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Sala Electoral
  • Fecha: 11 de Julio de 2016





CUENTA N° 80

ACTUACIÓN EN:

1.- Expediente N° AA70-E-2015-000128: WINSTON TROMPIS, GENARO VELASQUEZ, EDGAR GARCÍA, PETRA GARCÍA DE TROMPIS, CARLOS FERRER, ÁNGEL VILLEGAS, GUSTAVO ZAVALA, MARIO GÓMEZ SÁNCHEZ, CASTOR LÓPEZ, ALEXIS VALLS y ROLANDO JUVENAL MORA, invocando la condición de voceros del PARTIDO POPULAR COPEI del estado Falcón, interponen recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar contra “el acto administrativo de efectos particulares dictado en fecha 14 de septiembre de 2015 por la Junta Directiva Ad Hoc designada, según Sentencia N° 1023/2015, Expediente N° 15-0860 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de julio de 2015, representada por PEDRO URRIETA y MIGUEL SALAZAR”, titulares de la cédula de identidad N° 9.858.596 y 8.322.115, respectivamente. (Remitido por Oficio N° JSCA-FAL-001142-2015, de fecha 18-11-2015, emanado del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón).

Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 04 de abril de 2016, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.

2.- Expediente N° AA70-E-2016-000017: El abogado Cesar Augusto Arias, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.479, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO ANTONIO COLMENARES, titular de la cédula de identidad N° 7.963.014, interpone recurso contencioso electoral contra la negación tacita del recurso jerárquico interpuesto ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), contra la postulación del ciudadano Miguel Ramón Lara Aguilar, al cargo de Concejal Lista del Municipio Cabimas del estado Zulia, postulado por el partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas, presentado en fecha 06 de julio de 2016, por el abogado Cesar Augusto Arias, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.479, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO ANTONIO COLMENARES, titular de la cédula de identidad N° 7.963.014 (parte recurrente).

3.- Expediente N° AA70-E-2016-000017: El abogado Cesar Augusto Arias, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.479, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO ANTONIO COLMENARES, titular de la cédula de identidad N° 7.963.014, interpone recurso contencioso electoral contra la negación tacita del recurso jerárquico interpuesto ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), contra la postulación del ciudadano Miguel Ramón Lara Aguilar, al cargo de Concejal Lista del Municipio Cabimas del estado Zulia, postulado por el partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

Se fijó un lapso de dos (02) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

4.- Expediente N° AA70-E-2015-000140: El ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° 10.924.929, asistido por la Abogada Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 01, DEL ESTADO AMAZONAS.

Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas y dando cumplimiento con el auto dictado por este Juzgado en fecha 08 de marzo de 2016, se dejó constancia del inicio del lapso de diez (10) días continuos contados a partir de la presente fecha, inclusive, al término de los cuales se reanudará el curso de la causa en el estado en que se encontraba, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil.

5.- Expediente N° AA70-E-2015-000044: Richert Oswaldo González Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.819 , actuando en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID ELÍAS TORRES PARRA y FERNANDO LISTA, titulares de la cédula de identidad número 11.448.699 y 8.638.178, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral de nulidad, conjuntamente con amparo cautelar y medidas cautelares, contra los “ACTOS DE TOTALIZACIÓN, ADJUDICACIÓN Y PROCLAMACIÓN, dictados por la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE CVG BAUXILUM C.A. (SUPROBAUX), con ocasión del proceso de ELECCIÓN de las autoridades del Sindicato UNICO DE TRABAJADORES PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE CVG BAUXILUM C.A. (SUPRPBAUX), de los días 18 y 19 de noviembre de 2014; en específico para los cargos de Secretario General y Secretario de Organización…”.

Visto que el 23 de mayo de 2016, se fijó el día martes doce (12) de julio de 2016, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para que las partes presenten sus informes orales y visto igualmente que de las actas que conforman el expediente se desprende que, a la presente fecha no han sido recibidas las resultas de la prueba de Informe admitida por este Juzgado de Sustanciación en fecha 14 de abril de 2016, a la Dirección Regional del Estado Bolívar del Consejo Nacional Electoral, esta Sala en aras de garantizar el derecho a la defensa de las partes en la presente causa, acordó diferir la realización del referido acto hasta tanto conste en autos la evacuación de la misma.

6.- Expediente N° AA70-E-2016-000023: Por oficio N° PH220F02016000167 de fecha 17 de febrero de 2016, el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Laboral del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua, remitió el expediente N° PP21-N-2015-000117, contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Reinaldo Romero Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.834, actuando en su carácter de apoderado judicial de las Sociedades Mercantiles FARMACIA EL AVILA, C.A.,  FARMACIA LA VENEZOLANA DE ACARIGUA, C.A.,  FARMACIA FARMAENCUENTRO ARAURE, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO SANTA TERESITA, C.A.,  FARMACIA LA GOAJIRA, S.R.L., FARMACIA VICTORIA, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO CENTRO, C.A., y FARMACIA FARMAENCUENTRO LLANO MALL, C.A., interpone demanda de nulidad contra las elecciones efectuadas por la Unión Sindical Bolivariana de Trabajadores que prestan Servicios  para la Entidad de Trabajo FARMAENCUENTRO C.A., (USBTRAFARMAENPORT).

Vista la Sentencia N° 85 dictada en fecha 15-06-2016, se acordó notificar a la parte recurrente, a la Junta Directiva, al Tribunal Disciplinario de la Unión Sindical Bolivariana de Trabajadores que prestan Servicios para la Entidad de Trabajo FARMAENCUENTRO C.A., (USBTRAFARMAENPORT), al Ministerio Público, Inspectoría del Trabajo de Acarigua estado Portuguesa y a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela. Se libró Boleta y Oficios N° 16-457, 16-458, 16-455, 16-460 y 16-456, respectivamente. Asimismo, observó este Juzgado que no consta en autos los antecedentes administrativos ni el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el caso; en consecuencia, se acordó solicitar a la Comisión Electoral del referido Sindicato, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Se libró Oficio N° 16-459. En el mismo orden de ideas, se comisionó al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral, al Tribunal Disciplinario y a la Junta Directiva de la Unión Sindical Bolivariana de Trabajadores que prestan Servicios para la Entidad de Trabajo FARMAENCUENTRO C.A., (USBTRAFARMAENPORT), a la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LA CIUDAD DE ACARIGUA DEL ESTADO PORTUGUESA, para lo cual se libró despacho al mencionado Juzgado. Se libró Oficio N° 16-454 y Despacho. Finalmente, este Juzgado de Sustanciación indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de 03 días de despacho, más el término de distancia, que será de 05 días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación, otorgados a la Comisión Electoral de la Unión Sindical Bolivariana de Trabajadores que prestan Servicios para la Entidad de Trabajo FARMAENCUENTRO C.A., (USBTRAFARMAENPORT), para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, este Juzgado procederá a pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso y a darle el trámite respectivo de conformidad con el Titulo V de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, artículo 179 y subsiguientes.

DILIGENCIA EN:

7.- Expediente N° AA70-E-2015-000046: ZAINE CAROLINA ACOSTA DE GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.826.530, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 132.928, apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ENRIQUE MONTERO ROSALES, LUIS MANUEL ALVÁREZ SUÁREZ, LUIS ENRIQUE PÉREZ SIERRA, BLADIMIR ANTONIO TORRES COLMENARES, ROY JOSUE PACHECO MUSSETT, DIONISIO JESÚS SÁNCHEZ VILLASMIL, KENNYS ENRIQUE MENDOZA ROJAS y JUAN CARLOS PIZZINI PERAZA, titulares de la cédula de identidad números 7.861.725, 11.247.293, 11.252.204, 15.808.455, 11.252.363, 7.666.689, 15.402.044 y 15.401.581, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de la nueva directiva de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP) para el periodo 2015-2018, celebradas del 21 al 28 de abril de 2015, al cual le fue acumulado el expediente AA70-E-2015-000060 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado JESÚS ENRIQUE VÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 191.107, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NARCISO JOSÉ MATA LÓPEZ, GUSTAVO ÁNGEL RODRÍGUEZ BARBOZA y HERVING RAMÓN BERMÚDEZ SOTO, contra las elecciones celebradas entre el 22 y 28 de abril de 2015, “para la designación de la Junta Directiva para el periodo 2015-2018, a cargo de la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMO DE LOS TRABAJADORES ACTIVOS Y JUBILADOS PETROLEROS (CATRAJUP)”. (Expedientes Acumulados Nos. AA70-E-2015-000046, AA70-E-2015-000060).

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-451, librado a la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, del Terminal de Embarque Puerto Miranda "PDVSA OCCIDENTE", a los fines de que consigne el informe requerido por auto de pruebas admitido en fecha 11-02-2016.

8.- Expediente N° AA70-E-2015-000046: ZAINE CAROLINA ACOSTA DE GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.826.530, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 132.928, apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ENRIQUE MONTERO ROSALES, LUIS MANUEL ALVÁREZ SUÁREZ, LUIS ENRIQUE PÉREZ SIERRA, BLADIMIR ANTONIO TORRES COLMENARES, ROY JOSUE PACHECO MUSSETT, DIONISIO JESÚS SÁNCHEZ VILLASMIL, KENNYS ENRIQUE MENDOZA ROJAS y JUAN CARLOS PIZZINI PERAZA, titulares de la cédula de identidad números 7.861.725, 11.247.293, 11.252.204, 15.808.455, 11.252.363, 7.666.689, 15.402.044 y 15.401.581, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de la nueva directiva de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP) para el periodo 2015-2018, celebradas del 21 al 28 de abril de 2015, al cual le fue acumulado el expediente AA70-E-2015-000060 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado JESÚS ENRIQUE VÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 191.107, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NARCISO JOSÉ MATA LÓPEZ, GUSTAVO ÁNGEL RODRÍGUEZ BARBOZA y HERVING RAMÓN BERMÚDEZ SOTO, contra las elecciones celebradas entre el 22 y 28 de abril de 2015, “para la designación de la Junta Directiva para el periodo 2015-2018, a cargo de la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMO DE LOS TRABAJADORES ACTIVOS Y JUBILADOS PETROLEROS (CATRAJUP)”. (Expedientes Acumulados Nos. AA70-E-2015-000046, AA70-E-2015-000060).

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-452, librado a la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, de Talleres Centrales de La Salina "PDVSA OCCIDENTE", a los fines de que consigne el informe requerido por auto de pruebas admitido en fecha 11-02-2016.

9.- Expediente N° AA70-E-2015-000141: El ciudadano NESTOR FRANCISCO LEON HEREDIA, asistido por el Abogado Rafael Puertas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 02, DEL ESTADO YARACUY...".

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a la ciudadana Amelia Belisario, mediante la cual le notificó de la Sentencia N° 30 de fecha 30-12-2015 y del auto de fecha 24-05-2016.

10.- Expediente N° AA70-E-2015-000141: El ciudadano NESTOR FRANCISCO LEON HEREDIA, asistido por el Abogado Rafael Puertas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 02, DEL ESTADO YARACUY...".

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a la ciudadana Melva Paredes, mediante la cual le notificó de la Sentencia N° 30 de fecha 30-12-2015 y del auto de fecha 24-05-2016.

11.- Expediente N° AA70-E-2015-000141: El ciudadano NESTOR FRANCISCO LEON HEREDIA, asistido por el Abogado Rafael Puertas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 02, DEL ESTADO YARACUY...".

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada al ciudadano Luis Eduardo Parra Rivero, mediante la cual le notificó de la Sentencia N° 30 de fecha 30-12-2015 y del auto de fecha 24-05-2016.

12.- Expediente N° AA70-E-2015-000141: El ciudadano NESTOR FRANCISCO LEON HEREDIA, asistido por el Abogado Rafael Puertas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 02, DEL ESTADO YARACUY...".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-355, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante la cual le notificó de la Sentencia N° 30 de fecha 30-12-2015 y del auto de fecha 24-05-2016.

13.- Expediente N° AA70-E-2015-000141: El ciudadano NESTOR FRANCISCO LEON HEREDIA, asistido por el Abogado Rafael Puertas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 02, DEL ESTADO YARACUY...".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-354, librado a la Dirección Ejecutiva de la Coordinación General Nacional de la Organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática (MUD), mediante la cual le notificó de la Sentencia N° 30 de fecha 30-12-2015 y del auto de fecha 24-05-2016.

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

ACTUACIÓN EN:

14.- Expediente N° AA70-E-2015-000031: RUBEN ALFREDO VILLANUEVA, WILLIAM LÓPEZ, JONATHAN LUGO, HÉCTOR JOSÉ SOSA, CARLOS MERCADO, ELIANNE ALCALDELUIS RAMÓN PÉREZ y EUDDY VARGAS MONCADA, titulares de la cédula de identidad N° 11.360.499, 11.351.124, 14.394.964, 12.996.220, 12.313.115, 12.182.296, 8.209.855 y 15.978.850, respectivamente, asistidos por el abogado Alfredo Brito Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.451, interponen acción de amparo constitucional contra el SINDICATO DE VENCEDORES SOCIALISTAS UNIDOS DE LA EMPRESA FORD MOTOR DE VENEZUELA S.A. (SINVENSOCUNIFORD).

Por recibido oficio N° 217-16 de fecha 15 de junio de 2016, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 25 de abril de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

La Presidenta,

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria,

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

 

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