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Sala Electoral
  • Fecha: 5 de Junio de 2017





CUENTA N° 111

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:  

 

1.- Expediente N° AA70-E-2017-000032: El ciudadano JUAN LA RIVA GOLD, actuando en su condición de representante de la Plancha denominada "Unidos por el Baloncesto", asistido por el abogado Enrique Quevedo Daboin, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso de elecciones de la Junta Directiva, Consejos de Honor y Contralor de la ASOCIACIÓN DE BALONCESTO DEL ESTADO PORTUGUESA, celebrada por la Comisión Electoral el 18 de mayo de 2017.

 

Visto el escrito presentado en fecha 31 de mayo de 2017, por el ciudadano JUAN LA RIVA GOLD, , actuando en su condición de representante de la plancha denominada “Unidos por el Baloncesto”, debidamente asistido por el abogado Enrique Quevedo Daboin, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso de elecciones de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Asociación de Baloncesto del estado Portuguesa, celebrado por la Comisión Electoral en fecha 18 de mayo de 2017, en consecuencia, se acordó solicitar a la COMISIÓN ELECTORAL y JUNTA DIRECTIVA de la referida, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Se libraron oficios Nos 17-356 y 17-357. Ahora bien, teniendo en cuenta que el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designó ponente a la Magistrada FANNY MÁRQUEZ CORDERO, a quien se le remitió el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar. Igualmente, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa (Distribuidor), a los fines de notificar a la COMISIÓN ELECTORAL y JUNTA DIRECTIVA de la citada Asociación. Se libró Oficio N° 17-355 y Despacho.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2015-000046: ZAINE CAROLINA ACOSTA DE GONZÁLEZ, apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ENRIQUE MONTERO ROSALES, LUIS MANUEL ALVÁREZ SUÁREZ, LUIS ENRIQUE PÉREZ SIERRA, BLADIMIR ANTONIO TORRES COLMENARES, ROY JOSUE PACHECO MUSSETT, DIONISIO JESÚS SÁNCHEZ VILLASMIL, KENNYS ENRIQUE MENDOZA ROJAS y JUAN CARLOS PIZZINI PERAZA, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de la nueva directiva de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP) para el periodo 2015-2018, celebradas del 21 al 28 de abril de 2015, al cual le fue acumulado el expediente AA70-E-2015-000060 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado JESÚS ENRIQUE VÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 191.107, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NARCISO JOSÉ MATA LÓPEZ, GUSTAVO ÁNGEL RODRÍGUEZ BARBOZA y HERVING RAMÓN BERMÚDEZ SOTO, contra las elecciones celebradas entre el 22 y 28 de abril de 2015, “para la designación de la Junta Directiva para el periodo 2015-2018, a cargo de la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMO DE LOS TRABAJADORES ACTIVOS Y JUBILADOS PETROLEROS (CATRAJUP)”. (Expedientes Acumulados Nos. AA70-E-2015-000046, AA70-E-2015-000060).

Visto el Oficio recibido el 31 de mayo de 2017, N° SCA-DL-1053/DS-000049- de fecha 30 de mayo de 2017, suscrito por el ciudadano Carlos Luis Briceño Viloria, actuando en su carácter de Superintendente de cajas de ahorro (E), mediante el cual solicitó la aplicación de la Sentencia N° 183 de fecha 30 de noviembre de 2016, se designó ponente a la Magistrada FANNY MÁRQUEZ CORDERO, a los fines de la decisión correspondiente.

 

ACTUACIÓN EN:

 

3.- Expediente N° AA70-E-2017-000033: Los ciudadanos PEDRO ANTONIO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y DELFÍN ANTONIO NÚÑEZ GONZÁLEZ, aludiendo el carácter de Presidente y Secretario Tesorero del Sindicato Nacional de Trabajadores del Calzado, Carteras, Correas, Curtiembres, Talabarterías, Sintéticos y sus similares de Venezuela "SINTRACALP", asistidos por el abogado Manuel Hernández, interpusieron recurso contencioso electoral en virtud de que "los ciudadanos Germán Enrique Hernández Villasmil y Carlos José León Rivero, (…) quienes de manera fraudulenta presentaron ante la Dirección de Asunto Sindicales del Consejo Nacional Electoral Acta de totalización de Elecciones Sindicales del Sindicato  Nacional antes identificado" pretendiendo  "legalizar un Comité Ejecutivo utilizando una Comisión Electoral no electa por los trabajadores".

 

Visto el escrito presentado en fecha 1° de junio de 2017, por los ciudadanos PEDRO ANTONIO HERNÁNDEZ HERNÁDEZ y DELFÍN ANTONIO NÚÑEZ GONZÁLEZ, actuando en su condición de Presidente y Secretario tesorero del Sindicato Nacional de Trabajadores del Calzado, Carteras; Correas, Curtiembres, Talabarterías, Sintéticos y sus similares de Venezuela (SINTRACALP), debidamente asistidos por el abogado Manuel Hernández, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral en virtud de que "…los ciudadanos Germán Enrique Hernández Villasmil y Carlos José León Rivero, titulares de la Cédulas de identidad V-1584691y V-4647141 (…) quienes de manera fraudulenta presentaron ante la Dirección de Asunto Sindicales del Consejo Nacional Electoral Acta de totalización de Elecciones Sindicales del Sindicato Nacional antes identificado pretendiendo legalizar un Comité Ejecutivo utilizando una Comisión Electoral no electa por los trabajadores…", en consecuencia, se acordó solicitar a la “COMISIÓN ELECTORAL” del referido, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Se libró oficio N° 17-348.

 

4.- Expediente N° AA70-E-2016-000070: Los ciudadanos LENIN FUENTES, NAIL BETANCOURT, ELKER NOHEMI LÓPEZ, JOSÉ GUITAN y OSWALDO BATISTA, aludiendo la cualidad de Presidente de la Comisión Electoral Principal, Presidente del Consejo de Administración, Secretaria del Consejo de Administración, Presidente del Consejo de Vigilancia y Vicepresidente del Consejo de Vigilancia, respectivamente, de la Asociación Civil de Caja de Ahorros de los Obreros del Ministerio de Infraestructura (CADO-MINFRA), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de los efectos contra los actos administrativos contenidos en las Providencias Administrativas emanadas de la Superintendencia de Cajas de Ahorros de fecha 17 de agosto de 2016 signada con el N° 001-2016; Acta de fecha 19 de agosto de 2016 y acto administrativo N° 001-2016 de fecha 26/8/2016.

 

Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas, presentado en fecha primero (1°) de junio de 2017, por la ciudadana ELKER NOHEMI LÓPEZ, titular de la cedula de identidad N° 10.757.862, actuando con el carácter de Secretaria del Consejo de Administración de la Asociación Civil de Caja de Ahorros de los Obreros del Ministerio de Infraestructura (CADO-MINFRA), parte recurrente, asistida por el abogado Luis Miguel García González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 158.358, mediante el cual promovió pruebas.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2016-000070: Los ciudadanos LENIN FUENTES, NAIL BETANCOURT, ELKER NOHEMI LÓPEZ, JOSÉ GUITAN y OSWALDO BATISTA, aludiendo la cualidad de Presidente de la Comisión Electoral Principal, Presidente del Consejo de Administración, Secretaria del Consejo de Administración, Presidente del Consejo de Vigilancia y Vicepresidente del Consejo de Vigilancia, respectivamente, de la Asociación Civil de Caja de Ahorros de los Obreros del Ministerio de Infraestructura (CADO-MINFRA), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de los efectos contra los actos administrativos contenidos en las Providencias Administrativas emanadas de la Superintendencia de Cajas de Ahorros de fecha 17 de agosto de 2016 signada con el N° 001-2016; Acta de fecha 19 de agosto de 2016 y acto administrativo N° 001-2016 de fecha 26/8/2016.

 

Se fijó un lapso de dos (02) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2016-000070: Los ciudadanos LENIN FUENTES, NAIL BETANCOURT, ELKER NOHEMI LÓPEZ, JOSÉ GUITAN y OSWALDO BATISTA, aludiendo la cualidad de Presidente de la Comisión Electoral Principal, Presidente del Consejo de Administración, Secretaria del Consejo de Administración, Presidente del Consejo de Vigilancia y Vicepresidente del Consejo de Vigilancia, respectivamente, de la Asociación Civil de Caja de Ahorros de los Obreros del Ministerio de Infraestructura (CADO-MINFRA), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de los efectos contra los actos administrativos contenidos en las Providencias Administrativas emanadas de la Superintendencia de Cajas de Ahorros de fecha 17 de agosto de 2016 signada con el N° 001-2016; Acta de fecha 19 de agosto de 2016 y acto administrativo N° 001-2016 de fecha 26/8/2016.

 

Auto que ordena abrir pieza II.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2014-000105: JOSÉ HERNÁNDEZ, JOSÉ LÓPEZ MARCIAL VICENT y ASDRUBAL BLONDELL,  interpuso solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE (STUDO).

 

Vista la Sentencia N° 53 dictada por esta Sala Electoral, en fecha 24 de mayo de 2017, esta Sala acordó notificar a los ciudadanos José Hernández, José López, Marcial Vicent y Asdrubal Blondell (parte accionante) y a la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE (STUDO) (parte accionada), así como al Ministerio Público. Se Libraron Boleta y Oficios de notificación Nos. 17.344, 17.345, respectivamente; igualmente se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la parte accionante y accionada. Se libró Oficio N° 17.346 y Despacho. 

 

8.- Expediente N° AA70-E-2016-000083: Los ciudadanos WILLIAMS TRUJILLO, XAVIER PARIATA, OTNY LUGO, RICARDO PALMA, OSCAR COLMENARES, WUILMER BLANCO e ISRAEL NUÑEZ, aludiendo su condición de trabajadores de la entidad de trabajo Iveco Venezuela, C.A., y afiliados al Sindicato Unido de Trabajadores de Iveco de Venezuela, C.A. (SINUTRAIVECO), asistidos por la abogada Maiba Lida Martinez Garcia,  interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones.

 

Vista la Sentencia N° 66 dictada por esta Sala Electoral, en fecha 25 de mayo de 2017, se ordenó notificar al Consejo Nacional Electoral. Se libró Oficio N° 17.347.

 

9.- Expediente N° AA70-E-2016-000016: FRANCISCO ANTONIO QUINTERO GONZÁLEZ, invocando la condición de asociado y candidato a Presidente del Consejo de Administración de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO (CAIUTET), asistido por el abogado José Ramón Sevilla Mata, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral que rige el proceso electoral para elegir los miembros del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Delegados, Principales y Suplentes de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO (CAIUTET), periodo 2015-2018, cuyo acto de votación está pautado para el día 02 de marzo de 2016.

 

Visto que en fecha 17 de mayo de 2017, se recibió oficio N° 2017-091 de fecha 14 de marzo de 2017, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 11 de enero de 2017, mediante la cual se ordenó notificar la sentencia N° 160 de fecha 16 de noviembre de 2016 a la Comisión Electoral, al Consejo de Vigilancia y al Consejo de Administración de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO TRUJILLO (CAIUTET), al respecto, se observó que fue recibida por esta Sala las resultas de la notificación ordenada a la Comisión Electoral de la mencionada Caja de Ahorros de la cual se desprende que fue practicada en una persona distinta a la señalada en el oficio, asimismo, el Alguacil del mencionado Tribunal no indicó a que dirección se trasladó para la práctica de la notificación que se le había indicado en la comisión remitida, de igual forma no consta en las resultas los oficios de notificación dirigidos al Consejo de Vigilancia y Consejo de Honor de la referida Caja de Ahorros. En virtud de lo anterior, esta Sala Electoral, en aras de perfeccionar la notificación encomendada, acordó remitir nuevamente dicha comisión a los fines de notificar a la Comisión Electoral, al Consejo de Vigilancia y al Consejo de Administración de la citada Caja de Ahorro. Se libraron oficios Nos. 17-352, 17-353 y 17-354. Finalmente, se acordó comisionar al Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, a los fines de notificar a la Comisión Electoral, al Consejo de Vigilancia y al Consejo de Administración de la mencionada Caja de Ahorro. Se libró Oficio N° 17-351 y Despacho.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2016-000092: El ciudadano MARCOS ANTONIO MONSALVE SALCEDO, aludiendo el carácter de atleta activo de la Vinotinto de fútbol playa y ex jugador de futbol campo juvenil, debidamente asistido por el abogado Pedro Octavio Capella Diamon, interpuso recurso de interpretación  de los artículos 33, 35 y 36 de los Estatutos de la Federación Venezolana de Fútbol (F.V.F.).

 

Vista la Sentencia N° 52 dictada en fecha 24 de mayo de 2017, esta Sala acordó notificar a los ciudadanos BARBARA CRIOLLO y MARCOS ANTONIO MONSALVE SALCEDO, parte recurrente. Se libró Boleta. Asimismo, se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente. Se libró Oficio N° 17-349 y Despacho.

 

11.- Expediente N° AA70-E-2016-000056: El ciudadano ANGEL BLANCO, su carácter de "militante y dirigente de la asociación con fines políticos COPEI en el Estado Bolívar", asistido por la abogada Carmen Teresa Goicochea, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra "el acto de elección y consecuente proclamación de las autoridades Estadales y Municipales del Partido COPEI surgidas de las elecciones internas realizadas el 10 de julio de 2016 en el Estado Bolívar".

 

Visto que en fecha 24 de mayo de 2017 fue recibido el oficio N° 17-5663 de fecha 04 de mayo de 2017, emanado del Juzgado Segundo de Municipio y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, anexo al cual remitió la comisión que le fuera conferida en fecha 17 de enero de 2017, y en cuyas diligencias se evidenció la imposibilidad de cumplir con la notificación encomendada, ya que no pudieron ser localizados para la entrega de su oficio de notificación la COMISIÓN ELECTORAL ESTADAL DE COPEI, en razón de ello y visto que no consta en autos otro domicilio a los fines de practicar la notificación personal de los referidos ciudadanos, esta Sala, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, acordó librar cartel a los fines de notificarles la Sentencia N° 166 dictada por esta Sala en fecha 16 de noviembre de 2016, transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se les tendrá por notificados. Se libró Cartel.

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

12.- Expediente N° AA70-E-2016-000089: Los abogados Luis Betancourt Zurita y Nelly Labrador Ávila, actuando en su condición de apoderados de los ciudadanos ISIS COROMOTO ANDRADE LUGO, JOSÉ VICENTE MÁRQUEZ MATOS, JACQUELINE DEL ROSARIO GARCÍA GUZMÁN, ROMÁN ARREAZA y EDGAR OMAR GERARDINO, actuando en su condición de candidatos y asociados de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 13 de octubre de 2016, por la referida caja de ahorros.

 

El abogado Rubén Elías Rodríguez Lobo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.439, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, presento escrito de alegatos concernientes al presente asunto.

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

13.- Expediente N° AA70-E-2015-000073: Los ciudadanos ARGIMIRO APONTE, JOSÉ RAMÓN ARRIECHE y MIGUEL GALLEGOS, asistidos por el abogado Omar Rafael Solórzano García, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N°150414-081, dictada por Consejo Nacional Electoral, de fecha 14 de abril de 2015, y publicada en Gaceta Electoral N° 750 en fecha 15 de mayo de 2015, mediante la cual resolvió: "PRIMERO: Reconocer todas las actuaciones suscritas y presentadas por los ciudadanos Didalco Bolívar y Gerson Pérez, en su carácter de presidente y vicepresidente de la organización con fines políticos nacional POR LA DEMOCRACIA SOCIAL (PODEMOS), SEGUNDO: Se reconoce la Junta Directiva Nacional notificada a este Organismo Electoral en fecha 30 de octubre de 2012 y ratificada el 16 de octubre de 2014. TERCERO: Se dejan sin efecto y se declaran nulas toda”.

 

Por recibido Oficio N° 1623-17 de fecha 09 de mayo de 2017, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 19 de septiembre de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

14.- Expediente N° AA70-E-2016-000080: La ciudadana MARIANELLA GENATIOS SEQUERA, aludiendo la cualidad de Presidente y representante legal del Colegio de Arquitectos de Venezuela (CAV), asistida por el abogado Alex Francisco Muñoz interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión del  acto de votación previsto en el cronograma electoral y contra el presunto silencio administrativo negativo en el cual incurrió el Consejo Nacional Electoral (CNE), respecto al oportuno pronunciamiento sobre la admisión y sustanciación del procedimiento de impugnación contra los actos electorales emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Arquitectos de Venezuela para la elección de las autoridades correspondientes al periodo 2016-2018.

 

Por recibido oficio N° F8-TSJ-2017-045, de fecha 31 de mayo de 2017, suscrito por el abogado Jesús Alexander Salazar González, actuando con el carácter de Fiscal Octavo del Ministerio Público con competencia para actuar ante esta Sala Electoral, anexo al cual remitió escrito de opinión fiscal.

 

15.- Expediente N° AA70-E-2015-000065: ROY QUIRÓZ LANDAETA y WILFREDO RAFAEL ZAVALA ARIAS, asistidos por el abogado Pablo Briceño Zabala, interpusieron recursos contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra las decisiones dictadas por la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda (SEAUNEFM), respecto al proceso electoral convocado para elegir a la Junta Directiva del referido Sindicato, cuyo de acto de votación se fijó para el 11 de junio de 2015.

 

Por recibido oficio N° F8-TSJ-2017-046, de fecha 31 de mayo de 2017, suscrito por el abogado Jesús Alexander Salazar González, actuando con el carácter de Fiscal Octavo del Ministerio Público con competencia para actuar ante esta Sala Electoral, anexo al cual remitió escrito de opinión fiscal.

 

DILIGENCIA DEL ALGUACIL:

 

16.- Expediente N° AA70-E-2016-000033: El abogado Gustavo Boada Chacón, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana JUDITH MARTÍNEZ DE CORREA, interpuso solicitud de avocamiento en el expediente N° 493-2015 llevado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palma Sola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, contentivo de la demanda de nulidad “DE LOS ACUERDOS TOMADOS EN LA ASAMBLEA DE COPROPIETARIOS DEL CONDOMINIO DEL COMPLEJO URBANÍSTICO TURÍSTICO RECREACIONAL CARIBBEAN SUITES, MARINA AND BEACH CLUB, celebrada el 20 de septiembre 2015”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-241, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor) a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la ciudadana Judith Martínez de Correa, de la Sentencia N° 32 de fecha 23-03-2017.

 

17.- Expediente N° AA70-E-2016-000033: El abogado Gustavo Boada Chacón, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana JUDITH MARTÍNEZ DE CORREA, interpuso solicitud de avocamiento en el expediente N° 493-2015 llevado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palma Sola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, contentivo de la demanda de nulidad “DE LOS ACUERDOS TOMADOS EN LA ASAMBLEA DE COPROPIETARIOS DEL CONDOMINIO DEL COMPLEJO URBANÍSTICO TURÍSTICO RECREACIONAL CARIBBEAN SUITES, MARINA AND BEACH CLUB, celebrada el 20 de septiembre 2015”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-242, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del estado falcón (Distribuidor), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la Sociedad de Comercio ADMINISTRACIÓN C.C.C.P. S.A, de la Sentencia N° 32 de fecha 23 de marzo de 2017.

 

18.- Expediente N° AA70-E-2016-000033: El abogado Gustavo Boada Chacón, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana JUDITH MARTÍNEZ DE CORREA, interpuso solicitud de avocamiento en el expediente N° 493-2015 llevado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palma Sola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, contentivo de la demanda de nulidad “DE LOS ACUERDOS TOMADOS EN LA ASAMBLEA DE COPROPIETARIOS DEL CONDOMINIO DEL COMPLEJO URBANÍSTICO TURÍSTICO RECREACIONAL CARIBBEAN SUITES, MARINA AND BEACH CLUB, celebrada el 20 de septiembre 2015”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-243, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del estado falcón (Distribuidor), a los fines de notificarle de la Sentencia N° 32 de fecha 23 de marzo de 2017.

 

19.- Expediente N° AA70-E-2016-000033: El abogado Gustavo Boada Chacón, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana JUDITH MARTÍNEZ DE CORREA, interpuso solicitud de avocamiento en el expediente N° 493-2015 llevado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palma Sola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, contentivo de la demanda de nulidad “DE LOS ACUERDOS TOMADOS EN LA ASAMBLEA DE COPROPIETARIOS DEL CONDOMINIO DEL COMPLEJO URBANÍSTICO TURÍSTICO RECREACIONAL CARIBBEAN SUITES, MARINA AND BEACH CLUB, celebrada el 20 de septiembre 2015”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-244, librado al Juzgado Superior en lo Civil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en Coro, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 32 de fecha 23 de marzo de 2017.

 

20.- Expediente N° AA70-E-2017-000024: Los ciudadanos RONAL CELESTINO SALAZAR, en su carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Judo, asistido por el abogado Esteban del Jesús Rendón Ramos, interpuso "recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con pretensión de amparo constitucional como medida cautelar" contra la actuación del Directorio del Instituto Nacional de Deportes "quien en fecha 14 de febrero de 2017, emitió acto administrativo N° CJ-0-013-/2017 acto que aquí se impugna".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-234, librado al Instituto Nacional de Deportes, a los fines de solicitarle los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

21.- Expediente N° AA70-E-2017-000018: Los abogados Doris Elizabeth Moreno Rivera y Ronald Gregorio Gulansingh Seesahai, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano SILVANO RAFAEL MORENO RIVERA, aludiendo el carácter de Secretario General del Sindicato único de los Trabajadores de la Industria de la Alúmina, Bauxita y sus derivados del estado Bolívar (SUTRALUMINA-BOLIVAR), interpusieron recurso contencioso electoral contra la resolución N° 161208-271, emitida por el Consejo Nacional Electoral en fecha 08 de diciembre de 2016 y publicada en Gaceta Electoral el 25 de enero de 2017.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-217, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de notificar a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral del Sindicato Único de los Trabajadores de la Industria de la Alúmina, Bauxita y sus derivados del estado Bolívar (SUTRALUMINA-BOLÍVAR), del auto de fecha 21 de marzo de 2017.

 

22.- Expediente N° AA70-E-2017-000018: Los abogados Doris Elizabeth Moreno Rivera y Ronald Gregorio Gulansingh Seesahai, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano SILVANO RAFAEL MORENO RIVERA, aludiendo el carácter de Secretario General del Sindicato único de los Trabajadores de la Industria de la Alúmina, Bauxita y sus derivados del estado Bolívar (SUTRALUMINA-BOLIVAR), interpusieron recurso contencioso electoral contra la resolución N° 161208-271, emitida por el Consejo Nacional Electoral en fecha 08 de diciembre de 2016 y publicada en Gaceta Electoral el 25 de enero de 2017.

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada al ciudadano Silvano Rafael Moreno Rivera, a los fines de notificarle del auto de fecha 21 de marzo de 2017.

 

23.- Expediente N° AA70-E-2010-000082: LIBIA MARGARITA BASTIDAS TRIBIÑO, JOSEFA RAMONA NAVAS y DALIS KAREN JIMÉNEZ MOLINA, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social del Personal Administrativo del Ejecutivo del estado Barinas, referidas al proceso electoral para elegir a los aspirantes al Consejo de Administración y Vigilancia de la referida caja de ahorros celebrada en fecha 10-02-2010.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-199, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral, a la Junta Directiva, ambos de la Caja de Ahorros y Previsión Social del Personal Administrativo del Ejecutivo del estado Barinas y al ciudadano José Mario Ortiz Uzcátegui,  el fallo N° 20 de fecha 06-03-2017.

 

24.- Expediente N° AA70-E-2016-000023: Por oficio N° PH220F02016000167 de fecha 17 de febrero de 2016, el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Laboral del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua, remitió el expediente N° PP21-N-2015-000117, contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Reinaldo Romero Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.834, actuando en su carácter de apoderado judicial de las Sociedades Mercantiles FARMACIA EL AVILA, C.A.,  FARMACIA LA VENEZOLANA DE ACARIGUA, C.A.,  FARMACIA FARMAENCUENTRO ARAURE, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO SANTA TERESITA, C.A.,  FARMACIA LA GOAJIRA, S.R.L., FARMACIA VICTORIA, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO CENTRO, C.A., y FARMACIA FARMAENCUENTRO LLANO MALL, C.A., contra las elecciones efectuadas por la Unión Sindical Bolivariana de Trabajadores que prestan Servicios  para la Entidad de Trabajo FARMAENCUENTRO C.A., (USBTRAFARMAENPORT).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-264, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa (Distribuidor), a los fines de notificar a las Sociedades Mercantiles FARMACIA EL AVILA, C.A., FARMACIA LA VENEZOLANA DE ACARIGUA, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO ARAURE, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO SANTA TERESITA, C.A., FARMACIA LA GOAJIRA, S.R.L., FARMACIA VICTORIA, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO CENTRO, C.A., y FARMACIA FARMAENCUENTRO LLANO MALL, C.A., (parte recurrente), a la Comisión Electoral, a la Junta Directiva y al Tribunal Disciplinario de la Unión Sindical Bolivariana de Trabajadores que prestan Servicios para la Entidad de Trabajo FARMAENCUENTRO C.A., (USBTRAFARMAENPORT); así como, a la Inspectoría del Trabajo del estado Portuguesa,  la Sentencia N° 37 de fecha 23 de marzo de 2017.

 

25.- Expediente N° AA70-E-2016-000023: Por oficio N° PH220F02016000167 de fecha 17 de febrero de 2016, el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Laboral del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua, remitió el expediente N° PP21-N-2015-000117, contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Reinaldo Romero Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.834, actuando en su carácter de apoderado judicial de las Sociedades Mercantiles FARMACIA EL AVILA, C.A.,  FARMACIA LA VENEZOLANA DE ACARIGUA, C.A.,  FARMACIA FARMAENCUENTRO ARAURE, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO SANTA TERESITA, C.A.,  FARMACIA LA GOAJIRA, S.R.L., FARMACIA VICTORIA, C.A., FARMACIA FARMAENCUENTRO CENTRO, C.A., y FARMACIA FARMAENCUENTRO LLANO MALL, C.A., contra las elecciones efectuadas por la Unión Sindical Bolivariana de Trabajadores que prestan Servicios  para la Entidad de Trabajo FARMAENCUENTRO C.A., (USBTRAFARMAENPORT).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-265, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 37 de fecha 23 de marzo de 2017.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

ACTUACIÓN EN:

 

26.- Expediente N° AA70-E-2015-000031: RUBEN ALFREDO VILLANUEVA, WILLIAM LÓPEZ, JONATHAN LUGO, HÉCTOR JOSÉ SOSA, CARLOS MERCADO, ELIANNE ALCALDE, LUIS RAMÓN PÉREZ y EUDDY VARGAS MONCADA, interpuso acción de amparo constitucional contra el SINDICATO DE VENCEDORES SOCIALISTAS UNIDOS DE LA EMPRESA FORD MOTOR DE VENEZUELA S.A. (SINVENSOCUNIFORD).

 

Visto que de una revisión exhaustiva de las actas que conforman el expediente se observó que no constaban las resultas de la notificación a la JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO DE VENCEDORES SOCIALISTAS UNIDOS DE LA EMPRESA FORD MOTOR DE VENEZUELA S.A (SINVENSOCUNIFORD), integrada por los ciudadanos GILBERTO TROYA, EDUARDO ROSSEL, YANIO VARGAS, LURVIN BLANCO, HENRY CONTRERAS, OSCAR CORONADO, ROLANDO COLINA, EDGARDO SANTANA, EDGAR APONTE, HERNAN RIVERO, OVIDIO SOLANO y RICARDO VALERA, y visto igualmente que por error material involuntario se libró cartel de notificación por cartelera a la mencionada Junta Directiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, sin haber agotado la notificación personal tal y como lo establece el artículo 91 eiusdem, concatenado con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil. Esta Sala en aras de garantizar los derechos constitucionales a la defensa y al debido proceso, acordó evocar por contrario imperio el auto de fecha 03 de abril de 2017, mediante el cual se ordenó librar cartel por cartelera a la Junta Directiva del Sindicato de Vencedores Socialistas Unidos de la Empresa Ford Motor de Venezuela S.A (SINVENSOCUNIFORD), así como las actuaciones subsiguientes derivadas del citado auto, al igual que el auto de designación de ponente de fecha 24 de mayo de 2017. En consecuencia, ordenó librar una nueva notificación a la aludida Junta Directiva, para notificar la Sentencia Nº 59 dictada por esta Sala Electoral en fecha 21 de abril de 2016. Se libró boleta. Del mismo modo, se comisionó al Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, a los fines de notificar a la Junta Directiva del referido Sindicato. Se libró Oficio N° 17-350 y Despacho.

 

DILIGENCIA EN:

 

27.- Expediente N° AA70-E-2016-000079: La ciudadana ISMERY MICAELA PULGAR OJEDA, asistida por el abogada Lidyea Lellys Moreno, interpuso  acción de amparo constitucional contra la presunta situación jurídica infringida por parte de la Junta Directiva del Sindicato de Empleados Administrativos de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (SINDEUCLA).

 

La abogada Aurora Micaela Ojeda Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.679, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ISMERY MICAELA PULGAR OJEDA, parte accionante, presentó diligencia mediante la cual solicitó que se libre notificación de la Sentencia N° 38 dictada por esta Sala Electoral en fecha 04 de abril de 2017, asimismo solicitó el desacato de la sentencia antes mencionado.

 

DILIGENCIA DEL ALGUACIL:

 

28.- Expediente N° AA70-E-2017-000020: Por recibido Oficio N° 050-17 de fecha 06 de febrero de 2016, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar por el ciudadano ANDRÉS AMADEO BRITO ESPAÑA, actuando en nombre y  representación del Club Maniseros de “El Tigre”, asistido por el abogado Ángel Gabriel Rojas González, contra la Asociación de Fútbol del estado Anzoátegui, remisión esta que se efectúa en virtud de la Sentencia dictada en fecha 06 de febrero de 2017, conforme a la cual el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui se declaró INCOMPETENTE para conocer y DECLINÓ en esta Sala Electoral la competencia del presente asunto.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-261, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano Andrés Amadeo Brito España (parte accionante) de la Sentencia N° 36 de fecha 23-03-2017.

 

29.- Expediente N° AA70-E-2017-000020: Por recibido Oficio N° 050-17 de fecha 06 de febrero de 2016, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar por el ciudadano ANDRÉS AMADEO BRITO ESPAÑA, actuando en nombre y  representación del Club Maniseros de “El Tigre”, asistido por el abogado Ángel Gabriel Rojas González, contra la Asociación de Fútbol del estado Anzoátegui, remisión esta que se efectúa en virtud de la Sentencia dictada en fecha 06 de febrero de 2017, conforme a la cual el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui se declaró INCOMPETENTE para conocer y DECLINÓ en esta Sala Electoral la competencia del presente asunto.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-262, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui (Distribuidor), a los fines de notificar a la Asociación de Fútbol del Estado Anzoátegui (parte accionada) de la Sentencia N° 36 de fecha 23 de marzo de 2017.

 

La Presidenta,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria,

 

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

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