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Sala Electoral
  • Fecha: 16 de Febrero de 2016





  CUENTA N° 20

  Martes, dieciséis (16) de febrero de 2016

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2015-000001: La abogada María Silva Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 144.411, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos GRACIELA VEJAR, BLONDER RODRÍGUEZ, ROBERTO NARES PALACIOS, FRANKLIN SALAZAR PONCE y JAIRO IBARRA GARCÍA, titulares de la cédula de identidad N° 10.808.733, 6.553.183, 6.330.293, 6.857.980 y 11.691.692, respectivamente, interpone solicitud de convocatoria a elecciones conjuntamente con medidas cautelares, para la renovación de la Junta Directiva del Sindicato Único de la Corporación de los Servicios Municipales Libertador (SUTRACORPSML).

 

Visto el escrito presentado en fecha 10 de febrero de 2016 por el ciudadano FRANKLIN SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° 6.857.980, recurrente, asistido por el abogado Pedro Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.946, mediante el cual solicitó la ejecución de la sentencia N° 156 dictada por esta Sala en fecha 21 de julio de  2015, se designó ponente al Magistrado CHRISTIAN TYRONE ZERPA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

INFORMES ORALES EN:

 

2.- Expediente N° AA70-E-2015-000058: LUCERO BÉNITEZ, ZULEIKA MÉNDEZ y ALEXANDER MARÍN, titulares de la cédula de identidad Nos. 19.868.137, 11.669.270 y 19.060.748, respectivamente, asistidos por el abogado RONNY REYES ACUÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.920, interponen recurso contra la Resolución N° 150226-069, de fecha 26 de febrero de 2015, publicada en Gaceta Electoral N° 748, del 13 de mayo de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual negó el uso de la denominación provisional “MAREA SOCIALISTA (MS) y sus alternativas SISTEMA ORGÁNICO DE MOVIMIENTOS SOCIALES (SOMOS) y MAREA SOCIAL (MS)”.

 

Abierto el acto, se dejó constancia que se encontraban presentes los ciudadanos LUCERO BÉNITEZ y ZULEIKA MÉNDEZ, titulares de la cédula de identidad Nos. 19.868.137 y 11.669.270, respectivamente, conjuntamente con su representante judicial abogado RONNY REYES ACUÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.920, parte recurrente. Igualmente, se dejó constancia que se encontraba presente la abogada Olga Esaá Castrillo, inscrita en el Inpreabogado bajo en N° 56.511, actuando en representación del Consejo Nacional Electoral, parte recurrida. Del mismo modo, se dejó constancia de la asistencia de la abogada ROXANA ORIHUELA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.907, Fiscal Séptima del Ministerio Público, designada para actuar ante esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Seguidamente, la Presidenta de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes y la representante del Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales. Finalmente, se declaró terminado el acto.

 

3.- Expediente N° AA70-E-2015-000058: LUCERO BÉNITEZ, ZULEIKA MÉNDEZ y ALEXANDER MARÍN, titulares de la cédula de identidad Nos. 19.868.137, 11.669.270 y 19.060.748, respectivamente, asistidos por el abogado RONNY REYES ACUÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.920, interponen recurso contra la Resolución N° 150226-069, de fecha 26 de febrero de 2015, publicada en Gaceta Electoral N° 748, del 13 de mayo de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual negó el uso de la denominación provisional “MAREA SOCIALISTA (MS) y sus alternativas SISTEMA ORGÁNICO DE MOVIMIENTOS SOCIALES (SOMOS) y MAREA SOCIAL (MS)”.

 

Se dejó constancia que se agregó al expediente, disco compacto contentivo del acto de informes orales celebrado en esta misma fecha.

 

ACTUACIÓN EN:

 

4.- Expediente N° AA70-E-2015-000074: El abogado LUBIN AGUIRRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.024, actuando en con carácter de apoderado judicial del ciudadano STEFANO FERRARI GRANCINI, titular de la cédula de identidad N° 7.078.750 y el abogado FRANCESCO CARROCCIO VENDITTO, titular de la cédula de identidad N° 7.087.921, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.694, actuando en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las actuaciones emanadas por la Comisión Electoral del Centro Social Ítalo Venezolano de Valencia, referidas al proceso electoral a los fines de elegir a las autoridades del mencionado Centro Social.

 

Se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

5.- Expediente N° AA70-E-2015-000069: La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remitió expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, por el ciudadano MIGUEL ÁNGEL BLANCO JUÁREZ, titular de la cédula de identidad N° 3.358.568, invocando la condición de vocero principal del Comité de Tierras Urbanas del Consejo Comunal Cujisal Productivo del estado Yaracuy, asistido por el abogado Arturo Rodolfo Torrealba Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.285, contra el ciudadano Francisco Méndez, Director de la Fundación para la Promoción y Desarrollo del Poder Popular (FUNDACOMUNAL), del estado Yaracuy, adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales. Remitido mediante Oficio N° 15-0563, de fecha 04 de junio de 2015. Expediente N° AA50-T-2015-000298. (1 Pieza).

Vencido como se encuentra el lapso para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento, se agregó al expediente el cartel de emplazamiento original.

ESCRITO PRESENTADO EN:

6.- Expediente N° AA70-E-2015-000058: LUCERO BÉNITEZ, ZULEIKA MÉNDEZ y ALEXANDER MARÍN, titulares de la cédula de identidad Nos. 19.868.137, 11.669.270 y 19.060.748, respectivamente, asistidos por el abogado RONNY REYES ACUÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.920, interponen recurso contra la Resolución N° 150226-069, de fecha 26 de febrero de 2015, publicada en Gaceta Electoral N° 748, del 13 de mayo de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual negó el uso de la denominación provisional “MAREA SOCIALISTA (MS) y sus alternativas SISTEMA ORGÁNICO DE MOVIMIENTOS SOCIALES (SOMOS) y MAREA SOCIAL (MS)”.

Las abogadas Olga Ginette Esaá Castrillo y María Eugenia Peña, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 56.511 y 52.044, en su carácter de apoderadas judiciales del Consejo Nacional Electoral, presentaron escrito de informes en la presente causa.

7.- Expediente N° AA70-E-2015-000146: NICIA MARINA MALDONADO, titular de la cédula de identidad N° 10.606.581, asistida por la abogada Ligia Carolina Gorriño, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.285, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra el acto de votación de las elecciones parlamentarias del pasado 06 de diciembre de 2015 del estado Amazonas.

 

El abogado Jaiber Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 239.461, presentó escrito mediante el cual solicitó "le sea requerido al Consejo Nacional Electoral la remisión del informe correspondiente a los aspectos de hecho y de derecho" relacionados con la presente causa.

 

DILIGENCIA EN:

 

8.- Expediente N° AA70-E-2015-000050: CARMEN TOVAR, titular de la cédula de identidad N° 5.614.102, invocando la condición de asociada a la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistida por el abogado Jesús Onofre Araujo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso de elección de los miembros principales y delegados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA).

 

El abogado Edgar Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.951, presentó diligencia mediante la cual consignó copia certificada del instrumento poder que le fuere conferido a su persona y al abogado José Guillen Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 114.025, por los ciudadanos MARITZA DEL CARMEN ROMERO ZAMBRANO Y FERNANDO SANTIAGO LÓPEZ CRESPO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-7.777.975 y V.-6.008.489, respectivamente, por ante la Notaria Pública Octava del Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha 11 de febrero de 2016.

 

9.- Expediente N° AA70-E-2015-000058: LUCERO BÉNITEZ, ZULEIKA MÉNDEZ y ALEXANDER MARÍN, titulares de la cédula de identidad Nos. 19.868.137, 11.669.270 y 19.060.748, respectivamente, asistidos por el abogado RONNY REYES ACUÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.920, interponen recurso contra la Resolución N° 150226-069, de fecha 26 de febrero de 2015, publicada en Gaceta Electoral N° 748, del 13 de mayo de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual negó el uso de la denominación provisional “MAREA SOCIALISTA (MS) y sus alternativas SISTEMA ORGÁNICO DE MOVIMIENTOS SOCIALES (SOMOS) y MAREA SOCIAL (MS)”.

 

Los ciudadanos LUCERO BENÍTEZ y ZULEIKA MÉNDEZ, titulares de la cédula de identidad N° 19.868.137 y 11.669.270, respectivamente, asistidos por el abogado Ronny Reyes Acuña, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.920, presentaron diligencia mediante la cual otorgaron poder apud acta al abogado asistente.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2015-000124: MARIANGELA FIGUEIRA GALÍNDEZ y ÁNGEL EUDOMAN MAMPOSO TOVAR, titulares de la cédula de identidad N° 7.917.068 y 11.646.042, respectivamente, invocando la condición de miembro del personal administrativo la primera, y miembro del personal obrero el segundo, de la Universidad Nacional Experimental de Yaracuy, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental de Yaracuy al “no incluir en el registro electoral para elegir a los respectivos representantes del personal administrativo y del personal obrero en el Consejo Universitario de la UNERY, a quienes a criterio de la Comisión Electoral no tienen derecho al voto, porque ejercen funciones administrativas sin tener la condición de fijos en ese sector de trabajadores”, con ocasión del proceso electoral para la elección de autoridades universitarias del Consejo Universitario, a llevarse a cabo en la referida Casa de Estudios el día 19 de noviembre de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 15-680, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral y al Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental de Yaracuy, la Sentencia N° 207 de fecha 17-11-2015 y el auto de fecha 18-11-2015.

 

11.- Expediente N° AA70-E-2015-000124: MARIANGELA FIGUEIRA GALÍNDEZ y ÁNGEL EUDOMAN MAMPOSO TOVAR, titulares de la cédula de identidad N° 7.917.068 y 11.646.042, respectivamente, invocando la condición de miembro del personal administrativo la primera, y miembro del personal obrero el segundo, de la Universidad Nacional Experimental de Yaracuy, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental de Yaracuy al “no incluir en el registro electoral para elegir a los respectivos representantes del personal administrativo y del personal obrero en el Consejo Universitario de la UNERY, a quienes a criterio de la Comisión Electoral no tienen derecho al voto, porque ejercen funciones administrativas sin tener la condición de fijos en ese sector de trabajadores”, con ocasión del proceso electoral para la elección de autoridades universitarias del Consejo Universitario, a llevarse a cabo en la referida Casa de Estudios el día 19 de noviembre de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 15-683, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 207 de fecha 17-11-2015 y el auto de fecha 18-11-2015.

 

12.- Expediente N° AA70-E-2016-000015: La abogada Karina Novita de Melim, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 133.196, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano VÍCTOR FELIX FAJARDO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.883.673, interpone recurso contencioso electoral contra el conflicto entre dos autoridades que se atribuyen la titularidad de Alcalde del Municipio Arismendi del estado Sucre.

 

La abogada Karina Novita, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 133.196, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual sustituyó poder en persona de la abogada Ingrid Fernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 70.535.

 

 

La Presidenta,

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria (E),

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

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