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CUENTA N° 91
Despacho del martes dos (02) de julio de 2013. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón, la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
1.- Expediente N° AA70-E-2012-000065: Jorge Ramón Velásquez Simons, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.327, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WILLIAMS MARTIN ALVARADO CARVAJALINO, ROBERTO ENRIQUE RAMONES MONTERO, PASCUALE IACAMPO DE SANTIS, SILVANO DIAMANTI BELLI, ANTONIO TREVISI FORCELLINI y RAFAEL GUILLERMO CARDOZO VELASCO, titulares de la cédula de identidad N° 9.242.289, 5.684.397, 5.641.562, 10.170.644, 9.242.347 y 4.210.711, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra las elecciones ocurridas en la Asociación Civil Aeroclub San Cristóbal A.C., a los fines de elegir a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral de la Asociación Civil Aeroclub San Cristóbal A.C., periodo 2012-2013.
Visto el escrito presentado en fecha 27-06-2013, por el ciudadano LADISLAO ALEXI VARGA SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 10.178.452, invocando el carácter de Presidente de la Junta Directiva de la asociación civil AEROCLUB SAN CRISTÓBAL A.C., asistido por el abogado José Manuel Medina Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.808, mediante el cual señaló aspectos relativos al cumplimiento del fallo dictado en fecha 29-05-2013, y solicitó "que una vez desincorporada la actual Junta Directiva y encargada temporalmente como haya sido la Junta Directiva anterior, por auto expreso se mantenga la situación excepcional actual hasta tanto la Sala Electoral resuelva la acción de amparo constitucional contenida en el Expediente N° AA70-E-2013-000019 que permita la continuación y culminación del actualmente suspendido proceso comicial 2013-2015"; se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de la decisión correspondiente.
INFORMES ORALES EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2012-000114: ANTONIO JOSÉ VARELA, titular de la cédula de identidad N° 2.886.474, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.286, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las vías de hecho de la Comisión Electoral del INSTITUTO DE OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS NACIONALES EN SITUACIÓN DE RETIRO (IORFAN), respecto al proceso electoral del referido Instituto, cuyo acto de votación se fijó para el día 02 de diciembre de 2012.
Abierto el acto, se dejó constancia que se encontraba presente el abogado Antonio José Varela, parte recurrente. Igualmente, se dejó constancia que se encontraba presente el ciudadano Darío Morillo Andrade, titular de la cédula de identidad N° 277.494, actuando con el carácter de Coordinador de la Comisión Electoral Permanente del Instituto de Oficiales de las Fuerzas Armadas Nacionales en Situación de Retiro (IORFAN), parte recurrida, asistido por el abogado Elonis López Curra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.771, quien a su vez actúa en el juicio con el carácter de Oficial de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (actualmente en situación de retiro) e invoca el interés de coadyuvar en la defensa del ciudadano Darío Morillo Andrade. Por otra parte, se dejó constancia que se encuentra presente la abogada Marielba Del Carmen Escobar Martínez, inscrita Inpreabogado bajo el número 16.770, Fiscal Provisoria de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público designada para actuar ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Seguidamente, el Presidente de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes y la representante del Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales.
ACTUACIÓN EN:
3.- Expediente N° AA70-E-2012-000114: ANTONIO JOSÉ VARELA, titular de la cédula de identidad N° 2.886.474, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.286, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las vías de hecho de la Comisión Electoral del INSTITUTO DE OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS NACIONALES EN SITUACIÓN DE RETIRO (IORFAN), respecto al proceso electoral del referido Instituto, cuyo acto de votación se fijó para el día 02 de diciembre de 2012.
Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de los informes orales celebrados en esta misma fecha.
4.- Expediente N° AA70-E-2010-000049: ACACIO SABINO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral de la mencionada Asociación de Empleados, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación, período 2010-2011, cuyo acto de votación estaba fijado para el día 14-05-2010.
Por recibido en fecha 01-07-2013, Oficio N° 459 -2013 de fecha 27-06-2013, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 21-05-2013, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
5.- Expediente Nª AA70-E-2012-000095: ALEXIS MALDONADO, titular de la cédula de identidad N° 4.180.885, asistido por la abogada Gaudys María Domínguez Parra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.756, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 120726-453 de fecha 26 de julio de 2012, dictada por el Consejo Nacional Electoral publicada en Gaceta Electoral N° 647 de fecha 21 de septiembre de 2012, que declaró: “PRIMERO: Negar la inscripción de la organización con fines políticos en proceso de constitución CAMBIO INTEGRACIÓN HONESTIDAD (CAMINHO), a nivel regional en el estado Carabobo. SEGUNDO: Dejar sin efecto el uso de la denominación provisional CAMBIO INTEGRACIÓN HONESTIDAD (CAMINHO) a nivel regional en el estado Carabobo, y en consecuencia la misma queda disponible”.
Se acordó prorrogar el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de 15 días de despacho siguientes al de hoy, por cuanto la complejidad y naturaleza del asunto bajo examen así lo exige, dentro del cual se procederá a dictar el fallo correspondiente.
6.- Expediente N° AA70-E-2012-000111: Vanessa Aristimuño Regueira, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 127.342, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos EVA ZULAY SALAS DE CARMONA, ROSALÍA DÁVALOS DE BOADA y FRANCISCO JOSÉ PAREDES, titulares de la cédula de identidad N° 4.427.590, 4.088.400 y 5.520.893, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral de la Sociedad Venezolana de Psiquiatría, para elegir a la Junta Directiva de la referida Sociedad cuyo acto de votación se efectuó el 02 de noviembre de 2012.
Se acordó prorrogar el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de 15 días de despacho siguientes al de hoy, por cuanto la complejidad y naturaleza del asunto bajo examen así lo exige, dentro del cual se procederá a dictar el fallo correspondiente.
7.- Expediente N° AA70-E-2013-000017: Orlando Caraballo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.772, actuando con el carácter de apoderado judicial de las ciudadanas BLANCA MERCEDES TASCÓN GUTIÉRREZ, MARISOL GONZÁLEZ MENDOZA e ISABEL LORENA OLIVAR TASCÓN, titulares de la cédula de identidad N° 11.501.796, 14.294.674 y 16.015.820, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra ‘las actuaciones y omisiones llevadas a cabo por el Ciudadano Erick Alexander Ramírez Trujillo, (…) quien se hace llamar, Coordinador Nacional de la Organización con fines Políticos NUEVO CAMINO REVOLUCIONARIO (N.C.R.)’.
Vista la diligencia presentada en fecha 25-06-2013 por el abogado Orlando Caraballo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.772, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual solicitó copia certificada de los documentos que rielan a los folios 01 al 47 con sus vueltos del expediente y de la pieza identificada como Anexo 01, constante de 451 folios útiles, la Sala acordó expedir la certificación solicitada, por cursar los mismos en original.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
8.- Expediente N° AA70-E-2011-000007: ARTURO CASTILLO MACHEZ, y POMPEYO TORREALBA, titulares de las cédulas de identidad números 1.428.641 y 3.319.508, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada contra el Acta de Totalización y Proclamación dictada por la Comisión Electoral Nacional de la Sociedad Bolivariana de Venezuela de fecha 8 de diciembre de 2010, respecto a las elecciones de los integrantes de la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad, para el período 2010-2014.
El ciudadano Juan de Dios Sánchez, titular de la cédula de identidad Nº 2.152.921, invocando la condición de Presidente de la Junta Directiva Nacional de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, asistido por el abogado Miguel Rodríguez Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.146, presentó escrito de informe solicitado por la Sala mediante sentencia N° 30 de fecha 15-05-2013.
9.- Expediente N° AA70-E-2012-000114: ANTONIO JOSÉ VARELA, titular de la cédula de identidad N° 2.886.474, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.286, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las vías de hecho de la Comisión Electoral del INSTITUTO DE OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS NACIONALES EN SITUACIÓN DE RETIRO (IORFAN), respecto al proceso electoral del referido Instituto, cuyo acto de votación se fijó para el día 02 de diciembre de 2012.
El abogado Elonis López Curra, titular de la cédula de identidad N° 2.060.574, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.771, quien invoca el carácter de tercero opositor al recurso presentó escrito de alegatos relacionado con la causa.
10.- Expediente N° AA70-E-2012-000114: ANTONIO JOSÉ VARELA, titular de la cédula de identidad N° 2.886.474, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.286, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las vías de hecho de la Comisión Electoral del INSTITUTO DE OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS NACIONALES EN SITUACIÓN DE RETIRO (IORFAN), respecto al proceso electoral del referido Instituto, cuyo acto de votación se fijó para el día 02 de diciembre de 2012.
El abogado Antonio José Varela, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.286, parte recurrente, presentó escrito de informes.
11.- Expediente N° AA70-E-2012-000114: ANTONIO JOSÉ VARELA, titular de la cédula de identidad N° 2.886.474, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.286, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las vías de hecho de la Comisión Electoral del INSTITUTO DE OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS NACIONALES EN SITUACIÓN DE RETIRO (IORFAN), respecto al proceso electoral del referido Instituto, cuyo acto de votación se fijó para el día 02 de diciembre de 2012.
La abogada MARIELBA DEL CARMEN ESCOBAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 16.770, actuando con el carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público ante el Tribunal Supremo de Justicia, presentó escrito mediante el cual expresó la opinión del Ministerio Público.
DILIGENCIA EN:
12.- Expediente N° AA70-E-2011-000007: ARTURO CASTILLO MACHEZ, y POMPEYO TORREALBA, titulares de las cédulas de identidad números 1.428.641 y 3.319.508, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada contra el Acta de Totalización y Proclamación dictada por la Comisión Electoral Nacional de la Sociedad Bolivariana de Venezuela de fecha 8 de diciembre de 2010, respecto a las elecciones de los integrantes de la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad, para el período 2010-2014.
El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a los ciudadanos Arturo Castillo Machez, Mireya Leal Beaujón, Juan Pablo Bront Pamphil, Marianela Olivieri, Pompeyo Torrealba, Johnny Marquez, Marcela Millán de Arraiz y Marcos Fuenmayor, mediante el cual se les notificó la Sentencia N° 30 del 15-05-2013, la cual ordenó a la Junta Directiva electa en el proceso anulado por la Sala en la sentencia definitiva N° 41 dictada el 28-03-2012, que informen a la Sala, sobre los planteamientos expuestos en el escrito presentado el 17-12-2012, por el ciudadano Pompeyo Torrealba.
13.- Expediente N° AA70-E-2011-000007: ARTURO CASTILLO MACHEZ, y POMPEYO TORREALBA, titulares de las cédulas de identidad números 1.428.641 y 3.319.508, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada contra el Acta de Totalización y Proclamación dictada por la Comisión Electoral Nacional de la Sociedad Bolivariana de Venezuela de fecha 8 de diciembre de 2010, respecto a las elecciones de los integrantes de la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad, para el período 2010-2014.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-257, librado a la Sociedad Bolivariana de Venezuela electa para el período 2006-2010 mediante el cual se le notificó la sentencia N° 30 del 15-05-2013, la cual ordenó a la Junta Directiva electa en el proceso anulado por la Sala en la sentencia definitiva N° 41 dictada el 28-03-2012, que informen a la Sala, sobre los planteamientos expuestos en el escrito presentado el 17-12-2012, por el ciudadano Pompeyo Torrealba.
14.- Expediente N° AA70-E-2011-000007: ARTURO CASTILLO MACHEZ, y POMPEYO TORREALBA, titulares de las cédulas de identidad números 1.428.641 y 3.319.508, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada contra el Acta de Totalización y Proclamación dictada por la Comisión Electoral Nacional de la Sociedad Bolivariana de Venezuela de fecha 8 de diciembre de 2010, respecto a las elecciones de los integrantes de la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad, para el período 2010-2014.
El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a los ciudadanos Juan De Dios Sánchez, Pablo Herrera Marín, Benicia Sánchez, Arelis Belmonte Marín, José Félix Rivas, Sonia Verenzuela, Carlos Rodríguez, César Solórzano, J.J Cordero Ceballos, Fredis Guaramato y Freddy Best, mediante el cual se les notificó la sentencia N° 30 del 15-05-2013, la cual ordenó a la Junta Directiva electa en el proceso anulado por la Sala en la sentencia definitiva N° 41 dictada el 28-03-2012, que informen a la Sala, sobre los planteamientos expuestos en el escrito presentado el 17-12-2012, por el ciudadano Pompeyo Torrealba.
15.- Expediente N° AA70-E-2011-000007: ARTURO CASTILLO MACHEZ, y POMPEYO TORREALBA, titulares de las cédulas de identidad números 1.428.641 y 3.319.508, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada contra el Acta de Totalización y Proclamación dictada por la Comisión Electoral Nacional de la Sociedad Bolivariana de Venezuela de fecha 8 de diciembre de 2010, respecto a las elecciones de los integrantes de la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad, para el período 2010-2014.
El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano Rodolfo Becerra Farías, mediante el cual se le notificó la sentencia N° 30 del 15-05-2013, la cual ordenó a la Junta Directiva electa en el proceso anulado por la Sala en la sentencia definitiva N° 41 dictada el 28-03-2012, que informen a la Sala, sobre los planteamientos expuestos en el escrito presentado el 17-12-2012, por el ciudadano Pompeyo Torrealba.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:
16.- Expediente N° AA70-E-2013-000022: Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado 45.558, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CALOGERO ALAIMO MANCUSO, titular de la cédula de identidad N° 6.160.093, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar, contra “las actuaciones materiales y vías de hecho del órgano de Dirección y Administración representado por la Junta Directiva de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO”, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva del referido Club, período 2013-2015, cuyo acto de votación se fijó para el día 18 de abril de 2013.
La Sala declaró: 1.- Se dejó SIN EFECTO lo decidido en relación con el punto 3 de la Asamblea General Ordinaria de la CASA D' ITALIA DE MARACAIBO que se celebró el día 18 de abril de 2013 a las 7:00 p.m., referente a la “Elección de la Junta Directiva para el período 2013-2015”. 2.- INADMISIBLE la pretensión de aclaratoria, ampliación y apelación presentada por el abogado Juan Luis Núñez García en fecha 26 de junio de 2013, respecto a la sentencia número 53 del 19 de junio de 2013, en la que se declaró inadmisible por extemporánea la oposición a la medida cautelar innominada acordada en sentencia número 11 del 18 de abril de 2013. 3.- CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. 4.- En consecuencia, ORDENÓ iniciar el proceso de “Elección de la Junta Directiva para el período 2013-2015”, desde la fase de constitución del Comité Electoral previsto en los “ESTATUTOS Y REGLAMENTOS DE LA CASA D' ITALIA DE MARACAIBO”, al cual corresponderá la realización de todos los actos relativos a la organización de dicho proceso. Por tal razón deberá convocarse una Asamblea a los efectos de la conformación del Comité Electoral, al cual le corresponderá la realización de todos los actos organizativos del proceso electoral, en el cual estén dadas las condiciones que garanticen el cabal ejercicio del derecho fundamental al sufragio, por lo cual deberá contener las siguientes fases mínimas: -Convocatoria. -Publicación del Registro de Electores. -Lapso de impugnación del mismo. -Publicación del Registro Electoral definitivo. -Inscripción de las Planchas que se postulen a la elección. -Lapso de subsanación e impugnación de las postulaciones. -Propaganda electoral. -Votación, Totalización, Escrutinios y Proclamación. 5.- Se ORDENÓ a los miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO abstenerse de realizar actuaciones que interfieran en el ejercicio de las competencias que deben ser ejercidas exclusivamente por el Comité Electoral. 6.- Se EXHORTÓ a los miembros de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO, a reformar las normas electorales contenidas en sus estatutos, con el objeto de que se adecuen a los postulados de nuestra Constitución vigente, y en ese mismo sentido, que contengan un diseño del proceso electoral que comprenda las fases mínimas idóneas a los efectos de garantizar un ejercicio adecuado de los derechos al sufragio y a la participación.
ACTUACIÓN EN:
17.- Expediente N° AA70-E-2013-000022: Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado 45.558, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CALOGERO ALAIMO MANCUSO, titular de la cédula de identidad N° 6.160.093, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar, contra “las actuaciones materiales y vías de hecho del órgano de Dirección y Administración representado por la Junta Directiva de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO”, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva del referido Club, período 2013-2015, cuyo acto de votación se fijó para el día 18 de abril de 2013.
Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de la audiencia constitucional.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
18.- Expediente N° AA70-E-2013-000022: Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado 45.558, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CALOGERO ALAIMO MANCUSO, titular de la cédula de identidad N° 6.160.093, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar, contra “las actuaciones materiales y vías de hecho del órgano de Dirección y Administración representado por la Junta Directiva de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO”, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva del referido Club, período 2013-2015, cuyo acto de votación se fijó para el día 18 de abril de 2013.
El abogado Juan Luis Núñez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 35.774, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO, consignó recaudos en la audiencia constitucional.
19.- Expediente N° AA70-E-2013-000022: Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado 45.558, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CALOGERO ALAIMO MANCUSO, titular de la cédula de identidad N° 6.160.093, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar, contra “las actuaciones materiales y vías de hecho del órgano de Dirección y Administración representado por la Junta Directiva de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO”, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva del referido Club, período 2013-2015, cuyo acto de votación se fijó para el día 18 de abril de 2013.
La abogada Roxana Orihuela, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.907, actuando con el carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público ante la Sala Electoral, consignó escrito de Informes.
DILIGENCIA EN:
20.- Expediente N° AA70-X-2013-000009: (CUADERNO SEPARADO): Juan Luis Núñez García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.774, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil CASA D´ITALIA DE MARACAIBO, se opone a la medida cautelar dictada por la Sala en fecha 18 de abril de 2013. (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000022).
El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada al ciudadano Calogero Alaimo Mancuso, mediante la cual se le notificó la sentencia N° 53 dictada por la Sala Electoral en fecha 19-06-2013, que desestimó las peticiones de inadmisibilidad de la acción de amparo autónomo formuladas por la parte opositora a la medida cautelar innominada acordada en la sentencia N° 11 de fecha 18-04-2013; e inadmisible por extemporánea la oposición a la referida medida cautelar innominada.
El Presidente,
FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
El Secretario Accidental,
ELEAZAR GUEVARA CARRILLO
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