Cuenta de Salas - Sala Electoral
Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 09 de Octubre de 2017





CUENTA N° 201

 

ACTUACIÓN EN:

  

1.- Expediente N° AA70-E-2015-000137: Las ciudadanas ANGELA MORILLO, NÉLIDA ZAMBRANO, ISDELIA PALACIOS y DALIA HERMINIA YÁNEZ, respectivamente, invocando la condición de miembros directivos de la Red Ambiental de la Base de la Unión de Comunidades Indígenas WARAO UCIW-CONIVE y la última invocando el carácter de representante y defensora de los Derechos Humanos e Indígenas de las poblaciones originarias de la República Bolivariana de Venezuela, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de CONIVE a nivel nacional, relacionado con el proceso de escogencia de precandidata o precandidato indígena por el estado Delta Amacuro, para participar en las elecciones a Diputados de la Asamblea Nacional por los pueblos indígenas, región oriente, celebradas en fecha 06-12-2015. (CAMBIÓ A RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL).

 

Vencido como se encuentra el lapso para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento, previsto en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se agrega al expediente el cartel de emplazamiento original.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2017-000108: La ciudadana EGDIMAR DE JESÚS RUÍZ MORENO, actuando con el carácter de Representante de los Atletas ante la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Potencia, debidamente asistida por el abogado José Gregorio Padrino Barberi, interpuso recurso contencioso electoral en contra "de la elección de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Potencia, realizada el pasado 17 de julio de 2017, hasta el 23 de agosto de 2017…".

 

Se acordó solicitar a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Potencia, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionado con el presente recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se libró oficio N° 17.625.

 

3.- Expediente N° AA70-E-2017-000105: Los ciudadanos RUBÉN DARIO NAVARRO y ROBINSON RAÚL ROMÁN, actuando con el carácter de Juez Nacional  y Presidente Interino de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Canotaje (en adelante la Federación), debidamente asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar en contra "la COMISIÓN ELECTORAL federativa ilegalmente designada en fecha 22 de septiembre de 2017 y contra el fraudulento Proceso Electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor y el representante de los Atletas de la Federación para el período 2017-2021 que pretenden materializar el día 06 de octubre de 2017…".

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ENTRENADORES DE SELECCIÓN NACIONAL DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE CANOTAJE (FEVECANOTAJE), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 164 dictada en fecha 05 de octubre de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificados.

 

4.- Expediente N° AA70-E-2017-000105: Los ciudadanos RUBÉN DARIO NAVARRO y ROBINSON RAÚL ROMÁN, actuando con el carácter de Juez Nacional  y Presidente Interino de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Canotaje (en adelante la Federación), debidamente asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar en contra "la COMISIÓN ELECTORAL federativa ilegalmente designada en fecha 22 de septiembre de 2017 y contra el fraudulento Proceso Electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor y el representante de los Atletas de la Federación para el período 2017-2021 que pretenden materializar el día 06 de octubre de 2017…".

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al PERSONAL TÉCNICO NACIONAL DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE CANOTAJE (FEVECANOTAJE), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 164 dictada en fecha 05 de octubre de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificados.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2017-000105: Los ciudadanos RUBÉN DARIO NAVARRO y ROBINSON RAÚL ROMÁN, actuando con el carácter de Juez Nacional  y Presidente Interino de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Canotaje (en adelante la Federación), debidamente asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar en contra "la COMISIÓN ELECTORAL federativa ilegalmente designada en fecha 22 de septiembre de 2017 y contra el fraudulento Proceso Electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor y el representante de los Atletas de la Federación para el período 2017-2021 que pretenden materializar el día 06 de octubre de 2017…".

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los JUECES NACIONALES DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE CANOTAJE (FEVECANOTAJE), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 164 dictada en fecha 05 de octubre de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificados.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2017-000105: Los ciudadanos RUBÉN DARIO NAVARRO y ROBINSON RAÚL ROMÁN, actuando con el carácter de Juez Nacional  y Presidente Interino de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Canotaje (en adelante la Federación), debidamente asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar en contra "la COMISIÓN ELECTORAL federativa ilegalmente designada en fecha 22 de septiembre de 2017 y contra el fraudulento Proceso Electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor y el representante de los Atletas de la Federación para el período 2017-2021 que pretenden materializar el día 06 de octubre de 2017…".

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIONES DEPORTIVAS REGIONALES DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE CANOTAJE (FEVECANOTAJE), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 164 dictada en fecha 05 de octubre de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificadas.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2017-000105: Los ciudadanos RUBÉN DARIO NAVARRO y ROBINSON RAÚL ROMÁN, actuando con el carácter de Juez Nacional  y Presidente Interino de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Canotaje (en adelante la Federación), debidamente asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar en contra "la COMISIÓN ELECTORAL federativa ilegalmente designada en fecha 22 de septiembre de 2017 y contra el fraudulento Proceso Electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor y el representante de los Atletas de la Federación para el período 2017-2021 que pretenden materializar el día 06 de octubre de 2017…".

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ATLETAS DE SELECCIÓN NACIONAL DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE CANOTAJE (FEVECANOTAJE), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 164 dictada en fecha 05 de octubre de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificados.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2017-000092: Por recibido Oficio N° 556-2017 de fecha 22 de junio de 2017, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso- Administrativo de la Región Occidental de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos, por la ciudadana HELÉ SÁNCHEZ ESCOBAR, titular de la cédula de identidad N° 7.412.658, abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 120.909, actuando en su propio nombre y representación, contra "1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23-05-2017, mediante el cual aprobó la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente; 2) Decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25-05-2017, mediante las cuales aceptó las bases comiciales para la elección de una Asamblea Nacional Constituyente; 3) Decisión del Consejo Nacional Electoral; (…) de fecha 25-05-2017, en la que informó que los días 31-05-2017 y 01-06-2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente; y 4) Decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 4-06-2017, a través de la cual se aprobó como (sic) 30-07-2017, como la oportunidad para las elecciones de los Constituyentistas…”.

Vista la Sentencia N° 161 dictada en fecha 26 de septiembre de 2017, esta Sala acordó notificar HELÉ SÁNCHEZ ESCOBAR (parte recurrente) y por cuanto no consta en autos domicilio alguno, se acuerda librar cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se le tendrá por notificada. Se libró Cartel.

9.- Expediente N° AA70-E-2015-000142: el ciudadano ESTEBAN ARGELIO PÉREZ RAMOS, actuando en su condición de candidato a diputado a la Asamblea Nacional por la representación indígena Región Sur, en las elecciones celebradas el pasado 6 de diciembre de 2015, asistido por la abogada Hilaria Michael Márquez Betancourt, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS, POR LA REPRESENTACIÓN INDÍGENA A LA ASAMBLEA NACIONAL REGIÓN SUR...".

 

Visto que en fecha 04 de octubre de 2017 fue recibido Oficio N° 115-2017 de fecha 08 de mayo de  2017, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del estado Apure, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 08 de febrero de 2017, y en cuyas diligencias se evidenció la imposibilidad de cumplir en su totalidad con la notificación encomendada, este Juzgado, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar al ciudadano ESTEBAN ARGELIO PÉREZ RAMOS (parte recurrente), la  Sentencia N° 156 de fecha 30 de diciembre de 2015 dictada por esta Sala, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se le tendrá por notificado. Se libró Cartel.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2015-000098: el ciudadano DARWIN JOSÉ RONDÓN MARTÍNEZ,  invocando el carácter de afiliado del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DEL ESTADO ARAGUA (SINTIEA), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 150625-169 de fecha 25 de junio de 2015, emitida por el Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 760 de fecha 07 de julio de 2015.

 

Visto que constan en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 11 de agosto de 2016, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias". Agréguese copia del cartel a los autos.

 

DILIGENCIA EN:

 

11.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, las dos últimas abogadas, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertado del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron "DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS" contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, "…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

Los abogados Gladys Vergara y Antonio José Rosales, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 16.667 y 28.907, respectivamente, (parte recurrente) presentaron diligencia mediante la cual "ratifican domicilio procesal".

 

12.- Expediente N° AA70-E-2017-000035: Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017".

 

El abogado José Luis Urbaez Navarro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 939, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó la pagina N° 13 del diario "Últimas Noticias" donde apareció publicado el cartel de emplazamiento librado por esta Sala en fecha 27 de septiembre de 2017.

 

13.- Expediente N° AA70-E-2014-000117: los ciudadanos ALEJANDRO LOZADA, WILFREDO SALGADO y JAIBER MARTÍNEZ, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la elección de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES SIDERÚRGICOS Y SIMILARES (SUTISS) para el período 2014-2016.

 

El abogado Luis Enrique Azocar Azocar, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.061, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual solicitó se declare la perención de la instancia.

 

OFICIO RECIBIDO EN:

14.- Expediente N° AA70-E-2016-000089: Los abogados Luis Betancourt Zurita y Nelly Labrador Ávila, actuando en su condición de apoderados de los ciudadanos ISIS COROMOTO ANDRADE LUGO, JOSÉ VICENTE MÁRQUEZ MATOS, JACQUELINE DEL ROSARIO GARCÍA GUZMÁN, ROMÁN ARREAZA y EDGAR OMAR GERARDINO, actuando en su condición de candidatos y asociados de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 13 de octubre de 2016, por la referida caja de ahorros.

Por recibido Oficio N° 546 de fecha 07 agosto de  2017, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió las resultas de las pruebas admitidas por auto de fecha 26 de junio de 2017, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

15.- Expediente N° AA70-E-2016-000071: Los ciudadanos ADRIAN PIÑANGO, JOSÉ ABREU, LIBARDO LÓPEZ, JOSÉ MARTINEZ, ROBERT BENITEZ, CARLOS NIÑO, SAVIER ARTILES, ELVIS GAVIRIA y JOEL CARRILLO, aludiendo su cualidad de afiliados al Sindicato Unido de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Productora de lubricantes, químicos, acuosos, fabricantes de envases, similares y conexos del estado Carabobo (SUNTRAIN-LUQUIMAEN), asistidos por la abogada Carmen Salvatierra, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones contra el referido sindicato.

Por recibido Oficio N° 279-17 de fecha 29 de septiembre de  2017, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, San Joaquín, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 25 de julio de 2017, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

16.- Expediente N° AA70-E-2016-000032: el ciudadano GIOVANI OCHOA, invocando el carácter de afiliado a la UNIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS BOLIVARIANOS DE LA EMPRESA ALIÑOS VENEZOLANOS C.A. VENEALIÑOS (U SINTRA B VENEALIÑOS-V), asistido por el abogado Miguel Terán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 256.826, interpuso solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva de la referida organización Sindical.

Por recibido Oficio N° 2017-361 de fecha 28 de septiembre de  2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 31 de julio de 2017, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

17.- Expediente N° AA70-E-2016-000027: los ciudadanos GIOCONDA LÓPEZ, MARTIN JOSÉ PADRINO RUDAS y MIGUEL GONZÁLEZ, aludiendo el carácter de candidatos a la Secretaría del Consejo de Administración, Presidente al Consejo de Administración y Tesorero al Consejo de Administración, respectivamente, para las pasadas elecciones del Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia y delegados de la Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad Bolivariana de Venezuela (CATUBV), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las elecciones para la escogencia del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de La Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad Bolivariana de Venezuela (CATUBV).

Por recibido Oficio N° 2017-0339 de fecha 05 de octubre de 2017, emanado del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 15 de mayo de 2017, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

DILIGENCIA DEL ALGUACIL:

 

18.- Expediente N° AA70-E-2017-000043: Los abogados Rafael González y Zair Mundaray, actuando en su condición de “…Vicefiscal General de la República y Director General de Actuación Procesal…”, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, medida cautelar innominada de suspensión de efectos con “…1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual fijó las bases comiciales para la elección de los constituyentes; 2) La decisión del Consejo Nacional Electoral,  hecha pública por si Presidenta (…) , mediante cadena nacional del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente; y 3) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo nacional Electoral (…), propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-433, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 84 de fecha 27-06-2017.

 

19.- Expediente N° AA70-E-2017-000043: Los abogados Rafael González y Zair Mundaray, actuando en su condición de “…Vicefiscal General de la República y Director General de Actuación Procesal…”, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, medida cautelar innominada de suspensión de efectos con “…1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual fijó las bases comiciales para la elección de los constituyentes; 2) La decisión del Consejo Nacional Electoral,  hecha pública por si Presidenta (…) , mediante cadena nacional del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente; y 3) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo nacional Electoral (…), propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos Rafael González y Zair Mundaray, a los fines de notificarle la Sentencia Nº 84 de fecha 27-06-2017.

 

20.- Expediente N° AA70-E-2017-000040: Los ciudadanos YURAIMA REYES, OTILIA GALLEGO y JIMMY GOITE, asistidos por el abogado Arsenio Sequera interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra "…1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23 de mayo de 2017, mediante la cual fijó las bases comiciales para la elección de los constituyentes, 2) La decisión del Consejo Nacional Electoral, hecha pública por su Presidenta (…) mediante cadena nacional del 25 de mayo de 2017 (…) y 3)La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas.".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos Yuraima Reyes, Otilia Gallego y Jimmy Goite, a los fines de notificarle la Sentencia Nº 83 de fecha 27-06-2017.

 

21.- Expediente N° AA70-E-2017-000040: Los ciudadanos YURAIMA REYES, OTILIA GALLEGO y JIMMY GOITE, asistidos por el abogado Arsenio Sequera interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra "…1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23 de mayo de 2017, mediante la cual fijó las bases comiciales para la elección de los constituyentes, 2) La decisión del Consejo Nacional Electoral, hecha pública por su Presidenta (…) mediante cadena nacional del 25 de mayo de 2017 (…) y 3)La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas."

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-432, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 83 de fecha 27-06-2017.

 

22.- Expediente N° AA70-E-2017-000045: La ciudadana INES FIGARELLA DE LOSADA, actuando en su propio nombre y representación, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra “1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23 de mayo de 2017, mediante la cual ‘aprobó la convocatoria’ a una Asamblea Nacional Constituyente;(…) 2)La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual aceptó las bases comiciales para la elección de los constituyentes, (…) 3) La decisión del Consejo Nacional Electoral, (…)del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente, a través de un portal digital que abrirá el Poder Electoral; (…) 4) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas”.

 

El ciudadano Alguacil consignó  de la boleta original  librada a la ciudadana INES FIGARELLA DE LOSADA, a los fines de notificarle la Sentencia Nº 85 de fecha 27-06-2017.

 

23.- Expediente N° AA70-E-2017-000045: La ciudadana INES FIGARELLA DE LOSADA, actuando en su propio nombre y representación, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra “1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23 de mayo de 2017, mediante la cual ‘aprobó la convocatoria’ a una Asamblea Nacional Constituyente;(…) 2)La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual aceptó las bases comiciales para la elección de los constituyentes, (…) 3) La decisión del Consejo Nacional Electoral, (…)del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente, a través de un portal digital que abrirá el Poder Electoral; (…) 4) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-434, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 85 de fecha 27-06-2017.

 

24.- Expediente N° AA70-E-2017-000045: La ciudadana INES FIGARELLA DE LOSADA, actuando en su propio nombre y representación, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra “1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23 de mayo de 2017, mediante la cual ‘aprobó la convocatoria’ a una Asamblea Nacional Constituyente;(…) 2)La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual aceptó las bases comiciales para la elección de los constituyentes, (…) 3) La decisión del Consejo Nacional Electoral, (…)del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente, a través de un portal digital que abrirá el Poder Electoral; (…) 4) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-435, librado a la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 85 de fecha 27-06-2017.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

25.- Expediente N° AA70-E-2017-000016: Los ciudadanos NEPTALÍ PÉREZ GÓMEZ, ROMELÍN PATRICIA CARREÑO, YELITZA COROMOTO RUIZ, LUIS ENRIQUE DÁVILA SÁNCHEZ, RICARDO JOSÉ MARCANO, NELSON SALVADOR SUAREZ, LUIS ANTONIO PASTRANO Y JUAN GABRIEL MENDOZA, aludiendo el carácter de trabajadores y trabajadoras del Metro de Caracas, asistidos por el abogado Sergio Urdaneta, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra "las actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones y omisiones" de la Comisión Electoral que organiza las elecciones para elegir a la Junta Directiva del Sindicato de los Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA), para el periodo 2017-2020.

 

Vista la Sentencia N° 163 dictada en fecha 26 de septiembre de 2017, esta Sala acordó notificar a la parte accionante, a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA), al Ministerio Público y al Consejo Nacional Electoral. Se libraron Boletas y Oficios Nros. 17.623 y 17.624.

La Presidenta,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                    La Secretaria,

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados