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CUENTA N° 49
ACTUACIÓN EN:
1.- Expediente N° AA70-E-2015-000087: TIMOTEO DE JESÚS ZAMBRANO GUEDEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.254.097, invocando el carácter de Diputado ante el Parlamento Latinoamericano y de elector inscrito en el Registro Electoral, asistido por los abogados JESÚS MARÍA CASAL, JESÚS OLLARVES, MARÍA CONTRERAS Y JAIBER NÚÑEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 31.328, 36.019, 122.826 y 239.461, respectivamente, quienes a su vez actúan en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral contra “la omisión en la que incurrió el Consejo Nacional Electoral al no haber efectuado la convocatoria a la elección directa, universal y secreta de los representantes de Venezuela al parlamento Latinoamericano (Parlatino), como se desprende de la convocatoria a elecciones parlamentarias a celebrarse el próximo 6 de diciembre de 2015, contenida en la Resolución N° 150622-141 de fecha 22 de junio de 2015 y publicada en Gaceta Electoral N° 757 de fecha 25 de junio de 2015”.
Se acordó prorrogar el lapso para dictar sentencia en la presente causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, por cuanto la complejidad y naturaleza del asunto bajo examen así lo exige, dentro del cual se procederá a dictar el fallo correspondiente.
2.- Expediente N° AA70-E-2015-000045: NÉSTOR SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 10.502.324, asistido por el abogado Pedro Gamboa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 201.717, interpone solicitud de convocatoria a elecciones para elegir a la Junta Directiva del SINDICATO NACIONAL FUERZA POPULAR DE LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN, MADERA, MAQUINARIAS PESADAS, VIALIDADES Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (F.P.T).
Vista la diligencia presentada en fecha 07 de abril de 2016 por los abogados Lourdes Gámez y Yeimy Guillen, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 62.184 y 251.682 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte accionada, mediante la cual solicitaron la devolución del documento que cursa a los folios cuatrocientos cincuenta y uno (451) al cuatrocientos cincuenta y tres vuelto (453 Vto.) del expediente, esta Sala ACORDÓ la devolución del referido documento, previa su certificación en autos.
3.- Expediente N° AA70-E-2015-000128: WINSTON TROMPIS, GENARO VELASQUEZ, EDGAR GARCÍA, PETRA GARCÍA DE TROMPIS, CARLOS FERRER, ÁNGEL VILLEGAS, GUSTAVO ZAVALA, MARIO GÓMEZ SÁNCHEZ, CASTOR LÓPEZ, ALEXIS VALLS y ROLANDO JUVENAL MORA, invocando la condición de voceros del PARTIDO POPULAR COPEI del estado Falcón, interponen recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar contra “el acto administrativo de efectos particulares dictado en fecha 14 de septiembre de 2015 por la Junta Directiva Ad Hoc designada, según Sentencia N° 1023/2015, Expediente N° 15-0860 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de julio de 2015, representada por PEDRO URRIETA y MIGUEL SALAZAR”, titulares de la cédula de identidad N° 9.858.596 y 8.322.115, respectivamente. (Remitido por Oficio N° JSCA-FAL-001142-2015, de fecha 18-11-2015, emanado del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón).
Se dejó sin efecto la comisión enviada al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón (Distribuidor) sólo por lo que corresponde a la notificación de los ciudadanos RAFAEL CHIRINO, JULIO TOVA, FRANCISCO BELLO, WINSTON TROMPIS, GENARO VELASQUEZ, EDGAR GARCÍA, PETRA GARCÍA DE TROMPIS, CARLOS FERRER, ÁNGEL VILLEGAS, GUSTAVO ZAVALA, MARIO GÓMEZ SÁNCHEZ, CASTOR LÓPEZ, ALEXIS VALLS y ROLANDO JUVENAL MORA (parte recurrente) por haber sido practicada.
4.- Expediente N° AA70-E-2015-000038: Juzgado Superior Tercero, Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, remite escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar, por los ciudadanos CARLOS DELFIN ROSALES LÓPEZ, DINHORA JOSEFINA ROA PULIDO, ROMULO FLORENTINO OSTOS PULIDO y HENRY MÉNDEZ MÁRQUEZ, titulares de la cédula de identidad números 9.181.922, 3.997.590, 3.308.285 y 3.998.152 respectivamente, asistidos por las abogadas Betty Jaimes Becerra y Robertina del Carmen Vargas de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 31.068 y 17.803, respectivamente, contra los pronunciamientos de fecha 22/04/2015 emanados de la COMISIÓN ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRASTIVOS DE LA UNIVERSIDAD EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (AEAUNET), que declararon sin lugar las impugnaciones interpuestas por los recurrentes, contra el rechazo de sus postulaciones a los cargos de Presidente, Secretario de Finanzas, Suplente Delegado Nacional y Suplente del Secretario de Finanzas, respectivamente, en el proceso electoral 2015/2018, cuyo acto de votación ese fijó para el 07 de mayo de 2015. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia remitido mediante Oficio N°103 de fecha 24-04-2015).
Por recibido Oficio N° 218-2015 de fecha 14 de marzo de 2016, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 25 de enero de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
5.-Expediente N° AA70-E-2014-000022: PEDRO ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos VICTOR CELESTINO GARCÍA ESPINOSA, FÉLIZ ABELARDO TORRES, ALEXANDER AZAEL USECHE ANDRADE, OSCAR ANTONIO NAVAS VIERA, ERIKA JOSEFINA NARVÁEZ GIL, MIREYA ADELCIRA TORCAT HERNÁNDEZ, EMILY JOSEFINA MINIELLI VILLEGAS, LEYDA JOSEFINA GIL ROJAS, YOLIMAR GONZALEZ RIVERO, LISSET BEATRIZ DUQUE DURAN, MARIBEL VARGAS VARGAS, MERCEDES COROMOTO GARCÍA NAVARRO, RICHARD ALBERTO ESCALONA BRIÑES, PABLO JOSÉ LÓPEZ LANDAETA, GLORIA ELENA DOMINGUEZ DE SALAS, CARMEN AURORA PALFITT MONTENEGRO, VIRGINIA TERESA MÁRQUEZ QUIJANO, LILIBETH YUDIZA MATA PAZ, WILLIAN RAMÓN GARCÍA CABRERA, PABLO ALEXIS AVENDAÑO PALMA CAROLINA DEL CARMEN BLANCO MAGALLANES, JULIO CÉSAR MENESES, OSCAR RAMÓN CORDOVES FRANCO, KEYDA ELENA FAGUNDEZ DE ROJAS, SANDRA AURISTELA ARMAS ORTEGA, VÍCTOR MANUEL PÉREZ PADILLA, ALIBRANDY OYER, YANIRA DEL CARMEN REINOZA DE CASTRO, JOSÉ ORLANDO PRADA COVA, EUDY JOSÉ RONDÓN RODRÍGUEZ, ESTHER ELINA GONZÁLEZ CASTILLO, MARÍA INES RODRÍGUEZ GARCÍA, ROBERT SALOMÓN MUJICA QUINTERO, ORLANDO RAFAEL YÁNEZ, MARYORY GONZÁLEZ PÉREZ, MORELA PINTO DE ESTABA, SERGIO MANUEL TORO PRIETO, CÉSAR ANTONIO ROMERO RIVERO y EDGAR ALEXANDER ORDAZ, titulares de la cédula de identidad N° 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 15.025.462, 12.784.577, 6.902.318, 6.920.357, 10.633.625, 10.542.473, 10.513.807, 10.111.833, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 4.526.997, 10.117.621, 13.748.153, 6.249.975, 6.275.775, 7.925.804, 6.106.373, 6.276.005, 6.139.356,10.510.574, 11.924.812, 14.008.001, 10.713.289, 13.408.980, 3.441.541, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 9.587.404, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118, 9.411.317 y 10.823.496, respectivamente, interpone solicitud de convocatoria a elecciones respecto al Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND).
Para el mejor manejo del expediente y de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó abrir la segunda (2da) pieza, córrase la foliatura.
6.- Expediente N° AA70-E-2015-000057: JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ RINCÓN, titular de la cédula de identidad N° 4.774.473, asistido por el abogado Claudio Bata Gallardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.561, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 150414-077 de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, la cual resolvió: “PRIMERO: Se reconocen las autoridades de la organización con fines políticos nacional INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN), electos en la Convención Nacional de Comités Operativos Regional, es celebrada el 25 de mayo de 2013, para el periodo de seis (06) años desde 2013 hasta 2019…”.
Para el mejor manejo del expediente y de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó abrir la segunda (2da) pieza, córrase la foliatura.
7.- Expediente N° AA70-E-2015-000070: GREGORIO SALAZAR, LUIS MANUEL ESCALANTE y TEODORO FRANCO, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.828.966, 2.588.698 y 4.570.226, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Hernández Hidalgo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.172, interponen recurso contencioso electoral contra la convocatoria para elegir a los miembros de la Comisión Electoral del SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA PRENSA, de fecha 15 de mayo de 2015, contra la Asamblea General Delegada de fecha 19 de mayo de 2015, y contra el artículo 4 de las normas que regirán el proceso electoral Periodo 2015-2017, para elegir a Junta Directiva y el Tribunal Disciplinario del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa.
Se acordó librar cartel a los ciudadanos GREGORIO SALAZAR, LUIS MANUEL ESCALANTE y TEODORO FRANCO (parte recurrente), a los fines de notificarles la Sentencia N° 209 dictada por esta Sala Electoral en fecha 18 de noviembre de 2015 que declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el recurso contencioso electoral interpuesto, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel se les tendrá por notificados.
8.- Expediente N° AA70-E-2014-000043: Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos BRÍGIDA DEL CARMEN CONTRERAS TABORDA, JEAN CARLOS TORRES CASAS, JUNIOR JAVIER HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, SAMUEL DE JESÚS ARAQUE, SAIDER ALONSO DURAN DURAN, MILKA GISELA MÁRQUEZ FALCO, MAIRA ALEJANDRA TRESPALACIOS REGALADO, NORQUIS ANTONIO SÁNCHEZ GUILLEN, LISETH CAROLINA SIERRA RODRÍGUEZ, LUIS MIGUEL SÁNCHEZ PÁEZ, REINALDO ANTONIO GUILLÉN, ARMINDA JOSEFINA VILLASMIL, RODOLFO DE JESÚS RESTREPO CONTRERAS, YORDIN FABRICIO DÁVILA GUILLÉN, VÍCTOR JOSÉ MOLINA GIL, EDIXON MIGUEL RANGEL MENDOZA, LERYS ISABEL ZAMBRANO BOLAÑO, SIRIA CALDERÓN CARRERO, DUVALIER JOSÉ IRIGAY ATENCIO, ALEIDY COROMOTO GUTIÉRREZ MORA, ELVIS MARCEL TORRES, NELLY COROMOTO SOTO RINCÓN, EDUARDO ELISEO VERA CARRILLO, JHON ALEJANDRO APONZA GÓMEZ, DANNY JAVIER ANGULO ZAMBRANO, GUEILOR GIOVANNY NAVA BRICEÑO, YNGRIT ONELIS VARGAS BÁEZ, JOSÉ GREGORIO PEÑA CAMARGO, LILIBETH DEL CARMEN ROSALES MALDONADO, TONY DAVID CONTRERAS ORTEGA, ENDY ANTONIO ARAUJO HERNÁNDEZ, ODUBER EDUARDO PAOLINI CONTRERAS, MIZAEL ALEXANDER RODRÍGUEZ MOLINA, HILDER ALÍ MARTÍNEZ ZAMBRANO, ENDER ANTONIO CHACÓN PARRA, JOSÉ HOMERO OSUNA CHIRINOS, JOSÉ RAFAEL MÁRQUEZ MÉNDEZ y MARTHA SELENY ROBLEDO ZEA, titulares de la cédula de identidad N° 11.914.400, 16.742.214, 18.598.028, 15.594.093, 20.939.176, 21.307.782, 22.662.730, 19.097.861, 17.187.615, 20.939.808, 19.539.603, 11.953.678, 15.660.565, 17.771.454, 20.432.296, 16.306.241, 18.019.874, 13.559.239, 20.571.854, 19.486.436, 19.718.399, 14.249.633, 20.432.684, 24.552.504, 20.573.823, 18.055.849, 14.845.694, 20.200.469, 17.027.164, 20.573.825, 21.570.919, 17.794.478, 24.608.457, 18.056.488, 21.306.530, 20.096.420, 10.241.654 y 23.204.787, respectivamente, contra la Junta Directiva del SINDICATO DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA AGROALI C.A. Remitiendo Expediente N° LP21-S-2014-000004 (Nomenclatura de ese Juzgado) (2 pieza).
Vista la Sentencia Nº 41 dictada en fecha 30 de marzo de 2016, mediante la cual esta Sala Electoral declaró: INADMISIBLE la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta, se acuerda notificar a la parte accionante. Se libraron Boletas. Igualmente, se comisionó al Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriáni, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, a los fines de notificar a la parte accionante para lo cual se ordenó librar despacho al mencionado Juzgado. Se libró Oficio N° 16-274 y Despacho.
9.- Expediente N° AA70-E-2016-000019: El ciudadano ALFONZO MARCANO DIONISIO JESÚS, titular de la cédula de identidad N° 8.377.888, invocando la condición de trabajador activo de Petróleos de Venezuela (PDVSA) y afiliado a la organización SINDICATO UNIFICADO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SUS SIMILARES Y DERIVADOS DEL ESTADO SUCRE (SINUBOTRAPES), asistido por el abogado Miguel José Villarroel Medina, inscrito el Inpreabogado bajo el N° 70.517, contra el proceso de elección de la Comisión Electoral del referido Sindicato celebrado el día 16 de septiembre del año 2015.
Vista la Sentencia N° 40 dictada por la Sala Electoral en fecha 30-03-2016, este Juzgado de Sustanciación acordó notificar a la Junta Directiva del SINDICATO UNIFICADO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SUS SIMILARES Y DERIVADOS DEL ESTADO SUCRE (SINUBOTRAPES) Y DEMÁS INTEGRANTES. Se libró Oficio N° 16.276. Asimismo, se comisionó al Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, a los fines de la notificación ordenada. Se libró Oficio N° 16.275 y Despacho.
DILIGENCIA EN:
10.- Expediente N° AA70-E-2015-000045: NÉSTOR SUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 10.502.324, asistido por el abogado Pedro Gamboa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 201.717, interpone solicitud de convocatoria a elecciones para elegir a la Junta Directiva del SINDICATO NACIONAL FUERZA POPULAR DE LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN, MADERA, MAQUINARIAS PESADAS, VIALIDADES Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (F.P.T).
Los abogados Lourdes Gámez y Yeimy Guillen, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 62.184 y 251.682, en su carácter de apoderados judiciales de la parte accionada, presentaron diligencia mediante la cual consignaron la página 12 del Diario "Diario VEA" de fecha 12 de abril de 2016, donde apareció publicada convocatoria de fecha 11 de abril de 2016.
11.- Expediente N° AA70-E-2015-000065: ROY QUIRÓZ LANDAETA y WILFREDO RAFAEL ZAVALA ARIAS, titulares de la cédula de identidad Nos. 10.704.335 y 11.801.804, respectivamente, asistidos por el abogado PABLO BRICEÑO ZABALA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, interponen recursos contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra las decisiones dictadas por la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM), respecto al proceso electoral convocado para elegir a la Junta Directiva del referido Sindicato, cuyo de acto de votación se fijó para el 11 de junio de 2015.
El ciudadano ROY QUIROZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.704.335, en su carácter de recurrente, asistido por el abogado Pablo Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, presentó diligencia mediante la cual ratificó el contenido de la "diligencia que cursa inserta al folio 483". Asimismo, solicitó "lo establecido en el artículo 233 de C.P.C. de manera de quedar debidamente notificada".
12.- Expediente N° AA70-E-2015-000143: Los ciudadanos SUMIRÉ SAKURA DEL CARMEN FERRARA MOLINA y PEDRO LUIS BLANCO GUTIÉRREZ, actuando en su condición de candidatos a diputados a la Asamblea Nacional, en las pasadas elecciones del 06 de diciembre, asistidos por el abogado Pablo Enrique Paradas Álvarez, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO DOS (2), DEL ESTADO ARAGUA...".
La ciudadana MELVA PAREDES, titular de la cédula de identidad N° 7.274.541, invocando la condición de Diputada Electa por la Circunscripción N° 02 del estado Aragua, asistida por el abogado Jaiber Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.196.129, consignó diligencia mediante la cual otorgó poder Apud Acta al abogado Ramón José Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.614 y al abogado asistente.
13.- Expediente N° AA70-E-2015-000145: ELVIS EDUARDO HIDROBO AMOROSO y HIPOLITO ANTONIO ABREU PÁEZ, titulares de la cédula de identidad Nos. 7.659.695 y 6.289.959, respectivamente, asistido por el Abogado Pablo Enríquez Parada Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.720, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO CUATRO (04), DEL ESTADO ARAGUA.
El ciudadano JOSÉ CALZADILLA, titular de la cédula de identidad N° 6.196.129, invocando la condición de Diputado Electo por la Circunscripción N° 04 del estado Aragua, asistido por el abogado Jaiber Núnez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.196.129, consignó diligencia mediante la cual otorgó poder Apud Acta al abogado Ramón José Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.614 y al abogado asistente.
14.- Expediente N° AA70-E-2016-000024: MANUEL FARIA PINTO, titular de la cédula de identidad N° 81.436.962, asistido por el abogado Emilio José Urbina Mendoza, inscrito en el Inpreabogado N° 75023, invocando el carácter de ex-candidato a la Presidencia de la Federación de Centros Portugueses de Venezuela, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitudes cautelares contra el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Federación de Centros Portugueses de Venezuela (FECEPORVEN), período 2016-2018, celebradas el día 28 de febrero de 2016.
El abogado Emilio José Urbina Mendoza, inscrito en el Inpreabogado N° 75023, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MANUEL FARIA PINTO, titular de la cédula de identidad N° 81.436.962, recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó instrumento Poder que acredita su representación.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
15.- Expediente N° AA70-E-2016-000031: ROSA MARLENE ORDOÑE MORILLO y HUGO RAFAEL ASTUDILLO FUENTES, titulares de la cédula de identidad N° 7.153.314 y 5.692.922, respectivamente, invocando el carácter de Secretaria de Finanzas y Secretario General, respectivamente, del Sindicato de Trabajadores Activos y Jubilados Municipales de la Alcaldía del Municipio Puerto Cabello, asistidos por el abogado Alfredo Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.742, mediante el cual interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Junta Directiva y la Junta Electoral del referido Sindicato, en relación con el proceso electoral, que tuvo lugar el día 22 de octubre de 2014.
Se designó ponente a la Magistrada INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la acción de amparo constitucional y la medida cautelar solicitada.
ESCRITO PRESENTADO EN:
16.- Expediente N° AA70-E-2013-000070: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte con sede en Valencia, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por el ciudadano RAFAEL COBIS, titular de la cédula de identidad N° 4.707.997, asistido por el abogado Willians Escalona Terán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.795, contra la Asociación de Boxeo del estado Carabobo, respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Asociación, cuyo acto de votación se fijó para el día 14 de agosto de 2013. Oficio N° 0403 de fecha 21 de agosto de 2013, remitiendo Expediente N° 15.141 (Nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza) (Cambió a RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL).
El ciudadano RAFAEL COBIS, titular de la cédula de identidad N° 4.707.997, parte recurrente, asistido por el abogado Willians Escalona, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.795, presentó escrito, mediante el cual solicitó el desacato de la sentencia N° 117 dictada por esta Sala Electoral en fecha 10-06-2015.
SENTENCIA
17.- Expediente N° AA70-X-2015-000019: El abogado Jesús Rafael Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, solicitó a esta Sala medida cautelar a los fines de "QUE LA DIRECCIÓN POLÍTICA NACIONAL SUSPENDIDA PROVISIONALMENTE HAGA ENTREGA DE LA CASA NACIONAL Y CUALQUIER OTRA SEDE DEL MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP) A LA DIRECCIÓN POLÍTICA NACIONAL PROVISIONAL". La Sala declaró: 1.- TEMPESTIVA la oposición formulada por la abogada GLADYS TERESA LEÓN PARRA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 51.444, actuando con el carácter de apoderada judicial del "MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP) Partido Socialista de Venezuela", contra la medida de amparo cautelar decretada por esta Sala Electoral en decisión N° 6 de fecha 24 de febrero de 2016. Y 2.- IMPROCEDENTE la referida oposición. Magistrada Ponente: INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 48.
18.- Expediente N° AA70-E-2015-000102: El abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ADERMNIS RAFAEL BORGES, GREGORY RAFAEL RIVAS FANEITE, FÉLIX ENRIQUE GRATEROL CABRERA, ROLLER ALEXANDER SÁNCHEZ TORRES y MAURICIO RENÉ MARIN VÁSQUEZ, titulares de la cédula de identidad N° 17.517.471, 15.950.895, 8.609.975, 20.145.186 y 14.701.407, respectivamente, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos contra “los actos de formación del registro electoral preliminar y definitivo que sirvió de base para las votaciones, así como contra los actos de escrutinio, adjudicación y proclamación dictados y realizados por la Comisión Electoral de SUNTINS, e igualmente contra el acto de generación del registro electoral definitivo realizado por la Oficina Regional Electoral del estado Carabobo, entre los días 20 al 26 de enero de 2015, en el marco del procedimiento de elección de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario” del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Naval y sus Similares del Municipio Puerto Cabello, así como contra la Resolución N° 150611-134 del 11 de junio de 2015 dictada por el Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 760 del 07 de julio de 2015, relacionada con el proceso electoral en el referido Sindicato”. La Sala declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos. 2.- ADMITIO el recurso interpuesto. 3.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, en consecuencia, suspende los efectos del acto de proclamación de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Naval y sus Similares del Municipio Puerto Cabello (SUTINS), realizado en el proceso electoral cuyo acto de votación se realizó el 11 de marzo de 2015, hasta tanto sea resuelto el fondo del asunto, debiendo asumir sus cargos las autoridades vigentes, con anterioridad al día 11 de marzo de 2015, que se encuentren afiliadas al Sindicato, de la forma indicada en la motiva del presente fallo, limitando el ejercicio de sus funciones a actos de simple administración. Y 4.- INOFICIOSO emitir pronunciamiento respecto a la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada de manera subsidiaria. Magistrada Ponente: INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 49.
19.- Expediente N° AA70-E-2015-000122: El abogado Gregorio Ernesto Riera Brito, titular de la cédula de identidad N° 14.890.210 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.147, actuando en su carácter de apoderado judicial de TRANSPARENCIA VENEZUELA, asociación civil sin fines de lucro, interpone recurso de interpretación "para conocer el sentido y el alcance del artículo 75 numeral 1 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales y 204 numeral 1 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, que establecen la prohibición de propaganda electoral que 'se produzca fuera del lapso de campaña electoral establecido por el Consejo Nacional Electoral'". La Sala declaró: 1.- SU COMPETENCIA para conocer del recurso de interpretación interpuesto y 2.- INADMISIBLE el recurso de interpretación "(…) para conocer el sentido y alcance del artículo 75 numeral 1 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales y 204 numeral 1 del Reglamento General de la ley Orgánica de Procesos Electorales, que establecen la prohibición de propaganda electoral que 'se produzca fuera del lapso de campaña electoral establecido por el Consejo Nacional Electoral' (…)", interpuesta por el ciudadano Gregorio Ernesto Riera Brito, titular de la cédula de identidad número V-14.890.210, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 123.147, en representación de la asociación civil sin fines de lucro TRANSPARENCIA VENEZUELA. Magistrada Ponente: INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 50.
20.- Expediente N° AA70-E-2014-000003: El ciudadano JOSÉ LUIS BORJAS GÓMEZ interpone recurso contencioso electoral contra el proceso de "ELECCIÓN DE LA REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL ANTE LOS CONSEJOS SUPERIOR, DIRECTIVOS (Sartenejas y Litoral), ACADÉMICO Y ASAMBLEA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR, Y ANTE LOS CONSEJOS DE COORDINACIÓN Y DECANATOS DE SARTANEJAS Y DEL LITORAL convocada por la Comisión Electoral de la USB por medio de su Boletín No.E-06/2013 y publicada y cuyo acto de votación se realizó el día 12 de diciembre de 2013.". La Sala declaró: el DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso electoral ejercido por el ciudadano José Luis Borjas Gómez, asistido por el abogado Pablo Briceño Zabala, contra el proceso electoral para elegir a los representantes estudiantiles ante los Consejos Superior, Directivos (Sartenejas y Litoral), Académico y Asamblea Universitaria de la Universidad Simón Bolívar y ante los Consejos de Coordinación y Decanatos de Sartenejas y del Litoral, cuyo acto de votación se realizó el día 12 de diciembre de 2013. Magistrado Ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 51.
21.- Expediente N° AA70-E-2016-000020: Los ciudadanos JESÚS URBINA, MARÍA NEREIDA MORENO y LUIS EUGENIO LIZARAZO GAMBOA, titulares de la cédula de identidad Nos. 9.359.612, 14.605.680 y 12.518.151, respectivamente, invocando la condición de trabajadores del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus Similares del estado Táchira (SUTIESETA), asistidos por los abogados Jonatan Fuentes Mogollón y Gustavo Andrés Pérez Jiménez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 173.722 y 24.665, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada y amparo cautelar contra el acto de votación efectuado el día 11 de febrero del año 2016, así como contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación de la fórmula ganadora del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica del estado Táchira (SUTIESETA). La Sala declaró: 1.- PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada y amparo cautelar y 2.- SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso interpuesto. Magistrado Ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 52.
22.- Expediente N° AA70-E-2014-000017: Sociedad Mercantil CORPORACIÓN TELEMIC, C.A., interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra “el proceso electoral llevado a cabo en fecha 7 de febrero de 2014, a los fines de escoger a los Delegados de Prevención de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN TELEMIC, C.A., INTER GUARENAS y las decisiones administrativas emanadas de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del estado Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) signadas bajo el alfanumérico MIR-17-1-09-1-6439-0439-041109; MIR-17-1-09-1-6439-029137 y MIR-17-9-52-1-6439-018022, todas de fecha 26 de febrero de 2014, mediante las cuales se ordena el registro como DELEGADOS DE PREVENCIÓN de los ciudadanos LUBBY CAMPERO, CI. V.- 12.785.643, MÓNICA FERMÍN CI. V.- 15.152.549 y JUAN COA CI. V.- 12.683.085”. La Sala declaró: El DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos. Magistrado Ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 53.
23.- Expediente N° AA70-E-2014-000080: VILMA MARITZA GIL, titular de la cédula de identidad N° 5.096.406, asistida por el abogado Hugo Manuel Zapata, inscrito en el Inpreabogado bajo N° 129.831, interpone Recurso Contencioso Electoral Conjuntamente con Acción por Daños y Perjuicios Morales y Materiales, contra “las actuaciones o vías de hecho de fecha 15 de agosto de 2014 y actuaciones posteriores” realizadas por los ciudadanos JONATHAN MANRIQUE MORENO, JESÚS ALBERTO ISTURIZ ROJAS, ELSA CATALINA ZABALA DE RODRÍGUEZ y CARLA MARÍA VÁZQUEZ, miembros del Consejo de Vigilancia y Administración de la Caja de Ahorros y Préstamo de Empleados y Obreros del Hospital Clínico Universitario (CAPEOHUC). La Sala declaró: SIN LUGAR la solicitud de desacato de la sentencia número 94 emitida por esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 20 de mayo de 2015, efectuada por el apoderado judicial de parte recurrente, abogado Hugo Zapata, antes identificado. Magistrado Ponente: CHRISTIAN ZERPA. Sentencia N° 54.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
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