CUENTA N°91

 

Despacho del jueves dos (02) de julio de 2015. Se abrió la sesión Presidida por la Presidenta Magistrada Indira Maira Alfonzo Izaguirre, con la asistencia del Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, la Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.

 

INFORMES ORALES EN:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2014-000098: ORLANDO JOSÉ CAMACHO FIGUERA y ALBERTO SARMIENTO COLMENARES, titulares de la cédula de identidad N° 10.331.608 y 2.120.467, respectivamente, asistido por el abogado Yonel José Marín Sequera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.976, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el Acta N° 027 de fecha 05 de noviembre de 2014, emanado de la Junta Directiva de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Artesanos, Micros, Pequeñas y Medianas Industrias y Empresas de Venezuela (FEDEINDUSTRIA).

 

Abierto el acto, se dejó constancia de la asistencia del abogado Yonel José Marín Sequera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.976, apoderado judicial de los ciudadanos ORLANDO JOSÉ CAMACHO FIGUERA y ALBERTO SARMIENTO COLMENARES, parte recurrente. Del mismo modo se dejó constancia de la comparecencia de la abogada Jasmín Sequera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.105, apoderada judicial del ciudadano  MIGUEL PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 8.320.909, Presidente de  la Federación de Cámaras y Asociaciones de Artesanos, Micros, Pequeñas y Medianas Industrias y Empresas de Venezuela, parte recurrida. Igualmente, se dejó constancia de la asistencia del abogado Luis Marcano López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.711, Fiscal Provisorio de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público con competencia  para actuar ante esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.  Seguidamente, la Presidenta de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes y el representante del Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el disco compacto contentivo del acto de informes orales.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2014-000098: ORLANDO JOSÉ CAMACHO FIGUERA y ALBERTO SARMIENTO COLMENARES, titulares de la cédula de identidad N° 10.331.608 y 2.120.467, respectivamente, asistido por el abogado Yonel José Marín Sequera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.976, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el Acta N° 027 de fecha 05 de noviembre de 2014, emanado de la Junta Directiva de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Artesanos, Micros, Pequeñas y Medianas Industrias y Empresas de Venezuela (FEDEINDUSTRIA).

 

Se dejó constancia que se agregó al expediente, disco compacto contentivo del acto de informes orales celebrado en esta misma fecha.

 

ACTUACIÓN EN:

 

3.- Expediente N° AA70-E-2014-000112: EILEEN GARCÍA MUJICA, titular de la cédula de identidad N° 12.460.243, invocando el carácter de miembro de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (CATIVSS) y de Presidenta de la Comisión Electoral Principal de la referida Caja de Ahorro, asistida por los abogado José Torres y Catherina Gallardo, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 155.167 y 137.383, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo dictado por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, identificado como Oficio N° SCA-DL-3176-B de fecha 11 de noviembre de 2014.

 

Por recibido en esta misma fecha, Oficio N° 337-2015 de fecha 29 de junio de 2015, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, anexo al cual remitió las resultas de la evacuación de testimonial admitida en el auto de fecha 04 de julio de 2015, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

4.- Expediente N° AA70-E-2014-000070:  La abogada Ana Carolina Torres Carrizalez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 223.982, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos EUGENIO ZAPATA ÑAÑEZ, ORLANDO MUDARRA BELLO, TANIA MARISOL MAVAREZ DE RUIZ, RAFAEL EDUARDO ROMERO FRANCO, YAÍN CLARET CARRERO BETANCOURT, AQUILES ERNESTO LEMUS CASTILLEJO, CARLOS EDUARDO RANGEL RONDÓN y LUIS ERASMO PIÑATE LÓPEZ, titulares de la cédula de identidad N° 2.983.694, 3.796.972, 10.470.568, 5.114.341, 6.363.023, 11.937.233, 14.351.808 y 11.739.369, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral para elegir a los integrantes de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB EL AGUASAL, para el período 2014-2016,  cuyo acto de votación se celebró el 19 de julio de 2014.

 

Se dejó en custodia de la Secretaría un (01) disco compacto sin reproducir consignado por la abogada VERÓNICA MORENO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.282, asistiendo al ciudadano JAVIER GARCÍA RENGEL, titular de la cédula de identidad N° 4.765.176.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MÓNICA DÍAZ, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

 

6.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ARCADIO DOMÍNGUEZ, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MAGDORIS GUZMÁN, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano CARLOS SOTILLO, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

9.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano FREDDY GARCÍA, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano FREDDY QUIROZ SOTO, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

11.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano BRADY PEÑALOZA, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

12.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ROGELIO LANDAETA, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

13.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana ZULAY NIÑO, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

14.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ALEXANDER PÉREZ, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

15.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano CARLOS MANRIQUE, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

16.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana ZORAIDA SÁNCHEZ, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

17.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana YANINA D´OCCHIO, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

18.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana NAILETH BELLORIN, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

19.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano WILLIAM GUTIÉRREZ, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

20.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano MARVIN ÁVILA, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

21.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ CUELLA, mediante el cual se notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

22.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos MAYLEN JIMÉNEZ, YASMÍN VIDAO, JIMY CAMACHO, CIRILO LARES, MIGUEL MORENO, JOSÉ MAYORA, ELEAZAR HERNÁNDEZ, ELVIS LUCERO y RENXY ACOSTA, mediante el cual se les notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

23.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos OMAR ESPINOZA, ADRIANA PADRÓN, OSWALDO LÓPEZ, LUZ FAJARDO, ENZO MARCONI, WILLIAM MARRERO, GABRIEL GIL, ALEJANDRO CHIRINO, mediante el cual se les notificó de la Sentencia N° 86 dictada el 14 de mayo de 2015 y del auto de fecha 09 de junio de 2015.

 

24.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos ALEXIS CAPRILES, OMAR ESPINOZA, ADRIANA PADRÓN, OSWALDO LÓPEZ, LUZ FAJARDO, ENZO MARCONI, WILLIAM MARRERO, GABRIEL GIL Y ALEJANDRO CHIRINO (INTEGRANTES DE LA PLANCHA N°1), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.

 

25.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos MAYLEN JIMÉNEZ, JAZMÍN VIDAO, JIMY CAMACHO, CIRILO LARES, MIGUEL MORENO, JOSÉ MAYORA, ELEAZAR HERNÁNDEZ, ELVIS LUCERO, RENXY ACOSTA (INTEGRANTES DE LA PLANCHA N°3), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.

 

26.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ CUELLAR, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

27.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano MARVIN ÁVILA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

28.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano WILLIAM GUTIÉRREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

29.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana NAILETH BELLORIN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

30.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana YANINA D’OCCHIO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

31.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana ZORAIDA SÁNCHEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

32.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano CARLOS MANRIQUE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

33.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ALEXANDER PÉREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

34.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MÓNICA DÍAZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

35.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ARCADIO DOMÍNGUEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

36.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MAGDORIS GUZMÁN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

37.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana ZULAY NIÑO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

38.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ROGELIO LANDAETA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

39.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano FREDDY QUIROS SOTO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

40.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano FREDDY GARCÍA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

41.- Expediente N° AA70-E-2015-000052: ROGELIO LANDAETA y FREDDY QUIROZ, titulares de la cédula de identidad número 4.442.301 y 2.153.671, respectivamente, invocando la condición de postulados uninominalmente como candidatos para ejercer el cargo de Comisario Principal, de la Asociación Civil Club Oricao, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “los actos, actuaciones u omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano CARLOS SOTILLO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la sentencia N° 115 de fecha 10 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

42.- Expediente N° AA70-E-2015-000067: FRANKLIN DÍAZ y JUVENAL GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad Nos. 5.602.736 y 3.729.161, invocando el carácter de Secretario de Organización y Secretario Político del MOVIMIENTO REPÚBLICANO (MR), todo respectivamente, asistidos por el abogado David Peláez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.594, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 150414-074, dictada por el Consejo Nacional Electoral, respecto a las consideraciones finales referidas al artículo 26 de sus estatutos.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano MANUEL RIVAS de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el auto de fecha 1° de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

43.- Expediente N° AA70-E-2015-000067: FRANKLIN DÍAZ y JUVENAL GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad Nos. 5.602.736 y 3.729.161, invocando el carácter de Secretario de Organización y Secretario Político del MOVIMIENTO REPÚBLICANO (MR), todo respectivamente, asistidos por el abogado David Peláez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.594, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 150414-074, dictada por el Consejo Nacional Electoral, respecto a las consideraciones finales referidas al artículo 26 de sus estatutos.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana OMAIRA RIGAUD de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el auto de fecha 1° de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

44.- Expediente N° AA70-E-2015-000067: FRANKLIN DÍAZ y JUVENAL GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad Nos. 5.602.736 y 3.729.161, invocando el carácter de Secretario de Organización y Secretario Político del MOVIMIENTO REPÚBLICANO (MR), todo respectivamente, asistidos por el abogado David Peláez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.594, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 150414-074, dictada por el Consejo Nacional Electoral, respecto a las consideraciones finales referidas al artículo 26 de sus estatutos.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ BERROTERAN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el auto de fecha 1° de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

45.- Expediente N° AA70-E-2015-000067: FRANKLIN DÍAZ y JUVENAL GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad Nos. 5.602.736 y 3.729.161, invocando el carácter de Secretario de Organización y Secretario Político del MOVIMIENTO REPÚBLICANO (MR), todo respectivamente, asistidos por el abogado David Peláez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.594, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 150414-074, dictada por el Consejo Nacional Electoral, respecto a las consideraciones finales referidas al artículo 26 de sus estatutos.

 

Se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano LEONARDO MENDOZA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el auto de fecha 1° de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

46.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

47.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano RODOLFO JOSÉ SAYAGO COLMENARES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

48.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano RICARDO OLMEDO BENITEZ RUIZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

49.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana HEIDY NAIROBI TORRES MORALES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

50.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana ANA HORTENCIA VELASCO APALACIOS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

51.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana TRINA CONCEPCIÓN ROSALES GUERRERO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

52.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

53.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MARIANELLA MÉNDEZ DÍAZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

54.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana VILMA VIRGINIA VALDERRAMA VIVAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

55.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

56.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ROBERT JAVIER OLIVARES RIVAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

57.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana ALICIA MARÍA CHACÓN SÁNCHEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

58.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

59.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano YOEL ANTONIO VEGA BELANDRIA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

60.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana NEIRA TRINIDAD RAMÍREZ CONTRERAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

61.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MARÍA REYES MALDONADO BECERRA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

62.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana DUBRASKA ZULMEY JIMÉNEZ CASTELLANOS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

63.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano HARTLING ARMANDO OCHOA JAIMES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

64.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MARÍA FIDELINA HERNÁNDEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

65.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano WILLIAM FUENTES MORALES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

66.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana OMAIRA ESTELA PERNIA CASTRO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

67.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana CARMEN YANET MOLINA MORALES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

68.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana ADRIANA COROMOTO ESCALANTE CONTRERAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

69.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana SANDRA ANDREINA BOHORQUEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

70.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana ELSIE DIAMARY ACUÑA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

71.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana DENNY YAMILETH MOLINA RODRÍGUEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

72.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana EDDY LUZ ZAMBRANO RAMÍREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

73.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MARÍA ELENA DAZA FRANKLIN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

74.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana YUDITH JOSEFINA CAPRARA MENDOZA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

75.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana NAIDY ESPERANZA QUIROZ VARELA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

76.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano CARLOS JOSÉ PANTALEÓN CHACÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

77.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano OSCAR STEPHANE PÉREZ JIMÉNEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

78.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ENDER ENRIQUE SÁEZ IZARRA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

79.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano PABLO OVIDIO VELÁSQUE MORA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

80.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano BRADY ANTOLIN PEÑALOZA MÁRQUEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

81.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana KELLY MERCEDES GÓMEZ SALAZAR, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

82.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano NOÉ VALBUENA PARRA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

83.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ERICK DAVID GARCÍA GARCÍA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

84.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JORGE LUIS OLIVEROS GUTIÉRREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

85.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana BELKYS CONSOLACIÓN RAMÍREZ DE CAMARGO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

86.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana LECNI YASMIN LÓPEZ DE GUTIÉRREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

87.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

88.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana CARMEN CECILIA CASTILLO DE BAYONA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

89.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

90.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MAYBELLY FAVIOLA MONTILVA CONTRERAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

91.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano RICARDO AUGUSTO RAMÍREZ RIVAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

92.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana SANDRA YAMILES CONTRERAS MALDONADO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

93.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana GLORIA CAROLINA SALAZAR HERRERA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

94.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

95.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ DAVID SALAS RODRÍGUEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

96.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana ZULAY ROSALBA QUEVEDO DE PAHMER, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

97.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

98.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana YOKOIMA JESSISCA ILLERA DE ESCALANTE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

99.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana ANAIS DEL VALLE MARTÍNEZ DE PRATO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

100.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana AZUCENA MONSALVE SÁNCHEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

101.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano LUIS ALEXANDER ROA RAMÍREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

102.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana LILIANA CAROLINA CONTRERAS PARRA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

103.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

104.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano EZEQUIEL OSORIO SUÁREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

105.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano CRISTÓBAL JOSÉ ROLDÁN NIÑO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

106.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana BRIZMA ZUGEY MEZA ESCALANTE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

107.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ PINEDA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

108.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano LENNIN NICOLÁS SALGADO PEÑA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

109.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JUAN ALBERTO RAMÍREZ GARNICA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

110.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana ROSA CONSOLACIÓN MONTERREY ORTIZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

111.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano FRANCISCO JAVIER MÁRQUEZ BUENO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

112.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana RAYSA MAGALY PERNIA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

113.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana LIZLY KARYN AVENDAÑO GELVES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

114.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MARINA JIMÉNEZ ORTEGA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

115.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana YOLANDA CASTELLANOS DE GONZÁLEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

116.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana LESLY LUZ VILLATE GUTIÉRREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

117.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana BLANCA NELLY ARMIJO AMADO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

118.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ ARCANGEL CÁCERES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

119.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MARIBEL ESCALANTE DURÁN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

120.- Expediente N° AA70-E-2015-000042:RIGOBERTO DUQUE UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, actuando en su condición de miembro de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), asistido por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, dictado por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos PEDRO EULISES PINTO RINCÓN, JOSÉ HÉCTOR DURÁN VEGA, JOSÉ ANTONIO NARANJO CHACÓN, WILIAM FUENTES MORALES, REINA ITAMAR CHACÓN QUINTERO, PABLO OVIDIO VELASQUEZ MORA, LINDA JACKELINE SERRANO DE ÁLVAREZ, JENIFER ANDREINA PEREIRA DE PÉREZ, FRANCY CAROLINA CARMONA RAMÍREZ, MARÍA GRACIA PAZ PÉREZ, IRIS SOLANGEL HERNÁNDEZ DE SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO RAMÍREZ  GARNICA y MARIBEL ESCALANTE DURÁN, todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano JORGE RAFAEL MORA ÁLVAREZ. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) (Remitido mediante Oficio N° 160, de fecha 29 de abril de 2015. Constante de setenta y tres (73) folios útiles).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MARIELLA BELÉN MORA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle el fallo N° 93 dictado en fecha 20 de mayo de 2015 y el auto dictado en fecha 30 de junio de 2015, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

DILIGENCIA EN:

 

121.- Expediente N° AA70-E-2015-000073: Los ciudadanos ARGIMIRO APONTE, JOSÉ RAMÓN ARRIECHE y MIGUEL GALLEGOS, titulares de la cédula de identidad Nos. 11.730.042, 3.858.985 y 3.849.542, respectivamente, asistidos por el abogado Omar Rafael Solórzano García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 103.656, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N°150414-081, dictada por Consejo Nacional Electoral, de fecha 14 de abril de 2015, y publicada en Gaceta Electoral N° 750 en fecha 15 de mayo de 2015, mediante la cual resolvió: “PRIMERO: Reconocer todas las actuaciones suscritas y presentadas por los ciudadanos Didalco Bolívar y Gerson Pérez, en su carácter de presidente y vicepresidente de la organización con fines políticos nacional POR LA DEMOCRACIA SOCIAL (PODEMOS), SEGUNDO: Se reconoce la Junta Directiva Nacional notificada a este Organismo Electoral en fecha 30 de octubre de 2012 y ratificada el 16 de octubre de 2014(…)TERCERO: Se dejan sin efecto y se declaran nulas todas las actuaciones presentadas por el ciudadano Baudillo Reinoso, Miguel Gallegos y Argimiro Aponte, en especial la Asamblea celebrada en fecha 30 de agosto de 2014 y todas las decisiones en ella adoptadas. CUARTO: Se ratifica la expulsión de la militancia de la organización con fines políticos POR LA DEMOCRACIA SOCIAL (PODEMOS), efectuada a los ciudadanos Baudillo Reinoso, cédula de identidad N° 646.652, Argimiro Aponte, cédula de identidad N° 11.730.042 y de la ciudadana Migadalia Ramos, cédula de identidad N° 3.955.810…”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15.333, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se solicitaron los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

122.- Expediente N° AA70-E-2015-000022: JOSÉ FRANCISCO CONTRERAS MILLÁN, titular de la cédula de identidad N° 6.233.786 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.766, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la vías de hecho de la Comisión Electoral de Primarias de la MUD al omitir la convocatoria de Primarias para la elección de los Diputados a la Asamblea Nacional en la Circunscripción Electoral que corresponde a los municipios Baruta, Chacao y El Hatillo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-353 librado a la Comisión Electoral de Primarias de la Mesa de la Unidad Democrática, mediante el cual se  notificó la Sentencia Nº 88 de fecha 14-05-2015.

 

123.- Expediente N° AA70-E-2015-000022: JOSÉ FRANCISCO CONTRERAS MILLÁN, titular de la cédula de identidad N° 6.233.786 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.766, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la vías de hecho de la Comisión Electoral de Primarias de la MUD al omitir la convocatoria de Primarias para la elección de los Diputados a la Asamblea Nacional en la Circunscripción Electoral que corresponde a los municipios Baruta, Chacao y El Hatillo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-354, librado a la Junta Directiva de la Mesa de la Unidad Democrática, mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 88 de fecha 14-05-2015.

 

124.- Expediente N° AA70-E-2015-000022: JOSÉ FRANCISCO CONTRERAS MILLÁN, titular de la cédula de identidad N° 6.233.786 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.766, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la vías de hecho de la Comisión Electoral de Primarias de la MUD al omitir la convocatoria de Primarias para la elección de los Diputados a la Asamblea Nacional en la Circunscripción Electoral que corresponde a los municipios Baruta, Chacao y El Hatillo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15.355, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 88 de fecha 14-05-2015.

 

125.- Expediente N° AA70-E-2014-000070:  La abogada Ana Carolina Torres Carrizalez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 223.982, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos EUGENIO ZAPATA ÑAÑEZ, ORLANDO MUDARRA BELLO, TANIA MARISOL MAVAREZ DE RUIZ, RAFAEL EDUARDO ROMERO FRANCO, YAÍN CLARET CARRERO BETANCOURT, AQUILES ERNESTO LEMUS CASTILLEJO, CARLOS EDUARDO RANGEL RONDÓN y LUIS ERASMO PIÑATE LÓPEZ, titulares de la cédula de identidad N° 2.983.694, 3.796.972, 10.470.568, 5.114.341, 6.363.023, 11.937.233, 14.351.808 y 11.739.369, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral para elegir a los integrantes de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB EL AGUASAL, para el período 2014-2016,  cuyo acto de votación se celebró el 19 de julio de 2014.

 

El ciudadano Jaime García Rengel, titular de la cédula de identidad N° 4.765.176, actuando con el carácter de presidente de la Comisión Electoral del Club El Aguasal, Asociación Civil, asistido por la abogada Verónica Moreno Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.282, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento acerca de la condenatoria en costas, así como la reproducción del disco compacto contentivo del acto de informes de fecha 23-04-2015 (acompañaron disco compacto virgen).

 

126.- Expediente N° AA70-E-2013-000065: RODOLFO JOSÉ BELLO, titular de la cédula de identidad N°  8.876.695, asistido por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Pesas, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de agosto de 2013.

 

El ciudadano EDDIE RAFAEL SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.066.098, invocando el carácter de Vicepresidente de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, período 2009-2013, asistido por el abogado José Rafael Angarita, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 109.353, presentó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de documentos que cursan a los folios 372 al 433 del expediente.

 

127.- Expediente N° AA70-E-2015-000079: HENRY SALOMÓN GALICIA FRON, titular de la cédula de identidad N° 3.935.150, asistido por el abogado Duque Melecio Uviedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 120.055, interpuso acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Casa Apure en Aragua “APURAGUA”, respecto al proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva de la referida asociación civil, cuyo acto se votación se fijó para el 05 de julio de 2015.

 

El ciudadano Henry Galicia, titular de la cédula 3.935.150, parte accionante, asistido por el abogado Duque Uviedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 120.055, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia N° 138 dictada por esta Sala en fecha 02-07-2015.

 

ESCRITOS PRESENTADOS EN:

 

128.- Expediente N° AA70-E-2015-000038: Juzgado Superior Tercero, Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, remite escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar, por los ciudadanos CARLOS DELFIN ROSALES LÓPEZ,  DINHORA JOSEFINA ROA PULIDO, ROMULO FLORENTINO OSTOS PULIDO y  HENRY MÉNDEZ MÁRQUEZ, titulares de la cédula de identidad números 9.181.922, 3.997.590, 3.308.285 y 3.998.152 respectivamente, asistidos por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, contra los pronunciamientos de fecha 22/04/2015 emanados de la COMISIÓN ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRASTIVOS DE LA UNIVERSIDAD EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA  (AEAUNET), que declararon sin lugar las impugnaciones interpuestas por los recurrentes, contra el rechazo de sus postulaciones a los cargos de Presidente, Secretario de Finanzas, Suplente Delegado Nacional y Suplente del Secretario de Finanzas, respectivamente, en el proceso electoral 2015/2018, cuyo acto de votación ese fijó para el 07 de mayo de 2015. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia remitido mediante Oficio N°103 de fecha 24-04-2015)

 

Las abogadas Betty Jaimes y Robertina Vargas, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 31.068 y 17.803, respectivamente, apoderadas judiciales de los ciudadanos CARLOS ROSALES, DINHORA ROA Y ROMÚLO OSTOS (recurrentes), presentaron escrito mediante el cual promovieron pruebas (consignaron recaudos). Asimismo, se ordenó reservar el referido escrito y sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS EN:

 

129.- Expediente N° AA70-E-2015-000068: Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua remitió recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos ADELIS GÓMEZ, PEDRO SÁNCHEZ y PEDRO CÁRDENAS ZAMUDIO, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.304.609, 7.230.119 y 1.125.032, respectivamente, el último inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.315, actuando en nombre propio y asistiendo a los dos primeros, contra la Resolución N° 150414-073, de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, la cual resolvió: “declarar nula la Asamblea Nacional celebrada en la ciudad de Maracay, Estado Aragua, en fecha 31 de mayo de 2014, así como todas las decisiones adoptadas en la misma, y las actuaciones posteriores realizadas por el ciudadano PEDRO CARDENAS ZAMUDIO, arrogándose el carácter de Secretario General Nacional de la organización con fines políticos UNIÓN REPÚBLICANA DEMOCRÁTICA(U.R.D.). SEGUNDO: Ratificar las autoridades Electas en la Décimo Séptima (XVII) Asamblea Nacional realizada en fecha 29 de julio de 2006 con las sustituciones efectuadas posteriormente a causa del fallecimiento de alguno de sus titulares…”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N°769 -2015, de fecha 27 de mayo de 2015). (1 Pieza).

 

El abogado Carlos Castro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.583, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, presentó escrito mediante el cual consignó antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral y se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y formar siete (07) piezas separadas con los recaudos que acompañaron al escrito, por contener antecedentes administrativos adicionales relacionados con el caso, piezas que serán identificadas como Expediente Administrativo 2 al 8.

 

130.- Expediente N° AA70-E-2015-000068: Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua remitió recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos ADELIS GÓMEZ, PEDRO SÁNCHEZ y PEDRO CÁRDENAS ZAMUDIO, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.304.609, 7.230.119 y 1.125.032, respectivamente, el último inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.315, actuando en nombre propio y asistiendo a los dos primeros, contra la Resolución N° 150414-073, de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, la cual resolvió: “declarar nula la Asamblea Nacional celebrada en la ciudad de Maracay, Estado Aragua, en fecha 31 de mayo de 2014, así como todas las decisiones adoptadas en la misma, y las actuaciones posteriores realizadas por el ciudadano PEDRO CARDENAS ZAMUDIO, arrogándose el carácter de Secretario General Nacional de la organización con fines políticos UNIÓN REPÚBLICANA DEMOCRÁTICA(U.R.D.). SEGUNDO: Ratificar las autoridades Electas en la Décimo Séptima (XVII) Asamblea Nacional realizada en fecha 29 de julio de 2006 con las sustituciones efectuadas posteriormente a causa del fallecimiento de alguno de sus titulares…”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N°769 -2015, de fecha 27 de mayo de 2015). (1 Pieza).

 

El ciudadano SADY SILVA YAPE, titular de la cédula de identidad N° 2.996.692, invocando el carácter de Secretario Político de la Organización con fines políticos Unión Republicana Democrática, asistido por el abogado Arnaldo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.784, quien a su vez actúa como Secretario General Nacional de la mencionada organización, presentaron escrito mediante el cual  solicitaron se niegue la medida cautelar solicitada.

 

131.- Expediente N° AA70-E-2014-000098: ORLANDO JOSÉ CAMACHO FIGUERA y ALBERTO SARMIENTO COLMENARES, titulares de la cédula de identidad N° 10.331.608 y 2.120.467, respectivamente, asistido por el abogado Yonel José Marín Sequera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.976, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el Acta N° 027 de fecha 05 de noviembre de 2014, emanado de la Junta Directiva de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Artesanos, Micros, Pequeñas y Medianas Industrias y Empresas de Venezuela (FEDEINDUSTRIA).

 

El abogado Luis Marcano, Fiscal Provisorio de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público para actuar ante la Sala Electoral, presentó escrito mediante el cual expresó la opinión del Órgano al cual representa.

 

132.- Expediente N° AA70-E-2013-000065: RODOLFO JOSÉ BELLO, titular de la cédula de identidad N°  8.876.695, asistido por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Pesas, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de agosto de 2013.

 

El ciudadano EDDIE RAFAEL SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 4.066.098, invocando el carácter de Vicepresidente de la Federación Venezolana de Levantamiento de Pesas, período 2009-2013, asistido por el abogado José Rafael Angarita Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 109.353, presentó escrito en el cual expresó dar cumplimiento a la Sentencia N° 160 de fecha 08-10-2014 y consignó recaudos constante de 1.819 folios útiles. En tal sentido, a los fines del mejor manejo del expediente se acordó agregar a la pieza principal el mencionado escrito y formar 04 piezas de anexo con los recaudos presentados, las cuales fueron identificadas como Anexo 1 al 4.

 

 

133.- Expediente N° AA70-E-2015-000073: Los ciudadanos ARGIMIRO APONTE, JOSÉ RAMÓN ARRIECHE y MIGUEL GALLEGOS, titulares de la cédula de identidad Nos. 11.730.042, 3.858.985 y 3.849.542, respectivamente, asistidos por el abogado Omar Rafael Solórzano García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 103.656, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N°150414-081, dictada por Consejo Nacional Electoral, de fecha 14 de abril de 2015, y publicada en Gaceta Electoral N° 750 en fecha 15 de mayo de 2015, mediante la cual resolvió: “PRIMERO: Reconocer todas las actuaciones suscritas y presentadas por los ciudadanos Didalco Bolívar y Gerson Pérez, en su carácter de presidente y vicepresidente de la organización con fines políticos nacional POR LA DEMOCRACIA SOCIAL (PODEMOS), SEGUNDO: Se reconoce la Junta Directiva Nacional notificada a este Organismo Electoral en fecha 30 de octubre de 2012 y ratificada el 16 de octubre de 2014(…)TERCERO: Se dejan sin efecto y se declaran nulas todas las actuaciones presentadas por el ciudadano Baudillo Reinoso, Miguel Gallegos y Argimiro Aponte, en especial la Asamblea celebrada en fecha 30 de agosto de 2014 y todas las decisiones en ella adoptadas. CUARTO: Se ratifica la expulsión de la militancia de la organización con fines políticos POR LA DEMOCRACIA SOCIAL (PODEMOS), efectuada a los ciudadanos Baudillo Reinoso, cédula de identidad N° 646.652, Argimiro Aponte, cédula de identidad N° 11.730.042 y de la ciudadana Migadalia Ramos, cédula de identidad N° 3.955.810…”.

 

 

Los abogados María Eugenia Peña y Carlos Castro, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 52.044 y 90.583, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, presentaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito así como la copia del poder que los acredita para actuar como apoderados judiciales del mencionado Órgano Electoral y formar ocho (08) piezas separadas con los restantes recaudos que acompañaron al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

 

134.- Expediente N° AA70-E-2015-000081: Gilberto Rúa, titular de la cédula de identidad N° 24.796.710, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 120.862, actuando en nombre propio, interpuso acción de amparo constitucional contra la “AMENAZA de una Resolución que DICTARA EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL”.

 

Se designó ponente al Magistrado FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la acción de amparo constitucional.

 

SENTENCIA

 

135.- Expediente N° AA70-E-2015-000079: HENRY SALOMÓN GALICIA FRON, titular de la cédula de identidad N° 3.935.150, asistido por el abogado Duque Melecio Uviedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 120.055, interpuso acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Casa Apure en Aragua “APURAGUA”, respecto al proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva de la referida asociación civil, cuyo acto se votación se fijó para el 05 de julio de 2015. La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano HENRY SALOMÓN GALICIA FRON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.935.150, asistido por el abogado en ejercicio DUQUE MELECIO UVIEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.165.352, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 120.055, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Casa Apure en Aragua "APURAGUA", respecto al proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva de la referida asociación civil, cuyo acto de votación se fijó para el 05 de julio de 2015. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, de conformidad con lo previsto en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Ponente: Magistrada JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO. Sentencia N° 138.

 

136.- Expediente N° AA70-E-2015-000069: La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remitió expediente contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar, por el ciudadano MIGUEL ÁNGEL BLANCO JUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 3.358.568, invocando la condición de vocero principal del Comité de Tierras Urbanas del Consejo Comunal Cujisal Productivo del estado Yaracuy, asistido por el abogado Arturo Rodolfo Torrealba Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.285, contra el ciudadano Francisco Méndez, Director de la Fundación para la Promoción y Desarrollo del Poder Popular (FUNDACOMUNAL), del estado Yaracuy, adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales. Remitido mediante Oficio N° 15-0563, de fecha 04 de junio de 2015. Expediente N° AA50-T-2015-000298. (1 Pieza). La Sala declaró: PRIMERO: ACEPTÓ LA COMPETENCIA, conferida a esta Sala Electoral por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia número 551 de fecha 08 de mayo de 2015. En consecuencia, declaró su COMPETENCIA, para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos presentada en fecha 27 de enero de 2015, por Miguel Ángel Blanco Juárez, titular de la cédula de identidad número 3.358.568, asistido por el abogado Arturo Rodolfo Torrealba Parra, titular de la cédula de identidad número 7.216.122 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 90.285, “…contra el ciudadano Francisco Méndez, en su car[á]cter de Director Estadal de la Fundación para la Promoción y Desarrollo del Poder Popular del Estado Yaracuy (FUNDACOMUNAL-YARACUY)…”. SEGUNDO: RECONDUCE la acción de amparo constitucional a un recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos. TERCERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos presentado en fecha 27 de enero de 2015, por Miguel Ángel Blanco Juárez, titular de la cédula de identidad número 3.358.568, asistido por el abogado Arturo Rodolfo Torrealba Parra, titular de la cédula de identidad número 7.216.122 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 90.285, “…contra el ciudadano Francisco Méndez, en su car[á]cter de Director Estadal de la Fundación para la Promoción y Desarrollo del Poder Popular del Estado Yaracuy (FUNDACOMUNAL-YARACUY)…”. CUARTO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral. QUINTO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos. Ponente: Magistrada JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO. Sentencia N° 139.

La Presidenta,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

 

La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA