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Sala Electoral
  • Fecha: 24 de Febrero de 2016





  CUENTA N° 25

Miércoles, veinticuatro (24) de febrero de 2016

 

ACTUACIÓN EN:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2016-000004: El ciudadano ANDRÉS ELOY MENDEZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.874.945, asistido por el abogado Pablo Enrique Paradas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.720, interpuso recurso contencioso electoral en contra de "LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 4 DEL ESTADO FALCÓN.

 

Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral suscrito por los abogados María Eugenia Peña Valera, Olga Ginette Esaá Castrillo y Carlos Castro Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 52.044, 56.511 y 90.583 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, se acordó agregar al expediente judicial el informe así como, los recaudos que acompañaron al escrito.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2015-000140: El ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° 10.924.929, asistido por la Abogada Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 01, DEL ESTADO AMAZONAS.

 

Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral suscrito por los abogados María Eugenia Peña Valera, Olga Ginette Esaá Castrillo y Carlos Castro Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 52.044, 56.511 y 90.583 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, se agregó al expediente judicial el informe así como, los recaudos que acompañaron al escrito.

 

3.- Expediente N° AA70-E-2015-000141: El ciudadano NESTOR FRANCISCO LEON HEREDIA, asistido por el Abogado Rafael Puertas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 02, DEL ESTADO YARACUY...".

 

Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral suscrito por los abogados María Eugenia Peña Valera, Olga Ginette Esaá Castrillo y Carlos Castro Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 52.044, 56.511 y 90.583 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, se agregó al expediente judicial el informe así como, los recaudos que acompañaron al escrito.

 

4.- Expediente N° AA70-E-2015-000142: El ciudadano ESTEBAN ARGELIO PÉREZ RAMOS, actuando en su condición de candidato a diputado a la Asamblea Nacional por la representación indígena Región Sur, en las elecciones celebradas el pasado 6 de diciembre de 2015, asistido por la abogada HILARIA MICHAEL MÁRQUEZ BETANCOURT, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS, POR LA REPRESENTACIÓN INDÍGENA A LA ASAMBLEA NACIONAL REGIÓN SUR...".

 

Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral suscrito por los abogados María Eugenia Peña Valera, Olga Ginette Esaá Castrillo y Carlos Castro Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 52.044, 56.511 y 90.583 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, se agregó al expediente judicial el informe así como, los recaudos que acompañaron al escrito.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2015-000143: Los ciudadanos SUMIRÉ SAKURA DEL CARMEN FERRARA MOLINA y PEDRO LUIS BLANCO GUTIÉRREZ, actuando en su condición de candidatos a diputados a la Asamblea Nacional, en las pasadas elecciones del 06 de diciembre, asistidos por el abogado Pablo Enrique Paradas Álvarez, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO DOS (2), DEL ESTADO ARAGUA...".

 

Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral suscrito por los abogados María Eugenia Peña Valera, Olga Ginette Esaá Castrillo y Carlos Castro Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 52.044, 56.511 y 90.583 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, se agregó al expediente judicial el informe así como, los recaudos que acompañaron al escrito.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2015-000144: La ciudadana ROSA DEL VALLE LEÓN BRAVO, actuando en su condición de candidata a diputada a la Asamblea Nacional en las pasadas elecciones celebradas el 6 de diciembre de 2015, asistida por el abogado Enrique Paradas Álvarez, contra "LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO TRES (3), DEL ESTADO ARAGUA...".

 

Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral suscrito por los abogados María Eugenia Peña Valera, Olga Ginette Esaá Castrillo y Carlos Castro Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 52.044, 56.511 y 90.583 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, se agregó al expediente judicial el informe así como, los recaudos que acompañaron al escrito.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2015-000145: Los ciudadanos ELVIS EDUARDO HIDROBO AMOROSO y HIPOLITO ANTONIO ABREU PÁEZ, titulares de la cédula de identidad Nos. 7.659.695 y 6.289.959, asistido por el Abogado Pablo Enríquez Parada Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.720, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO CUATRO (04), DEL ESTADO ARAGUA.

 

Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral suscrito conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, por los abogados María Eugenia Peña Valera, Olga Ginette Esaá Castrillo y Carlos Castro Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 52.044, 56.511 y 90.583 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, se agregó al expediente judicial el informe así como, los recaudos que acompañaron al escrito.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2015-000061: Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, por los ciudadanos FELIX ISTURIS, JOSÉ GREGORIO MEIGNEN, EFRAÍN ROJAS, BELQUIS AGUILERA y FERNANDO CALMA, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.484.332, 9.947.829, 4.831.563, 8.453.026 y 8.915401, respectivamente, los dos primeros abogados inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 39.347 y 43.602, actuando en nombre propio y asistiendo a los tres últimos, contra el proceso electoral celebrado en los Municipios Caroní y Piar del estado Bolívar, correspondientes a la elección de autoridades del partido UN NUEVO TIEMPO, cuyo acto de votación tuvo lugar el 23 de noviembre de 2014.

 

Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionado con el presente recurso contencioso electoral, así como los antecedentes administrativos, suscrito por el ciudadano VICENTE BELLO, titular de la cédula de identidad N° 2.505.617, invocando el carácter de Presidente de la Comisión Electoral Nacional del Partido UN NUEVO TIEMPO, asistido por la abogada Teresa Tomei, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 22.610, se agregó al expediente judicial el informe y se formó una (01) pieza separada con los recaudos acompañados al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

9.- Expediente N° AA70-E-2016-000006: Los ciudadanos GABRIEL PUERTA APONTE y PEDRO ARTURO MORENO BALZA, titulares de la cédula de identidad Nos. 1.982.242 y 4.062.142, respectivamente, invocando el carácter de Secretario General y miembro del Comité Central y del Comité Político Nacional, respectivamente, de la organización con fines políticos BANDERA ROJA, asistidos por el abogado Henry Escalona Meléndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.629, interponen recurso contencioso electoral contra las presuntas "actuaciones de violación flagrante de normas estatutarias, legales y constitucionales realizadas por el ciudadano PEDRO VELIZ ACUÑA, actuando en su cualidad de Presidente del Partido Político BANDERA ROJA".

Por recibido diligencia suscrita por el abogado Pedro Celestino Veliz Acuña, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 144.753, actuando con el carácter de Presidente del Partido Bandera Roja, mediante la cual expone los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso contencioso electoral y consignó los antecedentes administrativos correspondientes, se agregó al expediente judicial la referida diligencia y se formó una (01) pieza separada con los recaudos que acompañaron a la misma, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

10.- Expediente N° AA70-E-2015-000074: El abogado LUBIN AGUIRRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.024, actuando en con carácter de apoderado judicial del ciudadano STEFANO FERRARI GRANCINI, titular de la cédula de identidad N° 7.078.750 y el abogado FRANCESCO CARROCCIO VENDITTO, titular de la cédula de identidad N° 7.087.921, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.694, actuando en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las actuaciones emanadas por la Comisión Electoral del Centro Social Ítalo Venezolano de Valencia, referidas al proceso electoral a los fines de elegir a las autoridades del mencionado Centro Social.

Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas y recaudos, presentado en fecha 23 de febrero de 2016, por el abogado TULIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial del Centro Social Ítalo Venezolano-Valencia, (recurrido).

 

11.- Expediente N° AA70-E-2015-000074: El abogado LUBIN AGUIRRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.024, actuando en con carácter de apoderado judicial del ciudadano STEFANO FERRARI GRANCINI, titular de la cédula de identidad N° 7.078.750 y el abogado FRANCESCO CARROCCIO VENDITTO, titular de la cédula de identidad N° 7.087.921, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.694, actuando en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las actuaciones emanadas por la Comisión Electoral del Centro Social Ítalo Venezolano de Valencia, referidas al proceso electoral a los fines de elegir a las autoridades del mencionado Centro Social.

 

Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas y recaudos, presentado en fecha 23 de febrero de 2016, por el abogado TULIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral del Centro Social Ítalo Venezolano-Valencia, (recurrido).

 

12.- Expediente N° AA70-E-2015-000074: El abogado LUBIN AGUIRRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.024, actuando en con carácter de apoderado judicial del ciudadano STEFANO FERRARI GRANCINI, titular de la cédula de identidad N° 7.078.750 y el abogado FRANCESCO CARROCCIO VENDITTO, titular de la cédula de identidad N° 7.087.921, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.694, actuando en nombre propio, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las actuaciones emanadas por la Comisión Electoral del Centro Social Ítalo Venezolano de Valencia, referidas al proceso electoral a los fines de elegir a las autoridades del mencionado Centro Social.

 

Se fijó un lapso de dos (02) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

ESCRITO PRESENTADO EN:

13.- Expediente N° AA70-E-2015-000143: Los ciudadanos SUMIRÉ SAKURA DEL CARMEN FERRARA MOLINA y PEDRO LUIS BLANCO GUTIÉRREZ, actuando en su condición de candidatos a diputados a la Asamblea Nacional, en las pasadas elecciones del 06 de diciembre, asistidos por el abogado Pablo Enrique Paradas Álvarez, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO DOS (2), DEL ESTADO ARAGUA...".

El ciudadano PEDRO LUIS BLANCO GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° V.-17.698.228, en su carácter de parte recurrente, asistido por el abogado Pablo Paradas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.720, presentó escrito mediante el cual consignó "documentos que acreditan la cualidad de actuante en la pretensión".

 

14.- Expediente N° AA70-E-2015-000144: La ciudadana ROSA DEL VALLE LEÓN BRAVO, actuando en su condición de candidata a diputada a la Asamblea Nacional en las pasadas elecciones celebradas el 6 de diciembre de 2015, asistida por el abogado Enrique Paradas Álvarez, contra "LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO TRES (3), DEL ESTADO ARAGUA...".

 

La ciudadana ROSA DEL VALLE LEÓN BRABO, titular de la cédula de identidad N° V.-12.480.741, en su carácter de parte recurrente, asistida por el abogado Pablo Paradas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.720, presentó escrito mediante el cual consignó "documentos que acreditan la cualidad de actuante en la pretensión".

15.- Expediente N° AA70-E-2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrada el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de Jubilados y Pensionados del INOS-MARN.

El abogado LUIS GUILLERMO OJEDA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.370, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros Nacional de Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS), presentó escrito mediante el cual informó a la Sala sobre los hechos ocurridos relacionados con lo ordenado en la Sentencia N° 233 de fecha 23 de noviembre de 2015, acompañó recaudos.

NOTIFICACIÓN VIA TELEFONICA EN:

16.- Expediente N° AA70-X-2015-000019: El abogado Jesús Rafael Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, solicitó a esta Sala medida cautelar a los fines de "QUE LA DIRECCIÓN POLÍTICA NACIONAL SUSPENDIDA PROVISIONALMENTE HAGA ENTREGA DE LA CASA NACIONAL Y CUALQUIER OTRA SEDE DEL MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP) A LA DIRECCIÓN POLÍTICA NACIONAL PROVISIONAL".

Se dejó constancia que se estableció comunicación telefónica con el ciudadano JOSÉ FRANCISCO ESPINOZA PRIETO, titular de la cédula de identidad N° 2.828.058, parte actora, mediante la cual se notificó el dispositivo de la decisión dictada por esta Sala el día de hoy 24-02-16, signada con el N° 6, en la que se declaró: PROCEDENTE la medida cautelar solicitada, en consecuencia, ORDENÓ al Comando Político Nacional provisionalmente suspendido de sus funciones, realizar de forma inmediata la entrega del inmueble que sirve de sede nacional del Movimiento Electoral del Pueblo (M.E.P.) a los integrantes de la directiva designada mediante decreto de amparo cautelar contenido en sentencia número 155 del 16 de julio de 2015, hasta que se dicte sentencia definitiva en la causa principal. A tal efecto, se le remitió vía correo electrónico, a la dirección jfespinozaprieto@gmail.com copia de la mencionada sentencia de esta Sala.

17.- Expediente N° AA70-E-2015-000136: LUIS EMIRO ROSALES MEDINA, JORGE NAVA, JORGE DOMÍNGUEZ ISEA, JAIRO SÁNCHEZ LEAL y Otros, contra las "…ACTAS DE ASAMBLEAS PARCIAL (sic) DE ASOCIADOS DE FECHAS 24, 25 Y 26 DE ABRIL DE 2.013…" de la CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL RAFAEL MARÍA BARALT (CAPREUNERMB). Oficio N° 6347-532-2015 de fecha 22 de octubre de 2015, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor del Municipio Cabimas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual se remitió tres piezas principales y un (1) cuaderno de medida cautelar.

Se dejó constancia que se estableció comunicación telefónica con la ciudadana Norma González, titular de la cédula de identidad N° 4.519.732, quien se identificó como tesorera de la Caja de Ahorro y Préstamo de la Universidad Nacional Experimental Rafael María Baralt (CAPREUNERMB), parte recurrida, mediante la cual se le notificó el dispositivo de la decisión dictada por esta Sala el día de hoy 24-02-2016, signada con el N° 8, en la que se declaró: 1.- SU COMPETENCIA para conocer la “demanda de nulidad de actas de asamblea interpuesta conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada” interpuesta. 2.- ANULO las sentencias dictadas por el Juez Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 3 de junio de 2013tanto la admisión de la demanda incoada como la medida cautelar que ordenó la suspensión del proceso electoral pautado para el 5 de junio de 2013 para elegir autoridades de CAPREUNERMB. 3.- ADMITIO el recurso contencioso electoral interpuesto. 4.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, en consecuencia, SUSPENDIO los efectos de la convocatoria publicada en el “DIARIO REGIONAL” del 18 de abril de 2013, así como las subsecuentes Actas de Asambleas de CAPREUNERMB de fechas 24, 25, 26 y 29 de abril de 2013 y el acto de votación para elegir autoridades pautado para el 5 de junio de 2013, hasta sentencia definitiva en las presentes causas. 5.- INOFICIOSO, el pronunciamiento sobre la medida cautelar innominada solicitada. A tal efecto, se le remitió vía correo electrónico, a la dirección capreunermb2009@gmail.com, copia de la mencionada sentencia de esta Sala.

 

DILIGENCIA EN:

 

18.- Expediente N° AA70-E-2015-000142: ESTEBAN ARGELIO PÉREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 12.582.928, actuando en su condición de candidato a diputado a la Asamblea Nacional por la representación indígena Región Sur, en las elecciones celebradas el pasado 6 de diciembre de 2015, asistido por la abogada Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS, POR LA REPRESENTACIÓN INDÍGENA A LA ASAMBLEA NACIONAL REGIÓN SUR...".

 

El ciudadano ROMEL GUZAMANA, titular de la cédula de identidad N° V.-13.325.572, asistido por el abogado Ramón José Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.614, presentó diligencia mediante la cual otorgó poder Apud Acta al abogado Jaiber Núñez, inscrito en al Inpreabogado bajo el N° 239.461 y al abogado asistente.

 

19.- Expediente N° AA70-E-2015-000146: NICIA MARINA MALDONADO, titular de la cédula de identidad N° 10.606.581, asistida por la abogada Ligia Carolina Gorriño, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.285, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra el acto de votación de las elecciones parlamentarias del pasado 06 de diciembre de 2015 del estado Amazonas.

 

El abogado Rosnell Carrasco Baptista, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 171.568, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FIDEL CABALLERO, titular de la cédula de identidad N° V.-8.947.014, presentó diligencia mediante la cual consignó copia fotostática de "Registro Electoral de FIDEL CABALLERO".

20.- Expediente N° AA70-E-2016-000006: Los ciudadanos GABRIEL PUERTA APONTE y PEDRO ARTURO MORENO BALZA, titulares de la cédula de identidad Nos. 1.982.242 y 4.062.142, respectivamente, invocando el carácter de Secretario General y miembro del Comité Central y del Comité Político Nacional, respectivamente, de la organización con fines políticos BANDERA ROJA, asistidos por el abogado Henry Escalona Meléndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.629, interponen recurso contencioso electoral contra las presuntas "actuaciones de violación flagrante de normas estatutarias, legales y constitucionales realizadas por el ciudadano PEDRO VELIZ ACUÑA, actuando en su cualidad de Presidente del Partido Político BANDERA ROJA".

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-125, mediante el cual se notifico al Comité Político Nacional del Partido Político Bandera Roja la Sentencia Nº 2 de fecha 14-01-2016.

21.- Expediente N° AA70-E-2016-000006: Los ciudadanos GABRIEL PUERTA APONTE y PEDRO ARTURO MORENO BALZA, titulares de la cédula de identidad Nos. 1.982.242 y 4.062.142, respectivamente, invocando el carácter de Secretario General y miembro del Comité Central y del Comité Político Nacional, respectivamente, de la organización con fines políticos BANDERA ROJA, asistidos por el abogado Henry Escalona Meléndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.629, interponen recurso contencioso electoral contra las presuntas "actuaciones de violación flagrante de normas estatutarias, legales y constitucionales realizadas por el ciudadano PEDRO VELIZ ACUÑA, actuando en su cualidad de Presidente del Partido Político BANDERA ROJA".

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-051, librado al Comité Político Nacional del Partido Político Bandera Roja mediante el cual se le solicito los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

22.- Expediente N° AA70-E-2016-000006: Los ciudadanos GABRIEL PUERTA APONTE y PEDRO ARTURO MORENO BALZA, titulares de la cédula de identidad Nos. 1.982.242 y 4.062.142, respectivamente, invocando el carácter de Secretario General y miembro del Comité Central y del Comité Político Nacional, respectivamente, de la organización con fines políticos BANDERA ROJA, asistidos por el abogado Henry Escalona Meléndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.629, interponen recurso contencioso electoral contra las presuntas "actuaciones de violación flagrante de normas estatutarias, legales y constitucionales realizadas por el ciudadano PEDRO VELIZ ACUÑA, actuando en su cualidad de Presidente del Partido Político BANDERA ROJA".

El ciudadano Alguacil consignó boleta original librada a los ciudadanos Gabriel Puerta Aponte y Pedro Arturo Moreno Balza a los fines de notificarles la Sentencia Nº 2 de fecha 14-01-2016.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

23.- Expediente N° AA70-E-2016-000018: NELGARD LENIN TORRES ALVAREZ, ALFONSO JOSE ARANGU ROJAS, RICARDO ANDRES MARCHAN CHIRINOS, JOSE JAVIER TORREALBA OBREGON, ANTHONY JOSEPH RODRIGUEZ MORA, invocando su condición de estudiantes de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (UCLA), actuando en su condición de aspirantes a participar como voceros de la Federación de los Centros Universitarios, interponen acción de Amparo contra los miembros de la Comisión Electoral para la elección de los representantes de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (UCLA) y Federación de los Centros Universitarios.

 

Por recibido en fecha 23-02-2015 oficio N° KP02-O-2015-000076 de fecha 02-02-2016, emanado de Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos ALFONSO ARANGU, RICARDO MARCHAN, JOSÉ TORREALBA, contra la Comisión Electoral para la elección de la Federación de los Centros Universitarios de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (UCLA), remisión esta que se efectúa en virtud de la decisión dictada en fecha 25-01-2016, conforme a la cual el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, se declaró INCOMPETENTE y DECLINÓ su competencia en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia para conocer del asunto; se designó ponente al Magistrado CHRISTIAN TYRONE ZERPA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

24.- Expediente N° AA70-E-2015-000116: ALEJANDRINA PACHANO y KELVIS FUENMAYOR, titulares de la cédula de identidad N° 13.741.400 y 12.805.502, respectivamente, invocando la condición de afiliados al Sindicato Bolivariano de Trabajadores del Metro de Maracaibo (SIBTRAMETROMARA), asistidos por el abogado Orlando Oquendo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 140.089, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva actual del Sindicato Bolivariano de Trabajadores del Metro de Maracaibo (SIBTRAMETROMARA).

 

Visto que constan en autos las notificaciones ordenadas en el auto de fecha 25-11-2015, se fijó el día martes diez (10) de mayo de 2016, a las diez y treinta (10:30 a.m.), a los fines de que tenga lugar la audiencia oral y pública, oportunidad en la cual las partes podrán exponer sus alegatos y defensas. Asimismo, se designó ponente al Magistrado CHRISTIAN TYRONE ZERPA, a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente en la presente solicitud de amparo constitucional.

 

 

SENTENCIA

 

25.- Expediente N° AA70-X-2015-000019: El abogado Jesús Rafael Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, solicitó medida cautelar a los fines de "QUE LA DIRECCIÓN POLÍTICA NACIONAL SUSPENDIDA PROVISIONALMENTE HAGA ENTREGA DE LA CASA NACIONAL Y CUALQUIER OTRA SEDE DEL MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP) A LA DIRECCIÓN POLÍTICA NACIONAL PROVISIONAL". La Sala Electoral declaró: PROCEDENTE la medida cautelar solicitada, en consecuencia, ORDENÓ al Comando Político Nacional provisionalmente suspendido en sus funciones, realizar de forma inmediata la entrega del inmueble que sirve de sede nacional de Movimiento Electoral del Pueblo (M.E.P.) a los integrantes de la directiva designada mediante decreto de amparo cautelar contenido en sentencia número 155 del 16 de julio de 2015, hasta que se dicte sentencia definitiva en la causa principal. Ponente Magistrada INDIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 6.

 

26.- Expediente N° AA70-E-2015-000026: ALEXIS GUTIÉRREZ interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la vía de hecho en la que ha incurrido la Dirección Política Nacional de la organización con fines políticos COPEI PARTIDO POPULAR, materializada a través de la Asamblea Extraordinaria celebrada en fecha 10 de noviembre de 2014 en la sede nacional del partido político COPEI y recogida en el Acta N° 99, a través de la cual fue sustituido del cargo de Presidente de esa organización política para el estado Yaracuy. La Sala Electoral declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente Magistrada INDIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 7.

 

27.- Expediente N° AA70-E-2015-000136: LUIS EMIRO ROSALES MEDINA, JORGE NAVA, JORGE DOMÍNGUEZ ISEA, JAIRO SÁNCHEZ LEAL y Otros, contra las "…ACTAS DE ASAMBLEAS PARCIAL (sic) DE ASOCIADOS DE FECHAS 24, 25 Y 26 DE ABRIL DE 2.013…" de la CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL RAFAEL MARÍA BARALT (CAPREUNERMB). Oficio N° 6347-532-2015 de fecha 22 de octubre de 2015, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor del Municipio Cabimas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual se remitió tres piezas principales y un (1) cuaderno de medida cautelar. La Sala Electoral declaró: 1. SU COMPETENCIA para conocer la "demanda de nulidad de actas

 

de asamblea interpuesta conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada", 2.- ANULÓ las sentencias dictadas por el Juez Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, 3.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto, 4.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, en consecuencia SUSPENDIÓ los efectos de la convocatoria publicada en el "DIARIO EL REGIONAL", así como las subsecuentes Actas de Asambleas de CAPREUNERMB de fechas  24, 25, 26 y 29 de abril de 2013 así como de los actos subsiguientes constituidos por la convocatoria de fecha 15 y 24 de mayo de 2013 y el acto de votación para elegir autoridades pautado para el 5 de junio de 2013, hasta sentencia definitiva en la presente causas y 5.- INOFICIOSO, el pronunciamiento sobre la medida cautelar innominada. Ponente Magistrada INDIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 8.

 

28.- Expediente N° AA70-E-2015-000028: PEDRO URRIETA FIGUEREDO  interpone recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la vía de hecho en la que ha incurrido la Dirección Política Nacional de la organización con fines políticos COPEI PARTIDO POPULAR, materializada a través de la Asamblea Extraordinaria celebrada en fecha 10 de noviembre de 2014 en la sede nacional del partido político COPEI y recogida en el Acta N° 99, a través de la cual fue sustituido del cargo de Presidente de esa organización política para el estado Delta Amacuro. La Sala Electoral declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. Ponente Magistrado MALAQUIAS GIL RODRIGUEZ. Sentencia N° 9.

 

29.- Expediente N° AA70-E-2015-000040: ANA JOSEFINA VELÁSQUEZ RIVAS, DARWIN ANTHONY HERRERA y WILLIAMS WALDEMAR GONZÁLEZ LUQUEZ, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar contra el acta dictada el 10 de noviembre de 2014 y el oficio N° SCA-DL-3176, de fecha 11 de noviembre de 2014 emanados de la Superintendencia de Caja de Ahorros ente adscrito al Ministerio del Poder popular para Economía, Finanzas y Banca Pública de la República Bolivariana de Venezuela. (Remitido mediante Oficio N° 2015-3221, de fecha 27 de abril de 2015, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Expediente N° AP42-G-2014-000378). La Sala Electoral declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. Ponente Magistrado MALAQUIAS GIL RODRIGUEZ. Sentencia N° 10.

 

30.- Expediente N° AA70-E-2015-000068: Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua remitió recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos ADELIS GÓMEZ, PEDRO SÁNCHEZ y PEDRO CÁRDENAS ZAMUDIO, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.304.609, 7.230.119 y 1.125.032, respectivamente, el último inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.315, actuando en nombre propio y asistiendo a los dos primeros, contra la Resolución N° 150414-073, de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, la cual resolvió: “declarar nula la Asamblea Nacional celebrada en la ciudad de Maracay, Estado Aragua, en fecha 31 de mayo de 2014, así como todas las decisiones adoptadas en la misma, y las actuaciones posteriores realizadas por el ciudadano PEDRO CARDENAS ZAMUDIO, arrogándose el carácter de Secretario General Nacional de la organización con fines políticos UNIÓN REPÚBLICANA DEMOCRÁTICA(U.R.D.). SEGUNDO: Ratificar las autoridades Electas en la Décimo Séptima (XVII) Asamblea Nacional realizada en fecha 29 de julio de 2006 con las sustituciones efectuadas posteriormente a causa del fallecimiento de alguno de sus

 

titulares…”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N°769 -2015, de fecha 27 de mayo de 2015). (1 Pieza). La Sala Electoral declaró: HOMOLOGADO el desistimiento de la acción y del procedimiento. Ponente Magistrada FANNY MARQUEZ CORDERO. Sentencia N° 11.

 

31.- Expediente N° AA70-E-2015-000112: JAIRO JOSÉ IDROGO, titular de la cédula de identidad N° 8.937.433, asistido por el abogado César Augusto Arias Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.479, interpone recurso contencioso electoral contra el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, en la persona de su Presidenta, ciudadana TIBISAY LUCENA RAMÍREZ, por la OMISIÓN, en que incurrió el PODER ELECTORAL "al no realizar ejecutar la sentencia de fecha 10 de julio de 2006, emanada del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, que anuló el acto mediante el cual fue destituido recurrente del catgo de Director de Inspecciones de la Fiscalía General de Cedulación (hoy Oficina Nacional de Supervisión del Registro Civil e Identificación)". La Sala Electoral declaró: PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud, SEGUNDO: Se ORDENÓ la remisión del expediente al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines legales consiguientes. Ponente Magistrado CHRISTIAN TYRONE ZERPA. Sentencia N° 12.

 

32.- Expediente N° AA70-E-2016-000012: La abogada Nancy Cadenas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 52.450, invocando el carácter de "apoderada" de la Asamblea de Trabajadores EMBUTIDOS GODI, CA., Y AFILIADOS AL SINDICATO PROFESIONAL BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA DEDICADA AL PROCESO DE LA CARNE, ELABORACIÓN DE EMBUTIDOS, DISTRIBUIDORAS, CONEXOS, AFINES Y SUS SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO, interpone solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del referido Sindicato. La Sala Electoral declaró: 1.-SU COMPETENCIA para decidir la solicitud de convocatoria a elecciones sindicales solicitada, 2.-Se ADMITIÓ la solicitud de convocatoria a elecciones sindicales, 3.- Se ACORDÓ tramitar la misma conforme a las previsiones procesales aplicables a las acciones de amparo constitucional, según el procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 1 de febrero de 2000 y 4.- Se ORDENÓ la citación a la parte presuntamente agraviante, como lo es la actual Junta Directiva del SINDICATO PROFESIONAL BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS DEDICADAS AL PROCESO DE LA CARNE, ELABORACIÓN DE EMBUTIDOS, DISTRIBUIDORAS, CONEXOS, AFINES Y SUS SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO, así como la notificación del Ministerio Público. Ponente Magistrado CHRISTIAN TYRONE ZERPA. Sentencia N° 13.

 

33.- Expediente N° AA70-X-2016-000002: El abogado Lubin Aguirre, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.024, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano STEFANO FERRARI GRANCINI, titular de la cédula de identidad N° 7.078.750 y asistiendo al ciudadano FRANCESCO CARROCCIO, titular de la cédula de identidad N° 7.087.921 (parte recurrente),  solicitó "la revocación de la Sentencia N° 174 de fecha 05 de agosto de 2015, y un nuevo pronunciamiento sobre la medida de amparo cautelar solicitada". La Sala Electoral declaró: INADMISIBLE la solicitud de revocación de la sentencia número 174 de esta Sala Electoral, de fecha 5 de agosto de 2015, no por falta de requisito de admisibilidad sino porque la misma no puede ser revisada, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Ponente Magistrada JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO. Sentencia N° 14.

 

La Presidenta,

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria (E),

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

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