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Sala Electoral
  • Fecha: 12 de agosto de 2013





CUENTA N°  113

 

Despacho del lunes doce (12) de agosto de 2013. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón, la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2013-000063: EDER DARIO GONZÁLEZ MORILLO, titular de la cédula de identidad N° 7.817.700, asistido por el abogado William José Coronado González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.193, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “…las actuaciones materiales y vías de hecho de la Comisión Electoral Central de la Asociación Sindical de Empleados de la Universidad del Zulia (ASDELUZ), electa en Asamblea General de fecha veinticinco (25) de marzo del dos mil diez (2010), y en consecuencia de la convocatoria y elección de la nueva Junta Directiva de la Organización Sindical sub lite, para el periodo 2013-2015…”.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2013-000054: MANUEL MARIANO MÁRQUEZ CASTRO, titular de la cédula de identidad N° 8.542.394 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.195, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “el proceso de elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor, Delegados de los Atletas, Delegados de los Jueces y Delegado del Personal Técnico, que forman parte integrante de esos órganos de la Federación y de los Delegados de Delegados de los Atletas, Delegados de los Jueces y Delegado del Personal Técnico, ante la Asamblea General de la Federación Venezolana de Deportes Ecuestres” para el período 2013-2017, cuyo acto de votación se fijó para el día 03 de agosto de 2013.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 07-08-2013 por los ciudadanos Camil Torbay, Douglas Arroyo y Anselmo Alvarado, titulares de la cédula de identidad N° 3.184.125, 2.936.669 y 11.227.056, respectivamente, invocando la condición de Presidente, Vicepresidente y Secretario de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Ecuestres, asistidos por el abogado Jesús Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, así como por el abogado Gerardo Pradera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 150.764, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, en la cual se expresó “…El accionante del Recurso Electoral desiste del procedimiento aquí incoado y solicito se deje si (sic) efecto el amparo Cautelar solicitado así mismo los integrantes de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de deportes ecuestres aceptamos el desistimiento en los términos expuestos…”, se designó ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2013-000061: DORIS NOHEMÍ ANDREA DE CHÁVEZ, ORLANDO CASTRO, ROSA MIRABAL, DAVID RAFAEL NAVAS MONASTERIOS, MARY CRUZ MENDOZA RIVERO, EDUARDO LÓPEZ CABRILES, JUAN ANTONIO ESPINOZA, REINALDO GASTELLO SÁNCHEZ, IGOR OSWALDO ALCALÁ MERINO, RAFAEL JOSÉ GARCÍA, JOSÉ ÁNGEL FIGUEROA y WILDIN GUEVARA RODRÍGUEZ, titulares de la cédula de identidad N° 4.345.974, 2.197.661, 6.824.368, 9.065.089, 4.770.946, 3.552.249, 5.007.679, 6.007.207, 13.069.245, 18.026.191, 10.289.196 y 11.560.984, respectivamente, asistidos por los abogados Raúl José Rojas García y Santiago José Castro Toise, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 190.118 y 15.333, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos contra “… EL COMITÉ ELECTORAL del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE RADIO, TEATRO, CINE, TELEVISIÓN Y AFINES DEL DISTRITO CAPITAL Y ESTADO MIRANDA, y contra la  Resolución Número 130703-0133, emanada  del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (C.N.E.) publicada en la GACETA ELECTORAL Número 676, de fecha 18 de Julio de 2.013, que declaró INADMISIBLE el escrito recursivo de IMPUGNACIÓN interpuesto (…) contra El Comité Electoral designado en el SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE RADIO, TEATRO, CINE, TELEVISIÓN Y AFINES DEL DISTRITO CAPITAL Y ESTADO MIRANDA, para el proceso de elección de la Directiva del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE RADIO, TEATRO, CINE, TELEVISIÓN Y AFINES DEL DISTRITO CAPITAL Y ESTADO MIRANDA, celebrada el día 21 de marzo de 2.013, para el periodo 2.011-2.014”.

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral y al Comité Electoral del Sindicato Profesional de Trabajadores de Radio, Teatro, Cine, Televisión y Afines del Distrito Capital y estado Miranda los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libraron Oficios N° 13-381 y 13-382. Se designó ponente al Magistrado  OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI, a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2011-000007: ARTURO CASTILLO MACHEZ, y POMPEYO TORREALBA, titulares de las cédulas de identidad números 1.428.641 y 3.319.508, respectivamente, asistidos por el abogado Luis Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, interponen demanda contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada contra  el Acta de Totalización y Proclamación dictada por la Comisión Electoral Nacional de la Sociedad  Bolivariana de Venezuela de fecha 8 de diciembre de 2010, respecto  a las elecciones de los integrantes de la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad, para el período 2010-2014.

 

Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en Sentencia N° 30 del 15-05-2013, para que la Junta Directiva electa en el proceso anulado por la Sala en la sentencia definitiva dictada el 28 de marzo de 2012, informen sobre los planteamientos expuestos en escrito presentado el 17-12-2012, por el ciudadano Pompeyo Torrealba, titular de la cédula de identidad N° 3.319.508, actuando con el carácter de parte recurrente, y visto el escrito presentado en fecha 02-07-2013 por el ciudadano JUAN DE DIOS SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 2.152.921, invocando la condición de Presidente de la Junta Directiva Nacional de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, asistido por el abogado Miguel Rodríguez Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.146, mediante el cual señaló rendir informe solicitado en Sentencia del 15-05-2013, se designó ponente a la Magistrada JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

ACTUACIÓN EN:

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2011-000071: Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo  de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, declinó la competencia en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos PEDRO MONTEROLA, GIOVANNI MORENO, ELIÉZER GUZMÁN, DOMÉNICO ALMONTE, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ, RAFAEL ALCÁNTARA y JOSÉ GONZÁLEZ, titulares de las cédulas de identidad número 8.475.905, 10.943.402, 8.882.874, 9.649.448, 10.062.533, 8.475.154 y 5.986.558, respectivamente, actuando con el carácter de Secretario de Organización, Secretario de Vigilancia y Disciplina, Secretario de Prensa y Propaganda, Secretario de Higiene y Seguridad, Secretario de Relaciones Intergubernamentales y Secretario de Reclamos del Sindicato de Trabajadores de Petroleros y del Gas de los Municipios Simón Rodríguez, Guanipa, Freites, Miranda e Independencia del estado Anzoátegui (S.T.P.G.), respectivamente, asistidos por el abogado Pedro Gámez Lara, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.079. Oficio N° TJ21193-11, de fecha 10-08-2011, remitiendo el expediente N° BP12-S-2011-001137 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal). (Recibido en fecha 16-08-2011).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos PEDRO MONTEROLA, GIOVANNI MORENO, ELIÉZER GUZMÁN, DOMÉNICO ALMONTE, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ, RAFAEL ALCÁNTARA y JOSÉ GONZÁLEZ (parte accionante), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarlos de la Sentencia N° 68 publicada por la Sala Electoral en fecha 23-07-2013.

 

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2012-000093: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos CRIXLER ORTEGA, RAFAEL LEUCI y JOSÉ GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad N° 9.918.048, 10.983.687 y 10.975.665, respectivamente, asistidos por el abogado Edwin José Carpio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 168.382 contra el Sindicato Único de Trabajadores y Trabajadoras de la Electricidad y sus conexos del estado Guárico (SINTRAELEC). Oficio N° CTVJO-536-12 de fecha 06 de agosto de 2012. Remitiendo Expediente N° JP51-S-2012-000072 (Nomenclatura de ese Tribunal (1 Pieza).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos CRIXLER ORTEGA, RAFAEL LEUCI y JOSÉ GONZÁLEZ (parte accionante), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarlos de la Sentencia N° 71 publicada por la Sala Electoral en fecha 23-07-2013.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2011-000055: RAMÓN ANTONIO COLMENARES, titular de la cédula de identidad  N° 10.810.654, asistido por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 3.317, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros de la Universidad Nacional Abierta, referido al proceso electoral para elegir a las autoridades del Consejo de Administración y Vigilancia de la referida Caja de Ahorros,  período 2011-2014.

 

Vista la Sentencia N° 78 dictada por la Sala Electoral en fecha 23-07-2013, se acordó notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros de la Universidad Nacional Abierta y al Ministerio Público. Líbrense Boleta y Oficios N° 13-383 y 13-384.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2012-000063: CARMEN TERESA GOICOCHEA, GRECIA RIERA, JOSÉ HERICE, LUIS MIGUEL TOVAR, WILFREDO MENDOZA, ALBERTO VIVAS Y JHANKARY TORRES, titulares de la cédula de Identidad N° 4.165.987, 3.719.377, 6.869.887, 5.524.378, 3.977.890, 4.581.838, 6.549.862 y 16.665.913, respectivamente, asistido por el abogado TADEO ARRIECHE FRANCO, titular de la cédula de identidad N° 12.626.714 e Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.707, quien actúa igualmente en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra de la Comisión Electoral Nacional del Partido COPEI y la Comisión Electoral del Distrito Capital , por “no haber llevado a cabo el proceso electoral de las parroquias Sucre y 23 de Enero del Municipio Libertador del Distrito Capital y en consecuencia no haber culminado con el proceso de elecciones de autoridades de la Dirección Regional del Distrito Capital del PARTIDO y proceder a adjudicar y proclamar a la plancha y candidatos ganadores en dicho proceso”

 

El ciudadano JHANKARY TORRES, titular de la cédula de identidad N° 16.665.913, parte recurrente, asistido por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.707, consignó diligencia mediante la cual desistió del procedimiento por haber perdido el interés procesal en el mismo, todo conformidad con el artículo 16 y 263 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2012-000041: Yoaneth Margarita Zorrilla Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.095, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos OLIVER GÓMEZ y ERASMO RAFAEL BEJARANO, titulares de la cédula de identidad N° 16.006.111 y 8.515.625, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120425-0252 de fecha 25 de abril de 2012, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 617 de fecha 30 de mayo de 2012, mediante la cual declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por los mencionados ciudadanos, quienes actúan como “delegados de la empresa ODEBRECHT y afiliados al SINDICATO NACIONAL FUERZA POPULAR DE LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, MADERA, MAQUINARIAS PESADAS, VIALIDADES Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (F.P.T.), contra las postulaciones de los ciudadanos ARTURO PLAZA, JONATHAN SANDOVAL, JOSÉ VARILLAS, ERNESTO BARRIOS, NÉSTOR SUÁREZ, HERMES SILVA y YONANDIR GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 8.445.616, 13.160.074, 9.368.425, 4.898.985, 10.502.324, 10.078.757 y 6.247.240”.

 

El abogado Carlos Marquina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.574, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ MENDOZA, CARLOS CAMACHO, WILMAN SALAZAR, YAIL SOTO, ORLANDO TORO, ROMER ARROYO, NICASIO GONZÁLEZ, OLIVER GÓMEZ y ERASMO BEJARANO, presentó diligencia mediante la cual señaló la dirección a los fines de notificar a los ciudadanos Hermes Silva, Jonathan Sandoval y Ernesto Barrios de la sentencia N° 27 dictada por la Sala en fecha 15-05-2013 en la causa.

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2012-000069: Mauricio Subero Mujica, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.667, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ROSENZWEIG LEVY, titular de la cédula de identidad N° 3.018.355, interpone recurso de interpretación sobre el alcance e inteligencia del contenido del numeral 3 del artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la ciudadana Patricia Rosenzweig Levy, mediante la cual se notificó la Sentencia N° 202 de fecha 14-11-2012.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2013-000062: LUIS MONTILLA, titular de la cédula de identidad N° 5.781.058, asistido por la abogada Carmen Teresa Goicochea, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.446, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra “… ‘las actuaciones materiales y vías de hecho de Dirección Nacional de COPEI’, que pretende desconocer la postulación como candidato a Concejal al compañero ALEXANDER MOLINA (…) por la Circunscripción N° 5 del Municipio Libertador del Estado Mérida (…)” respecto a la  “…selección de Candidatos a Concejales del Partido COPEI que participan en las elecciones Municipales a efectuarse el 8 de Diciembre de 2013…”.

 

Se designó ponente al Magistrado OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la acción de amparo y la solicitud cautelar.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2012-000085: YULETZY CARMELIS GÓMEZ MORENO, titular de la cédula de identidad N° 13.675.164, actuando con el carácter de  Secretaria General y Representante Legal de la Organización Regional con fines Políticos Movimiento Revolucionario Barineses por Venezuela (MRBXV), asistida por el abogado Arnaldo Morillo Montilva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.592, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 120726-449 de fecha 26 de julio de 2012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se resolvió “Negar la solicitud de denominación a la organización con fines políticos MOVIMIENTO REVOLUCIONARIO BARINESES POR VENEZUELA (MRBXV) a nivel  regional en el Estado Barinas”. La Sala declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos. Ponente: JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO. Sentencia N° 104.

 

 

13.- Expediente N° AA70-E-2013-000030: Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite expediente contentivo de la demanda interpuesta por los ciudadanos AMANDA MEZZONI, RAMÓN RAMOS y ULICES CAPELLA, titulares de la cédula de identidad N° 8.533.833, 3.143.676 y 684.314, respectivamente, los dos primeros abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo el número 37.352 y 46.859, respectivamente,  contra “DEXISY SILVA Y MIGUEL RODRÍGUEZ, en su condición la primera como Presidenta de la Junta de Enlace, Área Comunes (saliente) del Conjunto Residencial Victoria, este segundo fungiendo como Vicepresidente (…) [por] la nulidad de la Elecciones dirigidas por estas personas  [que] se efectuó el jueves 21 de febrero del 2013”. Oficio N° 13-268 de fecha 26 de abril de 2013, remitiendo expediente N° AP31-V-2013-000454. (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza). La Sala  ACEPTÓ LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA que formulara el Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia, asumió la COMPETENCIA para conocer de la demanda de nulidad de elecciones realizadas el 21 de febrero de 2013, en el Conjunto Residencial Victoria. ACORDÓ remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de que se pronuncie acerca de la admisibilidad de la demanda. Ponente: JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO. Sentencia N° 105.

 

 

14.- Expediente N° AA70-E-2013-000036: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo de acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos AMANDA INFANTE, YENNY LUGO y GIOVANNI BOLÍVAR, titulares de la cédula de identidad número 3.769.143, 11.239.074 y 5.236.110, respectivamente, contra “…LA CONDUCTA ANTIJURÍDICA, E INCONSTITUCIONAL Y ACTIVA, CONTENIDA EN LA COMUNICACIÓN DE FECHA 22 DE Enero (sic) del presente año 2.001, dirigida al ciudadano Lic. Ubidelio Corona, (…) suscrito POR LOS CIUDADANOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL DE LA CAJA DE AHORROS DEL PERSONAL DEL EJECUTIVO DEL ESTADO APURE…”. Oficio N° 1313-0355 de fecha 08 de mayo de 2013 remitiendo expediente N°  AA50-T-2001-001029. (Nomenclatura de esa Sala Constitucional) (1 pieza). La Sala declaró 1.- ACEPTÓ LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA efectuada por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal y, en consecuencia, declaró su COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta, de conformidad con lo previsto en el numeral 3 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Ponente: JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO. Sentencia N° 106.

 

El Presidente,

  

   

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA                                              

               

                                                                

 

                                                                                                 La Secretaria,

 

 

 

    PATRICIA CORNET GARCÍA

 


 

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