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Sala Electoral
  • Fecha: 26 de octubre de 2015





CUENTA N°137

Lunes, veintiséis (26) de octubre de 2015.

ACTUACIÓN EN:

1.- Expediente N° AA70-E-2012-000042: CARLOS DELFIN ROSALES LÓPEZ, TAYLOR LEONARDO BARROETA HERRERA, DINHORA JOSEFINA ROA PULIDO, EDDY LUZ ZAMBRANO RAMÍREZ y  ALVARO SANMARTÍN MOLINA, titulares de la cédula de identidad N° 9.181.922, 5.656.843, 3.997.590, 4.212.874 y 12.813.720, asistidos por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Várgas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo el número 31.068 y 17.803, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), a los fines “que declare la nulidad absoluta del Artículo 30 Numeral 3° del Reglamento Electoral para las elecciones de Autoridades período 2012-2016 y Decanos período 2012-2016, aprobado por el Consejo Universitario (…) en Sesión  extraordinario N° 003/2012 de fecha 07 de febrero de 2012 (…) cuyas elecciones fueron convocadas para el día cuatro (04) de julio de 2.012 por la Comisión Electoral conforme a lo aprobado en Consejo Universitario Sesión Extraordinaria N° 042/2.012 de fecha 22/05/2.012”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (Remitido mediante Oficio N°220 de fecha 18-06-2012, constante de (41) folios útiles.

Visto el escrito presentado en fecha 20-10-2015, por el abogado Jesús Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.418, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), mediante el cual solicitó copia certificada de la Sentencia N° 167 de fecha 05 de agosto de 2015, la cual corre inserta a los folios  679 al 689 y Vto. del expediente, esta Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.

2.- Expediente N° AA70-E-2014-000104: El ciudadano JOSÉ FREITEZ MEDINA, titular de la cédula de identidad N° 15.019.249, asistido por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra las actuaciones materiales y vías de hecho de la Comisión Electoral que rige el proceso electoral de la Federación Venezolana de Coleo para el período 2014-2018, cuyo acto de votación se fijó para el 29-11-2014.

Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 30 de julio de 2015, acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.

3.- Expediente N° AA70-E-2014-000097: Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, remite expediente contentivo de recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, por la abogada Aymara Bracho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 138.706, actuando como apoderada judicial de los ciudadanos GILBERT TONA, ANA FIDHEL, CLAUDIA RIVERO, JOSÉ RODRÍGUEZ, MARÍA USCATEGUIDAYANA DÍAZ, MIGUEL MARQUEZ, MIRLA TORREALBA, DANIELA AGÜERO, GLOVICMENDOZA, ANA JEREZ, ALIUVI ELIES, ÁNGEL PÉREZ YULIANA LUCENAWAYLING CASAMAYOR GONZÁLEZ, HERDY LOYO, LUIMARBRITO, LORENA SPOSITO, YAMILETH CORDERO, LAURA RODRÍGUEZ, WILMER MEDINA, LUIS PÉREZ, RAFAEL ROJAS, LINO ABARCA, LUIS PIÑA y EDGAR MATERAN, titulares de la cédula de identidad N° 17.194.110, 25.973.302, 12.242.114, 9.559.966, 12.933.330, 16.898.756, 17.595.401, 14.696.324, 18.103.820, 16.770.162, 17.627.564, 16.386.539, 11.595.594, 17.034.011, 12.934.197, 12.726.487, 14.937.496, 16.796.327, 16.601.629, 17.378.097,15.730.538, 17.828.906, 16.584.853, 19.423.093, 16.463.783 y 13.207.439, respectivamente, contra el Acta de Escrutinio emanada del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales-Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy (INPSASEL). Oficio N° M5/2014/397 de fecha 17-10-2014. Remitiendo Expediente N° KP02-N-2012-000033 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza Principal, 3 Piezas de Cuaderno Separado y 1 Anexo).

Por recibido Oficio N° M5/2015/475 de fecha 15 de octubre de 2015, emanado del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 30 de julio de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

ESCRITO PRESENTADO EN:

4.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

El abogado HUGO J. DOMINGUEZ LANDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.236, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil Club Oricao, presentó escrito en atención al auto de pruebas dictado en fecha 06-10-2015 y consignó recaudos.

DILIGENCIA EN:

5.- Expediente N° AA70-E-2015-000094: JOSÉ USECHE, JACQUELINE GUILLÉN, EVA SÁNCHEZ, JOHAN FERNÁNDEZ, JUAN BLANCO y GUILLERMO BLANCO, titulares de la cédula de identidad N° 6.865.116, 10.807.820, 6.355.132, 12.392.965, 4.565.671, 4.558.491, invocando el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Sindicato Único de la Clase Trabajadora del Sector Eléctrico del Distrito Capital, estado Vargas y estado Miranda (SIUCTRAELEC), asistidos por el abogado Jesús Rafael Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “LAS CONVOCATORIAS AL PROCESO ELECTORAL PARA ELEGIR A LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA Y TRIBUNAL DISCIPLINARIO ”  del referido Sindicato “DE FECHAS 9 DE JUNIO DE 2015 Y 6 DE JULIO DE 2015, REALIZADAS POR EL SECRETARIO GENERAL ELIO PALACIOS” así como contra el Tribunal Disciplinario del Sindicato Único de la Clase Trabajadora del Sector Eléctrico del Distrito Capital, estado Vargas y estado Miranda (SIUCTRAELEC), integrado por los ciudadanos Jesús Figueroa, Jorge Medina y Jorge Quijada.

El abogado Jesús Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual retiró el cartel de emplazamiento.

6.- Expediente N° AA70-E-2015-000113: LUIS JOSÉ NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.778.114 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.381, invocando el carácter de funcionario activo del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y socio de la Caja de Ahorros del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (CAPREMINFRA), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo constitucional, contra la Comisión Electoral Principal de la referida Caja de Ahorros, en virtud de las actuaciones realizadas en el marco del proceso electoral para la escogencia de las autoridades del Consejo de Administración y de Vigilancia de la Caja de Ahorros del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (CAPREMINFRA), período 2015-2018, cuyo acto de votación fue realizado el día 19 de agosto de 2015.

El ciudadano Luis José Núñez, titular de la cédula de identidad N° 8.778.114, parte recurrente, asistido por la abogada Milagros Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 54.547 presentó diligencia mediante la cual otorgó poder APUD ACTA a la abogada Milagros Morales. 

7.- Expediente N° AA70-E-2013-000015: HECTOR EDUARDO ROJAS MATHEUS, Secretario General del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA  ELÉCTRICA Y SUS SIMILARES DEL ESTADO TRUJILLO (SUTIESET), JUAN JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Secretario General y de Organización del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELECTRICA DEL ESTADO ARAGUA (SINTIEA), TRINO JOSÉ GARCÍA MOSQUERA, Coordinador de Asuntos Reivindicativos del SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO ZULIA (SUTIESCEZ); MERCEDES COROMOTO GUTIERREZ MUÑOZ, Secretaria de Cultura, Deportes y Recreación del SINDICATO DE EMPLEADOS DE CADAFE EN EL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA, y como Miembro Suplente de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELECTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC); FRANCO DANIEL MILANO SEQUERA, Trabajador afiliado al SINDICATO DE EMPLEADOS DE CADAFE DEL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA y  AURA ROSA ROMAN BRICEÑO, Trabajadora afiliada al SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA Y SUS SIMILARES DEL ESTADO TRUJILLO (SUTIESET),titulares de la cédula de identidad N° 12.040.131, 9.661.584, 10.431.040, 8.641.827, 17.587.020 y 15.043.558, respectivamente, la última de las nombradas inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 105.399 actuando en nombre propio y asistiendo a los demás, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral  Nacional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELECTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC), contra la Comisión Electoral Nacional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC), contra la Comisión Electoral Regional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC) del estado Trujillo, contra la Comisión Electoral Regional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC) del estado Aragua, contra la Comisión Electoral Regional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC) del estado Zulia, respecto al proceso electoral de la referida Federación período 2013-2016. 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-183, librado a la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Trabajadores de la Industria Eléctrica de Venezuela (FETRAELEC) y Demás Miembros, mediante el cual se notificó la Sentencia N° 10 del 17-04-2013.

8.- Expediente N° AA70-E-2013-000015: HECTOR EDUARDO ROJAS MATHEUS, Secretario General del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA  ELÉCTRICA Y SUS SIMILARES DEL ESTADO TRUJILLO (SUTIESET), JUAN JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Secretario General y de Organización del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELECTRICA DEL ESTADO ARAGUA (SINTIEA), TRINO JOSÉ GARCÍA MOSQUERA, Coordinador de Asuntos Reivindicativos del SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO ZULIA (SUTIESCEZ); MERCEDES COROMOTO GUTIERREZ MUÑOZ, Secretaria de Cultura, Deportes y Recreación del SINDICATO DE EMPLEADOS DE CADAFE EN EL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA, y como Miembro Suplente de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELECTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC); FRANCO DANIEL MILANO SEQUERA, Trabajador afiliado al SINDICATO DE EMPLEADOS DE CADAFE DEL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA y  AURA ROSA ROMAN BRICEÑO, Trabajadora afiliada al SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA Y SUS SIMILARES DEL ESTADO TRUJILLO (SUTIESET),titulares de la cédula de identidad N° 12.040.131, 9.661.584, 10.431.040, 8.641.827, 17.587.020 y 15.043.558, respectivamente, la última de las nombradas inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 105.399 actuando en nombre propio y asistiendo a los demás, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral  Nacional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELECTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC), contra la Comisión Electoral Nacional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC), contra la Comisión Electoral Regional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC) del estado Trujillo, contra la Comisión Electoral Regional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC) del estado Aragua, contra la Comisión Electoral Regional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC) del estado Zulia, respecto al proceso electoral de la referida Federación período 2013-2016. 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano Franco Daniel Milano Sequera, mediante la cual se le notificó de la Sentencia Nº 41 dictada el 18-03-2015.

9.- Expediente N° AA70-E-2013-000015: HECTOR EDUARDO ROJAS MATHEUS, Secretario General del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA  ELÉCTRICA Y SUS SIMILARES DEL ESTADO TRUJILLO (SUTIESET), JUAN JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Secretario General y de Organización del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELECTRICA DEL ESTADO ARAGUA (SINTIEA), TRINO JOSÉ GARCÍA MOSQUERA, Coordinador de Asuntos Reivindicativos del SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO ZULIA (SUTIESCEZ); MERCEDES COROMOTO GUTIERREZ MUÑOZ, Secretaria de Cultura, Deportes y Recreación del SINDICATO DE EMPLEADOS DE CADAFE EN EL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA, y como Miembro Suplente de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELECTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC); FRANCO DANIEL MILANO SEQUERA, Trabajador afiliado al SINDICATO DE EMPLEADOS DE CADAFE DEL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA y  AURA ROSA ROMAN BRICEÑO, Trabajadora afiliada al SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA Y SUS SIMILARES DEL ESTADO TRUJILLO (SUTIESET),titulares de la cédula de identidad N° 12.040.131, 9.661.584, 10.431.040, 8.641.827, 17.587.020 y 15.043.558, respectivamente, la última de las nombradas inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 105.399 actuando en nombre propio y asistiendo a los demás, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral  Nacional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELECTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC), contra la Comisión Electoral Nacional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC), contra la Comisión Electoral Regional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC) del estado Trujillo, contra la Comisión Electoral Regional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC) del estado Aragua, contra la Comisión Electoral Regional de la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC) del estado Zulia, respecto al proceso electoral de la referida Federación período 2013-2016. 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la ciudadana Mercedes Coromoto Gutiérrez Muñoz, mediante la cual se le notificó de la Sentencia Nº 41 dictada el 18-03-2015.

10.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-638, librado al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del  Área Metropolitana de Caracas (Distribuidor), a los fines de que practique la evacuación de las testimoniales admitidas por auto de fecha 06-10-2015.

11.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-532, librado a la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante el cual se le notificó del auto de fecha 06-10-2015.

12.- Expediente N° AA70-E-2015-000049: ZORAIDA MARGARITA SÁNCHEZ REYNA, titular de la cédula de identidad N° 6.660.706 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.886, actuando en nombre propio, en su condición de postulada uninominalmente como candidata para ejercer el cargo de Presidente del Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra los “actos, actuaciones y omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”. 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-530, librado al Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 114 de fecha 10-06-2015 y el auto de fecha 13-10-2015.

13.- Expediente N° AA70-E-2015-000049: ZORAIDA MARGARITA SÁNCHEZ REYNA, titular de la cédula de identidad N° 6.660.706 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.886, actuando en nombre propio, en su condición de postulada uninominalmente como candidata para ejercer el cargo de Presidente del Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra los “actos, actuaciones y omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”. 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-532, librado a la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 114 de fecha 10-06-2015 y el auto de fecha 13-10-2015.

14.- Expediente N° AA70-E-2015-000049: ZORAIDA MARGARITA SÁNCHEZ REYNA, titular de la cédula de identidad N° 6.660.706 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.886, actuando en nombre propio, en su condición de postulada uninominalmente como candidata para ejercer el cargo de Presidente del Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra los “actos, actuaciones y omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 15-531, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 114 de fecha 10-06-2015 y el auto de fecha 13-10-2015.

15.- Expediente N° AA70-X-2015-000017: Williams Marcano, titular de la cédula de identidad N° 16.578.773, invocando el carácter de miembro de la Comisión Electoral Nacional del Partido Socialista de Venezuela MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP), asistido por la abogada Gladys León, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.444, se opuso a la medida cautelar acordada por esta Sala en Sentencia N° 111 de fecha 16 de julio de 2015. (Expediente Principal N° AA70-E-2015-000089).

El ciudadano Alguacil consignó boleta original librada al ciudadano José Francisco Espinoza Prieto, mediante la cual se le notificó la Sentencia Nº 189 de fecha 07-10-2015.

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

16.- Expediente N° AA70-E-2015-000038: Juzgado Superior Tercero, Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, remite escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar, por los ciudadanos CARLOS DELFIN ROSALES LÓPEZ,  DINHORA JOSEFINA ROA PULIDO, ROMULO FLORENTINO OSTOS PULIDO y  HENRY MÉNDEZ MÁRQUEZ, titulares de la cédula de identidad números 9.181.922, 3.997.590, 3.308.285 y 3.998.152 respectivamente, asistidos por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, contra los pronunciamientos de fecha 22/04/2015 emanados de la COMISIÓN ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRASTIVOS DE LA UNIVERSIDAD EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA  (AEAUNET), que declararon sin lugar las impugnaciones interpuestas por los recurrentes, contra el rechazo de sus postulaciones a los cargos de Presidente, Secretario de Finanzas, Suplente Delegado Nacional y Suplente del Secretario de Finanzas, respectivamente, en el proceso electoral 2015/2018, cuyo acto de votación ese fijó para el 07 de mayo de 2015. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia remitido mediante Oficio N°103 de fecha 24-04-2015).

Por recibida Comunicación N° F8TSJ-2015-107 de fecha 26 de octubre de 2015, suscrita por el abogado JESÚS ALEXANDER SALAZAR GONZÁLEZ, Fiscal (P) Octavo del Ministerio Público para actuar ante la Sala Electoral, anexo al cual remitió escrito contentivo de la opinión del órgano al cual representa en la presente causa. 

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria (E),

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

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