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Sala Electoral
  • Fecha: 04 de julio de 2013





CUENTA N°  93

 

 

Despacho del jueves cuatro (04) de julio de 2013. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón, la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

 

ACTUACIÓN EN:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2013-000011: JOSÉ RAFAEL NAVAS SÁNCHEZ y HUMBERTO CELEITA REYES, titulares de las cédulas de identidad N° 15.275.512 y 81.511.932, respectivamente, asistidos por el abogado Johnny Leonidas Jiménez Mendoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.626, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral a los fines de  “… dejar sin efecto la convocatoria de elecciones de Alcalde  del Municipio Nirgua hasta que se cumpla con el período Constitucional…”.

 

Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de los informes orales celebrados en esta misma fecha.

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2013-000006:JUAN CARLOS MONTILLA y JUAN CARLOS BARRIOS, titulares de las cédulas de identidad N° 9.788.823 y 7.755.998, respectivamente, asistidos por el abogado Carlos Machado Del Gallego, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 142.278, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con “amparo cautelar de suspensión de efectos” contra la “ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO ZULIA (SUMA-ZULIA) que está organizando el venidero proceso electoral para elegir a los integrantes de la Junta Directiva y autoridades del referido Sindicato” período 2013-2016, cuyo acto de votación se fijó para el 14 de febrero de 2013.

 

Se acordó prorrogar el lapso para dictar sentencia en la presente causa por un plazo de 15 días de despacho siguientes al de hoy, por cuanto la complejidad y naturaleza del asunto bajo examen así lo exige, dentro del cual se procederá a dictar el fallo correspondiente.

 

 

 

INFORMES ORALES EN:

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2013-000011: JOSÉ RAFAEL NAVAS SÁNCHEZ y HUMBERTO CELEITA REYES, titulares de las cédulas de identidad N° 15.275.512 y 81.511.932, respectivamente, asistidos por el abogado Johnny Leonidas Jiménez Mendoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.626, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral a los fines de  “… dejar sin efecto la convocatoria de elecciones de Alcalde  del Municipio Nirgua hasta que se cumpla con el período Constitucional…”.

 

Abierto el acto, se dejó constancia de la asistencia del abogado Johnny Leonidas Jiménez Mendoza. Del mismo modo se dejó constancia de la asistencia del ciudadano Ricardo Capella Mateo, titular de la cédula de identidad N° 4.123.419, actuando con el carácter de Alcalde del Municipio Autónomo Nirgua del estado Yaracuy, asistido por la abogada Elsy Leonarda Silva Griman, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 79.625. Así mismo, se dejó constancia de la asistencia de la abogada Olga Ginette Esaá Castrillo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 56.511, actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, parte recurrida. Por otra parte, se dejó constancia de la presencia de la abogada Roxana Orihuela, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.907, Fiscal Segunda del Ministerio Público designada para actuar ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Seguidamente, el Presidente de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente N° AA70-X-2013-000001: (CUADERNO SEPARADO) GERARDO JOSÉ RAMIREZ y WILMER PARTIDAS, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.672 y 39.279, respectivamente, quienes actúan como apoderados de la Junta Electoral Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA-ZULIA) y el ciudadano GUALBERTO MÁS Y RUBI PEÑA titular de la cédula de identidad N° 4.525.247, invocando el carácter de Presidente del Comité Directivo Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia, asistido por los mencionados abogados, se oponen a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 1 de fecha 06 de febrero de 2013.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-234, mediante el cual se notificó al Comité Directivo Seccional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA-ZULIA), la Sentencia Nº 23 de fecha 15-05-2013, la cual declaró sin lugar la oposición formulada contra el amparo cautelar acordado en Sentencia N° 1 del 06-02-2013

 

 

5.- Expediente N° AA70-X-2013-000001: (CUADERNO SEPARADO) GERARDO JOSÉ RAMIREZ y WILMER PARTIDAS, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.672 y 39.279, respectivamente, quienes actúan como apoderados de la Junta Electoral Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA-ZULIA) y el ciudadano GUALBERTO MÁS Y RUBI PEÑA titular de la cédula de identidad N° 4.525.247, invocando el carácter de Presidente del Comité Directivo Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia, asistido por los mencionados abogados, se oponen a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 1 de fecha 06 de febrero de 2013.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-235, mediante el cual se notificó a la Junta Electoral Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA-ZULIA), la Sentencia Nº 23 de fecha 15-05-2013, la cual declaró sin lugar la oposición formulada contra el amparo cautelar acordado en Sentencia N° 1 del 06-02-2013.

 

 

6.- Expediente N° AA70-X-2013-000001: (CUADERNO SEPARADO) GERARDO JOSÉ RAMIREZ y WILMER PARTIDAS, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.672 y 39.279, respectivamente, quienes actúan como apoderados de la Junta Electoral Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA-ZULIA) y el ciudadano GUALBERTO MÁS Y RUBI PEÑA titular de la cédula de identidad N° 4.525.247, invocando el carácter de Presidente del Comité Directivo Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia, asistido por los mencionados abogados, se oponen a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 1 de fecha 06 de febrero de 2013.

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a los ciudadanos Juan Carlos Montilla Y Juan Carlos Barrios, mediante la cual se notificó la sentencia Nº 23 de fecha 15-05-2013, que declaró sin lugar la oposición formulada contra el amparo cautelar acordado en Sentencia N° 1 del 06-02-2013.

 

 

7.- Expediente N° AA70-X-2013-000001: (CUADERNO SEPARADO) GERARDO JOSÉ RAMIREZ y WILMER PARTIDAS, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.672 y 39.279, respectivamente, quienes actúan como apoderados de la Junta Electoral Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA-ZULIA) y el ciudadano GUALBERTO MÁS Y RUBI PEÑA titular de la cédula de identidad N° 4.525.247, invocando el carácter de Presidente del Comité Directivo Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia, asistido por los mencionados abogados, se oponen a la medida cautelar acordada en Sentencia N° 1 de fecha 06 de febrero de 2013.

 

El ciudadano Alguacil consignó el Oficio original Nº 13-233, librado al Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), así como la comisión que le acompaña, en razón de haberse practicado personalmente las notificaciones allí acordadas.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2013-000011: JOSÉ RAFAEL NAVAS SÁNCHEZ y HUMBERTO CELEITA REYES, titulares de las cédulas de identidad N° 15.275.512 y 81.511.932, respectivamente, asistidos por el abogado Johnny Leonidas Jiménez Mendoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.626, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral a los fines de  “… dejar sin efecto la convocatoria de elecciones de Alcalde  del Municipio Nirgua hasta que se cumpla con el período Constitucional…”.

 

La abogada Olga Ginette Esaá Castrillo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.511, actuando con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito de Informes en la causa.

 

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2012-000117: ANDRÉS MAROTI y LUIS HERNÁNDEZ FABIEN, el primero titular de la cédula de identidad N° 3.158.912 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7822, actuando en nombre propio, y el segundo inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.532.379, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “los actos (…) identificados como ACTA NÚMERO 30 del 8 de diciembre de 2012, ACTA NÚMERO 32 fechada 14 de diciembre de 2012 y ACTA DE PROCLAMACIÓN de fecha 14 de Diciembre de 2012, emanados de la JUNTA  ELECTORAL DEL CLUB CAMPESTRE LOS CORTIJOS, ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO”, respecto al proceso electoral para escoger a los integrantes de la Junta Directiva de la mencionada Asociación.

 

El abogado ANDRÉS MAROTI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7822, actuando con el carácter de parte recurrente, consignó escrito mediante el cual expuso aspectos relacionados con el desacato por parte de la Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos, de la decisión N° 6 dictada por esta Sala Electoral en fecha 20-03-2013. Igualmente solicitó pronunciamiento en la causa.

 

 

10.- Expediente N° AA70-X-2013-000002: (CUADERNO SEPARADO): ANDRÉS MAROTI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7822, actuando en su propio nombre, solicitó “…desacato al fallo” dictado en fecha 20 de marzo de 2013; y el abogado Luis Hernández Fabien, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, solicitó “… desacato a la sentencia proferida el 20 de marzo de 2013 , con el No. 6, en que incurrió la  (…) Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos …”. (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000117).

 

El abogado ANDRÉS MAROTI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7822, actuando con el carácter de parte recurrente, consignó escrito mediante el cual expuso aspectos relacionados con el desacato por parte de la Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos, de la decisión N° 6 dictada por esta Sala Electoral en fecha 20-03-2013. Igualmente solicitó pronunciamiento en la causa.

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2012-000114: ANTONIO JOSÉ VARELA, titular de la cédula de identidad N° 2.886.474, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.286, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las vías de hecho de la Comisión Electoral del INSTITUTO DE OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS NACIONALES EN SITUACIÓN DE RETIRO (IORFAN), respecto al proceso electoral del referido Instituto, cuyo acto de votación se fijó para el día 02 de diciembre de 2012.

 

El abogado Antonio José Varela, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.286, parte recurrente, presentó escrito de solicitando copia simple del cd contentivo del acto de Informes Orales, así como copia certificada de "la diligencia presentada por el abogado Elonis Curra en fecha 18 de marzo 2013, un folio, así como la presentada en esa misma fecha, por el mismo abogado, 1(un) folio, y, el escrito de informes presentado en fecha 02 de julio de 2013 por el abogado López Curra y por la ciudadana Fiscal Marielba Escobar M".

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2013-000048: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos FRANKLIN DÍAZ y JUVENAL GONZALEZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.602.736 y 3.729.161, actuando con el carácter de Secretario Nacional de Organización y Secretario Político Nacional del MOVIMIENTO REPUBLICANO, respectivamente, asistido por el abogado David Peláez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.594, a los fines de “…preservar el derecho Fundamental Constitucional de Elegir y ser Elegido, vista la postulación realizada por JULIO ALBARRAN a favor del ciudadano HENRIQUE CARILES RADFONSKI (SIC) y nos impidió dentro del término establecido por el C.N.E. Postular al ciudadano NICOLAS MADURO porque ya el PARTIDO había postulado”. Oficio N° 13-07766 de fecha 03 de julio de 2013, remitiendo Expediente N° AA50-T-2013-000229 (nomenclatura de esa Sala Constitucional) (1 pieza).

 

Nuevo asunto ingresado:

 

 

SENTENCIA

 

 

13.- Expediente N° AA70-E-2013-000022: Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado 45.558, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CALOGERO ALAIMO MANCUSO, titular de la cédula de identidad N° 6.160.093, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar, contra “las actuaciones materiales y vías de hecho del órgano de Dirección y Administración representado por la Junta Directiva de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO”, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva del referido Club, período 2013-2015, cuyo acto de votación se fijó para el día 18 de abril de 2013. La Sala declaró: 1.- INADMISIBLE la pretensión de aclaratoria, ampliación y apelación presentada por el abogado Juan Luis Núñez García en fecha 26 de junio de 2013, respecto a la sentencia número 53 del 19-06-2013, en la que se declaró inadmisible por extemporánea la oposición a la medida cautelar innominada acordada en sentencia número 11 del 18-04-2013. 2.- DESESTIMÓ la solicitud de declaratoria de inadmisibilidad de la acción de amparo por falta de interés procesal formulada por el apoderado judicial de la presunta agraviante. 3.- Dejó SIN EFECTO lo decidido en relación con el punto 3 de la Asamblea General Ordinaria de la CASA D' ITALIA DE MARACAIBO que se celebró el día 18-04-2013 a las 7:00 p.m., referente a la “Elección de la Junta Directiva para el período 2013-2015”. 4.- CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el abogado Sergio Urdaneta, titular de la cédula de identidad número 3.371.414, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 45.558, en representación del ciudadano Calogero Alaimo Mancuso, titular de la cédula de identidad número 6.160.093, en su carácter de socio activo de la Asociación Civil (Club) CASA D´ITALIA DE MARACAIBO, contra “las acciones materiales y vías de hecho del Órgano de Dirección y Administración de la Junta Directiva de la mencionada Asociación, derivada de la convocatoria a elección de la nueva Junta Directiva para el período 2013-2015”. En consecuencia, se ORDENÓ iniciar el proceso de “Elección de la Junta Directiva para el período 2013-2015”, desde la fase de constitución del Comité Electoral, en los términos expuestos en la parte motiva de la presente decisión. Ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 57.

 

El Presidente,

  

   

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA                                              

               

                                                                

                                                                                     El Secretario Accidental,

 

 

 

    ELEAZAR GUEVARA CARRILLO


 

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