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Sala Electoral
  • Fecha: 01 de Agosto de 2017





CUENTA N° 152

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

1.- Expediente N° AA70-X-2017-000013: El abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Fran López Almeida, titular de la cédula de identidad N°10.462.162, invocando el carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Boxeo, parte recurrida, presentó escrito mediante el cual solicitó "…medida cautelar innominada para que se le PROHIBA a la Autoridad Provisional de la Federación Venezolana de Boxeo, conformada por los ciudadanos Charles Sarría Luis Brito, Juan Díaz, Rigoberto Marcano y Jonni Brito, realizar cualquier tipo de acción relacionada con el proceso electoral de la Federación Venezolana de Boxeo en especial que se le PROHIBA convocar a una Asamblea General de la Federación Venezolana de Boxeo para elegir a la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor, hasta que no se decida la presente causa…".

 

Se dio cuenta en Sala.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2017-000087: El abogado SIMON GABAY, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada subsidiaria contra “…la Asamblea Nacional Constituyente y contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), para que convengan, o en su defecto ello sea declarado por esta Sala Electoral: PRIMERO: En la nulidad del acto de votación realizado el 30 de julio de 2017…; SEGUNDO: En la nulidad de la Resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE), N° 170607-118 de fecha 07 de junio de 2017…; TERCERO: En la nulidad total de la Resolución del Consejo Nacional Electoral 170607-119 de fecha 07 de junio de 2017 y CUARTO: Que… también convengan en la nulidad total del acto de votación realizado el 30 de julio de 2017…”

 

Recepción del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada subsidiaria

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

3.- Expediente N° AA70-X-2017-000013: El abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Fran López Almeida, titular de la cédula de identidad N°10.462.162, invocando el carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Boxeo, parte recurrida, presentó escrito mediante el cual solicitó "…medida cautelar innominada para que se le PROHIBA a la Autoridad Provisional de la Federación Venezolana de Boxeo, conformada por los ciudadanos Charles Sarría Luis Brito, Juan Díaz, Rigoberto Marcano y Jonni Brito, realizar cualquier tipo de acción relacionada con el proceso electoral de la Federación Venezolana de Boxeo en especial que se le PROHIBA convocar a una Asamblea General de la Federación Venezolana de Boxeo para elegir a la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor, hasta que no se decida la presente causa…"

 

Se designó ponente al Magistrado MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines de decidir sobre la solicitud cautelar formulada en fecha 31 de marzo de 2017, por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Fran López Almeida, titular de la cédula de identidad N°10.462.162, invocando el carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Boxeo, parte recurrida.

 

ACTUACIÓN EN:

 

4.- Expediente N° AA70-E-2017-000017: El ciudadano YOINER URRIETA, aludiendo el carácter de afiliado, candidato a la Secretaría General y representante de la plancha N° 7 que participó en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del SINDICATO UNIFICADO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO DELTA AMACURO (SUTPGSCEDA), realizada el día 31 de enero de 2017, asistido por el abogado Jesús Rivas, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ACTUACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO SUTPGSCEDA".

 

Este juzgado de Sustanciación ADMITIÓ e INADMITIÓ las pruebas promovidas por la parte recurrente y recurrida, según el caso.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2017-000077: Los ciudadanos LUIS BRITO, JUAN DÍAZ y RIGOBERTO MARCANO, asistidos por el abogado Neill Jesús Reaño García, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "…el Proceso Electoral convocado y llevado a cabo presuntamente en la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO, convocado según cartel publicado en el Diario 'Líder', en fecha viernes dieciséis (16) de junio de 2017…".

 

Este Juzgado acordó abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida solicitud cautelar.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2017-000077: Los ciudadanos LUIS BRITO, JUAN DÍAZ y RIGOBERTO MARCANO, asistidos por el abogado Neill Jesús Reaño García, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "…el Proceso Electoral convocado y llevado a cabo presuntamente en la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO, convocado según cartel publicado en el Diario 'Líder', en fecha viernes dieciséis (16) de junio de 2017…".

 

En fecha primero (1°) de agosto de 2017, se deja constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de tramitar la solicitud cautelar formulada por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Fran López Almeida, titular de la cédula de identidad N°10.462.162, invocando el carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Boxeo, parte recurrida. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2017-000013.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2017-000083: El abogado Herman Enrique Simo Dugarte, actuando en carácter de apoderado judicial de los ciudadano EUGENIO ANTONIO CABALLERO PARRA, ALFREDO RAMON TAQUIVA CERMEÑO, ALVEIRO JIMENEZ CASTILLO y EDUARDO BLANCO, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra el proceso de elecciones de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Asociación de Coleo del estado Barinas para el periodo 2017-2021.

 

Vista la Sentencia N° 109 dictada en fecha 20 de julio de 2017, Se acordó notificar a los ciudadanos Herman Enrique Simo Dugarte, Eugenio Antonio Caballero Parra, Alfredo Ramón Taquiva Cermeño, Alveiro Jiménez Castillo y Eduardo Blanco (parte recurrente), así como a la Comisión Electoral de la Asociación de Coleo del estado Barinas (parte recurrida). Se libró Boleta y Oficio N° 17.526. Igualmente, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas (Distribuidor), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar al ciudadano Herman Enrique Simo Dugarte (parte recurrente), así como a la Comisión Electoral de la Asociación de Coleo del estado Barinas (parte recurrida), se libró Oficio N° 17.525 y Despacho.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2017-000052: Los ciudadanos FÉLIX ALBERTO DUCHARNE GUERRA, FRANCISCO JOSÉ LÓPEZ SÁNCHEZ y NATHANAEL JEPHERSON ROACH PÉREZ, aludiendo la condición de atletas del deporte de Tenis de Mesa, asistidos por las abogadas Ligia Gorriño Castellar y Mitzy Tuárez Sánchez, interpusieron recurso contencioso electoral de anulación con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra “el acto de convocatoria para el llamado a elecciones de las autoridades de la Federación Venezolana de Tenis de Mesa correspondiente al Ciclo Olímpico 2017-2021, efectuada por la Junta Directiva, con fecha 28 de abril de 2017, a realizarse el 02 de agosto de 2017 y la Asamblea General Extraordinaria de fecha 08 de julio de 2017 para la designación de la Comisión Electoral que regirá dicho proceso eleccionario”.

 

Vista la comunicación recibida en esta misma fecha, suscrita por el ciudadano Pedro Infante Aparicio, actuando con el carácter de Presidente del Instituto Nacional de Deportes, mediante la cual consignó recaudos, esta Sala a los fines del mejor manejo del expediente ordenó formar una (01) pieza de anexo con los recaudos que acompañó a la comunicación. En tal sentido, se acordó agregar a la pieza principal la mencionada comunicación y formar una (01) pieza de anexo con los recaudos presentados, la cual será identificada como Anexo 1.

 

DILIGENCIA EN:

 

9.- Expediente N° AA70-E-2012-000106: LUIS  AQUILE MORENO, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "las actuaciones materiales efectuadas por el Consejo Nacional Electoral, consistentes en la ilegal modificación del Registro Electoral Definitivo correspondiente al inminente proceso electoral convocado para el día 16 de diciembre de 2012".

 

El abogado Jaiber Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 239.461, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual efectuó pedimento.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

 

El abogado Manuel Camacaro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.365, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual solicitó "copia certificada del dispositivo electrónico que contiene el audio de la audiencia de los informes orales".

 

11.- Expediente N° AA70-E-2017-000042: El ciudadano José Luis Ramey Gutiérrez, actuando en nombre propio interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Federación Venezolana de Baloncesto, para que se abstenga de ejecutar la convocatoria de elecciones de la Comisión Electoral "según se desprende de comunicado emanada (sic) de este ente federativo y consignado ante el instituto nacional de deportes (sic) de fecha 30 de mayo de 2017"

 

El abogado José Luis Ramey Gutiérrez, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 47.485, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó "escrito de ampliación de la acción que cursa en este expediente, contentivo de ocho (08) folios útiles con nueve (09) anexos.

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

 

12.- Expediente N° AA70-E-2017-000077: Los ciudadanos LUIS BRITO, JUAN DÍAZ y RIGOBERTO MARCANO, asistidos por el abogado Neill Jesús Reaño García, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "…el Proceso Electoral convocado y llevado a cabo presuntamente en la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO, convocado según cartel publicado en el Diario 'Líder', en fecha viernes dieciséis (16) de junio de 2017…".

 

Por recibida comunicación suscrita por el ciudadano Pedro José Infante Aparicio, titular de la cedula de identidad N° 15.541.220, en su carácter de Presidente del Instituto Nacional de Deporte mediante la cual consignó recaudos relacionados al presente asunto.

 

13.- Expediente N° AA70-E-2017-000052: Los ciudadanos FÉLIX ALBERTO DUCHARNE GUERRA, FRANCISCO JOSÉ LÓPEZ SÁNCHEZ y NATHANAEL JEPHERSON ROACH PÉREZ, aludiendo la condición de atletas del deporte de Tenis de Mesa, asistidos por las abogadas Ligia Gorriño Castellar y Mitzy Tuárez Sánchez, interpusieron recurso contencioso electoral de anulación con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra “el acto de convocatoria para el llamado a elecciones de las autoridades de la Federación Venezolana de Tenis de Mesa correspondiente al Ciclo Olímpico 2017-2021, efectuada por la Junta Directiva, con fecha 28 de abril de 2017, a realizarse el 02 de agosto de 2017 y la Asamblea General Extraordinaria de fecha 08 de julio de 2017 para la designación de la Comisión Electoral que regirá dicho proceso eleccionario”.

 

Por recibida comunicación suscrita por el ciudadano Pedro José Infante Aparicio, titular de la cedula de identidad N° 15.541.220, en su carácter de Presidente del Instituto Nacional de Deporte mediante la cual consignó recaudos relacionados al presente asunto.

 

DILIGENCIAS DEL ALGUACIL:

 

14.- Expediente N° AA70-E-2014-000105: Los ciudadanos, JOSÉ HERNÁNDEZ, JOSÉ LÓPEZ MARCIAL VICENT y ASDRUBAL BLONDELL,  interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE (STUDO).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-346 librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos José Hernández, José López, Marcial Vicent y Asdrubal Blondell (parte accionante) y a la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE (STUDO), del fallo N° 53 dictado por esta Sala Electoral, en fecha 24 de mayo de 2017.

 

15.- Expediente N° AA70-E-2014-000105: Los ciudadanos, JOSÉ HERNÁNDEZ, JOSÉ LÓPEZ MARCIAL VICENT y ASDRUBAL BLONDELL,  interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE (STUDO).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-345, librado al Ministerio Público, a los fines de notificarle la Sentencia Nº 53 de fecha 24 de mayo de 2017.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

ACTUACIÓN EN:

 

16.- Expediente N° AA70-E-2017-000081: La ciudadana IRAIMA MALAVE, aludiendo el carácter de Presidenta de la Asociación de Fisicoculturismo y Fitness del estado Anzoátegui, asistido por el abogado Jesús Ramón Malave, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Junta Directiva y Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Fisicoculturismo y Fitness a fin de que "se suspenda y en consecuencia se declaren nulas las convocatorias de fechas 26 de mayo de 2017 y 20 de junio de 2017, de la Asamblea General Ordinaria para la elección de las Autoridades [de la] Junta Directiva, Consejo de Honor, y Consejo Contralor de la Federación Venezolana de Físico Culturismo para el periodo 2017-2021".

 

Vista la Sentencia N° 110 dictada en fecha 21 de junio de 2017, se acordó notificar a la ciudadana Iraima Malavé (parte accionante). Se libró Boleta. Así mismo, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui (Distribuidor), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la parte accionante. Se libró Oficio N° 17.524.

 

DILIGENCIA EN:

 

17.- Expediente N° AA70-E-2017-000016: Los ciudadanos NEPTALÍ PÉREZ GÓMEZ, ROMELÍN PATRICIA CARREÑO, YELITZA COROMOTO RUIZ, LUIS ENRIQUE DÁVILA SÁNCHEZ, RICARDO JOSÉ MARCANO, NELSON SALVADOR SUAREZ, LUIS ANTONIO PASTRANO Y JUAN GABRIEL MENDOZA, aludiendo el carácter de trabajadores y trabajadoras del Metro de Caracas, asistidos por el abogado Sergio Urdaneta, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra "las actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones y omisiones" de la Comisión Electoral que organiza las elecciones para elegir a la Junta Directiva del Sindicato de los Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA), para el periodo 2017-2020.

 

Los ciudadanos SUAREZ NELSON SALVADOR y DAVILA SANCHEZ LUIS ENRIQUE, titulares de la cédula de identidad Nos. V-9.597.403 y 10.115.264 (respectivamente), asistidos por el abogado Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado N° 45.558, presentaron diligencia mediante la cual otorgaron poder Apud Acta al abogado asistente.

 

 

DILIGENCIAS DEL ALGUACIL :

 

18.- Expediente N° AA70-E-2017-000007: El ciudadano ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SANCHEZ, actuando en su propio nombre y representación de los ciudadanos ALFREDO JOSÉ CASANOVA MANCINI, ANELIM GABRIELA ROJAS MILLÁN, EDUARDO JAVIER DURÁN CHACÓN y RODRIGO JOSÉ DURAN CHACÓN, aludiendo el carácter de atletas activos del club de natación máster  Asociación Civil VIKINGOS DE CHACAO CLUB DE NATACIÓN MASTER, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Junta Directiva electa para el periodo 2014-2016 de la referida asociación civil.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-418 librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de notificar a la ciudadana Gladys Ruth Rodríguez González (parte recurrente), del fallo N° 57 dictado por esta Sala Electoral, en fecha 24 de mayo de 2017.

 

19.- Expediente N° AA70-E-2017-000007: El ciudadano ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SANCHEZ, actuando en su propio nombre y representación de los ciudadanos ALFREDO JOSÉ CASANOVA MANCINI, ANELIM GABRIELA ROJAS MILLÁN, EDUARDO JAVIER DURÁN CHACÓN y RODRIGO JOSÉ DURAN CHACÓN, aludiendo el carácter de atletas activos del club de natación máster  Asociación Civil VIKINGOS DE CHACAO CLUB DE NATACIÓN MASTER, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Junta Directiva electa para el periodo 2014-2016 de la referida asociación civil.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-419 librado al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Acevedo, Brión, Andrés Bello, Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del estado Miranda (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano Miguel Prieto Narváez (parte recurrente), del fallo N° 57 dictado por esta Sala Electoral, en fecha 24 de mayo de 2017.

 

La Presidenta,

 

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                                           

 

                                                                                                         La Secretaria

 

 

 

                                                                                        INTIANA LÓPEZ PÉREZ

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