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Sala Electoral
  • Fecha: 04 de Octubre de 2017





CUENTA N° 198

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2017-000106: El ciudadano JOSÉ SIMÓN CALZADILLA PERAZA, titular de la cédula de identidad N° 6.196.129, actuando con el carácter de Secretario General Nacional de la Organización con fines políticos MOVIMIENTO PROGRESISTA DE VENEZUELA- MPV. Debidamente asistido por el abogado Raúl Reyes, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 206.031, contra “… la resolución N° 170731-228, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 31 de julio de 2017, publicada en la Gaceta Electoral N° 865 de fecha 13 de septiembre de 2017…”.

 

Recepción del recurso contencioso electoral.

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

2.- Expediente N° AA70-E-2017-000103: Los ciudadanos ANGEL DAVID NAVAS PEREIRA, ERNESTO DAVID GONZALEZ MONSALVE Y FREDDY EDUARDO IGLESIA ÁLVAREZ, titulares de la cédula de identidad Nos. 7.059.442,14.514.205 y 12.521.369, respectivamente, actuando con el carácter de miembros del SINDICATO PROFESIONAL DE ELECTRICISTAS Y CONEXOS DEL ESTADO CARABOBO (S.I.P.R.E.C.E.C.), asistidos por el abogado Jonatan David Fuentes Mogollón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 173.722, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones contra el referido sindicato.

 

Se designó ponente al Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la presente solicitud de convocatoria a elecciones.

 

3.- Expediente N° AA70-E-2017-000034: El ciudadano FIDIAS GARCE, aludiendo el carácter de representante de la plancha denominada "Somos Baloncesto",  asistido por el abogado Enrique Quevedo Daboin, interpuso  recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso de lecciones de la Junta Directiva, Consejos de Honor y Contralor de la Asociación de Baloncesto del estado Carabobo, celebrado por la Comisión Electoral el 20 de mayo de 2017.

 

Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados librado en fecha 19 de septiembre de 2017, se designó ponente a la Magistrada FANNY MÁRQUEZ CORDERO, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

4.- Expediente N° AA70-X-2017-000011: Los abogados Héctor José Silva Hernández y Yuri Alejandro Quiñones Leones, en su carácter de apoderados judiciales de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), presentaron escrito mediante el cual se opusieron a la medida cautelar dictada mediante la Sentencia N° 82 dictada en fecha 20 de junio de 2017 por esta Sala Electoral.

 

Se designó ponente a la Magistrada INDIRA ALFONZO IZAGUIRRE, a los fines de la decisión correspondiente.

 

ACTUACIÓN EN:

 

5.- Expediente N° AA70-E-2017-000048: Por recibido en fecha 22 de junio de 2016, Oficio N° 197/2017, emanado del Juzgado Superior Segundo de lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano ALEXANDER AMARO GÓMEZ, contra "…1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23-05-2017, mediante la cual aprobó la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente; 2) Decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25-05-2017 mediante las cuales aceptó las bases comiciales para la elección de una Asamblea Nacional Constituyente; 3) Decisión del Consejo Nacional Electoral, hecha mediante cadena nacional de fecha 25-05-2017, en la que informo que los días 31-05-2017 y 01-06-2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas de la Asamblea Nacional Constituyente; y 4) Decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 04-06-2017 a través de la cual se aprobó como 30-07-2017 como la oportunidad para las elecciones de los constituyentistas…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ALEXANDER AMARO, titular de la cédula de identidad N° 3.867.263 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 127.457, parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 115 dictada por esta Sala Electoral en fecha 27 de julio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2017-000070: Por recibido Oficio N° 360/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano RAFAEL VALERA, asistido por el abogado Julio Pérez, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de julio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano RAFAEL VALERA, titular de la cédula de identidad N° 13.435.572, parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 121 dictada por esta Sala Electoral en fecha 27 de julio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2017-000072: Por recibido Oficio N° 362/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos DOTRIAS COLMENAREZ, JHON JAIRO ESCALONA, LUIS ALBERTO SÁNCHEZ y otros, asistido por el abogado Carlos Escalona,  contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos DOTRIAS COLMENAREZ, JHON JAIRO ESCALONA, LUIS ALBERTO SÁNCHEZ y otros, titulares de la cédula de identidad Nos. V-22.329.205, 23.918.631, 9.615.294 y demás, parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 123 dictada por esta Sala Electoral en fecha 27 de julio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2017-000073: Por recibido Oficio N° 363/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos BETTY LOUDRES PERNALETE, CARMEN TERESA, EDIT DEL CARMEN, MARÍA VILLAMIL y otros, asistido por el abogado Eddy Zambrano, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos BETTI LOURDES PERNALETE, CARMEN TERESA SOCORRO, EDIT DEL CARMEN ARANGIBEL y Otros, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.086.449, 5.092.831, 3.520.949 y demás, parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 124 dictada por esta Sala Electoral en fecha 27 de julio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificadas.

 

9.- Expediente N° AA70-E-2015-000104: El ciudadano PASTOR HEYDRA ROJAS, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la vías de hecho por parte de la Junta Directiva y de la Comisión Electoral de Primarias de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), relacionadas con la postulación del ciudadano Luis Emilio Rondón como candidato por el Circuito Electoral N° 1 del estado Nueva Esparta para las elecciones de diputados a la Asamblea Nacional fijadas para el 06 de diciembre de 2015.

 

Visto que en fecha 31 de julio de 2017, fue recibido oficio N° 127-17 de fecha 19 de julio de 2017, emanado del Juzgado Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, esta Sala Electoral en aras de darle continuidad a la presente causa y de perfeccionar las notificaciones encomendadas, acordó remitir nuevamente dicha comisión a los fines de notificar a la Comisión Electoral, al Consejo de Vigilancia y al Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de la Sociedad Mutua de Préstamos de Tía Juana (CASMUP-TIA JUANA) (parte recurrida). Se libraron Oficios Nros. 17.602, 17.603, 17.604. Asimismo, se acordó comisionar al Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los fines de practicar las notificaciones ordenadas. Se libró Oficio N° 17.601 y Despacho.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2015-000030: El ciudadano DARWIN RONDÓN interpuso recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra el auto de cierre de fecha 18 de diciembre de 2014 emanado del Consejo Nacional Electoral con sede en el estado Aragua, por la omisión, demora y deficiencia de prestación de servicio público y abstención por parte de la mencionada institución, contra la Resolución emitida por la Comisión Electoral 2012-2015 para la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica (SINTIEA) de fecha 30 de agosto de 2012 y en contra de las postulaciones realizadas en los días 08, 09 y 10 de agosto de 2012.

 

Visto que en fecha 27 de julio de 2017, fue recibido oficio N° 608-17 de fecha 03 de julio de 2017, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 22 de mayo de 2017, esta Sala Electoral en aras de darle continuidad a la presente causa y de perfeccionar la notificación encomendada, acuerda remitir nuevamente dicha comisión a los fines de notificar al ciudadano DARWIN RONDÓN (parte recurrente), a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica del estado Aragua, a los ciudadanos Freddy García, Carlos Medina, Gladys Camejo, Armando Silva, Julio Ávila, Juan González, José Luis Criollo y Edgar Hernández, en su condición de Miembros de la Junta Directiva 2007-2012 y 2012-2015 del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica del estado Aragua. Se libró Boleta y Oficios Nros. 17.599 y 17.600. Asimismo, se comisionó al Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de practicar las notificaciones ordenadas. Se libró Oficio N° 17.598 y Despacho

11.- Expediente N° AA70-E-2016-000049: Los ciudadanos OMAR ANTONIO GERVEZ CORDERO, FISER ALFONZO ARIAS SEGOVIA y LARRY JOSE SPLUGA PADRÓN, los dos primeros invocando el carácter de Tesorero y Secretario, respectivamente, del Consejo de Administración y el tercero invocando el carácter de Presidente del Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorros de la Sociedad Mutua de Préstamos de Tía Juana (CASMUP-TIA JUANA), asistidos por la abogada Magdony León Arayan, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral para la elección de los miembros principales y suplentes de los Consejos de Administración y Vigilancia de la precitada Caja de Ahorros, para el periodo 2016-2019, cuyo acto de votación está fijado para el día 27 de junio de 2016.

Visto que en fecha 31 de julio de 2017, fue recibido oficio N° 127-17 de fecha 19 de julio de 2017, emanado del Juzgado Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, esta Sala Electoral en aras de darle continuidad a la presente causa y de perfeccionar las notificaciones encomendadas, acordó remitir nuevamente dicha comisión a los fines de notificar a la Comisión Electoral, al Consejo de Vigilancia y al Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de la Sociedad Mutua de Préstamos de Tía Juana (CASMUP-TIA JUANA) (parte recurrida). Se libraron Oficios Nros. 17.602, 17.603, 17.604. Asimismo, se acordó comisionar al Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los fines de practicar las notificaciones ordenadas. Se libró Oficio N° 17.601 y Despacho.

 

12.- Expediente N° AA70-E-2017-000091: La ciudadana IRAIMA MALAVE, en su carácter de Presidenta de la Asociación de Fisicoculturismo y Fitness del estado Anzoátegui, asistida por el abogado JESÚS RAMÓN MALAVE,  interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con medida cautelar de amparo, contra el proceso eleccionario 2017-2021, realizado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Físico Culturismo y Fitness, en fecha 22 de julio de 2017.

 

Vista la Sentencia N° 150 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, se acordó notificar a la ciudadana IRAIMA MALAVE (parte recurrente), a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Fisicoculturismo y Fitness (FVFC),  al Instituto Nacional del Deporte,  a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fisicoculturismo y Fitness (FVFC) y al Ministerio Público. Se libró Boleta y Oficios Nros. 17.605, 17.606, 17.607 y 17.608 . Asimismo se acordó comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui (Distribuidor), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la ciudadana IRAIMA MALAVE (parte recurrente). Se Libró Oficio N° 17.610 y Despacho. se acordó notificar a las Asociaciones Regionales y demás miembros integrantes de la Asamblea General,  al Consejo de Honor, al Consejo Contralor, a los representantes de Atletas, a los representantes de entrenadores y a los representantes de jueces de la Federación Venezolana de Fisicoculturismo y Fitness (FVFC) y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda librar carteles, con la advertencia que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral de los carteles respectivos, se les tendrá por notificados. Se libró Carteles. Finalmente, este Juzgado de Sustanciación indicó que una vez que consten en autos las notificaciones de Ley, y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, otorgados a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Fisicoculturismo y Fitness (FVFC), para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, así como verificada la notificación del Instituto Nacional del Deporte y transcurrido el lapso de ocho (08) días hábiles, para que se entienda consumada su notificación, se procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.

 

13.- Expediente N° AA70-X-2017-000014: La abogada Suyin Alejandra Ladera Moreno, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Asociación de Baloncesto del estado Portuguesa, presentó escrito mediante el cual se opuso a la medida cautelar acordada mediante sentencia N° 94 dictada por esta Sala Electoral en fecha 04 de julio de 2017.

 

Vista la Sentencia N° 157 dictada en fecha 14 de agosto de 2017. Esta Sala acordó notificar a la ASOCIACIÓN DE BALONCESTO DEL ESTADO PORTUGUESA. Se libró Boleta. Asimismo, se acordó comisionar comisiona al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa (Distribuidor), a los fines de practicar la aludida notificación. Se libró Oficio N° y Despacho

 

14.- Expediente N° AA70-E-2017-000051: Los ciudadanos MARIA DEL SOCORRO SANCHEZ JAUA y JOSÉ GABAY CASTRO, asistidos por el abogado Simón Gabay Castro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada subsidiaria contra el Consejo Nacional Electoral "…para que convenga, o en su defecto ello sea declarado por esta Sala Electoral: PRIMERO: En la nulidad total de su Resolución N° 170607-119 de fecha 07 de junio de 2017 (…) SEGUNDO: En nulidad total de su Resolución N° 170607-119 de fecha 07 de junio de 2017, mediante la cual decidió convocar formalmente la celebración del proceso comicial para la elección de los y las integrantes a la Asamblea Nacional Constituyente, para el día domingo 30 de julio de 2017 porque dicho acto administrativo está viciado en su causa o motivo (…); y TERCERO: Que como consecuencia de la nulidad de la Resolución N° 170607-119 de fecha 07 de junio de 2017,  convenga en la nulidad total del proceso comicial que está llevando a cabo para elegir los cargos de representación popular para la conformación de una Asamblea Nacional Constituyente (…) por carecer de la previa convocatoria del Consejo Nacional Electoral…”.

 

Vista la Sentencia N° 156 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, esta Sala acordó notificar a los ciudadanos MARÍA DEL SOCORRO SÁNCHEZ JAUA y JOSÉ SAUL GABAY CASTRO (parte recurrente). Se libró Boleta.

 

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

15.- Expediente N° AA70-E-2015-000071: La ciudadana CARMEN TOVAR, titular de la cédula de identidad N° 5.614.102, asistida por el abogado Jesús Onofre Araujo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.492, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA) respecto al proceso electoral para elegir a los integrantes Principales y Suplentes de los Consejos de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados Regionales, cuyo acto de votación fue realizado el 25 de mayo de 2015 al cual le fue acumulado el expediente AA70-E-2015-000080 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos RUTH MILENA ARISTIGUIETA VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.807.435, asistida por la abogada Zulay Emilia Pineda, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.972, contra los actos electorales de fechas 05 y 16 de junio de 2015, publicados en el diario El Universal y el diario el Nacional, respectivamente, dictados por la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud. (CAHORMINSA), así como, contra todo el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Caja de Ahorros, cuyo acto de votación tuvo lugar el 25 de mayo de 2015, así como le fue acumulado el expediente AA70-E-2015-000093 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar innominada por los ciudadanos JOSEFINA DEL VALLE GUISSEPPE LUCART, WILFREDO FLORES, SONIA JOSEFINA BELLORIN MARCANO Y PEDRO LUI MINOTTI MUÑOZ, titulares de la cédula de identidad N° 2.644.155, 5.975.834, 6.472.166 y 8.940.563, asistidos por el abogado David Plaza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, contra las vías de hecho de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), en relación con el proceso electoral llevado a cabo en la referida caja de Ahorros el día 25 de mayo de 2015. (Expedientes Acumulados Nos. AA70-E-2015-000071, AA70-E-2015-000080 y AA70-E-2015-000093).

 

Los ciudadanos Wilfredo Flores, Yldemaro Perdomo y Carmen Tovar, titulares de la cédula de identidad N° 5.975.834, 4.922.298 y 5.614.102, respectivamente, actuando con el carácter de asociados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistidos por el abogado Narciso Corniel Palacios, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 10.254, presentaron escrito mediante el cual informan el desacato a lo ordenado en sentencia N° 170 dictada por esta Sala Electoral en fecha 2 de agosto de 2017, por parte del recurrido, con sus respectivos anexos.

 

DILIGENCIA EN:

 

16.- Expediente N° AA70-E-2015-000063: Los ciudadanos MIGUEL PRIETO y GLADYS RUTH RODRÍGUEZ, invocando la condición de Miembros de la organización con fines políticos ALIANZA DEL LAPÍZ PRO DEFENSA DE LA COMUNIDAD (LAPIZ PROCOMUNIDAD), asistidos por el abogado Wilmer Rafael Rivas, interpusieron recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 150414-080, de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se reconoce el Consejo Superior Nacional designado en la Asamblea Nacional Extraordinaria realizada el 28 de mayo de 2014, conformado por los siguientes ciudadanos: Eric Daniel Ondarroa, Mayerling Occhino, María Luisa Feo La Cruz, Valentina Betancourt, José Rafael Revenga, Kerwin Occhino, Néstor Ecarri y Maira Martínez.

 

La abogada Yaney Marquina Jiménez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 61.611, actuando con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, presentó diligencia mediante la cual consignó documentación solicitada mediante sentencia N° 141 dictada en fecha 10 de agosto de 2017.

 

17.- Expediente N° AA70-E-2016-000006: Los ciudadanos GABRIEL PUERTA APONTE y PEDRO ARTURO MORENO BALZA, invocando el carácter de Secretario General y miembro del Comité Central y del Comité Político Nacional, respectivamente, de la organización con fines políticos BANDERA ROJA, asistidos por el abogado Henry Escalona Meléndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.629, interpusieron recurso contencioso electoral contra las presuntas "actuaciones de violación flagrante de normas estatutarias, legales y constitucionales realizadas por el ciudadano PEDRO VELIZ ACUÑA, actuando en su cualidad de Presidente del Partido Político BANDERA ROJA".

 

El ciudadano Pedro Veliz Acuña, titular de la cédula de identidad N° 2.927.005, asistido por el abogado Eduardo Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 144.753, parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó se dicte sentencia en el presente recurso.

 

18.- Expediente N° AA70-E-2016-000044: Los ciudadanos HENRY JOSÉ HERNÁNDEZ y DURGA YHOSEBE OCHOA, asistidos por la abogada Verónica Álvarez, aludiendo el carácter de Presidente del partido político Unidad Popular Venezolana (UPV) y Diputada electa a la Asamblea Nacional por el estado Vargas, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acta de asamblea de fecha 11 de diciembre de 2015, mediante la cual se designaron nuevas autoridades en la organización política Unidad Popular Venezolana (UPV).

 

La Ciudadana Wendy del Socorro Tellechea Meléndez,  titular de la cédula de identidad N° 10.862.879, asistida por el abogado Yoel Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 197.567 presentó escrito mediante el cual retiró copias certificadas de la Sentencia N° 86 de fecha 29 de junio de 2017, acordadas mediante auto de fecha 25 de septiembre de 2017.

 

19.- Expediente N° AA70-E-2016-000044: Los ciudadanos HENRY JOSÉ HERNÁNDEZ y DURGA YHOSEBE OCHOA, asistidos por la abogada Verónica Álvarez, aludiendo el carácter de Presidente del partido político Unidad Popular Venezolana (UPV) y Diputada electa a la Asamblea Nacional por el estado Vargas, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acta de asamblea de fecha 11 de diciembre de 2015, mediante la cual se designaron nuevas autoridades en la organización política Unidad Popular Venezolana (UPV).

 

La Ciudadana Wendy del Socorro Tellechea Meléndez,  titular de la cédula de identidad N° 10.862.879, asistida el abogado Yoel Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 197.567 presentó escrito mediante el cual solicitó copias certificadas de la Sentencia N° 86 de fecha 29 de junio de 2017.

 

 

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

20.- Expediente N° AA70-E-2015-000142: El ciudadano ESTEBAN ARGELIO PÉREZ RAMOS, actuando en su condición de candidato a diputado a la Asamblea Nacional por la representación indígena Región Sur, en las elecciones celebradas el pasado 6 de diciembre de 2015, asistido por la abogada Hilaria Michael Márquez Betancourt, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS, POR LA REPRESENTACIÓN INDÍGENA A LA ASAMBLEA NACIONAL REGIÓN SUR...".

 

Por recibido Oficio N° 115-2017 de fecha 08 de mayo de  2017, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del estado Apure, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 08 de febrero de 2017, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

21.- Expediente N° AA70-E-2016-000024: El ciudadano MANUEL FARIA PINTO, asistido por el abogado Emilio José Urbina Mendoza, invocando el carácter de ex-candidato a la Presidencia de la Federación de Centros Portugueses de Venezuela,  interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitudes cautelares contra el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Federación de Centros Portugueses de Venezuela (FECEPORVEN), período 2016-2018, celebradas el día 28 de febrero de 2016.

 

Por recibido Oficio N° 0052-17 de fecha 22 de febrero de  2017, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 28 de marzo de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

22.- Expediente N° AA70-E-2017-000036: La ciudadana LUISA ORTEGA DÍAZ, actuando en su condición actuando en su condición de “…electora debidamente inscrita en el Consejo Nacional Electoral; y a su vez en mi condición de Fiscal General de la República…”, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra “1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23 de mayo de 2017, mediante la cual ‘aprobó la convocatoria’ a una Asamblea Nacional Constituyente;(…) 2)La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual aceptó las bases comiciales para la elección de los constituyentes, (…) 3) La decisión del Consejo Nacional Electoral, (…)del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente, a través de un portal digital que abrirá el Poder Electoral; (…) 4) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas”.

 

Por recibido Oficio N° 635-2017 de fecha 17 de julio de 2017, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, anexo al cual remitió escrito de adhesión presentado por los ciudadanos LUIS ROJASS, IRIS TORREALBA, ANA D'OCHAZUN, JESÚS ENRIQUE SALAS, EYLIN JESÚS GÓMEZ, DIANGI TORRES, DORAIMA JAYARO, ERIX SERRANO, SARAITH RIERA, ROSSANA SÁNCHEZ, JENNIFER PERPAYO, NELSON APOSTOL, DIRIONATH PEREIRA y KATHERINE HIGUERO, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.396.194, 4.385.285, 12.534.835, 21.140.321, 17.920.355, 20.0115.965, 5.529.674, 20.880.307, 23.495.051, 21.726.565, 16.401.996, 21.506.591, 4.379.886 y 11.783047, respectivamente, se acordó agregar al expediente judicial N° AA70-E-2017-000036  el referido oficio, así como su anexo.

23.- Expediente N° AA70-E-2016-000027: Los ciudadanos GIOCONDA LÓPEZ, MARTIN JOSÉ PADRINO RUDAS y MIGUEL GONZÁLEZ, aludiendo el carácter de candidatos a la Secretaría del Consejo de Administración, Presidente al Consejo de Administración y Tesorero al Consejo de Administración, respectivamente, para las pasadas elecciones del Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia y delegados de la Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad Bolivariana de Venezuela (CATUBV), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las elecciones para la escogencia del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de La Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad Bolivariana de Venezuela (CATUBV).

 

Por recibido Oficio N° 527 de fecha 17 de julio de  2017, emanado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 15 de mayo de 2017, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

DILIGENCIA DEL ALGUACIL EN:

24.- Expediente N° AA70-E-2016-000071: Los ciudadanos ADRIAN PIÑANGO, JOSÉ ABREU, LIBARDO LÓPEZ, JOSÉ MARTINEZ, ROBERT BENITEZ, CARLOS NIÑO, SAVIER ARTILES, ELVIS GAVIRIA y JOEL CARRILLO, aludiendo su cualidad de afiliados al Sindicato Unido de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Productora de lubricantes, químicos, acuosos, fabricantes de envases, similares y conexos del estado Carabobo (SUNTRAIN-LUQUIMAEN), asistidos por la abogada Carmen Salvatierra, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones contra el referido sindicato.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-496, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de practicar las notificaciones encomendadas a los ciudadanos Adrian Piñango, José Abreu, Libardo López, José Martínez, Robert Benítez, Carlos Niño, Savier Artiles, Elvis Gaviria y Joel Carrillo (parte accionante), del fallo Nº 101 dictado por esta Sala Electoral en fecha 20 de julio de 2017.

 

25.- Expediente N° AA70-E-2016-000071: Los ciudadanos ADRIAN PIÑANGO, JOSÉ ABREU, LIBARDO LÓPEZ, JOSÉ MARTINEZ, ROBERT BENITEZ, CARLOS NIÑO, SAVIER ARTILES, ELVIS GAVIRIA y JOEL CARRILLO, aludiendo su cualidad de afiliados al Sindicato Unido de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Productora de lubricantes, químicos, acuosos, fabricantes de envases, similares y conexos del estado Carabobo (SUNTRAIN-LUQUIMAEN), asistidos por la abogada Carmen Salvatierra, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones contra el referido sindicato.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-497, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de practicar la notificación a la Junta Directiva del Sindicato Unido de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Productora Lubricantes, Químicos, Acuosos, Fabricantes de Envases, Similares y Conexos del Estado Carabobo (SUTRAIN-LIQUIMAEN), del fallo Nº 101 dictado por esta Sala Electoral en fecha 20 de julio de 2017.

 

26.- Expediente N° AA70-X-2017-000011: Los abogados Héctor José Silva Hernández y Yuri Alejandro Quiñones Leones, en su carácter de apoderados judiciales de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), presentaron escrito mediante el cual se opusieron a la medida cautelar dictada mediante la Sentencia N° 82 dictada en fecha 20 de junio de 2017 por esta Sala Electoral.

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada al abogado José Luis Ramey Gutiérrez, mediante la cual se le notificó la Sentencia Nº 145 de fecha 14 de agosto de 2017.

 

27.- Expediente N° AA70-X-2017-000011: Los abogados Héctor José Silva Hernández y Yuri Alejandro Quiñones Leones, en su carácter de apoderados judiciales de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), presentaron escrito mediante el cual se opusieron a la medida cautelar dictada mediante la Sentencia N° 82 dictada en fecha 20 de junio de 2017 por esta Sala Electoral.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-544, librado a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Baloncesto, a los fines de notificarle la sentencia N° 145 de fecha 14 de agosto de 2017.

 

28.- Expediente N° AA70-X-2017-000011: Los abogados Héctor José Silva Hernández y Yuri Alejandro Quiñones Leones, en su carácter de apoderados judiciales de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), presentaron escrito mediante el cual se opusieron a la medida cautelar dictada mediante la Sentencia N° 82 dictada en fecha 20 de junio de 2017 por esta Sala Electoral.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-545, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 145 de fecha 14 de agosto de 2017.

 

29.- Expediente N° AA70-X-2017-000011: Los abogados Héctor José Silva Hernández y Yuri Alejandro Quiñones Leones, en su carácter de apoderados judiciales de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), presentaron escrito mediante el cual se opusieron a la medida cautelar dictada mediante la Sentencia N° 82 dictada en fecha 20 de junio de 2017 por esta Sala Electoral.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-546, librado a la Federación Venezolana de Baloncesto, a los fines de notificarle la sentencia N° 145 de fecha 14 de agosto de 2017.

 

30.- Expediente N° AA70-X-2017-000011: Los abogados Héctor José Silva Hernández y Yuri Alejandro Quiñones Leones, en su carácter de apoderados judiciales de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), presentaron escrito mediante el cual se opusieron a la medida cautelar dictada mediante la Sentencia N° 82 dictada en fecha 20 de junio de 2017 por esta Sala Electoral.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-547, librado al Instituto Nacional de Deportes,  mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 145 de fecha 14 de agosto de 2017.

 

31.- Expediente N° AA70-X-2017-000011: Los abogados Héctor José Silva Hernández y Yuri Alejandro Quiñones Leones, en su carácter de apoderados judiciales de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), presentaron escrito mediante el cual se opusieron a la medida cautelar dictada mediante la Sentencia N° 82 dictada en fecha 20 de junio de 2017 por esta Sala Electoral.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-548, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 145 de fecha 14 de agosto de 2017.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

32.- Expediente N° AA70-E-2015-000084: Los ciudadanos JORGE GONZÁLEZ DAMAS, NAIBETH CHIRGUITA LEMUS, CARLOS RODRÍGUEZ YERVES, LUIS ANGULO ORTEGA, LEOBARDO TOVAR AMADOR, LUIS VILORIA ARIAS, JULIO LARA BELLO, JHONNY GONZÁLEZ, YOEL SERRANO ARA, JHONNY BERAZA VARGAS, SAEL GOLINDANO HERNÁNDEZ, TOMÁS RODRÍGUEZ FIGUERA, ABELARDO VALLEJO RODRÍGUEZ, ANOTNIO ALCALÁ RODRÍGUEZ, ANNIEL RODRÍGUEZ ROJAS, JOSÉ CABRERA AYALA, YUBERT ACOSTA JAIMES, LIZAIDA HEREDIA BASTARDO y RONNIEL ROJAS BORRAS, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana (SINTRACOMSIGUA) "por NEGARSE a incorporar a mis representados como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer sus derechos al sufragio en las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato 2015-2018, convocadas para el 29 de junio de 2015.

 

Se designó ponente al Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

33.- Expediente N° AA70-E-2015-000106: Los ciudadanos ADAN CEDEÑO PÉREZ, MARCOS CORNIEL, ESMIL VÉLIZ,  GERSON VERDE, JOUSEL RIVAS, ALBERTO ORTIZ, JESÚS DANIEL PÉREZ, GUSTAVO RIVERO, WUINKENFIL BORRAS y SIXTO VELÁSQUEZ, invocando la condición de trabajadores activos del COMPLEJO SIDERÚRGICO DE GUAYANA, C.A. (COMSIGUA), y afiliados al SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACOMSIGUA), asistidos por el abogado Richard Rojas, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACOMSIGUA) por "NEGARSE a incorporarnos como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer nuestros derechos al sufragio en las elecciones de la junta directiva del sindicato 2015-2018 convocadas para el pasado 29 de junio de 2015".

 

Se designó ponente al Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines de la decisión correspondiente.

 

ACTUACIÓN EN:

 

34.- Expediente N° AA70-E-2017-000089: Por recibido oficio N° 432 de fecha 28 de julio de 2017, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar, por la ciudadana MARIENNY VALDERRAMA actuando en nombre propio contra "las Resoluciones 170607-118 y N° 170607-119 del Consejo Nacional Electoral (…) del 7 de junio de 2017, a través de las cuales se aprobaron las bases comiciales para la convocatoria a un (sic) Asamblea Nacional Constituyente y se convocó a dicha elección". Remisión esta que se efectuó en virtud de la sentencia de fecha 28 de julio de 2017, conforme a la cual el referido juzgado declinó la competencia para conocer de la "acción de amparo constitucional" a esta Sala Electoral.

 

Vista la Sentencia N° 149 dictada por esta Sala Electoral en fecha 14 de agosto 2017, se acordó notificar a la ciudadana MARIENNY VALDERRAMA (parte accionante). Asimismo, se acordó comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de practicar la aludida notificación. Se libró Oficio N° 17.610. Finalmente, se señaló que una vez que conste en autos la notificación acordada se procederá a remitir el expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, tal como ordenó la sentencia N° 149 de fecha 14 de agosto 2017.

 

35.- Expediente N° AA70-E-2017-000099: El ciudadano MANUEL TORRES, titular de la cédula de identidad N° 6.707.597, aludiendo el carácter de dirigente de "Asociaciones Deportivas de diferentes Estados del País" (sic), asistidos por los abogados Luis Alberto Sandoval y Luis Oswaldo Torres, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 20.002 y 104.972, mediante el cual interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Sobre Silla de Ruedas (Fevesruedas), la cual fijó el acto de votación para el 18 de agosto de 2017

 

Vista la Sentencia N° 159 dictada en fecha 17 de agosto de 2017, esta Sala acordó notificar al ciudadano MANUEL TORRES (parte accionante). Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del presente auto. Se libró Boleta.

 

36.- Expediente N° AA70-E-2017-000100: los ciudadanos JESÚS GERARDO RIVERO BASTARDO y FRANCISCO JOSÉ GERRATANA CARDOZO, titulares de la cédula de identidad Nos. 9.662.462 y 8.779.503, respectivamente, el primero aludiendo el carácter de Coordinador General Regional de la Organización con fines políticos MOVIMIENTO ARAGUA UNIDA (ARAGUAUNIDA), y el segundo, candidato a postulado a Gobernador del Estado Aragua,  asistido por el abogado Joel Castillo, inscrito el Inpreabogado bajo el N° 197.567, mediante el cual interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra COMISIÓN ELECTORAL DE PRIMARIAS DE LA MESA DE LA UNIDAD DEMOCRÁTICA.

 

Vista la Sentencia N° 160 dictada en fecha 05 de septiembre de 2017, esta Sala electoral acordó notificar a los ciudadanos JESÚS GERARDO RIVERO BASTARDO y FEANCISCO JOSÉ GERRATANA CARDOZO (parte accionante). Se libró boleta. Asimismo, se acordó comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor). Se libró Oficio N° 17.612.

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

37.- Expediente N° AA70-E-2016-000086: El abogado EUDO JOSÉ TROCONIS MACHADO, actuando en su propio nombre y representación, interpuso amparo constitucional contra la Junta Directiva y Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Zulia.

Por recibido Oficio N° 319-17 de fecha 03 de agosto de  2017, emanado del Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 12 de enero de 2017, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

La Presidenta,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria,

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

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