![]() | ||
|
CUENTA N° 71
Despacho del martes veintiséis (26) de mayo de 2015. Se abrió la sesión Presidida por la Presidenta Magistrada Indira Maira Alfonzo Izaguirre, con la asistencia del Magistrado Vicepresidente Juan José Núñez Calderón, Fernando Ramón Vegas Torrealba, Jhannett María Madriz Sotillo y el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
NUEVO ASUNTO INGRESADO EN:
1.- Expediente N° AA70-E-2015-000057: JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ RINCÓN, titular de la cédula de identidad N° 4.774.473, asistido por el abogado Claudio Bata Gallardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.561, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 150414-077 de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, la cual resolvió: “PRIMERO: Se reconocen las autoridades de la organización con fines políticos nacional INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN), electos en la Convención Nacional de Comités Operativos Regional, es celebrada el 25 de mayo de 2013, para el periodo de seis (06) años desde 2013 hasta 2019…”.
Se dio cuenta en Sala.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2015-000056: PEDRO VELIZ ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 2.927.005, invocando la condición de Presidente del Partido Bandera Roja, asistido por el abogado Jorge Luis González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.029, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra la Resolución N° 150414-076, de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en la cual resolvió: “PRIMERO: Instar al Comité Central, al Comité Político Nacional y demás órganos de la organización con fines políticos BANDERA ROJA (BR) así como a sus militantes, para que reconozcan como representantes de la organización y por tanto facultado para presentar postulaciones ante este Órgano Electoral, al Secretario General de la organización, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de los estatutos internos. SEGUNDO: Hasta tanto se realice un nuevo proceso electoral para escoger a las autoridades de la organización con fines políticos BANDERA ROJA (BR) el Consejo Nacional Electoral únicamente recibirá las postulaciones que sean presentadas por el ciudadano Gabriel Puerta Aponte, titular de la cédula de identidad N° V-1.982.242”.
Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se libró Oficio N°15-284. Ahora bien, teniendo en cuenta que en el recurso se ha interpuesto conjuntamente con medida cautelar, esta Sala Electoral designó ponente a la Magistrada INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE, a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.
3.- Expediente N° AA70-X-2015-00011: ANAÍS TATIANA ASTUDILLO RODRÍGUEZ Y AYEXA LORENA BUSTILLOS BAPTISTA, titulares de la cédula de identidad números 11.537.166 y 11.414.089, miembro principal de la Comisión Reorganizadora de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos y miembro principal de la Comisión Electoral de la referida Federación, respectivamente, asistidas por la abogada Cristina Vanessa Villa Madrid, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 197.526, mediante el cual se opusieron al amparo cautelar acordado por esta Sala en sentencia N° 67, de fecha 23 de abril de 2015. (Expediente Principal N° AA70-E-2015-000032).
Se designó ponente a la Magistrada JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO, a los fines de que se pronuncie sobre la oposición formulada.
RECONSTITUCIÓN DE SALA EN:
4.- Expediente N° AA70-E-2014-000063: El ciudadano JOSÉ RAMÓN ZACARIAS, titular de la cédula de identidad N° 9.858.251, asistido por el abogado Ramses Ojeda Figueredo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.281, mediante el cual interpuso “acción mero declarativa innominada”, a los fines de que “sea declarada mi condición Jurídica de Secretario General Nacional de la Organización con fines Políticos Independientes por la Comunidad Nacional (IPCN)”.
Por cuanto en fecha once (11) de febrero de 2015, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, se produjo la elección de la Junta Directiva del Tribunal Supremo de Justicia, así como del Presidente y Vicepresidente de cada una de sus Salas, la Sala Electoral quedó constituida de la siguiente manera: Presidenta, Magistrada Indira Maira Alfonzo Izaguirre, Vicepresidente Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, Secretaria, Abogada Patricia Alejandra Cornet García y alguacil ciudadano Ricardo Garrido.
ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS EN:
5.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.
los ciudadanos ALEXANDER QUINTERO y RICHARD OVALLES, titulares de la cédula de identidad N° 11.318.411 y 11.638.676, invocando el carácter de Vicepresidente y de Secretario de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, todo respectivamente, asistidos por el abogado Hugo Domínguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.236, presentaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y formar una (01) pieza separada con los recaudos que acompañó al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso, la cual se identificó como Expediente Administrativo 5.
6.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.
Los ciudadanos MARVI ÁVILA, WILLIAMS GUTIÉRREZ y JOSÉ CUELLAR, titulares de la cédula de identidad N° 6.483.245, 9.410.342 y 9.137.810, respectivamente, invocando el carácter de integrantes del Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, el último inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.486, quien actúa en nombre propio y asistiendo a los dos primeros, presentaron escrito mediante el cual consignaron antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y formar 04 piezas separadas con los recaudos que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.
7.- Expediente N° AA70-E-2015-000049: ZORAIDA MARGARITA SÁNCHEZ REYNA, titular de la cédula de identidad N° 6.660.706 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.886, actuando en nombre propio, en su condición de postulada uninominalmente como candidata para ejercer el cargo de Presidente del Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra los “actos, actuaciones y omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.
los ciudadanos ALEXANDER QUINTERO y RICHARD OVALLES, titulares de la cédula de identidad N° 11.318.411 y 11.638.676, invocando el carácter de Vicepresidente y de Secretario de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, todo respectivamente, asistidos por el abogado Hugo Domínguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.236, presentaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y formar 01 pieza separada con los recaudos que acompañó al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.
8.- Expediente N° AA70-E-2014-000046: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, con sede en san Fernando, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos DARIO SILVA, LARRY DIAZ, LINARDO CORONA, ALVAREZ RICHARD, LUIS YANES, LUIS DOMÍNGUEZ, ARMANDO JOSÉ SEQUEDA, PEDRO ADARMES, CHRISTIAN ADÁN GONZÁLEZ, MISAEL DARÍO PÉREZ MOSQUEDA, JOSÉ VIÑA, ÁNGEL RUBÉN LUNA, KEIDYS YELITZA ESERRA, LUIS ENRIQUE LAYA, RISBELLA AZUAJE, YSMARY YADIRA SILVA, KEVIN NEIGAR VALERA, JOSÉ GREGORIO GALINDO, CESAR JOSÉ CAMEJO, GUSTAVO GÓMEZ, DOUGLAS NÚÑEZ, WILMER OJEDA, JOSÉ JAIMES, RUBER JENOFONTE GRITHMAN, PEDRO ESPAÑA , CESAR MANUEL NATERA, LUIS CARLOS LUGO, YONKERS ELIU TOVAR, LUIS JOSÉ MEJIA, JONDER JAVIER SILVA, JORGE JOSÉ VILLAMIZAR, TOMAS ANTONIO TORRES, ADONIS RAFAEL CORTEZ, WILLIAM ERNESTO MATUTE, WILMER ELIESER VERA, JOSUÉ MIGUEL SOLÓRZANO, JORGE RODRÍGUEZ, ORLANDO JOSÉ SERRANO, LUIS EDUARDO CASTILLO, ATEX RAFAEL BELLO, HÉCTOR JOSÉ VIÑA, EDGARDO RAFAEL GALLEGOS, ALCIDES DE JESÚS MIRABAL, SEDIARY JOSÉ LÓPEZ, CARLOS EDUARDO MAYORCA, LUIS HERNÁNDEZ, MARIBEL DEL CARMEN NÚÑEZ, JOSÉ MORALES, LEANDRO RAFAEL RIVAS, WENDER ANTONIO LINARES, MARLON DE JESÚS ORTEGA, JOSÉ DANIEL GARCÍA, CESAR ANDRÉS SEGOVIA y LUIS ALFONZO KOSTER, titulares de la cédula de identidad N° 9.596.561, 7.244.170, 11.244.571, 13.484.020, 8.198.157, 9.875.240, 12.325.752, 12.324.672, 13.375.387, 17.201.778, 9.597.769, 12.324.155, 9.596.097, 4.138.838, 7.226.095, 13.256.006, 20.230.759, 8.169.234, 9.868.772, 9.872.596, 11.753.658, 10.620.404, 11.244.991, 10.624.621, 18.015.396, 11.351.846, 19.689.777, 18.544.929, 18.406.963, 19.917.117, 15.046.043, 13.806.532, 11.754.756, 12.902.223, 13.489.453, 15.046.330, 16.272.716, 13.560.407, 13.254.993, 15.512.914, 15.998.853, 11.237.858, 8.632.237, 11.757.210, 20.004.221, 13.640.988, 11.116.763, 16.319.027, 12.322.187, 15.638.078, 13.937.738, 14.342.582, 15.680.054 y 19.771.105, respectivamente, contra el SINDICATO BOLIVARIANO DE OBREROS, EMPLEADOS Y JUBILADOS DE LA ELECTRICIDAD DE APURE-ESTADO APURE (S.B.O.E.J.E.A). Oficio N° CTCJA-TJ-0279-14 de fecha 05 de junio de 2014. Remitiendo Expediente N° CP01-S-2014-000003 (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).
La ciudadana MARÍA FIDELINA RODRÍGUEZ MOLLEJA, titular de la cédula de identidad N° 11.254.971, invocando el carácter de Presidenta de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistida por la abogada Daibelys Cova, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 226, presentó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y formar 02 piezas separadas con los recaudos que acompañó al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.
09.- Expediente N° AA70-E-2014-000089: EDWIN CHIRINOS, JOSÉ ROJAS y LEUWIS RAMOS, titulares de la cédula de identidad N° 11.101.137, 18.563.340 y 12.743.436, respectivamente, actuando con el carácter afiliados al SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LA HARIAN DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por el abogado Raúl Quñonez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.711, interponen solicitud de convocatoria a elecciones a los fines de elegir a los nuevos miembros de la Junta Directiva del mencionado Sindicato.
El abogado Jesús Alexander Salazar González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.351, actuando con el carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Octava del Ministerio Público con competencia para actuar ante esta Sala Electoral, presentó escrito mediante el cual expuso la opinión del órgano al cual representa.
10.- Expediente N° AA70-E-2013-000093: Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, remite expediente contentivo de solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos CARLOS JOSÉ LUNAR NOY y JHOXIS CAMPOS, titulares de la cédula de identidad N° 9.944.556 y 13.995.573, respectivamente, asistidos por el abogado Adrian Gulabsingh, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.767, contra el SINDICATO PROFESIONAL DE OPERADORES MECÁNICOS, MAQUINARIAS PESADAS, MÓVILES y CONEXOS DEL ESTADO BOLÍVAR (SOMPEB). Oficio N° 4J/ 765-2013, de fecha 07 de noviembre de 2013, remitiendo expediente N° FP11-S-2013-000149 (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).
El abogado CARLOS MARQUINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.574, apoderado judicial de la Junta Directiva, presentó escrito mediante el cual consignó recaudos.
11.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.
El abogado José Rafael Quintana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.166, parte recurrente, presentó escrito mediante el cual solicitó "se declare la tempestividad del presente recurso contencioso electoral"
ESCRITO PRESENTADO EN:
12.- Expediente N° AA70-E-2014-000112: EILEEN GARCÍA MUJICA, titular de la cédula de identidad N° 12.460.243, invocando el carácter de miembro de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (CATIVSS) y de Presidenta de la Comisión Electoral Principal de la referida Caja de Ahorro, asistida por los abogado José Torres y Catherina Gallardo, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 155.167 y 137.383, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo dictado por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, identificado como Oficio N° SCA-DL-3176-B de fecha 11 de noviembre de 2014.
La abogada Catherina Gallardo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 137.383, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ANA JOSEFA VELÁSQUEZ RIVAS, DARWIN ANTHONY QUINTERO HERRERA y GLORIA MORAIMA OLIVEROS ÁNGULO, miembros del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (CATIVSS), presentó escrito mediante el cual promovió pruebas y consignó recaudos. Se ordenó reservar el referido escrito y sus anexos hasta el día siguiente a aquél en que venza el lapso de promoción.
13.- Expediente N° AA70-E-2014-000112: EILEEN GARCÍA MUJICA, titular de la cédula de identidad N° 12.460.243, invocando el carácter de miembro de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (CATIVSS) y de Presidenta de la Comisión Electoral Principal de la referida Caja de Ahorro, asistida por los abogado José Torres y Catherina Gallardo, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 155.167 y 137.383, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto administrativo dictado por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, identificado como Oficio N° SCA-DL-3176-B de fecha 11 de noviembre de 2014.
La abogada Catherina Gallardo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 137.383, actuando con el carácter de apoderada judicial de las ciudadanas Eileen García y Melgris Rujano, presentó escrito mediante el cual promovió pruebas y consignó recaudos. Se ordenó reservar el referido escrito y sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
DILIGENCIA EN:
14.- Expediente N° AA70-E-2015-000046: ZAINE CAROLINA ACOSTA DE GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.826.530, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 132.928, apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ENRIQUE MONTERO ROSALES, LUIS MANUEL ALVÁREZ SUÁREZ, LUIS ENRIQUE PÉREZ SIERRA, BLADIMIR ANTONIO TORRES COLMENARES, ROY JOSUE PACHECO MUSSETT, DIONISIO JESÚS SÁNCHEZ VILLASMIL, KENNYS ENRIQUE MENDOZA ROJAS y JUAN CARLOS PIZZINI PERAZA, titulares de la cédula de identidad números 7.861.725, 11.247.293, 11.252.204, 15.808.455, 11.252.363, 7.666.689, 15.402.044 y 15.401.581, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de la nueva directiva de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP) para el periodo 2015-2018, celebradas del 21 al 28 de abril de 2015.
La ciudadana MARÍA FIDELINA RODRÍGUEZ MOLLEJA, titular de la cédula de identidad N° 11.254.971, actuando con el carácter de Presidenta de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistida por la abogada Daibelys Cova, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 226.473, presentó diligencia mediante la cual otorgó poder APUD ACTA a la abogada asistente y a la abogada Magdony León.
15.- Expediente N° AA70-E-2015-000046: ZAINE CAROLINA ACOSTA DE GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.826.530, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 132.928, apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ENRIQUE MONTERO ROSALES, LUIS MANUEL ALVÁREZ SUÁREZ, LUIS ENRIQUE PÉREZ SIERRA, BLADIMIR ANTONIO TORRES COLMENARES, ROY JOSUE PACHECO MUSSETT, DIONISIO JESÚS SÁNCHEZ VILLASMIL, KENNYS ENRIQUE MENDOZA ROJAS y JUAN CARLOS PIZZINI PERAZA, titulares de la cédula de identidad números 7.861.725, 11.247.293, 11.252.204, 15.808.455, 11.252.363, 7.666.689, 15.402.044 y 15.401.581, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de la nueva directiva de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP) para el periodo 2015-2018, celebradas del 21 al 28 de abril de 2015.
El ciudadano Alguacil consignó original del Oficio Nº 15-265, librado Al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), por cuanto notificó a los ciudadanos Miembros de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP).
16.- Expediente N° AA70-E-2015-000046: ZAINE CAROLINA ACOSTA DE GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.826.530, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 132.928, apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ENRIQUE MONTERO ROSALES, LUIS MANUEL ALVÁREZ SUÁREZ, LUIS ENRIQUE PÉREZ SIERRA, BLADIMIR ANTONIO TORRES COLMENARES, ROY JOSUE PACHECO MUSSETT, DIONISIO JESÚS SÁNCHEZ VILLASMIL, KENNYS ENRIQUE MENDOZA ROJAS y JUAN CARLOS PIZZINI PERAZA, titulares de la cédula de identidad números 7.861.725, 11.247.293, 11.252.204, 15.808.455, 11.252.363, 7.666.689, 15.402.044 y 15.401.581, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de la nueva directiva de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP) para el periodo 2015-2018, celebradas del 21 al 28 de abril de 2015.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-266, librado a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), mediante el cual se solicitó los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso
17.- Expediente N° AA70-E-2014-000045: ALÍ ANDRÉS GUAIRA MORILLO y ROBINZON JOSÉ SÁNCHEZ YÁNEZ, titulares de la cédula de identidad N° 7.113.522 y 7.121.048, respectivamente, actuando con el carácter de Presidente y Tesorero de la CAJA DE AHORRO Y BIENESTAR SOCIAL DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por el abogado Ramses Ojeda Figueredo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.281, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de medidas cautelares y amparo cautelar contra “… el Acto Administrativo realizado en fecha 29 de Mayo del 2014 por (…) Superintendente de Cajas de Ahorro, (…), el acta que de dicha Asamblea Extraordinaria se produce y los oficios signados con los números SCA-DL-1720 y SCA-DL-1720-A, respectivamente, ambos de fecha 02 de junio de 2014, mediante los cuales se realizan los cambios de Directiva sin la celebración de las elecciones de ley, para el período 2014-2017 y sin haber sido notificados…”.
El ciudadano Alí Guaira Morillo, titular de la cédula de identidad N° 7.113.522, parte recurrente, asistido por el abogado Ramsés Ojeda Figueredo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.281, presentó diligencia mediante la cual retiro tres (03) juegos de copias certificadas acordadas en fecha 19-05-2015.
18.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.
Los ciudadanos Jhon Duque, Oscar Lugo, Pedro Negrin, Eduardo Sáez, Marino Ramírez y José Sayago, titulares de la cédula de identidad N° 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967 y 6.425.026, respectivamente, asistidos por el abogado José Rafael Quintana Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.166, presentaron diligencia mediante la cual otorgaron poder APUD-ACTA al abogado asistente y a los abogados Agustín Iglesia Villar, Carlos Garrido Peña y Aura Marina Cisneros.
19.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-248, librado a la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao mediante el cual se solicitó los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.
20.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-249, librado al Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, mediante el cual se solicitó los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.
21.- Expediente N° AA70-E-2014-000063: El ciudadano JOSÉ RAMÓN ZACARIAS, titular de la cédula de identidad N° 9.858.251, asistido por el abogado Ramses Ojeda Figueredo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.281, mediante el cual interpuso “acción mero declarativa innominada”, a los fines de que “sea declarada mi condición Jurídica de Secretario General Nacional de la Organización con fines Políticos Independientes por la Comunidad Nacional (IPCN)”.
El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada al ciudadano José Ramón Zacarías, mediante la cual se le notificó la sentencia N° 181 de fecha 05-11-2014
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
22.- Expediente N° AA70-E-2015-000055: abogado EDUARDO ROBLES TRUJILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51-390, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIBEL LUZARDO SERRANO, titular de la cédula de identidad N° 9.701.9.97, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar, contra el Consejo de Administración y la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros del Colegio de Abogados del estado Zulia, referida a la renovación de las autoridades del mencionado colegio.
Se designó ponente al Magistrado MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la acción de amparo constitucional y la petición cautelar.
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:
23.- Expediente N° AA70-E-2014-000092: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, remite acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados FERNANDO CERMEÑO, FRANCISCO CERMEÑO, FRANKI MARQUEZ, YASMIN ANDRADE, HENRY VALDEZ, ISMENIA VALERA, DIANA VERGARA, CARLOS MIRANDA SANGUINO, BELKIS DURAN DE AVENDAÑO, EDUARDO PACHANO y LUIS CHOURIO GARCÍA, titulares de la cédula de identidad N° 8.040.816, 10.105.009, 11.467.852, 12.220.451, 10.662.392, 6.162.260, 17.265.102, 18.618.336, 8.048.373, 9.498.660 y 11.960.487 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.877, 103.416, 105.742, 126.286, 124.921, 96.504, 142.482, 187.463, 95.872, 48.055 y 73.699, todo respectivamente, actuando en su propio nombre, contra el Presidente de la Junta Directiva y la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Mérida. Oficio N°0480-306-14. Remitiendo “SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL en dos (02) folios útiles y anexos en doscientos diez (210) folios útiles”.
La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta, en consecuencia, se ORDENÓ a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Mérida convocar dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación del fallo, la Asamblea de Abogados para la elección de una nueva Comisión Electoral con la finalidad de continuar la ejecución del procedimiento ante el Consejo Nacional Electoral de conformidad con las Normas para Regular los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales, previa actualización de la nómina o registro de abogados inscritos.
24.- Expediente N° AA70-E-2014-000092: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, remite acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados FERNANDO CERMEÑO, FRANCISCO CERMEÑO, FRANKI MARQUEZ, YASMIN ANDRADE, HENRY VALDEZ, ISMENIA VALERA, DIANA VERGARA, CARLOS MIRANDA SANGUINO, BELKIS DURAN DE AVENDAÑO, EDUARDO PACHANO y LUIS CHOURIO GARCÍA, titulares de la cédula de identidad N° 8.040.816, 10.105.009, 11.467.852, 12.220.451, 10.662.392, 6.162.260, 17.265.102, 18.618.336, 8.048.373, 9.498.660 y 11.960.487 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.877, 103.416, 105.742, 126.286, 124.921, 96.504, 142.482, 187.463, 95.872, 48.055 y 73.699, todo respectivamente, actuando en su propio nombre, contra el Presidente de la Junta Directiva y la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Mérida. Oficio N°0480-306-14. Remitiendo “SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL en dos (02) folios útiles y anexos en doscientos diez (210) folios útiles”.
Se agregó al expediente, CD contentivo de la audiencia constitucional celebrada en esta misma fecha.
25.- Expediente N° AA70-E-2014-000092: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, remite acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados FERNANDO CERMEÑO, FRANCISCO CERMEÑO, FRANKI MARQUEZ, YASMIN ANDRADE, HENRY VALDEZ, ISMENIA VALERA, DIANA VERGARA, CARLOS MIRANDA SANGUINO, BELKIS DURAN DE AVENDAÑO, EDUARDO PACHANO y LUIS CHOURIO GARCÍA, titulares de la cédula de identidad N° 8.040.816, 10.105.009, 11.467.852, 12.220.451, 10.662.392, 6.162.260, 17.265.102, 18.618.336, 8.048.373, 9.498.660 y 11.960.487 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.877, 103.416, 105.742, 126.286, 124.921, 96.504, 142.482, 187.463, 95.872, 48.055 y 73.699, todo respectivamente, actuando en su propio nombre, contra el Presidente de la Junta Directiva y la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Mérida. Oficio N°0480-306-14. Remitiendo “SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL en dos (02) folios útiles y anexos en doscientos diez (210) folios útiles”.
Se dejó en custodia de la Secretaría un (01) disco compacto sin reproducir consignado por los abogados FRANCISCO EFREN CERMEÑO ZAMBRANO y FRANKLIN SALVADOR MÁRQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos 103.416 y 105.742, apoderado judicial de la parte accionada.
RECONSTITUCIÓN DE SALA EN:
26.- Expediente N° 2010-000028: AURA MARINA OROPEZA, MARÍA FIGUEROA, ARMANDO MORANTE y DANIEL ORLANDO JAIMES PAREDES, titulares de la cédula de identidad N° 3.124.203, 3.169.249, 3.586.774 y 15.844.443, respectivamente, asistidos por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.707, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular, por excluirlos a ellos y a otros afiliados al partido del registro electoral definitivo para el proceso electoral, cuyo acto de votación se fijó para el día 21-03-2010.
Por cuanto en fecha once (11) de febrero de 2015, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, se produjo la elección de la Junta Directiva del Tribunal Supremo de Justicia, así como del Presidente y Vicepresidente de cada una de sus Salas, la Sala Electoral quedó constituida de la siguiente manera: Presidenta, Magistrada Indira Maira Alfonzo Izaguirre, Vicepresidente Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, Secretaria, Abogada Patricia Alejandra Cornet García y alguacil ciudadano Ricardo Garrido.
27.- Expediente N° AA70-E-2014-000083: Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos SIMEÓN ANTONIO MAFILITO FARÍAS, ELIZABETH MAFILITO FARÍAS, MARLLYS MILENNYS MAFILITO FARÍAS E ISABEL FARÍAS SALAS, titulares de las cédulas de identidad N° 10.131.322, 15.041.709, 12.508.052 y 2.474.816, respectivamente, asistidos por los abogados Idelmaro Duran Soloza, Hugo Arellano Rojas y Carmen Emilia Torres, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 156.959, 156.586 y 156.701, respectivamente, contra los ciudadanos Yocsen Lenin pineda Casanova, William Enrique Guzmán Zapata, Wilson Javier Mejías Beltrán, Deisis del Carmen Arellano Ortiz, Shirley Cristina Espinoza Zapata, Carlos Andrés Macualo, Ivon Martínez, Ismelda Asunción Zapata y Leonidas Antonio Hidalgo, respecto al Consejo Comunal del Barrio José Félix Rivas. Oficio N° 2394-2011, de fecha 18-10-2011, remitiendo Expediente N° 4958 (nomenclatura de ese Juzgado Superior). (1 pieza).
Por cuanto en fecha once (11) de febrero de 2015, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, se produjo la elección de la Junta Directiva del Tribunal Supremo de Justicia, así como del Presidente y Vicepresidente de cada una de sus Salas, la Sala Electoral quedó constituida de la siguiente manera: Presidenta, Magistrada Indira Maira Alfonzo Izaguirre, Vicepresidente Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, Secretaria, Abogada Patricia Alejandra Cornet García y alguacil ciudadano Ricardo Garrido.
28.- Expediente N° AA70-E-2014-000039: JUAN CARLOS BRACHO ROMERO, titular de la cédula de identidad número 6.746.591 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 188.742, actuando en nombre propio, y asistido por el abogado Rafael Vicente Medina Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 188.742, interpone acción de amparo constitucional contra “… la Junta Directiva y Comisión Electoral del COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO ZULIA…”, a los fines que ¨… presenten a la brevedad un proyecto de ELECCIONES PARA LA DESIGNACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA Y TRIBUNAL DISCIPLINARIO…¨.
Por cuanto en fecha once (11) de febrero de 2015, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, se produjo la elección de la Junta Directiva del Tribunal Supremo de Justicia, así como del Presidente y Vicepresidente de cada una de sus Salas, la Sala Electoral quedó constituida de la siguiente manera: Presidenta, Magistrada Indira Maira Alfonzo Izaguirre, Vicepresidente Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, Secretaria, Abogada Patricia Alejandra Cornet García y alguacil ciudadano Ricardo Garrido.
29.- Expediente N° AA70-E-2014-000036: WILFREDO FLORES, titular de la cédula de identidad N° 5.975.834, asistido por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, mediante el cual interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (CAHORMINSA), “… al omitir convocar las elecciones, la Asamblea General y Asambleas Parciales de asociados para designar los miembros de la Comisión Electoral Principal y Sub-Comisiones Electorales…”.
Por cuanto en fecha once (11) de febrero de 2015, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, se produjo la elección de la Junta Directiva del Tribunal Supremo de Justicia, así como del Presidente y Vicepresidente de cada una de sus Salas, la Sala Electoral quedó constituida de la siguiente manera: Presidenta, Magistrada Indira Maira Alfonzo Izaguirre, Vicepresidente Magistrado Juan José Núñez Calderón, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrada Jhannett María Madriz Sotillo y Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, Secretaria, Abogada Patricia Alejandra Cornet García y alguacil ciudadano Ricardo Garrido.
DILIGENCIA EN:
30.- Expediente N° AA70-E-2014-000092: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, remite acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados FERNANDO CERMEÑO, FRANCISCO CERMEÑO, FRANKI MARQUEZ, YASMIN ANDRADE, HENRY VALDEZ, ISMENIA VALERA, DIANA VERGARA, CARLOS MIRANDA SANGUINO, BELKIS DURAN DE AVENDAÑO, EDUARDO PACHANO y LUIS CHOURIO GARCÍA, titulares de la cédula de identidad N° 8.040.816, 10.105.009, 11.467.852, 12.220.451, 10.662.392, 6.162.260, 17.265.102, 18.618.336, 8.048.373, 9.498.660 y 11.960.487 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.877, 103.416, 105.742, 126.286, 124.921, 96.504, 142.482, 187.463, 95.872, 48.055 y 73.699, todo respectivamente, actuando en su propio nombre, contra el Presidente de la Junta Directiva y la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Mérida. Oficio N°0480-306-14. Remitiendo “SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL en dos (02) folios útiles y anexos en doscientos diez (210) folios útiles”.
Los abogados Francisco Cermeño y Franki Márquez, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 103.416 y 105.742, respectivamente, parte accionada, presentaron diligencia mediante la cual solicitaron la reproducción del audio contentivo de la audiencia. Asimismo, consignaron disco compacto (CD).
31.- Expediente N° AA70-E-2014-000083: Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos SIMEÓN ANTONIO MAFILITO FARÍAS, ELIZABETH MAFILITO FARÍAS, MARLLYS MILENNYS MAFILITO FARÍAS E ISABEL FARÍAS SALAS, titulares de las cédulas de identidad N° 10.131.322, 15.041.709, 12.508.052 y 2.474.816, respectivamente, asistidos por los abogados Idelmaro Duran Soloza, Hugo Arellano Rojas y Carmen Emilia Torres, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 156.959, 156.586 y 156.701, respectivamente, contra los ciudadanos Yocsen Lenin pineda Casanova, William Enrique Guzmán Zapata, Wilson Javier Mejías Beltrán, Deisis del Carmen Arellano Ortiz, Shirley Cristina Espinoza Zapata, Carlos Andrés Macualo, Ivon Martínez, Ismelda Asunción Zapata y Leonidas Antonio Hidalgo, respecto al Consejo Comunal del Barrio José Félix Rivas. Oficio N° 2394-2011, de fecha 18-10-2011, remitiendo Expediente N° 4958 (nomenclatura de ese Juzgado Superior). (1 pieza).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 14-619, librado al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos Simeón Antonio Mafilito Farías, Elizabeth Mafilito Farías, Marllys Milennys Mafilito Farías e Isabel Farías Salas (parte accionante), la Sentencia Nº 178 de fecha 05-11-2014. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, en fecha el día diecinueve de diciembre de 2014.
32.- Expediente N° 2010-000028: AURA MARINA OROPEZA, MARÍA FIGUEROA, ARMANDO MORANTE y DANIEL ORLANDO JAIMES PAREDES, titulares de la cédula de identidad N° 3.124.203, 3.169.249, 3.586.774 y 15.844.443, respectivamente, asistidos por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.707, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular, por excluirlos a ellos y a otros afiliados al partido del registro electoral definitivo para el proceso electoral, cuyo acto de votación se fijó para el día 21-03-2010.
El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a los Miembros de la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular, a mediante el cual se notificó la Sentencia N° 123 de fecha 23-07-2014.
33.- Expediente N° 2010-000028: AURA MARINA OROPEZA, MARÍA FIGUEROA, ARMANDO MORANTE y DANIEL ORLANDO JAIMES PAREDES, titulares de la cédula de identidad N° 3.124.203, 3.169.249, 3.586.774 y 15.844.443, respectivamente, asistidos por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.707, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral Nacional de COPEI, Partido Popular, por excluirlos a ellos y a otros afiliados al partido del registro electoral definitivo para el proceso electoral, cuyo acto de votación se fijó para el día 21-03-2010.
El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos Aura Marina Oropeza, María Figueroa, Armando Morante y Daniel Orlando Jaimes Paredes, mediante el cual se notificó la Sentencia N° 123 de fecha 23-07-2014
34.- Expediente N° AA70-E-2014-000039: JUAN CARLOS BRACHO ROMERO, titular de la cédula de identidad número 6.746.591 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 188.742, actuando en nombre propio, y asistido por el abogado Rafael Vicente Medina Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 188.742, interpone acción de amparo constitucional contra “… la Junta Directiva y Comisión Electoral del COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO ZULIA…”, a los fines que ¨… presenten a la brevedad un proyecto de ELECCIONES PARA LA DESIGNACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA Y TRIBUNAL DISCIPLINARIO…¨.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 14-622, librado al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano Juan Carlos Bracho (parte accionante), a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Zulia, la Sentencia Nº 176 de fecha 04-11-2014. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
35.- Expediente N° AA70-E-2014-000036: WILFREDO FLORES, titular de la cédula de identidad N° 5.975.834, asistido por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, mediante el cual interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (CAHORMINSA), “… al omitir convocar las elecciones, la Asamblea General y Asambleas Parciales de asociados para designar los miembros de la Comisión Electoral Principal y Sub-Comisiones Electorales…”.
El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular Para La Salud (CAHORMINSA), mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 201 de 19-11-2014.
36.- Expediente N° AA70-E-2014-000036: WILFREDO FLORES, titular de la cédula de identidad N° 5.975.834, asistido por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, mediante el cual interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (CAHORMINSA), “… al omitir convocar las elecciones, la Asamblea General y Asambleas Parciales de asociados para designar los miembros de la Comisión Electoral Principal y Sub-Comisiones Electorales…”.
El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular Para La Salud (CAHORMINSA), mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 201 de fecha 19-11-2014.
37.- Expediente N° AA70-E-2014-000036: WILFREDO FLORES, titular de la cédula de identidad N° 5.975.834, asistido por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, mediante el cual interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (CAHORMINSA), “…al omitir convocar las elecciones, la Asamblea General y Asambleas Parciales de asociados para designar los miembros de la Comisión Electoral Principal y Sub-Comisiones Electorales…”.
El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano Wilfredo Ezequiel Flores Flores, mediante el cual se notificó la Sentencia Nº 201 de fecha 19-11-2014.
38.- Expediente N° AA70-E-2014-000036: WILFREDO FLORES, titular de la cédula de identidad N° 5.975.834, asistido por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, mediante el cual interpone acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (CAHORMINSA), “… al omitir convocar las elecciones, la Asamblea General y Asambleas Parciales de asociados para designar los miembros de la Comisión Electoral Principal y Sub-Comisiones Electorales…”.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 14-649, librado al Ministerio Público, mediante el cual se notificó la Sentencia N° 201 de fecha 19-11-2014.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |