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Sala Electoral
  • Fecha: 29 de Julio de 2015





CUENTA N°106

Miércoles, veintinueve (29) de julio de 2015

 

ACTUACIÓN EN:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2015-000087: TIMOTEO DE JESÚS ZAMBRANO GUEDEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.254.097, invocando el carácter de Diputado ante el Parlamento Latinoamericano y de elector inscrito en el Registro Electoral, asistido por los abogados JESÚS MARÍA CASAL, JESÚS OLLARVES, MARÍA CONTRERAS Y JAIBER NÚÑEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 31.328, 36.019, 122.826 y 239.461, respectivamente, quienes a su vez actúan en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral contra “la omisión en la que incurrió el Consejo Nacional Electoral al no haber efectuado la convocatoria a la elección directa, universal y secreta de los representantes de Venezuela al parlamento Latinoamericano (Parlatino), como se desprende de la convocatoria a elecciones parlamentarias a celebrarse el próximo 6 de diciembre de 2015, contenida en la Resolución N° 150622-141 de fecha 22 de junio de 2015 y publicada en Gaceta Electoral N° 757 de fecha 25 de junio de 2015”.

 

Los abogados Olga Esaá Castrillo, María Eugenia Peña Valera y Carlos Castro Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.511, 52.044 y 90.583 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionado con el presente recurso contencioso electoral, así como los antecedentes administrativos, se acordó agregar al expediente judicial el respectivo informe así como, los recaudos que acompañaron al escrito.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2013-000014: Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos JULIO HERRERA, HERIBERTO MONTES y WILSON GARCÍA, titulares de la cédula de identidad N° 7.081.365, 11.198.316 y 15.167.196, respectivamente, asistidos por el abogado José Antonio Soteldo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.213, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° F-3197, de fecha 27 de abril de 2012, dictada por el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA PLANIFICACIÓN Y FINANZAS, respecto a la Caja de Ahorro y Bienestar Social del Personal de la Policía del estado Carabobo. Oficio N° 0438 de fecha 25 de febrero de 2013. Remitiendo Expediente N° AA40-A-2012-001630. (Nomenclatura de esa Sala Político Administrativa (1 pieza).

 

Se acordó comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos JULIO HERRERA, HERIBERTO MONTES y WILSON GARCÍA, el auto de admisión dictado en fecha 21-07-2015. Se libró Oficio N° 15-449 y Despacho.

 

3.- Expediente N° AA70-E-2015-000058: LUCERO BÉNITEZ, ZULEIKA MÉNDEZ y ALEXANDER MARÍN, titulares de la cédula de identidad Nos. 19.868.137, 11.669.270 y 19.060.748, respectivamente, asistidos por el abogado RONNY REYES ACUÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.920, interponen recurso contra la Resolución N° 150226-069, de fecha 26 de febrero de 2015, publicada en Gaceta Electoral N° 748, del 13 de mayo de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual negó el uso de la denominación provisional “MAREA SOCIALISTA (MS) y sus alternativas SISTEMA ORGÁNICO DE MOVIMIENTOS SOCIALES (SOMOS) y MAREA SOCIAL (MS)”.

 

Se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

4.- Expediente N° AA70-E-2015-000048: YRIS CLARIBEL REBOLLEDO, ROBINSON RAÚL ROMÁN GONZÁLEZ, JOSÉ GREGORIO PEÑA AÑEZ, LINO GREGORIO VERGARA CASTELLANOS y YOHANA YASMINI RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad números 16.363.665, 6.080.425, 5.165.630, 5.248.822 y 10.867.524, respectivamente, invocando el carácter de miembros de la Federación Venezolana de Canotaje, asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°65.158, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra los estatutos de la referida Federación aprobados en Asamblea General del 21 de marzo de 2014, el Reglamento Electoral aprobado el día 11 de abril de 2014 por parte de la Comisión Electoral presidida por la ciudadana Carla Rondón y contra la convocatoria para el acto de votación publicado en el Diario “El Universal”, en fecha 30 de abril de 2015, para elegir a la Junta Directiva, el Consejo de Honor y el Consejo Contralor de la referida federación, cuyo acto de votación se fijó para el día 22 de mayo de 2015.

 

Visto el escrito presentado por la abogada XIOMARA GRIFFITH, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 82.921, actuando con el carácter de apoderada judicial del Instituto Nacional de Deportes, en atención a lo solicitado mediante auto de pruebas de fecha 14 de julio de 2015 y consignó  recaudos. En tal sentido, a los fines del mejor manejo del expediente se acuerda agregar a la pieza principal el referido escrito y formar una (01) pieza de anexo con los recaudos marcados como "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H", "I", "J" y "K", la cual será identificada como "Anexo 6".

 

5.- Expediente N° AA70-E-2014-000116: FREDDY OCANTO y KEIBER CORDIDO, titulares de la cédula de identidad N° 14.442.498 y 17.700.017, respectivamente, asistidos por la abogado Kimberly Cordido, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 227.311, interponen solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO BOLIVARIANO Y REVOLUCIONARIO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS ADMINISTRATIVOS, DESPACHO, OPERADORES Y TÉCNICOS DE LA EMPRESA CERÁMICAS CARIBE C.A. (SUBOLIRTRACCA).

 

Por recibido Oficio N° 304/2015 de fecha 15 de julio de 2015, emanado del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 15 de junio de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2014-000116: FREDDY OCANTO y KEIBER CORDIDO, titulares de la cédula de identidad N° 14.442.498 y 17.700.017, respectivamente, asistidos por la abogado Kimberly Cordido, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 227.311, interponen solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO BOLIVARIANO Y REVOLUCIONARIO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS ADMINISTRATIVOS, DESPACHO, OPERADORES Y TÉCNICOS DE LA EMPRESA CERÁMICAS CARIBE C.A. (SUBOLIRTRACCA).

 

Por recibido Oficio N° 303/2015 de fecha 13 de julio de 2015, emanado del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 15 de junio de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2014-000064: Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, remite expediente contentivo de “Recurso Contencioso-Administrativo de nulidad con medida cautelar de suspensión de los efectos” interpuesto por los ciudadanos ALEJANDRO JOSÉ NATERA, TERESA COROMOTO LINAREZ DE RODRÍGUEZ, JOSÉ LUIS RAMOS VARELA, JESÚS ARNOLDO SUPERLANO HIDALGO, FRANCISCO JOSÉ CARMONA RAMOS, DIGNA DEL CARMEN SUÁREZ VIRGUEZ y MARTHA CECILIA HERNÁNDEZ DE LEAL, titulares de la cédula de identidad N° 11.265.652, 9.579.728, 9.992.376, 15.384.321, 7.411.846, 9.558.422 y 13.645.721, respectivamente, invocando la condición de Concejales del Municipio Iribarren del estado Lara y por las ciudadanas CRUZ DIRCE RODRÍGUEZ PASSARO y MISBELIA JOSEFINA RAMÍREZ AGUILAR, titulares de la cédula de identidad N° 7.322.687 y 7.435.711, respectivamente, invocando la condición de Consejeras del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Iribarren del estado Lara, contra la “Designación, Juramentación e Instalación del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Iribarren del estado Lara, realizada mediante Convocatoria N° SE/004-2014, suscrita por el Alcalde del Municipio Iribarren del estado Lara, (…) Presidente del Consejo Local de Planificación Pública, de fecha 21 de mayo de 2014”. Oficio N° KP02-N-2014-000288 de fecha 30-07-2014. Remitiendo Expediente N° 14.691 (nomenclatura de ese Juzgado) (2 Piezas Principales, 4 Piezas de Expediente Administrativo y 1 Cuaderno Separado signado con el N° KE01-X-2014-000044).

 

Por recibido Oficio N° 405 de fecha 18 de mayo de 2015, emanado del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 25 de marzo de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2015-000009: La ciudadana MÓNICA PÉREZ DE CHIRINO, titular de la cédula de identidad N° 14.748.289, asistida por la abogada  MARÍA GÓMEZ CARRASQUERO, quien igualmente actúa en nombre propio, titular de la cédula de identidad N° 13.003.112 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 178.931, interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en el Consejo Comunal Don Pedro Rojas del estado Zulia, para elegir a los voceros del referido Consejo Comunal, cuyo acto de votación fue realizado el 25 de octubre de 2014.

 

Por recibido Oficio N° 0599-2015 de fecha 06 de julio de 2015, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 09 de febrero de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

9.- Expediente N° AA70-E-2015-000065: ROY QUIRÓZ LANDAETA y WILFREDO RAFAEL ZAVALA ARIAS, titulares de la cédula de identidad Nos. 10.704.335 y 11.801.804, respectivamente, asistidos por el abogado PABLO BRICEÑO ZABALA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, interponen recursos contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra las decisiones dictadas por la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM), respecto al proceso electoral convocado para elegir a la Junta Directiva del referido Sindicato, cuyo de acto de votación se fijó para el 11 de junio de 2015.

 

Vista la Sentencia N° 124 dictada en fecha 10-06-2015, se acordó notificar a los ciudadanos Roy Quiroz Landaeta y Wilfredo Rafael Zavala Arias (parte recurrente), a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (parte recurrida), a la Junta Directiva del Sindicato mencionado, a los ciudadanos Manuel Caldera Colina, Juna Mercedes Colina y Sandra Fernández, así como al Ministerio Público. Se libraron Boletas y Oficios N° 15-453, 15-454 y 15-455. Igualmente se comisionó al Juzgado del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos MANUEL CALDERA COLINA, JUNA MERCEDES COLINA, SANDRA FERNÁNDEZ, a la Comisión Electoral del SEAUNEFM y a la Junta Directiva del SEAUNEFM. Se Libró Oficio N° 15-452 y Despacho. Del mismo modo, se notificó a los ciudadanos Pierre Misael Castro y Jaime Rodríguez, y por cuanto no consta en autos su domicilio procesal, se libraron carteles, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral de los respectivos carteles, se les tendrá por notificados. Finalmente, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso otorgado a la Comisión Electoral del mencionado Sindicato para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

10.- Expediente N° AA70-E- 2015-000043:  Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, Barinas,  remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos ISMELDA SÁNCHEZ, AMÍLCAR SCHWAZEMBERG, MARY GARRIDO, PEDRO GARCÍA Y ALICE TREJO DE RODRÍGUEZ, titulares de la cédula de identidad N° 1.605.152, 4.255.361, 8.141.809, 4.923.276 y 3.498.930, respectivamente, invocando el carácter de miembros de la Comisión Electoral del Consejo Comunal Alto Barinas Norte,  asistido por el abogado Miguel Ricardo Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.121, contra las vías de hecho realizadas por la Taquilla Única de Fundacomunal del estado Barinas. Oficio Nº 335, de fecha 15-04-2015, remitiendo el expediente Nº 9592-2014 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

 

Vista la Sentencia Nº 113 dictada en fecha 10 de junio de 2015, esta Sala acordó notificar a la parte accionante y al Coordinador Estadal de FUNDACOMUNAL Barinas. Se libró Boleta y Oficio N° 15-451. Asimismo, se comisionó al Juzgado del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos ISMELDA SÁNCHEZ, AMÍLCAR SCHWAZEMBERG, MARY GARRIDO, PEDRO GARCÍA y ALICE TREJO DE RODRÍGUEZ (accionante) y al Coordinador Estadal de FUNDACOMUNAL Barinas, para lo cual se ordenó librar despacho al mencionado Juzgado. Se libró Oficio  N° 15-450 y Despacho.

 

11.- Expediente N° AA70-E-2014-000098: ORLANDO JOSÉ CAMACHO FIGUERA y ALBERTO SARMIENTO COLMENARES, titulares de la cédula de identidad N° 10.331.608 y 2.120.467, respectivamente, asistido por el abogado Yonel José Marín Sequera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.976, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el Acta N° 027 de fecha 05 de noviembre de 2014, emanado de la Junta Directiva de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Artesanos, Micros, Pequeñas y Medianas Industrias y Empresas de Venezuela (FEDEINDUSTRIA).

 

Se prorrogó el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy.

 

ESCRITO EN:

 

12.- Expediente N° AA70-E-2015-000048: YRIS CLARIBEL REBOLLEDO, ROBINSON RAÚL ROMÁN GONZÁLEZ, JOSÉ GREGORIO PEÑA AÑEZ, LINO GREGORIO VERGARA CASTELLANOS y YOHANA YASMINI RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad números 16.363.665, 6.080.425, 5.165.630, 5.248.822 y 10.867.524, respectivamente, invocando el carácter de miembros de la Federación Venezolana de Canotaje, asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°65.158, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra los estatutos de la referida Federación aprobados en Asamblea General del 21 de marzo de 2014, el Reglamento Electoral aprobado el día 11 de abril de 2014 por parte de la Comisión Electoral presidida por la ciudadana Carla Rondón y contra la convocatoria para el acto de votación publicado en el Diario “El Universal”, en fecha 30 de abril de 2015, para elegir a la Junta Directiva, el Consejo de Honor y el Consejo Contralor de la referida federación, cuyo acto de votación se fijó para el día 22 de mayo de 2015.

 

La abogada Xiomara Griffith, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 82.921, actuando con el carácter de apoderada judicial del Instituto Nacional de Deportes (IND), presento escrito en atención al Oficio N° 15-407 de fecha 14 de julio de 2015.

 

DILIGENCIA EN:

 

13.- Expediente N° AA70-E-2015-000087: TIMOTEO DE JESÚS ZAMBRANO GUEDEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.254.097, invocando el carácter de Diputado ante el Parlamento Latinoamericano y de elector inscrito en el Registro Electoral, asistido por los abogados JESÚS MARÍA CASAL, JESÚS OLLARVES, MARÍA CONTRERAS Y JAIBER NÚÑEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 31.328, 36.019, 122.826 y 239.461, respectivamente, quienes a su vez actúan en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral contra “la omisión en la que incurrió el Consejo Nacional Electoral al no haber efectuado la convocatoria a la elección directa, universal y secreta de los representantes de Venezuela al parlamento Latinoamericano (Parlatino), como se desprende de la convocatoria a elecciones parlamentarias a celebrarse el próximo 6 de diciembre de 2015, contenida en la Resolución N° 150622-141 de fecha 22 de junio de 2015 y publicada en Gaceta Electoral N° 757 de fecha 25 de junio de 2015”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-417A, librado al Consejo Nacional Electoral, a los fines de solicitarle los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

14.- Expediente N° AA70-E-2015-000064: JORGE ELIECER ESCALANTE RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.478, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANTONIO RAMÓN DELGADO VILLEGAS, MIREYA COROMOTO BASTIDAS BECERRA, ARNOLDO JOSÉ CACERES, EDGAR JOSÉ TORREALBA FRANCO, FELIPE SEGUNDO BENCOMO BRICEÑO, RAFAEL ÁNGEL OCANTO, BELKIS COROMOTO TORRES DURÁN y NATANAEL ISAAC URRECHEAGA BRICEÑO, titulares de la cédula de identidad Nos. 8.718.500, 10.317.088, 12.039.745, 10.400.816, 14.800.977, 13.205.256, 11.617.296 y 13.206.832, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo (INPRESFAPET), contra el Proyecto de Reglamento Electoral de la mencionada Asociación Civil, y contra el proceso electoral a fin de elegir a los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva del referido Instituto de Previsión Social, para el periodo 2015-2018, cuyo acto de votación se fijó para el 12 de junio de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-304, librado a la Comisión Electoral de la Asociación Civil del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo (INPRESFAPET), mediante el cual se solicitó los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

15.- Expediente N° AA70-E-2015-000064: JORGE ELIECER ESCALANTE RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.478, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANTONIO RAMÓN DELGADO VILLEGAS, MIREYA COROMOTO BASTIDAS BECERRA, ARNOLDO JOSÉ CACERES, EDGAR JOSÉ TORREALBA FRANCO, FELIPE SEGUNDO BENCOMO BRICEÑO, RAFAEL ÁNGEL OCANTO, BELKIS COROMOTO TORRES DURÁN y NATANAEL ISAAC URRECHEAGA BRICEÑO, titulares de la cédula de identidad Nos. 8.718.500, 10.317.088, 12.039.745, 10.400.816, 14.800.977, 13.205.256, 11.617.296 y 13.206.832, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo (INPRESFAPET), contra el Proyecto de Reglamento Electoral de la mencionada Asociación Civil, y contra el proceso electoral a fin de elegir a los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva del referido Instituto de Previsión Social, para el periodo 2015-2018, cuyo acto de votación se fijó para el 12 de junio de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-305, librado a la Junta Directiva de la Asociación Civil del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo (INPRESFAPET), mediante el cual se solicitó los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

16.- Expediente N° AA70-E-2015-000064: JORGE ELIECER ESCALANTE RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.478, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANTONIO RAMÓN DELGADO VILLEGAS, MIREYA COROMOTO BASTIDAS BECERRA, ARNOLDO JOSÉ CACERES, EDGAR JOSÉ TORREALBA FRANCO, FELIPE SEGUNDO BENCOMO BRICEÑO, RAFAEL ÁNGEL OCANTO, BELKIS COROMOTO TORRES DURÁN y NATANAEL ISAAC URRECHEAGA BRICEÑO, titulares de la cédula de identidad Nos. 8.718.500, 10.317.088, 12.039.745, 10.400.816, 14.800.977, 13.205.256, 11.617.296 y 13.206.832, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo (INPRESFAPET), contra el Proyecto de Reglamento Electoral de la mencionada Asociación Civil, y contra el proceso electoral a fin de elegir a los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva del referido Instituto de Previsión Social, para el periodo 2015-2018, cuyo acto de votación se fijó para el 12 de junio de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consignó Oficio original Nº 15-303, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo (Distribuidor), así como  la comisión que le acompañó, en razón de haber practicado personalmente la notificación allí ordenada.

 

17.- Expediente N° AA70-E-2015-000064: JORGE ELIECER ESCALANTE RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.478, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANTONIO RAMÓN DELGADO VILLEGAS, MIREYA COROMOTO BASTIDAS BECERRA, ARNOLDO JOSÉ CACERES, EDGAR JOSÉ TORREALBA FRANCO, FELIPE SEGUNDO BENCOMO BRICEÑO, RAFAEL ÁNGEL OCANTO, BELKIS COROMOTO TORRES DURÁN y NATANAEL ISAAC URRECHEAGA BRICEÑO, titulares de la cédula de identidad Nos. 8.718.500, 10.317.088, 12.039.745, 10.400.816, 14.800.977, 13.205.256, 11.617.296 y 13.206.832, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo (INPRESFAPET), contra el Proyecto de Reglamento Electoral de la mencionada Asociación Civil, y contra el proceso electoral a fin de elegir a los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva del referido Instituto de Previsión Social, para el periodo 2015-2018, cuyo acto de votación se fijó para el 12 de junio de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta original librada a los ciudadanos Antonio Ramón Delgado Villegas, Mireya Coromoto Bastidas Becerra, Arnoldo José Caceres, Edgar José Torrealba Franco, Felipe Segundo Bencomo Briceño, Rafael Ángel Ocanto, Belkis Coromoto Torres Durán y Natanael Isaac Urrecheaga Briceño, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 105 de fecha 10-06-2015.

 

18.- Expediente N° AA70-E-2015-000064: JORGE ELIECER ESCALANTE RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.478, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANTONIO RAMÓN DELGADO VILLEGAS, MIREYA COROMOTO BASTIDAS BECERRA, ARNOLDO JOSÉ CACERES, EDGAR JOSÉ TORREALBA FRANCO, FELIPE SEGUNDO BENCOMO BRICEÑO, RAFAEL ÁNGEL OCANTO, BELKIS COROMOTO TORRES DURÁN y NATANAEL ISAAC URRECHEAGA BRICEÑO, titulares de la cédula de identidad Nos. 8.718.500, 10.317.088, 12.039.745, 10.400.816, 14.800.977, 13.205.256, 11.617.296 y 13.206.832, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo (INPRESFAPET), contra el Proyecto de Reglamento Electoral de la mencionada Asociación Civil, y contra el proceso electoral a fin de elegir a los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva del referido Instituto de Previsión Social, para el periodo 2015-2018, cuyo acto de votación se fijó para el 12 de junio de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-319 librado a la Comisión Electoral de la Asociación Civil del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo (INPRESFAPET), mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 105 de fecha 10-06-2015.

 

19.- Expediente N° AA70-E-2015-000064: JORGE ELIECER ESCALANTE RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.478, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANTONIO RAMÓN DELGADO VILLEGAS, MIREYA COROMOTO BASTIDAS BECERRA, ARNOLDO JOSÉ CACERES, EDGAR JOSÉ TORREALBA FRANCO, FELIPE SEGUNDO BENCOMO BRICEÑO, RAFAEL ÁNGEL OCANTO, BELKIS COROMOTO TORRES DURÁN y NATANAEL ISAAC URRECHEAGA BRICEÑO, titulares de la cédula de identidad Nos. 8.718.500, 10.317.088, 12.039.745, 10.400.816, 14.800.977, 13.205.256, 11.617.296 y 13.206.832, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo (INPRESFAPET), contra el Proyecto de Reglamento Electoral de la mencionada Asociación Civil, y contra el proceso electoral a fin de elegir a los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva del referido Instituto de Previsión Social, para el periodo 2015-2018, cuyo acto de votación se fijó para el 12 de junio de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-320, librado a la Junta Directiva de la Asociación Civil del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo (INPRESFAPET), mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 105 de fecha 10-06-2015.

 

20.- Expediente N° AA70-E-2015-000064: JORGE ELIECER ESCALANTE RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.478, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANTONIO RAMÓN DELGADO VILLEGAS, MIREYA COROMOTO BASTIDAS BECERRA, ARNOLDO JOSÉ CACERES, EDGAR JOSÉ TORREALBA FRANCO, FELIPE SEGUNDO BENCOMO BRICEÑO, RAFAEL ÁNGEL OCANTO, BELKIS COROMOTO TORRES DURÁN y NATANAEL ISAAC URRECHEAGA BRICEÑO, titulares de la cédula de identidad Nos. 8.718.500, 10.317.088, 12.039.745, 10.400.816, 14.800.977, 13.205.256, 11.617.296 y 13.206.832, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo (INPRESFAPET), contra el Proyecto de Reglamento Electoral de la mencionada Asociación Civil, y contra el proceso electoral a fin de elegir a los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva del referido Instituto de Previsión Social, para el periodo 2015-2018, cuyo acto de votación se fijó para el 12 de junio de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15.365, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 105 de fecha 10-06-2015.

 

21.- Expediente N° AA70-E-2015-000064: JORGE ELIECER ESCALANTE RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.478, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANTONIO RAMÓN DELGADO VILLEGAS, MIREYA COROMOTO BASTIDAS BECERRA, ARNOLDO JOSÉ CACERES, EDGAR JOSÉ TORREALBA FRANCO, FELIPE SEGUNDO BENCOMO BRICEÑO, RAFAEL ÁNGEL OCANTO, BELKIS COROMOTO TORRES DURÁN y NATANAEL ISAAC URRECHEAGA BRICEÑO, titulares de la cédula de identidad Nos. 8.718.500, 10.317.088, 12.039.745, 10.400.816, 14.800.977, 13.205.256, 11.617.296 y 13.206.832, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Trujillo (INPRESFAPET), contra el Proyecto de Reglamento Electoral de la mencionada Asociación Civil, y contra el proceso electoral a fin de elegir a los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva del referido Instituto de Previsión Social, para el periodo 2015-2018, cuyo acto de votación se fijó para el 12 de junio de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consignó Oficio original Nº 15-322, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo (Distribuidor), así como la comisión que le acompañó, en razón de haber practicado personalmente la notificación allí ordenada.

 

22.- Expediente N° AA70-E-2015-000041: JOSÉ RAFAEL QUINTANA, JHON DUQUE, OSCAR LUGO, PEDRO NEGRÍN, EDUARDO SÁEZ, MARINO RAMÍREZ, JOSÉ SAYAGO y MARLENE LUGO, titulares de la cédula de identidad números 1.879.537, 8.814.624, 5.874.374, 4.821.384, 6.106.668, 5.416.967, 6.425.026 y 3.945.301, asistidos por la abogada Aura Marina Cisneros, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.818, interponen recurso contencioso electoral de nulidad con acción de amparo cautelar contra “las comunicaciones de fecha, Domingo, veintidós (22) de marzo de 2015, y en fecha, Miércoles veintidós (22) de abril de 2015, dictadas por la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante la cual se declaró primero ‘…INVALIDADA’ , la postulación de la plancha N° 2, y segundo la que mediante la cual se declaró “…inadmitida” la postulación de la Plancha No. 4, ambas integradas por quienes suscriben, para optar a los cargos de miembros Principales y Suplentes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, para el período 2015-2017, así como la emitida por el Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, en fecha Sábado dieciocho (18) de Abril de 2015, mediante la cual se sanciona a todos los integrantes de la Plancha No. 2, lo cual trae como consecuencia que sea inadmitida nuestra postulación a los cargos por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao”.

 

El abogado José Rafael Quintana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.166, parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual retiró cartel de emplazamiento librado por esta Sala en fecha 28-07-2015.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

ACTUACIÓN EN:

 

23.- Expediente N° AA70-E-2015-000059: JOEL ALFREDO ALCALÁ LUNA, titular de la cédula de identidad N° 8.963.777, asistido por el abogado Alejandro Paiva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 113.089, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar, contra la decisión dictada por la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Alúmina, Bauxita y sus Derivados del estado Bolívar (SUTRALUMINA-BOLÍVAR), en fecha 22 de mayo de 2015, mediante la cual “rechaza la postulación del candidato impugnado a Secretario General, ciudadano Joel Alcala…”.

 

Vista la Sentencia N° 122 dictada por esta Sala Electoral en fecha 10-06-2015, mediante la cual declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta, se acordó notificar al ciudadano Joel Alfredo Alcalá Luna (parte accionante). Se Libró Boleta.

 

DILIGENCIA EN:

 

24.-Expediente N° AA70-E-2015-000051: MARCOS RAMÓN SABARIEGO ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° 11.745.799,  invocando la condición de Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Petrolera, Química y Conexas del estado Carabobo “ SUSTRASOIPEQCCA”, asistido por el abogado José amado Rodríguez Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.595, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Petrolera, con ocasión del proceso electoral para elegir a la Junta Directiva del mencionado Sindicato, cuyo acto de votación se fijó para el día 20 de mayo de 2015.

 

El abogado José Amado Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.595, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Marcos Sabariego, parte accionante, presentó diligencia mediante la cual consignó comisión proveniente del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora, signada bajo el N° GP31-C-2015-000069 (nomenclatura de ese tribunal), asimismo, realizó diversas solicitudes relacionadas con la causa descritas en la presente diligencia.

 

La Presidenta,

 

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

 

La Secretaria (E),

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

 

 

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