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CUENTA N° 153
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, actuando en nombre propio y representación, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.
Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2017-000087: El abogado SIMON GABAY, interpuso recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada subsidiaria contra “…la Asamblea Nacional Constituyente y contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), para que convengan, o en su defecto ello sea declarado por esta Sala Electoral: PRIMERO: En la nulidad del acto de votación realizado el 30 de julio de 2017…; SEGUNDO: En la nulidad de la Resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE), N° 170607-118 de fecha 07 de junio de 2017…; TERCERO: En la nulidad total de la Resolución del Consejo Nacional Electoral 170607-119 de fecha 07 de junio de 2017 y CUARTO: Que… también convengan en la nulidad total del acto de votación realizado el 30 de julio de 2017…”.
Se designó ponente a la Magistrada INDIRA ALFONZO IZAGUIRRE a quien se le remite el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.
ACTUACIÓN EN:
3.- Expediente N° AA70-E-2015-000114: el abogado Manuel Antonio Suárez Ramírez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANGELINA POLITO, invocando el carácter de candidata a presidenta por la plancha N° 2 en el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Reestructurada de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar encargada de dirigir el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva de la referida Institución, período 2015-2017, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25 de agosto de 2015.
Vencido como se encuentra el lapso para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento, previsto en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se agregó al expediente el cartel de emplazamiento original.
4.- Expediente N° AA70-E-2017-000024: Los ciudadanos RONAL CELESTINO SALAZAR, en su carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Judo, asistido por el abogado Esteban del Jesús Rendón Ramos, interpuso "recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con pretensión de amparo constitucional como medida cautelar" contra la actuación del Directorio del Instituto Nacional de Deportes "quien en fecha 14 de febrero de 2017, emitió acto administrativo N° CJ-0-013-/2017 acto que aquí se impugna".
Vista las diligencias presentadas en fecha 31 de julio de 2017, por el ciudadano Alguacil de esta Sala Electoral, mediante las cuales consignó copia de los oficios N° 17.289, 17.290 y 17.292, librados por este Juzgado en fecha 02 de mayo de 2017, dirigidos Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación Venezolana de Judo periodo 2013-2017 y a la Autoridad Provisional de la Federación Venezolana de Judo, respectivamente, y en las cuales se evidenció la imposibilidad de cumplir en su totalidad con la notificación encomendada, este Juzgado, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel a los fines de notificarles la Sentencia N° 46 dictadas en fecha 27 de abril de 2017 por esta Sala, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se les tendrá por notificados. Se Libró Cartel.
5.- Expediente N° AA70-E-2017-000066: Por recibido Oficio N° 353/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por la ciudadana GLORIA SOTO RUIZ, asistida por el abogado Luis Ramos Reyes, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.
Vista la Sentencia N° 104 dictada en fecha 20 de julio de 2017, esta Sala acordó notificar a la ciudadana GLORIA SOTO RUÍZ (parte recurrente), y por cuanto no consta en autos domicilio alguno, se acordó librar cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se le tendrá por notificada. Se libró Cartel.
6.- Expediente N° AA70-E-2017-000067: Por recibido Oficio N° 356/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos VICTOR BARRIOS, YISEL COROMOTO ESALONA y otros, asistidos por la abogada Luz Adriana Pérez, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.
Vista la Sentencia N° 105 dictada en fecha 20 de julio de 2017, esta Sala acordó notificar a la parte recurrente, y por cuanto no consta en autos domicilio alguno, se acordó librar cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se le tendrá por notificada. Se libró Cartel.
7.- Expediente N° AA70-E-2017-000068: Por recibido Oficio N° 358/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano JOSÉ ESCALONA RODRÍGUEZ, asistidos por la abogada María López, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas
Vista la Sentencia N° 106 dictada en fecha 20 de julio de 2017, esta Sala acordó notificar al ciudadano JOSÉ ESCALONA RODRÍGUEZ (parte recurrente), y por cuanto no consta en autos domicilio alguno, se acordó librar cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se le tendrá por notificado. Se libró Cartel.
8.- Expediente N° AA70-E-2017-000069: Por recibido Oficio N° 359/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano DUGLAS DE JESÚA GÍL, asistidos por el abogado Carlos Rojas, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.
Vista la Sentencia N° 107 dictada en fecha 20 de julio de 2017, esta Sala acordó notificar al ciudadano DOUGLAS DE JESÚS GIL (parte recurrente), y por cuanto no consta en autos domicilio alguno, se acordó librar cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se le tendrá por notificado. Se libró Cartel.
ESCRITO PRESENTADO EN:
9.- Expediente N° AA70-E-2017-000038: El abogado Gustavo Boada Chacón, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ELIO LEANDRO PESTANA, ERLYN GUSTAVO MARTINEZ RADA, CARMEN FELICIA BARROS RODRIGUEZ, JUDITH MARTINEZ DE CORREA y VALDEMARO ALVES DA SILVA, "…todos del Complejo Urbanístico Recreacional denominado CARIBBEAN SUITES MARINA & BEACH CLUB, copropietarios del Condominio (sic) del referido Complejo (sic)…", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el acta de la Junta de Condominio de CARIBBEAN SUITES MARINA & BEACH CLUB, de fecha 20 de octubre de 2016.
Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso contencioso electoral, así como los antecedentes administrativos, presentado por el abogado Tulio Rafael Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 152.982, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARIA ELENA BUJAN TATO, JOSÉ ANTONIO VILLARO ARTEAGA, REINA CHIQUINQUIRA ROMERO ROJAS, YAMIR JOSÉ BRACHO PRECIADO y CRISTIAN ARMANDO GRANDON ORTIZ, titulares de la cédula de identidad Nos. V- 6.102.698, V- 3.581.162, V- 7.152.636, V- 7.014.473 y E- 81.954.176, respectivamente, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como el poder que acredita su representación y formar una (01) pieza separada con los recaudos que acompañó al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso, pieza que será identificada como Expediente Administrativo.
DILIGENCIA EN:
10.- Expediente N° AA70-E-2017-000085: El ciudadano ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, actuando en nombre propio y representación y en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso Recurso Contencioso Electoral "POR ABSTENCIÓN ante la falta de convocatoria oportuno (sic) del proceso electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)".
El abogado Alexis E. Aguirre Sánchez, inscrito en el Inpreabodo bajo el N° 57.540, actuando en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda, presentó diligencia mediante la cual "desiste del recurso".
11.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNÁNDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.
El abogado Jhonny Enrique Castillo Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 163.178 (parte recurrente) presentó diligencia mediante la cual solicitó la adhesión por parte de los ciudadanos AMADO AVILA ANGULO Y ALEJANDRO JOSE ARTEAGA, titulares de la cedula de identidad N° V-15.540.836 y 6.435.163, respectivamente.
12.- Expediente N° AA70-E-2017-000052: Los ciudadanos FÉLIX ALBERTO DUCHARNE GUERRA, FRANCISCO JOSÉ LÓPEZ SÁNCHEZ y NATHANAEL JEPHERSON ROACH PÉREZ, aludiendo la condición de atletas del deporte de Tenis de Mesa, asistidos por las abogadas Ligia Gorriño Castellar y Mitzy Tuárez Sánchez, interpusieron recurso contencioso electoral de anulación con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra “el acto de convocatoria para el llamado a elecciones de las autoridades de la Federación Venezolana de Tenis de Mesa correspondiente al Ciclo Olímpico 2017-2021, efectuada por la Junta Directiva, con fecha 28 de abril de 2017, a realizarse el 02 de agosto de 2017 y la Asamblea General Extraordinaria de fecha 08 de julio de 2017 para la designación de la Comisión Electoral que regirá dicho proceso eleccionario”.
La abogada Mitzi Johana Tuarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 144.632, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente presentó diligencia mediante la cual retiró cartel de emplazamiento librado por esta sala en fecha 26 de julio de 2017.
13.- Expediente N° AA70-E-2017-000052: Los ciudadanos FÉLIX ALBERTO DUCHARNE GUERRA, FRANCISCO JOSÉ LÓPEZ SÁNCHEZ y NATHANAEL JEPHERSON ROACH PÉREZ, aludiendo la condición de atletas del deporte de Tenis de Mesa, asistidos por las abogadas Ligia Gorriño Castellar y Mitzy Tuárez Sánchez, interpusieron recurso contencioso electoral de anulación con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra “el acto de convocatoria para el llamado a elecciones de las autoridades de la Federación Venezolana de Tenis de Mesa correspondiente al Ciclo Olímpico 2017-2021, efectuada por la Junta Directiva, con fecha 28 de abril de 2017, a realizarse el 02 de agosto de 2017 y la Asamblea General Extraordinaria de fecha 08 de julio de 2017 para la designación de la Comisión Electoral que regirá dicho proceso eleccionario”.
La abogada Mitzi Johana Tuarez , inscrita en el Inpreabogado bajo el número 144.632, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente presentó diligencia mediante la cual consignó la pagina N° 25 del diario "Últimas Noticias" donde apareció publicado el cartel de emplazamiento librado por esta Sala en fecha 02 de agosto de 2017.
OFICIOS RECIBIDOS EN:
14.- Expediente N° AA70-E-2016-000052: Por oficio N° 0900-527 de fecha 31 de mayo de 2016, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, remitió recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por el ciudadano MILTON JESÚS RAMÍREZ TORRES, titular de la cédula de identidad 4.373.007, contra de los "hechos, actos u omisión, originados por los ciudadanos que conforman la Comisión Electoral de Regular el Proceso de Elecciones que se realizaran en fecha 29 de mayo de 2016 en lo que respecta a la participación de postulación de plancha a la elección de la junta directiva del Condominio Urbanización Villa Roca III".
Por recibido Oficio N° 0255-17 de fecha 03 de julio de 2017, emanado del Juzgado Tercero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del estado Lara, anexo al cual remitió las resultas de las pruebas admitidas en la presente causa, que le fuere conferida en fecha 10 de mayo de 2017, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
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