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CUENTA N° 84
Despacho del martes dieciocho (18) de junio de 2013. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón, la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° AA70-E-2013-000043: Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el ciudadano SERGUEIT JUAN CARLOS HERNÁNDEZ GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° 6.118.665, asistido por el abogado Reinaldo Sánchez Escorihuela, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.477, en el SINDICATO DE EMPLEADOS PÚBLICOS DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS (SEPIVIC). Oficio N° 008970-13 de fecha 04 de junio de 2013, remitiendo Expediente N° AP21-S-2013-001291. (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza).
Se dio cuenta a la Sala.
INFORMES ORALES EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2012-000060: FRANKLIN VIDAL LÓPEZ, CARMEN CELINA CAMACARO, IVAN ALFREDO TAPÍAS, JORGE RAFAEL OLIVARES, LÓPEZ ESTRADA DORIAN RENE, EDUARDO JAVIER NAVEDA PONCE y JOSÉ GREGORIO GUTIÉRREZ, titulares de la cédula de identidad N° 4.884.594, 9.064.954, 6.860.899, 4.164.437, 19.565.143, 6.173.490 y 9.414.427, respectivamente, asistidos por los abogados David Salomón Plaza Ramírez y Mariela Cristina Salcedo Camacho, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 72.774 y 121.089, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), respecto a las elecciones cuyo acto de votación tuvo lugar el día 10 de julio de 2012, en la referida Caja de Ahorros.
Abierto el acto, se dejó constancia que se encontraba presente el ciudadano Franklin Vidal López, titular de la cédula de identidad número 4.884.594, parte recurrente, representado por los abogados David Plaza y Mariela Cristina Salcedo Camacho. Así mismo se verificó la presencia de la ciudadana Rosa Eugenia Mendoza Ovalles, titular de la cédula de identidad N° 4.590.765, invocando el carácter de tercera coadyuvante en la causa, representada por el abogado David Plaza. Igualmente se dejó constancia que se encontraba presente el ciudadano Rafael Antonio Rojas Velásquez, titular de la cédula de identidad N° 6.167.471, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital C.A.T.J.P.A.M.L.D.C., representado por el abogado José Clemente Bolívar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.819, parte recurrida. Del mismo modo, se dejó constancia de la asistencia de los ciudadanos Domingo Romero, Elio Sánchez, Andrea Sotillo, Jesús Niazao, Francisco Perozo Y Xiolys Gil, titulares de las cédulas de identidad N° 6.004.760, 6.049.367, 6.306.908, 3.457.477, 6.430.817 y 12.510.832, respectivamente, miembros del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital, así como del ciudadano Rufo Peña, titular de la cédula de identidad N° 2.100.970, quien actúa con el carácter de miembro del Consejo de Vigilancia de la aludida Caja de Ahorros, todos representados por la abogada Nancy Rivas, Inpreabogado N° 78.328. Por otra parte, se dejó constancia de la asistencia la abogada Eira Torres, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 39.288, Fiscal Provisoria de la Fiscalía Primera del Ministerio Público designada para actuar ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Seguidamente, el Presidente de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes y la representante del Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales.
ACTUACIÓN EN:
3.- Expediente N° AA70-E-2013-000013: ARGELIA DE JESUS AGUIRRE DE FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad N° 4.139.369, Alcaldesa del Municipio Achaguas del estado Apure, asistida por el abogado Dennis Alberto Orta Puerta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.854, interpone recurso contencioso electoral a los fines que “…le ordene al Consejo Nacional Electoral, no realizar elecciones de Alcalde o Alcaldesa en el Municipio Achaguas del Estado Apure, hasta tanto se cumpla íntegramente el período de 4 años…”.
El Juzgado de Sustanciación se pronunció sobre las pruebas promovidas por el abogado Dennis Alberto Orta Puerta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.854, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, admitiendo las mismas según el caso. Asimismo, negó la intervención del ciudadano José Douglas Linares, en consecuencia, ningún pronunciamiento cabe respecto a las pruebas promovidas en fecha 06-06-2013.
4.- Expediente N° AA70-E-2012-000060: FRANKLIN VIDAL LÓPEZ, CARMEN CELINA CAMACARO, IVAN ALFREDO TAPÍAS, JORGE RAFAEL OLIVARES, LÓPEZ ESTRADA DORIAN RENE, EDUARDO JAVIER NAVEDA PONCE y JOSÉ GREGORIO GUTIÉRREZ, titulares de la cédula de identidad N° 4.884.594, 9.064.954, 6.860.899, 4.164.437, 19.565.143, 6.173.490 y 9.414.427, respectivamente, asistidos por los abogados David Salomón Plaza Ramírez y Mariela Cristina Salcedo Camacho, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 72.774 y 121.089, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), respecto a las elecciones cuyo acto de votación tuvo lugar el día 10 de julio de 2012 en la referida Caja de Ahorros.
Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de los informes orales celebrados en esta misma fecha.
5.- Expediente N° AA70-E-2012-000110: MAGDALENA MARÍA GONZÁLEZ DELGADO, ROSA ANGELICA AGUILAR y ANA COROMOTO HERNÁNDEZ DE PIÑERO, titulares de la cédula de identidad N° 6.037.814, 4.550.611 y 4.848.284, respectivamente, asistidos por el abogado Gabriel Jesús Espinosa García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.645, interponen recurso contencioso electoral mediante el cual solicitaron “la NULIDAD de este proceso electoral y así mismo Suspenda los Efectos de Ejecución del Acto de Votación…”, respecto a las elecciones celebradas el 31 de julio de 2012, de las autoridades del Sindicato Estadal Integral Sectorial de los Trabajadores de la Salud del estado Aragua (SISTRASALUD ARAGUA).
Se libró cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el auto de fecha 27-05-2013, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias", y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia que si incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.
6.- Expediente N° AA70-E-2012-000043: VICTOR CEDEÑO, ARACELIS CARDEL y CARLOS BEHRENDS VALERO, titulares de la cédula de identidad N° 5.334.389, 5.312.091 y 17.376.851, respectivamente, asistidos por el abogado Carlos Guevara, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 28.575, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización con fines Políticos COPEI Partido Popular, a los fines que se “Declare nulo el proceso electoral para la escogencia de la (sic) autoridades nacionales, estadales y municipales de la organización con fines políticos COPEI Partido Popular que se celebró el 16 de junio de 2012”.
Visto que el 30-05-2013, se fijó el día jueves 20-06-2013, a las 10:30 a.m., para que las partes presenten sus informes en forma oral, la Sala en razón de las ocupaciones inherentes a la Alta Investidura de los Magistrados acordó diferir el referido acto, y fijó el día martes 16-07-2013, a las 10:30 a.m., para la realización del mismo.
7.- Expediente N° AA70-E-2013-000035: ROSMELY SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.573.667, asistida por la abogada Limelly Piña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 180.908, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra “la convocatoria a elecciones realizada por la Comisión Organizadora de las Elecciones para la elección de los miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC, así como contra la elección de las Comisiones Electorales que fraudulentamente se pretenden constituir en el mencionado Sindicato…”, cuyo acto de votación se fijó para el día 30 de julio de 2013.
Por recibido en fecha 17-06-2013, Oficio N° 439-2013 de fecha 13-06-2013, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 22-05-2013, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
8.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana Omaira Rosales R., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.
9.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Juan José Rivas, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
10.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Manuel A. Quiñones, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
11.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Franklin Medina, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
12.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana Gladys Hernández, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.
13.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano José Acosta, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
14.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Iván Rodríguez, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
15.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Eugenio Gómez, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
16.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano José Correa, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
17.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana Mariana Reyes, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.
18.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Ángel Herrera, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
19.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Ricardo Suárez, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
20.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Roinel Acosta, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
21.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana María Hernández, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.
22.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Wilbur Marín, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
23.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana Ana Katiuska Lameda, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.
24.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana Carmen Chávez, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarla de la Sentencia N° 49 de fecha 05-06-2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
25.- Expediente N° AA70-E-2012-000060: FRANKLIN VIDAL LÓPEZ, CARMEN CELINA CAMACARO, IVAN ALFREDO TAPÍAS, JORGE RAFAEL OLIVARES, LÓPEZ ESTRADA DORIAN RENE, EDUARDO JAVIER NAVEDA PONCE y JOSÉ GREGORIO GUTIÉRREZ, titulares de la cédula de identidad N° 4.884.594, 9.064.954, 6.860.899, 4.164.437, 19.565.143, 6.173.490 y 9.414.427, respectivamente, asistidos por los abogados David Salomón Plaza Ramírez y Mariela Cristina Salcedo Camacho, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 72.774 y 121.089, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital (CATJPAMLDC), respecto a las elecciones cuyo acto de votación tuvo lugar el día 10 de julio de 2012 en la referida Caja de Ahorros.
La abogada EIRA TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 39.288, actuando con el carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Primera del Ministerio Público ante el Tribunal Supremo de Justicia, presentó escrito mediante el cual expresó la opinión del Ministerio Público en la causa.
26.- Expediente N° AA70-E-2013-000035: ROSMELY SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.573.667, asistida por la abogada Limelly Piña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 180.908, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra “ la convocatoria a elecciones realizada por la Comisión Organizadora de las Elecciones para la elección de los miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC, así como contra la elección de las Comisiones Electorales que fraudulentamente se pretenden constituir en el mencionado Sindicato…”, cuyo acto de votación se fijó para el día 30 de julio de 2013.
La ciudadana ROSMELY SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.573.667, parte recurrente, asistida por el abogado Carlos Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.453, presentó escrito mediante el cual solicitó pronunciamiento en la causa sobre la admisión y reforzó los argumentos de la medida cautelar solicitada.
27.- Expediente N° AA70-E-2013-000035: ROSMELY SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.573.667, asistida por la abogada Limelly Piña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 180.908, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra “ la convocatoria a elecciones realizada por la Comisión Organizadora de las Elecciones para la elección de los miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. NUTRITEC, así como contra la elección de las Comisiones Electorales que fraudulentamente se pretenden constituir en el mencionado Sindicato…”, cuyo acto de votación se fijó para el día 30 de julio de 2013.
La ciudadana ROSMELY SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.573.667, parte recurrente, asistida por el abogado Carlos Pacheco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.453, presentó escrito mediante el cual consignó la página 9 del Diario Notitarde de fecha 18-06-2013, donde apareció publicado convocatoria efectuada por la Comisión Organizadora de las elecciones de Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Sindicato de Trabajadores de Nutrición Técnica, C.A. (NUTRITEC).
DILIGENCIA EN:
28.- Expediente N° AA70-E-2013-000041: Oscar Ghersi, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.158, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HENRIQUE CAPRILES RADONSKI, titular de la cédula de identidad N° 9.917.631, interpone recurso contencioso electoral contra “la omisión del CNE al no pronunciarse oportuna y expresamente sobre todas y cada una de las solicitudes contenidas en las peticiones introducidas por mi representado ante ese órgano electoral en fechas 17 y 22 de abril de 2013”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13.271, librado al Consejo Nacional Electoral, a los fines de solicitarle los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.
29.- Expediente N° AA70-X-2012-000006: (CUADERNO SEPARADO): KARINA ORDOÑEZ y MÓNICA MARTÍNEZ, titulares de la cédula de identidad N° 11.104.261 y 8.613.388, actuando con el carácter de Secretaria General y Secretaria de Organización del Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC), respectivamente, asistidas por la abogada Lourdes Yrureta, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20.860, se oponen a la medida cautelar acordada por la Sala Electoral en Sentencia Nº 160 del 17-08-2012. (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000081).
El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta, librada a las ciudadanas Karina Jeamilet Ordóñez Sánchez y Mónica Emilia Martínez Delgado, mediante la cual se les notificó la Sentencia N° 167 de fecha 05-11-2012.
30.- Expediente N° AA70-X-2012-000007: (CUADERNO SEPARADO) YRIA PÉREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.927, MERY SOSA, JOSÉ ENRIQUE SÁNCHEZ FLORES, SOL MORABIA ARANGUREN DE CAMPERO y ANA CECILIA RODRÍGUEZ BRACAMONTE, titulares de la cédula de identidad N° 5.961.506, 5.218.872, 2.993.062 y 6.844.766, respectivamente, se oponen a la medida cautelar de suspensión de efectos dictada por la Sala en Sentencia Nº 152 de fecha 13 de agosto de 2012. (Expediente Principal AA70-E-2012-000072).
El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta, librada a las ciudadanas Noris Josefina Ojeda Alvins y Elba Thais García Alonso, mediante la cual se les notificó la Sentencia N° 186 de fecha 14-11-2012.
31.- Expediente N° AA70-E-2013-000040: FERNANDO DE SOUSA, titular de la cédula de identidad N° 8.234.736, asistido por el abogado Jonatan David Fuentes Mogollón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 173.722, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra “la Abstención u Omisión del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL de Reconocer, Certificar y Publicar en Gaceta Electoral el Proceso de Elección de las Autoridades de la Organización Sindical de Ámbito Territorial de Actuación Estadal denominada ‘NUEVA FUERZA LABORAL DEL SECTOR ELÉCTRICO DEL ESTADO ANZOÁTEGUI’ (SINFLELEA), realizado en fecha 21 de marzo de 2013”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-265, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le solicitó los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.
SENTENCIA
32.- Expediente N° AA70-E-2011-000100: OSCAR LINARES QUINTERO, NELSON ALBERTO VALERO PAREDES, RAFAEL ANTONIO MÉNDEZ GARCÍA, FREDY MONTILLA, MANUEL MANRIQUE SISO, NANCY ALEJANDRINA HURTADO MARTÍNEZ y GEORGE RAMÍREZ CARRERO, titulares de la cédula de identidad números 12.541.784, 11.128.847, 8.031.360, 2.689.565, 339.103, 4.339.423 y 10.178.458 e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.562, 64.054, 28.081, 37.328, 4.007, 27.050 y 79.439, respectivamente, actuando en su nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Directivo del Instituto de Previsión Social del Abogado (IMPREABOGADO), por “la conducta omisiva (…) para convocar a elecciones libres, universales, directas y secretas que lo renueven”. La Sala declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. La Sala ADMITIÓ la intervención de los abogados ANTONIO MONTOYA VIVAS y JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ, como terceros adhesivos a la acción de amparo constitucional interpuesta. 2.- IMPROCEDENTES las defensas esgrimidas por la representación judicial del INPREABOGADO en relación con el supuesto decaimiento del interés en la acción de amparo y la aplicación del artículo 144 del Código de Procedimiento Civil. 3.- PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. 4.- ORDENÓ al Consejo Nacional Electoral que en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles de la Administración Electoral, contados a partir de la fecha de su efectiva notificación de la decisión, designe una Comisión Electoral Ad-Hoc a los fines de celebrar el proceso comicial cuyo objeto será renovar a los miembros del Consejo Directivo del INPREABOGADO y, una vez constituida la Comisión Electoral Ad-Hoc, ésta deberá convocar a dicho proceso electoral, el cual será efectuado en los términos señalados en la parte motiva del fallo. 5.- DESAPLICÓ el contenido de los artículos 80 de la Ley de Abogados, 84 literal “a” y Parágrafo Segundo y 93 del Reglamento de la Ley de Abogados, por infringir el contenido de los artículos 63 y 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los términos expuestos en la parte motiva del fallo. 6.- IMPROCEDENTE la solicitud de condenatoria en costas. Ponente: JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 50.
El Presidente,
FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
El Secretario Accidental,
ELEAZAR GUEVARA CARRILLO
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