![]() | ||
|
CUENTA N° 141
Despacho del martes veintinueve (29) de octubre de 2013. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, Presidente Encargado, con la asistencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón, la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° AA70-E-2013-000086: OMAR AVILA, titular de la cédula de identidad N° 11.669.780, actuando como “CANDIDATO A CONCEJAL NOMINAL POR EL MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO MIRANDA”, asistido por la abogada Gioconda Geraldine Barajas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 137.669, interpone recurso contencioso electoral por abstención o carencia, conjuntamente con amparo cautelar contra la omisión de pronunciamiento de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), a los fines de que la Junta Directiva de dicha Organización con fines Políticos “emita un pronunciamiento concreto, preciso y asertivo de declarar Admitir o Inadmitir el Reclamo Interno de naturaleza electoral; interpuesto en sede administrativa por mí el 26 de agosto de 2013”.
Se dio cuenta a la Sala.
ACTUACIÓN EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2012-000063: CARMEN TERESA GOICOCHEA, GRECIA RIERA, JOSÉ HERICE, LUIS MIGUEL TOVAR, WILFREDO MENDOZA, ALBERTO VIVAS Y JHANKARY TORRES, titulares de la cédula de Identidad N° 4.165.987, 3.719.377, 6.869.887, 5.524.378, 3.977.890, 4.581.838, 6.549.862 y 16.665.913, respectivamente, asistido por el abogado TADEO ARRIECHE FRANCO, titular de la cédula de identidad N° 12.626.714 e Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.707, quien actúa igualmente en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra de la Comisión Electoral Nacional del Partido COPEI y la Comisión Electoral del Distrito Capital , por “no haber llevado a cabo el proceso electoral de las parroquias Sucre y 23 de Enero del Municipio Libertador del Distrito Capital y en consecuencia no haber culminado con el proceso de elecciones de autoridades de la Dirección Regional del Distrito Capital del PARTIDO y proceder a adjudicar y proclamar a la plancha y candidatos ganadores en dicho proceso”.
Se acordó librar carteles de notificación a la Comisión Electoral del Distrito Capital, del Partido Copei Partido popular; así como del ciudadano Wilfredo Mendoza a los fines de notificar la Sentencia N° 73 de fecha 23 de julio de 2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel respectivo, se les tendrá por notificados. Se libraron Carteles.
3.- Expediente N° AA70-E-2012-000077: PEDRO CELESTINO VELIZ ACUÑA, DICK ANTONIO GUANIQUE GARVÁN, NELSON JOSÉ GÓMEZ RODRÍGUEZ, AMILCAR ERNESTO MORALES PEÑA y EDUARDO JOSÉ TORRES MUÑOZ, titulares de la cédula de identidad N° 2.927.005, 4.497.550, 8.329.776, 13.111.208 y 12.726.145, respectivamente, siendo el primero de ellos Presidente y los demás miembros del Comité Político Nacional de bandera Roja, asistidos por el abogado Carlos Alberto Guevara solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.575,asistidos por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.575, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Organizadora del Congreso del Partido Bandera Roja, respecto a la convocatoria del Congreso del referido Partido a realizarse los días 17, 18 y 19 de agosto de 2012 para elegir a las autoridades del Partido.
Dando cumplimiento al requerimiento formulado por la Sala Constitucional mediante Oficio Nº 13-1160, de fecha 25-10-2013. La Sala Electoral remitió expediente signado con el N° AA70-E-2012-000077 (nomenclatura de esta Sala Electoral), constante de 653 folios útiles, en 02 piezas, Igualmente, se remitió 01 pieza de expediente administrativo constante de 22 folios útiles. Remisión esta que se efectúa en acatamiento a lo ordenado en Sentencia N° 1.458 del 25-10-2013, dictada por la Sala Constitucional. Se libró Oficio N°13-544.
4.- Expediente N° AA70-E-2012-000041: Yoaneth Margarita Zorrilla Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.095, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JOSÉ MENDOZA, CARLOS CAMACHO, WILMAR SALAZAR, YAIL SOTO, HENRY FRAILAN, ORLANDO TORO, ARMANDO RITONDALE, CRISTIAN LOSADA, ROMER ARROYO, NICASIO GONZÁLEZ, OLIVER GÓMEZ y ERASMO RAFAEL BEJARANO titulares de la cédula de identidad N° 9.596.898, 10.391.617, 14.174.917, 12.276.082, 12.060.042, 11.935.274, 10.876.016, 9.413.401, 5.877.493, 7.972.630, 16.006.111 y 8.515.625, respectivamente, interpone recursos contencioso electorales contra la Resolución N° 120425-0252 de fecha 25 de abril de 2012, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 617 de fecha 30 de mayo de 2012, mediante la cual declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos OLIVER GÓMEZ y ERASMO RAFAEL BEJARANO, quienes actúan como “delegados de la empresa ODEBRECHT y afiliados al SINDICATO NACIONAL FUERZA POPULAR DE LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, MADERA, MAQUINARIAS PESADAS, VIALIDADES Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (F.P.T.), contra las postulaciones de los ciudadanos ARTURO PLAZA, JONATHAN SANDOVAL, JOSÉ VARILLAS, ERNESTO BARRIOS, NÉSTOR SUÁREZ, HERMES SILVA y YONANDIR GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 8.445.616, 13.160.074, 9.368.425, 4.898.985, 10.502.324, 10.078.757 y 6.247.240”, respectivamente; contra la Resolución N° 120425-0256 de fecha 25 de abril de 2012, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 619 de fecha 01 de junio de 2012, mediante la cual declaró INADMISIBLE el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos JOSÉ MENDOZA, CARLOS CAMACHO, WILMAR SALAZAR, YAIL SOTO, HENRY FRAILAN, ORLANDO TORO, ARMANDO RITONDALE, CRISTIAN LOSADA, ROMER ARROYO y NICASIO GONZÁLEZ “autoridades del SINDICATO NACIONAL FUERZA POPULAR DE LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, MADERA, MAQUINARIAS PESADAS, VIALIDADES y SIMILARES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (F.P.T.), mediante el cual pretenden impugnar Acta de fecha 28 de junio de 2011, así como oficio de fecha 18 de julio de 2011, emanado de la entonces denominada Dirección General de Asuntos Sindicales y Gremiales, signado con la nomenclatura DGASG/C-1043/2011”, referido al proceso electoral que se adelanta en el mencionado Sindicato; y contra la Resolución N° 120531-0351 de fecha 31 de mayo de 2012, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 626 de fecha 20 de junio de 2012, mediante la cual resolvió “CERTIFICAR el proceso electoral efectuado en fecha 15 de diciembre de 2011, por el SINDICATO NACIONAL FUERZA POPULAR DE LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, MADERA, MAQUINARIAS PESADAS, VIALIDADES Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (F.P.T)” (Expedientes Acumulados Nos. AA70-E-2012-000041, AA70-E-2012-000044 y AA70-E-2012-000048).
El Juzgado de Sustanciación se pronunció sobre las pruebas promovidas por la abogada Lourdes Feliciana Gamez Ottamendy, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.184, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos RAFAEL YONANDIR GARCÍA NOLAZCO, JONATHAN RAFAEL SANDOVAL MONZÓN, NÉSTOR ULISES SEQUERA BARRIOS, ARTURO FERMIN PLAZA, CARMEN ERNESTO BARRIOS, JOSÉ ALDEMAR VARILLAS, LUIS ALBERTO GUILLÉN PERDOMO, JOHAN RAFAEL SANDOVAL MONZÓN, RAFAEL JOSÉ PERDOMO Y EULICE JOSÉ VERDÚ JAEN; y las pruebas promovidas por las abogadas María Eugenia Peña Valera y Olga Ginette Esaá Castrillo, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 52.044 y 56.511, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales del Consejo Nacional Electoral, admitiendo las.
DILIGENCIA EN:
5.- Expediente N° AA70-E-2012-000050: CARLOS ROMERO CHACÓN, titular de la cédula de identidad N° 17.932.106, asistido por el abogado Rosalio Montero Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.136, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra el Consejo Universitario y la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), respecto a las elecciones de las Autoridades y Decanos de la referida Universidad periodo 2012-2016 y 2012-2015, respectivamente, cuyo acto de votación se fijó para el día 04 de julio de 2012.
El abogado Jesús Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.418, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento en la causa.
6.- Expediente N° AA70-E-2012-000078: CARLOS DELFIN ROSALES LÓPEZ, DINHORA JOSEFINA ROA PULIDO y JOSÉ NOBEL RAMÍREZ MORA, titulares de la cédula de identidad N° 9.181.922, 3.997.590 y 5.674.921, respectivamente, asistidos por los abogados Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 31.068 y 17.803, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), a los fines que se declare la nulidad absoluta del REGLAMENTO ELECTORAL con el que se efectuaron las elecciones de Autoridades período 2012-2016 y Decanos período 2012-2015, aprobado por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental Del Táchira (U.N.E.T.), en Sesión extraordinario N° 003/2012 de fecha 07 de febrero de 2012”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Tercero, Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 287 de fecha 09-08-2012, constante de ciento trece (113) folios útiles.
El abogado Jesús Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.418, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Nacional Experimental del Táchira, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento en la causa.
7.- Expediente N° AA70-E-2012-000042: CARLOS DELFIN ROSALES LÓPEZ, TAYLOR LEONARDO BARROETA HERRERA, DINHORA JOSEFINA ROA PULIDO, EDDY LUZ ZAMBRANO RAMÍREZ y ALVARO SANMARTÍN MOLINA, titulares de la cédula de identidad N° 9.181.922, 5.656.843, 3.997.590, 4.212.874 y 12.813.720, asistidos por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Várgas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo el número 31.068 y 17.803, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), a los fines “que declare la nulidad absoluta del Artículo 30 Numeral 3° del Reglamento Electoral para las elecciones de Autoridades período 2012-2016 y Decanos período 2012-2016, aprobado por el Consejo Universitario (…) en Sesión extraordinario N° 003/2012 de fecha 07 de febrero de 2012 (…) cuyas elecciones fueron convocadas para el día cuatro (04) de julio de 2.012 por la Comisión Electoral conforme a lo aprobado en Consejo Universitario Sesión Extraordinaria N° 042/2.012 de fecha 22/05/2.012”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (Remitido mediante Oficio N°220 de fecha 18-06-2012, constante de (41) folios útiles.
El abogado Jesús Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.418, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento en la causa.
8.- Expediente N° AA70-E-2009-000062: MARIEBE DEL CARMEN CALDERÓN RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.712.332 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.905, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la convocatoria a elección de los Consejeros Parroquiales del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Libertador del Estado Mérida realizada por el Presidente del Consejo Local del referido Municipio.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-315, librado al Fiscal Décimo Noveno del Ministerio Público con Competencia en Materia Contra la Corrupción, Seguros, Bancos y Mercados de Capitales de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, anexo al cual se remitieron copia certificada de la Sentencia N° 106 de fecha 12-08-2011, de la sentencia N° 108 de fecha 23-09-2011 y de la sentencia N° 161 de fecha 14-12-2011, a los fines de contribuir con la investigación identificada con el N° 14-DCC-F19-0095-2010 que cursa en esa Oficina. Oficio que fue a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
9.- Expediente N° AA70-E-2009-000062: MARIEBE DEL CARMEN CALDERÓN RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.712.332 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.905, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la convocatoria a elección de los Consejeros Parroquiales del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Libertador del Estado Mérida realizada por el Presidente del Consejo Local del referido Municipio.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-314, librado al Director Contra la Corrupción de la Fiscalía General de la República, a los fines de notificarle del auto de fecha 04-07-2013.
10.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
El ciudadano Alguacil consignó la boleta original y su anexo, librada al ciudadano Euclides Forero, por no haberse podido practicar la notificación de la Sentencia Nº 49 de fecha 05-06-2013.
11.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
El ciudadano Alguacil consignó la boleta librada a los ciudadanos Gustavo Acacio y Marihauxi Núñez, mediante la cual se notificó la Sentencia Nº 49 de fecha 05-06-2013.
12.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
El ciudadano Alguacil consignó la boleta librada a la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA), mediante la cual se notificó la Sentencia Nº 49 de fecha 05-06-2013.
13.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-286 librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 49 de fecha 05-06-2013.
14.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-287 librado al Ministerio Público, mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 49 de fecha 05-06-2013.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
ACTUACIÓN EN:
15.- Expediente N° AA70-E-2013-000016: Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con sede en Cabimas, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ARGENIS OLIVARES, titular de la cédula de identidad N° 7.839.674, asistido por el abogado Carlos del pino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 126.431, contra la Junta Directiva del SINDICATO BOLIVARIANO DE LA INDUSTRIA PETROLERA, PETROQUÍMICA, SIMILARES Y CONEXAS DE LA COSTA ORIENTAL DEL LAGO (SIBOTIPPECOL), en relación con el proceso electoral que se adelanta en el referido Sindicato cuyo acto de votación se fijó para el 17 de Octubre de 2012. Oficio N° T9J-2013-317 de fecha 27 de febrero de 2013, remitiendo Expediente N° VP21-O-2012-000028. (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza).
Vista la Sentencia Nº 140 publicada en fecha 17-10-2013, se acordó notificar a la Junta Directiva y Comisión Electoral del Sindicato Bolivariano de la Industria Petrolera, Petroquímica; Similares y Conexas de la Costa Oriental del Lago (SIBOTIPPECOL). Se libraron boletas. Asimismo, se acordó notificar la referida sentencia al ciudadano ARGENIS OLIVARES y por cuanto no consta domicilio procesal, la Sala libró cartel al mencionado ciudadano, con la advertencia de que transcurrido un término de 10 días contados a partir de la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado. Se libró Cartel. Igualmente, se acordó comisionar al Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con sede en Cabimas, a los fines de notificar de la referida decisión a la Junta Directiva y Comisión Electoral de SIBOTIPPECOL, para lo cual se ordenó librar despacho al mencionado Juzgado. Líbrense Oficio N° 13-543 y Despacho.
16.- Expediente Nº AA70-E-2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.
Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a las ciudadanas NELIDA MARTÍNEZ y LISMAR GARCÍA, mediante el cual se les notificó de las Sentencias N° 77 y 123 dictadas en fecha 23 de julio de 2013 y 02 de octubre de 2013, respectivamente.
El Presidente (E),
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |