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Sala Electoral
  • Fecha: 31 de Octubre de 2016





CUENTA N° 124

ACTUACIÓN EN:

1.- Expediente N° AA70-X-2016-000007: La abogada Ligia Carolina Gorriño Castellar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°123.285, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana NICIA MARINA MALDONADO, titular de la cédula de identidad N° 10.606.581, parte recurrente, denunció "que en virtud que el día de hoy 28 de julio de 2016, la Junta Directiva de la Asamblea Nacional acordó la incorporación y consecuente juramentación de los tres (3) candidatos postulados por el bloque opositor para la representación indígena del estado Amazonas (…) sobre quienes recayó la medida cautelar acordada por esta Sala Electoral a través de decisión N° 260 de fecha 30 de diciembre de 2015 (…) reiterando una vez más su conducta irreverente y de desobediencia tanto del referido fallo, como de la sentencia N° 01 de fecha 11 de enero de 2016 (…) solicito sean acatadas las citadas decisiones judiciales y se dé inició al procedimiento de desacato correspondiente".

Se designó ponente a la Magistrada INDIRA ALFONZO IZAGUIRRE, a los fines de dicte la decisión correspondiente.

2.- Expediente N° AA70-E-2016-000034: IBRAIM IGLESIAS y JOSÉ FRANCISCO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nos. 6.168.711 y 4.304.003 respectivamente, actuando en su carácter de Socios Propietarios de las Acciones Nos. 3657 y 2849 respectivamente, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, candidatos a la Presidencia, Vicepresidencia, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos para el periodo 2016-2018.

Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 13 de julio de 2016, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.

 

3.- Expediente N° AA70-E-2016-000029: Los ciudadanos LUIS ALBERTO DIAZ, TULIO JAVIER RAMIREZ, FELIX EMILIO MENDOZA, CARLOS ISDUAR MARTINEZ, RONALD ENRIQUE CHAN, MAYKEL MIGUEL SILVA, JULIO CESAR FIGUEROA, DENNIS ANTONIO CIBADA, HERIBERTO CECILIO CASTILLO, RICHAR HUMBERTO RODRIGUEZ, LORENZO MIGUEL SILVA, GREGORIO ENRIQUE RANGEL, ARTURO SOSA MORENO, ROBERCAR IBARRA LOAIZA, JOHNNY REY PIÑA, JUAN CARLOS GUTIERREZ, JEAN PIERRE IBARRA, PEDRO JOSÉ SAAVEDRA, LUIS ALEJANDRO LÓPEZ, JONATHAN JOSÉ ARRIECHE, ÁNGEL GABRIEL FEBRES y CARLOS GERARDO LEÓN, titulares de la cedula de identidad N° 7.131.561, 7.561.351,17.751.028,15.606.288,16.895.427, 18.629.135, 15.607.613, 7.088.904, 12.521.646, 14.070.662, 9.580.581, 17.284.898, 19.481.746, 12.105.035, 15.978.636, 14.514.167, 17.614.565, 7.133.688, 14.303.251, 17.807.459, 16.400.665 y 12.532.512, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral contra "el Proceso Electoral y de proclamación" de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Chrysler de Venezuela.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 11-10-2016 por el abogado Asunción de la Cruz Rosa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.819, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Chrysler de Venezuela L.L.C. (S.T.C.V.L.L.C.), mediante la cual solicitó la devolución los originales de los cuadernos de votación números 1, 2 y 3, que forman parte de los antecedentes administrativos consignados por la Comisión Electoral, esta Sala acordó la devolución del mismo por cursar en original, previa su certificación en autos.

4.- Expediente N° AA70-E-2016-000080: La ciudadana MARIANELLA GENATIOS SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 5.538.790, aludiendo la cualidad de Presidente y representante legal del Colegio de Arquitectos de Venezuela (CAV), asistida por el abogado Alex Francisco Muñoz, inscrito en el Inpreabogado N° 13.385, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión del  acto de votación previsto en el cronograma electoral y contra el presunto silencio administrativo negativo en el cual incurrió el Consejo Nacional Electoral (CNE), respecto al oportuno pronunciamiento sobre la admisión y sustanciación del procedimiento de impugnación contra los actos electorales emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Arquitectos de Venezuela para la elección de las autoridades correspondientes al periodo 2016-2018.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la FILIAL DEL ESTADO MÉRIDA DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE VENEZUELA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 148 dictada en fecha 27 de octubre de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificados.

5.- Expediente N° AA70-E-2016-000080: La ciudadana MARIANELLA GENATIOS SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 5.538.790, aludiendo la cualidad de Presidente y representante legal del Colegio de Arquitectos de Venezuela (CAV), asistida por el abogado Alex Francisco Muñoz, inscrito en el Inpreabogado N° 13.385, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión del  acto de votación previsto en el cronograma electoral y contra el presunto silencio administrativo negativo en el cual incurrió el Consejo Nacional Electoral (CNE), respecto al oportuno pronunciamiento sobre la admisión y sustanciación del procedimiento de impugnación contra los actos electorales emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Arquitectos de Venezuela para la elección de las autoridades correspondientes al periodo 2016-2018.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la FILIAL DEL ESTADO CARABOBO DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE VENEZUELA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 148 dictada en fecha 27 de octubre de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificados.

6.- Expediente N° AA70-E-2016-000080: La ciudadana MARIANELLA GENATIOS SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 5.538.790, aludiendo la cualidad de Presidente y representante legal del Colegio de Arquitectos de Venezuela (CAV), asistida por el abogado Alex Francisco Muñoz, inscrito en el Inpreabogado N° 13.385, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión del  acto de votación previsto en el cronograma electoral y contra el presunto silencio administrativo negativo en el cual incurrió el Consejo Nacional Electoral (CNE), respecto al oportuno pronunciamiento sobre la admisión y sustanciación del procedimiento de impugnación contra los actos electorales emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Arquitectos de Venezuela para la elección de las autoridades correspondientes al periodo 2016-2018.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la FILIAL DEL ESTADO ZULIA DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE VENEZUELA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 148 dictada en fecha 27 de octubre de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificados.

7.- Expediente N° AA70-E-2016-000080: La ciudadana MARIANELLA GENATIOS SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 5.538.790, aludiendo la cualidad de Presidente y representante legal del Colegio de Arquitectos de Venezuela (CAV), asistida por el abogado Alex Francisco Muñoz, inscrito en el Inpreabogado N° 13.385, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión del  acto de votación previsto en el cronograma electoral y contra el presunto silencio administrativo negativo en el cual incurrió el Consejo Nacional Electoral (CNE), respecto al oportuno pronunciamiento sobre la admisión y sustanciación del procedimiento de impugnación contra los actos electorales emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Arquitectos de Venezuela para la elección de las autoridades correspondientes al periodo 2016-2018.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la FILIAL DEL ESTADO ARAGUA DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE VENEZUELA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 148 dictada en fecha 27 de octubre de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificados.

8.- Expediente N° AA70-E-2016-000027: GIOCONDA LÓPEZ, MARTIN JOSÉ PADRINO RUDAS y MIGUEL GONZÁLEZ, titulares de la cedulas de identidad Nos. 12.916.191, 6.223.230 y 16.141.803, respectivamente, aludiendo el carácter de candidatos a la Secretaría del Consejo de Administración, Presidente al Consejo de Administración y Tesorero al Consejo de Administración, respectivamente, para las pasadas elecciones del Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia y delegados de la Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad Bolivariana de Venezuela (CATUBV), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las elecciones para la escogencia del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de La Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad Bolivariana de Venezuela (CATUBV).

Se libró Oficio N° 16-692 al Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en auto dictado en fecha 12 de julio de 2016, y ratificado el 31 de octubre de 2016.

 

9.- Expediente N° AA70-E-2013-000014: Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos JULIO HERRERA, HERIBERTO MONTES y WILSON GARCÍA, titulares de la cédula de identidad N° 7.081.365, 11.198.316 y 15.167.196, respectivamente, asistidos por el abogado José Antonio Soteldo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.213, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° F-3197, de fecha 27 de abril de 2012, dictada por el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA PLANIFICACIÓN Y FINANZAS, respecto a la Caja de Ahorro y Bienestar Social del Personal de la Policía del estado Carabobo. Oficio N° 0438 de fecha 25 de febrero de 2013. Remitiendo Expediente N° AA40-A-2012-001630. (Nomenclatura de esa Sala Político Administrativa (1 pieza).

 

Por recibido oficio N° 689-2016 de fecha 13 de octubre de 2016, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 27 de julio de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2016-000040: Los ciudadanos JORGE DURÁN, LUIS GRATEROL, JAIRO CASIQUE, JUAN PONCE, ALEX ESPINOZA, JOSÉ PARRA, JAMES HENRÍQUEZ, JOSÉ COLMENARES, JUAN AYALÁ, ANTONIO GUDIÑO, JESÚS MORENO, CARLOS ARÉVALO, ALFREDO MANRIQUE FLORES, OMAR ENRIQUE LÓPEZ y WILLIANS JOSÉ CARRILLO, titulares de la cédula de identidad N° 10.817.220, 12.210.934, 12.686.997, 10.076.932, 6.212.685, 14.745.997, 12.258.264, 10.846.902, 14.518.850, 6.547.497, 8.354.876, 11.725.680, 7.949.997, 6.232.567 y 5.658.697, respectivamente, invocando la condición de afiliados y miembros de la Comisión Ad Hoc del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE CABALLERICEROS, CAPATACES, APRENDICES Y SERENOS DE CUADRAS (SIPTRBC-CASEC), asistidos por el abogado Adonis Moisés Bello Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.446, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones sindicales contra la Junta Directiva del referido SINDICATO.

 

Se acordó diferir la audiencia oral y pública pautada para el día martes ocho (08) de noviembre de 2016, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.). Del mismo modo, se fijó el día martes seis (06) de diciembre de 2016, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para la realización de la misma, oportunidad en la cual las partes podrán exponer sus alegatos y defensas.

DILIGENCIA EN:

11.- Expediente N° AA70-E-2016-000075: El abogado Emilio Farías, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°80.028, actuando en nombre propio y aludiendo la cualidad de Socio-Propietario de la acción N° 2082 de la Asociación Civil CLUB PUERTO AZUL, A.C., interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra los trámites electorales realizados a partir del día 16 de septiembre de 2016 y el proceso electoral pautado a celebrarse en el periodo septiembre-diciembre 2016.

El abogado Emilio Farías, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.028, actuando en su carácter de parte accionante, presentó diligencia mediante la cual desistió del presente recurso contencioso electoral.

12.- Expediente N° AA70-E-2015-000062: JULIPSI ELISANA MORA RIVAS, IRENE RIVAS MÉNDEZ, JULIO RAMIRO MORA, YANGEL RUÍZ, MINSON MORA y MERIS SALCEDO, titulares de la cédula de identidad Nos. 19.265.698, 6.484.282, 17.855.268, 19.379.044, 12.062.697 y 12.580.549, respectivamente, asistidos por el abogado Jesús Navarro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.207, interpusieron recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 150414-079, dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 14 de abril de 2015 y publicada en la Gaceta Electoral N° 750 del 15 de mayo de 2015, mediante la cual reconoció como autoridades de la organización con fines políticos PROGRESO SOCIAL (PS), a quienes resultaron electos en la asamblea extraordinaria de la Convención Nacional en fecha 14 de abril de 2014, ciudadanos Luis Velásquez, Blanca Angarita, Yamil Tovar, José Cufat, Alexander Narváez, Argenis Ortega, Carmil Pérez, Eduardo Martín, Félix Velásquez, David Fory, Morly Uzcátegui y José Gregorio Torrealba.

La ciudadana JULIPSY MORA, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.265.698, recurrente, asistida por el abogado Gustavo Manuel Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.539, presentó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de los folios 274 al 281, ambos inclusive, y  los folios 283, 284 y 303, de la pieza N° 2 del expediente.

13.- Expediente N° AA70-E-2016-000058: Los abogados OSCAR TORRES, JOSÉ RAMÓN SANCHEZ y KARLA PEÑA GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.77.352, 11.740.166 y 16.791.773, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.487, 81.083 y 123.501 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., interpusieron" recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 29 de marzo de 2016 8…) a fin de elegir a los Delegados de Prevención de AVON y los actos administrativos emanados de la Gerencia Estadal de los Trabajadores (GERESAT) Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

Por recibida en esta misma fecha diligencia contentiva del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso contencioso electoral, así como los antecedentes administrativos y poder, presentado por el ciudadano Larry Bastardo, titular de la cédula de identidad N° 6.927.795, invocando su condición de Delegado de Prevención de la Sociedad Mercantil Avon Cosmetics de Venezuela, C.A., asistido por el abogado Laduyi J. Bastardo Vivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 257.402, se acordó agregar al expediente judicial la referida diligencia y el poder consignados y formar una (01) pieza separada con los recaudos que acompañó al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

14.- Expediente N° AA70-E-2016-000058: Los abogados OSCAR TORRES, JOSÉ RAMÓN SANCHEZ y KARLA PEÑA GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.77.352, 11.740.166 y 16.791.773, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.487, 81.083 y 123.501 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., interpusieron" recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 29 de marzo de 2016 8…) a fin de elegir a los Delegados de Prevención de AVON y los actos administrativos emanados de la Gerencia Estadal de los Trabajadores (GERESAT) Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a los abogados Oscar Torres, José Ramón Sánchez y Karla Peña Garcia, en su carácter de apoderados judiciales de AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A. (parte recurrente), a los fines de notificarle la Sentencia N° 139 de fecha 5-10-2016 y del auto de fecha 19-10-2016.

15.- Expediente N° AA70-E-2016-000058: Los abogados OSCAR TORRES, JOSÉ RAMÓN SANCHEZ y KARLA PEÑA GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.77.352, 11.740.166 y 16.791.773, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.487, 81.083 y 123.501 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., interpusieron" recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 29 de marzo de 2016 8…) a fin de elegir a los Delegados de Prevención de AVON y los actos administrativos emanados de la Gerencia Estadal de los Trabajadores (GERESAT) Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a los ciudadanos Francisco Palomo; Francisca Ugas; Larry Bastardo; Eleazar Cedeño; Dalis Casneiro; Carlos Rivas; Francisco Raga; Orlando Sánchez; John Lermes; Zurjail González; María Sutil; Alberto Rausseo; Carlos Echenique; Edgar Pérez; Luis Duque; Yailene Hernández; Luis Rodríguez; Daniel Prieto; Leandro Basabe y Jesús Chacón, delegados de prevención de Avon Cosmetics de Venezuela, C.A., a los fines de notificarles la Sentencia N° 139 de fecha 5-10-2016 y del auto de fecha 19-10-2016.

 

16.- Expediente N° AA70-E-2016-000058: Los abogados OSCAR TORRES, JOSÉ RAMÓN SANCHEZ y KARLA PEÑA GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.77.352, 11.740.166 y 16.791.773, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.487, 81.083 y 123.501 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., interpusieron" recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 29 de marzo de 2016 8…) a fin de elegir a los Delegados de Prevención de AVON y los actos administrativos emanados de la Gerencia Estadal de los Trabajadores (GERESAT) Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-673, librado a la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores (GERESAT) Miranda, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 139 de fecha 5-10-2016 y del auto de fecha 19-10-2016.

 

17.- Expediente N° AA70-E-2016-000058: Los abogados OSCAR TORRES, JOSÉ RAMÓN SANCHEZ y KARLA PEÑA GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.77.352, 11.740.166 y 16.791.773, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.487, 81.083 y 123.501 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., interpusieron" recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 29 de marzo de 2016 8…) a fin de elegir a los Delegados de Prevención de AVON y los actos administrativos emanados de la Gerencia Estadal de los Trabajadores (GERESAT) Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-674, librado al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 139 de fecha 5-10-2016 y del auto de fecha 19-10-2016.

 

18.- Expediente N° AA70-E-2016-000058: Los abogados OSCAR TORRES, JOSÉ RAMÓN SANCHEZ y KARLA PEÑA GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.77.352, 11.740.166 y 16.791.773, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.487, 81.083 y 123.501 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., interpusieron" recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 29 de marzo de 2016 8…) a fin de elegir a los Delegados de Prevención de AVON y los actos administrativos emanados de la Gerencia Estadal de los Trabajadores (GERESAT) Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

 

 

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-675, librado a la Comisión Electoral para elegir a los Delegados de Prevención de Avon Cosmetics de Venezuela, C.A., mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 139 de fecha 5-10-2016 y del Auto de fecha 19-10-2016.

 

19.- Expediente N° AA70-E-2016-000058: Los abogados OSCAR TORRES, JOSÉ RAMÓN SANCHEZ y KARLA PEÑA GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.77.352, 11.740.166 y 16.791.773, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.487, 81.083 y 123.501 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., interpusieron "recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 29 de marzo de 2016 8…) a fin de elegir a los Delegados de Prevención de AVON y los actos administrativos emanados de la Gerencia Estadal de los Trabajadores (GERESAT) Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-676, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 139 de fecha 5-10-2016 y del auto de fecha 19-10-2016.

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

20.- Expediente N° AA70-E-2016-000084: El ciudadano ÁNGEL RAUL PARICA PINTO, titular de la cédula de identidad N° 8.320.163, aludiendo su condición de Secretario Ejecutivo responsable de  Relaciones Internacionales de la Junta Directiva de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del Gas, sus similares y derivados de Venezuela (FUTPV) y afiliado al Sindicato Unitario de Trabajadores Petroleros, Petroquímicos, del Gas, Marinos y sus similares de los municipios Sotillo, Bolívar, Guanta, Peñalver, Bruzual, Capistrano, Carvajal, Libertad y Piritu del estado Anzoátegui, (SINUTRAPETROL-PLC), asistido por el abogado Jesús Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 150.941, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra las actuaciones efectuadas por la Comisión Electoral de la referida Federación y solicitud de suspensión del proceso electoral fijado para el 07 de noviembre de 2016.

Se dio cuenta a la Sala.

ESCRITO PRESENTADO EN:

21.- Expediente N° AA70-E-2016-000066: El abogado Benigno Hidalgo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.295, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadano ARMANDO SANDOVAL GUTIERREZ, YANIS AMADO AVILA ANGULO, JHOAN JOSÉ DUN ZAMBRANO, JOSEPH CÉSAR MORENO MORALES, JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNÁNDEZ, JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 16.954.906, V.- 15.540.836, V.- 16.332.383, V.- 8.985.588, V.- 6.432.189, V.- 12.253.977, invocando el carácter de socios de La Organización Asociación Civil Propatria-Carmelitas-Chacaíto, interpuso acción de amparo constitucional contra la "Asamblea ordinaria de socios de la Asociación Civil Propatria-Carmelitas-Chacaíto realizada el 13 de agosto de 2016".

 

El abogado Benigno Antonio Hidalgo Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.295, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, presentó escrito mediante la cual solicitó fijación de la audiencia a la brevedad posible.

DILIGENCIA EN:

22.- Expediente N° AA70-E-2016-000066: El abogado Benigno Hidalgo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.295, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadano ARMANDO SANDOVAL GUTIERREZ, YANIS AMADO AVILA ANGULO, JHOAN JOSÉ DUN ZAMBRANO, JOSEPH CÉSAR MORENO MORALES, JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNÁNDEZ, JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 16.954.906, V.- 15.540.836, V.- 16.332.383, V.- 8.985.588, V.- 6.432.189, V.- 12.253.977, invocando el carácter de socios de La Organización Asociación Civil Propatria-Carmelitas-Chacaíto, interpuso acción de amparo constitucional contra la "Asamblea ordinaria de socios de la Asociación Civil Propatria-Carmelitas-Chacaíto realizada el 13 de agosto de 2016".

El ciudadano Auxiliar del Alguacil consignó la boleta original librada al ciudadano Juan Manuel Villamizar Serrano, Presidente de la Junta Directiva de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaito, mediante la cual se le notificó de la sentencia N° 144 de fecha 5 de octubre de 2016.

La Presidenta,

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria,

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

 

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