente N° AA70-E-2012-000098: RAFAEL MONTERO, ELÍAS BUCHSZER, EDUARDO CALDERA, MIRIAM SANTAELLA y JOSÉ CHACÓN, titulares de la cédula de identidad N° 2.953.284, 1.748.679, 3.634.760, 4.380.762 y 429.072, asistidos por los abogados Mercedes Contreras y José Zaa, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 11.946 y 1.385, respectivamente, interponen “Recurso Contencioso de Impugnación del ACTO DE TOTALIZACIÓN general de los votos sufragados a favor de los candidatos Hugo Rafael Chávez Frías y Henrique Capriles Radonsky en la elección presidencial realizada en fecha siete (7) de octubre del año 2012, y cuyo presunto resultado fue dado a conocer al país en Acta de Totalización leída en horas de la noche de la indicada fecha, en cadena de radio y televisión, por la Presidenta del Consejo Nacional Electoral”.
El abogado José María Zaa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 1.385, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual formuló apelación al auto de inadmisión de fecha 20-11-2012.
8.- Expediente N° AA70-E-2012-000111: Vanessa Aristimuño Regueira, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 127.342, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos EVA ZULAY SALAS DE CARMONA, ROSALÍA DÁVALOS DE BOADA y FRANCISCO JOSÉ PAREDES, titulares de la cédula de identidad N° 4.427.590, 4.088.400 y 5.520.893, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral de la Sociedad Venezolana de Psiquiatría, para elegir a la Junta Directiva de la referida Sociedad cuyo acto de votación se efectuó el 02 de noviembre de 2012.
La ciudadana Silvia Gross, titular de la cédula de identidad N° 3.973.502, actuando con el carácter de Secretaria de la Comisión Electoral de la Sociedad Venezolana de Psiquiatría, asistida por la abogada Vanessa Aristimuño Regueira, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 127.342, presentó escrito mediante el cual consignó antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acoordó agregar al expediente judicial el referido escrito así como los anexos que lo acompañaron.
ESCRITO PRESENTADO EN:
9.- Expediente N° AA70-E-2012-000042: CARLOS DELFIN ROSALES LÓPEZ, TAYLOR LEONARDO BARROETA HERRERA, DINHORA JOSEFINA ROA PULIDO, EDDY LUZ ZAMBRANO RAMÍREZ y ALVARO SANMARTÍN MOLINA, titulares de la cédula de identidad N° 9.181.922, 5.656.843, 3.997.590, 4.212.874 y 12.813.720, asistidos por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Várgas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo el número 31.068 y 17.803, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), a los fines “que declare la nulidad absoluta del Artículo 30 Numeral 3° del Reglamento Electoral para las elecciones de Autoridades período 2012-2016 y Decanos período 2012-2016, aprobado por el Consejo Universitario (…) en Sesión extraordinario N° 003/2012 de fecha 07 de febrero de 2012 (…) cuyas elecciones fueron convocadas para el día cuatro (04) de julio de 2.012 por la Comisión Electoral conforme a lo aprobado en Consejo Universitario Sesión Extraordinaria N° 042/2.012 de fecha 22/05/2.012”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (Remitido mediante Oficio N°220 de fecha 18-06-2012, constante de (41) folios útiles.
Las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 31.068 y 17.803, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos CARLOS DELFIN ROSALES LÓPEZ, TAYLOR LEONARDO BARROETA HERRERA, DINHORA JOSEFINA ROA PULIDO, EDDY LUZ ZAMBRANO RAMÍREZ y ALVARO SAN MARTÍN MOLINA, presentaron escrito mediante el cual promovieron pruebas. (Consignaron anexos). Se ordenó reservar el referido escrito y sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
10.- Expediente N° AA70-E-2012-000033: Juan Ramón Valdez Robles, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.810, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS JESÚS BOLÍVAR LUGO, titular de la cédula de identidad N° 4.880.591, interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la FEDERACION DE COLEGIOS DE MÉDICOS VETERINARIOS.
Visto el escrito presentado el 28-11-2012 por el abogado JUAN RAMÓN VALDEZ ROBLES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.810, apoderado judicial de la parte accionante, mediante la cual denunció "DESACATO por parte de la actual Directiva de la FEDERACIÓN DE COLEGIOS DE MÉDICOS VETERINARIOS"; se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de la decisión correspondiente.
DILIGENCIA EN:
11.- Expediente N° AA70-E-2012-000082: LUIS TELLERÍA y JOSÉ MANUEL LÓPEZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.836.084 y 13.618.656, respectivamente, asistidos por el abogado Mario Valdez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.708, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra los ciudadanos CARLOS MARTÍNEZ Y RAFAEL UZCÁTEGUI, Presidente de la Comisión Electoral y Secretaria General de la Organización con fines Políticos Patria Para Todos (PPT), respectivamente.
El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a los ciudadanos Luís Alejandro Tellería Dorante y José Manuel López, mediante la cual se notificó la Sentencia Nº 161 de fecha 31-08-2012.
SENTENCIA
12.- Expediente N° AA70-X-2012-000010: (CUADERNO SEPARADO): CAREGLIS YENIFER RIOS GARCÍA, FRANCISCO ANTONIO ODUBER ORASMA y LEUMAN GUILLERMO LÓPEZ ARENA, titulares de la cédula de identidad N° 18.343.807, 3.307.489 y 11.099.902, respectivamente, invocando su condición de Miembros del Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC), asistidos por el abogado Javier Alejandro Camacho Bruzual, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.369, solicitaron se les tenga como terceros interesados en la causa y se acuerde “MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS de la RESOLUCIÓN N° 120601-0356 emanada del Consejo Nacional Electoral”. (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000056). La Sala declaró: PRIMERO: SE ADMITIÓ la participación de los ciudadanos CAREGLIS YENIFER RÍOS GARCÍA y LEUMAN GUILLERMO LÓPEZ ARENA, titulares de la cédula de identidad N° V-18.343.807, y V-11.099.902 respetivamente, actuando con el carácter de “(...) miembros del SINDICATO SOCIALISTA DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE BOLIVARIANA DE PUERTOS DE PUERTO CABELLO (SINSOTRABOLPC) (…)”, asistidos por el abogado Javier Alejandro Camacho Bruzual, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.369, como tercero coadyuvante de la parte recurrente. SEGUNDO: INADMISIBLE la intervención como tercero del ciudadano FRANCISCO ANTONIO ODUBER ORASMA, titular de la cédula de identidad N° V-3.307.489. TERCERO: PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos y, en consecuencia, se SUSPENDIÓ únicamente los efectos de la orden contenida en el numeral tercero de la parte dispositiva de la Resolución N° 120601-0356, dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 01 de junio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 627 de fecha 22 de junio de 2012, en la cual se declaró: “TERCERO: REPONE el proceso a la fase inicial de notificación al Consejo Nacional Electoral de convocatoria de elecciones, con indicación de la fecha en que se elegirá la nueva Comisión Electoral que regirá el proceso, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales, garantizando la elección libre, directa, secreta y universal”, hasta que se dicte sentencia definitiva en la causa. Ponente: OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI. Sentencia N° 218.
13.- Expediente N° AA70-E-2012-000114: ANTONIO JOSÉ VARELA, titular de la cédula de identidad N° 2.886.474, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.286, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las vías de hecho de la Comisión Electoral del INSTITUTO DE OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS NACIONALES EN SITUACIÓN DE RETIRO (IORFAN), respecto al proceso electoral del referido Instituto, cuyo acto de votación se fijó para el día 02 de diciembre de 2012. La Sala declaró: PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, con prescindencia del examen de la caducidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, parágrafo único, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. TERCERO: SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar. CUARTO: ADMITE el recurso contencioso electoral por lo que respecta a la causal de inadmisibilidad relativa a la caducidad. QUINTO: SIN LUGAR la solicitud de declaratoria de mero derecho. Ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 219.
La Presidenta,
JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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