Cuenta de Salas - Sala Electoral
Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 06 de Julio de 2017





CUENTA N° 134     

                                            

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2017-000055: Por recibido Oficio N° 344/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos MARIBELLA FALCÓN, MAXIMILIANA DÍAZ, GLADIS SAAVEDRA y otros, asistidos por la abogada Yeismar Gerardo Carrera, contra actos dictados por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de julio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2017-000056: Por recibido Oficio N° 336/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos MARÍA JAIMES, FREDDY RODRÍGUEZ, ARMANDO NÚÑEZ, GLADYS DE PÉREZ y otros, asistidos por la abogada Ligia Hidalgo contra actos dictados por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

3.- Expediente N° AA70-E-2017-000057: Por recibido Oficio N° 338/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por la ciudadana MARÍA CRISTINA GÓMEZ, asistida por el abogado Carlos Rojas, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

4.- Expediente N° AA70-E-2017-000058: Por recibido Oficio N° 337/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto  por la ciudadana MARIELA ÁLVAREZ, asistida por la abogada Sandra Arce, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2017-000059: Por recibido Oficio N° 343/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos MARY OROZCO, ALEIDA ÁLVAREZ y otros, asistidos por la abogada Linda Mendoza, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2017-000060: Por recibido Oficio N° 357/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos ARIANNYS MENDOZA, DALIA PEÑA y otros, asistidos por la abogada Norkys Carolina Méndez, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2017-000061:Por recibido Oficio N° 345/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por la ciudadana DINORA YAZMIN BAUTISTA, asistida por el abogado Larry José Peña contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2017-000062: Por recibido Oficio N° 346/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos YRILUZ TORRES, MARITZA SEGURA, NORKA PÉREZ y otros, asistidos por la abogada Beliosky Piña Pérez, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

9.- Expediente N° AA70-E-2017-000063: Por recibido Oficio N° 350/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano LUIS FELIPE ULLOA, asistido por el abogado Carlos Rojas,  contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2017-000064:Por recibido Oficio N° 352/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos JUAN VICENTE PERDOMO, SOCORRO RAMÍREZ, MARÍA CORDERO y otros, asistidos por la abogada Eva González Silva, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

11.- Expediente N° AA70-E-2017-000065: Por recibido Oficio N° 351/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por la ciudadana IVETTE ARRIECHE, asistido por el abogado José Ángel Rivero, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

12.- Expediente N° AA70-E-2017-000066: Por recibido Oficio N° 353/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por la ciudadana GLORIA SOTO RUIZ, asistida por el abogado Luis Ramos Reyes, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

13.- Expediente N° AA70-E-2017-000067: Por recibido Oficio N° 356/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos VICTOR BARRIOS, YISEL COROMOTO ESALONA y otros, asistidos por la abogada Luz Adriana Pérez, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

14.- Expediente N° AA70-E-2017-000068: Por recibido Oficio N° 358/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano JOSÉ ESCALONA RODRÍGUEZ, asistidos por la abogada María López, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

15.- Expediente N° AA70-E-2017-000069: Por recibido Oficio N° 359/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano DUGLAS DE JESÚA GÍL, asistidos por el abogado Carlos Rojas, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

16.- Expediente N° AA70-E-2017-000070: Por recibido Oficio N° 360/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano RAFAEL VALERA, asistido por el abogado Julio Pérez, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

17.- Expediente N° AA70-E-2017-000071: Por recibido Oficio N° 360/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano RICARDO MELÉNDEZ GARCÍA, asistido por la abogada Yoly Carolina Méndez, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

18.- Expediente N° AA70-E-2017-000072: Por recibido Oficio N° 362/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos DOTRIAS COLMENAREZ, JHON JAIRO ESCALONA, LUIS ALBERTO SÁNCHEZ y otros, asistido por el abogado Carlos Escalona,  contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

19.- Expediente N° AA70-E-2017-000073: Por recibido Oficio N° 363/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos BETTY LOURDES PERNALETE, CARMEN TERESA, EDIT DEL CARMEN, MARÍA VILLAMIL y otros, asistido por el abogado Eddy Zambrano, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de junio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

20.- Expediente N° AA70-E-2017-000074: Por recibido Oficio N° 0349/2017, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos MARÍA FERNANDA RANGEL GONZÁLEZ, JOSÉ ISAAC MONTILLA ZAMBRANO, NANCY NEREIDA RAMÍREZ QUINTO y CIOLY JANETTE ZAMBRANO ÁLVAREZ, la ultima actuando en su propio nombre y representación y en asistencia de los primeros, de los Actos y Actuaciones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante las cuales se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual se resolvió que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente, y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de julio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

21.- Expediente N° AA70-E-2017-000054: Por recibido oficio N° 475-2017 de fecha 08 de julio de 2017, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, mediante el cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad interpuesto por la abogada Betty Carrizo de Avendaño, en su carácter de apoderada judicial de la Asociación Civil Caja de Ahorro y Préstamo de los Obreros de la Universidad del Zulia (CAPREOLUZ), contra el acta de fecha 16 de enero de 2017 mediante la cual los ciudadanos “ALEXANDER GERARDO PAZ RINCON, JOEL ANTONIO PEÑA PAREDES, NINOSKA CAROLINA COLINA DÁVILA, MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ JUGO, JOHN LENIN VARGAS MELENDEZ y ERLIN JESÚS VILLALOBOS CASTELLANO (…)  ilegalmente acordaron la instalación y toma de posesión del Consejo de Administración …” de la referida caja de ahorros. Remisión esta que se efectuó en virtud de la sentencia de fecha 31 de mayo de 2017, conforme a la cual el referido juzgado  declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral de nulidad a esta Sala Electoral.

 

Se acordó solicitar a los ciudadanos ALEXANDER GERARDO PAZ RINCÓN, JOEL ANTONIO PEÑA PAREDES, NINOSKA CAROLINA COLINA DÁVILA, MIGUEL ANGEL ALVAREZ JUGO, JOHN LENIN VARGAS MELENDEZ y ERLIN JESÚS VILLALOBOS CASTELLANO en su presunta condición de Presidente, Tesorero, Secretaria y Suplentes respectivamente, del Consejo de Administración de la Asociación Civil CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMO DE LOS OBREROS DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA (CAPREOLUZ) y a la COMISIÓN ELECTORAL de la referida Caja de Ahorro, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Se libraron Oficios Nos 17-454, 17-455, 17-456, 17-457, 17-458, 17-459 y 17-460. Ahora bien, teniendo en cuenta que en el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar, se designó ponente al Magistrado MALAQUÍAS GÍL RODRÍGUEZ, a quien se le remitió el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar. Igualmente, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de notificar a los mencionados ciudadanos y a la Comisión Electoral de la citada Caja de Ahorro. Se libró Oficio N° 17-453 y Despacho.

 

ACTUACIÓN EN:

 

22.- Expediente N° AA70-E-2016-000003: La abogada Astrid Herrera, actuando en representación de la Asociación Civil TRANSPARENCIA VENEZUELA, interpuso recurso contencioso electoral de abstención o carencia contra la Comisión de Participación Política y Financiamiento del Consejo Nacional Electoral, por no haberse pronunciado sobre la admisibilidad de las denuncias formales realizadas por esta organización consignadas en fecha 3,6,20,26,30 de noviembre y 7 de diciembre de 2015.

 

Se acordó prorrogar el lapso para dictar sentencia en la presente causa por un plazo de quince (15) días de despacho, dentro del cual se procederá a dictar el fallo correspondiente.

 

23.- Expediente N° AA70-E-2016-000037: El ciudadano ANTONIO GARCIA, invocando el carácter de Presidente de la Asociación Sindical Nacional de Supervisores y Operadores Petroleros, Similares, Conexos y Afines, asistido por el abogado Ronny Rafael Reyes Acuña, interpuso recurso contencioso electoral contra “la convocatoria y el proceso de elección de la Comisión Electoral de la FEDERACIÓN UNITARIA DE TRABAJADORES DEL PETRÓLEO, DEL GAS, SUS SIMILARES Y DERIVADOS DE VENEZUELA (FUTPV), celebrado el día 02 de diciembre del año 2015”.

 

Visto que en fecha 04 de julio de 2017 fue recibido el oficio N° 2050-175 de fecha 16 de mayo de 2017, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del estado de Anzoátegui, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 02 de agosto de 2016, y en cuyas diligencias se evidenció la imposibilidad de cumplir en su totalidad con la notificación encomendada, esta Sala, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel al ciudadano Antonio García (recurrente), a los fines de notificarle el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral en fecha 02 de agosto de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se le tendrá por notificado. Se Libró Cartel.

 

24.- Expediente N° AA70-E-2016-000025: el ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, invocado el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato "y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical", pautado para el día 06 de abril de 2016.

 

Visto que en fecha 03 de julio de 2017 fue recibido el oficio N° 193-17 de fecha 02 de junio de 2017, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guácara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado de Carabobo, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 05 de abril de 2017, esta Sala, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel a la Comisión Electoral Provisional del Sindicato Único Profesional de Trabajadores de las Industrias Productoras de Cervezas, Refrescos y Bebidas Alimenticias del estado Carabobo (SUTRA-BA CARABOBO), a los fines de notificarle la Sentencia N° 44 dictada en fecha 05 de abril de 2016 por esta Sala, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se le tendrá por notificada. Se Libró Cartel.

 

25.- Expediente N° AA70-E-2017-000029: Los ciudadanos TOMÁS ENRIQUE GONZÁLEZ DÍAZ y JESÚS RAFAEL LIENDO PARRA, aludiendo el carácter de afiliados del SINDICATO NACIONAL BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRANSPORTISTA DE VALORES TRANSBANCA (SINBTTVT), asistidos por el abogado Jesús Rafael Barrero, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones conjuntamente con medida cautelar innominada, para elegir a los integrantes de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Sindicato

 

Vista la Sentencia N° 90 dictada en fecha 29 de junio de 2017, se ordenó la citación de la actual Junta Directiva del Sindicato Nacional Bolivariano de Trabajadores y Transportistas de Valores Transbanca (SINBTTVT), la notificación a la parte accionante, así como al Ministerio Público, al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo y a la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital. Se libró Boleta, Boleta de citación y Oficios Nos. 17.445, 17.446 y 17.447.

 

DILIGENCIA EN:

 

26.- Expediente N° AA70-E-2017-000052: Los ciudadanos FÉLIX ALBERTO DUCHARNE GUERRA, FRANCISCO JOSÉ LÓPEZ SÁNCHEZ y NATHANAEL JEPHERSON ROACH PÉREZ,  aludiendo la condición de atletas del deporte de Tenis de Mesa, asistidos por las abogadas Ligia Gorriño Castellar y Mitzy Tuárez Sánchez, interpusieron recurso contencioso electoral de anulación con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra “el acto de convocatoria para el llamado a elecciones de las autoridades de la Federación Venezolana de Tenis de Mesa correspondiente al Ciclo Olímpico 2017-2021, efectuada por la Junta Directiva, con fecha 28 de abril de 2017, a realizarse el 02 de agosto de 2017 y la Asamblea General Extraordinaria de fecha 08 de julio de 2017 para la designación de la Comisión Electoral que regirá dicho proceso eleccionario”.

 

La abogada Ligia Gorriño, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.285, en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó "documentos a través de los cuales acredita y demuestra la legitimación activa” del ciudadano FELIX DUCHARNE (recurrente).

 

27.- Expediente N° AA70-E-2017-000052: Los ciudadanos FÉLIX ALBERTO DUCHARNE GUERRA, FRANCISCO JOSÉ LÓPEZ SÁNCHEZ y NATHANAEL JEPHERSON ROACH PÉREZ,  aludiendo la condición de atletas del deporte de Tenis de Mesa, asistidos por las abogadas Ligia Gorriño Castellar y Mitzy Tuárez Sánchez, interpusieron recurso contencioso electoral de anulación con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra “el acto de convocatoria para el llamado a elecciones de las autoridades de la Federación Venezolana de Tenis de Mesa correspondiente al Ciclo Olímpico 2017-2021, efectuada por la Junta Directiva, con fecha 28 de abril de 2017, a realizarse el 02 de agosto de 2017 y la Asamblea General Extraordinaria de fecha 08 de julio de 2017 para la designación de la Comisión Electoral que regirá dicho proceso eleccionario”.

 

La abogada Ligia Gorriño, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.285, en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó "documento a través de los cuales acredita y demuestra la legitimación activa” del ciudadano NATHANAEL JEPHERSON ROACH (recurrente).

 

RECEPCIÓN DE OFICIO EN:

 

28.- Expediente N° AA70-E-2012-000103: Los ciudadanos JOSÉ ANTONIO OLIVEROS, BARNABY BANNY GONZÁLEZ CANACHE, CÉSAR RAFAEL BERNAY GUZMÁN, JHONATAN  SALVADOR MONGUA ORTIZ, JOSÉ CELESTINO BOLÍVAR LEÓN, LUIS EDUARDO HERNÁNDEZ QUIARO, ULISE RAFAEL MARCANO MATA y GUSTAVO JOSÉ RUIZ CAMPOS, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del Sindicato de Empleados y Obreros de la Empresa CVG Conacal, (SEOCON).

 

Por recibido Oficio N° 3580-058 de fecha 23 de marzo de 2017, emanado del Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui,  anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 17 de septiembre de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

29.- Expediente N° AA70-E-2017-000075: El ciudadano FRANCISCO ISAAC BECERRA HERRERA, asistido por el abogado Henry Ohotoniel Carranza, interpuso acción de amparo contra el Consejo nacional electoral "…por causa de exclusión como candidato a la Asamblea Nacional Constituyente Ciudadana y Popular 2017..."

 

Recepción de escrito de acción de amparo.

 

ACTUACIÓN EN:

30.- Expediente N° AA70-E-2016-000087: Los ciudadanos RAMÓN CARMONA BERRIOS, OCTAVIO MUJICA SEVILLA y YENIRETT DUBRASKA DOGLIA, interpusieron acción de amparo constitucional contra el ciudadano Presidente y demás miembros de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Carabobo.

Vista la Sentencia N° 87 dictada en fecha 29 de junio de 2017, esta Sala acordó notificar a los ciudadanos RAMÓN CARMONA BERRIOS, OCTAVIO MUJICA SEVILLA, YENIRETT DUBRASKA DOGLIA (parte agraviada). Se libró Boleta. Igualmente, dando cumplimiento a lo ordenado en la precitada sentencia se acordó citar a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Carabobo, (parte agraviante). Se libró Boleta de citación. Del mismo modo se ordenó notificar al Ministerio Público. Se Libró Oficio N° 17.448. En ese mismo sentido, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de practicar la notificación y citar a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Carabobo, (parte agraviante). Se libró Oficio N° 17.449. 

RECEPCIÓN DE ESCRITO:

31.- Expediente N° AA70-E-2017-000049: Por recibido en fecha 22 de junio de 2017, Oficio N° 0179/2017, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por el abogado Leoncio Dioscoridis Valera Barrios, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos GIOVANNI ZAPARRATA, ANTONIO MARCHETTA, GIUSEPPE DE LUCA, MARIA FRANZIN, ADRIANA OJEDA, LILIANA MASTROROSA, ENRICO BONIELLO, ANNA DE LUCA, VICTOR ANTONELLI, PIERLUIGI DI TONTO, MICHELLE CIPOLLA, PATRICIA CHIAZZESE, MARIO PARIS, CARMELO DI QUINZIO, CLAUDIA TORELLA y LUIGI GIARDINA, contra la Comisión Electoral de la Asociación Cultural y Social Casa Italia de Maracay para que “(…) restablezca la situación jurídica infringida en cuanto acepte la inscripción de la Plancha N° 2(…)”. Remisión esta que se efectuó en virtud de la sentencia de fecha 09 de junio de 2017, conforme a la cual el referido juzgado declinó la competencia para conocer de la acción de amparo a esta Sala Electoral.

 

El abogado Leoncio Dioscoridis Valera Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.077, en su carácter de apoderado judicial de los accionantes, presentó escrito mediante el cual consignó "reforma de la solicitud de amparo constitucional".

 

RECEPCIÓN DE OFICIO EN:

32.- Expediente N° AA70-E-2016-000064: El abogado WILLIAM SÁNCHEZ, aludiendo su condición de Secretario General Regional del Estado Aragua de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela  MOVEV, interpuuso acción de amparo constitucional, contra "la actual Dirección Nacional Ejecutiva del Movimiento Ecológico de Venezuela".

Por recibido Oficio N° 263-2017 de fecha 15 de junio de 2017, emanado del Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 11 de octubre de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

SENTENCIA

 

33.- Expediente N° AA70-E-2017-000052: Los ciudadanos FÉLIX ALBERTO DUCHARNE GUERRA, FRANCISCO JOSÉ LÓPEZ SÁNCHEZ y NATHANAEL JEPHERSON ROACH PÉREZ,  aludiendo la condición de atletas del deporte de Tenis de Mesa, asistidos por las abogadas Ligia Gorriño Castellar y Mitzy Tuárez Sánchez, interpusieron recurso contencioso electoral de anulación con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra “el acto de convocatoria para el llamado a elecciones de las autoridades de la Federación Venezolana de Tenis de Mesa correspondiente al Ciclo Olímpico 2017-2021, efectuada por la Junta Directiva, con fecha 28 de abril de 2017, a realizarse el 02 de agosto de 2017 y la Asamblea General Extraordinaria de fecha 08 de julio de 2017 para la designación de la Comisión Electoral que regirá dicho proceso eleccionario”. La Sala declaró: 1.- DECLARÓ SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente, con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos. 2.- ADMITIÓ el recurso interpuesto por los recurrentes. 3.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, en consecuencia, se suspende la realización de las Asambleas pautadas para los días 8 de julio y 2 de agosto de 2017, las cuales tenían como finalidad elegir a los integrantes de la Comisión Electoral y a las nuevas autoridades de la Federación Venezolana de Tenis de Mesa, respectivamente hasta tanto se decida el fondo del recurso. Magistrada ponente: FANNY MÁRQUEZ CORDERO. Sentencia N° 96

 

La Presidenta,

 

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                              La Secretaria,

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados