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Sala Electoral
  • Fecha: 29 de julio de 2014





CUENTA N° 102

 

Despacho del martes veintinueve (29) de julio de 2014. Se abrió la sesión Presidida por el Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Malaquías Gil Rodríguez, Magistrado Juan José Núñez Calderón, la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Oscar J. León Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

 

 

INFORMES ORALES EN:

 

 

1.-Expediente N° AA70-E-2013-000109: JOSÉ NESTOR SERRANO y CARMEN JOSEFINA CANACHE, titulares de la cédula de identidad N° 2.997.310 y 3.551.757 e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.407 y 179.396, respectivamente, actuando en nombre propio y asistiendo a los ciudadanos RAFAEL ARTURO LEÓN, RENE QUINTIN RODRÍGUEZ, JOSÉ LUCAS LARA, JOSÉ GILBERTO BARRIOS, MAGALY MORA CHACIN y ALEXIS RAMÓN BORGES, titulares de la cédula de identidad N° 3.354.271, 3.155.904, 2.060.470, 3.036.362, 5.220.227 y 635.787, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra “…EL ACTO DE VOTACIÓN PARA ELEGIR A LA NUEVA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE (ANJUPEN). Realizado en fecha 28-11-2013, para el periodo 2014-2016…”.

 

Abierto el acto, se dejó constancia que se encontraban presentes los abogados CARMEN JOSEFINA CANACHE y JOSÉ NÉSTOR SERRANO, y los ciudadanos RAFAEL ARTURO LEÓN, RENÉ QUINTÍN RODRÍGUEZ, JOSÉ GILBERTO BARRIOS, MAGALY MORA CHACÍN y ALEXIS RAMÓN BORGES, parte recurrente. Igualmente se dejó constancia que se encontraban presentes los ciudadanos César Romero, Edgar Cumaná y Carmen Rincón, titulares de la cédula de identidad N° 3.569.729, 3.470.281 y 1.881.810, respectivamente, Miembros de la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), asistidos por la abogada Mercedes Loreto Tabares, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 30.634, parte recurrida. Del mismo modo, se dejó constancia de la asistencia de la abogada ROXANA ORIHUELA, Fiscal Séptima del Ministerio Público, designada para actuar ante esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Seguidamente, el Presidente de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes y la representante del Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales.

 

 

 

ACTUACIÓN EN:

 

 

2.-Expediente N° AA70-E-2013-000109: JOSÉ NESTOR SERRANO y CARMEN JOSEFINA CANACHE, titulares de la cédula de identidad N° 2.997.310 y 3.551.757 e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.407 y 179.396, respectivamente, actuando en nombre propio y asistiendo a los ciudadanos RAFAEL ARTURO LEÓN, RENE QUINTIN RODRÍGUEZ, JOSÉ LUCAS LARA, JOSÉ GILBERTO BARRIOS, MAGALY MORA CHACIN y ALEXIS RAMÓN BORGES, titulares de la cédula de identidad N° 3.354.271, 3.155.904, 2.060.470, 3.036.362, 5.220.227 y 635.787, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra “…EL ACTO DE VOTACIÓN PARA ELEGIR A LA NUEVA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE (ANJUPEN). Realizado en fecha 28-11-2013, para el periodo 2014-2016…”.

 

Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de los informes orales celebrados en esta misma fecha.

 

 

3.- Expediente N° AA70-E-2014-000002: FRANCISCO ANTONIO ALVARADO PADILLA, titular de la cédula de identidad N° 10.213.649, asistido por el abogado Gustavo Bencomo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 1175, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “…los actos de totalización, adjudicación, proclamación, juramentación y credencial que expidió la Junta Electoral Municipal del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, (…) mediante el cual acreditó como ALCALDE del Municipio Lagunillas del Estado Zulia al ciudadano: MERVIN MENDEZ QUEVEDO, en las elecciones celebradas en fecha 08-12-2013…”.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 22-07-2014 por el abogado Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Mervin Méndez Quevedo, mediante la cual solicita la devolución del instrumento poder, la Sala observó que dicho documento cursa a los folios 53 al 55 Vto. del expediente, en consecuencia, se ACORDÓ la devolución del mismo por cursar en original, previo su certificación en autos.

 

 

4.- Expediente N° AA70-E-2014-000059: El ciudadano JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 6.081.852, actuando con el carácter de Presidente del SINDICATO NACIONAL AUTÓNOMO Y SOCIAL DE OBREROS Y TRABAJADORES EN GENERAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN Y AFINES (SINASOICA), asistido por los abogados Miguel Villarroel y Mariela Rosa Díaz, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 70.517 y 186.096, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 140424-0064 dictada en fecha 24-04-2014, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 717 de fecha 18-06-2014, mediante la cual se declaró INADMISIBLE el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral en el referido Sindicato.

 

El Juzgado de Sustanciación ADMITIÓ el recurso. Asimismo, ordenó notificar al ciudadano JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERRERA (parte recurrente),  al Consejo Nacional Electoral,  al Ministerio Público, a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva del Sindicato Nacional Autónomo y Social de Obreros y Trabajadores en General de la Industria de la Construcción y Afines (SINASOICA). Se libraron boleta y Oficio N° 14-437, 14-440, 14-438 y 14-439. Finalmente se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

 

 

5.- Expediente N° AA70-E-2014-000024: FRANCISCO ANTONIO COLMENARES SILVA, titular de la cédula de identidad N° 7.963.014, actuando con el carácter de candidato a concejal lista por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), al Concejo Municipal  del Municipio Cabimas del estado Zulia, asistido por el abogado  Cesar Augusto Arias Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.479, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 140219-0019 de fecha 19 de febrero de 2014, emanado del Consejo Nacional Electoral y publicada en la Gaceta Electoral N° 703 de fecha 02 de abril de 2014, mediante la cual se declaró “…INADMISIBLE el Recurso Jerárquico interpuesto por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO COLMENARES SILVA (…) contra el ciudadano MIGUEL RAMÓN LARA AGUILAR, titular de la cédula de identidad N° 5.721.345, al cargo de concejal lista  del Municipio Cabimas del Estado Zulia, postulado por las organizaciones con fines políticos “Partido Socialista Unido de Venezuela” (PSUV), por estar el mencionado candidato inhabilitado para el ejercicio de la función pública…”.

 

Se acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2012-000107: José Del Carmen Blanco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.495, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JESÚS ANTONIO RAMÍREZ, FREDDY ROJAS, ALFREDO JOSÉ PÉREZ GUEVARA y CARLOS JOSÉ GIMÉNEZ ALVARADO, titulares de la cédula de identidad N° 584.970, 5.224.434, 3.502.388 y 3.323.044, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución N° 120919-0543 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19 de septiembre de 2012 publicada en Gaceta Electoral N° 651 de fecha 18 de octubre de 2012, que declaró “PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso Jerárquico interpuesto por el ciudadano LUIS MIGUEL MEDINA FLORES (…) actuando en su carácter de afiliado al SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ENSEÑANZA DEL ESTADO GUÁRICO (SINTEG), afiliado a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA ENSEÑANZA Y AFINES DE VENEZUELA (FETRAENSEÑANZA), contra la postulación de varios ciudadanos miembros de las autoridades de dicha Federación, por razones de inelegibilidad. SEGUNDO: INELEGIBLES los ciudadanos JESÚS RAMÍREZ, RAMÓN JIMÉNEZ, FREDDY ROJAS, ALFREDO PÉREZ, CARLOS JIMÉNEZ, MANUEL ESPAÑA, JOSÉ PADRINO, GAETANO BONZIGNORE, YOLANDA BETANCOURT, CARMEN PADRÓN, XIOMARA PORTILLO, FREDDY ALEJOS, FRANCISCO MATTEY, RÉGULO DÍAZ y ROBERTO CAMPERO…”.

 

Por recibido Oficio N° 537 de fecha 17-07-2014, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, anexo al cual remitió las resulta de la comisión librada en fecha 04-06-2014, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

7.- Expediente N° AA70-E-2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, titulares de las cédulas de identidad números 1.064.602 y 1.850.287, respectivamente, asistidos por el abogado Quiro Rafael Arvelaez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.265, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrado el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS).

 

Los ciudadanos Nelson Romero y Roberto La Torre, titulares de la cedula de identidad N° 1.064.602 y  1.850.287, respectivamente,  parte recurrente, asistidos por el abogado Luis Eduardo Améstica, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.117, presentaron escrito mediante el cual solicitaron que se declare firme la Sentencia N° 143 dictada en fecha 29/10/2013. En esta actuación no participó el Presidente de la Sala.

 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2014-000038: ALEXANDER JOSÉ ARCIA SENCLER, titular de la cédula de identidad número 11.518.666, actuando con el carácter de Presidente del SINDICATO DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE LA EMPRESA ELECTRIFICACIÓN DEL CARONÍ (SINTRAEDELCA), asistido por el abogado Frank Ramón Moreno Frontado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.814, interpone “…ACCIÓN MERO DECLARATIVA EN MATERIA ELECTORAL…” conjuntamente con medida cautelar, respecto “… al alcance  y vigencia  del periodo electivo real de la junta directiva  del SINDICATO DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE LA EMPRESA ELECTRIFICACIÓN DEL CARONÍ (SINTRAEDELCA) (…) en atención al reconocimiento  que hizo en Gaceta Oficial el Consejo Nacional Electoral  en fecha 28- 11-2011, cuando publico Resolución  N° 111102-210…”.

 

Vista la Sentencia Nº 115 del 15-07-2014, se acordó notificar al ciudadano ALEXANDER JOSÉ ARCIA SENCLER (parte accionante), al Viceministerio de Derechos y Relaciones Laborales, adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo, así como al Ministerio Público. Se libraron Boleta y Oficios N° 14-433 y 14-436. Igualmente, se comisionó al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor) a los fines de notificar a la parte accionante. Se libró Oficio N° 14-432 y Despacho. Del mismo modo, dando cumplimiento a lo señalado en la sentencia Nº 115 dictada en fecha 15-07-2014, se citó a la Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC) y a la Procuraduría General de la República, esta última de conformidad con lo previsto en el artículo 81 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Se libraron Oficios N° 14-434 y 14-435. Finalmente se informó que una vez que conste en autos la totalidad de las citaciones y notificaciones ordenadas, comenzará a transcurrir el lapso de quince (15) días hábiles a los que hace referencia el artículo 82 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, para que se considere consumada la citación de la Procuraduría General de la República.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2012-000042: CARLOS DELFIN ROSALES LÓPEZ, TAYLOR LEONARDO BARROETA HERRERA, DINHORA JOSEFINA ROA PULIDO, EDDY LUZ ZAMBRANO RAMÍREZ y  ALVARO SANMARTÍN MOLINA, titulares de la cédula de identidad N° 9.181.922, 5.656.843, 3.997.590, 4.212.874 y 12.813.720, asistidos por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Várgas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo el número 31.068 y 17.803, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), a los fines “que declare la nulidad absoluta del Artículo 30 Numeral 3° del Reglamento Electoral para las elecciones de Autoridades período 2012-2016 y Decanos período 2012-2016, aprobado por el Consejo Universitario (…) en Sesión  extraordinario N° 003/2012 de fecha 07 de febrero de 2012 (…) cuyas elecciones fueron convocadas para el día cuatro (04) de julio de 2.012 por la Comisión Electoral conforme a lo aprobado en Consejo Universitario Sesión Extraordinaria N° 042/2.012 de fecha 22/05/2.012”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (Remitido mediante Oficio N°220 de fecha 18-06-2012, constante de (41) folios útiles.

 

El abogado Henri Costantin Laorden Fichot, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.433, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), presentó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia N° 60 de fecha 14/05/2014.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2010-000004: HENRY MACÍAS LAREAL, PEDRO LUIS ROMERO RAMÍREZ y DAVID ERNESTO MENDOZA LOYO, titulares de la cédula de identidad número 3.699.314, 6.866.015 y 6.179.484, respectivamente, asistidos por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, por haber excluido al personal administrativo y obrero del padrón electoral para las elecciones de las autoridades de la mencionada Casa de Estudios cuyo acto de votación está fijado para el día 23-02-2010. (Acumulado con Exp. Nº 2010-000009 interpuesto por los ciudadanos ISALY JOSEFINA MATHEUS SPÍNDOLA, WILMER ORLANDO SANTIAGO SANTIAGO y VIRGILIO ALFONSO ROA RIVAS, titulares de la cédula de identidad número 6.563.683, 11.467.814 y 6.431.513, respectivamente, asistidos por la abogada Nelly Justina Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.358).

 

La abogada África Porras Barrolleta, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.474, presento diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia N° 138 de fecha 24-11-11.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

11.- Expediente N° AA70-E-2014-000056: La Comisión Electoral Permanente del Consejo Comunal La Laguna, Puerto Cabello, estado Carabobo, representada por el ciudadano ALEX LUCAMBIO LOYO, titular de la cédula de identidad N°10.254.145, asistido por el abogado Benigno Colmenarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.249, mediante el cual interpone acción de amparo constitucional con medida cautelar, contra “…RAUL CABRERA Coordinador Municipal de la Fundación  para el Desarrollo y Promoción del Poder Popular  FUNDACOMUNAL, del Municipio Puerto cabello, del estado Carabobo y CARLOS FIGUEROA Promotor de FUNDACOMUNAL de la Parroquia Goaigoaza, Municipio Puerto Cabello, del estado Carabobo,…”.

 

El abogado Benigno Colmenarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.249, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionante, presentó escrito mediante el cual procede a "(…) denunciar desacato a la decisión emitida por esta Sala el 22-07-14 (…)"

 

 

 

 

 

SENTENCIA

 

 

12.- Expediente N° AA70-E-2014-000056: La Comisión Electoral Permanente del Consejo Comunal La Laguna, Puerto Cabello, estado Carabobo, representada por el ciudadano ALEX LUCAMBIO LOYO, titular de la cédula de identidad N°10.254.145, asistido por el abogado Benigno Colmenarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.249, mediante el cual interpone acción de amparo constitucional con medida cautelar, contra “…RAUL CABRERA Coordinador Municipal de la Fundación  para el Desarrollo y Promoción del Poder Popular  FUNDACOMUNAL, del Municipio Puerto cabello, del estado Carabobo y CARLOS FIGUEROA Promotor de FUNDACOMUNAL de la Parroquia Goaigoaza, Municipio Puerto Cabello, del estado Carabobo,…”. La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida.  En consecuencia: 1.- ORDENÓ a los ciudadanos Raúl Cabrera y Carlos Figueroa, reconocer a los ciudadanos Alex Lucambio Loyo, Norelys Sánchez, Yiannelys Contreras, Carlos Pernalete y Lenys Reyes, como miembros de la Comisión Electoral Permanente del Consejo Comunal "La Laguna" para el período 2014-2016. 2.- ORDENÓ a la Comisión Electoral Permanente del Consejo Comunal "La Laguna" para el período 2014-2016, retomar el proceso electoral bajo análisis. 3.- Se EXHORTÓ al Consejo Nacional Electoral para que continúe prestando el apoyo material a la referida Comisión Electoral Permanente. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 131.

 

El Presidente,

 

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

  La Secretaria,

 

 

     PATRICIA CORNET GARCÍA

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