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Sala Electoral
  • Fecha: 15 de Febrero de 2016





  CUENTA N° 19

  Lunes, quince (15) de febrero de 2016

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2016-000015: La abogada Karina Novita de Melim, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 133.196, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano VÍCTOR FELIX FAJARDO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.883.673, interpone recurso contencioso electoral contra el conflicto entre dos autoridades que se atribuyen la titularidad de Alcalde del Municipio Arismedi del estado Sucre.

Visto el escrito presentado en fecha 02 de febrero de 2016, por la abogada Karina Novita de Melim, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 133.196, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano VÍCTOR FELIX FAJARDO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.883.673, mediante el cual interpone "recurso contencioso electoral por conflicto entre dos autoridades que se atribuyen la titularidad de Alcalde del Municipio Arismendi del estado Sucre", se designó ponente a la Magistrada INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE, a los fines de que se pronuncie sobre la competencia para conocer del presente conflicto de autoridad.

2.- Expediente N° AA70-X-2016-000003: Los ciudadanos JULIO YGARZA, ROMEL GUZAMANA, NIRMA GUARULLA, ROSA PETIT, JAVIER LINARES y MAULIGMER BALOA, titulares de las cédulas de identidad N° 12.173.417, 13.325.572, 1.569.032, 8.947.877, 15.512.592 y 13.964.768, respectivamente, invocando la condición de diputados electos por el estado Amazonas, los ciudadanos HERNÁN GARCIA, HILDA ESTRADA, JOSÉ DIAZ, PETRA PEREZ, PEDRO MEJÍAS, ORFILIA FERNÁNDEZ y PORFIRIO JIMÉNEZ y Otros, titulares de la cédula de identidad N° 10.924.511, 12.173.837, 12.451.917, 12.628.799, 13.325.039, 13.714.631 y 13.964.128, todos asistidos por los abogados Ramón José Medina y José Gregorio Torrealba, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 11.614 y 71.763, respectivamente, quienes invocaron la condición de electores del estado Amazonas los ciudadanos HENRY RAMOS ALLUP, ENRIQUE OCTAVIO MÁRQUEZ PÉREZ y JOSÉ SIMÓN CALZADILLA, titulares de las cédulas de identidad números 1.364.990, 7.761.751 y 6.196.129, respectivamente, en su carácter de miembros de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, asistidos por el abogado Jesús María Casal, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.328, se oponen a la medida de amparo cautelar acordada por esta Sala mediante Sentencia N° 260, de fecha 30 de diciembre del año 2015.

Visto que en fecha 11 de febrero de 2016 venció el lapso correspondiente a la articulación probatoria prevista en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se designó ponente a la Magistrada INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa.

 

ACTUACIÓN EN:

 

3.- Expediente N° AA70-E-2014-000117: ALEJANDRO LOZADA, WILFREDO SALGADO y JAIBER MARTÍNEZ interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la elección de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES SIDERÚRGICOS Y SIMILARES (SUTISS) para el período 2014-2016.

 

Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 18 de junio de 2015, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.

 

4.- Expediente N° AA70-E-2014-000024: FRANCISCO ANTONIO COLMENARES SILVA, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 140219-0019 de fecha 19 de febrero de 2014, emanado del Consejo Nacional Electoral y publicada en la Gaceta Electoral N° 703 de fecha 02 de abril de 2014, mediante la cual se declaró "…INADMISIBLE el Recurso Jerárquico interpuesto por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO COLMENARES SILVA (…) contra el ciudadano MIGUEL RAMÓN LARA AGUILAR, titular de la cédula de identidad N° 5.721.345, al cargo de concejal lista  del Municipio Cabimas del Estado Zulia, postulado por las organizaciones con fines políticos "Partido Socialista Unido de Venezuela" (PSUV), por estar el mencionado candidato inhabilitado para el ejercicio de la función pública…".

 

Vista la diligencia presentada en fecha 04 de febrero de 2016 por el abogado CÉSAR AUGUSTO ARIAS FERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.479, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual solicitó, en primer lugar, la devolución del documento que cursa en los folios ciento cincuenta (150) al ciento cincuenta y tres (153) del expediente, y en segundo lugar, copia certificada de los documentos insertos a los folios sesenta y uno (61) al ciento dieciocho (118), y doscientos cuarenta y ocho (248) al doscientos cuarenta y nueve (249) del expediente, esta Sala ACORDÓ la devolución solicitada, así como la expedición de las copias certificadas.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2015-000124: MARIANGELA FIGUEIRA GALÍNDEZ y ÁNGEL EUDOMAN MAMPOSO TOVAR, titulares de la cédula de identidad N° 7.917.068 y 11.646.042, respectivamente, invocando la condición de miembro del personal administrativo la primera, y miembro del personal obrero el segundo, de la Universidad Nacional Experimental de Yaracuy, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental de Yaracuy al “no incluir en el registro electoral para elegir a los respectivos representantes del personal administrativo y del personal obrero en el Consejo Universitario de la UNERY, a quienes a criterio de la Comisión Electoral no tienen derecho al voto, porque ejercen funciones administrativas sin tener la condición de fijos en ese sector de trabajadores”, con ocasión del proceso electoral para la elección de autoridades universitarias del Consejo Universitario, a llevarse a cabo en la referida Casa de Estudios el día 19 de noviembre de 2015.

 

Por recibido, oficio N° 24/2016 de fecha 14 de enero de 2016, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 05 de noviembre de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2015-000124: MARIANGELA FIGUEIRA GALÍNDEZ y ÁNGEL EUDOMAN MAMPOSO TOVAR, titulares de la cédula de identidad N° 7.917.068 y 11.646.042, respectivamente, invocando la condición de miembro del personal administrativo la primera, y miembro del personal obrero el segundo, de la Universidad Nacional Experimental de Yaracuy, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental de Yaracuy al “no incluir en el registro electoral para elegir a los respectivos representantes del personal administrativo y del personal obrero en el Consejo Universitario de la UNERY, a quienes a criterio de la Comisión Electoral no tienen derecho al voto, porque ejercen funciones administrativas sin tener la condición de fijos en ese sector de trabajadores”, con ocasión del proceso electoral para la elección de autoridades universitarias del Consejo Universitario, a llevarse a cabo en la referida Casa de Estudios el día 19 de noviembre de 2015.

 

Por recibido, oficio N° 25/2016 de fecha 14 de enero de 2016, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 18 de noviembre de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2015-000114: Manuel Antonio Suárez Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.468, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANGELINA POLITO, titular de la cédula de identidad N° 8.528.910, invocando el carácter de candidata a presidenta por la plancha N° 2 en el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar,  interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Reestructurada de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar encargada de dirigir el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva de la referida Institución, período 2015-2017, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25 de agosto de 2015.

 

Por recibido oficio N° 0044-16 de fecha 25 de enero de 2016, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 30 de septiembre de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

8.- Expediente N° AA70-E-2015-000114: Manuel Antonio Suárez Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.468, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANGELINA POLITO, titular de la cédula de identidad N° 8.528.910, invocando el carácter de candidata a presidenta por la plancha N° 2 en el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar,  interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Reestructurada de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar encargada de dirigir el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva de la referida Institución, período 2015-2017, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25 de agosto de 2015.

 

Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionado con el presente recurso contencioso electoral, así como los antecedentes administrativos, suscrito por los ciudadanos RICARDO RIVAS GONZÁLEZ y HUGO MIJARES, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 224.711 y 53.885, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana Aliana Carolina Estrada Gutiérrez, titular de la cédula de identidad N° 11.166.841, Presidenta de la Comisión Electoral Reestructurada de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar, se acuerda agregar al expediente judicial el respectivo informe, así como el poder que acredita su representación y formar tres (03) piezas separadas con los recaudos que acompañó al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

9.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos Ignacio Ávila Guerra, Alfredo Ramón Gutiérrez Tovar y Jesús Rivera, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-9.482.546, V.-4.461.890 y V.-3.971.597 respectivamente, actuando en su carácter de Candidatos a la Presidencia del Consejo de Administración y Asociados a la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, presentaron Recurso Contencioso Electoral conjuntamente con la Medida Innominada de Amparo Cautela contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, celebrada en fecha 12 de junio de 2015.

 

Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionado con el presente recurso contencioso electoral, así como los antecedentes administrativos, suscrito por los ciudadanos ANTONIO VELANDRIA, CÁNDIDO PARADA, MARÍA ESTRADA, MARJURI CASTRO y NELSON VIVAS, titulares de la cédula de identidad N° 2.806.526, 5.286.507, 6.852.649, 10.810.202 y 14.680.530, respectivamente, actuando con el carácter de integrantes de la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), se acordó agregar al expediente judicial el respectivo informe y formar cinco (05) piezas separadas con los recaudos que acompañó al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2014-000087: JOSÉ GARCÍA, LEOMAR HIDALGO y la abogada RUTH CHACÓN, titulares de la cédula de identidad N° 5.275.272,  7.246.924 y 7.257.350, respectivamente, ésta última inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.874, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos primeros e interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en fecha 18 de mayo de 2014, en el cual se eligieron las Vocerías y Comisión Electoral Permanente del Consejo Comunal de LA BARRACA II POLIGONAL I  del Municipio Atanasio Girardot del estado Aragua.

 

Por recibido oficio N° 1560-058 de fecha 25 de enero de 2016, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 25 de noviembre de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

ESCRITO PRESENTADO EN:

11.- Expediente N° AA70-E-2014-000080: VILMA MARITZA GIL, titular de la cédula de identidad N° 5.096.406, asistida por el abogado Hugo Manuel Zapata, inscrito en el Inpreabogado bajo N° 129.831, interpone Recurso Contencioso Electoral Conjuntamente con Acción por Daños y Perjuicios Morales y Materiales, contra “las actuaciones o vías de hecho de fecha 15 de agosto de 2014 y actuaciones posteriores” realizadas por los ciudadanos JONATHAN MANRIQUE MORENO, JESÚS ALBERTO ISTURIZ ROJAS, ELSA CATALINA ZABALA DE RODRÍGUEZ y CARLA MARÍA VÁZQUEZ, miembros del Consejo de Vigilancia y Administración de la Caja de Ahorros y Préstamo de Empleados y Obreros del Hospital Clínico Universitario (CAPEOHUC).

Los ciudadanos JONATHAN MANRIQUE, JONNY RAMÍREZ, JESÚS ISTÚRIZ, ANA MEJÍA, CARLA VÁZQUEZ, JOHANNA REVILLA Y RAFAEL GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 13.737.294, V.-6.351.071, V.-17.563.627, V.-12.210.848, V.-14.755.975 y V.-4.888.839, asistidos por el abogado Lermit David, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.831, presentaron escrito mediante el cual manifiestan dar contestación a la solicitud de desacato presentada por la parte recurrente.

12.- Expediente N° AA70-E-2014-000086: JOSEFINA TUGUES DE TRÉMOLS y MARIO MARIÑO, titulares de la cédula de identidad N° 1.746.795 y 3.235.560, respectivamente, actuando en su propio nombre y como representante de la Asociación del Personal Académico de la Universidad Nacional Abierta (APAUNA) y el ciudadano JOSÉ FÉLIX RIVAS SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 1.730.850, asistidos por el abogado Andrés Octavio Méndez Carvallo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.849, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra los artículos 3, 4, 7 numerales 2, 3 y 4; 56 numeral 2, 57, 58 y 104 del Reglamento de Elecciones Universitarias de la Universidad Nacional Abierta, relativo a la elección de las autoridades de la Universidad Nacional Abierta y cuyo acto de votación está fijado para el día 31 de octubre de 2014, al cual le fue acumulado el expediente AA70-E-2014-000081 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano PEDRO EUCLIDES GUTIERREZ LEAL, contra el Reglamento de Elecciones Universitaria de la Universidad Nacional Abierta, dictado por el Consejo Superior de la referida Casa de Estudios, mediante Resolución N° C.S.-33, Acta N° E-22, de fecha 20 de septiembre de 2013, publicado en Gaceta Universitaria Extraordinaria N° 159 de fecha 10 de octubre de 2013, específicamente los artículo 57, 58, 59, 60, 61, 62, 123, 124 y 125. (Expedientes Acumulados Nos. AA70-E-2014-000086, AA70-E-2014-000081).

La ciudadana Isaly Josefina Matheus Spíndola, titular de la cédula de identidad N° 6.563.683, asistida por el abogado Régulo Guerrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.095, presentó escrito mediante la cual solicitó el pronunciamiento en la presente causa.

 

DILIGENCIA EN:

13.- Expediente N° AA70-E-2014-000080: VILMA MARITZA GIL, titular de la cédula de identidad N° 5.096.406, asistida por el abogado Hugo Manuel Zapata, inscrito en el Inpreabogado bajo N° 129.831, interpone Recurso Contencioso Electoral Conjuntamente con Acción por Daños y Perjuicios Morales y Materiales, contra “las actuaciones o vías de hecho de fecha 15 de agosto de 2014 y actuaciones posteriores” realizadas por los ciudadanos JONATHAN MANRIQUE MORENO, JESÚS ALBERTO ISTURIZ ROJAS, ELSA CATALINA ZABALA DE RODRÍGUEZ y CARLA MARÍA VÁZQUEZ, miembros del Consejo de Vigilancia y Administración de la Caja de Ahorros y Préstamo de Empleados y Obreros del Hospital Clínico Universitario (CAPEOHUC).

 

Los ciudadanos JONATHAN MANRIQUE, JONNY RAMÍREZ, JESÚS ISTÚRIZ, ANA MEJÍA, CARLA VÁZQUEZ, JOHANNA REVILLA Y RAFAEL GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 13.737.294, V.-6.351.071, V.-17.563.627, V.-12.210.848, V.-14.755.975 y V.-4.888.839, asistidos por el abogado Lermit David, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.831, presentaron diligencia  mediante el cual otorgaron poder apud acta al abogado asistente.

 

14.- Expediente N° AA70-E-2016-000012: La abogada Nancy Cadenas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 52.450, invocando el carácter de "apoderada" de la Asamblea de Trabajadores EMBUTIDOS GODI, CA., Y AFILIADOS AL SINDICATO PROFESIONAL BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA DEDICADA AL PROCESO DE LA CARNE, ELABORACIÓN DE EMBUTIDOS, DISTRIBUIDORAS, CONEXOS, AFINES Y SUS SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO, interpone solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del referido Sindicato.

 

El ciudadano ARGENIS SEBASTIAN RODRÍGUEZ ITURRIZA, titular de la cédula de identidad N° V.-15.181.255, asistido por la abogada Nancy del Pilar Cadenas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 52.450, presentó diligencia mediante la cual otorgaron poder apud acta a la abogada asistente y al abogado Franklin Enrique Moreno Cadenas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 194.622.

 

15.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos Ignacio Ávila Guerra, Alfredo Ramón Gutiérrez Tovar y Jesús Rivera, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-9.482.546, V.-4.461.890 y V.-3.971.597 respectivamente, actuando en su carácter de Candidatos a la Presidencia del Consejo de Administración y Asociados a la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, presentaron Recurso Contencioso Electoral conjuntamente con la Medida Innominada de Amparo Cautela contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, celebrada en fecha 12 de junio de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-109, librado a la Comisión Electoral de la Caja De Ahorros y Previsión Social de Los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), mediante el cual se le solicitó los antecedentes administrativos, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

16.- Expediente N° AA70-E-2015-000001: La abogada María Silva Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 144.411, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos GRACIELA VEJAR, BLONDER RODRÍGUEZ, ROBERTO NARES PALACIOS, FRANKLIN SALAZAR PONCE y JAIRO IBARRA GARCÍA, titulares de la cédula de identidad N° 10.808.733, 6.553.183, 6.330.293, 6.857.980 y 11.691.692, respectivamente, interpone solicitud de convocatoria a elecciones conjuntamente con medidas cautelares, para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato Único de la Corporación de los Servicios Municipales Libertador (SUTRACORPSML).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta, librada a la Junta Directiva del Sindicato Único de la Corporación de los Servicios Municipales Libertador (Sutracorpsml), integrada por los ciudadanos José Pérez, Gerardo Castillo, Darwin Soto, Albert Osorio, Juan Villegas, Larry Barrios, Juan Carlos Medina, Luis Rengel, Alexander Hernández, Argenis Hernández y José Liendo, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 156 de fecha 21-07-2015.

 

17.- Expediente N° AA70-E-2013-000063: EDER DARIO GONZÁLEZ MORILLO, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "las actuaciones materiales y vías de hecho de la Comisión Electoral Central de la Asociación Sindical de Empleados de la Universidad del Zulia (ASDELUZ), electa en Asamblea General de fecha veinticinco (25) de marzo del dos mil diez (2010), y en consecuencia de la convocatoria y elección de la nueva Junta Directiva de la Organización Sindical sub lite, para el periodo 2013-2015".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-127, librado a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de remitirle en copias certificadas y fotostáticas  la totalidad del Expediente N° AA70-E-2013-000063.

 

18.- Expediente N° AA70-E-2013-000076: JESÚS ALBERTO VILLARREAL, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación de Deportes Acuáticos del Distrito Capital, asistido por el abogado Antonio Quintero Viloria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.633, interpone recurso contencioso electoral a los fines de IMPUGNAR el proceso electoral finalizado el 11 de agosto de 2013 para la elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor del período 2013-2017 de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE DEPORTES ACUÁTICOS, y solicitar la nulidad del estatuto de FEVEDA aprobado el 14 de julio de 2013.

 

El abogado Antonio Quintero Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, actuando con el carácter de apoderado judicial  de la Asociación de Deportes Acuáticos del Distrito Capital, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento en la presente causa.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

ACTUACIÓN EN:

 

19.- Expediente N° AA70-E-2015-000108: ANGELINA POLITO, titular de la cédula de identidad N° 8.528.910, invocando el carácter de candidata a presidenta por la plancha N° 2 en el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar, asistida por el abogado Carlos Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.558, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar encargada de dirigir el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva de la referida Institución, período 2015-2017, cuyo acto de votación se fijó para el día 25 de agosto de 2015.

 

Por recibido oficio N° 0045-16 de fecha 25 de enero de 2016, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 20 de octubre de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

20.- Expediente N° AA70-E-2014-000092: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, remite acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados FERNANDO CERMEÑO, FRANCISCO CERMEÑO, FRANKI MARQUEZ, YASMIN ANDRADE, HENRY VALDEZ, ISMENIA VALERA, DIANA VERGARA, CARLOS MIRANDA SANGUINO, BELKIS DURAN DE AVENDAÑO, EDUARDO PACHANO y LUIS CHOURIO GARCÍA, titulares de la cédula de identidad N° 8.040.816, 10.105.009, 11.467.852, 12.220.451, 10.662.392, 6.162.260, 17.265.102, 18.618.336, 8.048.373, 9.498.660 y 11.960.487 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.877, 103.416, 105.742, 126.286, 124.921, 96.504, 142.482, 187.463, 95.872, 48.055 y 73.699, todo respectivamente, actuando en su propio nombre, contra el Presidente de la Junta Directiva y la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Mérida.

 

Por recibido oficio N° 586-2015 de fecha 09 de diciembre de 2015, emanado del Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 16 de septiembre de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

AUTO DE VICEPRESIDENCIA.

 

21.- Expediente N° AA70-E-2015-000140: El ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° 10.924.929, asistido por la Abogada Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 01, DEL ESTADO AMAZONAS.

 

Auto mediante el cual el Magistrado MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ, Vicepresidente de la Sala declaró INADMISIBLE la recusación planteada por el ciudadano José Luis Cartaya, titular de la cédula de identidad número 6.117.301, actuando en su carácter de Secretario General de la Dirección Ejecutiva de la Coordinación General Nacional de la Organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática (MUD), asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, titular de la cédula de identidad número 11.677.200, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 28.575, contra la Magistrada Presidenta de la Sala Electoral INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE.

 

22.- Expediente N° AA70-E-2015-000141: El ciudadano NESTOR FRANCISCO LEON HEREDIA, asistido por el Abogado Rafael Puertas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 02, DEL ESTADO YARACUY...".

 

Auto mediante el cual el Magistrado MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ, Vicepresidente de la Sala declaró INADMISIBLE la recusación planteada por el ciudadano José Luis Cartaya, titular de la cédula de identidad número 6.117.301, actuando en su carácter de Secretario General de la Dirección Ejecutiva de la Coordinación General Nacional de la Organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática (MUD), asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, titular de la cédula de identidad número 11.677.200, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 28.575, contra la Magistrada Presidenta de la Sala Electoral INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE.

 

23.- Expediente N° AA70-E-2015-000142: El ciudadano ESTEBAN ARGELIO PÉREZ RAMOS, actuando en su condición de candidato a diputado a la Asamblea Nacional por la representación indígena Región Sur, en las elecciones celebradas el pasado 6 de diciembre de 2015, asistido por la abogada HILARIA MICHAEL MÁRQUEZ BETANCOURT, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS, POR LA REPRESENTACIÓN INDÍGENA A LA ASAMBLEA NACIONAL REGIÓN SUR...".

 

Auto mediante el cual el Magistrado MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ, Vicepresidente de la Sala declaró INADMISIBLE la recusación planteada por el ciudadano José Luis Cartaya, titular de la cédula de identidad número 6.117.301, actuando en su carácter de Secretario General de la Dirección Ejecutiva de la Coordinación General Nacional de la Organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática (MUD), asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, titular de la cédula de identidad número 11.677.200, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 28.575, contra la Magistrada Presidenta de la Sala Electoral INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE.

 

24.- Expediente N° AA70-E-2015-000143: Los ciudadanos SUMIRÉ SAKURA DEL CARMEN FERRARA MOLINA y PEDRO LUIS BLANCO GUTIÉRREZ, actuando en su condición de candidatos a diputados a la Asamblea Nacional, en las pasadas elecciones del 06 de diciembre, asistidos por el abogado Pablo Enrique Paradas Álvarez, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO DOS (2), DEL ESTADO ARAGUA...".

 

Auto mediante el cual el Magistrado MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ, Vicepresidente de la Sala declaró INADMISIBLE la recusación planteada por el ciudadano José Luis Cartaya, titular de la cédula de identidad número 6.117.301, actuando en su carácter de Secretario General de la Dirección Ejecutiva de la Coordinación General Nacional de la Organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática (MUD), asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, titular de la cédula de identidad número 11.677.200, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 28.575, contra la Magistrada Presidenta de la Sala Electoral INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE.

 

25.- Expediente N° AA70-E-2015-000144: La ciudadana ROSA DEL VALLE LEÓN BRAVO, actuando en su condición de candidata a diputada a la Asamblea Nacional en las pasadas elecciones celebradas el 6 de diciembre de 2015, asistida por el abogado Enrique Paradas Álvarez, contra "LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO TRES (3), DEL ESTADO ARAGUA...".

 

Auto mediante el cual el Magistrado MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ, Vicepresidente de la Sala declaró INADMISIBLE la recusación planteada por el ciudadano José Luis Cartaya, titular de la cédula de identidad número 6.117.301, actuando en su carácter de Secretario General de la Dirección Ejecutiva de la Coordinación General Nacional de la Organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática (MUD), asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, titular de la cédula de identidad número 11.677.200, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 28.575, contra la Magistrada Presidenta de la Sala Electoral INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE.

 

26.- Expediente N° AA70-E-2015-000145: Los ciudadanos ELVIS EDUARDO HIDROBO AMOROSO y HIPOLITO ANTONIO ABREU PÁEZ, titulares de la cédula de identidad Nos. 7.659.695 y 6.289.959, asistido por el Abogado Pablo Enríquez Parada Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.720, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO CUATRO (04), DEL ESTADO ARAGUA.

 

Auto mediante el cual el Magistrado MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ, Vicepresidente de la Sala declaró INADMISIBLE la recusación planteada por el ciudadano José Luis Cartaya, titular de la cédula de identidad número 6.117.301, actuando en su carácter de Secretario General de la Dirección Ejecutiva de la Coordinación General Nacional de la Organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática (MUD), asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, titular de la cédula de identidad número 11.677.200, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 28.575, contra la Magistrada Presidenta de la Sala Electoral INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE.

 

La Presidenta,

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria (E),

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

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