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CUENTA N° 140
Lunes veintiocho (28) de noviembre de 2016
ACTUACIÓN EN:
1.- Expediente N° AA70-E-2016-000009: La ciudadana RUMUALDA OLIVO, asistida por el abogado Antonio Callaos Farra, actuando en su condición de candidata por la "Mesa de la Unidad Democrática" a diputada por el circuito 2 del estado Guárico, interpuso recurso contencioso electoral contra las votaciones efectuadas en cincuenta y seis (56) mesas electorales y sus respectivas actas de escrutinios, así como contra los respectivos Actos de totalización, adjudicación y proclamación, emitidos todos con ocasión del proceso de votación efectuado el día 6 de diciembre de 2015.
Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos RAMÓN MAGALLANES, ANA MACHUCA, JOSÉ RANGEL, con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 138 dictada en fecha 05 de octubre de 2016.
2.- Expediente N° AA70-E-2016-000004: El ciudadano ANDRÉS ELOY MENDEZ GONZALEZ, asistido por el abogado Pablo Enrique Paradas, interpuso recurso contencioso electoral en contra de "LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 4 DEL ESTADO FALCÓN.
Visto que el 24 de octubre de 2016, se fijó el día jueves primero (01) de diciembre de 2016, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para que las partes presenten sus informes en forma oral, esta Sala en razón de las ocupaciones inherentes a la Alta Investidura de los Magistrados, acordó diferir la realización del referido acto para una nueva oportunidad.
ESCRITO PRESENTADO EN:
3.- Expediente N° AA70-E-2016-000053: Los ciudadanos JESÚS AQUILES PAEZ MENDOZA y JOHAN ANTONIO CASTILLO MARTINEZ, aludiendo su condición de entrenador y jugador de futbol campo, respectivamente, asistidos por el abogado Antonio Quintero, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los procesos electorales para la elección de los representantes de los Jugadores, Entrenadores y Árbitros ante la Asamblea General de la Asociación de Fútbol del estado Portuguesa y el representante de los Jugadores ante la Federación Venezolana de Fútbol (FVF), cuyo acto de votación se fijó para el día del 28 de julio del año 2016.
La abogada Judith Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 117.720, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ INFANTE APARICIO, titular de la cédula de identidad número V-15.541.220, en su carácter de Presidente (E) del Instituto Nacional de Deportes, presentó escrito mediante el cual consignó "legajo de copias certificadas constante de 319 folios útiles, contentivo del proceso eleccionario reflejado en el acta de asamblea ordinaria de fecha 16 de febrero de 2013 de la Asociación de Fútbol del Estado Portuguesa" .
DILIGENCIA EN:
4.- Expediente N° AA70-E-2016-000053: Los ciudadanos JESÚS AQUILES PAEZ MENDOZA y JOHAN ANTONIO CASTILLO MARTINEZ, aludiendo su condición de entrenador y jugador de futbol campo, respectivamente, asistidos por el abogado Antonio Quintero, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los procesos electorales para la elección de los representantes de los Jugadores, Entrenadores y Árbitros ante la Asamblea General de la Asociación de Fútbol del estado Portuguesa y el representante de los Jugadores ante la Federación Venezolana de Fútbol (FVF), cuyo acto de votación se fijó para el día del 28 de julio del año 2016.
La abogada Judith Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 117.720, presentó diligencia mediante la cual consigna copia simple del poder otorgado a su persona por el ciudadano PEDRO JOSÉ INFANTE APARICIO, titular de la cédula de identidad número V-15.541.220, en su carácter de Presidente (E) del Instituto Nacional de Deportes .
5.- Expediente N° AA70-E-2016-000008: Los ciudadanos CARLOS JAVIER LABRADOR y JOSÉ RAMÓN BOSCAN RUBIO, titulares de la cédula de identidad Nos. 9.353.356 y 7.885.887, respectivamente, aludiendo el carácter de Secretario General de la Organización Sindical SINDICATO TRABAJADORES MARINOS DE LA COSTA ORIENTAL DEL LAGO, ESTADO ZULIA (SITRAMCOL) y Secretario General de la Organización Sindical SINDICATO DE INTEGRACIÓN BOLIVARIANA DEL MAR DE LA EMPRESA PETROLEROS DE VENEZUELA, S.A., (SIMBOMAR PDVSA), respectivamente, asistidos por el abogado Miguel José Villarroel, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 70.517, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de innominada y amparo cautelar contra la convocatoria a Asamblea Sindical Nacional Extraordinaria realizada por la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del Gas, sus similares y derivados de Venezuela, al cual le fue acumulado el expediente AA70-E-2016-000010 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada y amparo cautelar por los ciudadanos JULIO SÁNCHEZ, GAUDY COLINA, DOLORES HERRERA, ROBERT GONZÁLEZ, ÁNGEL CASTILLO, YOINER JOSÉ URRIETA RODRÍGUEZ y MARÍA RODRÍGUEZ titulares de la cédula de identidad N° 5.727.654, 12.863.602, 11.253.974,12.079.782, 13.665.730, 18.074.795 y 11.254.971, respectivamente, invocando la condición de afiliados a la FEDERACIÓN UNITARIA DE TRABAJADORES DEL PETRÓLEO, DEL GAS, SUS SIMILARES y DERIVADOS DE VENEZUELA (FUTPV), asistidos por el abogado José Rafael Rangel Aguiar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 179.267, contra la convocatoria y el proceso de elección de la Comisión Electoral de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del Gas, sus Similares y Derivados de Venezuela (FUTPV), celebrado el día 02 de diciembre de 2015. (Expedientes acumulados NOS. AA70-E-2016-000008 y AA70-E-2016-000010).
La abogada Roxana Orihuela, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.907, Fiscal Séptima del Ministerio Público con competencia para actuar ante esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, presentó diligencia mediante la cual solicitó el diferimiento de la audiencia fijada para el día 29 de noviembre de 2016 en la presente causa.
6.- Expediente N° AA70-E-2013-000076: JESÚS ALBERTO VILLARREAL, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación de Deportes Acuáticos del Distrito Capital, asistido por el abogado Antonio Quintero Viloria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.633, interpuso recurso contencioso electoral a los fines de "IMPUGNAR el proceso electoral finalizado el 11 de agosto de 2013 para la elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor del período 2013-2017 de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE DEPORTES ACUÁTICOS", y solicitar la nulidad del "estatuto de FEVEDA aprobado el 14 de julio de 2013".
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-608, librado al Instituto Nacional de Deporte (I.N.D), de la República Bolivariana de Venezuela, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 131 de fecha 11-08-2016
7.- Expediente N° AA70-E-2013-000076: JESÚS ALBERTO VILLARREAL, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación de Deportes Acuáticos del Distrito Capital, asistido por el abogado Antonio Quintero Viloria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.633, interpuso recurso contencioso electoral a los fines de "IMPUGNAR el proceso electoral finalizado el 11 de agosto de 2013 para la elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor del período 2013-2017 de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE DEPORTES ACUÁTICOS", y solicitar la nulidad del "estatuto de FEVEDA aprobado el 14 de julio de 2013".
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-609, librado al Ministerio del Poder Popular para la Juventud y el Deporte de la República Bolivariana de Venezuela, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 131 de fecha 11-08-2016.
8.- Expediente N° AA70-E-2013-000076: JESÚS ALBERTO VILLARREAL, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación de Deportes Acuáticos del Distrito Capital, asistido por el abogado Antonio Quintero Viloria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.633, interpuso recurso contencioso electoral a los fines de "IMPUGNAR el proceso electoral finalizado el 11 de agosto de 2013 para la elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor del período 2013-2017 de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE DEPORTES ACUÁTICOS", y solicitar la nulidad del "estatuto de FEVEDA aprobado el 14 de julio de 2013".
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-611, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 131 de fecha 11-08-2016.
9.- Expediente N° AA70-E-2013-000076: JESÚS ALBERTO VILLARREAL, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación de Deportes Acuáticos del Distrito Capital, asistido por el abogado Antonio Quintero Viloria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.633, interpuso recurso contencioso electoral a los fines de "IMPUGNAR el proceso electoral finalizado el 11 de agosto de 2013 para la elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor del período 2013-2017 de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE DEPORTES ACUÁTICOS", y solicitar la nulidad del "estatuto de FEVEDA aprobado el 14 de julio de 2013".
El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada al ciudadano Jesús Alberto Villareal, a los fines de notificarle la Sentencia Nº 131 de fecha 11-08-2016.
10.- Expediente N° AA70-E-2016-000036: el ciudadano NERIO GONZÁLEZ, invocando el carácter de asociado y Secretario General de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Gobierno de Carabobo (AJPGC), asistido por el abogado Rhaywal Parra Aguiar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral que organizó el proceso de elección de la Junta Directiva de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Gobierno de Carabobo (AJPGC), período 2016-2019.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-626, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano Nerio González (parte recurrente), a la Comisión Electoral De La Asociación De Jubilados Y Pensionados Del Gobierno De Carabobo (AJPGC) (parte recurrida) y a los ciudadanos Carlos Oswaldo Aranguren, Luis Ramón Reyes, Marcelo Castillo Garrido, Gloria Amaro, Nora Margarita Pérez, Belkys Josefina González, Olisca Del Carmen Calvo, Marcos Carmona, Nellys Reyes, Gladys Ochoa, Lely Machado, Gladys Castillo, María Ortega, Rosa Ivonne Guerrero, José Camacho, Romelia Bermejo, Lesbia González, Betzy Chacón y Carmen Manzanilla, en su carácter de Junta Directiva de la Asociación de Jubilados y Pensionados Del Gobierno De Carabobo (AJPGC), electa para el período 2016-2019, de la de la Sentencia N° 133 de fecha 11 de agosto de 2016.
11.- Expediente N° AA70-E-2015-000049: ZORAIDA MARGARITA SÁNCHEZ REYNA, actuando en nombre propio, en su condición de postulada uninominalmente como candidata para ejercer el cargo de Presidente del Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra los "actos, actuaciones y omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club".
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-606, librado a la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 119 de fecha 02-08-2016.
12.- Expediente N° AA70-E-2015-000049: ZORAIDA MARGARITA SÁNCHEZ REYNA, actuando en nombre propio, en su condición de postulada uninominalmente como candidata para ejercer el cargo de Presidente del Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra los "actos, actuaciones y omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club".
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-607, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 119 de fecha 02-08-2016.
13.- Expediente N° AA70-E-2016-000023: Por oficio N° PH220F02016000167 de fecha 17 de febrero de 2016, el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Laboral del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua, remitió el expediente N° PP21-N-2015-000117, contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Reinaldo Romero Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.834, actuando en su carácter de apoderado judicial de las Sociedades Mercantiles FARMACIA EL AVILA, C.A., FARMACIA LA VENEZOLANA DE ACARIGUA, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO ARAURE, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO SANTA TERESITA, C.A., FARMACIA LA GOAJIRA, S.R.L., FARMACIA VICTORIA, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO CENTRO, C.A., y FARMACIA FARMAENCUENTRO LLANO MALL, C.A., interpone demanda de nulidad contra las elecciones efectuadas por la Unión Sindical Bolivariana de Trabajadores que prestan Servicios para la Entidad de Trabajo FARMAENCUENTRO C.A., (USBTRAFARMAENPORT).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-455, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 85 de fecha 15-06-2016.
14.- Expediente N° AA70-E-2014-000064: ALEJANDRO JOSÉ NATERA, TERESA COROMOTO LINAREZ DE RODRÍGUEZ, JOSÉ LUIS RAMOS VARELA, JESÚS ARNOLDO SUPERLANO HIDALGO, FRANCISCO JOSÉ CARMONA RAMOS, DIGNA DEL CARMEN SUÁREZ VIRGUEZ, MARTHA CECILIA HERNÁNDEZ DE LEAL, CRUZ DIRCE RODRÍGUEZ PASSARO y MISBELIA JOSEFINA RAMÍREZ AGUILAR, interponen "Recurso Contencioso-Administrativo de nulidad con medida cautelar de suspensión de los efectos" contra la "Designación, Juramentación e Instalación del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Iribarren del estado Lara, realizada mediante Convocatoria N° SE/004-2014, suscrita por el Alcalde del Municipio Iribarren del estado Lara, Presidente del Consejo Local de Planificación Pública, de fecha 21 de mayo de 2014".
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-616, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 129 de fecha 11-08-2016.
15.- Expediente N° AA70-E-2014-000064: ALEJANDRO JOSÉ NATERA, TERESA COROMOTO LINAREZ DE RODRÍGUEZ, JOSÉ LUIS RAMOS VARELA, JESÚS ARNOLDO SUPERLANO HIDALGO, FRANCISCO JOSÉ CARMONA RAMOS, DIGNA DEL CARMEN SUÁREZ VIRGUEZ, MARTHA CECILIA HERNÁNDEZ DE LEAL, CRUZ DIRCE RODRÍGUEZ PASSARO y MISBELIA JOSEFINA RAMÍREZ AGUILAR, interponen "Recurso Contencioso-Administrativo de nulidad con medida cautelar de suspensión de los efectos" contra la "Designación, Juramentación e Instalación del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Iribarren del estado Lara, realizada mediante Convocatoria N° SE/004-2014, suscrita por el Alcalde del Municipio Iribarren del estado Lara, Presidente del Consejo Local de Planificación Pública, de fecha 21 de mayo de 2014".
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-619, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos Alejandro José Natera, Teresa Coromoto Linarez de Rodríguez, José Luis Ramos Varela, Jesús Arnoldo Superlano Hidalgo, Francisco José Carmona Ramos, Digna del Carmen Suárez Virguez y Martha Cecilia Hernández de Leal (recurrentes), a los ciudadanos Cruz Rodríguez y Misbelia Ramírez (recurrentes), así como al Alcalde del Municipio Iribarren del estado Lara y al Sindico Procurador Municipal de Iribarren del estado Lara, la Sentencia N° 129 de fecha 11-08-2016.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
16.- Expediente N° AA70-E-2016-000085: La abogada MARIA DANIELA LORETO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 15.557.349 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 154.342, actuando en nombre propio e invocando el carácter de Juez Nacional de Coleo, Miembro de la Junta Directiva de la Asociación de Coleo del estado Falcón y apoderada judicial del ciudadano EDGARDO JOSÉ PIÑA BEIRUTTY titular de la cédula de identidad N° 7.471.576, Presidente de la Asociación de Coleo del estado Falcón, interpuso acción de amparo cautelar por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad contra el proceso de elección de la Junta Directiva, el Consejo de Honor y el Consejo Contralor para el periodo 2013-2017 de la referida Asociación Civil.
Se designó ponente a la Magistrada JHANNETT MADRIZ SOTILLO, a los fines de dictar el pronunciamiento..
DILIGENCIA EN:
17.- Expediente N° AA70-E-2014-000042: JOSÉ GERARDO OROPEZA GARCÍA y SERGEIT JUAN CARLOS HERNÁNDEZ GARCÍA, interpusieron acción de amparo constitucional a los fines que "se proceda a ordenar la convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Empleados Públicos del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas SEPIVIC)".
Las ciudadanas VIOLETA OGANDO y YAJAIRA LOBO, titulares de las cédulas de identidad números V-7.164.511 y V-10.507.749, respectivamente, actuando en su carácter de miembros integrantes de la Comisión Electoral del Sindicato de Empleados Públicos del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (SEPIVIC); asistidas por el abogado Reinaldo Sánchez Escorihuela, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.477, presentaron diligencia mediante la cual consignaron recaudos "dando cumplimiento a lo ordenado en la sentencia N° 124 de fecha 23 de julio de 2014".
18.- Expediente N° AA70-E-2015-000118: MARIA HELENA JONES RODRÍGUEZ, invocando el carácter de personal docente ordinario adscrita al Instituto Pedagógico Rural El Mácaro y afiliada a la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), asistida por el abogado Isidro Soler Badell, mediante el cual interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), en relación con el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Asociación, período 2015-2018.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-635, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 121 de fecha 11-08-2016.
19.- Expediente N° AA70-E-2016-000031: ROSA MARLENE ORDOÑE MORILLO y HUGO RAFAEL ASTUDILLO FUENTES, invocando el carácter de Secretaria de Finanzas y Secretario General, respectivamente, del Sindicato de Trabajadores Activos y Jubilados Municipales de la Alcaldía del Municipio Puerto Cabello, asistidos por el abogado Alfredo Uzcátegui, mediante el cual interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Junta Directiva y la Junta Electoral del referido Sindicato, en relación con el proceso electoral, que tuvo lugar el día 22 de octubre de 2014.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-601, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, extensión Puerto Cabello (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos Rosa Marlene Ordoñe Morillo y Hugo Rafael Astudillo Fuentes (parte accionante), la Sentencia N° 110 de fecha 01-08-2016.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
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