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Sala Electoral
  • Fecha: 31 de octubre de 2013





CUENTA N°  143

 

Despacho del jueves treinta y uno (31) de octubre de 2013. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón, la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

 

ACTUACIÓN EN:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2013-000010: Jesús Enrique Belandria y José Lioner Sánchez Sandoval, abogados inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.612 y 171.736, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ZULAIMA DE LAS MERCEDES ARRIECHE, IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS ELEAZAR COLLS MORENO, NORMA ALIDA AGUILAR AGUIRRE, MIRIAM JOSEFINA OJEDA RODRÍGUEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ RINCONES, CESAR ROCCA y GIOVANNA CIPOLLA BENEVENTO, titulares de la cédula de identidad números 8.838.443, 7.108.181, 11.590.959, 7.535.172, 10.227.830, 10.230.471 y 7.086.731, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra Resolución N° 120726-0424 de fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012 que declaró “PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos JOSÉ CANELONES, ENEIDA SÁNCHEZ, NÉSTOR FERNÁNDEZ, JENNY RODRÍGUEZ, AMILCAR MACHADO, ARI RODRÍGUEZ, ALFREDO GONZÁLEZ, JOSÉ GÁMEZ, LIBER HERNÁNDEZ, FRANCISCO HERNÁNDEZ, ELENA LLOVERA, ROGER CORONEL y WILLIAM ROMERO, actuando en su carácter de afiliados y miembros de la Plancha N° 2 en el proceso electoral del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC), solicitando la declaratoria de inelegibilidad de varios ciudadanos miembros de las autoridades de la referida Organización Sindical. SEGUNDO: INELEGIBLES los ciudadanos ZULAIMA ARRIECHE, IVIS HIGUERA, DENNYS COLL, NORMA AGUILAR, PEDRO PALENCIA, JOSÉ GREGORIO PÉREZ, CÉSAR ROCCA, LILIANA CASTILLO y GIOVANNA CIPOLLA. TERCERO: VACANTES los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Propaganda, Segundo Vocal y Tercer Vocal de la Junta Directiva y Secretario del Tribunal Disciplinario y Vicepresidente del Tribunal Disciplinario del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC). CUARTO: Se ORDENA a la Comisión Electoral convocar de forma inmediata, a una nueva elección de los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Propaganda, Segundo Vocal y Tercer Vocal de la Junta Directiva, y Secretario del Tribunal Disciplinario del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC). A tal efecto, procédase a reprogramar el Cronograma Electoral a partir de la fase 16 ‘Presentación de las Postulaciones ante la Comisión Electoral”. QUINTO: Se ordena que los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Propaganda, Segundo Vocal y Tercer Vocal de la Junta Directiva , y Secretario del Tribunal Disciplinario del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC), sean ejercidos por quienes se encontraban en su ejercicio antes de las elecciones realizadas el 13 de septiembre de 2011, hasta tanto se de cumplimiento con la disposición contenida en el numeral anterior.”.

 

Por recibido Oficio N° 798 de fecha 23-10-2013, emanado del Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 29-07-2013, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2011-000082: WILSON RUDAS, titular de la cédula de identidad N° 10.414.309, asistido por el abogado José Manuel Guanipa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 143.511, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra “la legitimidad de la Comisión Electoral, conformada en fecha 09 de Julio del 2011, para las elecciones del CONSEJO DEL PODER POPULAR DE TRIUNFADORES Y TRIUNFADORAS de la Aldea Universitaria Francisco José Duarte en la Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, asimismo, contra sus actuaciones u omisiones; contra los Resultados de las Elecciones y contra la legitimidad del CONSEJO DEL PODER POPULAR DE TRIUNFADORES Y TRIUNFADORAS de la Misión Sucre correspondiente de esta Aldea Universitaria, conformada en fecha 16 de Julio de 2011”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano WILSON RUDAS (parte accionante), mediante el cual se notificó la Sentencia N° 159 dictada en fecha 14-12-2011.

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2011-000012: NELIS EMIRO CARRERO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.001, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Nacional de Trabajadores de Corp-Banca, C.A., Banco Universal, (SINTRACORPBANCA) interpone demanda contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra Resolución N° 101117-0485 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 17 de noviembre de 2010,  publicada en Gaceta Electoral N° 548 de fecha 10 de diciembre de 2010, que declaró: PRIMERO: Con  Lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Euclides Forero, Isis Marcano y María Verónica Carmona, Trabajadores de Corp Banca (SINTRACORPBANCA) en contra del silencio de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Trabajadores de la referida entidad financiera, por no pronunciarse dentro del lapso previsto en la Ley, en torno al recurso de impugnación interpuesto por los mencionados ciudadanos, y que tiene por fundamento la causal de inelegibilidad consagrada en el artículo 441 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Inelegibles a los ciudadanos Omaira Rosales, Juan José Rivas, Manuel Quiñones, Franklin Medina, Gladys Hernández, José Acosta, Iván Rodríguez, Eugenio Gómez, José Correa, Mariana Reyes, Ángel Herrera, Ricardo Suárez, Roinel Acosta, María  Hernández, Wilbur Marín, Ana Katiuska Lameda y Carmen Chávez. TERCERO: Vacantes los cargos de Secretario General; Secretario de Trabajo y Reclamos; Secretario de Finanzas; y Secretario de Propaganda. CUARTO: Se instó a la Comisión Electoral a realizar una nueva convocatoria a elecciones para cubrir las vacantes mencionadas.

 

Se acordó librar cartel de notificación al ciudadano Euclides Forero a los fines de notificar la Sentencia N° Nº 49 de fecha 05 de junio de 2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel respectivo, se le tendrá por notificado. Se libró Cartel.

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2013-000066: MARIA NINOSKA GARCÍA DE MORALES, titular de la cédula de identidad N° 10.108.366, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.169, actuando en nombre propio, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Ciclismo, cuyo acto de votación se fijó para el día 16 de agosto de 2013.

 

El Juzgado de Sustanciación se pronunció sobre las pruebas promovidas en fecha 22-10-2013 por la  parte recurrente y en fecha 23-10-2013 el abogado Rafael Arnoldo Barroeta Muñoz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.400, actuando con el carácter de apoderado judicial de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE CICLISMO A.C. y de la COMISIÓN ELECTORAL de dicha FEDERACIÓN, parte recurrida, al tiempo de pronunciarse sobre la desestime planteada por la parte recurrente. Asimismo se libraron Oficios N° 13-555 y 13-554 al Comité Olímpico Venezolano y al Instituto Nacional de Deportes, admitiendo e inadmitiendo las pruebas según el caso.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2012-000094: SQUENIA IDALMI LUGO ARÉVALO, JOFFREN HENDERSON PAREDES COLINA, JULIETA ENRRIETT PADRÓN PINO, LUCILA PÉREZ VILLAMIZAR y ANAÍS COROMOTO PIÑA LEAL, titulares de la cédula de identidad N° 10.871.513, 16.661.440, 15.663.929, 11.664.750 y 5.971.895, respectivamente, asistidos por la abogada Jesyreth Morela Várgas Guillen, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.902, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS DE LOS EMPLEADOS DE FUNDACOMUN, respecto al proceso electoral a los fines de escoger a las autoridades de la referida Caja periodo 2012-2015.

 

Vista la decisión N° 136 dictada en fecha 16-10-2013 se acordó notificar a la parte recurrente, al Consejo de Administración y al Consejo de Vigilancia de la referida Caja de Ahorro, al Ministerio Público y al ciudadano Danny Aparcedo. Se libraron Boletas y Oficios N° 13-557, 13-558 y 13-559. Finalmente, se acordó librar oficio a la Superintendencia de Cajas de Ahorro adscrita al Ministerio del Poder Popular de Finanzas de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de remitirle copia certificada de la mencionada decisión. Se libró Oficio N° 13-556.

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2013-000051: MANUEL SANTIAGO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.891.034 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.905, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso de elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor para el período 2013-2017 de la Asociación Civil Federación venezolana de Coleo, cuyo acto de votación se fijó para el día 27 de julio de 2013.

 

Visto que en la foliatura del expediente existe un error a partir del folio 318, se ordenó testar dicha foliatura a partir de éste (exclusive). Asimismo, se acordó volver a foliar el expediente desde el referido folio en adelante, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2013-000010: Jesús Enrique Belandria y José Lioner Sánchez Sandoval, abogados inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.612 y 171.736, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ZULAIMA DE LAS MERCEDES ARRIECHE, IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS ELEAZAR COLLS MORENO, NORMA ALIDA AGUILAR AGUIRRE, MIRIAM JOSEFINA OJEDA RODRÍGUEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ RINCONES, CESAR ROCCA y GIOVANNA CIPOLLA BENEVENTO, titulares de la cédula de identidad números 8.838.443, 7.108.181, 11.590.959, 7.535.172, 10.227.830, 10.230.471 y 7.086.731, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra Resolución N° 120726-0424 de fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012 que declaró “PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos JOSÉ CANELONES, ENEIDA SÁNCHEZ, NÉSTOR FERNÁNDEZ, JENNY RODRÍGUEZ, AMILCAR MACHADO, ARI RODRÍGUEZ, ALFREDO GONZÁLEZ, JOSÉ GÁMEZ, LIBER HERNÁNDEZ, FRANCISCO HERNÁNDEZ, ELENA LLOVERA, ROGER CORONEL y WILLIAM ROMERO, actuando en su carácter de afiliados y miembros de la Plancha N° 2 en el proceso electoral del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC), solicitando la declaratoria de inelegibilidad de varios ciudadanos miembros de las autoridades de la referida Organización Sindical. SEGUNDO: INELEGIBLES los ciudadanos ZULAIMA ARRIECHE, IVIS HIGUERA, DENNYS COLL, NORMA AGUILAR, PEDRO PALENCIA, JOSÉ GREGORIO PÉREZ, CÉSAR ROCCA, LILIANA CASTILLO y GIOVANNA CIPOLLA. TERCERO: VACANTES los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Propaganda, Segundo Vocal y Tercer Vocal de la Junta Directiva y Secretario del Tribunal Disciplinario y Vicepresidente del Tribunal Disciplinario del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC). CUARTO: Se ORDENA a la Comisión Electoral convocar de forma inmediata, a una nueva elección de los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Propaganda, Segundo Vocal y Tercer Vocal de la Junta Directiva, y Secretario del Tribunal Disciplinario del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC). A tal efecto, procédase a reprogramar el Cronograma Electoral a partir de la fase 16 ‘Presentación de las Postulaciones ante la Comisión Electoral”. QUINTO: Se ordena que los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Propaganda, Segundo Vocal y Tercer Vocal de la Junta Directiva , y Secretario del Tribunal Disciplinario del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC), sean ejercidos por quienes se encontraban en su ejercicio antes de las elecciones realizadas el 13 de septiembre de 2011, hasta tanto se de cumplimiento con la disposición contenida en el numeral anterior.”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-344, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado del Municipio Valencia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente y a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Empleados del Consejo Legislativo del estado Carabobo (SUEMP-CLEC) la sentencia N° 80 de fecha 23-07-2013. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2013-000010: Jesús Enrique Belandria y José Lioner Sánchez Sandoval, abogados inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.612 y 171.736, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ZULAIMA DE LAS MERCEDES ARRIECHE, IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS ELEAZAR COLLS MORENO, NORMA ALIDA AGUILAR AGUIRRE, MIRIAM JOSEFINA OJEDA RODRÍGUEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ RINCONES, CESAR ROCCA y GIOVANNA CIPOLLA BENEVENTO, titulares de la cédula de identidad números 8.838.443, 7.108.181, 11.590.959, 7.535.172, 10.227.830, 10.230.471 y 7.086.731, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra Resolución N° 120726-0424 de fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012 que declaró “PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos JOSÉ CANELONES, ENEIDA SÁNCHEZ, NÉSTOR FERNÁNDEZ, JENNY RODRÍGUEZ, AMILCAR MACHADO, ARI RODRÍGUEZ, ALFREDO GONZÁLEZ, JOSÉ GÁMEZ, LIBER HERNÁNDEZ, FRANCISCO HERNÁNDEZ, ELENA LLOVERA, ROGER CORONEL y WILLIAM ROMERO, actuando en su carácter de afiliados y miembros de la Plancha N° 2 en el proceso electoral del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC), solicitando la declaratoria de inelegibilidad de varios ciudadanos miembros de las autoridades de la referida Organización Sindical. SEGUNDO: INELEGIBLES los ciudadanos ZULAIMA ARRIECHE, IVIS HIGUERA, DENNYS COLL, NORMA AGUILAR, PEDRO PALENCIA, JOSÉ GREGORIO PÉREZ, CÉSAR ROCCA, LILIANA CASTILLO y GIOVANNA CIPOLLA. TERCERO: VACANTES los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Propaganda, Segundo Vocal y Tercer Vocal de la Junta Directiva y Secretario del Tribunal Disciplinario y Vicepresidente del Tribunal Disciplinario del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC). CUARTO: Se ORDENA a la Comisión Electoral convocar de forma inmediata, a una nueva elección de los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Propaganda, Segundo Vocal y Tercer Vocal de la Junta Directiva, y Secretario del Tribunal Disciplinario del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC). A tal efecto, procédase a reprogramar el Cronograma Electoral a partir de la fase 16 ‘Presentación de las Postulaciones ante la Comisión Electoral”. QUINTO: Se ordena que los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Propaganda, Segundo Vocal y Tercer Vocal de la Junta Directiva , y Secretario del Tribunal Disciplinario del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC), sean ejercidos por quienes se encontraban en su ejercicio antes de las elecciones realizadas el 13 de septiembre de 2011, hasta tanto se de cumplimiento con la disposición contenida en el numeral anterior.”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-346 librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 80 de fecha 23-07-2013.

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2013-000010: Jesús Enrique Belandria y José Lioner Sánchez Sandoval, abogados inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.612 y 171.736, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ZULAIMA DE LAS MERCEDES ARRIECHE, IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS ELEAZAR COLLS MORENO, NORMA ALIDA AGUILAR AGUIRRE, MIRIAM JOSEFINA OJEDA RODRÍGUEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ RINCONES, CESAR ROCCA y GIOVANNA CIPOLLA BENEVENTO, titulares de la cédula de identidad números 8.838.443, 7.108.181, 11.590.959, 7.535.172, 10.227.830, 10.230.471 y 7.086.731, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra Resolución N° 120726-0424 de fecha 26 de julio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012 que declaró “PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos JOSÉ CANELONES, ENEIDA SÁNCHEZ, NÉSTOR FERNÁNDEZ, JENNY RODRÍGUEZ, AMILCAR MACHADO, ARI RODRÍGUEZ, ALFREDO GONZÁLEZ, JOSÉ GÁMEZ, LIBER HERNÁNDEZ, FRANCISCO HERNÁNDEZ, ELENA LLOVERA, ROGER CORONEL y WILLIAM ROMERO, actuando en su carácter de afiliados y miembros de la Plancha N° 2 en el proceso electoral del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC), solicitando la declaratoria de inelegibilidad de varios ciudadanos miembros de las autoridades de la referida Organización Sindical. SEGUNDO: INELEGIBLES los ciudadanos ZULAIMA ARRIECHE, IVIS HIGUERA, DENNYS COLL, NORMA AGUILAR, PEDRO PALENCIA, JOSÉ GREGORIO PÉREZ, CÉSAR ROCCA, LILIANA CASTILLO y GIOVANNA CIPOLLA. TERCERO: VACANTES los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Propaganda, Segundo Vocal y Tercer Vocal de la Junta Directiva y Secretario del Tribunal Disciplinario y Vicepresidente del Tribunal Disciplinario del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC). CUARTO: Se ORDENA a la Comisión Electoral convocar de forma inmediata, a una nueva elección de los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Propaganda, Segundo Vocal y Tercer Vocal de la Junta Directiva, y Secretario del Tribunal Disciplinario del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC). A tal efecto, procédase a reprogramar el Cronograma Electoral a partir de la fase 16 ‘Presentación de las Postulaciones ante la Comisión Electoral”. QUINTO: Se ordena que los cargos de Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Reclamos, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Propaganda, Segundo Vocal y Tercer Vocal de la Junta Directiva , y Secretario del Tribunal Disciplinario del SINDICATO ÚNICO DE EMPLEADOS DEL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO (SUEMP-CLEC), sean ejercidos por quienes se encontraban en su ejercicio antes de las elecciones realizadas el 13 de septiembre de 2011, hasta tanto se de cumplimiento con la disposición contenida en el numeral anterior.”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-347 librado al Ministerio Público, mediante el cual se notificó la Sentencia N° 80 de fecha 23-07-2013.

 

 

10.- Expediente N° AA70-X-2013-000004: (CUADERNO SEPARADO):  Zhiomar Díaz Vivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.733, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Junta Electoral del Club Campestre Los Cortijos, Asociación Civil sin Fines de Lucro; el abogado Carmine Pascuzzo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 138.815, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil Club Campestre Los Cortijos, y la abogada Alida González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.985, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos José Cachutt D’Sola, Juan Argelich, Felipe Farias, Nicolas Dadiotis Longa, Nelson Estrada, Ezio Araque, Luis Gandica, Alonso Irazabal, Yamin Argibay, Carolina Coronado, Olaff Pérez, Freddy Pulido, Carlos Mollejas, Anayira Homayden, Armando Abarcas y Edwin Padrón, integrantes de la Plancha N° 1, formularon oposiciones contra el amparo cautelar acordado en Sentencia N° 6 dictada de fecha 20 de marzo de 2013. (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000117).

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada al ciudadano Luis Martínez Hernández, mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 59 de fecha 09-07-2013.

 

 

11.- Expediente N° AA70-X-2013-000004: (CUADERNO SEPARADO):  Zhiomar Díaz Vivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.733, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Junta Electoral del Club Campestre Los Cortijos, Asociación Civil sin Fines de Lucro; el abogado Carmine Pascuzzo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 138.815, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil Club Campestre Los Cortijos, y la abogada Alida González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.985, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos José Cachutt D’Sola, Juan Argelich, Felipe Farias, Nicolas Dadiotis Longa, Nelson Estrada, Ezio Araque, Luis Gandica, Alonso Irazabal, Yamin Argibay, Carolina Coronado, Olaff Pérez, Freddy Pulido, Carlos Mollejas, Anayira Homayden, Armando Abarcas y Edwin Padrón, integrantes de la Plancha N° 1, formularon oposiciones contra el amparo cautelar acordado en Sentencia N° 6 dictada de fecha 20 de marzo de 2013. (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000117).

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada al ciudadano Andrés Maroti, mediante la cual se notificó la Sentencia Nº 59 de fecha 09-07-2013.

 

 

12.- Expediente N° AA70-X-2013-000004: (CUADERNO SEPARADO):  Zhiomar Díaz Vivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.733, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Junta Electoral del Club Campestre Los Cortijos, Asociación Civil sin Fines de Lucro; el abogado Carmine Pascuzzo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 138.815, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil Club Campestre Los Cortijos, y la abogada Alida González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.985, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos José Cachutt D’Sola, Juan Argelich, Felipe Farias, Nicolas Dadiotis Longa, Nelson Estrada, Ezio Araque, Luis Gandica, Alonso Irazabal, Yamin Argibay, Carolina Coronado, Olaff Pérez, Freddy Pulido, Carlos Mollejas, Anayira Homayden, Armando Abarcas y Edwin Padrón, integrantes de la Plancha N° 1, formularon oposiciones contra el amparo cautelar acordado en Sentencia N° 6 dictada de fecha 20 de marzo de 2013. (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000117).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-327, librado a la Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos, Asociación Civil, Período 2010-2012, mediante la cual se notificó la Sentencia Nº 59 de fecha 09-07-2013.

 

 

13.- Expediente N° AA70-X-2013-000004: (CUADERNO SEPARADO):  Zhiomar Díaz Vivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.733, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Junta Electoral del Club Campestre Los Cortijos, Asociación Civil sin Fines de Lucro; el abogado Carmine Pascuzzo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 138.815, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil Club Campestre Los Cortijos, y la abogada Alida González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.985, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos José Cachutt D’Sola, Juan Argelich, Felipe Farias, Nicolas Dadiotis Longa, Nelson Estrada, Ezio Araque, Luis Gandica, Alonso Irazabal, Yamin Argibay, Carolina Coronado, Olaff Pérez, Freddy Pulido, Carlos Mollejas, Anayira Homayden, Armando Abarcas y Edwin Padrón, integrantes de la Plancha N° 1, formularon oposiciones contra el amparo cautelar acordado en Sentencia N° 6 dictada de fecha 20 de marzo de 2013. (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000117).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 13-328, librado al ciudadano Augusto Guillermo Hidalgo Chirinos, Presidente de la Junta  Electoral del Club Campestre Los Cortijos, Asociación Civil y Demás Miembros, mediante la cual se notificó la Sentencia Nº 59 de fecha 09-07-2013.

 

 

14.- Expediente N° AA70-X-2013-000004: (CUADERNO SEPARADO):  Zhiomar Díaz Vivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.733, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Junta Electoral del Club Campestre Los Cortijos, Asociación Civil sin Fines de Lucro; el abogado Carmine Pascuzzo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 138.815, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil Club Campestre Los Cortijos, y la abogada Alida González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.985, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos José Cachutt D’Sola, Juan Argelich, Felipe Farias, Nicolas Dadiotis Longa, Nelson Estrada, Ezio Araque, Luis Gandica, Alonso Irazabal, Yamin Argibay, Carolina Coronado, Olaff Pérez, Freddy Pulido, Carlos Mollejas, Anayira Homayden, Armando Abarcas y Edwin Padrón, integrantes de la Plancha N° 1, formularon oposiciones contra el amparo cautelar acordado en Sentencia N° 6 dictada de fecha 20 de marzo de 2013. (Expediente Principal N° AA70-E-2012-000117).

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a los ciudadanos integrantes de la Plancha N° 1, mediante la cual se notificó la Sentencia Nº 59 de fecha 09-07-2013.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

15.- Expediente N° AA70-E-2012-000117: ANDRÉS MAROTI y LUIS HERNÁNDEZ FABIEN, el primero titular de la cédula de identidad N° 3.158.912 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7822, actuando en nombre propio, y el segundo inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.532.379, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “los actos (…) identificados como ACTA NÚMERO 30 del 8 de diciembre de 2012, ACTA NÚMERO 32 fechada 14 de diciembre de 2012 y ACTA DE PROCLAMACIÓN de fecha 14 de Diciembre de 2012, emanados de la JUNTA  ELECTORAL DEL CLUB CAMPESTRE LOS CORTIJOS, ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO”, respecto al proceso electoral para escoger a los integrantes de la Junta Directiva de la mencionada Asociación.

 

El abogado LUIS HERNÁNDEZ FABIEN, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Luis Martínez (parte recurrente), presentó escrito mediante el cual solicitó pronunciamiento en la causa.

 

 

SENTENCIA

 

 

16.- Expediente N° AA70-E-2013-000078: JUAN CARLOS RAMÍREZ PAESANO y ALFONSO NEL RAMÍREZ OSPINA, titulares de la cédula de identidad N° 10.284.406 y 7.196.537, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 61.695 y 95.233, respectivamente, actuando en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 130822-0262 del 22 de agosto de 2013, dictada por el Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 683 de fecha 16 de septiembre de 2013, mediante la cual se declaró: “…SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Juan Carlos Ramírez Paesano, Alfonso Nel Ramírez y Jaime Lemoine Jeanton, (…) candidatos de la fórmula denominada N° 1 en las elecciones de la Federación de Colegios de Productores de Seguros (FECOPROSE), contra la elección de la señalada federación, celebrada el 31 de mayo de 2012”. La Sala se declaró 1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto, conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral. 3.- IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada. Ponente: JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 144.

 

 

17.- Expediente N° AA70-X-2013-000014: (CUADERNO SEPARADO): Lourdes Feliciana Gamez Ottamendy, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.184, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos RAFAEL YONANDIR GARCÍA NOLAZCO, JONATHAN RAFAEL SANDOVAL MONZÓN, NÉSTOR ULISES SEQUERA BARRIOS, ARTURO FERMIN PLAZA, CAEMEN ERNESTO BARRIOS, JOSÉ ALDEMAR VARILLAS, LUIS ALBERTO GUILLÉN PERDOMO, JOHAN RAFAEL SANDOVAL MONZÓN, RAFAEL JOSÉ PERDOMO y EULICE JOSÉ VERDÚ JAEN, se opone a la medida cautelar innominada…”. (Expediente Principal AA70-E-2012-000041/000044/000048). La Sala declaró: 1.- ADMITIÓ la intervención de los ciudadanos YONANDIR RAFAEL GARCÍA NOLAZCO, JONATHAN RAFAEL SANDOVAL MONZÓN, NÉSTOR ULISES SUÁREZ SEQUERA, ARTURO FERMÍN PLAZA, CARMEN ERNESTO BARRIOS y JOSÉ ALDEMAR VARILLAS, como terceros verdadera parte. 2.- ADMITIÓ la intervención de los ciudadanos JOHAN RAFAEL SANDOVAL MONZÓN, RAFAEL JOSÉ PERDOMO y EULICE JOSÉ VERDÚ JAEN, como terceros adhesivos simples. 3.- EXTEMPORÁNEA la oposición formulada por la abogada Lourdes Feliciana Gámez Ottamendy, actuando en representación de los referidos ciudadanos y del ciudadano LUIS ALBERTO GUILLÉN PERDOMO, contra la medida cautelar innominada acordada por la Sala Electoral en su sentencia Nro. 125 de fecha 19 de julio de 2012, mediante la cual se ordenó la restructuración provisional del Comité Ejecutivo del sindicato FPT. Ponente: JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 145.

 

 

18.- Expediente N° AA70-E-2013-000045: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, remite expediente contentivo del recurso por abstención o carencia interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por la ciudadana YOSKARY KARELYS SÁNCHEZ MILANO, titular de la cédula de identidad N° 13.947.472, en su condición de legisladora suplente, asistida por el abogado Luis Gonzalo Barrios Patiño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.291, contra la omisión del CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO AMAZONAS de incorporarla como primera suplente ante las ausencias temporales de la legisladora Delkis Bastidas.  Oficio N° 2013-4141 de fecha 18 de junio de 2013, remitiendo Expediente N° AP42-N-2010-000273 (nomenclatura de esa Corte) (1 pieza). La Sala declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso por abstención o carencia interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. 2.- El DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso interpuesto. Ponente: JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 146.

 

 

19.- Expediente N° AA70-E-2013-000075: MARTA IRENE ROMERO CENTENO, JACQUELINE MARGARITA JARAMILLO HERRERA y ZAYDA JOSEFINA CAMPOS ARISTIMUÑO, titulares de la cédula de identidad N° 10.537.086, 8.746.476 y 6.034.428, respectivamente, militantes de la Organización con fines Políticos INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN), asistidas por el abogado Raúl Fernando González Landaeta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.017, interponen acción de amparo constitucional contra “… los ciudadanos CARLOS HURTADO, (…) y JOSE RAMÓN ZACARIAS (…) quienes con sus acciones, ocasionaron que fueran cercenados Derechos constitucionales a más de Mil Ochocientos (1.800) Ciudadanos y Ciudadanas a Nivel Nacional, quienes ejercimos el derecho y dentro de la oportunidad del cronograma electoral, logramos tener acceso al sistema automatizado del Consejo Nacional Electoral, para realizar las debidas solicitudes y/o postulaciones, para el proceso electoral (ELECCIONES 2013)….”. La Sala declaró: 1.- SU COMPETENCIA, para conocer la acción de amparo constitucional interpuesto. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional. Ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 147.

 

El Presidente,

 

 

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA                                              

               

                                                                

                                                                                                 La Secretaria,

 

 

 

    PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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