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Sala Electoral
  • Fecha: 10 de julio de 2013





CUENTA N°  96

 

Despacho del miércoles diez (10) de julio de 2013. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, con la asistencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón, la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2012-000024: José Cabello Granado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano GILBERTO CÁCERES, titular de la cédula de identidad N° 15.384.944, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar  contra la Resolución N° 120202-0031 dictada en fecha 02 de febrero de 2012 por el Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 603 de fecha 05 de marzo de 2012, la cual declaró “INADMISIBLE el recurso interpuesto por el ciudadano GILBERTO CÁCERES, (…) en su condición de Coordinador General del SINDICATO REVOLUCIONARIO DE OBREROS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO BARINAS (SINREOMEDEB), en el cual solicit[ó] la declaratoria de inelegibilidad de los miembros de la Junta Directiva, Comisión de Ética y Disciplinaria y Comisión de Contraloría y Finanzas de la FEDERACIÓN NACIONAL DE OBREROS BOLIVARIANOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES (FENOBOLMED)”.

 

Vencido como se encuentra el lapso de evacuación de pruebas, se designó ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, a los fines de que la Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de la presentación de los informes orales. Asimismo,  se fijó el día martes 08-08-2013, a las 10:30 a.m., para que las partes presenten sus informes en forma oral.

 

 

 

ACTUACIÓN EN:

 

 

2.- Expediente N° AA70-X-2012-000010: (CUADERNO SEPARADO): CAREGLIS YENIFER RIOS GARCÍA, FRANCISCO ANTONIO ODUBER ORASMA y LEUMAN GUILLERMO LÓPEZ ARENA, titulares de la cédula de identidad N° 18.343.807, 3.307.489 y 11.099.902, respectivamente, invocando su condición de Miembros del Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC), asistidos por el abogado Javier Alejandro Camacho Bruzual, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.369, solicitaron se les tenga como terceros interesados en la causa y se acuerde “MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS de la RESOLUCIÓN N° 120601-0356 emanada del Consejo Nacional Electoral”. (Expediente principal N° AA70-E-2012-000056).

 

Por recibido  en fecha 09-07-2013 Oficio N° 4330-176 de fecha 25-06-2013, emanado del Juzgado Tercero de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 22-05-2013, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2011-000007: ARTURO CASTILLO MACHEZ, y POMPEYO TORREALBA, titulares de las cédulas de identidad números 1.428.641 y 3.319.508, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada contra  el Acta de Totalización y Proclamación dictada por la Comisión Electoral Nacional de la Sociedad  Bolivariana de Venezuela de fecha 8 de diciembre de 2010, respecto  a las elecciones de los integrantes de la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad, para el período 2010-2014.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos JUAN DE DIOS SÁNCHEZ, PABLO HERRERA MARÍN, BENICIA SÁNCHEZ, ARELIS BELMONTE MARÍN, JOSÉ FÉLIX RIVAS, SONIA VERENZUELA, CARLOS RODRÍGUEZ, CÉSAR SOLÓRZANO, J.J CORDERO CEBALLOS, FREDIS GUARAMATO y FREDDY BEST, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarlos de la Sentencia N° 30 de fecha 15 de mayo de 2013.

 

 

4.- Expediente N° AA70-X-2013-000002: (CUADERNO SEPARADO): ANDRÉS MAROTI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7822, actuando en su propio nombre, solicitó “…desacato al fallo” dictado en fecha 20 de marzo de 2013; y el abogado Luis Hernández Fabien, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, solicitó “… desacato a la sentencia proferida el 20 de marzo de 2013 , con el No. 6, en que incurrió la  (…) Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos …”. (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000117).

 

Se abrió la Segunda Pieza.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2011-000065: EMPERATRIZ ANDRADE, MARYORI OMAIRA DÍAZ OMERO y JOSÉ RAMÓN CERRADA, titulares de la cédula de identidad número 4.362.109, 6.469.167 y 3.995.275, respectivamente, asistidos por las abogadas Aiveh Vargas y Felicia Hernández Hidalgo, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 46.070 y 32.172, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de daños y perjuicios contra las comunicaciones de fechas 20 de junio de 2011, 23 de junio de 2011 y 13 de julio de 2011, emanadas de la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela, respecto al proceso celebrado el 21-07-2010.

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original, librada a los ciudadanos Emperatriz Andrade, Maryori Omaira Díaz Omero y José Ramón Cerrada (parte recurrente), mediante la cual se notificó la Sentencia N° 55 de fecha 19-06-2013.

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2011-000065: EMPERATRIZ ANDRADE, MARYORI OMAIRA DÍAZ OMERO y JOSÉ RAMÓN CERRADA, titulares de la cédula de identidad número 4.362.109, 6.469.167 y 3.995.275, respectivamente, asistidos por las abogadas Aiveh Vargas y Felicia Hernández Hidalgo, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 46.070 y 32.172, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de daños y perjuicios contra las comunicaciones de fechas 20 de junio de 2011, 23 de junio de 2011 y 13 de julio de 2011, emanadas de la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela, respecto al proceso celebrado el 21-07-2010.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-309, librado al Consejo Nacional Electoral mediante el cual notificó la Sentencia N° 55 de fecha 19-06-2013.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2011-000065: EMPERATRIZ ANDRADE, MARYORI OMAIRA DÍAZ OMERO y JOSÉ RAMÓN CERRADA, titulares de la cédula de identidad número 4.362.109, 6.469.167 y 3.995.275, respectivamente, asistidos por las abogadas Aiveh Vargas y Felicia Hernández Hidalgo, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 46.070 y 32.172, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de daños y perjuicios contra las comunicaciones de fechas 20 de junio de 2011, 23 de junio de 2011 y 13 de julio de 2011, emanadas de la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela, respecto al proceso celebrado el 21-07-2010.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-310, librado a la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela, mediante el cual notificó la Sentencia N° 55 de fecha 19-06-2013.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2011-000065: EMPERATRIZ ANDRADE, MARYORI OMAIRA DÍAZ OMERO y JOSÉ RAMÓN CERRADA, titulares de la cédula de identidad número 4.362.109, 6.469.167 y 3.995.275, respectivamente, asistidos por las abogadas Aiveh Vargas y Felicia Hernández Hidalgo, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 46.070 y 32.172, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de daños y perjuicios contra las comunicaciones de fechas 20 de junio de 2011, 23 de junio de 2011 y 13 de julio de 2011, emanadas de la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Profesionales de Enfermería de la República Bolivariana de Venezuela, respecto al proceso celebrado el 21-07-2010.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-111, librado al Ministerio Público mediante el cual se notificó la Sentencia N° 55 de fecha 19-06-2013.

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2012-000094: SQUENIA IDALMI LUGO ARÉVALO, JOFFREN HENDERSON PAREDES COLINA, JULIETA ENRRIETT PADRÓN PINO, LUCILA PÉREZ VILLAMIZAR y ANAÍS COROMOTO PIÑA LEAL, titulares de la cédula de identidad N° 10.871.513, 16.661.440, 15.663.929, 11.664.750 y 5.971.895, respectivamente, asistidos por la abogada Jesyreth Morela Várgas Guillen, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.902, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS DE LOS EMPLEADOS DE FUNDACOMUN, respecto al proceso electoral a los fines de escoger a las autoridades de la referida Caja periodo 2012-2015.

 

La abogada Jesyreth Vargas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.902, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó "SUSTITUYA esta Honorable Sala en la Comisión Electoral y proceda de conformidad con la Sentencia N° 42 del 29 de mayo de 2013", igualmente requirió "INHABILITACIÓN INMEDIATA a los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia actuales de la CAJA DE AHORROS DE LOS EMPLEADOS DE FUNDACOMUN" y finalmente señaló la "aplicación de las sanciones, administrativas, civiles y penales a los miembros de la Comisión Electoral de CAFUNDACO".

 

El Presidente (E),

  

   

 

MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ                                              

               

                                                                

                                                                                                 La Secretaria,

 

 

 

    PATRICIA CORNET GARCÍA


 

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