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Sala Electoral
  • Fecha: 29 de octubre de 2013





SALA ACCIDENTAL Nº 3

Expediente N° AA70-E-2007-000071

 

CUENTA Nº 325

 

Despacho del martes veintinueve (29) de octubre de 2013. Se abrió la sesión Presidida por la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Oscar J. León Uzcátegui, Magistrado Suplente Roberto Antonio Quintero Valencia, Magistrada Suplente Grisell De Los Ángeles López Quintero.

 

 

SENTENCIA

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, titulares de las cédulas de identidad números 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro Rafael Arvelaez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrado el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS). La Sala Accidental número 3 declaró: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos NELSON ROMERO CASTILLO, ROBERTO LA TORRE y RAFAEL ZAMBRANO, contra el proceso electoral de CANJUPINOS, cuyo acto de votación se celebró el 30 de agosto de 2007. ANULÓ, por razones de inconstitucionalidad, la normativa contenida en los artículos 15 y 23 del Reglamento Electoral de CANJUPINOS y, en consecuencia, NULO el referido proceso electoral, desde la fase de postulaciones. 2.- ORDENÓ a la Comisión Electoral de CANJUPINOS, que en un lapso de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación del presente fallo, fije la nueva fecha de la elección y convoque a los afiliados a postular a los miembros de la organización que van a integrar el Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja de Ahorro, conforme con la normativa interna que debe ser modificada según los parámetros establecidos en este fallo con inclusión de las restantes fases del proceso electoral. 3.- ORDENÓ al actual Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la Caja Nacional de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS), abstenerse de realizar cualquier actuación que menoscabe los derechos y garantías constitucionales de los recurrentes, de realizar cualquier acto que impida la ejecución de la presente decisión, así como de realizar actos que excedan la simple administración o realizar actos de disposición hasta tanto se proclame al Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia que será electa en el proceso cuya realización ha sido ordenada en el fallo. Ponente: JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO. Sentencia N° 143.

 

La Presidenta,

  

 

   

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO               

 

                               

  

                                                                                La Secretaria,

 

 

 

                                                                            PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

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