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CUENTA N° 123
ACTUACIÓN EN:
1.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.
Se ordenó comisionar al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas (Distribuidor), a los fines de la evacuación de las posiciones juradas y de las testimoniales admitidas en fecha 06 de octubre de 2016. Se libró despacho y oficio.
2.- Expediente N° AA70-E-2016-0000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.
Por recibido oficio N° 16-0691 de fecha 27 de octubre de 2016, emanado de la Coordinación del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, anexo al cual remitió la comisión signada con el N° AP31-C-2016-001547, proveniente del Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
3.- Expediente N° AA70-E-2016-000034: IBRAIM IGLESIAS y JOSÉ FRANCISCO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 6.168.711 y 4.304.003 respectivamente, actuando en su carácter de Socios Propietarios de las Acciones Nos. 3657 y 2849 respectivamente, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, candidatos a la Presidencia, Vicepresidencia, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos para el periodo 2016-2018.
Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos los ciudadanos PEDRO ALCALÁ, MARCO BRITO, ANA VARELA, ELÍAS HERRERA, ALEXIS GARCÍA, FERNANDO BOLÍVAR, MARA VALLENILLA, ÁLVARO ANDRADE, JESÚS MANZANO, MAURO BOLÍVAR, LUIS LLOVERA, FRANCISCO CORREDOR, JENNY GONCALVES, FREDDY TORREALBA y MIGDALIA MÁRQUEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 97 dictada en fecha 30 de junio de 2016.
4.- Expediente N° AA70-E-2013-000014: Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos JULIO HERRERA, HERIBERTO MONTES y WILSON GARCÍA, titulares de la cédula de identidad N° 7.081.365, 11.198.316 y 15.167.196, respectivamente, asistidos por el abogado José Antonio Soteldo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.213, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° F-3197, de fecha 27 de abril de 2012, dictada por el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA PLANIFICACIÓN Y FINANZAS, respecto a la Caja de Ahorro y Bienestar Social del Personal de la Policía del estado Carabobo. Oficio N° 0438 de fecha 25 de febrero de 2013. Remitiendo Expediente N° AA40-A-2012-001630. (Nomenclatura de esa Sala Político Administrativa (1 pieza).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-431, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la el auto de fecha 21-07-2015.
5.- Expediente N° AA70-E-2016-000080: La ciudadana MARIANELLA GENATIOS SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 5.538.790, aludiendo la cualidad de Presidente y representante legal del Colegio de Arquitectos de Venezuela (CAV), asistida por el abogado Alex Francisco Muñoz, inscrito en el Inpreabogado N° 13.385, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión del acto de votación previsto en el cronograma electoral y contra el presunto silencio administrativo negativo en el cual incurrió el Consejo Nacional Electoral (CNE), respecto al oportuno pronunciamiento sobre la admisión y sustanciación del procedimiento de impugnación contra los actos electorales emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Arquitectos de Venezuela para la elección de las autoridades correspondientes al periodo 2016-2018.
Vista la Sentencia N° 148 dictada en fecha 27-10-2016, se acordó notificar a la ciudadana Marianella Genatios Sequera (parte recurrente), al Consejo Nacional Electoral (CNE) y a la Comisión Electoral del Colegio de Arquitectos de Venezuela. Así mismo, se acordó notificar a la Junta Directiva Nacional, al Tribunal Disciplinario y a la Asamblea de Representantes del Colegio de Arquitectos de Venezuela. Igualmente, se ordenó la notificación del Ministerio Público. Se libró boleta y oficios Nros. 16-686, 16-687, 16-688, 16-689, 16-690 y 16-691, respectivamente. Finalmente, se acordó la notificación de las filiales del Colegio de Arquitectos de Venezuela y visto que no consta domicilio procesal alguno se acordó librar carteles a las Sedes Regionales del Gremio de Arquitectos de los Estados Mérida, Carabobo, Zulia y Aragua.
6.- Expediente N° AA70-E-2015-000016: Los abogados MARCOS PORRAS ANDRADE y HÉCTOR JOSÉ PIETRI, titulares de la cédula de identidad N° 2.743.934 y 530.281 e inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 59.296 y 17.034, todo respectivamente, actuando en su propio nombre como miembros del Instituto de Oficiales en Situación de Retiro de la Fuerzas Armadas Nacionales Bolivarianas, interpusieron recurso de interpretación respecto al artículo 8 de la Ley vigente del Instituto de Oficiales en Situación de Retiro de las Fuerzas Armadas Nacionales Bolivarianas.
Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos MARCOS PORRAS ANDRADE y HÉCTOR JOSÉ PIETRI, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 128 dictada en fecha 1° de julio de 2015.
ESCRITO PRESENTADO EN:
7.- Expediente N° AA70-E-2016-000039: El abogado Juan Simón Gandica Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 1.293, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUCIO WASHINGTON BIANCHINI TOPPETA, titular de la cédula de identidad N° 5.534.005, invocando la condición de socio del Centro Italiano Venezolano A. C., interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los actos y omisiones de la Comisión Electoral del Centro Italiano Venezolano, A.C., relacionada con el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisarios de la referida Asociación, período 2016-2018, el cual culminó el día 10 de abril del año 2016.
El abogado Antonio Bello Lozano Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.957, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANDRÉS PERILLO, GIUSEPPE MÓNACO y CATERINA PROFERA, titulares de la cédula de identidad N° 6.914.278, 12.420.034 y 7.922.054, integrantes de la Comisión Electoral de la Asociación Civil CENTRO ITALIANO VENEZOLANO, parte accionada, presentó escrito mediante el cual solicitó se declare sin lugar el recurso contencioso electoral.
8.- Expediente N° AA70-E-2016-000039: El abogado Juan Simón Gandica Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 1.293, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUCIO WASHINGTON BIANCHINI TOPPETA, titular de la cédula de identidad N° 5.534.005, invocando la condición de socio del Centro Italiano Venezolano A. C., interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los actos y omisiones de la Comisión Electoral del Centro Italiano Venezolano, A.C., relacionada con el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisarios de la referida Asociación, período 2016-2018, el cual culminó el día 10 de abril del año 2016.
El abogado Antonio Bello Lozano Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.957, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil Centro Italiano Venezolano, presentó escrito de alegatos.
9.- Expediente N° AA70-E-2016-000059: Por recibido en fecha 08 de agosto de 2016 Oficio N° 2680 de fecha 02 de agosto de 2016, emanado de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, anexo al cual remite expediente contentivo del recurso de interpretación interpuesto por el abogado Ramón Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 146.681, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano OSCAR JOSÉ LUGO ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad N° 3.424.068, "con respecto del contenido y alcance del artículo 95 numeral 9 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal".
El ciudadano ALVARO JOSE LUGO RIVAS, titular de la cédula de identidad número V-16.843.175, actuando en su condición de tercero interviniente adhesivo y/o coadyuvante, debidamente asistido por el Abogado Jesús Orangel García, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 25.697, presentó escrito mediante el cual ratificó su solicitud de que "se avoquen al conocimiento de la presente causa y emitan la decisión respectiva".
DILIGENCIA EN:
10.- Expediente N° AA70-E-2013-000014: Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos JULIO HERRERA, HERIBERTO MONTES y WILSON GARCÍA, titulares de la cédula de identidad N° 7.081.365, 11.198.316 y 15.167.196, respectivamente, asistidos por el abogado José Antonio Soteldo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.213, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° F-3197, de fecha 27 de abril de 2012, dictada por el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA PLANIFICACIÓN Y FINANZAS, respecto a la Caja de Ahorro y Bienestar Social del Personal de la Policía del estado Carabobo. Oficio N° 0438 de fecha 25 de febrero de 2013. Remitiendo Expediente N° AA40-A-2012-001630. (Nomenclatura de esa Sala Político Administrativa (1 pieza).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-431, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la el auto de fecha 21-07-2015.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
ESCRITO PRESENTADO EN:
11.- Expediente N° AA70-E-2016-000068: JOSE RAFAEL FIGUEROA MIRANDA Y LUIS ALFREDO CENTENO GUZMAN, titulares de la cédula de identidad N° 12.030.127 y 8.320.985, respectivamente, actuando en su condición de trabajadores activos y afiliados al SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES DEL PETROLEO, PETROQUIMICO, DEL GAS, MARINOS Y SUS SIMILARES DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, BOLIVAR GUANTA PEÑALVER, BRUZUAL, CAPISTRANO, CARVAJAL, LIBERTAD y PIRITU del estado Anzoátegui (SINUTRAPETROL_PLC), asistidos por la abogada Nancy Cadenas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 52.450, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la negativa de la Comisión Electoral, en cuanto a la postulación de su plancha para participar en el proceso eleccionario para elegir a la nueva estructura organizativa del mencionado Sindicato. Fijada para el día 26 de septiembre de 2016.
Los ciudadanos JOSÉ RAFAEL FIGUEROA MIRANDA y LUIS ALFREDO CENTENO GUZMÁN, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.030.127 y V-8.320.985, en su carácter de afiliados al SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES DEL PETRÓLEO, PETROQUÍMICO, DEL GAS, MARINOS Y SUS SIMILARES DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, BOLÍVAR, GUANTA, PEÑALVER, BRUZUAL, CAPISTRANO, CARVAJAL, LIBERTAD Y PÍRITU DEL ESTADO ANZOÁTEGUI (en lo sucesivo SINUTRAPETROL PLC), en su carácter de accionantes asistidos por la abogada Nancy del Pilar Cárdenas Briceño, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 52.450, presentaron escrito de solicitud de suspensión de la medida cautelar innominada.
SENTENCIA
12.- Expediente N° AA70-E-2016-000080: La ciudadana MARIANELLA GENATIOS SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 5.538.790, aludiendo la cualidad de Presidente y representante legal del Colegio de Arquitectos de Venezuela (CAV), asistida por el abogado Alex Francisco Muñoz, inscrito en el Inpreabogado N° 13.385, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión del acto de votación previsto en el cronograma electoral y contra el presunto silencio administrativo negativo en el cual incurrió el Consejo Nacional Electoral (CNE), respecto al oportuno pronunciamiento sobre la admisión y sustanciación del procedimiento de impugnación contra los actos electorales emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Arquitectos de Venezuela para la elección de las autoridades correspondientes al periodo 2016-2018. La Sala declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 20 de octubre de 2016, conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral. 3.- PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada solicitada, en consecuencia, se SUSPENDIÓ el acto de votación pautado para el día 30 de octubre de 2016, con la finalidad de escoger los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Asamblea de Representantes del Colegio de Arquitectos de Venezuela, para el próximo período de dos (2) años. Magistrado Ponente: MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 148.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
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