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Sala Electoral
  • Fecha: 11 de diciembre de 2014





CUENTA N° 159

 

Despacho del jueves once (11) de diciembre de 2014. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, Presidente Encargado, con la asistencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón, la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y la Magistrada Indira Maira Alfonzo Izaguirre. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

ACTUACIÓN EN:

 

 

1.- Expediente N° AA70-E-2014-000087: JOSÉ GARCÍA, LEOMAR HIDALGO y la abogada RUTH CHACÓN, titulares de la cédula de identidad N° 5.275.272,  7.246.924 y 7.257.350, respectivamente, ésta última inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.874, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos primeros e interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en fecha 18 de mayo de 2014, en el cual se eligieron las Vocerías y Comisión Electoral Permanente del Consejo Comunal de LA BARRACA II POLIGONAL I  del Municipio Atanasio Girardot del estado Aragua.

 

Por recibido Oficio N° 83614 de fecha 28-11-2014, emanado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 13-10-2014, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

2.- Expediente N° AA70-E-2014-000045: ALÍ ANDRÉS GUAIRA MORILLO y ROBINZON JOSÉ SÁNCHEZ YÁNEZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.113.522 y 7.121.048, respectivamente, actuando con el carácter de Presidente y Tesorero de la CAJA DE AHORRO Y BIENESTAR SOCIAL DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por el abogado Ramses Ojeda Figueredo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.281, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de medidas cautelares y amparo cautelar contra “… el Acto Administrativo realizado en fecha 29 de Mayo del 2014 por (…) Superintendente de Cajas de Ahorro, (…), el acta que de dicha Asamblea Extraordinaria se produce y los oficios signados con los números SCA-DL-1720 y SCA-DL-1720-A, respectivamente, ambos de fecha 02 de junio de 2014, mediante los cuales se realizan los cambios de Directiva sin la celebración de las elecciones de ley, para el período 2014-2017 y sin haber sido notificados…”.

 

Se abrió la Pieza III.

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2013-000093: Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, remite expediente contentivo de solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos CARLOS JOSÉ LUNAR NOY y JHOXIS CAMPOS, titulares de la cédula de identidad N° 9.944.556 y 13.995.573, respectivamente, asistidos por el abogado Adrian Gulabsingh, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.767, contra el SINDICATO PROFESIONAL DE OPERADORES MECÁNICOS, MAQUINARIAS PESADAS, MÓVILES y CONEXOS DEL ESTADO BOLÍVAR (SOMPEB). Oficio N° 4J/ 765-2013, de fecha 07 de noviembre de 2013, remitiendo expediente N° FP11-S-2013-000149 (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).

 

Vista la Sentencia Nº 224 publicada en fecha 08-12-2014, se acordó notificar a los ciudadanos Carlos José Lunar Noy y Jhoxis Campo (parte accionante), a  la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Operadores Mecánicos, Maquinarias Pesadas, Móviles y Conexos del Estado Bolívar (SOMPEB) y al Ministerio Publico. Se libraron Boletas y Oficio N° 14-699. Asimismo, se comisionó  al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos  Carlos José Lunar Noy y Jhoxis Campo (parte accionante). Se libró Oficio N° 14-698 y Despacho. 

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2013-000012: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos LUCY JOSEFINA ROBLES RAMÍREZ, RONALD JOSÉ MUÑOZ, JOSÉ ANGEL DÍAZ BECERRA y LISANDRO JOSÉ BERNAL ATENCIO, titulares de la cédula de identidad N° 11.173.607, 12.875.402, 8.523.313 y 8.106.747, respectivamente, asistidos por  los abogados Ana Yépez y Rolando Enrique Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.872 y 148.081, respectivamente, respecto a las elecciones de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE C.V.G. VENALUM (SUTRAPUVAL). Oficio N° 3J/098-2013 de fecha 15 de febrero de 2013. Remitiendo Expediente N° FP11-S-2013-000015. (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza).

 

Se libró nueva boleta a los ciudadanos RONALD JOSÉ MUÑOZ, JOSÉ ÁNGEL DÍAZ BECERRA y LISANDRO JOSÉ BERNAL ATENCIO (parte accionante), la cual debe ser practicada en el domicilio procesal Edificio Elialti, nivel Mezanina, Oficina 1, Altavista, Puerto Ordaz, estado Bolívar. Líbrese boleta. Asimismo, se acordó librar nueva comisión al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz,  a los fines de notificar a los ciudadanos LUCY ROBLES, RONALD JOSÉ MUÑOZ, JOSÉ ÁNGEL DÍAZ BECERRA y LISANDRO JOSÉ BERNAL ATENCIO, la Sentencia Nº 70 dictada por esta Sala Electoral en fecha 10-06-2014, para lo cual se libró despacho al mencionado Juzgado. Se libró Oficio N° 14-697 y Despacho.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2014-000106: Los ciudadanos NIEVES MUÑOZ y JUAN MONTILLA, titulares de la cédula de identidad N° 10.919.212 y 9.788.823, respectivamente, asistidos por el abogado Virgilio Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.162, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar innominada contra las Asambleas Extraordinarias celebradas los días 20 y 22 de septiembre de 2014 en el Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA).

 

Vista la Sentencia N° 226 dictada en fecha 11-12-2014, se acordó notificar a los ciudadanos NIEVES MUÑOZ y JUAN MONTILLA (parte recurrente) y al Comité Directivo Seccional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA) y al Ministerio Público. Se libraron Boleta y Oficio N° 14-701 y 14-702. Igualmente,  se libró cartel de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a la Junta Electoral Seccional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA-ZULIA). Asimismo, se comisionó al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de notificar al Comité Directivo Seccional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA). Se libraron Oficio N° 14-700 y Despacho. Finalmente, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, y vencido el lapso otorgado al Comité Directivo Seccional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA), para la consignación de los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2014-000101: Luis Alberto Martínez, titular de la cédula de identidad N° 5.340.164, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.949, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FÉLIX EMILIO CACERES, MASYELIN CACERES GARCÍA, JEAN CARLOS GARCÍA BRACHO y ROMÁN SEGUNDO LEAL FEREIRA, titular de la cédula de identidad N° 4.749.465, 15.261.486, 15.719.813 y 12.098.846, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra “la conducta omisiva del ente comicial, Consejo Nacional Electoral (C.N.E.) sobre las inconstitucionalidades, impugnaciones e ilegalidades denuncias oportunamente presentadas y que hoy insistimos por ante esta máxima sala en enunciarlas (…) y declarado CON LUGAR, ordenándose al máximo ente comicial, que se realicen nuevas elecciones en el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN, SIMILARES Y CONEXOS DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DEL ESTADO ZULIA (SUTCOMCEZ)”.

 

La abogada Julouana Soto Peña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 116.367, actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, presentó el escrito de informe relacionado con los aspectos de hecho y derecho, en consecuencia, se agregó al expediente judicial el referido escrito así como la copia del poder que la acredita para actuar como apoderada judicial del mencionado Órgano Electoral.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2014-000095: JOSÉ GREGORIO LATHULERIE TORTOLERO, titular de la cédula de identidad N° 5.909.839, actuando con el carácter de candidato a la Secretaria General del SINDICATO UNIFICADO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SUS SIMILARES y DERIVADOS DEL ESTADO SUCRE (SINUBOTRAPES), ASISTIDO POR LOS ABOGADOS Miguel Villarroel y Mariela Rosa Díaz, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 70.517 y 186.096, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos contra

contra la Resolución N° 140911-0146 emitida por el Consejo Nacional Electoral, de fecha 11 de septiembre de 2014, publicada en Gaceta Electoral N° 730 de fecha 24 de octubre de 2014, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra “la decisión emitida por la Comisión Electoral, mediante la cual fue declarado Sin Lugar el recurso interpuesto contra los Actas (sic) de Totalización, Adjudicación y Proclamación de los resultados obtenidos en la elección celebrada en fecha 16 de abril de 2012 por el SINDICATO UNIFICADO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SUS SIMILARES y DERIVADOS DEL ESTADO SUCRE (SINUBOTRAPES), específicamente en los centros de votación ‘Carúpano Muelle PDVSA Mesa I’ y ‘El Pilar Campamento Rafay La Pastora Mesa I’”.

 

El abogado Miguel José Villarroel Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.517, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia N° 196 de fecha 19-11-2014.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2014-000096: MARÍA LORETO, titular de la cédula de identidad N° 15.557.349, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 154.342, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MÁXIMO DAAL SUÁREZ y GUIDO CAMARGO REYES, titulares de la cédula de identidad N° 10.703.468 y 4.637.857, respectivamente, todos con la cualidad de Jueces de Coleo miembros de la Asociación Civil FEDERACIÓN VENEZOLANA DE COLEO, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso de elección de la Junta Directiva, el Consejo de Honor y el Consejo Contralor y Delegados ante la Asamblea para el período 2013-2017 de la Asociación Civil FEDERACIÓN VENEZOLANA DE COLEO, cuyo acto de votación está fijado para el 29 de noviembre de 2014.

 

El ciudadano Carlos Castillo, titular de la cédula de identidad N° 2.142.078, invocando el carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Coleo (FEVECO), presentó diligencia mediante la cual otorgó PODER APUD ACTA  al abogado Tulio Sánchez inscrito en el Inpreabogado bajo el  N° 7.282.

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2014-000096: MARÍA LORETO, titular de la cédula de identidad N° 15.557.349, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 154.342, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MÁXIMO DAAL SUÁREZ y GUIDO CAMARGO REYES, titulares de la cédula de identidad N° 10.703.468 y 4.637.857, respectivamente, todos con la cualidad de Jueces de Coleo miembros de la Asociación Civil FEDERACIÓN VENEZOLANA DE COLEO, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso de elección de la Junta Directiva, el Consejo de Honor y el Consejo Contralor y Delegados ante la Asamblea para el período 2013-2017 de la Asociación Civil FEDERACIÓN VENEZOLANA DE COLEO, cuyo acto de votación está fijado para el 29 de noviembre de 2014.

 

El ciudadano Tarcisio Díaz Quintero, titular de la cédula de identidad N° 3.935.606, invocando el carácter de Presidente de la Asociación Civil Deportiva Federación Venezolana de Coleo (FEVECO), presentó diligencia mediante la cual otorgó PODER APUD ACTA al abogado Tulio Sánchez inscrito en el Inpreabogado bajo el  N° 7.282.

 

 

10.- Expediente N° AA70-E-2014-000096: MARÍA LORETO, titular de la cédula de identidad N° 15.557.349, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 154.342, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MÁXIMO DAAL SUÁREZ y GUIDO CAMARGO REYES, titulares de la cédula de identidad N° 10.703.468 y 4.637.857, respectivamente, todos con la cualidad de Jueces de Coleo miembros de la Asociación Civil FEDERACIÓN VENEZOLANA DE COLEO, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso de elección de la Junta Directiva, el Consejo de Honor y el Consejo Contralor y Delegados ante la Asamblea para el período 2013-2017 de la Asociación Civil FEDERACIÓN VENEZOLANA DE COLEO, cuyo acto de votación está fijado para el 29 de noviembre de 2014.

 

El abogado Manuel Santiago Rodríguez Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.905, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual retiró el cartel de emplazamiento librado por esta Sala en fecha 10-12-2014.

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2014-000104: El ciudadano JOSÉ FREITEZ MEDINA, titular de la cédula de identidad N° 15.019.249, asistido por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra las actuaciones materiales y vías de hecho de la Comisión Electoral que rige el proceso electoral de la Federación Venezolana de Coleo para el período 2014-2018, cuyo acto de votación se fijó para el 29-11-2014.

 

El abogado Manuel  Santiago Rodríguez Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.905, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó instrumento poder autenticado por ante la Notaría Pública Quinta de Valencia, estado Carabobo, bajo el N° 24, tomo 689.

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2014-000101: Luis Alberto Martínez, titular de la cédula de identidad N° 5.340.164, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.949, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FÉLIX EMILIO CACERES, MASYELIN CACERES GARCÍA, JEAN CARLOS GARCÍA BRACHO y ROMÁN SEGUNDO LEAL FEREIRA, titular de la cédula de identidad N° 4.749.465, 15.261.486, 15.719.813 y 12.098.846, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra “la conducta omisiva del ente comicial, Consejo Nacional Electoral (C.N.E.) sobre las inconstitucionalidades, impugnaciones e ilegalidades denuncias oportunamente presentadas y que hoy insistimos por ante esta máxima sala en enunciarlas (…) y declarado CON LUGAR, ordenándose al máximo ente comicial, que se realicen nuevas elecciones en el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN, SIMILARES Y CONEXOS DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DEL ESTADO ZULIA (SUTCOMCEZ)”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 14-628, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual le solicitó los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

13.- Expediente N° AA70-E-2014-000059: El ciudadano JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 6.081.852, actuando con el carácter de Presidente del SINDICATO NACIONAL AUTÓNOMO Y SOCIAL DE OBREROS Y TRABAJADORES EN GENERAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN Y AFINES (SINASOICA), asistido por los abogados Miguel Villarroel y Mariela Rosa Díaz, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 70.517 y 186.096, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 140424-0064 dictada en fecha 24-04-2014, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 717 de fecha 18-06-2014, mediante la cual se declaró INADMISIBLE el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral en el referido Sindicato.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 14-673, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Miranda (Distribuidor), a los fines de que practique la evacuación de las testimoniales admitidas por auto de fecha 04-10-2014.

 

 

14.- Expediente N° AA70-E-2014-000059: El ciudadano JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 6.081.852, actuando con el carácter de Presidente del SINDICATO NACIONAL AUTÓNOMO Y SOCIAL DE OBREROS Y TRABAJADORES EN GENERAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN Y AFINES (SINASOICA), asistido por los abogados Miguel Villarroel y Mariela Rosa Díaz, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 70.517 y 186.096, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 140424-0064 dictada en fecha 24-04-2014, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 717 de fecha 18-06-2014, mediante la cual se declaró INADMISIBLE el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral en el referido Sindicato.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 14-674, mediante el cual se le notificó a la empresa Alfarería Iberia, C.A., el auto de pruebas de fecha 04-10-2014.

 

 

15.- Expediente N° AA70-E-2014-000059: El ciudadano JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 6.081.852, actuando con el carácter de Presidente del SINDICATO NACIONAL AUTÓNOMO Y SOCIAL DE OBREROS Y TRABAJADORES EN GENERAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN Y AFINES (SINASOICA), asistido por los abogados Miguel Villarroel y Mariela Rosa Díaz, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 70.517 y 186.096, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 140424-0064 dictada en fecha 24-04-2014, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 717 de fecha 18-06-2014, mediante la cual se declaró INADMISIBLE el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral en el referido Sindicato.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 14-675, mediante el cual se le notificó a la empresa Alfarería Alba, C.A., el auto de pruebas de fecha 04-10-2014.

 

 

16.- Expediente N° AA70-E-2014-000059: El ciudadano JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 6.081.852, actuando con el carácter de Presidente del SINDICATO NACIONAL AUTÓNOMO Y SOCIAL DE OBREROS Y TRABAJADORES EN GENERAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN Y AFINES (SINASOICA), asistido por los abogados Miguel Villarroel y Mariela Rosa Díaz, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 70.517 y 186.096, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 140424-0064 dictada en fecha 24-04-2014, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 717 de fecha 18-06-2014, mediante la cual se declaró INADMISIBLE el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral en el referido Sindicato.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 14-676, mediante el cual se le notificó a la empresa Alfarería La Margarita, C.A., del auto de pruebas de fecha 04-10-2014.

 

 

17.- Expediente N° AA70-E-2014-000059: El ciudadano JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 6.081.852, actuando con el carácter de Presidente del SINDICATO NACIONAL AUTÓNOMO Y SOCIAL DE OBREROS Y TRABAJADORES EN GENERAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN Y AFINES (SINASOICA), asistido por los abogados Miguel Villarroel y Mariela Rosa Díaz, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 70.517 y 186.096, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 140424-0064 dictada en fecha 24-04-2014, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 717 de fecha 18-06-2014, mediante la cual se declaró INADMISIBLE el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral en el referido Sindicato.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 14-677, mediante el cual se le notificó a la empresa Alfarería El Márquez, C.A., del auto de pruebas de fecha 04-10-2014.

 

 

18.- Expediente N° AA70-E-2014-000059: El ciudadano JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 6.081.852, actuando con el carácter de Presidente del SINDICATO NACIONAL AUTÓNOMO Y SOCIAL DE OBREROS Y TRABAJADORES EN GENERAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN Y AFINES (SINASOICA), asistido por los abogados Miguel Villarroel y Mariela Rosa Díaz, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 70.517 y 186.096, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 140424-0064 dictada en fecha 24-04-2014, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 717 de fecha 18-06-2014, mediante la cual se declaró INADMISIBLE el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral en el referido Sindicato.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 14-678, mediante el cual se le notificó a la empresa Alfarería Venezolana, C.A., del auto de pruebas de fecha 04-10-2014.

 

 

 

19.- Expediente N° AA70-E-2014-000059: El ciudadano JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 6.081.852, actuando con el carácter de Presidente del SINDICATO NACIONAL AUTÓNOMO Y SOCIAL DE OBREROS Y TRABAJADORES EN GENERAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN Y AFINES (SINASOICA), asistido por los abogados Miguel Villarroel y Mariela Rosa Díaz, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 70.517 y 186.096, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 140424-0064 dictada en fecha 24-04-2014, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 717 de fecha 18-06-2014, mediante la cual se declaró INADMISIBLE el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral en el referido Sindicato.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 14-679, mediante el cual se le notificó a la Directora Nacional de Organizaciones Sindicales del Ministerio del Poder Popular para El Proceso Social del Trabajo, del auto de pruebas de fecha 04-10-2014.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

ACTUACIÓN EN:

 

 

20.- Expediente N° AA70-E-2014-000100: IOMAR CARREÑO LÓPEZ y NELSON ROJAS, titulares de la cédula de identidad N° 10.345.785 y 6.495.688, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.774, interponen acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada contra los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la CAJA DE AHORRO Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y JUBILADOS DEL PODER ELECTORAL (CAPSEOJ).

 

Vista la diligencia presentada en fecha 08-12-2014 por el abogado Nelson Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 196.405, parte accionante, mediante la cual solicitó la devolución de los documentos originales marcados con las letras "A", "B", "C", "D" y "E", esta Sala ACORDÓ, la devolución de dichos documentos por cursar en copia certificada u original, previa su certificación en autos.

 

 

SENTENCIA

 

 

21.- Expediente N° AA70-E-2014-000106: Los ciudadanos NIEVES MUÑOZ y JUAN MONTILLA, titulares de la cédula de identidad N° 10.919.212 y 9.788.823, respectivamente, asistidos por el abogado Virgilio Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.162, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar innominada contra las Asambleas Extraordinarias celebradas los días 20 y 22 de septiembre de 2014 en el Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA). La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos Nieves Muñoz y Juan Montilla, asistidos por el abogado Virgilio Briceño, contra "…las Asambleas Extraordinarias celebradas los días 20 y 22 de septiembre de 2014 en el Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA-ZULIA)". SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral. TERCERO: CON LUGAR la solicitud de amparo cautelar y en consecuencia, se suspende el proceso electoral de las autoridades del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA-ZULIA) para el período 2014-2017, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa. Ponente. MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 226.

El Presidente (E),

 

 

MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ

  La Secretaria,

  

    PATRICIA CORNET GARCÍA

 

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