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  • Fecha: 02 de febrero de 2017





CUENTA N° 24

Jueves, dos  (02) de febrero de 2017

 

ACTUACIONES EN:

1- Expediente N° AA70-E-2016-000013: La abogada ROSMAR SUAREZ VEGA, actuando en nombre propio y en representación de las ciudadanas CLAUDISMAR GONZALEZ; AMARILIS OROPEZA y LUCERMIS IZQUIERDO, interpuso "recurso de impugnación" conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral Permanente del Consejo Comunal Las Malvinas del Municipio San Joaquin del estado Carabobo.

Por recibido Oficio N° 435-2016 de fecha 24 de octubre 2016, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 01 de febrero de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

2.- Expediente N° AA70-E-2015-000088: MANUEL GILLERMO CASTRO TORTOLERO, asistido por los abogados Ramón Carmona y Octavio Mujica, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra los hechos y omisiones de la Comisión Electoral Principal de la Asociación Civil de Caja de Ahorro del personal Administrativo del Ejecutivo del estado Carabobo (ACCAPAEEC) en relación con el proceso electoral cuyo acto de votación está pautado para el día 23 de julio de 2015.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los integrantes del Consejo de Administración de la Asociación Civil de Caja de Ahorro del personal Administrativo del Ejecutivo del estado Carabobo (ACCAPAEEC), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 112, dictada en fecha 02 de agosto de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

3.- Expediente N° AA70-E-2015-000088: MANUEL GILLERMO CASTRO TORTOLERO, asistido por los abogados Ramón Carmona y Octavio Mujica, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra los hechos y omisiones de la Comisión Electoral Principal de la Asociación Civil de Caja de Ahorro del personal Administrativo del Ejecutivo del estado Carabobo (ACCAPAEEC) en relación con el proceso electoral cuyo acto de votación está pautado para el día 23 de julio de 2015.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos JONATHAN ARIZA, FELICIANO LARA, JOSÉ CAGUANA, ENRIQUE ROMERO, RAFAEL RABAN, MARITZA PINTO, GLENDA TOVAR, LISET PÉREZ, CARMEN RIVAS, FAVIOLA GARCÍA, YRAIZA TERÁN, GENNYS PÉREZ, ROXANNA ALCAIDE, RAIZA DÍAZ, MARÍA HIDALGO, ROGER MÁRQUEZ, ILDEMAR SUÁREZ, RONAL ROMERO, JULIO D'LUCAS, TITO MADURO, ORLANDO PÉREZ, GUILLERMO LEÓN, MILAGROS ROMERO, NUMA MATUTE, MARTHE MARTÍNEZ, LUIS PARRA, CARMEN SÁNCHEZ, LUIS FERNÁNDEZ y MARÍA DUNO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 112, dictada en fecha 02 de agosto de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

4.- Expediente N° AA70-E-2015-000088: MANUEL GILLERMO CASTRO TORTOLERO, asistido por los abogados Ramón Carmona y Octavio Mujica, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra los hechos y omisiones de la Comisión Electoral Principal de la Asociación Civil de Caja de Ahorro del personal Administrativo del Ejecutivo del estado Carabobo (ACCAPAEEC) en relación con el proceso electoral cuyo acto de votación está pautado para el día 23 de julio de 2015.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos ZULAIMA ARRIECHE, RAFAEL NIEVES, TERESA OLMEDO, ALEYDA BASTIDAS, MIRIAM BORGES, ROSA HERNÁNDEZ, GIANNY MORA, OSWALDO MADERA, GABRIELA FRANCO, DAYANARA GÓMEZ, FRANKLIN MATOS, LILIANA FLORES, NEIDUD ACOSTA, JOSÉ MEDINA, ARMANDO SÁNCHEZ, DENNYS PARRA, ADRIANI PIÑERO, LUIS RODRÍGUEZ, CARMEN CASTILLO, MARY PÉREZ,JOSÉ BU FURAN, GISELA BAZAN, HENRY LARA, YURVIM RODRÍGUEZ, LAURA VARGAS, LEONARDO SEQUERA, JOSÉ TORTOLERO, ARELIS MORA y MAGLYS INOJOSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 112, dictada en fecha 02 de agosto de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2015-000088: MANUEL GILLERMO CASTRO TORTOLERO, asistido por los abogados Ramón Carmona y Octavio Mujica, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra los hechos y omisiones de la Comisión Electoral Principal de la Asociación Civil de Caja de Ahorro del personal Administrativo del Ejecutivo del estado Carabobo (ACCAPAEEC) en relación con el proceso electoral cuyo acto de votación está pautado para el día 23 de julio de 2015.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los integrantes del Consejo de Vigilancia de la Asociación Civil de Caja de Ahorro del personal Administrativo del Ejecutivo del estado Carabobo (ACCAPAEEC), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 112, dictada en fecha 02 de agosto de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

6.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ACADEMIA DE FÚTBOL CHARALLAVE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ESCUELA DE FÚTBOL  ATLÉTICO TUY FC, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol CLUB ESCUELA BOLIVARIANA LOS PRIMOS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

9.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol CLUB DE FÚTBOL LECUMBERRY, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol CLUB ACADEMIA DE FÚTBOL JIMÉNEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

11.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ACADEMIA LOS TEQUES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

12.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol TALENTOS EL PASO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

13.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol E.C.I.D. DE FÚTBOL CAMPO ALMIRANTE BRIÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

14.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol FÚTBOL CLUB LOS ROSALES JESÚS 2022, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

15.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ESCUELA COMUNITARIA DE INICIACIÓN DEPORTIVA SAN JOSÉ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

16.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ATLÉTICO MIRANDA FC, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

17.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol REAL ACADEMIA SAN ANTONIO DE LOS ALTOS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

18.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ESCUELA INTEGRAL DE FÚTBOL RAFAEL URDANETA (EIFRU), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

19.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol E.F. DE ALTO RENDIMIENTO LOS CASTORES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

20.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol CLUB DEPORTIVO PANTERA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

21.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol PACAIRIGUA SPORT CLUB, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

22.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ESCUELA DE FORMACIÓN DEPORTIVA CARACAS TUY, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

23.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol A.C. LIGA COMUNITARIA INTEGRAL DE FUTSAL INDEPENDENCIA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

24.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol SPORTING VENEZUELA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

25.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ESCUELA DE FÚTBOL ALCALDÍA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

26.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol LOMAS DE HABANERO F.C, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

27.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol DEPORTIVO VENEZUELA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

28.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ESCUELA COMUNITARIA SIMÓN BOLÍVAR, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

29.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ATLÉTICO CARTANAL, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

30.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ORGANIZACIÓN DEPORTIVA CACHIMBOS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

31.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ALMIRANTE BRIÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

32.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ESCUELA DE FÚTBOL SEMILLERO SAMARIO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

33.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol CLUB SEVEN SPORT F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

34.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol LANCEROS DE MIRANDA F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

35.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol LIGA DE FÚTBOL CHARALLAVE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

36.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol PINTO SALINAS F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

37.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ATLÉTICO NACIONAL F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

38.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ATLÉTICO SAN ANTONIO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

39.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ATLÉTICO SUCRE C.F., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

40.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol BAYER REAL, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

41.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol CARACAS SPORT CLUB, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

42.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol CENTRO ATLETICO LECOQ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

43.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol C.F. CENTRO ITALIANO VENEZOLANO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

44.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ACADEMIA MIRANDA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

45.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol DEPORTIVO JUAN ARANGO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

46.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol HALCONES FUTSAL F.S.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

47.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol CREACIÓN DEPORTIVA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

48.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol DEP. MANZO F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

49.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol DEP. MIRANDA F.C. INDIGENA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

50.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol DEPORTIVO LA GUAIRA F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

51.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol DEPORTIVO KAIROS CLUB, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

52.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol DEPORTIVO PEÑAROL, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

53.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol DEPORTIVO SELECTA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

54.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol DEPORTIVO TEQUENSE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

55.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol DEPORTIVO TUY F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

56.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol EDIC. CRISTO TE AMA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

57.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ELEGUA F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

58.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol ESCUELA DE FÚTBOL CLARET, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

59.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol F.D.F.A.M. PIN FÚTBOL CLUB, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

60.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol FRATELSA SPORT S.F., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

61.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol FUTSAL ARCOS CLUB, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

62.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol HERMANOS LA VERDE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

63.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol I.E.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

64.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol JUNIOR LOS TEQUES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

65.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol LA MARCA F.S., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

66.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol LOS TEQUES FUTSAL F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

67.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol METROPOLITANOS F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

68.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol SEL. FÚTBOL MUNICIPIO PLAZA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

69.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol SPORTING ACEVEDO 7780,  de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

70.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al club de fútbol VIKINGOS MIRANDA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

71.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los REPRESENTANTES DE ATLETAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

72.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los REPRESENTANTES DE ENTRENADORES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

73.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los REPRESENTANTES DE ÁRBITROS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 2 dictada en fecha 18 de enero de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

74.- Expediente N° AA70-E-2017-000005: Los ciudadanos FERNANDO RIOS FARIAS, JEANNETTE PORRAS COLMENARES y GLADYS CORDERO, aludiendo el carácter de Presidente, Tesorera y Secretaria del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Trabajadores al Servicio de la Educación del estado Miranda, Sector Público N° 198, asistidos por los abogados Hernan Dario Gómez Rodríguez y Cruz Francisco Ramos Centeno, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad contra el proceso electoral para la elección de los nuevos miembros del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida caja de ahorros, periodo 2016-2019 "(ahora será periodo 2017-2020)".

Visto el escrito presentado en fecha 11 de enero de 2016 por la ciudadana Diana Mercedes Camaripano Carvallo, titular de la cédula de identidad N° 16.044.897, actuando con el carácter de candidata de la organización política “Mesa de la Unidad Democrática (MUD)” a diputada nominal por el Circuito 3 del estado Guárico, debidamente asistida por el abogado Antonio Callaos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.935, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra “las VOTACIONES efectuadas en 13 mesas electorales (…) y sus respectivas ACTAS DE ESCRUTINIO, así como contra los respectivos ACTOS DE TOTALIZACIÓN, ADJUDICACIÓN Y PROCLAMACIÓN, emitidos todos con ocasión del proceso de votación efectuado el 6 de diciembre de 2015”. Este Juzgado de Sustanciación, admitió cuanto ha lugar en derecho la presente demanda. Se acordó notificar al Consejo Nacional Electoral (parte recurrida), a la ciudadana Diana Mercedes Camaripano Carvallo (parte recurrente) y al ciudadano Cordero Lara. Librándose Oficio 17-124 y boleta. Asimismo, se ordenó notificar al Ministerio Público librándose Oficio N° 174-125. En el mismo orden de ideas, se acordó notificar la citada Sentencia, a los ciudadanos FRANG MORALES, FLORIVI MERCADO, VICTOR FLORES, JOSÉ ALVAREZ, ANDREINA HERRERA, ANNY MARTÍNEZ, WILFREDO ZAMORA, JOSÉ MATOS, RODOLFO CEDEÑO Y OBDULIO CEDEÑO, y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno, se acordó librar carteles, con la advertencia que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral de los carteles respectivos, se les tendrá por notificados. Librándose Carteles.

75.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos Ignacio Ávila Guerra, Alfredo Ramón Gutiérrez Tovar y Jesús Rivera, actuando en su carácter de Candidatos a la Presidencia del Consejo de Administración y Asociados a la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, presentaron recurso contencioso electoral conjuntamente con la Medida Innominada de Amparo Cautela contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, celebrada en fecha 12 de junio de 2015.

Visto que el 15 de noviembre de 2016, se fijó el día martes siete (07) de febrero de 2017, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para que las partes presenten sus informes en forma oral, esta Sala en razón de las ocupaciones inherentes a la Alta Investidura de los Magistrados, acuerda diferir la realización del referido acto para una nueva oportunidad, y fijó el día jueves dieciséis (16) de marzo de 2017, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para la realización del mismo.

76.- Expediente N° AA70-E-2016-000040: Los ciudadanos JORGE DURÁN, LUIS GRATEROL, JAIRO CASIQUE, JUAN PONCE, ALEX ESPINOZA, JOSÉ PARRA, JAMES HENRÍQUEZ, JOSÉ COLMENARES, JUAN AYALÁ, ANTONIO GUDIÑO, JESÚS MORENO, CARLOS ARÉVALO, ALFREDO MANRIQUE FLORES, OMAR ENRIQUE LÓPEZ y WILLIANS JOSÉ CARRILLO, invocando la condición de afiliados y miembros de la Comisión Ad Hoc del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE CABALLERICEROS, CAPATACES, APRENDICES Y SERENOS DE CUADRAS (SIPTRBC-CASEC), asistidos por el abogado Adonis Moisés Bello Ruiz, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones sindicales contra la Junta Directiva del referido SINDICATO.

Se acordó diferir la audiencia oral y pública pautada para el día jueves (09) de febrero de 2017, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.). Del mismo modo, se fijó el día martes veintiuno (21) de marzo de 2017, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para la realización de la misma, oportunidad en la cual las partes podrán exponer sus alegatos y defensas.

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

77.- Expediente N° AA70-E-2014-000096: MARÍA LORETO, MÁXIMO DAAL SUÁREZ y GUIDO CAMARGO REYES, todos con la cualidad de Jueces de Coleo miembros de la Asociación Civil FEDERACIÓN VENEZOLANA DE COLEO, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso de elección de la Junta Directiva, el Consejo de Honor y el Consejo Contralor y Delegados ante la Asamblea para el período 2013-2017 de la Asociación Civil FEDERACIÓN VENEZOLANA DE COLEO, cuyo acto de votación está fijado para el 29 de noviembre de 2014.

El ciudadano TARCISIO DÍAZ QUINTERO, titular de la cédula de identidad N° 3.935.606, actuando con el carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Coleo (FEVECO), asistido por el abogado Tulio Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, presentó escrito mediante el cual solicitó pronunciamiento sobre la sentencia N° 112 de fecha 10 de junio de 2015.

 

DILIGENCIA EN:

 

78.- Expediente N° AA70-E-2016-000054: Por oficio N° 937-16 de fecha 21 de junio de 2016, el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, remitió demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, interpuesta por el abogado Juan Ernesto Rondón Pérez, actuando en nombre y representación del CONSEJO COMUNAL SAN FRANCISCO I  del barrio San Francisco de la ciudad de Biscucuy del Municipio Sucre del estado Portuguesa, contra el acto administrativo del Registro de la Comuna "El Nuevo Despertar de Hugo Chávez" por la Oficina de Registro de Taquilla Única del Ministerio del Poder Popular para la Comunas y Movimientos Sociales del Estado Portuguesa.

El abogado Juan Ernesto Rondón Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61292, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual suministró la dirección de los ciudadanos JHONNY CAMPERO y ANA MARIA JUSTINIANO, titulares de la cédula de identidad números V-18.669.983 y V-17.881.691, respectivamente, a los fines de su notificación.

79.- Expediente N° AA70-E-2015-000094: JOSÉ USECHE, JACQUELINE GUILLÉN, EVA SÁNCHEZ, JOHAN FERNÁNDEZ, JUAN BLANCO y GUILLERMO BLANCO, invocando el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Sindicato Único de la Clase Trabajadora del Sector Eléctrico del Distrito Capital, estado Vargas y estado Miranda (SIUCTRAELEC), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "LAS CONVOCATORIAS AL PROCESO ELECTORAL PARA ELEGIR A LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA Y TRIBUNAL DISCIPLINARIO "  del referido Sindicato "DE FECHAS 9 DE JUNIO DE 2015 Y 6 DE JULIO DE 2015, REALIZADAS POR EL SECRETARIO GENERAL ELIO PALACIOS" así como contra el Tribunal Disciplinario del Sindicato Único de la Clase Trabajadora del Sector Eléctrico del Distrito Capital, estado Vargas y estado Miranda (SIUCTRAELEC), integrado por los ciudadanos Jesús Figueroa, Jorge Medina y Jorge Quijada.

El abogado Jesús Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente,  presentó diligencia mediante la cual solicitó ejecución forzosa de la sentencia N° 115 de fecha 02 de agosto de 2016.

 

80.- Expediente N° AA70-E-2014-000021: JESÚS RAFAEL LONGA ZAMORA y JORGE EMILIO RIVAS MARCANO, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "los actos de totalización, proclamación y toma de posesión de las nuevas autoridades de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (CATINDE), emitidos por la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL ELECCIONES CATINDE 2.014", efectuadas en fecha 13 de marzo de 2014.

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a los ciudadanos Jesús Rafael Longa Zamora y Jorge Emilio Rivas Marcano, a los fines de notificarles  la Sentencia N° 201 de fecha 15-12-2016.

81.- Expediente N° AA70-E-2014-000021: JESÚS RAFAEL LONGA ZAMORA y JORGE EMILIO RIVAS MARCANO, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "los actos de totalización, proclamación y toma de posesión de las nuevas autoridades de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (CATINDE), emitidos por la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL ELECCIONES CATINDE 2.014", efectuadas en fecha 13 de marzo de 2014.

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la ciudadana Carmen Aurora Palfitt Montenegro, a los fines de notificarle la Sentencia N° 201 de fecha 15-12-2016.

82.- Expediente N° AA70-E-2014-000021: JESÚS RAFAEL LONGA ZAMORA y JORGE EMILIO RIVAS MARCANO, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "los actos de totalización, proclamación y toma de posesión de las nuevas autoridades de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (CATINDE), emitidos por la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL ELECCIONES CATINDE 2.014", efectuadas en fecha 13 de marzo de 2014.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-029, librado a la Junta Directiva de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Instituto Nacional de Deportes (CATINDE), mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 201 de fecha 15-12-2016.

83.- Expediente N° AA70-E-2014-000021: JESÚS RAFAEL LONGA ZAMORA y JORGE EMILIO RIVAS MARCANO, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "los actos de totalización, proclamación y toma de posesión de las nuevas autoridades de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (CATINDE), emitidos por la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL ELECCIONES CATINDE 2.014", efectuadas en fecha 13 de marzo de 2014.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-030, librado a la Superintendencia de Cajas de Ahorro adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Economía y  Finanzas de la República Bolivariana de Venezuela, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 201 de fecha 15-12-2016.

84.- Expediente N° AA70-E-2014-000021: JESÚS RAFAEL LONGA ZAMORA y JORGE EMILIO RIVAS MARCANO, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "los actos de totalización, proclamación y toma de posesión de las nuevas autoridades de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (CATINDE), emitidos por la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL ELECCIONES CATINDE 2.014", efectuadas en fecha 13 de marzo de 2014.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-031, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 201 de fecha 15-12-2016.

85.- Expediente N° AA70-E-2014-000021: JESÚS RAFAEL LONGA ZAMORA y JORGE EMILIO RIVAS MARCANO, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "los actos de totalización, proclamación y toma de posesión de las nuevas autoridades de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (CATINDE), emitidos por la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL ELECCIONES CATINDE 2.014", efectuadas en fecha 13 de marzo de 2014.

El abogado Jorge Emilio Rivas Marcano, titular de la cédula de identidad N° 2.953.215 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 10.062, actuando con el carácter de recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó acta de totalización presentada para la Comisión Electoral Nacional de las Elecciones del 2014, Oficio presentado por la Presidenta de la Comisión Electoral Nacional de las elecciones 2014 con fecha 02 de febrero de 2017 y acta suscrita por los directivos de la Caja de Ahorros (CATINDE).

86.- Expediente N° AA70-E-2016-000021: GLADIMIR SANCHEZ LOPEZ y VICTOR MARTINEZ MENDEZ, asistidos por el abogado Lucio Valero Acevedo, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016.

El ciudadano GERARDO OCHOA, titular de la cédula de identidad número V-13.792.249, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato (SUTIESETA), asistido por el abogado Francisco Cuenca, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.976, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia N° 55 de fecha 14 de abril de 2016.

 

87.- Expediente N° AA70-E-2015-0000074: El abogado LUBIN AGUIRRE, actuando en con carácter de apoderado judicial del ciudadano STEFANO FERRARI GRANCINI y por el abogado FRANCESCO CARROCCIO VENDITTO, actuando en nombre propio, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las actuaciones emanadas por la Comisión Electoral del Centro Social Ítalo Venezolano de Valencia, referidas al proceso electoral a los fines de elegir a las autoridades del mencionado Club Social.

 

El abogado Francesco Carroccio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 20.694 (recurrente), presentó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de los folios: 01 al 07 y 44 al 67 pertenecientes a la Pieza N° 1, 345 al 367, 365, 368 al 390, pertenecientes a la Pieza N° 2, del expediente.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

ASUNTO NUEVO INGRESADO:

 

88.- Expediente N° AA70-E-2017-000010: Los ciudadanos Leonardo Andrés Cisnero Ortega, Leonel Jesús Dos Santos Castañeda, Joswual Javier Martínez Jaime y Ángela María Pérez Álvarez, actuando en su condición de estudiantes de la Escuela de Sociología de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas, el primero, y el resto en su condición de estudiantes de las escuelas de Derecho y de Estudios Políticos de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Central de Venezuela y electores a cargos de representación estudiantil de gobierno y cogobierno en la mencionada Universidad,  asistidos por el abogado César Andrés Villa Crespo, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Consejo Universitario y la Comisión Electoral de la referida Universidad.

Se dio cuenta a la Sala.

 

ACTUACIÓN EN:

 

89.- Expediente N° AA70-E-2016-000018: NELGARD LENIN TORRES ALVAREZ, ALFONSO JOSE ARANGU ROJAS, RICARDO ANDRES MARCHAN CHIRINOS, JOSE JAVIER TORREALBA OBREGON, ANTHONY JOSEPH RODRIGUEZ MORA, invocando su condición de estudiantes de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (UCLA), actuando en su condición de aspirantes a participar como voceros de la Federación de los Centros Universitarios, interpusieron acción de amparo contra los miembros de la Comisión Electoral para la elección de los representantes de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (UCLA) y Federación de los Centros Universitarios.

Por recibido Oficio N° 735-2016 de fecha 29 de noviembre 2016, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 10 de mayo de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

90.- Expediente N° AA70-E-2016-000065: Por recibido oficio N° 1590-214 de fecha 08 de agosto de 2016, el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, declinó acción de amparo  constitucional interpuesta por el ciudadano JESÚS ENRIQUE BORJES REFUNJOL, titular de la cédula de identidad 24.526.603, contra el Consejo Universitario de la Universidad de Falcón.

Por recibido Oficio N° 2485-815-16 de fecha 15 de noviembre 2016, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 11 de octubre de 2016, se acodó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

91.- Expediente N° AA70-E-2016-000035: ESMIN RAMIREZ y MIGUEL PEREZ, aludiendo el carácter de cotizantes del Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera del Orinoco C.A., (SINTRAFERROMINERA) y trabajadores activos de la empresa C.V.G Ferrominera del Orinoco C.A., interpusieron acción de amparo constitucional y medida cautelar innominada contra la Convocatoria y elección efectuadas en fechas 4 y 5 de enero de 2016, realizada por la Comisión Electoral de la organización Sindical Integral de Trabajadores de Ferrominera del Orinoco C.A., (SINTRAFERROMINERA).

Por recibido Oficio N° 1046-16 de fecha 21 de noviembre 2016, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 24 de mayo de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

92.- Expediente N° AA70-E-2016-000048: Los ciudadanos ÁNGEL DANIEL MORÁN ATENCIO y ROMÁN EMIRO OCANDO LEÓN, , invocando el carácter de afiliados al SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES DEL PETRÓLEO, DEL GAS, SUS SIMILARES Y DERIVADOS DEL MUNICPIO LA CAÑADA DE URDANETA DEL ESTADO ZULIA (SUTPMCU), asistidos por la abogada Nancy Del Pilar Cadenas Briceño,  interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral que regirá el proceso electoral para elegir a las nuevas autoridades del referido Sindicato 2015-2018, cuyo acto de votación está pautado para el día 22 de junio de 2016.

El abogado Rafael Eduardo Abreu Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 128.178, apoderado judicial de la parte accionada, presentó escrito mediante el cual solicitó se libre oficio al Banco Central de Venezuela, Departamento de Sistemas de Pagos, indicando el establecimiento de las multas, a los fines del cumplimiento del respectivo pago.

La Presidenta,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria,

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

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