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Sala Electoral
  • Fecha: 30 de Junio de 2016





                                                           CUENTA N° 77

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2013-000076: JESÚS ALBERTO VILLARREAL, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación de Deportes Acuáticos del Distrito Capital, asistido por el abogado Antonio Quintero Viloria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.633, interpone recurso contencioso electoral a los fines de IMPUGNAR el proceso electoral finalizado el 11 de agosto de 2013 para la elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor del período 2013-2017 de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE DEPORTES ACUÁTICOS, y solicitar la nulidad del estatuto de FEVEDA aprobado el 14 de julio de 2013.

 

Visto el escrito presentado en fecha 24 de mayo de 2016 por la ciudadana MARÍA LOURDES DA SILVA DA SILVA, titular de la cédula de identidad N° 4.973.440, invocando el carácter de afiliada a la  Federación Venezolana de Deportes Acuáticos, asistida por el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, mediante el cual denuncia el desacato "del Dispositivo Tercero de la Sentencia No. 16 de fecha 29 de febrero de 2016" por parte de la Autoridad Provisional de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos, se designó ponente a la Magistrada JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO, a los fines de la decisión correspondiente.

 

ACTO DE INFORMES ORALES EN:

2.- Expediente N° AA70-E-2015-000049: ZORAIDA MARGARITA SÁNCHEZ REYNA, titular de la cédula de identidad N° 6.660.706 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.886, actuando en nombre propio, en su condición de postulada uninominalmente como candidata para ejercer el cargo de Presidente del Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra los “actos, actuaciones y omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

Abierto el acto, se dejó constancia que se encontraba presente el abogado JOSÉ RAFAEL QUINTANA ROSALES inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.166, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte recurrente. Del mismo modo se dejó constancia de la asistencia del abogado HUGO JOSÉ DOMINGUEZ LANDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.236, actuando en su condición de apoderado de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB ORICAO, parte recurrida. Finalmente, se dejó constancia que se encontraba presente la abogada ROXANA ORIHUELA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.907, actuando en su condición de Fiscal Séptima del Ministerio Público, designada para actuar ante esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Seguidamente, el Vicepresidente de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes y la representación del Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el disco compacto contentivo del acto de informes orales. Finalmente, se declaró terminado el acto.

3.- Expediente N° AA70-E-2015-000049: ZORAIDA MARGARITA SÁNCHEZ REYNA, titular de la cédula de identidad N° 6.660.706 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.886, actuando en nombre propio, en su condición de postulada uninominalmente como candidata para ejercer el cargo de Presidente del Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Oricao, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra los “actos, actuaciones y omisiones de la Comisión Electoral de dicho Club”.

Se dejó constancia que se agregó al expediente, disco compacto contentivo del acto de informes orales celebrado en esta misma fecha.

ACTUACIÓN EN:

4.- Expediente N° AA70-E-2015-000046: ZAINE CAROLINA ACOSTA DE GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.826.530, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 132.928, apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ENRIQUE MONTERO ROSALES, LUIS MANUEL ALVÁREZ SUÁREZ, LUIS ENRIQUE PÉREZ SIERRA, BLADIMIR ANTONIO TORRES COLMENARES, ROY JOSUE PACHECO MUSSETT, DIONISIO JESÚS SÁNCHEZ VILLASMIL, KENNYS ENRIQUE MENDOZA ROJAS y JUAN CARLOS PIZZINI PERAZA, titulares de la cédula de identidad números 7.861.725, 11.247.293, 11.252.204, 15.808.455, 11.252.363, 7.666.689, 15.402.044 y 15.401.581, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de la nueva directiva de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP) para el periodo 2015-2018, celebradas del 21 al 28 de abril de 2015, al cual le fue acumulado el expediente AA70-E-2015-000060 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado JESÚS ENRIQUE VÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 191.107, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NARCISO JOSÉ MATA LÓPEZ, GUSTAVO ÁNGEL RODRÍGUEZ BARBOZA y HERVING RAMÓN BERMÚDEZ SOTO, contra las elecciones celebradas entre el 22 y 28 de abril de 2015, “para la designación de la Junta Directiva para el periodo 2015-2018, a cargo de la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMO DE LOS TRABAJADORES ACTIVOS Y JUBILADOS PETROLEROS (CATRAJUP)”. (Expedientes Acumulados Nos. AA70-E-2015-000046, AA70-E-2015-000060).

Se acordó librar nuevos oficios a la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, del Terminal de Embarque Puerto Miranda "PDVSA OCCIDENTE" y a la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, de Talleres Centrales de La Salina "PDVSA OCCIDENTE", a fin de ratificar la información solicitada en el auto de pruebas de fecha 11 de febrero del año 2016. Se libraron Oficios N° 16-451 y 16-452.

5.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano MARCOS ARIAS (POSTULADO AL CONSEJO DE VIGILANCIA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 23 dictada por esta Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó y del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de la referida Sala en fecha 28 de marzo de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

6.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana HIALETH BORGES (POSTULADO AL CONSEJO DE VIGILANCIA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 23 dictada por esta Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó y del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de la referida Sala en fecha 28 de marzo de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano CÉSAR VELÁSQUEZ (POSTULADO AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN), conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 23 dictada por esta Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó y del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de la referida Sala en fecha 28 de marzo de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ELOY RODRÍGUEZ, (POSTULADO AL CONSEJO DE VIGILANCIA), conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 23 dictada por esta Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó y del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de la referida Sala en fecha 28 de marzo de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

9.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano WILMAN VIZQUEL (POSTULADO AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN), conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 23 dictada por esta Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó y del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de la referida Sala en fecha 28 de marzo de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano DANIEL MONTIEL, (POSTULADO AL CONSEJO DE VIGILANCIA), conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 23 dictada por esta Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó y del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de la referida Sala en fecha 28 de marzo de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

11.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano FRANKLIN ORTEGA, (POSTULADO AL CONSEJO DE VIGILANCIA), conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 23 dictada por esta Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó y del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de la referida Sala en fecha 28 de marzo de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

12.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano RAFAEL ALMEIDA (POSTULADO AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN), conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 23 dictada por esta Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó y del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de la referida Sala en fecha 28 de marzo de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

13.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 Y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano LUIS VILLEGAS (POSTULADO AL CONSEJO DE VIGILANCIA), conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 23 dictada por esta Sala Electoral en fecha 15 de marzo de 2016 dictó y del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de la referida Sala en fecha 28 de marzo de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

14.- Expediente N° AA70-E-2012-000051: JOSÉ RAMÓN MONCADA ROJAS y CARLOS SEGUNDO ORTEGA PERDOMO, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a las elecciones Internas del referido partido político para elegir a las Autoridades a la Dirección Estadal del estado Cojedes, cuyo acto de votaciones se efectuó el día 20 de junio de 2012.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano CARLOS SEGUNDO ORTEGA PERDOMO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 218 dictada en fecha 03 de diciembre de 2014, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

DILIGENCIA EN:

15.- Expediente N° AA70-E-2016-000001: La abogada Astrid Herrera, titular de la cédula de identidad N° 18.359.888 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 194.399, actuando con el carácter de apoderada judicial de Transparencia Venezuela, Asociación Civil sin fines de lucro, interpuso recurso contencioso electoral contra "la negativa tácita del Consejo Nacional Electoral, al no dar respuesta al Recurso Jerárquico interpuesto el 3 de noviembre de 2015 (…) mediante el cual solicitó pronunciamiento sobre la denuncia introducida ante la Comisión de Participación Política y Financiamiento el 9 de julio de 2015, ratificada el 31 del mismo mes y año (…) por el uso de publicidad y propaganda electoral en cuentas de la red social twitter de instituciones públicas del Estado".

El abogado Gregorio Riera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.147, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento.

16.- Expediente N° AA70-E-2016-000002: La abogada Astrid Herrera, titular de la cédula de identidad N° 18.359.888, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 194.399, actuando en representación de la Asociación Civil TRANSPARENCIA VENEZUELA, interpuso recurso contencioso electoral contra la negativa tácita del Consejo Nacional Electoral, al no dar respuesta al recurso jerárquico interpuesto el 30 de noviembre de 2015 mediante el cual se solicitó pronunciamiento sobre la denuncia introducida ante la Comisión de Participación Política y Financiamiento en fecha 3 de noviembre de 2015, por el uso de publicidad y propaganda electoral en cuentas de la red social twitter de instituciones públicas del Estado.

El abogado Gregorio Riera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.147, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento.

17.- Expediente N° AA70-E-2016-000003: La abogada Astrid Herrera, titular de la cédula de identidad N° 18.359.888, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 194.399, actuando en representación de la Asociación Civil TRANSPARENCIA VENEZUELA, interpuso recurso contencioso electoral de abstención o carencia contra la Comisión de Participación Política y Financiamiento del Consejo Nacional Electoral, por no haberse pronunciado sobre la admisibilidad de las denuncias formales realizadas por esta organización consignadas en fecha 3,6,20,26,30 de noviembre y 7 de diciembre de 2015, por el uso de publicidad y propaganda electoral en cuentas de la red social twitter de instituciones públicas del Estado.

El abogado Gregorio Riera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.147, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento.

18.- Expediente N° AA70-E-2016-000034: IBRAIM IGLESIAS y JOSÉ FRANCISCO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 6.168.711 y 4.304.003 respectivamente, actuando en su carácter de Socios Propietarios de las Acciones Nos. 3657 y 2849 respectivamente, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, candidatos a la Presidencia, Vicepresidencia, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos para el periodo 2016-2018.

El abogado Roberto Alí Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.764, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano IBRAIM IGLESIAS, titular de la cédula de identidad N° V.-6.168.711, recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento en cuanto a la admisión.

19.- Expediente N° AA70-E-2012-000113: JOSÉ CEDEÑO, YARISMA BOGARÍN, ALCIDES CARRIÓN, JOAQUÍN MALAVE CARDOZO, ERNARDO DANIEL DURAN, MERCEDES COROMOTO GUTIÉRREZ, EDGAR IZAGUIRRE y PABLO LEDEZMA, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120919-0542 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 19 de septiembre de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 653 de fecha 31 de octubre de 2012, que declaró: "SIN LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos YARISMA BOGARÍN, JOSÉ CEDEÑO, ALCIDES CARRIÓN, JHONNY ECHEZURIA GÓMEZ, JOAQUÍN MALAVÉ CARDOZO, ERNARDO DURÁN CASTRO, REYNALDO DÍAZ BAUTISTA, JOSÉ ALVARADO, PABLO LEDEZMA, EDGAR IZAGUIRRE y MERCEDES COROMOTO GUTIÉRREZ, en su carácter de afiliados a sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación, llevada a cabo en fecha 18 de abril de 2012".

Los  ciudadanos ALCIDES CARRION, titular de la cédula de identidad N° V.- 4.616.610, y  JOAQUÍN MALAVÉ, titular de la cédula de identidad N° 5.223.573 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 203.966, (recurrentes), consignó diligencia mediante la cual consignó recaudos.

20- Expediente N° AA70-E-2016-000027: GIOCONDA LÓPEZ, MARTIN JOSÉ PADRINO RUDAS y MIGUEL GONZÁLEZ, titulares de la cedulas de identidad Nos. 12.916.191, 6.223.230 y 16.141.803, respectivamente, aludiendo el carácter de candidatos a la Secretaría del Consejo de Administración, Presidente al Consejo de Administración y Tesorero al Consejo de Administración, respectivamente, para las pasadas elecciones del Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia y delegados de la Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad Bolivariana de Venezuela (CATUBV), interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las elecciones para la escogencia del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de La Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad Bolivariana de Venezuela (CATUBV).

El abogado Irack Márquez Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.875, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARTIN JOSÉ PADRINO RUDAS y MIGUEL GONZÁLEZ, titulares de la cedulas de identidad Nos. 6.223.230 y 16.141.803, respectivamente, recurrentes, presentó diligencia mediante la cual consignó direcciones de las sedes de la Universidad Bolivariana de Venezuela a los fines legales correspondientes.

21.- Expediente N° AA70-E-2016-000027: GIOCONDA LÓPEZ, MARTIN JOSÉ PADRINO RUDAS y MIGUEL GONZÁLEZ, titulares de la cedulas de identidad Nos. 12.916.191, 6.223.230 y 16.141.803, respectivamente, aludiendo el carácter de candidatos a la Secretaría del Consejo de Administración, Presidente al Consejo de Administración y Tesorero al Consejo de Administración, respectivamente, para las pasadas elecciones del Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia y delegados de la Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad Bolivariana de Venezuela (CATUBV), interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las elecciones para la escogencia del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de La Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad Bolivariana de Venezuela (CATUBV).

El abogado Irack Márquez Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.875, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARTIN JOSÉ PADRINO RUDAS y MIGUEL GONZÁLEZ, titulares de la cedulas de identidad Nos. 6.223.230 y 16.141.803, respectivamente, recurrentes, presentó diligencia mediante la cual expone aspectos relacionados con el presente asunto.

OFICIO RECIBIDO EN:

22.- Expediente N° AA70-E-2015-000124: MARIANGELA FIGUEIRA GALÍNDEZ y ÁNGEL EUDOMAN MAMPOSO TOVAR, titulares de la cédula de identidad N° 7.917.068 y 11.646.042, respectivamente, invocando la condición de miembro del personal administrativo la primera, y miembro del personal obrero el segundo, de la Universidad Nacional Experimental de Yaracuy, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental de Yaracuy al “no incluir en el registro electoral para elegir a los respectivos representantes del personal administrativo y del personal obrero en el Consejo Universitario de la UNERY, a quienes a criterio de la Comisión Electoral no tienen derecho al voto, porque ejercen funciones administrativas sin tener la condición de fijos en ese sector de trabajadores”, con ocasión del proceso electoral para la elección de autoridades universitarias del Consejo Universitario, a llevarse a cabo en la referida Casa de Estudios el día 19 de noviembre de 2015.

Por recibido oficio signado con el Nro. F8TSJ-2016-067, suscrito por el abogado Jesús Alexander Salazar González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.351, en su carácter de Fiscal Octavo del Ministerio Público con competencia para actuar ante la Sala Plena y las Salas Constitucional, Político Administrativa y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, presentó escrito de opinión fiscal relacionado con el presente asunto.

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

AUDIENCIA EN:

23.- Expediente N° AA70-E-2015-000111: YOINER JOSÉ URRIETA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.074.795, invocando la condición de trabajador afiliado y Secretario de Relación y Deporte de la Junta Directiva del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), asistido por el abogado José Alfredo Canelón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.587, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra las actuaciones de la Comisión Electoral encargada de llevar el proceso de elección de la Junta Directiva del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), para el período 2015-2018, cuyo acto de votación se fijó para el día 24 de septiembre de 2015.

Abierto el acto, se dejó constancia de que se encontraban presentes, los abogados José Rafael Rangel Aguiar y Miguel Villarroel, titulares de las cédulas de identidad números 6.103.639 y 5.484.039, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 179.267 y 70.517, respectivamente, actuando como apoderados judiciales del accionante Yoiner José Urrieta Rodríguez, identificado ut supra. Asimismo, se dejó constancia de que se encontraba presente la abogada Emérita Coromoto Pérez Santander, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 13.854, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Pedro Enrique Gascón Colina y Juan Carlos Bonilla, terceros adhesivos. Asimismo, se dejó constancia de que se encontraba presente el abogado Luis Marcano López, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 112.711, Fiscal Sexto y representante del Ministerio Público designado para actuar ante la Sala Electoral. Se dejó constancia de la inasistencia de la parte presuntamente agraviante. Posteriormente, la Presidenta de la Sala comunicó a las partes del tiempo que disponían para efectuar sus exposiciones, concediéndoles el derecho de palabra a ambas y al Ministerio Público, tras lo cual expusieron los alegatos concernientes al amparo constitucional ejercido. Seguidamente los Magistrados miembros de la Sala se retiraron a deliberar. Culminada ésta y vistas las actas que integran el expediente, una vez oída la exposición efectuada por las partes, la Presidenta de la Sala Electoral leyó la decisión, la cual quedó fijada en los siguientes términos: declaró CON LUGAR, la acción de amparo interpuesta y a los efectos del restablecimiento de la situación jurídica infringida se ordenó la reposición del proceso electoral a la etapa de publicación del registro electoral preliminar, con la advertencia expresa de que deben formar parte del padrón electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, Del Gas, Similares y Conexos del Estado Delta Amacuro los trabajadores Yoiner Urrieta, Pedro Enrique Gascón Colina y Juan Carlos Bonilla.

24.- Expediente N° AA70-E-2015-000111: YOINER JOSÉ URRIETA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.074.795, invocando la condición de trabajador afiliado y Secretario de Relación y Deporte de la Junta Directiva del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), asistido por el abogado José Alfredo Canelón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.587, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra las actuaciones de la Comisión Electoral encargada de llevar el proceso de elección de la Junta Directiva del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), para el período 2015-2018, cuyo acto de votación se fijó para el día 24 de septiembre de 2015.

Se dejó constancia que se agregó al expediente, disco compacto contentivo de la audiencia constitucional celebrada en esta misma fecha.

ESCRITO PRESENTADO EN:

25.- Expediente N° AA70-E-2015-000111: YOINER JOSÉ URRIETA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.074.795, invocando la condición de trabajador afiliado y Secretario de Relación y Deporte de la Junta Directiva del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), asistido por el abogado José Alfredo Canelón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.587, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra las actuaciones de la Comisión Electoral encargada de llevar el proceso de elección de la Junta Directiva del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), para el período 2015-2018, cuyo acto de votación se fijó para el día 24 de septiembre de 2015.

El abogado Luis Erison Marcano López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.711, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público para actuar ante la Sala Plena y las Salas Constitucional, Político Administrativa y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, presentó escrito de opinión fiscal.

 

SENTENCIA

26.- Expediente N° AA70-E-2015-000104: PASTOR HEYDRA ROJAS,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la vías de hecho por parte de la Junta Directiva y de la Comisión Electoral de Primarias de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), relacionadas con la postulación del ciudadano Luis Emilio Rondón como candidato por el Circuito Electoral N° 1 del estado Nueva Esparta para las elecciones de diputados a la Asamblea Nacional fijadas para el 06 de diciembre de 2015. La Sala declaró: SIN LUGAR el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto por el ciudadano PASTOR HEYDRA ROJAS, asistido por el abogado José Eduardo Baralt López, identificados, contra "(…) las VÍAS DE HECHO adoptadas por los Representantes de la organización partidista denominada 'MESA DE LA UNIDAD DEMOCRÁTICA/MUD' y por los miembros de la COMISIÓN ELECTORAL DE PRIMARIAS de esa agrupación (…)" (sic). Ponente: Magistrada INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 90.

27.- Expediente N° AA70-E-2015-000099: ROSA EDITH AGUILAR BELANDRIA, FRANK JOSÉ PETIT DA COSTA, ELINA MERCEDES MARCANO DE ZABALA, ONEIDA JOSEFINA BETANCOURT DE MORALES, VÍCTOR MARTÍN DÍAZ SALAS, NINFA JOSEFINA HERRERA RODRÍGUEZ y LETICIA FLORENCIA MORALES VELÁSQUEZ, titulares de la cédula de identidad N° 3.401.603, 3.094.736, 3.826.472, 2.834.066, 7.952.225, 4.354.202 y 6.308.554, respectivamente, asistidos por los abogados José Gregorio Silva Bocaney y Patricia Angélica García Jelambi, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 33.418 y 216.517, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Superintendencia de Cajas de Ahorro, ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Banca Pública, respecto al proceso electoral para elegir las autoridades de la CAJA DE AHORROS y PRÉSTAMOS DE LOS JUECES DE VENEZUELA, para el período 2014 al 2017. La Sala declaró: 1.- CON LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, 2.- ANULÓ los actos administrativos identificados con los números SCA-DL-2693 y SCA-DL-171 de fecha 28 de noviembre de 2014 y 26 de febrero de 2015 y, ORDENÓ a la Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Banca Pública emitir la autorización de protocolización del acta de juramentación de los candidatos electos para ocupar los cargos del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Comisión Permanente de Sustanciación, Delegados de Socios Principales y Suplentes, electos para el periodo 2014-2017. Ponente: Magistrada INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 91.

28.- Expediente N° AA70-E-2015-000062: JULIPSI ELISANA MORA RIVAS, IRENE RIVAS MÉNDEZ, JULIO RAMIRO MORA, YANGEL RUÍZ, MINSON MORA y MERIS SALCEDO, titulares de la cédula de identidad Nos. 19.265.698, 6.484.282, 17.855.268, 19.379.044, 12.062.697 y 12.580.549, respectivamente, asistidos por el abogado Jesús Navarro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.207, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 150414-079, dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 14 de abril de 2015 y publicada en la Gaceta Electoral N° 750 del 15 de mayo de 2015, mediante la cual reconoció como autoridades de la organización con fines políticos PROGRESO SOCIAL (PS), a quienes resultaron electos en la asamblea extraordinaria de la Convención Nacional en fecha 14 de abril de 2014, ciudadanos Luis Velásquez, Blanca Angarita, Yamil Tovar, José Cufat, Alexander Narváez, Argenis Ortega, Carmil Pérez, Eduardo Martín, Félix Velásquez, David Fory, Morly Uzcátegui y José Gregorio Torrealba. La Sala declaró: SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 01 de junio de 2015, por los ciudadanos Julipsy Elisana Mora Rivas, Irene Rivas Méndez, Julio Ramiro Mora, Yangel Ruiz, Minson Mora y Meris Salcedo, asistidos por el abogado José Navarro, contra la resolución N° 150414-079 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14 de abril de 2015 y publicada en Gaceta Electoral N° 750 de fecha 15 de mayo de 2015,  en la cual se resolvió reconocer como autoridades de la organización con fines políticos PROGRESO SOCIAL (PS), a quienes resultaron electos en la asamblea extraordinaria de la Convención Nacional en fecha 14 de abril de 2014, ciudadanos Luis Velásquez (Presidente Nacional); Blanca Angarita (Vicepresidente Nacional); Yamil Tovar (Secretario General Nacional); José Cufat (Coordinador de Organización Nacional); Alexandre Narváez (Secretario Ejecutivo Nacional); Como Vocales: Argenis Ortega, Carmil Pérez, Eduardo Martín, Félix Velásquez, David Fory, Morly Uzcátegui y José Gregorio Torrealba, titulares de las cédulas de identidad números 11.922.428, 9.671.137, 6.869.887, 6.547.247, 12.402.194, 11.691.614, 14.775.036, 13.114.362, 6.518.718, 6.334.563, 5.170.822 y 6.865.624, respectivamente. Magistrado Ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 92.

 

29.- Expediente N° AA70-E-2007-000071: NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, interponen recurso contencioso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo y medida cautelar, contra el proceso electoral celebrada el 30-08-2007 en la Caja de Ahorro de Jubilados y Pensionados del INOS-MARN. La Sala ordenó: notificar a los miembros del Consejo de Vigilancia, los miembros del Consejo de Administración y los miembros de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS), a fin de que informen a esta Sala, sobre lo expuesto por la parte recurrente, en escrito presentado en fecha 22 de junio de 2015. La Sala declaró: SIN LUGAR la solicitud de ejecución forzosa de la sentencia número 143, dictada en fecha 29 de octubre de 2013, presentada por los ciudadanos Nelson Enrique Romero Castillo y Roberto La Torre, asistidos por la abogada Gregoriana Soto Velasco, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 49.556. Ponente Magistrada JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO. Sentencia N° 93.

 

30.- Expediente N° AA70-E-2014-000087: JOSÉ GARCÍA, LEOMAR HIDALGO y la abogada RUTH CHACÓN, ésta última  actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos primeros, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en fecha 18 de mayo de 2014, en el cual se eligieron las Vocerías y Comisión Electoral Parmente del Consejo Comunal de LA BARRACA II POLIGONAL I del Municipio Atanasio Girardot del estado Aragua. La Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos José García, Leomar Hidalgo y la abogada Ruth Chacón, ya identificados, actuando en su carácter de voceros y vocera de la Comunidad "La Barraca II Poligonal I" de la parroquia Madre María de San José, municipio Girardot del estado Aragua contra "…el PROCESO, EL ACTO ELECTORAL así como contra su respectivo registro (…) realizado el Domingo (sic) 18 de mayo del 2014 en la calle Guaicaipuro de [su] comunidad…" en el cual se eligieron las Vocerías y la Comisión Electoral Permanente del Consejo Comunal LA BARRACA II POLIGONAL I. Ponente Magistrada: JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO. Sentencia N° 94.

 

31.- Expediente N° AA70-E-2014-000076: Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ÁLVARO LUIS INFANTE HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 12.154.189, asistido por el abogado Jesús Andrés Duran Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 181.060, contra los ciudadanos Edgar García, José Calderón, Jesse Bolívar, Juan Saavedra, Luis Velásquez y Pedro Navarro, titulares de la cédula de identidad N° 6.531.047, 12.004.282, 13.546.529, 11.173.619, 12.600.163 y 13.017.752, respectivamente, integrantes de la Junta Directiva del Sindicato Sectorial de Trabajadores de las Empresas Petroleras, Similares y Conexas del Municipio Independencia del Estado Anzoátegui (SUTPMIND). Oficio N° 968-2.014, de fecha 07-08-2014. Expediente N° FP02-O-2014-000039 (Nomenclatura de ese Tribunal) (1 pieza principal). La Sala declaró: SIN LUGAR la solicitud planteada por el accionante ciudadano Álvaro Luis Infante titular de la Cédula de Identidad N° 12.154.189, asistido por el abogado Jesús Andrés Duran Romero, mediante escrito presentado en fecha 03 de agosto de 2015. Ponente Magistrada: FANNY MÁRQUEZ CORDERO. Sentencia N° 95.

32.- Expediente N° AA70-E-2015-000113: LUIS JOSÉ NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.778.114 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.381, invocando el carácter de funcionario activo del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y socio de la Caja de Ahorros del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (CAPREMINFRA), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo constitucional, contra la Comisión Electoral Principal de la referida Caja de Ahorros, en virtud de las actuaciones realizadas en el marco del proceso electoral para la escogencia de las autoridades del Consejo de Administración y de Vigilancia de la Caja de Ahorros del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (CAPREMINFRA), período 2015-2018, cuyo acto de votación fue realizado el día 19 de agosto de 2015. La Sala declaró: 1.-IMPROCEDENTE el alegato de falta de legitimación del recurrente, esgrimido por la parte recurrida. 2.- IMPROCEDENTE el alegato de falta de legitimación pasiva de los miembros de la Comisión Electoral de CAPREMINFRA, esgrimido por la parte recurrida. 3.-SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. Ponente Magistrada: FANNY MÁRQUEZ CORDERO. Sentencia N° 96.

33.- Expediente N° AA70-E-2016-000034: IBRAIM IGLESIAS y JOSÉ FRANCISCO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 6.168.711 y 4.304.003 respectivamente, actuando en su carácter de Socios Propietarios de las Acciones Nos. 3657 y 2849 respectivamente, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, candidatos a la Presidencia, Vicepresidencia, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos para el periodo 2016-2018. La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, SEGUNDO: Se ADMITIÓ el presente recurso. TERCERO: Se ADMITIÓ la intervención del ciudadano Miguel Ángel Luna Salas en la presente causa, como tercero coadyuvante de la parte presuntamente agraviante Y CUARTO: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada. Ponente Magistrado CHRISTIAN TYRONE ZERPA. Sentencia N° 97.

34.- Expediente N° AA70-E-2016-000040: Los ciudadanos JORGE DURÁN, LUIS GRATEROL, JAIRO CASIQUE, JUAN PONCE, ALEX ESPINOZA, JOSÉ PARRA, JAMES HENRÍQUEZ, JOSÉ COLMENARES, JUAN AYALÁ, ANTONIO GUDIÑO, JESÚS MORENO, CARLOS ARÉVALO, ALFREDO MANRIQUE FLORES, OMAR ENRIQUE LÓPEZ y WILLIANS JOSÉ CARRILLO, titulares de la cédula de identidad N° 10.817.220, 12.210.934, 12.686.997, 10.076.932, 6.212.685, 14.745.997, 12.258.264, 10.846.902, 14.518.850, 6.547.497, 8.354.876, 11.725.680, 7.949.997, 6.232.567 y 5.658.697, respectivamente, invocando la condición de afiliados y miembros de la Comisión Ad Hoc del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE CABALLERICEROS, CAPATACES, APRENDICES Y SERENOS DE CUADRAS (SIPTRBC-CASEC), asistidos por el abogado Adonis Moisés Bello Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.446,  interponen solicitud de convocatoria a elecciones sindicales contra la Junta Directiva del referido SINDICATO. La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta. SEGUNDO: ADMITIÓ la presente causa y ACORDÓ su tramitación por el procedimiento instituido por este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, mediante decisión número 7 de fecha 1° de febrero de 2000, en concordancia con las disposiciones de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. TERCERO: ORDENÓ la citación de la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Trabajadores Bolivarianos de Caballericeros, Capataces, Aprendices y Serenos de Cuadras (SIPTRBC-CASEC); y, la notificación del Ministerio Público. Ponente Magistrado: CHRISTIAN TYRONE ZERPA. Sentencia N° 98.

35.- Expediente N° AA70-E-2016-000046: La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remitió expediente contentivo de acción de amparo constitucional interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada, por el ciudadano el ciudadano ÁLVARO LUIS INFANTE HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 12.154.189, invocando su condición de afiliado al SINDICATO SECTORIAL DE TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS PETROLERAS, SIMILARES Y CONEXAS DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO ANZOÁTEGUI (SUTPMIND), asistido por el abogado Jesús Andrés Durán Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 181.060, contra las "vías de hecho" por parte de la Junta Directiva del referido Sindicato y por el "GERENTE LABORAL (RECURSOS HUMANOS DE PDVSA DISTRITO MORICHAL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MONAGAS, señor GEORGE CHAIDA, quien administra los bloques PetroCarabobo, PetroMonagas y bloque PetroIndependencia situado en el  Municipio Independencia del estado Anzoátegui)". La Sala declaró: 1.-   ACEPTA LA COMPETENCIA DECLINADA por la Sala Constitucional, en consecuencia, se declaró COMPETENTE para conocer de la  acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta, de conformidad con lo previsto en el Numeral 5 del Artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en virtud de no resultar ser el medio idóneo para dilucidar pretensiones anulatorias. 3.- INOFICIOSO pronunciarse sobre la medida cautelar innominada al haberse declarado la inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional. Ponente Magistrada FANNY MARQUEZ MÁRQUEZ. Sentencia N° 99.

 

La Presidenta,

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria (E),

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

 

 

 

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