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Sala Electoral
  • Fecha: 4 de Abril de 2017





CUENTA N° 67

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2015-000102: ADERMNIS RAFAEL BORGES, GREGORY RAFAEL RIVAS FANEITE, FÉLIX ENRIQUE GRATEROL CABRERA, ROLLER ALEXANDER SÁNCHEZ TORRES y MAURICIO RENÉ MARIN VÁSQUEZ, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos contra "los actos de formación del registro electoral preliminar y definitivo que sirvió de base para las votaciones, así como contra los actos de escrutinio, adjudicación y proclamación dictados y realizados por la Comisión Electoral de SUNTINS, e igualmente contra el acto de generación del registro electoral definitivo realizado por la Oficina Regional Electoral del estado Carabobo, entre los días 20 al 26 de enero de 2015, en el marco del procedimiento de elección de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario" del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Naval y sus Similares del Municipio Puerto Cabello, así como contra la Resolución N° 150611-134 del 11 de junio de 2015 dictada por el Consejo Nacional Electoral.

 

Vencido como se encuentra el lapso de evacuación de pruebas, esta Sala de conformidad con lo dispuesto en los artículos 191 y 192 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, designó ponente a la Magistrada INDIRA ALFONZO IZAGUIRRE, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de la presentación de los informes orales. Asimismo, se fijó el día martes veintitrés (23) de mayo de 2017, a las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), para que las partes presenten sus informes en forma oral.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2014-000118: DIANA PATRICIA BERMUDEZ MALAVE, interpuso recurso contencioso electoral contra "LA OMISIÓN, DEMORA Y DEFICIENTE PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO Y ABSTENCIÓN POR PARTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL CON SEDE EN EL ESTADO ARAGUA SOBRE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN CONTRA LA (sic) ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA PARA EL PERÍODO 2014-2017, EFECTUADAS EL LUNES 14 DE JUNIO DE 2014".

 

Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados librado en fecha 20 de marzo de 2017, se designó ponente: Magistrado CHRISTIAN ZERPA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

3.- Expediente N° AA70-E-2017-000025: El ciudadano FRANGER AURELIO COLMENARES ESPINEL, aludiendo el carácter de afiliado a la Organización Sindical SINDICATO SOCIALISTA BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA ENTIDAD DE TRABAJO HERRAPLAST C.A. (SINSOBOTRAHERRAPLAST), asistido por el abogado Víctor Eduardo Ortega, interpuso solicitud de convocatoria a elecciones para elegir a la Junta Directiva de la referida organización sindical.

 

Se designó ponente al Magistrado FANNY MÁRQUEZ CORDERO, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la presente solicitud de convocatoria a elecciones.

 

ACTUACIÓN EN:

 

4.- Expediente N° AA70-E-2016-000021: GLADIMIR SANCHEZ LOPEZ y VICTOR MARTINEZ MENDEZ, asistidos por el abogado Lucio Valero Acevedo, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016.

 

Se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2015-000094: JOSÉ USECHE, JACQUELINE GUILLÉN, EVA SÁNCHEZ, JOHAN FERNÁNDEZ, JUAN BLANCO y GUILLERMO BLANCO, invocando el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Sindicato Único de la Clase Trabajadora del Sector Eléctrico del Distrito Capital, estado Vargas y estado Miranda (SIUCTRAELEC), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "LAS CONVOCATORIAS AL PROCESO ELECTORAL PARA ELEGIR A LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA Y TRIBUNAL DISCIPLINARIO "  del referido Sindicato "DE FECHAS 9 DE JUNIO DE 2015 Y 6 DE JULIO DE 2015, REALIZADAS POR EL SECRETARIO GENERAL ELIO PALACIOS" así como contra el Tribunal Disciplinario del Sindicato Único de la Clase Trabajadora del Sector Eléctrico del Distrito Capital, estado Vargas y estado Miranda (SIUCTRAELEC), integrado por los ciudadanos Jesús Figueroa, Jorge Medina y Jorge Quijada.

 

Vista la Sentencia Nº 33 dictada por esta Sala Electoral en fecha 23 de marzo de 2017, se acordó  librar Boleta al Sindicato Único de la Clase Trabajadora del Sector Eléctrico del Distrito Capital, estado Vargas y estado Miranda (SIUCTRAELEC) y oficio de notificación al Consejo Nacional Electoral, anexándoles copia certificada de la diligencia presentada en fecha 02 de febrero de 2017 y del referido fallo. Líbrese boleta y Oficio N° 17-260. De igual forma, se ordenó notificar el fallo N° 33 dictado en fecha 23 de marzo de 2017, a los ciudadanos: José Useche, Jacqueline Guillén, Eva Sánchez, Johan Fernández, Juan Blanco y Guillermo Blanco, (parte recurrente), anexándoles copia certificada del referido fallo. Se libró boleta.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2017-000026: La ciudadana MELISSA HELENA TOVAR CEDEÑO, aludiendo el carácter de electora inscrita en los registros del Colegio de Abogados del estado Bolívar, asistida por el abogado Enio Campos, interpuso "RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL DE NULIDAD DE ACTOS DE EFECTOS PARTICULARES DE CONTENIDO ELECTRAOL, por cuanto todo el proceso electoral convocado, organizado y celebrado en fecha 30 del mes de septiembre de 2016, por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Bolívar" para la escogencia de la Junta Directiva que integra el referido Colegio de Abogados.

 

Visto el escrito presentado en fecha 03 de abril de 2017, por la ciudadana MELISSA HELENA TOVAR CEDEÑO, actuando en su condición de miembro del colegio de abogados del estado Bolívar, asistida por el abogado Enio Campos, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso electoral convocado, organizado y celebrado en fecha 30 de septiembre de 2016, por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Bolívar, para la escogencia de la Junta Directiva del referido Colegio, en consecuencia, se acordó solicitar a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Bolívar, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Se libró Oficio N° 17-259. Igualmente, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de notificar a la COMISIÓN ELECTORAL del Colegio de Abogados del estado Bolívar. Se libró Oficio N° 17.258.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2016-000094: El abogado Fernando León Barrientos Sánchez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELIAS TORRES, PEDRO ARTURO MORENO, ROSA ANGELINA CASTELLANOS, actuando en su condición de miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la Confederación de  Trabajadores de Venezuela (CTV) para nombrar una junta transitoria de conducción sindical de la referida confederación, convocada para el 12 de diciembre de 2016.

 

Vista las diligencias presentadas en fecha 15 de marzo de 2017 por el ciudadano Ricardo Garrido, Alguacil de esta Sala,  en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel a los fines de notificar a los ciudadanos CARLOS JULIO PEÑA, LORENZO SALAZAR, HÉCTOR VILLALBA y GUSTAVO NÚÑEZ, en su carácter de Presidentes de FETRASUCRE, FETRANUEVAESPARTA, FETRAMONAGAS y FETRAVARGAS, el auto de fecha 08 de diciembre de 2016, mediante el cual se solicitó los antecedentes administrativos así como el informe sobre los aspectos de hecho y derecho relacionados con el recurso interpuesto, y la Sentencia N° 192 dictada por esta Sala en fecha 12 de diciembre de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados. Se libraron Carteles.

 

DILIGENCIA EN:

 

8.- Expediente N° AA70-E-2017-000002: Los ciudadanos NICOLAS SUAREZ DELGADO, LARA RODRIGUEZ NAGGER, FRANCO FASCIANA AZOCAR, MIGUEL LUIS GAMARDO, ANDRES BRITO ESPAÑA, JOSE LUIS DANGLAD, JESUS MANUEL ALVARADO,  ELY LUCIDO MORAN MORAN, WILSON SOTO, HECTOR ROJAS, TELMO MIGUEL MORENO, HERNAN DARÍO GÓMEZ MERCADO y DANIEL GUILLEN, aludiendo el carácter de Presidente de Club Deportivo TRIJILLANOS FUTSALA, Presidente de la Escuela Deportiva Integral Robinson Tolosa Mi Jardín del estado Barinas, Presidente de la Academia de Fútbol, entrenador de la Academia Hermanos Páez, Presidente del Club Maniceros del Tigre del estado Anzoátegui, entrenador en el estado Bolívar,  Presidente del Club Los Malabares FC, Presidente del Club Fundación Deportivo Puerto Real, Vicepresidente de Fútbol Larense, Presidente del Club Fútbol José Tadeo Monagas, Presidente del Club Delta Amacuro FC Francisco Tamayo, Presidente Club Deportivo 19 DE ABRIL, asistidos por los abogados Hernán Darío Gómez Mercado, Yoel Romero y Pedro Octavio Capella Diamon, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente solicitud cautelar de suspensión de efectos, contra “el acto de autoridad emanado de la Comisión Electoral Nacional del Fútbol Venezolano, en el sentido de que la aludida Comisión Electoral, dio inicio al proceso de convocatoria de las elecciones regionales, para la elección de las nuevas autoridades de la Federación Venezolana de Fútbol (FVF), periodo 2017-2012” y cuyo proceso electoral “pretende” efectuarse en el mes de marzo 2017.

 

El abogado Hernán Darío Gómez Mercado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.480, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual retiró el cartel de emplazamiento.

 

9.- Expediente N° AA70-X-2017-000007: El abogado Wilmer Rafael Rivas, apoderado judicial de los ciudadanos GLADYS RODRÍGUEZ y MIGUEL PRIETO (parte recurrente), presentó escrito mediante el cual solicitó medida cautelar.

 

El ciudadano MIGUEL PRIETO, titular de la cédula de identidad N° 3.354.837 (recurrente), asistido por el abogado Pablo Briceño Zabala, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, presentó diligencia mediante el cual consignó escrito de fundamentación de la medida cautelar y anexos.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2015-000046: ZAINE CAROLINA ACOSTA DE GONZÁLEZ, apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ENRIQUE MONTERO ROSALES, LUIS MANUEL ALVÁREZ SUÁREZ, LUIS ENRIQUE PÉREZ SIERRA, BLADIMIR ANTONIO TORRES COLMENARES, ROY JOSUE PACHECO MUSSETT, DIONISIO JESÚS SÁNCHEZ VILLASMIL, KENNYS ENRIQUE MENDOZA ROJAS y JUAN CARLOS PIZZINI PERAZA, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de la nueva directiva de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP) para el periodo 2015-2018, celebradas del 21 al 28 de abril de 2015, al cual le fue acumulado el expediente AA70-E-2015-000060 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado JESÚS ENRIQUE VÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 191.107, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NARCISO JOSÉ MATA LÓPEZ, GUSTAVO ÁNGEL RODRÍGUEZ BARBOZA y HERVING RAMÓN BERMÚDEZ SOTO, contra las elecciones celebradas entre el 22 y 28 de abril de 2015, “para la designación de la Junta Directiva para el periodo 2015-2018, a cargo de la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMO DE LOS TRABAJADORES ACTIVOS Y JUBILADOS PETROLEROS (CATRAJUP)”. (Expedientes Acumulados Nos. AA70-E-2015-000046, AA70-E-2015-000060).

 

La abogada Virginia Carrero Ugarte, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 18.967, presento diligencia mediante la cual consignó revocatoria de poder conferido por los ciudadanos  JOSÉ ROJAS y MARÍA RODRÍGUEZ, Presidente del Consejo de Administración y Presidenta de la Comisión Electoral  de CATRAJUP, a los abogados Magdony león y Jesús Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 47.119 y 201.746, respectivamente.

 

11.- Expediente N° AA70-E-2016-000052: Por oficio N° 0900-527 de fecha 31 de mayo de 2016, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, remitió acción de amparo  constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por el ciudadano MILTON JESÚS  RAMÍREZ TORRES, titular de la cédula de identidad 4.373.007, contra de los "hechos, actos u omisión, originados por los ciudadanos que conforman la Comisión Electoral de  Regular el Proceso de Elecciones que se realizaran en fecha 29 de mayo de 2016 en lo que respecta a la participación de postulación de plancha a la elección de la junta directiva del Condominio Urbanización Villa Roca III". (Cambio a recurso contencioso electoral).

 

El abogado Hernán Darío Gómez Mercado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.480, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó la pagina N° 17 del diario "Últimas Noticias" donde apareció publicado el cartel de emplazamiento librado por esta Sala en fecha 22 de marzo de 2017.

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

 

12.- Expediente N° AA70-E-2016-000025: El ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, invocado el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato "y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical", pautado para el día 06 de abril de 2016.

 

Por recibido Oficio N° 2320-073 de fecha 15 de marzo de 2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guácara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo,  anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 04 de abril de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

13.- Expediente N° AA70-E-2016-000025: El ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, invocado el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato "y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical", pautado para el día 06 de abril de 2016.

 

Por recibido Oficio N° 2320-074 de fecha 15 de marzo de 2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guácara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo,  anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 19 de julio de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

14.- Expediente N° AA70-E-2016-000025: El ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, invocado el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato "y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical", pautado para el día 06 de abril de 2016.

 

Por recibido Oficio N° 2320-075 de fecha 15 de marzo de 2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guácara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 19 de julio de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

15.- Expediente N° AA70-E-2015-000061: Los ciudadanos FELIX ISTURIZ, JOSÉ GREGORIO MEIGNEN, EFRAÍN ROJAS, BELQUIS AGUILERA y FERNANDO CALMA, los dos primeros abogados, actuando en nombre propio y asistiendo a los tres últimos, contra el proceso electoral celebrado en los Municipios Caroní y Piar del estado Bolívar, correspondientes a la elección de autoridades del partido UN NUEVO TIEMPO, cuyo acto de votación tuvo lugar el 23 de noviembre de 2014.

 

Por recibido Oficio N° 8679-2.016 de fecha 09 de noviembre de 2016, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar,  anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 1° de agosto de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

DILIGENCIAS DEL ALGUACIL:

 

16.- Expediente N° AA70-E-2016-000077: Por oficio N° 1241-C de fecha 26 de septiembre de 2016, el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con competencia en el estado Delta Amacuro, remitió el expediente N° NP11-G-2016-000056, contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado ANTONIO JOSÉ CASTILLO BRICEÑO, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos MANUEL CERMEÑO ROJAS, ALIDA BONILLA LOPEZ, MELIDA DEL VALLE FRANCO y ROSELIANNY CAMPOS TOVAR, aludiendo todos el carácter de voceros principales de la Comisión Permanente del Consejo Comunal 'Las Viviendas' con ámbito territorial en el sector Andrés Eloy Blanco de Punta de Mata, municipio Ezequiel Zamora del estado Monagas, contra la Taquilla Única de Registro del Poder Popular.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-113, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Aguasay, Ezequiel Zamora, Cedeño, Acosta y Caripe de la Circunscripción Judicial del estado Monagas (Distribuidor), a los fines de notificar al abogado Antonio José Castillo Briceño y a los ciudadanos Manuel Cermeño Rojas, Alida Bonilla López, Mélida del Valle Franco y Roselianny Campos Tovar (parte recurrente), la Sentencia Nº 203 de fecha 15-12-2016.

 

17.- Expediente N° AA70-E-2017-000008: El ciudadano OARCYS ARTURO LUCENA, titular de la cédula de identidad N° 5.267.773, aludiendo el carácter de presidente de la Asociación Civil Escuela de Fútbol Aragua Fútbol Sala, asistido por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Fútbol del estado Aragua.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-089, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de solicitar a la "COMISIÓN ELECTORAL" de la Asociación de Futbol del estado Aragua, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso.

 

18.- Expediente N° AA70-E-2016-000005: La ciudadana DIANA MERCEDES CAMARIPANO CARVALLO, asistida por el abogado Antonio Callaos Farra, actuando en su condición de candidata del partido político "Mesa de la Unidad Democrática" a Diputada Nominal por el circuito 3 del  estado Guárico , interpuso recurso contencioso electoral contra las Votaciones efectuadas en 13 mesas electorales con sus respectivas actas de escrutinio, actos de totalización, adjudicación y proclamación, emitidos todos con ocasión del proceso de votación efectuado el 6 de diciembre de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada al ciudadano Cordero Lara, así como su anexo, debido a la imposibilidad de practicar la respectiva notificación del Auto de Admisión de fecha 02-02-2017

 

19.- Expediente N° AA70-E-2016-000005: La ciudadana DIANA MERCEDES CAMARIPANO CARVALLO, asistida por el abogado Antonio Callaos Farra, actuando en su condición de candidata del partido político "Mesa de la Unidad Democrática" a Diputada Nominal por el circuito 3 del  estado Guárico , interpuso recurso contencioso electoral contra las Votaciones efectuadas en 13 mesas electorales con sus respectivas actas de escrutinio, actos de totalización, adjudicación y proclamación, emitidos todos con ocasión del proceso de votación efectuado el 6 de diciembre de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consigna la boleta original librada a la ciudadana Diana Mercedes Camaripano Carvallo, mediante el cual se le notificó del Auto de Admisión de fecha 02-02-2017.

 

20.- Expediente N° AA70-E-2016-000005: La ciudadana DIANA MERCEDES CAMARIPANO CARVALLO, asistida por el abogado Antonio Callaos Farra, actuando en su condición de candidata del partido político "Mesa de la Unidad Democrática" a Diputada Nominal por el circuito 3 del  estado Guárico , interpuso recurso contencioso electoral contra las Votaciones efectuadas en 13 mesas electorales con sus respectivas actas de escrutinio, actos de totalización, adjudicación y proclamación, emitidos todos con ocasión del proceso de votación efectuado el 6 de diciembre de 2015.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-124, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le notificó del Auto de Admisión de fecha 02-02-2017.

 

ACTUANDO COMO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

DILIGENCIAS EN:

 

21.- Expediente N° AA70-E-2016-000066: El abogado Benigno Hidalgo, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadano ARMANDO SANDOVAL GUTIERREZ, YANIS AMADO AVILA ANGULO, JHOAN JOSÉ DUN ZAMBRANO, JOSEPH CÉSAR MORENO MORALES, JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNÁNDEZ, JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, invocando el carácter de socios de la Organización Asociación Civil Propatria-Carmelitas-Chacaíto, interpuso acción de amparo constitucional contra la "Asamblea ordinaria de socios de la Asociación Civil Propatria-Carmelitas-Chacaíto realizada el 13 de agosto de 2016".

 

El abogado Jhonny Enrique Castillo Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 163.178, actuando en su propio nombre (accionante) presentó diligencia mediante la cual solicitó que se "exija la presentación del original" del oficio ORD/DC/14-03-2017-0304, anexo en copia fotostática.

 

22.- Expediente N° AA70-E-2016-000066: El abogado Benigno Hidalgo, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadano ARMANDO SANDOVAL GUTIERREZ, YANIS AMADO AVILA ANGULO, JHOAN JOSÉ DUN ZAMBRANO, JOSEPH CÉSAR MORENO MORALES, JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNÁNDEZ, JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, invocando el carácter de socios de la Organización Asociación Civil Propatria-Carmelitas-Chacaíto, interpuso acción de amparo constitucional contra la "Asamblea ordinaria de socios de la Asociación Civil Propatria-Carmelitas-Chacaíto realizada el 13 de agosto de 2016".

 

El abogado Jhonny Enrique Castillo Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 163.178, actuando en su propio nombre (accionante) presentó diligencia mediante la cual solicitó la devolución de los documentos que rielan insertos a los folios catorce (14) al ochenta (80) ambos inclusive.

 

 

 

DILIGENCIAS DEL ALGUACIL:

 

23.- Expediente N° AA70-E-2015-000121: FIDEL ANTONIO FRANCO BARATE y ROGELIO DE JESÚS CASTRO LÓPEZ, invocando el carácter de afiliados al SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, NÚCLEO MARACAY- ESTADO ARAGUA, asistidos por el abogado Mao Santiago, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Central de Venezuela, Núcleo Maracay- Estado Aragua.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-106, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos Fidel Antonio Franco Barate y Rogelio De Jesús Castro López Fidel Antonio Franco Barate y Rogelio De Jesús Castro López y a la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Central de Venezuela Núcleo Maracay-Estado Aragua, la Sentencia N° 173 de fecha 16-11-2016.

 

24.- Expediente N° AA70-E-2015-000121: FIDEL ANTONIO FRANCO BARATE y ROGELIO DE JESÚS CASTRO LÓPEZ, invocando el carácter de afiliados al SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, NÚCLEO MARACAY- ESTADO ARAGUA, asistidos por el abogado Mao Santiago, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Central de Venezuela, Núcleo Maracay- Estado Aragua.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-107, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se le notificó la Sentencia N° 173 de fecha 16-11-2016.

 

25.- Expediente N° AA70-E-2015-000121: FIDEL ANTONIO FRANCO BARATE y ROGELIO DE JESÚS CASTRO LÓPEZ, invocando el carácter de afiliados al SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, NÚCLEO MARACAY- ESTADO ARAGUA, asistidos por el abogado Mao Santiago, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Central de Venezuela, Núcleo Maracay- Estado Aragua.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-108, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 173 de fecha 16-11-2016.

 

26.- Expediente N° AA70-E-2015-000139: LEOBALDO DEL VALLE VILLAZANA, actuando en su propio nombre, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar, contra la "Decisión de la Mesa de la Unidad Democrática de sustituir candidatos electos en primarias, inscritos para las elecciones parlamentaria del 6 de diciembre de 2015, sin que constara previa renuncia de los mismos".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-085, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano Leobaldo del Valle Villazana (parte accionante), la Sentencia N° 196 de fecha 15-12-2016.

 

27.- Expediente N° AA70-E-2015-000085: GIOVANNY MARTÍNEZ RUEDA, JESÚS ROA GONZÁLEZ, YOSMAN LÓPEZ MARTÍNEZ, ROSALBA PULIDO RIVAS, RUBÉN PÉREZ GARABÁN, ALFREDO RODRÍGUEZ YERVES, LISANDRO VILLALBA CARRION, FRANCISCO ECHEVERRÍA SALAZAR, CARMEN HERNÁNDEZ, ANGEL BAENA, OLEARY FERNÁNDEZ VILLASANA, JIBERT CAMPOS, LUIS BARRIOS RODRÍGUEZ, JEYSSONH OLIVARES BASTARDO, ALCIDES MEJÍAS ACOSTA, GREGORIO LÓPEZ GONZÁLEZ, KEYVER ACOSTA NARANJO y ROCNY MARCANO MUSSIO, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana y el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana (SINTRACOMSIGUA) "por NEGARSE a incorporar a mis representados como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer sus derechos al sufragio en las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato 2015-2018, convocadas para el 29 de junio de 2015".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-087, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 178 de fecha 30-11-2016.

 

28.- Expediente N° AA70-E-2015-000085: GIOVANNY MARTÍNEZ RUEDA, JESÚS ROA GONZÁLEZ, YOSMAN LÓPEZ MARTÍNEZ, ROSALBA PULIDO RIVAS, RUBÉN PÉREZ GARABÁN, ALFREDO RODRÍGUEZ YERVES, LISANDRO VILLALBA CARRION, FRANCISCO ECHEVERRÍA SALAZAR, CARMEN HERNÁNDEZ, ANGEL BAENA, OLEARY FERNÁNDEZ VILLASANA, JIBERT CAMPOS, LUIS BARRIOS RODRÍGUEZ, JEYSSONH OLIVARES BASTARDO, ALCIDES MEJÍAS ACOSTA, GREGORIO LÓPEZ GONZÁLEZ, KEYVER ACOSTA NARANJO y ROCNY MARCANO MUSSIO, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana y el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana (SINTRACOMSIGUA) "por NEGARSE a incorporar a mis representados como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer sus derechos al sufragio en las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato 2015-2018, convocadas para el 29 de junio de 2015".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-086, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos Giovanny Martínez Rueda, Jesús Roa González, Yosman López Martínez, Rosalba Pulido Rivas, Rubén Pérez Garabán, Alfredo Rodríguez Yerves, Lisandro Villalba Carrion, Francisco Echeverría Salazar, Carmen Hernández, Ángel Baena, Oleary Fernández Villasana, Jibert Campos, Luis Barrios Rodríguez, Jeyssonh Olivares Bastardo, Alcides Mejías Acosta, Gregorio López González, Keyver Acosta Naranjo y Rocny Marcano Mussio(parte accionante), a los ciudadanos Euclides Mantilla, Wolfgan Marcano, Luis Lugo, Lisandro Bravo, Juan Almeida, Miguel Calzadilla, Roger González, Williams Sánchez, Oscar Moreno, José González, Leudimir Lezama, Jesús Sucre, Alfredo Betancourt y Manuel Salazara con el carácter de solicitantes como terceros en la causa, a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana y al Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana (SITRACOMSIGUA), el fallo Nº 178 dictado por esta Sala Electoral en fecha 30 de noviembre de 2016.

 

SENTENCIA

 

29.- Expediente N° AA70-E-2016-000079: La ciudadana ISMERY MICAELA PULGAR OJEDA, asistida por el abogada Lidyea Lellys Moreno, interpuso  acción de amparo constitucional contra la presunta situación jurídica infringida por parte de la Junta Directiva del Sindicato de Empleados Administrativos de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (SINDEUCLA).  La Sala declaró: CON LUGAR la acción de amparo constitucional relativa a la solicitud de convocatoria a elecciones, formulada por la ciudadana Ismery Micaela Pulgar Ojeda, antes identificada, para la renovación de los miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Empleados Administrativos de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (SINDEUCLA). En virtud de la mora electoral por parte de la accionada, se ordena a la Junta Directiva del Sindicato de Empleados Administrativos de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (SINDEUCLA), que dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación del presente fallo convoque al proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical. Magistrado ponente: MALAQUÍAS GÍL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 38.

 

 

La  Presidenta

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

 

                                                                                        La Secretaria

 

 

 

                                                                                        INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

 

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