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Sala Electoral
  • Fecha: 29 de Septiembre de 2016





CUENTA N° 108

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

1.- Expediente N° AA70-E-2016-000071: Los ciudadanos ADRIAN PIÑANGO, JOSÉ ABREU, LIBARDO LÓPEZ, JOSÉ MARTINEZ, ROBERT BENITEZ, CARLOS NIÑO, SAVIER ARTILES, ELVIS GAVIRIA y JOEL CARRILLO, titular de la cédula de identidad Nos. 10.739.792, 16.325.098, 11.322.958, 5.382.093, 15.860.942, 10.150.977, 16.049.189, 13.899.176 y 12.996.256, respectivamente, aludiendo su cualidad de afiliados al Sindicato Unido de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Productora de lubricantes, químicos, acuosos, fabricantes de envases, similares y conexos del estado Carabobo (SUNTRAIN-LUQUIMAEN), asistidos por la abogada Carmen Salvatierra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.383, interponen Solicitud de Convocatoria a Elecciones contra el referido sindicato.

Se dio cuenta a la Sala.

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

2.- Expediente N° AA70-E-2016-000071: Los ciudadanos ADRIAN PIÑANGO, JOSÉ ABREU, LIBARDO LÓPEZ, JOSÉ MARTINEZ, ROBERT BENITEZ, CARLOS NIÑO, SAVIER ARTILES, ELVIS GAVIRIA y JOEL CARRILLO, titular de la cédula de identidad Nos. 10.739.792, 16.325.098, 11.322.958, 5.382.093, 15.860.942, 10.150.977, 16.049.189, 13.899.176 y 12.996.256, respectivamente, aludiendo su cualidad de afiliados al Sindicato Unido de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Productora de lubricantes, químicos, acuosos, fabricantes de envases, similares y conexos del estado Carabobo (SUNTRAIN-LUQUIMAEN), asistidos por la abogada Carmen Salvatierra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.383, interponen Solicitud de Convocatoria a Elecciones contra el referido sindicato.

Se designó ponente al Magistrado MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la solicitud de convocatoria a elecciones formulada.

AUDIENCIA EN:

3.- Expediente N° AA70-E-2016-000012: La abogada Nancy Cadenas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 52.450, invocando el carácter de "apoderada" de la Asamblea de Trabajadores EMBUTIDOS GODI, CA., Y AFILIADOS AL SINDICATO PROFESIONAL BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA DEDICADA AL PROCESO DE LA CARNE, ELABORACIÓN DE EMBUTIDOS, DISTRIBUIDORAS, CONEXOS, AFINES Y SUS SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO, interpone solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del referido Sindicato.

Abierto el acto, se dejó constancia que se encontraban presentes la abogada Nancy Cadenas, en su carácter de apoderada judicial del referido miembro de la organización sindical. Igualmente se dejó constancia de la presencia del abogado Jesús Alexander Salazar González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 80.351, en su condición de Fiscal Octavo del Ministerio Público, con competencia para actuar en la Sala Electoral de este Tribunal Supremo de Justicia. Seguidamente el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, quien presidio este acto anunció el tiempo que disponían las partes para efectuar su exposición, concediéndole el derecho de palabra a la parte solicitante. En este estado, la abogada Nancy Cadenas, en su condición de apoderada judicial del ciudadano Argenis Sebastián Rodríguez, antes identificado, hizo referencia a los hechos narrados en la solicitud e informó que la parte accionada, efectivamente realizó tanto la convocatoria como las elecciones sindicales, lo cual fue notificado debidamente al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo, y ratificó la solicitud contenida en su escrito de fecha 19 de septiembre de 2016 de cierre del expediente. Seguidamente, se le concedió el derecho de palabra al representante del Ministerio Público, quien expuso que una vez constatada la realización de las elecciones hubo decaimiento del objeto por haber cesado el motivo de la solicitud, concluyendo que aunque no hubo una manifestación expresa de desistimiento, la acción debe ser declarada inadmisible sobrevenidamente, de conformidad con el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Ampara Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Seguidamente los Magistrados miembros de la Sala se retiraron a deliberar. Culminada ésta, el Vicepresidente de la Sala leyó el dispositivo de la decisión, la cual quedó fijada en los siguientes términos: Como consecuencia de lo anterior esta Sala Electoral declaró INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del “SINDICATO PROFESIONAL BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS DEDICADAS AL PROCESO DE LA CARNE, ELABORACIÓN DE EMBUTIDOS, DISTRIBUIDORAS, CONEXOS, AFINES Y SUS SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO”; de conformidad con el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

4.- Expediente N° AA70-E-2016-000012: La abogada Nancy Cadenas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 52.450, invocando el carácter de "apoderada" de la Asamblea de Trabajadores EMBUTIDOS GODI, CA., Y AFILIADOS AL SINDICATO PROFESIONAL BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA DEDICADA AL PROCESO DE LA CARNE, ELABORACIÓN DE EMBUTIDOS, DISTRIBUIDORAS, CONEXOS, AFINES Y SUS SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO, interpone solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del referido Sindicato.

Se dejó constancia que se agregó al expediente, disco compacto contentivo de la audiencia constitucional  celebrada en esta misma fecha.

ACTUACIÓN EN:

5.- Expediente N° AA70-E-2016-000006: Los ciudadanos GABRIEL PUERTA APONTE y PEDRO ARTURO MORENO BALZA, titulares de la cédula de identidad Nos. 1.982.242 y 4.062.142, respectivamente, invocando el carácter de Secretario General y miembro del Comité Central y del Comité Político Nacional, respectivamente, de la organización con fines políticos BANDERA ROJA, asistidos por el abogado Henry Escalona Meléndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.629, interponen recurso contencioso electoral contra las presuntas "actuaciones de violación flagrante de normas estatutarias, legales y constitucionales realizadas por el ciudadano PEDRO VELIZ ACUÑA, actuando en su cualidad de Presidente del Partido Político BANDERA ROJA".

Visto que el 18 de julio de 2016, se fijó el día jueves seis (06) de octubre de 2016, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para que las partes presenten sus informes en forma oral, esta Sala en razón de las ocupaciones inherentes a la Alta Investidura de los Magistrados, acordó diferir la realización del referido acto para una nueva oportunidad, y fija el día jueves diez (10) de noviembre de 2016, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para la realización del mismo.

6.- Expediente N° AA70-E-2016-000040: Los ciudadanos JORGE DURÁN, LUIS GRATEROL, JAIRO CASIQUE, JUAN PONCE, ALEX ESPINOZA, JOSÉ PARRA, JAMES HENRÍQUEZ, JOSÉ COLMENARES, JUAN AYALÁ, ANTONIO GUDIÑO, JESÚS MORENO, CARLOS ARÉVALO, ALFREDO MANRIQUE FLORES, OMAR ENRIQUE LÓPEZ y WILLIANS JOSÉ CARRILLO, titulares de la cédula de identidad N° 10.817.220, 12.210.934, 12.686.997, 10.076.932, 6.212.685, 14.745.997, 12.258.264, 10.846.902, 14.518.850, 6.547.497, 8.354.876, 11.725.680, 7.949.997, 6.232.567 y 5.658.697, respectivamente, invocando la condición de afiliados y miembros de la Comisión Ad Hoc del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE CABALLERICEROS, CAPATACES, APRENDICES Y SERENOS DE CUADRAS (SIPTRBC-CASEC), asistidos por el abogado Adonis Moisés Bello Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.446, interponen solicitud de convocatoria a elecciones sindicales contra la Junta Directiva del referido SINDICATO.

Se acordó diferir la audiencia oral y pública pautada para el día martes cuatro (04) de octubre de 2016, a las diez y treinta (10:30 a.m.). Del mismo modo, se fijó el día martes ocho (08) de noviembre de 2016, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para la realización de la misma, oportunidad en la cual las partes podrán exponer sus alegatos y defensas.

7.- Expediente N° AA70-E-2015-000144: ROSA DEL VALLE LEÓN BRAVO, titular de la cédula de identidad N° 12.480.741, actuando en su condición de candidata a diputada a la Asamblea Nacional en las pasadas elecciones celebradas el 6 de diciembre de 2015, asistida por el abogado Pablo Enrique Paradas Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.720, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra "LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO TRES (3), DEL ESTADO ARAGUA...".

Se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

8.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

Se agregó a los autos el escrito presentado en fecha 22 de septiembre de 2016, por los abogados Yasnaia Villalobos Montiel y Hugo Enrique Trejo Bittar, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 117.044 y 111.415, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos Ing. ANTONIO VELANDRIA DÍAZ, CÁNDISO RAMÓN PARADA, MARÍA FÉLIX ESTRADA, MARJURI CASTRO y NÉLSON VIVAS, titulares de la cédula de identidad Nos. 2.806.526, 5.286.507, 6.852.649, 10.812.202 y 14.680.530, respectivamente, actuando en nombre propio y en su condición de Presidente, Vicepresidente, Secretaria y Suplentes respectivamente de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (CAPSEOJPAN), mediante el cual promovieron pruebas.

9.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

Se agregó a los autos el escrito presentado en fecha 22 de septiembre de 2016, por los abogados Yasnaia Villalobos Montiel y Hugo Enrique Trejo Bittar, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 117.044 y 111.415, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados, Obreros, Pensionados y Jubilados de la Asamblea Nacional, mediante el cual promovieron pruebas.

10.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

Se agregó a los autos el escrito presentado en fecha 28 de septiembre de 2016, por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad Nos. 9.482.546, 4.461.890 y 3.971.597, respectivamente, parte recurrente, mediante el cual promovieron pruebas.

11.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

Se agregó a los autos el escrito presentado en fecha 28 de septiembre de 2016, por los ciudadanos José Rosario Castillo y José Valentín Urbina Perdomo, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.624.821 y 6.375.244, respectivamente, invocando el carácter de empleados públicos al servicio de la Asamblea Nacional, interesados en el presente recurso, asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.715, mediante el cual promovieron pruebas.

12.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

Se fijó un lapso de dos (02) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

13.- Expediente N° AA70-E-2016-000034: IBRAIM IGLESIAS y JOSÉ FRANCISCO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 6.168.711 y 4.304.003 respectivamente, actuando en su carácter de Socios Propietarios de las Acciones Nos. 3657 y 2849 respectivamente, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, candidatos a la Presidencia, Vicepresidencia, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos para el periodo 2016-2018.

Por recibido oficio N° 5290-287-2016 de fecha 27 de septiembre de 2016, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 13 de julio de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

ESCRITO PRESENTADO EN:

14.- Expediente N° AA70-E-2015-000143: Los ciudadanos SUMIRÉ SAKURA DEL CARMEN FERRARA MOLINA y PEDRO LUIS BLANCO GUTIÉRREZ, actuando en su condición de candidatos a diputados a la Asamblea Nacional, en las pasadas elecciones del 06 de diciembre, asistidos por el abogado Pablo Enrique Paradas Álvarez, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO DOS (2), DEL ESTADO ARAGUA...".

El abogado Domingo Piscitelli Nevola, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 241.502, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS PARRA RIVERO, titular de la cédula de identidad N° 14.211.633, invocando la condición de Diputado Electo por la Circunscripción N° 02 del estado Yaracuy, presentó escrito mediante el cual promovió pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

15.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

La Abogada Yasnaía Villalobos Montiel, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 117.044, actuando en su carácter de apoderada judicial de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), presentó escrito "complementario de promoción de medios de pruebas".

DILIGENCIA EN:

16.- Expediente N° AA70-E-2016-000040: Los ciudadanos JORGE DURÁN, LUIS GRATEROL, JAIRO CASIQUE, JUAN PONCE, ALEX ESPINOZA, JOSÉ PARRA, JAMES HENRÍQUEZ, JOSÉ COLMENARES, JUAN AYALÁ, ANTONIO GUDIÑO, JESÚS MORENO, CARLOS ARÉVALO, ALFREDO MANRIQUE FLORES, OMAR ENRIQUE LÓPEZ y WILLIANS JOSÉ CARRILLO, titulares de la cédula de identidad N° 10.817.220, 12.210.934, 12.686.997, 10.076.932, 6.212.685, 14.745.997, 12.258.264, 10.846.902, 14.518.850, 6.547.497, 8.354.876, 11.725.680, 7.949.997, 6.232.567 y 5.658.697, respectivamente, invocando la condición de afiliados y miembros de la Comisión Ad Hoc del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE CABALLERICEROS, CAPATACES, APRENDICES Y SERENOS DE CUADRAS (SIPTRBC-CASEC), asistidos por el abogado Adonis Moisés Bello Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.446, interponen solicitud de convocatoria a elecciones sindicales contra la Junta Directiva del referido SINDICATO.

Los ciudadanos WILLIAM GONZÁLEZ y JHON RAVELO, titulares de las cédulas de identidad números V-9.485.495 y V-9.484.884, parte accionada, asistidos por el Abogado Jesús Rafael Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, presentaron diligencia mediante la cual otorgan poder APUD-ACTA al mencionado abogado.

17.- Expediente N° AA70-E-2015-000016: Los abogados MARCOS PORRAS ANDRADE y HÉCTOR JOSÉ PIETRI, titulares de la cédula de identidad N° 2.743.934 y 530.281 e inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 59.296 y 17.034, todo respectivamente, actuando en su propio nombre como miembros del Instituto de Oficiales en Situación de Retiro de la Fuerzas Armadas Nacionales Bolivarianas, interponen recurso de interpretación respecto al artículo 8 de la Ley vigente del Instituto de Oficiales en Situación de Retiro de las Fuerzas Armadas Nacionales Bolivarianas.

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a los ciudadanos Marcos Porras Andrade y Héctor José Pietri, así como su anexo, mediante la cual le notificó de la sentencia Nº 128 de fecha 01-07-2015.

18.- Expediente N° AA70-E-2015-000068: Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua remitió recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos ADELIS GÓMEZ, PEDRO SÁNCHEZ y PEDRO CÁRDENAS ZAMUDIO, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.304.609, 7.230.119 y 1.125.032, respectivamente, el último inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.315, actuando en nombre propio y asistiendo a los dos primeros, contra la Resolución N° 150414-073, de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, la cual resolvió: “declarar nula la Asamblea Nacional celebrada en la ciudad de Maracay, Estado Aragua, en fecha 31 de mayo de 2014, así como todas las decisiones adoptadas en la misma, y las actuaciones posteriores realizadas por el ciudadano PEDRO CARDENAS ZAMUDIO, arrogándose el carácter de Secretario General Nacional de la organización con fines políticos UNIÓN REPÚBLICANA DEMOCRÁTICA(U.R.D.). SEGUNDO: Ratificar las autoridades Electas en la Décimo Séptima (XVII) Asamblea Nacional realizada en fecha 29 de julio de 2006 con las sustituciones efectuadas posteriormente a causa del fallecimiento de alguno de sus titulares…”. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, de conformidad con lo establecido en el artículo 182 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N°769 -2015, de fecha 27 de mayo de 2015). (1 Pieza).

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-203, librado a la Junta Directiva de la Organización con fines Políticos Unión Republicana Democrática (U.R.D), mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 11 de fecha 24-02-2016.

19.- Expediente N° AA70-E-2016-000053: Los ciudadanos JESÚS AQUILES PAEZ MENDOZA y JOHAN ANTONIO CASTILLO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 9.844.099 y 25.160.105, respectivamente, aludiendo su condición de entrenador y jugador de futbol campo, respectivamente,  asistidos por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los procesos electorales para la elección de los representantes de los Jugadores, Entrenadores y Árbitros ante la Asamblea General de la Asociación de Fútbol del estado Portuguesa y el representante de los Jugadores ante la Federación Venezolana de Fútbol (FVF), cuyo acto de votación se fijó para el día del 28 de julio del año 2016.

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-532, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 106 de fecha 27-07-2016 y del auto fecha 27-07-2016.

20.- Expediente N° AA70-E-2016-000053: Los ciudadanos JESÚS AQUILES PAEZ MENDOZA y JOHAN ANTONIO CASTILLO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 9.844.099 y 25.160.105, respectivamente, aludiendo su condición de entrenador y jugador de futbol campo, respectivamente,  asistidos por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los procesos electorales para la elección de los representantes de los Jugadores, Entrenadores y Árbitros ante la Asamblea General de la Asociación de Fútbol del estado Portuguesa y el representante de los Jugadores ante la Federación Venezolana de Fútbol (FVF), cuyo acto de votación se fijó para el día del 28 de julio del año 2016.

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-531, librado a la Federación Venezolana de Fútbol (FVF), mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 106 de fecha 27-07-2016 y del auto fecha 27-07-2016.

21.- Expediente N° AA70-E-2016-000034: IBRAIM IGLESIAS y JOSÉ FRANCISCO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 6.168.711 y 4.304.003 respectivamente, actuando en su carácter de Socios Propietarios de las Acciones Nos. 3657 y 2849 respectivamente, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, candidatos a la Presidencia, Vicepresidencia, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos para el periodo 2016-2018.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-496, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, a los fines de notificar a la mencionada Comisión Electoral, (parte recurrida), a Junta Directiva para el período 2016-2018 de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, a los ciudadanos Manuel Rodríguez, Juan Villanueva, Édgar Rodríguez, Víctor Álvarez, Douglas González, Leonardo Ruiz, Carlos Otero, Johan Infante, Miguel Becerra, Mauro Quintero, Vestalia Tovar, Franklin Márquez, Jorge Casaña, Mario Rodríguez, Jesús Camacaro y Jibe González, en su carácter de candidatos integrantes de la Plancha N° 1, a los ciudadanos Pedro Alcalá, Marco Brito, Ana Varela, Elías Herrera, Alexis García, Fernando Bolívar, Mara Vallenilla, Álvaro Andrade, Jesús Manzano, Mauro Bolívar, Luis Llovera, Francisco Corredor, Jenny Goncalves, Freddy Torrealba y Migdalia Márquez.

22.- Expediente N° AA70-E-2016-000058: Los ciudadanos OSCAR TORRES, JOSÉ RAMÓN SANCHEZ y KARLA PEÑA GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.77.352, 11.740.166 y 16.791.773, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.487, 81.083 y 123.501 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., interpusieron" recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 29 de marzo de 2016 8…) a fin de elegir a los Delegados de Prevención de AVON y los actos administrativos emanados de la Gerencia Estadal de los Trabajadores (GERESAT) Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

La Abogado Karla Peña García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.501, actuando en su carácter de apoderada judicial de AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A, presentó diligencia mediante la cual ratificó el interés de sus representada en las resultas de la presente causa y solicitó se sirva pronunciar sobre la admisión y medida cautelar interpuesta por su representada.

23.- Expediente N° AA70-E-2015-000114: Manuel Antonio Suárez Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.468, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANGELINA POLITO, titular de la cédula de identidad N° 8.528.910, invocando el carácter de candidata a presidenta por la plancha N° 2 en el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Reestructurada de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar encargada de dirigir el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva de la referida Institución, período 2015-2017, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25 de agosto de 2015.

El Abogado Larry Nelson Herrera Giménez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 104.455, presentó escrito mediante la cual consignó instrumento Poder otorgado por la ciudadana ANGELINA POLITO, titular de la cédula de identidad Nro. V.-8.528.910.

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

24.- Expediente N° AA70-E-2016-000008: Los ciudadanos CARLOS JAVIER LABRADOR y JOSÉ RAMÓN BOSCAN RUBIO, titulares de la cédula de identidad Nos. 9.353.356 y 7.885.887, respectivamente, aludiendo el carácter de Secretario General de la Organización Sindical SINDICATO TRABAJADORES MARINOS DE LA COSTA ORIENTAL DEL LAGO, ESTADO ZULIA (SITRAMCOL) y Secretario General de la Organización Sindical SINDICATO DE INTEGRACIÓN BOLIVARIANA DEL MAR DE LA EMPRESA PETROLEROS DE VENEZUELA, S.A., (SIMBOMAR PDVSA), respectivamente, asistidos por el abogado Miguel José Villarroel, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 70.517, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de innominada y amparo cautelar contra la convocatoria a Asamblea Sindical Nacional Extraordinaria realizada por la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del Gas, sus similares y derivados de Venezuela al cual le fue acumulado el expediente AA70-E-2016-000010 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por los ciudadanos JULIO SÁNCHEZ, GAUDY COLINA, DOLORES HERRERA, titulares de la cédula de identidad Nos. 5.727.654, 12.863.602 y 11.253.974, respectivamente, actuando en su condición de trabajadores activos y como Secretario General, secretaria de higiene y seguridad industrial y afiliada, respectivamente, del Sindicato Bolivariano de Trabajadores de la Industria Petrolera, Petroquímica, similares y conexas de la Costa Oriental del Lago (SIBOTIPPECOL) y otros, asistidos por el abogado Rafael Rangel Aguiar, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 179.267, contra el proceso de elección de la Comisión Electoral de la Federación Unitaria De Trabajadores Del Petróleo, Del Gas, Sus Similares y Derivados De Venezuela. (Expedientes Acumulados Nos. AA70-E-2016-000008 y AA70-E-2016-000010).

Por recibida Comunicación N° 229/2016 de fecha 26 de septiembre de 2016, suscrita por el Abogado Juan Carlos De Arco Solarte, Director (E) del Registro Nacional de Organizaciones Sindicales, mediante la cual remitió copia certificada de "Boleta de Inscripción N° 356, Acta Constitutiva y Listado de Sindicatos Fundadores, de la Organización Sindical Federación Unitaria de Trabajadores de Petróleo, del Gas, sus Similares y derivados de Venezuela (FUTPV)".

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

ESCRITO PRESENTADO EN:

25.- Expediente N° AA70-E-2015-000106: ADAN CEDEÑO PÉREZ, MARCOS CORNIEL, ESMIL VÉLIZ,  GERSON VERDE, JOUSEL RIVAS, ALBERTO ORTIZ, JESÚS DANIEL PÉREZ, GUSTAVO RIVERO, WUINKENFIL BORRAS y SIXTO VELÁSQUEZ, titulares de la cédula de identidad N° 20.504.544, 16.944.584, 16.162.776, 18.820.004, 17.748.536, 9.945.930, 18.339.903, 8.542.535, 18.666.704 y 12.129.446, respectivamente, invocando la condición de trabajadores activos del COMPLEJO SIDERÚRGICO DE GUAYANA, C.A. (COMSIGUA), y afiliados al SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACOMSIGUA), asistidos por el abogado Richard Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.266, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACOMSIGUA) por “NEGARSE a incorporarnos como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer nuestros derechos al sufragio en las elecciones de la junta directiva del sindicato 2015-2018 convocadas para el pasado 29 de junio de 2015”.

El Abogado Guillermo Peña Guerra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.077, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EUCLIDES MANTILLA, WOLFAN MARCANO, LUIS LUGO, LISANDRO BRAVO, JUAN ALMEDIA, MIGUEL CALSADILLA, ROGER GONZÁLEZ, WILLIAMS SÁNCHEZ, OSCAR MORENO, JOSE GONZALEZ, LEUDIMIR LEZAMA, JESÚS SUCRE, ALFREDO BETANCOURT y MANUEL SALAZAR, titulares de las cédulas de identidad números V-8.959.653, V-8.445.257, V-4.938.756, V-10.949.369, V-9.906.097, V-8.959.191, V-8.930.248, V-5.549.612, V-13.622.804, V-9.940.224, V-14.510.163, V-12.650.745, V-9.945.483 y V-8.536.075, respectivamente, invocando su condición de trabajadores de la empresa COMPLEJO SIDERURGICO DE GUAYANA, C.A., presentó escrito mediante el cual solicitó "se declare terminado el procedimiento por decaimiento de la acción".

26.- Expediente N° AA70-E-2015-000084: JORGE GONZÁLEZ DAMAS, NAIBETH CHIRGUITA LEMUS, CARLOS RODRÍGUEZ YERVES, LUIS ANGULO ORTEGA, LEOBARDO TOVAR AMADOR, LUIS VILORIA ARIAS, JULIO LARA BELLO, JHONNY GONZÁLEZ, YOEL SERRANO ARA, JHONNY BERAZA VARGAS, SAEL GOLINDANO HERNÁNDEZ, TOMÁS RODRÍGUEZ FIGUERA, ABELARDO VALLEJO RODRÍGUEZ, ANOTNIO ALCALÁ RODRÍGUEZ, ANNIEL RODRÍGUEZ ROJAS, JOSÉ CABRERA AYALA, YUBERT ACOSTA JAIMES, LIZAIDA HEREDIA BASTARDO y RONNIEL ROJAS BORRAS, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana (SINTRACOMSIGUA) "por NEGARSE a incorporar a mis representados como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer sus derechos al sufragio en las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato 2015-2018, convocadas para el 29 de junio de 2015.

El Abogado Guillermo Peña Guerra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.077, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EUCLIDES MANTILLA, WOLFAN MARCANO, LUIS LUGO, LISANDRO BRAVO, JUAN ALMEDIA, MIGUEL CALSADILLA, ROGER GONZÁLEZ, WILLIAMS SÁNCHEZ, OSCAR MORENO, JOSE GONZALEZ, LEUDIMIR LEZAMA, JESÚS SUCRE, ALFREDO BETANCOURT y MANUEL SALAZAR, titulares de las cédulas de identidad números V-8.959.653, V-8.445.257, V-4.938.756, V-10.949.369, V-9.906.097, V-8.959.191, V-8.930.248, V-5.549.612, V-13.622.804, V-9.940.224, V-14.510.163, V-12.650.745, V-9.945.483 y V-8.536.075, respectivamente, invocando su condición de trabajadores de la empresa COMPLEJO SIDERURGICO DE GUAYANA, C.A., presentó escrito mediante el cual solicitó "se declare terminado el procedimiento por decaimiento de la acción".

27.- Expediente N° AA70-E-2015-000085: GIOVANNY MARTÍNEZ RUEDA, JESÚS ROA GONZÁLEZ, YOSMAN LÓPEZ MARTÍNEZ, ROSALBA PULIDO RIVAS, RUBÉN PÉREZ GARABÁN, ALFREDO RODRÍGUEZ YERVES, LISANDRO VILLALBA CARRION, FRANCISCO ECHEVERRÍA SALAZAR, CARMEN HERNÁNDEZ, ANGEL BAENA, OLEARY FERNÁNDEZ VILLASANA, JIBERT CAMPOS, LUIS BARRIOS RODRÍGUEZ, JEYSSONH OLIVARES BASTARDO, ALCIDES MEJÍAS ACOSTA, GREGORIO LÓPEZ GONZÁLEZ, KEYVER ACOSTA NARANJO y ROCNY MARCANO MUSSIO, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana y el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana (SINTRACOMSIGUA) "por NEGARSE a incorporar a mis representados como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer sus derechos al sufragio en las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato 2015-2018, convocadas para el 29 de junio de 2015".

El Abogado Guillermo Peña Guerra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.077, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EUCLIDES MANTILLA, WOLFAN MARCANO, LUIS LUGO, LISANDRO BRAVO, JUAN ALMEDIA, MIGUEL CALSADILLA, ROGER GONZÁLEZ, WILLIAMS SÁNCHEZ, OSCAR MORENO, JOSE GONZALEZ, LEUDIMIR LEZAMA, JESÚS SUCRE, ALFREDO BETANCOURT y MANUEL SALAZAR, titulares de las cédulas de identidad números V-8.959.653, V-8.445.257, V-4.938.756, V-10.949.369, V-9.906.097, V-8.959.191, V-8.930.248, V-5.549.612, V-13.622.804, V-9.940.224, V-14.510.163, V-12.650.745, V-9.945.483 y V-8.536.075, respectivamente, invocando su condición de trabajadores de la empresa COMPLEJO SIDERURGICO DE GUAYANA, C.A., presentó escrito mediante el cual solicitó "se declare terminado el procedimiento por decaimiento de la acción".

DILIGENCIA EN:

 

28.- Expediente N° AA70-E-2013-000069: Los ciudadanos ELVIS BRICEÑO, EUCLIDES MANTILLA, RAÚL MORENO, WOLFGAN MARCANO, WILLIAMS FIGUEROA, JULIO SALAZAR, LUIS LUGO, LISANDRO BRAVO, JUAN ALMEIDA, MIGUEL CALZADILLA, JOSÉ GIAMBRA, ROGER GONZÁLEZ, LUIS FRANCO y WILLIAMS SÁNCHEZ, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERURGICO GUAYANA y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACONSIGUA), respecto a las elecciones de la Junta Directiva del referido Sindicato 2013-2016, convocadas para el día 24-09-2013.

 

El Abogado Guillermo Peña Guerra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.077, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EUCLIDES MANTILLA, WOLFAN MARCANO, LUIS LUGO, LISANDRO BRAVO, JUAN ALMEDIA, MIGUEL CALSADILLA, ROGER GONZÁLEZ, WILLIAMS SÁNCHEZ, OSCAR MORENO, JOSE GONZALEZ, LEUDIMIR LEZAMA, JESÚS SUCRE, ALFREDO BETANCOURT y MANUEL SALAZAR, titulares de las cédulas de identidad números V-8.959.653, V-8.445.257, V-4.938.756, V-10.949.369, V-9.906.097, V-8.959.191, V-8.930.248, V-5.549.612, V-13.622.804, V-9.940.224, V-14.510.163, V-12.650.745, V-9.945.483 y V-8.536.075, respectivamente, presentó diligencia consignando original del poder especial otorgado a su persona por los mencionados ciudadanos y ratificó lo solicitado por el Abogado Frank Moreno en fecha 26 de noviembre de 2015.

 

La Presidenta,

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria,

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

 

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