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Sala Electoral
  • Fecha: 14 de agosto de 2013





CUENTA N°  115

 

Despacho del miércoles catorce (14) de agosto de 2013. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón, la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2013-000065: RODOLFO JOSÉ BELLO, titular de la cédula de identidad N°  8.876.695, asistido por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Pesas, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de agosto de 2013.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2013-000066: MARIA NINOSKA GARCÍA DE MORALES, titular de la cédula de identidad N° 10.108.366, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.169, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Ciclismo, cuyo acto de votación se fijó para el día 16 de agosto de 2013.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2013-000067: JOSÉ HUMBERTO RUJANO GUILLEN, titular de la cédula de identidad N° 15.074.313, asistido por la abogada María Ninoska García de Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.169, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Ciclismo, cuyo acto de votación se fijó para el día 16 de agosto de 2013.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2013-000063: EDER DARIO GONZÁLEZ MORILLO, titular de la cédula de identidad N° 7.817.700, asistido por el abogado William José Coronado González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.193, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “…las actuaciones materiales y vías de hecho de la Comisión Electoral Central de la Asociación Sindical de Empleados de la Universidad del Zulia (ASDELUZ), electa en Asamblea General de fecha veinticinco (25) de marzo del dos mil diez (2010), y en consecuencia de la convocatoria y elección de la nueva Junta Directiva de la Organización Sindical sub lite, para el periodo 2013-2015…”.

 

Se acordó solicitar a la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados de la Universidad del Zulia (ASDELUZ) los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 13-391. Asimismo, se comisionó al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de notificar a la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados de la Universidad del Zulia (ASDELUZ). Se libró Oficio N° 13-390 y Despacho. Igualmente se designó ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2013-000064: Jesús Onofre Araujo Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana BLANCA MERCEDES TASCÓN GUTIÉRREZ, titular de la cédula de identidad N° 11.501.796, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra “ … la Asamblea Nacional Ordinaria de la Dirección Nacional del Partido Nuevo Camino Revolucionario –NCR-, iniciada en fecha 08 de octubre de 2012, cuya acta fue registrada bajo el número 18 y 19 en fecha 01 de octubre de 2012 y la Asamblea Nacional Ordinaria de la Dirección Nacional del Partido Nuevo Camino Revolucionario –NCR-, iniciada  en fecha 10 de diciembre de 2012, cuya acta fue registrada bajo el número 28 en fecha 17 de diciembre de 2012 (…) además de solicitar el cese inmediato de las funciones del Comando Táctico protempore nombrado con ocasión a la constitución del partido Nuevo Camino Revolucionario –NCR- y sea reconocida como legítimas las elecciones internas celebradas el día 30 de enero de 2013, y con ellas las autoridades nacionales designadas para el periodo 2013-2016, (…) o en su defecto  se proceda a la constitución inmediata de un Equipo Promotor Electoral ad hoc, el cual tenga como propósito llevar a cabo las actividades para que sea  consultada la militancia del partico en cuanto a la designación de las autoridades nacionales para el periodo 2013-2016…”.

 

Se acordó solicitar al “Comando Táctico Protempore” del Partido Nuevo Camino Revolucionario –NCR-,   los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N° 13-389. Asimismo, se comisionó al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor),a los fines de notificar al “Comando Táctico Protempore” del Partido Nuevo Camino Revolucionario –NCR-. Se libró Oficio N° 13-388 y Despacho. Igualmente se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2013-000065: RODOLFO JOSÉ BELLO, titular de la cédula de identidad N°  8.876.695, asistido por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Pesas, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de agosto de 2013.

 

Se acordó solicitar la Comisión Electoral y la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su respectiva notificación. Se libraron Oficios 13-392 y 13-393. Igualmente se designó ponente a la  Magistrada JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO, a quien se ordena remitir el expediente de inmediato a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y las solicitudes cautelares.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2013-000066: MARIA NINOSKA GARCIA DE MORALES, titular de la cédula de identidad N° 10.108.366, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.169, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Ciclismo, cuyo acto de votación se fijó para el día 16 de agosto de 2013.

 

Se acordó solicitar la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Ciclismo, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionado con el recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se libró Oficios 13-394. Igualmente se designó ponente al Magistrado OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI, a quien se ordena remitir el expediente de inmediato a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2013-000067: JOSÉ HUMBERTO RUJANO GUILLEN, titular de la cédula de identidad N° 15.074.313, asistido por la abogada María Ninoska García de Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.169, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Ciclismo, cuyo acto de votación se fijó para el día 16 de agosto de 2013.

 

Se acordó solicitar la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Ciclismo, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionado con el recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se libró Oficios 13-403. Igualmente se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a quien se ordena remitir el expediente de inmediato a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.

 

 

ACTUACIÓN EN:

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2012-000115: EDGAR ARGENIS CASTILLO y VICTOR OSWALDO PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 8.196.703 y 8.190.712, respectivamente, el segundo inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 145.082, actuando en nombre propio y asistiendo al primero, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el acto administrativo dictado por la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Préstamo de Jubilados y Pensionados de la Policía del estado Apure (CAPJUPPEA), de fecha 27 de noviembre de 2012, respecto a las elecciones de la referida Caja de Ahorro, período 2012-2015.

 

Se agregó al expediente el cartel original.

10.- Expediente N° AA70-E-2013-000024: LUIS ALEXANDER PINO ARAQUE, PAULO ALFREDO ARRÁIZ ALCALÁ y SERGIO JESÚS ROJAS GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad N° 10.103.000, 10.801.428 y 8.953.299, respectivamente, asistidos por el abogado Rosalio Montero Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra “…el numeral 2 del artículo 14 del Reglamento General de la Universidad Nacional Experimental “Simón Bolívar”, y contra el artículo 25 del Reglamento de Elecciones de la Universidad Nacional Experimental Simón Bolívar, así como contra actuaciones del Consejo Directivo y de la Comisión Electoral de la UNESB…”, respecto al proceso de elecciones del Rector, Vicerrectores y Secretario para el periodo 2013-2017, de la referida Casa de Estudios.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2013-000047: TRINO RAFAEL GUILARTE MUJICA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.211, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES ASISTENCIALES DEL ESTADO YARACUY (SINTRA-ASIS), interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120726-0400 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 26-07-2012, publicada en Gaceta Electoral N° 642 del 10-09-2012, que declaró “PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos LESBIA PERDOMO y YADIRA OROPEZA, venezolanas, titulares de las cédulas de identidad números 7.553.361 y 12.282.737, respectivamente, actuando en su carácter de integrantes de la Plancha N° 2 en el proceso electoral del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES ASISTENCIALES DEL ESTADO YARACUY (SINTRA-ASIS), mediante el cual solicitan la declaratoria de inelegibilidad de varios ciudadanos miembros de las autoridades de dicho sindicato. SEGUNDO: INELEGIBLES los ciudadanos CARMELO CASTILLO, PEDRO CASTILLO, MIGDALIA LÓPEZ, PEDRO YOVERA, YSAIAZ FIGUEROA, ALQUIMEDES LEÓN, XIOMARA AMAYA y LUIS PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.577.339, 4.436.606, 7.559.556, 7.555.316, 7.586.756, 7.593.324, 5.546.611 y 7.577.925”.

 

Por recibido  en fecha 12-08-2013 Oficio N° 254/13 de fecha 07-08-2013, emanado del Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, anexo al cual remitió la comisión librada en fecha 17-06-2013, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2012-000018: OMAIRA DE LA COROMOTO SAAVEDRA, PABLO VALMORE PÉREZ, ANA YSMARY CRESPO RODRÍGUEZ, LUIS ENRIQUE RODRÍGUEZ y ULISES ANTONIO SUÁREZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.311.129, 5.939.720, 10.778.076, 7.375.102 y 7.327.647, respectivamente, asistido por el abogado Luis Alberto Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.565, interponen recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 120119-007 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 19 de enero de 2012 publicada en Gaceta Electoral N° 596 de fecha 06 de febrero de 2012, mediante la cual resolvió “PRIMERO: ABSTENERSE DE CERTIFICAR el proceso electoral efectuado el 07 de junio de 2011 por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SALUD DEL ESTADO LARA (SINTRASALUD). SEGUNDO: INSTAR a las autoridades del SINDICATO (…) a que de conformidad con lo establecido en sus Estatutos Internos, se convoque a una Asamblea General de Afiliados en la que se designe una nueva Comisión Electoral que se encargue de organizar la elección de sus directivos sindicales” (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo establecido en el artículo “19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad con el artículo 213 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales”(Remitido mediante  Oficio N° 695-2012 de fecha 02 de marzo de 2012, constante de (86) folios útiles.

 

Vista la Sentencia N° 67 de fecha 23 de julio de 2013, se acordó notificar a la parte recurrente, ciudadanos Omaira de la Coromoto Saavedra, Pablo Valmore Pérez, Ana Ysmary Crespo Rodríguez, Luis Enrique Rodríguez y Ulises Antonio Suárez, al Ministerio Público y al Consejo Nacional Electoral. Se libraron boleta y Oficio 13-396 y 13-397. Asimismo, se comisionó al Juzgado del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor), a los fines de notificar de la referida decisión a la parte recurrente, Se libró Oficio N° 13-395 y Despacho.

 

 

13.- Expediente N° AA70-E-2011-000059: JESÚS DAVID RODRÍGUEZ SEGOVIA, titular de la cédula de identidad número 3.667.219, asistido por su apoderada judicial abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 80.698, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución “SECCIONAL MIRANDA” dictada por el Comité Ejecutivo Nacional de Acción Democrática, el 11-05-2011, mediante la cual “ese órgano partidista [lo] sustituyó del cargo de Secretario General del Comité Ejecutivo Seccional en el estado Miranda (CES-Miranda)”.

 

Vista la Sentencia N° 65 de fecha 23-07-2013, se acordó notificar el referido fallo a la parte recurrente, al ciudadano Henry Ramos Allup, en su condición de Secretario General Nacional de Acción Democrática, al Comité Ejecutivo Nacional de Acción Democrática, a la ciudadana Miriam Do Nascimento, al Ministerio Público y a los ciudadanos Dagoberto Vaamonde, María Ramírez, Benicia Prieto, Eustacio Rojas, Vianny Hernández, Johnny Páez, Sheyla Perregil, Joel Isaac, Basilio García, Odilio Brito, Jesús Alayon, Mario Baldirio, Simón Espejo, Ángel Martínez, María Liendo, María Zarate, Sócrate Manaure, Valentín Mérida, Numar Oses, Ingrid Pedrique, Mercedes Loroima, Rita Aliendres, Hernán Lugo, Jaime David Martínez, Pedro Pacheco, Rafael Serrano, Alejandrina Monasterio, Victoria Pérez, Xiomara Quintero, Miguel Alonso, Rosiris Aguilera, Ángel Oliveros, José Barros, Ignacio Brito, Julio Medina, Graisely Agudelo, Manuel Martínez, María Abello, Romer Martínez, María Acosta y Julio Medina. Se libraron boletas y Oficio N° 13-403 y 13-402. Asimismo, se acordó comisionar al Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, a los fines de practicar las notificaciones de los ciudadanos Dagoberto Vaamonde, María Elena Ramírez de Perregil, Benicia Prieto de Cordova, Eustacio Germán Rojas Farías, Vianny José Hernández Yánez, Johnny Esteban Páez Gutiérrez, Sheyla Erika Perregil Ramírez y a los ciudadanos María Antonia Zarate García, Sócrate Alcides Manaure Urbina, Valentín Cristino Mérida Arteaga, Numar Oses, Ingrid Margarita Pedrique Álvarez, Mercedes Eduviges Loroima Ramos, Rita Ibis Aliendres Lozada, Hernan Rafael Lugo Hernández, Jaime David Bande Martínez, Pedro Orea Pacheco, Rafael Ángel Serrano Hernández, Alejandrina Monasterio de Serrano, Victoria Pérez de Márquez, Xiomara Josefina Quintero Escobar, Miguel Alejandro Alonso Ruíz, Rosiris Mercedes Aguilera Urbina y Ángel Rafael Oliveros Maita, para lo cual se ordena librar despacho al mencionado Juzgado. Se libró Oficio N° 13-400 y Despacho.

 

 

14.- Expediente N° AA70-E-2012-000038: MAGALY MORA, EFRAIN GAMBOA, MARÍA PEÑA, ALEXIS BORGES, JOSÉ GILBERTO BARRIOS y YOBANI ENRIQUE DÍAZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.220.227, 4.296.067, 2.989.687, 635.787, 3.036.362 y 4.165.280, respectivamente, actuando con el carácter de Directivos de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre, asistidos por la abogada Silvia Carolina Calderón Escobar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 102.782, interponen recurso contencioso electoral con medida cautelar contra la convocatoria aparecida en el Diario "ÚLTIMAS NOTICIAS"  el 16 de mayo de 2012 "por no tener (la) Comisión Electoral Nacional competencia para convocar a un proceso Electoral de la nuevas autoridades de ANJUPEN".

 

Vista la decisión N° 70 del 23-07-2013, se acordó notificar a la parte recurrente, a los ciudadanos Humboldt Wilson González, Enrique Stein Orta, Alfredo Hernández y Guillermo Hurtado, al Ministerio Público, así como a la “Junta Directiva Transitoria” de ANJUPEN y al ciudadano Luis Felipe Durán Marín, en su condición de Director General (E) de la Oficina de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para Transporte Terrestre. Se libraron Boletas y Oficios 13-387, 13-385 y 13-386. Finalmente, se acordó librar carteles de notificación a las ciudadanas Dinorah González y Carmen Laya de Marcano, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel respectivo, se les tendrá por notificadas.

 

 

15.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010,  publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con  Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María  Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 08-08-2013 por el abogado Nelis Emiro Carrero Soto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.211, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A. Banco Universal (SINTRACORPBANCA), mediante la cual solicitó la devolución de los documentos que rielan a los folios 08 al 10 y 346 al 486 del expediente, la Sala ACORDÓ la devolución de los mismos, previa su certificación en autos.

 

 

16.- Expediente N° AA70-E-2013-000066: MARIA NINOSKA GARCÍA DE MORALES, titular de la cédula de identidad N° 10.108.366, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.169, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Ciclismo, cuyo acto de votación se fijó para el día 16 de agosto de 2013.

 

Vista la Sentencia N° 112 de fecha 14-08-2013, se acordó notificar a la Comisión Electoral, a la Junta Directiva y al Ministerio Público. Se libraron  Oficio N° 13-405, 13-404 y 13-406. Igualmente se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de la respectiva notificación, para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

17.- Expediente N° AA70-E-2013-000059: YDANIA SILVA, titular de la cédula de identidad N° 13.135.198, asistida por la abogada Doris Silva Dávila, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 71.085, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra Resolución N° 130620-0135 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20 de junio de 2013, publicada en Gaceta Electoral N° 677 de fecha 19 de julio de 2013, en la cual se resolvió “…Levantar Parcialmente la sanción a la Resolución N° 130118-0013 de fecha 18 de enero de 2013, publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela n° 664 del 27 de febrero de 2013…”, contentiva de “…las Normas para Regular la Verificación y Certificación de Manifestaciones de Voluntad en Apoyo a las Personas que Aspiren Postularse por Iniciativa Propia a los Cargos de Elección Popular…”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-377, librado al Consejo Nacional Electoral mediante el cual se solicitó los fines solicitarle los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

18.- Expediente N° AA70-E-2013-000059: YDANIA SILVA, titular de la cédula de identidad N° 13.135.198, asistida por la abogada Doris Silva Dávila, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 71.085, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra Resolución N° 130620-0135 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20 de junio de 2013, publicada en Gaceta Electoral N° 677 de fecha 19 de julio de 2013, en la cual se resolvió “…Levantar Parcialmente la sanción a la Resolución N° 130118-0013 de fecha 18 de enero de 2013, publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela n° 664 del 27 de febrero de 2013…”, contentiva de “…las Normas para Regular la Verificación y Certificación de Manifestaciones de Voluntad en Apoyo a las Personas que Aspiren Postularse por Iniciativa Propia a los Cargos de Elección Popular…”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-379, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se notificó la Sentencia  N° 103 de fecha 08-08-2013 y el auto de fecha 08-08-2013.

 

19.- Expediente N° AA70-E-2013-000051: MANUEL SANTIAGO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.891.034 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.905, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso de elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor para el período 2013-2017 de la Asociación Civil Federación venezolana de Coleo, cuyo acto de votación se fijó para el día 27 de julio de 2013.

 

El abogado Manuel Santiago Rodríguez Silva, titular de la cédula de identidad N° 6.891.034 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.905, actuando en su carácter de parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó la página 35 del Diario "Últimas Noticias" donde apareció publicado el cartel de emplazamiento.

 

 

20.- Expediente N° AA70-E-2012-000077: PEDRO CELESTINO VELIZ ACUÑA, DICK ANTONIO GUANIQUE GARVÁN, NELSON JOSÉ GÓMEZ RODRÍGUEZ, AMILCAR ERNESTO MORALES PEÑA y EDUARDO JOSÉ TORRES MUÑOZ, titulares de la cédula de identidad N° 2.927.005, 4.497.550, 8.329.776, 13.111.208 y 12.726.145, respectivamente, siendo el primero de ellos Presidente y los demás miembros del Comité Político Nacional de bandera Roja, asistidos por el abogado Carlos Alberto Guevara solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.575,asistidos por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.575, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Organizadora del Congreso del Partido Bandera Roja, respecto a la convocatoria del Congreso del referido Partido a realizarse los días 17, 18 y 19 de agosto de 2012  para elegir a las autoridades del Partido.

 

El abogado HENRY ESCALONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.269, actuando en su propio nombre e invocando el carácter de miembro de la Comisión Electoral de la Organización con fines Políticos Bandera Roja, presentó diligencia mediante la cual consignó documentación dirigida al Consejo Nacional Electoral relativa al cumplimiento de la sentencia de fecha 15-05-2013.

 

 

21.- Expediente N° AA70-E-2013-000047: TRINO RAFAEL GUILARTE MUJICA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.211, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES ASISTENCIALES DEL ESTADO YARACUY (SINTRA-ASIS), interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120726-0400 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 26-07-2012, publicada en Gaceta Electoral N° 642 del 10-09-2012, que declaró “PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos LESBIA PERDOMO y YADIRA OROPEZA, venezolanas, titulares de las cédulas de identidad números 7.553.361 y 12.282.737, respectivamente, actuando en su carácter de integrantes de la Plancha N° 2 en el proceso electoral del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES ASISTENCIALES DEL ESTADO YARACUY (SINTRA-ASIS), mediante el cual solicitan la declaratoria de inelegibilidad de varios ciudadanos miembros de las autoridades de dicho sindicato. SEGUNDO: INELEGIBLES los ciudadanos CARMELO CASTILLO, PEDRO CASTILLO, MIGDALIA LÓPEZ, PEDRO YOVERA, YSAIAZ FIGUEROA, ALQUIMEDES LEÓN, XIOMARA AMAYA y LUIS PÉREZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.577.339, 4.436.606, 7.559.556, 7.555.316, 7.586.756, 7.593.324, 5.546.611 y 7.577.925”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-324, librado al Ministerio Público, mediante el cual se notificó el auto de admisión de fecha 17-07- 2013.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

22.- Expediente N° AA70-E-2013-000059: YDANIA SILVA, titular de la cédula de identidad N° 13.135.198, asistida por la abogada Doris Silva Dávila, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 71.085, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra Resolución N° 130620-0135 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20 de junio de 2013, publicada en Gaceta Electoral N° 677 de fecha 19 de julio de 2013, en la cual se resolvió “…Levantar Parcialmente la sanción a la Resolución N° 130118-0013 de fecha 18 de enero de 2013, publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela n° 664 del 27 de febrero de 2013…”, contentiva de “…las Normas para Regular la Verificación y Certificación de Manifestaciones de Voluntad en Apoyo a las Personas que Aspiren Postularse por Iniciativa Propia a los Cargos de Elección Popular…”.

 

Los abogados María Eugenia Peña Valera y Carlos Castro Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 52.044 y 90.583, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito así como la copia del poder que los acredita para actuar como apoderados judiciales del mencionado Órgano Electoral y formar una (01) pieza separada con los recaudos restantes que acompañaron al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

23.- Expediente N° AA70-E-2012-000107: José Del Carmen Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.495, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JESÚS ANTONIO RAMÍREZ, FREDDY ROJAS, ALFREDO JOSÉ PÉREZ GUEVARA y CARLOS JOSÉ GIMÉNEZ ALVARADO, titulares de la cédula de identidad N° 584.970, 5.224.434, 3.502.388 y 3.323.044, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución N° 120919-0543 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19 de septiembre de 2012 publicada en Gaceta Electoral N° 651 de fecha 18 de octubre de 2012, que declaró “PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso Jerárquico interpuesto por el ciudadano LUIS MIGUEL MEDINA FLORES (…) actuando en su carácter de afiliado al SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ENSEÑANZA DEL ESTADO GUÁRICO (SINTEG), afiliado a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA ENSEÑANZA Y AFINES DE VENEZUELA (FETRAENSEÑANZA), contra la postulación de varios ciudadanos miembros de las autoridades de dicha Federación, por razones de inelegibilidad. SEGUNDO: INELEGIBLES los ciudadanos JESÚS RAMÍREZ, RAMÓN JIMÉNEZ, FREDDY ROJAS, ALFREDO PÉREZ, CARLOS JIMÉNEZ, MANUEL ESPAÑA, JOSÉ PADRINO, GAETANO BONZIGNORE, YOLANDA BETANCOURT, CARMEN PADRÓN, XIOMARA PORTILLO, FREDDY ALEJOS, FRANCISCO MATTEY, RÉGULO DÍAZ y ROBERTO CAMPERO…”.

 

La abogada Roxana Orihuela, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.907, actuando con el carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público ante la Sala, consignó escrito de Informes. 

 

 

24.- Expediente N° AA70-E-2012-000024: José Cabello Granado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano GILBERTO CÁCERES, titular de la cédula de identidad N° 15.384.944, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar  contra la Resolución N° 120202-0031 dictada en fecha 02 de febrero de 2012 por el Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 603 de fecha 05 de marzo de 2012, la cual declaró “INADMISIBLE el recurso interpuesto por el ciudadano GILBERTO CÁCERES, (…) en su condición de Coordinador General del SINDICATO REVOLUCIONARIO DE OBREROS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO BARINAS (SINREOMEDEB), en el cual solicit[ó] la declaratoria de inelegibilidad de los miembros de la Junta Directiva, Comisión de Ética y Disciplinaria y Comisión de Contraloría y Finanzas de la FEDERACIÓN NACIONAL DE OBREROS BOLIVARIANOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES (FENOBOLMED)”.

 

La abogada Roxana Orihuela, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.907, actuando con el carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público ante la Sala, consignó escrito de Informes.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

ACTUACIÓN EN:

 

 

25.-  Expediente N° AA70-E-2013-000019: Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por el ciudadano SALVATORE PROVENZANO MANTIONE, titular de la cédula de identidad N° 10.173.094, asistido por el abogado José Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.808, contra “el Presidente, Vicepresidente y Secretario de la Comisión Electoral de la Asociación Civil AEROCLUB SAN CRISTÓBAL, C.A., ciudadanos JOHNNY MANUEL MEDINA BOZIC, DANIEL ENRIQUE GÓMEZ DE LA VEGA FONTIVEROS y EMERSON ALEXIS HERNÁNDEZ PABON”, respecto a las elecciones de la Junta Directiva de la referida Asociación, cuyo acto de votación se fijó para los días 15, 16 y 17 de marzo de 2013. Oficio N° 203 de fecha 26 de marzo de 2013, remitiendo expediente N° 18993. (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza).

 

Vista la Sentencia N° 63 de fecha 23 de julio de 2013, se acordó notificar a la parte accionante y a la Comisión Electoral de la Asociación Civil AEROCLUB SAN CRISTOBAL C.A. Se libraron boletas. Asimismo, se comisionó al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal, a los fines de notificar al ciudadano SALVATORE PROVENZANO MANTIONE (parte accionante) y a la Comisión Electoral de la Asociación Civil AEROCLUB SAN CRISTOBAL C.A. Se libró Oficio N° 13-399 y Despacho. Finalmente, se acordó remitir copia certificada del referido fallo al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal, para lo cual se ordena librar oficio. Se libró Oficio N° 13-398.

 

 

26.- Expediente N° AA70-E-2013-000057: JOSÉ ANTONIO PLAZA ARISTIMUÑO y ANGEL ENRIQUE MARTÍNEZ, titulares de la cédula de identidad N° 5.518.313 y 6.517.644, asistidos por el abogado Idelfonso José Araujo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.283, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar en contra de la Dirección Nacional del Partido Voluntad Popular Activista (VPA).

 

Vista la diligencia presentada en fecha 08-08-2013 por los ciudadanos José Antonio Plaza y Ángel Enrique Martínez, titulares de la cédula de identidad N° 5.518.313 y 6.517.644, respectivamente, en su carácter de parte accionante, asistidos por el abogado Idelfonso José Araujo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.283, mediante la cual solicitaron copia certificada de todo el expediente, la Sala ACORDÓ y NEGÓ según el caso las copias certificadas solicitadas.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

 

27.- Expediente N° AA70-E-2013-000054: MANUEL MARIANO MÁRQUEZ CASTRO, titular de la cédula de identidad N° 8.542.394 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.195, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “el proceso de elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor, Delegados de los Atletas, Delegados de los Jueces y Delegado del Personal Técnico, que forman parte integrante de esos órganos de la Federación y de los Delegados de Delegados de los Atletas, Delegados de los Jueces y Delegado del Personal Técnico, ante la Asamblea General de la Federación Venezolana de Deportes Ecuestres” para el período 2013-2017, cuyo acto de votación se fijó para el día 03 de agosto de 2013. La Sala declaró: HOMOLOGÓ el desistimiento del procedimiento solicitado por el abogado Gerardo Pradera Moreno, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano MANUEL MARIANO MÁRQUEZ CASTRO y su menor hija ANNA HELENA MÁRQUEZ DALY. En consecuencia, se dejó sin efecto la suspensión del proceso electoral pautado para el día 3 de agosto de 2013, acordada por la Sala Electoral en su Sentencia N° 83 del 1° de agosto de 2013. Ponente: JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 108.

 

 

28.- Expediente N° AA70-E-2013-000062: LUIS MONTILLA, titular de la cédula de identidad N° 5.781.058, asistido por la abogada Carmen Teresa Goicochea, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.446, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra “… ‘las actuaciones materiales y vías de hecho de Dirección Nacional de COPEI’, que pretende desconocer la postulación como candidato a Concejal al compañero ALEXANDER MOLINA (…) por la Circunscripción N° 5 del Municipio Libertador del Estado Mérida (…)” respecto a la  “…selección de Candidatos a Concejales del Partido COPEI que participan en las elecciones Municipales a efectuarse el 8 de Diciembre de 2013…”. La Sala declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer y decidir la acción de amparo constitucional, interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta, de conformidad con el artículo 6, numeral 3, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. 3.- INOFICIOSO el pronunciamiento sobre la medida cautelar innominada solicitada. Ponente: OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI. Sentencia N° 109.

 

 

29.- Expediente N° AA70-E-2013-000055: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Freddy Julián Bruzual y Pedro Antonio Valera, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 64.727 y 70.096, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano JOSÉ FRANCISCO HIDALGO BELLO, titular de la cédula de identidad número 5.405.803, contra la Caja de Ahorros del Instituto Nacional de Nutrición (CATINN). Oficio N° 13-0848 de fecha 30 de julio de 2013, remitiendo Expediente N° AA50-T-2013-000417 (Nomenclatura de la Sala Constitucional) (1 pieza). La Sala declaró: 1.- ACEPTÓ LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA efectuada por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal y, en consecuencia, declaró su COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta, de conformidad con lo previsto en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Ponente: JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO. Sentencia N° 110.

 

 

30- Expediente N° AA70-E-2013-000065: RODOLFO JOSÉ BELLO, titular de la cédula de identidad N°  8.876.695, asistido por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Pesas, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de agosto de 2013. La Sala declaró: La Sala declaró: 1.-COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral. 3.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar solicitada. Ponente: JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO. Sentencia N° 111.

 

 

31.- Expediente N° AA70-E-2013-000066: MARIA NINOSKA GARCÍA DE MORALES, titular de la cédula de identidad N° 10.108.366, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.169, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Ciclismo, cuyo acto de votación se fijó para el día 16 de agosto de 2013. La Sala declaró: La Sala declaró: 1.-COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. 2.- PROCEDENTE el amparo cautelar,  en consecuencia SUSPENDIÓ el acto de votación del 16 de agosto de 2013, convocado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Ciclismo para elegir a la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor  de la mencionada  Federación. Ponente: OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI. Sentencia N° 112.

 

 

32.- Expediente N° AA70-E-2013-000067: JOSÉ HUMBERTO RUJANO GUILLEN, titular de la cédula de identidad N° 15.074.313, asistido por la abogada María Ninoska García de Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.169, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Ciclismo, cuyo acto de votación se fijó para el día 16 de agosto de 2013. La Sala declaró: La Sala declaró: 1.-COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar. 2.- INADMITIÓ el recurso contencioso electoral. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 113.

 

 

 

El Presidente,

  

   

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA                                              

               

                                                                                                                                                                                              La Secretaria,

 

 

 

    PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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