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El martes veinte (20) de agosto de 2013, no hubo despacho en esta Sala.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
1.- Expediente N° AA70-E-2013-000068: Juzgado de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos CAROLINA PONTE RAMÍREZ Y HUGO BALZAN MORRELL, titulares de la cédula de identidad N° 3.661.606 y 2.944.595, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Antonio Mirabal Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 151.828, contra “la Resolución N° 1301-08 de fecha 11 de Agosto del año 2013, emitida por la Junta Municipal Electoral del Municipio Páez, de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, donde es rechazada la postulación por iniciativa propia, (…) en el proceso electoral ‘Elecciones Municipales 2013’, para optar al cargo de elección popular a concejala por el circuito 1, del Municipio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda” (sic). Oficio N° 2780-3346 de fecha 15-08-2013, remitiendo Expediente N° 13-4863 (nomenclatura de esa Juzgado de Municipio) (1 pieza).
Se designó ponente Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
OFICIO LIBRADO EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2013-000068: Juzgado de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos CAROLINA PONTE RAMÍREZ Y HUGO BALZAN MORRELL, titulares de la cédula de identidad N° 3.661.606 y 2.944.595, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Antonio Mirabal Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 151.828, contra “la Resolución N° 1301-08 de fecha 11 de Agosto del año 2013, emitida por la Junta Municipal Electoral del Municipio Páez, de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, donde es rechazada la postulación por iniciativa propia, (…) en el proceso electoral ‘Elecciones Municipales 2013’, para optar al cargo de elección popular a concejala por el circuito 1, del Municipio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda” (sic). Oficio N° 2780-3346 de fecha 15-08-2013, remitiendo Expediente N° 13-4863 (nomenclatura de esa Juzgado de Municipio) (1 pieza).
Dando cumplimiento a la Sentencia N° 114 dictada por la Sala en fecha 20-08-2013, mediante la cual NO ACEPTÓ LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA formulada por el Juzgado de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del estado Miranda y plantea de oficio la REGULACIÓN DE COMPETENCIA por ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se libró Oficio N° 13-407, anexo al cual se remite expediente constante de veintiún (21) folios útiles, en una (1) pieza.
SENTENCIA
3.- Expediente N° AA70-E-2013-000068: Juzgado de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos CAROLINA PONTE RAMÍREZ Y HUGO BALZAN MORRELL, titulares de la cédula de identidad N° 3.661.606 y 2.944.595, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Antonio Mirabal Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 151.828, contra “la Resolución N° 1301-08 de fecha 11 de Agosto del año 2013, emitida por la Junta Municipal Electoral del Municipio Páez, de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, donde es rechazada la postulación por iniciativa propia, (…) en el proceso electoral ‘Elecciones Municipales 2013’, para optar al cargo de elección popular a concejala por el circuito 1, del Municipio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda” (sic). Oficio N° 2780-3346 de fecha 15-08-2013, remitiendo Expediente N° 13-4863 (nomenclatura de esa Juzgado de Municipio) (1 pieza). La Sala declaró: 1.- Que es INCOMPETENTE para decidir la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con solicitud de medida cautelar por los ciudadanos Carolina Ponte Ramírez y Hugo Balzan Morrell, titulares de las cédulas de identidad N° 3.661.606 y 2.944.595, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Antonio Mirabal Oropeza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 151.828 y por consiguiente NO ACEPTÓ la declinatoria de competencia formulada por el Juzgado de los municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del estado Miranda. 2.- Plantea de oficio la REGULACIÓN DE COMPETENCIA a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 114.
El Presidente,
FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
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