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Sala Electoral
  • Fecha: 26 de Julio de 2016





CUENTA N° 89

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2016-000053: Los ciudadanos JESÚS AQUILES PAEZ MENDOZA y JOHAN ANTONIO CASTILLO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 9.844.099 y 25.160.105, respectivamente, aludiendo su condición de entrenador y jugador de futbol campo, respectivamente, asistidos por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los procesos electorales para la elección de los representantes de los Jugadores, Entrenadores y Árbitros ante la Asamblea General de la Asociación de Fútbol del estado Portuguesa y el representante de los Jugadores ante la Federación Venezolana de Fútbol (FVF), cuyo acto de votación se fijó para el día del 28 de julio del año 2016.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

2.- Expediente N° AA70-E-2016-000053: Los ciudadanos JESÚS AQUILES PAEZ MENDOZA y JOHAN ANTONIO CASTILLO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 9.844.099 y 25.160.105, respectivamente, aludiendo su condición de entrenador y jugador de futbol campo, respectivamente,  asistidos por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los procesos electorales para la elección de los representantes de los Jugadores, Entrenadores y Árbitros ante la Asamblea General de la Asociación de Fútbol del estado Portuguesa y el representante de los Jugadores ante la Federación Venezolana de Fútbol (FVF), cuyo acto de votación se fijó para el día del 28 de julio del año 2016.

 

Se acordó solicitar a la Comisión Electoral de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO PORTUGUESA, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, más el término de distancia de cinco (05) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación. Se libró Oficio N° 16-526. Igualmente, se designó ponente a la Magistrada JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO, a quien se le remitió el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar. Finalmente, se comisionó al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa (Distribuidor), a los fines de notificar a la Comisión Electoral de la referida Asociación.

 

ACTUACIÓN EN:

 

3.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

 

Se acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.

4.- Expediente N° AA70-E-2014-000029: ZULAIMA DE LAS MERCEDES ARRIECHE, IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS ELEAZAR COLLS MORENO, NORMA ALIDA AGUILAR AGUIRRE, MIRIAM JOSEFINA OJEDA RODRÍGUEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ RINCONES,  CÉSAR ROCCA  y GIOVANNA CIPOLLA BENEVENTO, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución  N° 120726-0424 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 26 de julio de 2012, y publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012.

Se dejó sin efecto la comisión librada en fecha 14 de julio de 2016 al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor).

5.- Expediente N° AA70-E-2015-000076: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar, por los ciudadanos JOSÉ LUIS CEDEÑO y ULISES MARTÍNEZ titulares de la cedula de identidad Nos. 8.234.299, 8.532.495, respectivamente, asistidos por el abogado LUIS BELTRÁN CALDERON MEJÍAS, titular de la cédula de identidad N°3.957.930 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.15.475, quien igualmente actúa en nombre propio, contra la Mesa de la Unidad Democrática (M.U.D.), respecto a la elección de los candidatos a diputados a la Asamblea Nacional por el estado Anzoátegui. Remitido mediante Oficio N° 15-0628, de fecha 11 de junio de 2015. Expediente N° AA50-T-2015-000291. (Nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza).

Por recibido oficio N° 3580-211 de fecha 23 de octubre de 2015, emanado del Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 20 de julio de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

6.- Expediente N° AA70-E-2016-000016: FRANCISCO ANTONIO QUINTERO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.000.184, invocando la condición de asociado y candidato a Presidente del Consejo de Administración de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO (CAIUTET), asistido por el abogado José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral que rige el proceso electoral para elegir los miembros del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Delegados, Principales y Suplentes de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO (CAIUTET), periodo 2015-2018, cuyo acto de votación está pautado para el día 02 de marzo de 2016.

Por recibido oficio N° 2.016/194 de fecha 22 de junio de 2016, emanado del Juzgado Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas de Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal, y Escuque de la Circunscripción del estado Trujillo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 1° de marzo de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

7.- Expediente N° AA70-E-2016-000016: FRANCISCO ANTONIO QUINTERO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.000.184, invocando la condición de asociado y candidato a Presidente del Consejo de Administración de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO (CAIUTET), asistido por el abogado José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral que rige el proceso electoral para elegir los miembros del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Delegados, Principales y Suplentes de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO (CAIUTET), periodo 2015-2018, cuyo acto de votación está pautado para el día 02 de marzo de 2016.

Por recibido oficio N° 2.016/195 de fecha 22 de junio de 2016, emanado del Juzgado Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas de Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal, y Escuque de la Circunscripción del estado Trujillo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 1° de marzo de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

8.- Expediente N° AA70-E-2016-000016: FRANCISCO ANTONIO QUINTERO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.000.184, invocando la condición de asociado y candidato a Presidente del Consejo de Administración de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO (CAIUTET), asistido por el abogado José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.576, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral que rige el proceso electoral para elegir los miembros del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Delegados, Principales y Suplentes de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO (CAIUTET), periodo 2015-2018, cuyo acto de votación está pautado para el día 02 de marzo de 2016.

Por recibido oficio N° 2.016/196 de fecha 22 de junio de 2016, emanado del Juzgado Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas de Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal, y Escuque de la Circunscripción del estado Trujillo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 1° de marzo de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

9.- Expediente N° AA70-E-2016-000049: Los ciudadanos OMAR ANTONIO GERVEZ CORDERO, FISER ALFONZO ARIAS SEGOVIA y LARRY JOSE SPLUGA PADRÓN, titulares de la cédula de identidad N° 7.733.529, 5.176.413 y 10.089.401, respectivamente, los dos primeros invocando el carácter de Tesorero y Secretario, respectivamente, del Consejo de Administración y el tercero invocando el carácter de Presidente del Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorros de la Sociedad Mutua de Préstamos de Tía Juana (CASMUP-TIA JUANA), asistidos por la abogada Magdony León Arayan, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.119, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para la elección de los miembros principales y suplentes de los Consejos de Administración y Vigilancia de la precitada Caja de Ahorros, para el periodo 2016-2019, cuyo acto de votación está fijado para el día 27 de junio de 2016.

Por recibido oficio N° 00153 de fecha 20 de julio de 2016, emanado del Juzgado Segundo Ordinario y  Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción del estado Zulia, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 22 de junio de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

10.- Expediente N° AA70-E-2016-000049: Los ciudadanos OMAR ANTONIO GERVEZ CORDERO, FISER ALFONZO ARIAS SEGOVIA y LARRY JOSE SPLUGA PADRÓN, titulares de la cédula de identidad N° 7.733.529, 5.176.413 y 10.089.401, respectivamente, los dos primeros invocando el carácter de Tesorero y Secretario, respectivamente, del Consejo de Administración y el tercero invocando el carácter de Presidente del Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorros de la Sociedad Mutua de Préstamos de Tía Juana (CASMUP-TIA JUANA), asistidos por la abogada Magdony León Arayan, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.119, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para la elección de los miembros principales y suplentes de los Consejos de Administración y Vigilancia de la precitada Caja de Ahorros, para el periodo 2016-2019, cuyo acto de votación está fijado para el día 27 de junio de 2016.

Por recibido oficio N° 00154 de fecha 20 de julio de 2016, emanado del Juzgado Segundo Ordinario y  Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción del estado Zulia, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 22 de junio de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

ESCRITO PRESENTADO EN:

11.- Expediente N° AA70-E-2016-000049: Los ciudadanos OMAR ANTONIO GERVEZ CORDERO, FISER ALFONZO ARIAS SEGOVIA y LARRY JOSE SPLUGA PADRÓN, titulares de la cédula de identidad N° 7.733.529, 5.176.413 y 10.089.401, respectivamente, los dos primeros invocando el carácter de Tesorero y Secretario, respectivamente, del Consejo de Administración y el tercero invocando el carácter de Presidente del Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorros de la Sociedad Mutua de Préstamos de Tía Juana (CASMUP-TIA JUANA), asistidos por la abogada Magdony León Arayan, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.119, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para la elección de los miembros principales y suplentes de los Consejos de Administración y Vigilancia de la precitada Caja de Ahorros, para el periodo 2016-2019, cuyo acto de votación está fijado para el día 27 de junio de 2016.

La abogada ZAINE ACOSTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 132.928, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrida, presentó escrito de oposición a la cautelar acordada mediante sentencia N° 89 de fecha 22 de junio de 2016.

12.- Expediente N° AA70-E-2015-000101: IVÁN SULBARÁN, JOSÉ LEAL, RENNY MEDINA y JOSÉ CASTELLANI, titulares de la cédula de identidad N° 15.720.958, 9.753.273, 15.058.379 y 12.212.105, respectivamente, asistidos por la abogada Yuleisis Velásquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.470, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del Sindicato de los Trabajadores y Trabajadoras de la Empresa “Molinos Nacionales C.A.” (SINTRAMONACA).

El abogado EVERETT JOSÉ SALAZAR BOSSIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.295, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, consignó escrito mediante la cual solicitó el sea declarado el desacato de la sentencia N° 66 dictada por esta Sala Electoral en fecha 31 de mayo de 2016. Asimismo, planteó solicitud de medida cautelar.

 

DILIGENCIA EN:

 

13.- Expediente N° AA70-E-2016-000053: Los ciudadanos JESÚS AQUILES PAEZ MENDOZA y JOHAN ANTONIO CASTILLO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 9.844.099 y 25.160.105, respectivamente, aludiendo su condición de entrenador y jugador de futbol campo, respectivamente,  asistidos por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los procesos electorales para la elección de los representantes de los Jugadores, Entrenadores y Árbitros ante la Asamblea General de la Asociación de Fútbol del estado Portuguesa y el representante de los Jugadores ante la Federación Venezolana de Fútbol (FVF), cuyo acto de votación se fijó para el día del 28 de julio del año 2016.

 

Los ciudadanos JESÚS AQUILES PAEZ MENDOZA y JOHAN ANTONIO CASTILLO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 9.844.099 y 25.160.105, respectivamente, aludiendo su condición de entrenador y jugador de futbol campo, respectivamente (parte recurrente),  asistidos por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, presentaron diligencia mediante la cual otorgaron poder Apud Acta al abogado asistente.

14.- Expediente N° AA70-E-2015-000141: El ciudadano NESTOR FRANCISCO LEON HEREDIA, asistido por el Abogado Rafael Puertas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 02, DEL ESTADO YARACUY...".

El ciudadano NESTOR LEÓN HEREDIA, titular de la cédula de identidad N° 3.515.739, en su carácter de parte recurrente, asistido por el abogado Richard Apolonio Aponte, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 171.105, presentó diligencia mediante la  cual consignó la página 2-8 del Diario "El Universal" de fecha 26 de julio de 2016, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento.

15.- Expediente N° AA70-E-2015-000141: El ciudadano NESTOR FRANCISCO LEON HEREDIA, asistido por el Abogado Rafael Puertas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 02, DEL ESTADO YARACUY...".

El ciudadano NESTOR LEÓN HEREDIA, titular de la cédula de identidad N° 3.515.739, en su carácter de parte recurrente, asistido por el abogado Richard Apolonio Aponte, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 171.105, presentó diligencia mediante la cual confirió poder Apud Acta al abogado Rafael Puertas, inscrito en el Inpreabogado  bajo el N° 49.393 y al abogado asistente.

16.- Expediente N° AA70-E-2014-000029: ZULAIMA DE LAS MERCEDES ARRIECHE, IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS ELEAZAR COLLS MORENO, NORMA ALIDA AGUILAR AGUIRRE, MIRIAM JOSEFINA OJEDA RODRÍGUEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ RINCONES,  CÉSAR ROCCA  y GIOVANNA CIPOLLA BENEVENTO, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución  N° 120726-0424 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 26 de julio de 2012, y publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012.

El ciudadano Alguacil consignó la comisión de fecha 14 de julio de 2016, librada al ciudadano Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), en razón del Auto de fecha 26-07-2016 que la dejó sin efecto.

17.- Expediente N° AA70-E-2014-000029: ZULAIMA DE LAS MERCEDES ARRIECHE, IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS ELEAZAR COLLS MORENO, NORMA ALIDA AGUILAR AGUIRRE, MIRIAM JOSEFINA OJEDA RODRÍGUEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ RINCONES,  CÉSAR ROCCA  y GIOVANNA CIPOLLA BENEVENTO, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución  N° 120726-0424 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 26 de julio de 2012, y publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 14-320, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 58 de fecha 21-04-2016.

18.- Expediente N° AA70-E-2015-000101: IVÁN SULBARÁN, JOSÉ LEAL, RENNY MEDINA y JOSÉ CASTELLANI, titulares de la cédula de identidad N° 15.720.958, 9.753.273, 15.058.379 y 12.212.105, respectivamente, asistidos por la abogada Yuleisis Velásquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.470, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del Sindicato de los Trabajadores y Trabajadoras de la Empresa “Molinos Nacionales C.A.” (SINTRAMONACA).

El abogado EVERETT JOSÉ SALAZAR BOSSIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.295, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, consignó diligencia mediante la cual retiró cuatro (04) juegos de copias certificadas.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

AUDIENCIA EN:

19.- Expediente N° AA70-E-2015-000118: MARIA HELENA JONES RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.374.232, invocando el carácter de personal docente ordinario adscrita al Instituto Pedagógico Rural El Mácaro y afiliada a la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), asistida por el abogado Isidro Soler Badell, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.295, mediante el cual interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), en relación con el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Asociación, período 2015-2018.

Abierto el acto, se dejó constancia de que se encontraban presentes, por la parte accionante la ciudadana María Helena Jones Rodríguez, titular de la cédula de identidad número 6.374.232, asistida por el abogado Carlos Campos, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 13.827; por la parte pretendidamente agraviante el abogado Freddy Pérez, actuando como apoderado judicial e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 90.337, igualmente la ciudadana Pastora María Carvajal de Limongi, titular de la cédula de identidad número 2.105.566, en su carácter de Presidenta de la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), así como el ciudadano Luis Antonio Argüelles Quero, titular de la cédula de identidad número 12.509.702, en su carácter de Vicepresidente de la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL). Asimismo, se dejó constancia de que se encontraba presente la abogada Roxana Orihuela, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 46.907, Fiscal Séptima y representante del Ministerio Público designada para actuar ante la Sala Electoral. Seguidamente el Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ realizó una pregunta y posteriormente los Magistrados miembros de la Sala se retiraron a deliberar. Culminada ésta y vistas las actas que integran el expediente, una vez oída la exposición efectuada por las partes, la Presidenta de la Sala Electoral leyó la decisión, la cual quedó fijada en los siguientes términos: Vistas la actas que integran el expediente y oída la exposición efectuada por las partes y la representante del Ministerio Público, esta Sala a los fines de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acordó diferir la presente audiencia constitucional para el día martes 02 de agosto de 2016, a las nueve y media de la mañana (9:30 a.m.).

20.- Expediente N° AA70-E-2015-000118: MARIA HELENA JONES RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.374.232, invocando el carácter de personal docente ordinario adscrita al Instituto Pedagógico Rural El Mácaro y afiliada a la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), asistida por el abogado Isidro Soler Badell, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.295, mediante el cual interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), en relación con el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Asociación, período 2015-2018.

Se dejó constancia que se agregó al expediente, disco compacto contentivo de la audiencia constitucional.

21.- Expediente N° AA70-E-2015-000119: BLANCA TERÁN DE ARRIETA, titular de la cédula de identidad N° 4.065.295, invocando el carácter de personal docente ordinario adscrita al Instituto Pedagógico Luis Beltrán Prieto Figueroa, con sede en Barquisimeto y afiliada a la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), asistida por el abogado Carlos Campos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.827, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), en relación con el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Asociación, período 2015-2018, en el estado Lara.

Abierto el acto, se dejó constancia de que se encontraban presentes, por la parte accionante la ciudadana Blanca Elena Terán Arrieta, titular de la cédula de identidad número 4.065.295, asistida por el abogado Carlos Campos, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 13.827, en su carácter de apoderado judicial; por la parte pretendidamente agraviante el abogado Freddy Pérez, actuando como apoderado judicial e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 90.337, igualmente la ciudadana Pastora María Carvajal de Limongi, titular de la cédula de identidad número 2.105.566, en su carácter de Presidenta de la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), así como el ciudadano Luis Antonio Argüelles Quero, titular de la cédula de identidad número 12.509.702, en su carácter de Vicepresidente de la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL). Asimismo, se dejó constancia de que se encontraba presente el abogado Luis Marcano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 112.711, Fiscal Octavo y representante del Ministerio Público designado para actuar ante la Sala Electoral. Posteriormente, el Vicepresidente de la Sala comunicó a las partes del tiempo que disponían para efectuar sus exposiciones, concediéndoles el derecho de palabra a ambas y al Ministerio Público, tras lo cual expusieron los alegatos concernientes al amparo constitucional ejercido. Vistas las actas que integran el expediente y oída la exposición efectuada por las partes y el representante del Ministerio Público, y tomando en cuenta las pruebas consignadas por la parte agraviante en la oportunidad en que realizó la audiencia constitucional, esta Sala a los fines de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda diferir la presente audiencia constitucional para el día martes 02 de agosto de 2016, a las diez de la mañana (10:00 a.m.).

22.- Expediente N° AA70-E-2015-000119: BLANCA TERÁN DE ARRIETA, titular de la cédula de identidad N° 4.065.295, invocando el carácter de personal docente ordinario adscrita al Instituto Pedagógico Luis Beltrán Prieto Figueroa, con sede en Barquisimeto y afiliada a la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), asistida por el abogado Carlos Campos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.827, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), en relación con el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Asociación, período 2015-2018, en el estado Lara.

Se dejó constancia que se agregó al expediente, disco compacto contentivo de la audiencia constitucional.

ACTUACIÓN EN:

23.- Expediente N° AA70-E-2015-000118: MARIA HELENA JONES RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.374.232, invocando el carácter de personal docente ordinario adscrita al Instituto Pedagógico Rural El Mácaro y afiliada a la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), asistida por el abogado Isidro Soler Badell, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.295, mediante el cual interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), en relación con el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Asociación, período 2015-2018.

Se agregó al expediente, recaudos consignados en la Audiencia Constitucional por la ciudadana  MARIA HELENA JONES RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.374.232, asistida por el abogado Carlos Campos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.827, parte accionante.

24.- Expediente N° AA70-E-2015-000118: MARIA HELENA JONES RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.374.232, invocando el carácter de personal docente ordinario adscrita al Instituto Pedagógico Rural El Mácaro y afiliada a la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), asistida por el abogado Isidro Soler Badell, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.295, mediante el cual interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), en relación con el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Asociación, período 2015-2018.

Se agregó al expediente, escrito consignado en la Audiencia Constitucional por el abogado Freddy José Pérez Mogollón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.337, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PASTORA CARVAJAL DE LIMONGI, titular de la cédula de identidad N° 2.105.556, en su carácter de Presidenta de la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), parte accionada.

25.- Expediente N° AA70-E-2015-000119: BLANCA TERÁN DE ARRIETA, titular de la cédula de identidad N° 4.065.295, invocando el carácter de personal docente ordinario adscrita al Instituto Pedagógico Luis Beltrán Prieto Figueroa, con sede en Barquisimeto y afiliada a la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), asistida por el abogado Carlos Campos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.827, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), en relación con el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Asociación, período 2015-2018, en el estado Lara.

Se agregó al expediente, escrito consignado en la Audiencia Constitucional por el abogado Freddy José Pérez Mogollón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.337, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana PASTORA CARVAJAL DE LIMONGI, titular de la cédula de identidad N° 2.105.556, en su carácter de Presidenta de la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), parte accionada.

DILIGENCIA EN:

26.- Expediente N° AA70-E-2015-000118: MARIA HELENA JONES RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.374.232, invocando el carácter de personal docente ordinario adscrita al Instituto Pedagógico Rural El Mácaro y afiliada a la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), asistida por el abogado Isidro Soler Badell, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.295, mediante el cual interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), en relación con el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Asociación, período 2015-2018.

La ciudadana PASTORA CARVAJAL DE LIMONGI, titular de la cédula de identidad N° 2.105.556, en su carácter de Presidenta de la Comisión Electoral Nacional De La Asociación De Profesores De La Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), parte accionada, asistida por el abogado Freddy José Pérez Mogollón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.337, presentó diligencia mediante la cual otorgó poder Apud Acta al abogado asistente.

27.- Expediente N° AA70-E-2015-000119: BLANCA TERÁN DE ARRIETA, titular de la cédula de identidad N° 4.065.295, invocando el carácter de personal docente ordinario adscrita al Instituto Pedagógico Luis Beltrán Prieto Figueroa, con sede en Barquisimeto y afiliada a la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), asistida por el abogado Carlos Campos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.827, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), en relación con el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Asociación, período 2015-2018, en el estado Lara.

La ciudadana PASTORA CARVAJAL DE LIMONGI, titular de la cédula de identidad N° 2.105.556, en su carácter de Presidenta de la Comisión Electoral Nacional De La Asociación De Profesores De La Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), parte accionada, asistida por el abogado Freddy José Pérez Mogollón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.337, presentó diligencia mediante la cual otorgó poder Apud Acta al abogado asistente.

SENTENCIA

 

28.- Expediente N° AA70-E-2014-000110: Iván Castillo Santaella, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 169.018, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JULIO PARRA, JOSÉ DÁVILA y ALFREDO RANGEL, titulares de la cédula de identidad N° 8.040.286, 9.084.800 y 8.021.448, respectivamente, interpone solicitud de convocatoria a elecciones sindicales contra la Junta Directiva del SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES DE LA ALCALDÍA RANGEL DEL ESTADO MÉRIDA (SUTAREM). La Sala declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada por el abogado Iván Castillo Santaella, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 169.018, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JULIO CÉSAR PARRA PARRA, JOSÉ GERARDO DÁVILA RANGEL y ALFREDO RANGEL CASTILLO, ya identificados, en su carácter de afiliados al SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES DE LA ALCALDÍA RANGEL DEL ESTADO MÉRIDA (SUTAREM), respecto a la elección de los miembros de la Junta Directiva del referido Sindicato y 2.- En consecuencia, SE ORDENÓ a la actual Junta Directiva del Sindicato Unitario de Trabajadores de la Alcaldía Rangel del Estado Mérida (SUTAREM) que, dentro de los tres (03) días siguientes a que conste en autos su notificación, proceda a la convocatoria a la Asamblea General de Trabajadores afiliados  a fin de elegir la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso electoral para la renovación de las autoridades en el referido sindicato, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales, aprobadas por el Consejo Nacional Electoral mediante Resolución N° 091113-0511 de fecha 13 de noviembre de 2009, publicadas en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 514 de fecha 21 de enero de 2010 y de la reforma contenida en la Resolución N° 1201119-003 de fecha 19 de enero de 2012. Ponente: Magistrada Ponente JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO. Sentencia N° 104.

 

La Presidenta,

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria,

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

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