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Sala Electoral
  • Fecha: 16 de Noviembre de 2016





CUENTA N° 134

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

1.- Expediente  N° AA70-X-2016-000008: La abogada Magdony León Arayan, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos OMAR ANTONIO GERVEZ CORDERO, FISER ALFONZO ARIAS SEGOVIA y LARRY JOSE SPLUGA PADRÓN, parte recurrente, denunció el desacato de la Sentencia N° 89 dictada por esta Sala Electoral en fecha 22 de junio de 2016.

Vencido como se encuentra la articulación probatoria de ocho (08) días de despacho establecidos en la Sentencia N° 123 del 09 de agosto de 2016, se designó ponente al Magistrado MALAQUIAS GIL RODRIGUEZ, a los fines de la decisión correspondiente.

2.- Expediente N° AA70-E-2013-000014: JULIO HERRERA, HERIBERTO MONTES y WILSON GARCÍA interpusieron recurso de nulidad contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° F-3197, de fecha 27 de abril de 2012, dictada por el Ministro del Poder Popular para la Planificación y Finanzas. Oficio N° 0438 de fecha 25 de febrero de 2013.

Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados librado en fecha 01 de noviembre de 2016, se designó ponente: Magistrado CHRISTIAN ZERPA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

3.- Expediente N° AA70-E-2015-000101: IVÁN SULBARÁN, JOSÉ LEAL, RENNY MEDINA y JOSÉ CASTELLANI, asistidos por la abogada Yuleisis Velásquez, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del Sindicato de los Trabajadores y Trabajadoras de la Empresa "Molinos Nacionales C.A." (SINTRAMONACA).

Visto el escrito presentado en fecha 26 de julio de 2016 por el abogado Everett José Salazar Bossio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.295, en su carácter de apoderado  judicial  de  los  ciudadanos  IVÁN SULBARÁN,  JOSÉ LEAL, RENNY MEDINA y JOSÉ CASTELLANI, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.720.958, 9.753.273, 15.058.379 y 12.212.105, respectivamente, parte accionante, mediante el cual solicita "EJECUCIÓN DECISIÓN SOBRE AMPARO, DENUNCIA, SOLICITUD DESACATO Y DE MEDIDA CAUTELAR", se designó ponente a la Magistrada JHANNETT MADRIZ SOTILLO, a los fines de la decisión correspondiente.

ACTUACIÓN EN:

4.- Expediente N° AA70-E-2015-000128: WINSTON TROMPIS, GENARO VELASQUEZ, EDGAR GARCÍA, PETRA GARCÍA DE TROMPIS, CARLOS FERRER, ÁNGEL VILLEGAS, GUSTAVO ZAVALA, MARIO GÓMEZ SÁNCHEZ, CASTOR LÓPEZ, ALEXIS VALLS y ROLANDO JUVENAL MORA, invocando la condición de voceros del PARTIDO POPULAR COPEI del estado Falcón, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar contra “el acto administrativo de efectos particulares dictado en fecha 14 de septiembre de 2015 por la Junta Directiva Ad Hoc designada, según Sentencia N° 1023/2015, Expediente N° 15-0860 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de julio de 2015, representada por PEDRO URRIETA y MIGUEL SALAZAR”, titulares de la cédula de identidad N° 9.858.596 y 8.322.115, respectivamente. (Remitido por Oficio N° JSCA-FAL-001142-2015, de fecha 18-11-2015, emanado del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón).

Vista la diligencia presentada en esta misma fecha por el abogado Ángel Yrigoyen López, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual solicitó el diferimiento del acto de informes orales que fuere fijado para el día 17 de noviembre de 2016, a las 10:30 a.m., esta Sala acordó diferir la realización del referido acto, y fija el día martes veintidós (22) de noviembre de 2016, a las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), para la realización del mismo.

5.- Expediente N° AA70-E-2015-000145: Los ciudadanos ELVIS EDUARDO HIDROBO AMOROSO y HIPOLITO ANTONIO ABREU PÁEZ, asistidos por el Abogado Pablo Enríquez Parada Álvarez, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO CUATRO (04), DEL ESTADO.

Visto el escrito presentado en esta misma fecha, por el abogado Pablo Enrique Paradas Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.720, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, anexo al cual consignó recaudos identificados "A" y "B", esta Sala a los fines del mejor manejo del expediente acordó agregar a la pieza principal el mencionado escrito y formar tres (03) piezas de anexos con los recaudos identificados "A" y "B", piezas que serán identificadas como ANEXO 01, ANEXO 02 y ANEXO 03.

6.- Expediente N° AA70-E-2015-000143: SUMIRÉ SAKURA DEL CARMEN FERRARA MOLINA y PEDRO LUIS BLANCO GUTIÉRREZ, actuando en su condición de candidatos a diputados a la Asamblea Nacional, en las pasadas elecciones del 06 de diciembre, asistidos por el abogado Pablo Enrique Paradas Álvarez, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO DOS (2), DEL ESTADO ARAGUA...".

Vista la diligencia presentada en fecha quince (15) de noviembre de 2016, por la abogada Roxana Orihuela, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.907, Fiscal Séptima del Ministerio Público con competencia para actuar ante esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual solicitó se le expida una (01) reproducción del disco compacto (CD) consignado en la etapa probatoria, el cual corre inserto al folio trescientos noventa y cuatro (394) de la pieza N° 1 del expediente, esta Sala ORDENÓ la reproducción del referido disco compacto.

ESCRITO PRESENTADO EN:

7.- Expediente N° AA70-E-2015-000145: Los ciudadanos ELVIS EDUARDO HIDROBO AMOROSO y HIPOLITO ANTONIO ABREU PÁEZ, asistidos por el Abogado Pablo Enríquez Parada Álvarez, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO CUATRO (04), DEL ESTADO.

El abogado Pablo Paradas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.720, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito de pruebas.

8.- Expediente N° AA70-E-2016-000034: IBRAIM IGLESIAS y JOSÉ FRANCISCO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 6.168.711 y 4.304.003 respectivamente, actuando en su carácter de Socios Propietarios de las Acciones Nos. 3657 y 2849 respectivamente, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, candidatos a la Presidencia, Vicepresidencia, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos para el periodo 2016-2018.El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-693, librado al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (Distribuidor), a los fines de que practique la evacuación de las posiciones juradas y las testimoniales señaladas en el auto de fecha 06-10-2016.

Los ciudadanos MARIO LISSON MORALES, CRISTOBAL JORGE MARRERO RUÍZ, FRANKLYN RAMON GARCIA, FRANK SIFONTES NADALES, RODRIGO QUINDE SAAVEDRA, ALEXIS DARIO GARCIA, FRANKLIN WILFREDO MARQUEZ SANCHEZ, ORLANDO ALVAREZ MARTINEZ, DELIA JOSEFINA BLANCO y RICARDO FLORE, titulares de las cédulas de identidad números 12.562.971, 5.139.616, 6.863.013, 4.905.817, 15.164.416, 10.504.191, 6.548.240, 81.869.243, 6.053.718 y 3.587.355, respectivamente, asistidos por el abogado Eduardo Revete Tabares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, presentaron escrito de terceros coadyuvantes.

9.- Expediente N° AA70-E-2015-000099: ROSA EDITH AGUILAR BELANDRIA, FRANK JOSÉ PETIT DA COSTA, ELINA MERCEDES MARCANO DE ZABALA, ONEIDA JOSEFINA BETANCOURT DE MORALES, VÍCTOR MARTÍN DÍAZ SALAS, NINFA JOSEFINA HERRERA RODRÍGUEZ y LETICIA FLORENCIA MORALES VELÁSQUEZ, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Superintendencia de Cajas de Ahorro, ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Banca Pública, respecto al proceso electoral para elegir las autoridades de la CAJA DE AHORROS y PRÉSTAMOS DE LOS JUECES DE VENEZUELA, para el período 2014 al 2017.

El abogado José Gregorio Silva Bocaney, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.418, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito de ampliación de solicitud de desacato.

10.- Expediente N° AA70-E-2015-000050: CARMEN TOVAR, invocando la condición de asociada a la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistida por el abogado Jesús Onofre Araujo, mediante el cual interpone recurso contencioso electoral contra el proceso de elección de los miembros principales y delegados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA).

Los ciudadanos GUTIERREZ JOSE ALIRIO, RODRIGUEZ DE OLIVARES MARISA LEONOR, FLORES FLORES WILFREDO EZEQUIEL y BELLORIN MARCANO SONIA JOSEFINA, titulares de las cédulas de identidad números 2.539.629, 3.232.513, 4.811.094, 4.922.298, 5.975.834, 6.472.166, respectivamente, asistidos por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, presentaron escrito de solicitud de amparo constitucional sobrevenido con medida cautelar innominada de suspensión de efecto.

 

 

DILIGENCIA EN:

11.- Expediente N° AA70-E-2015-000128: WINSTON TROMPIS, GENARO VELASQUEZ, EDGAR GARCÍA, PETRA GARCÍA DE TROMPIS, CARLOS FERRER, ÁNGEL VILLEGAS, GUSTAVO ZAVALA, MARIO GÓMEZ SÁNCHEZ, CASTOR LÓPEZ, ALEXIS VALLS y ROLANDO JUVENAL MORA, invocando la condición de voceros del PARTIDO POPULAR COPEI del estado Falcón, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar contra “el acto administrativo de efectos particulares dictado en fecha 14 de septiembre de 2015 por la Junta Directiva Ad Hoc designada, según Sentencia N° 1023/2015, Expediente N° 15-0860 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de julio de 2015, representada por PEDRO URRIETA y MIGUEL SALAZAR”, titulares de la cédula de identidad N° 9.858.596 y 8.322.115, respectivamente. (Remitido por Oficio N° JSCA-FAL-001142-2015, de fecha 18-11-2015, emanado del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón).

El abogado Ángel Yrigoyen López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.133., en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó diferimiento de la audiencia a celebrarse el día jueves 17 de noviembre de 2016.

12.- Expediente N° AA70-E-2016-000034: IBRAIM IGLESIAS y JOSÉ FRANCISCO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 6.168.711 y 4.304.003 respectivamente, actuando en su carácter de Socios Propietarios de las Acciones Nos. 3657 y 2849 respectivamente, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, candidatos a la Presidencia, Vicepresidencia, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos para el periodo 2016-2018.El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-693, librado al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (Distribuidor), a los fines de que practique la evacuación de las posiciones juradas y las testimoniales señaladas en el auto de fecha 06-10-2016.

El abogado Roberto Alí Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.764, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MANUEL ANDRES RODRIGUEZ AGUILAR, JUAN ANTONIO VILLANUEVA MAZA, LEONARDO EMILIO RUIZ, RAFAEL ALEXANDER MONTES DE OCA ROJAS, CARLOS ALBERTO OTERO, ANDRES ALBERTO TERAN BRAVO, MARIA CECILIA DE AGRELA DE SOUSA, ANTONIO RAFAEL GONZALEZ FERMIN y DOUGLAS ALBERTO GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad números 14.484.606, 13822722, 23.529.241, 12.3696.900, 6.876.668, 7.929.794, 81.229.168, 6.161.744 y 7.806.285, respectivamente, en sus carácter de terceros adheridos, presentó diligencia mediante la cual ratifica la solicitud de adhesión como terceros.

13.- Expediente N° AA70-E-2016-000034: IBRAIM IGLESIAS y JOSÉ FRANCISCO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 6.168.711 y 4.304.003 respectivamente, actuando en su carácter de Socios Propietarios de las Acciones Nos. 3657 y 2849 respectivamente, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, candidatos a la Presidencia, Vicepresidencia, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos para el periodo 2016-2018.El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-693, librado al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (Distribuidor), a los fines de que practique la evacuación de las posiciones juradas y las testimoniales señaladas en el auto de fecha 06-10-2016.

Los ciudadanos MARIO LISSON MORALES, CRISTOBAL JORGE MARRERO RUÍZ, FRANKLYN RAMON GARCIA, FRANK SIFONTES NADALES, RODRIGO QUINDE SAAVEDRA, ALEXIS DARIO GARCIA, FRANKLIN WILFREDO MARQUEZ SANCHEZ, ORLANDO ALVAREZ MARTINEZ, DELIA JOSEFINA BLANCO y RICARDO FLORE, titulares de las cédulas de identidad números 12.562.971, 5.139.616, 6.863.013, 4.905.817, 15.164.416, 10.504.191, 6.548.240, 81.869.243, 6.053.718 y 3.587.355, respectivamente, asistidos por el abogado Eduardo Revete Tabares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, presentaron diligencia mediante la cual otorgaron poder APUD-ACTA a los abogados Milena Mariela Pérez Rueda, Eduardo José Herrera Ochoa, Roberto Alí Colmenares, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 82.043, 37.708, 15.764, respectivamente, y al abogado asistente.

14.- Expediente N° AA70-E-2015-000062: JULIPSI ELISANA MORA RIVAS, IRENE RIVAS MÉNDEZ, JULIO RAMIRO MORA, YANGEL RUÍZ, MINSON MORA y MERIS SALCEDO, titulares de la cédula de identidad Nos. 19.265.698, 6.484.282, 17.855.268, 19.379.044, 12.062.697 y 12.580.549, respectivamente, asistidos por el abogado Jesús Navarro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.207, interpusieron recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 150414-079, dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 14 de abril de 2015 y publicada en la Gaceta Electoral N° 750 del 15 de mayo de 2015, mediante la cual reconoció como autoridades de la organización con fines políticos PROGRESO SOCIAL (PS), a quienes resultaron electos en la asamblea extraordinaria de la Convención Nacional en fecha 14 de abril de 2014, ciudadanos Luis Velásquez, Blanca Angarita, Yamil Tovar, José Cufat, Alexander Narváez, Argenis Ortega, Carmil Pérez, Eduardo Martín, Félix Velásquez, David Fory, Morly Uzcátegui y José Gregorio Torrealba.

La ciudadana JULIPSY MORA, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.265.698, recurrente, asistida por el abogado Gustavo Manuel Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.539, presentó diligencia mediante la cual retiró las copias certificadas.

SENTENCIA

15.- Expediente N° AA70-E-2016-000055: El ciudadano JOSÉ GREGORIO FURIO, invocando su carácter de "militante y dirigente de la asociación con fines políticos COPEI", asistido por la abogada Carmen Teresa Goicochea, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra "el acto de elección y consecuente proclamación de las autoridades Nacionales, Estadales y Municipales del Partido COPEI surgidas de las elecciones internas realizadas el 10 de julio de 2016". La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el “(…) Recurso Contencioso Electoral de Nulidad (…) ´conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos ´contra la elección y contra el acto de proclamación´ de las nuevas autoridades del Partido COPEI, realizada el 10 de Julio de 2016 (…)”. SEGUNDO: El DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos señalada. Magistrada ponente: INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 154.

16.- Expediente N° AA70-E-2016-000057: Los ciudadanos RAÚL BRAVO, invocando el carácter de "Presidente de la Junta Ejecutiva del partido COPEI en el estado Bolívar, militante y dirigente de la asociación con fines políticos COPEI en distintas entidades del país" y CARMEN TERESA GOICOCHEA, "dirigente del partido el Municipio Libertador, militante y dirigente de la asociación con fines políticos COPEI en distintas entidades del país", actuando en nombre propio y en representación del mencionado ciudadano, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra "el acto de elección y consecuente proclamación de las autoridades Nacionales, Estadales y Municipales del partido COPEI "surgidas" de las elecciones internas realizadas el 10 de julio de 2016". La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el “(…) ´Recurso Contencioso Electoral de Nulidad” (…) “conjuntamente con solicitud de medida cautelar´ de suspensión de efectos “contra la elección y contra el acto de proclamación´ de las nuevas autoridades del Partido COPEI, realizada el 10 de Julio de 2016 (…)”. SEGUNDO: HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la acción y del procedimiento del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de autos, por lo que respecta a la ciudadana CARMEN TERESA GOICOECHEA y, por vía de consecuencia, da por terminado el procedimiento instaurado en el presente juicio. TERCERO: NIEGA la homologación del desistimiento de la acción y del procedimiento del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de autos, por lo que respecta al ciudadano RAÚL BRAVO R. CUARTO: El DECAIMIENTO del objeto litigioso del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de autos. Magistrada ponente: INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 155.

17.- Expediente N° AA70-E-2016-000073: Los ciudadanos HECMI RAMÓN GARCÍA VILLAROEL y MANUEL LARA, aludiendo su condición de trabajadores activos de la entidad de trabajo Minera Loma de Níquel C.A., y miembros del Sindicato Nacional Profesional de Trabajadores y Trabajadoras, socialistas de la Industria Minera Loma de Níquel (SINPROTRAS-NIQUEL), asistidos por el abogado Ulises Jesús Wateyma Rosales, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones sindicales de la referida organización. La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones. SEGUNDO: ADMITE la presente causa y ACUERDA su tramitación por el procedimiento instituido por este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 1° de febrero de 2000, en concordancia con las disposiciones de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. TERCERO: ORDENA la citación de la Junta Directiva del Sindicato Nacional Profesional de Trabajadores y Trabajadoras, Socialista de la Industria Minera Loma de Níquel (SINPROTRAS-NIQUEL), así como la notificación del Ministerio Público. Magistrada ponente: INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 156.

18.- Expediente N° AA70-E-2013-000069: ELVIS BRICEÑO, EUCLIDES MANTILLA, RAÚL MORENO, WOLFGAN MARCANO, WILLIAMS FIGUEROA, JULIO SALAZAR, LUIS LUGO, LISANDRO BRAVO, JUAN ALMEIDA, MIGUEL CALZADILLA, JOSÉ GIAMBRA, ROGER GONZÁLEZ, LUIS FRANCO y WILLIAMS SÁNCHEZ, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERURGICO GUAYANA y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACONSIGUA), respecto a las elecciones de la Junta Directiva del referido Sindicato 2013-2016, convocadas para el día 24-09-2013. La Sala declaró: En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, ORDENA abrir una articulación probatoria de ocho (08) días y notificar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico de Guayana (SINTRACOMSIGUA), a fin de que presente escrito de defensa, pruebas o lo que considere pertinente en relación con los hechos y la solicitud de declaratoria de desacato, dentro de dicho lapso. Magistrado ponente: MALAQUIAS GIL RODRIGUEZ. Sentencia N° 157.

19.- Expediente N° AA70-E-2016-000052: Por oficio N° 0900-527 de fecha 31 de mayo de 2016, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, remitió acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar interpuesta por el ciudadano MILTON JESÚS RAMÍREZ TORRES contra de los "hechos, actos u omisión, originados por los ciudadanos que conforman la Comisión Electoral de Regular el Proceso de Elecciones que se realizaran en fecha 29 de mayo de 2016 (…) en lo que respecta a la participación de postulación de plancha a la elección de la junta directiva del Condominio Urbanización Villa Roca III". La Sala declaró: 1° ACEPTA la declinatoria de competencia realizada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en consecuencia, ASUME LA COMPETENCIA para conocer, tramitar y decidir la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar, ADMITE el escrito de reforma de la acción de amparo a recurso contencioso electoral, presentado el 4 de agosto de 2016, COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo constitucional por el abogado Hernán Darío Gómez Mercado, antes identificado, en su condición de apoderado judicial del ciudadano MILTON JESÚS RAMÍREZ TORRES, anteriormente identificado, contra los hechos, actos u omisiones de la Comisión o Junta Electoral elegida para dirigir el proceso electoral para la elección de los miembros de la Junta Directiva de Condominio de la Urbanización Villa Roca III, cuyo acto de votación se realizó el 29 de mayo de 2016, ADMITE PARCIALMENTE dicho recurso, en lo que respecta a la impugnación ejercida contra los actos emitidos por la Comisión o Junta Electoral los días 10 y 29 de mayo de 2016, respectivamente, y IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar. Magistrado ponente: CHRISTIAN TYRONE ZERPA. Sentencia N° 158.

20.- Expediente N° AA70-E-2015-000057: JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ RINCÓN, asistido por el abogado Claudio Bata Gallardo, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 150414-077 de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, la cual resolvió: "PRIMERO: Se reconocen las autoridades de la organización con fines políticos nacional INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN), electos en la Convención Nacional de Comités Operativos Regional, es celebrada el 25 de mayo de 2013, para el periodo de seis (06) años desde 2013 hasta 2019. La Sala declaró: IMPROCEDENTE la solicitud de reposición de la causa al estado “…de admisión o inadmisión de la misma, declarando la Nulidad de todo lo actuado, incluyendo del auto de admisión, declarándolo ‘IN[AD]MISIBLE’” (Mayúsculas y destacado del original, corchetes de la Sala), dictado por el Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal de Justicia en fecha 21 de octubre de 2015, presentado por el ciudadano José Ramón Zacarías, asistido por el abogado Ramses Ojeda Figueredo. Magistrado ponente: MALAQUIAS GIL RODRIGUEZ. Sentencia N° 159.

21.- Expediente N° AA70-E-2016-000016:  FRANCISCO ANTONIO QUINTERO GONZÁLEZ, invocando la condición de asociado y candidato a Presidente del Consejo de Administración de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO (CAIUTET), asistido por el abogado José Ramón Sevilla Mata, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral que rige el proceso electoral para elegir los miembros del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Delegados, Principales y Suplentes de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO (CAIUTET), periodo 2015-2018, cuyo acto de votación está pautado para el día 02 de marzo de 2016. La Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral que rige el proceso electoral para elegir los miembros del Consejo del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Delegados, Principales y Suplentes de la referida Caja de Ahorro, periodo 2015-2018, cuyo acto de votación está pautado para el día 02 de marzo de 2016. En consecuencia, se ordena el ARCHIVO del presente expediente. Magistrado ponente: MALAQUIAS GIL RODRIGUEZ. Sentencia N° 160.

22.- Expediente N° AA70-E-2016-000071:  Los ciudadanos ADRIAN PIÑANGO, JOSÉ ABREU, LIBARDO LÓPEZ, JOSÉ MARTINEZ, ROBERT BENITEZ, CARLOS NIÑO, SAVIER ARTILES, ELVIS GAVIRIA y JOEL CARRILLO, aludiendo su cualidad de afiliados al Sindicato Unido de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Productora de Lubricantes, Químicos, Acuosos, Fabricantes de Envases, Similares y Conexos del estado Carabobo (SUNTRAIN-LUQUIMAEN), asistidos por la abogada Carmen Salvatierra, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones contra el referido sindicato. La Sala declaró: 1.- Que es COMPETENTE para conocer la solicitud de convocatoria a elecciones. 2.- ADMITE la solicitud de convocatoria a elecciones y ACUERDA su tramitación por el procedimiento instituido por este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, mediante decisión Nro. 7 de fecha 1° de febrero de 2000, en concordancia con las disposiciones de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. 3.- ORDENA la citación de la Junta Directiva de SUNTRAIN-LUQUIMAEN y la notificación del Ministerio Público. Magistrado ponente: MALAQUIAS GIL RODRIGUEZ. Sentencia N° 161.

23.- Expediente N° AA70-E-2016-000078: El ciudadano NATALIO ELOY TARAZONA GUERRERO, actuando en su propio nombre y aludiendo su cualidad de director nacional de asuntos electorales del partido político Bandera Roja, interpuso acción de amparo constitucional contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) por la presunta "discriminación política al favorecer a la Mesa de la Unidad Democrática (M.U.D) en la solicitud de revocatorio contra el presidente de la república y rechazar la solicitud de revocatorio efectuada en fechas 19 de enero, 02 y 23 de febrero del año 2015, contra el gobernador del estado Miranda". La Sala declaró: INCOMPETENTE para decidir la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con solicitud de medida cautelar, por el ciudadano Natalio Eloy Tarazona Guerrero, en su carácter de Director Nacional de Asuntos Electorales del Partido Político Bandera Roja contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) por la presunta “discriminación política al favorecer a la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) en la solicitud de revocatorio contra el Presidente (...) [de] [la] [República] y rechazar la solicitud de revocatorio contra el gobernador del [estado] Miranda (...) solicitud realizada [en] [fechas] 19 de enero, 02 y 23 de febrero del (...) 2015...” (Corchetes de la Sala). En consecuencia, DECLINA su conocimiento en la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia. Magistrado ponente: MALAQUIAS GIL RODRIGUEZ. Sentencia N° 162.

24.- Expediente N° AA70-E-2015-000019:  MÓNICA PÉREZ DE CHIRINO y MARÍA GÓMEZ CARRASQUERO, interpusieron recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en el Consejo Comunal Don Pedro Rojas del estado Zulia, para elegir a los voceros del referido Consejo Comunal, cuyo acto de votación fue realizado el 25 de octubre de 2014.  La Sala declaró: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL en el recurso contencioso electoral interpuesto por la ciudadana Mónica Pérez de Chirino, ya identificada, asistida por la abogada María Gómez Carrasquero, igualmente identificada, actuando ambas en nombre propio, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto contra el proceso comicial celebrado en el Consejo Comunal Don Pedro Rojas del estado Zulia, para la elección de los voceros y voceras de dicho Consejo Comunal, cuyo acto de votación se celebró el día 25 de octubre de 2014. Magistrada ponente: JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO. Sentencia N° 163.

25.- Expediente N° AA70-E-2016-000033: El abogado Gustavo Boada Chacón actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana JUDITH MARTÍNEZ DE CORREA, interpuso solicitud de avocamiento en el expediente N° 493-2015 llevado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palma Sola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, contentivo de la demanda de nulidad “DE LOS ACUERDOS TOMADOS EN LA ASAMBLEA DE COPROPIETARIOS DEL CONDOMINIO DEL COMPLEJO URBANÍSTICO TURÍSTICO RECREACIONAL CARIBBEAN SUITES, MARINA AND BEACH CLUB, celebrada el 20 de septiembre 2015”. La Sala declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer la solicitud de avocamiento, 2.- ADMITE la solicitud de avocamiento, 3.- ORDENA al Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, la inmediata remisión del expediente número 493-2015 nomenclatura de ese Tribunal, contentivo de la acción intentada por el ciudadano LUIS ENRIQUE PLAZA SÁNCHEZ, ya identificado, actuando con el carácter de Director de la Sociedad de Comercio ADMINISTRACIÓN C.C.C.P S.A, ya identificada, asistido por el abogado Abiel Pereira Briceño, Inpreabogado número 141.117, relativa a la demanda de nulidad de la asamblea de copropietarios del condominio del Complejo Urbanístico Turístico Recreacional Caribbean Suites, Marina & Beach Club, celebrada el 20 de septiembre de 2015, contra los ciudadanos ELIO LEANDRO PESTANA, ERLYN GUSTAVO MARTÍNEZ RADA, CARMEN BARROS RODRÍGUEZ, CARMEN CECILIA PADILLA, JUDITH MARTÍNEZ DE CORREA y VALDEMARIO ALVES DA SILVA, ya identificados, a los fines de su análisis y valoración, con el objeto de decidir la procedencia de la solicitud de avocamiento, y 4.- Se ORDENA la suspensión de la causa y se prohíbe realizar cualquier actuación procesal en el expediente número 493-2015 nomenclatura del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, según lo previsto en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Magistrada ponente: JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO. Sentencia N° 164.

26.- Expediente N° AA70-E-2015-000012: IBIS ALEMAN, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la vía de hecho en la que ha incurrido la Dirección Política Nacional de la organización con fines políticos COPEI PARTIDO POPULAR, materializada a través de la Asamblea Extraordinaria celebrada en fecha 24 de noviembre de 2014 en la sede nacional de ese partido político, mediante la cual es sustituido del cargo de Secretaria General de esa organización política para el estado Anzoátegui. La Sala declaró: 1.- CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. 2.- Se ORDENA la incorporación definitiva de la ciudadana IBIS ALEMÁN, parte accionante, al cargo de Secretaria General de COPEI en el estado Anzoátegui. Magistrada ponente: FANNY MÁRQUEZ CORDERO. Sentencia N° 165.

27.- Expediente N° AA70-E-2016-000056: El ciudadano ANGEL BLANCO, invocando su carácter de "militante y dirigente de la asociación con fines políticos COPEI en el Estado Bolívar", asistido por la abogada Carmen Teresa Goicochea, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra "el acto de elección y consecuente proclamación de las autoridades Estadales y Municipales del Partido COPEI surgidas de las elecciones internas realizadas el 10 de julio de 2016 en el Estado Bolívar". 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos. 2.- El DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso electoral interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos en referencia. Magistrada ponente: FANNY MÁRQUEZ CORDERO. Sentencia N° 166.

28.- Expediente N° AA70-E-2014-000029: ZULAIMA DE LAS MERCEDES ARRIECHE, IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS ELEAZAR COLLS MORENO, NORMA ALIDA AGUILAR AGUIRRE, MIRIAM JOSEFINA OJEDA RODRÍGUEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ RINCONES, CÉSAR ROCCA y GIOVANNA CIPOLLA BENEVENTO, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución N° 120726-0424 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 26 de julio de 2012, y publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012. La Sala declaró: PRIMERO: la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por el abogado Jesús Belandria, anteriormente identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ZULAIMA DE LAS MERCEDES ARRIECHE, IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS ELEAZAR COLLS MORENO, NORMA ALIDA AGUILAR AGUIRRE, MIRIAM JOSEFINA OJEDA RODRÍGUEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ RINCONES, CÉSAR ROCCA y GIOVANNA CIPOLLA BENEVENTO, titulares del número de cédula de identidad V-8.838.443, V-7.108.181, V-11.590.959, V-7.535.172, V-10.227.830, V-10.230.471, V-4.715.072 y V-7.086.731, respectivamente, “(…) integrantes de la JUNTA DIRECTIVA del (…) [Sindicato Único de Empleados del Consejo Legislativo del Estado Carabobo, SUEMP CLEC, período 2011-2013], ocupando los cargos de: SECRETARIA GENERAL, SECRETARIA DE ORGANIZACIÓN, SECRETARIO DE RECLAMOS, SECRETARIA DE FINANZAS, SECRETARIO DE DEPORTES Y RECREACIÓN, SEGUNDO VOCAL, TERCER VOCAL Y VICEPRESIDENTA DEL TRIBUNAL DISCIPLINARIO, respectivamente, contra “(…) la RESOLUCIÓN N° 120726-0424 [dictada por el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL el 26 de julio de 2012, publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela, N° 641 del 07 de septiembre de 2012], por la cual se toma la decisión de declarar la condición de INELEGIBLES a los ciudadanos ZULAIMA DE LAS MERCEDES ARRIECHE, IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS ELEAZAR COLLS MORENO, NORMA ALIDA AGUILAR AGUIRRE, MIRIAM JOSEFINA OJEDA RODRÍGUEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ RINCONES, CÉSAR ROCCA, y GIOVANNA CIPOLLA BENEVENTO”. (Subrayado del original, destacado y corchetes de la Sala). SEGUNDO: DECAIMIENTO del objeto de la medida cautelar decretada mediante sentencia número 83 de fecha 11 de junio de 2014, la cual dejará de surtir efectos. Magistrado ponente: CHRISTIAN TYRONE ZERPA. Sentencia N° 167.

29.- Expediente N° AA70-E-2014-000052: Adaysa Guerrero Rodríguez, en su carácter de apoderada judicial de la empresa COCA-COLA FENSA DE VENEZUELA, C.A., interpuso recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra "…las certificaciones y de registro de delegados de prevención, (…) emanados del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) a través de la Dirección Estadas de Salud de los Trabajadores de Anzoátegui, Sucre, Monagas y Nueva Esparta (Diresat), con ocasión a los actos comiciales para la elección de delegados de prevención efectuada por trabajadores (…) en el Centro de Trabajo en la Ciudad de Nueva Esparta y denominado "Distribuidora Margarita,…". La Sala declaró: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos de “…las certificaciones y de (sic) registro de delegados de prevención notificadas (…) en fecha 09 de septiembre de 2010, mediante oficio Nro. 242-2010, de fecha 07 de septiembre de 2010…”, emanadas del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a través de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de los estados Anzoátegui, Sucre, Monagas y Nueva Esparta. Magistrado ponente: MALAQUIAS GIL RODRIGUEZ. Sentencia N° 168.

30.- Expediente N° AA70-E-2016-000066: El abogado Benigno Hidalgo actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ARMANDO SANDOVAL GUTIERREZ, YANIS AMADO AVILA ANGULO, JHOAN JOSÉ DUN ZAMBRANO, JOSEPH CÉSAR MORENO MORALES, JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNÁNDEZ, JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, invocando el carácter de socios de La Organización Asociación Civil Propatria-Carmelitas-Chacaíto, interpuso acción de amparo constitucional contra la "Asamblea ordinaria de socios de la Asociación Civil Propatria-Carmelitas-Chacaíto realizada el 13 de agosto de 2016". La Sala declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes formuladas mediante sendos escritos de fechas 31 de octubre y 01 de noviembre de 2016, por el apoderado judicial de la parte accionante, ciudadano BENIGNO ANTONIO HIDALGO RAMÍREZ. Magistrado ponente: CHRISTIAN TYRONE ZERPA. Sentencia N° 169.

31.- Expediente N° AA70-E-2016-000075: El abogado Emilio Farías actuando en nombre propio y aludiendo la cualidad de Socio-Propietario de la acción N° 2082 de la Asociación Civil CLUB PUERTO AZUL, A.C., interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra los trámites electorales realizados a partir del día 16 de septiembre de 2016 y el proceso electoral pautado a celebrarse en el periodo septiembre-diciembre 2016. La Sala declaró: HOMOLOGADO el desistimiento del recurso contencioso electoral solicitado por el abogado EMILIO FARÍAS. Magistrado ponente: CHRISTIAN TYRONE ZERPA. Sentencia N° 170.

32.- Expediente N° AA70-E-2016-000083: Los ciudadanos WILLIAMS TRUJILLO, XAVIER PARIATA, OTNY LUGO, RICARDO PALMA, OSCAR COLMENARES, WUILMER BLANCO e ISRAEL NUÑEZ, aludiendo su condición de trabajadores de la entidad de trabajo Iveco Venezuela, C.A., y afiliados al Sindicato Unido de Trabajadores de Iveco de Venezuela, C.A. (SINUTRAIVECO), asistidos por la abogada Maiba Lida Martinez Garcia, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones. La Sala declaró: 1° COMPETENTE para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones, 2° ADMITE la presente causa y ACUERDA su tramitación por el procedimiento instituido por este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 1° de febrero de 2000, en concordancia con las disposiciones de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y 3° ORDENA la citación de la Junta Directiva del “Sindicato Unido de Trabajadores de Iveco Venezuela, C.A. (SINUTRAIVECO)”; y, la notificación del Ministerio Público. Magistrado ponente: CHRISTIAN TYRONE ZERPA. Sentencia N° 171.

33.- Expediente N° AA70-E-2016-000070: Los ciudadanos LENIN FUENTES, NAIL BETANCOURT, ELKER NOHEMI LÓPEZ, JOSÉ GUITAN y OSWALDO BATISTA, aludiendo la cualidad de Presidente de la Comisión Electoral Principal, Presidente del Consejo de Administración, Secretaria del Consejo de Administración, Presidente del Consejo de Vigilancia y Vicepresidente del Consejo de Vigilancia, respectivamente, de la Asociación Civil de Caja de Ahorros de los Obreros del Ministerio de Infraestructura (CADO-MINFRA), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de los efectos contra los actos administrativos contenidos en las Providencias Administrativas emanadas de la Superintendencia de Cajas de Ahorros de fecha 17 de agosto de 2016 signada con el N° 001-2016; Acta de fecha 19 de agosto de 2016 y acto administrativo N° 001-2016 de fecha 26/8/2016. La Sala declaró: 1.- Que es COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral, 2.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, 3.- SE ADMITE el presente recurso, y 4.- IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar subsidiaria. Magistrado ponente: CHRISTIAN TYRONE ZERPA. Sentencia N° 172.

34.- Expediente N° AA70-E-2015-000121: FIDEL ANTONIO FRANCO BARATE y ROGELIO DE JESÚS CASTRO LÓPEZ, invocando el carácter de afiliados al SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, NÚCLEO MARACAY- ESTADO ARAGUA, asistidos por el abogado Mao Santiago, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Central de Venezuela, Núcleo Maracay- Estado Aragua. La Sala declaró: CON LUGAR la acción de amparo constitucional relativa a la solicitud de convocatoria a elecciones formulada por los ciudadanos Fidel Antonio Franco Barate y Rogelio de Jesús Castro López, antes identificados, para la renovación de los miembros de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Central de Venezuela núcleo Maracay, estado Aragua (SUTRAUCV). En consecuencia, SE ORDENA a la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Central de Venezuela núcleo Maracay, estado Aragua (SUTRAUCV), que dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación del presente fallo convoque al proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites contemplados en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas Sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales, dictadas por el Consejo Nacional Electoral. Asimismo, se ordena a los integrantes de la Junta Directiva del sindicato que no interfieran en el ejercicio de las facultades de la Comisión Electoral que tenga a su cargo la organización del proceso y que presten la colaboración necesaria para que se produzca la renovación de las autoridades de la organización. Magistrado ponente: MALAQUIAS GIL RODRIGUEZ. Sentencia N° 173.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria,

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

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