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  • Fecha: 10 de Enero de 2017





CUENTA N° 7

ACTUACIÓN EN:

1.- Expediente N° AA70-E-2015-000101: IVÁN SULBARÁN, JOSÉ LEAL, RENNY MEDINA y JOSÉ CASTELLANI, asistidos por la abogada Yuleisis Velásquez, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones contra la Junta Directiva del Sindicato de los Trabajadores y Trabajadoras de la Empresa "Molinos Nacionales C.A." (SINTRAMONACA).

Visto el escrito presentado en fecha 12 de diciembre de 2016 por el abogado EVERETT JOSÉ SALAZAR BOSSIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.295, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, mediante la cual solicitó copia certificada de los folios doscientos sesenta y siete (267) al doscientos sesenta y nueve (269), doscientos ochenta (280) y doscientos noventa y dos (292) del expediente, esta Sala Acordó expedir las certificaciones por cursar en original.

2.- Expediente N° AA70-E-2015-000057: JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ RINCÓN, titular de la cédula de identidad N° 4.774.473, asistido por el abogado Claudio Bata Gallardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.561, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 150414-077 de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, la cual resolvió: "PRIMERO: Se reconocen las autoridades de la organización con fines políticos nacional INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN), electos en la Convención Nacional de Comités Operativos Regional, es celebrada el 25 de mayo de 2013, para el periodo de seis (06) años desde 2013 hasta 2019…".                                  

Vista la Sentencia N° 159 dictada por la Sala Electoral en fecha 16-11-2016, este Juzgado de Sustanciación acordó notificar a la parte recurrente, al ciudadano José Ramón Zacarías, al Consejo Nacional Electoral, al Ministerio Público, a la Junta Directiva Nacional, a los Sub Secretarios Generales Adjuntos, a las Secretarías Nacionales, al Tribunal Nacional Disciplinario, a la Comisión Electoral Nacional, a la Contraloría Interna Nacional, a la Procuraduría de los Derechos de los Militantes y a la Directiva Nacional Consultiva de la Organización Política Independientes por la Comunidad Nacional (IPCN). Se libró Boletas y Oficios N°  17-001, 17-002, 17-003, 17-004, 17-005, 17-006, 17-007, 17-008, 17-009 y 17-010, respectivamente. Finalmente, este Juzgado de Sustanciación indica que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, dará cumplimiento a lo ordenado en el auto dictado en fecha 21 de septiembre de 2015 y procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias” y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.                                                                                                            

3.- Expediente N° AA70-E-2015-000138: JUAN JOSE GONZÁLEZ GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.661.584, quien invoca la condición de Secretario General del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DEL ESTADO ARAGUA (SINTIEA), presentó Acción Mero Declarativa "en torno al alcance y vigencia del período electivo real de la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DEL ESTADO ARAGUA (SINTIEA) "en atención al reconocimiento que hizo en Gaceta Electoral N° 778 el Consejo Nacional Electoral en fecha 28-09-2015, cuando publicó la Resolución No. 150820-240, según la cual, permite inferir que el periodo de la Junta Directiva que representa nuestro mandante, vence el 28-09-2018 y por tanto, se encuentra plenamente legitimado para ejercer actos de representación que excedan incluso de la simple administración en nombre de la organización sub lite".

Vista la Sentencia Nº 199 dictada por esta Sala Electoral en fecha 15 de diciembre de 2016, se acordó notificar al ciudadano JUAN JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ (parte accionante), a la Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC), al Viceministerio de Derechos y Relaciones Laborales, adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo, al Ministerio Público y a la Procuraduría General de la República, esta última de conformidad con lo previsto en el artículo 109 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, remitiéndoles copia certificada de la mencionada decisión. Librándose Boleta y Oficios Nros 17.011, 17.012, 17.013,  17.014,  17.015.                                                                       

4.-Expediente N° AA70-E-2010-000082: LIBIA MARGARITA BASTIDAS TRIBIÑO, JOSEFA RAMONA NAVAS y DALIS KAREN JIMÉNEZ MOLINA, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social del Personal Administrativo del Ejecutivo del estado Barinas, referidas al proceso electoral para elegir a los aspirantes al Consejo de Administración y Vigilancia de la referida caja de ahorros celebrada en fecha 10-02-2010.

Vencido como se encuentra el lapso para retirar, publicar y consignar se agregó el original del cartel de emplazamiento al expediente.

DILIGENCIA EN:

5.- Expediente N° AA70-E-2016-000033: El abogado Gustavo Boada Chacón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.420, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana JUDITH MARTÍNEZ DE CORREA, titular de la cédula de identidad N° 30.714.680,  interpuso solicitud de avocamiento en el expediente N° 493-2015 llevado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palma Sola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, contentivo de la demanda de nulidad “DE LOS ACUERDOS TOMADOS EN LA ASAMBLEA DE COPROPIETARIOS DEL CONDOMINIO DEL COMPLEJO URBANÍSTICO TURÍSTICO RECREACIONAL CARIBBEAN SUITES, MARINA AND BEACH CLUB, celebrada el 20 de septiembre 2015”.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-716, librado al Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, a los fines de notificarlo de la sentencia N° 164 de fecha 16-11-2016

6.- Expediente N° AA70-E-2016-000033: El abogado Gustavo Boada Chacón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.420, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana JUDITH MARTÍNEZ DE CORREA, titular de la cédula de identidad N° 30.714.680,  interpuso solicitud de avocamiento en el expediente N° 493-2015 llevado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palma Sola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, contentivo de la demanda de nulidad “DE LOS ACUERDOS TOMADOS EN LA ASAMBLEA DE COPROPIETARIOS DEL CONDOMINIO DEL COMPLEJO URBANÍSTICO TURÍSTICO RECREACIONAL CARIBBEAN SUITES, MARINA AND BEACH CLUB, celebrada el 20 de septiembre 2015”.

  El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-717, librado al Juzgado Superior en lo Civil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en Coro, a los fines de notificarlo de la sentencia N° 164 de fecha 16-11-2016

7.-Expediente N° AA70-E-2016-000076: El ciudadano EUDIS FELIPE GIROTT, aludiendo el carácter de afiliado y miembro del comité ejecutivo de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del gas, sus similares y derivados de Venezuela (FUTPV), asistido por el abogado José Rafael Rangel Aguiar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida de amparo cautelar contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del gas, sus similares y derivados de Venezuela de fecha 13 de septiembre de 2016.                                                                                                                                          

El ciudadano Alguacil Consignó copia de la boleta librada al ciudadano Eudis Felipe Girott, a los fines de notificarle la Sentencia Nº 151 de fecha 01-11-2016

8.-Expediente N° AA70-E-2016-000076: El ciudadano EUDIS FELIPE GIROTT, aludiendo el carácter de afiliado y miembro del comité ejecutivo de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del gas, sus similares y derivados de Venezuela (FUTPV), asistido por el abogado José Rafael Rangel Aguiar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida de amparo cautelar contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del gas, sus similares y derivados de Venezuela de fecha 13 de septiembre de 2016.                                                                                                                                         

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-701, librado a la Comisión Electoral de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del Gas, sus Similares y Derivados de Venezuela (FUTPV), mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 151 de fecha 01-11-2016 y del auto de fecha 03-11-2016

9.-Expediente N° AA70-E-2016-000076: El ciudadano EUDIS FELIPE GIROTT, aludiendo el carácter de afiliado y miembro del comité ejecutivo de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del gas, sus similares y derivados de Venezuela (FUTPV), asistido por el abogado José Rafael Rangel Aguiar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida de amparo cautelar contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del gas, sus similares y derivados de Venezuela de fecha 13 de septiembre de 2016.                                                                                                                                        

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-703, Junta Directiva de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del Gas, sus Similares y Derivados de Venezuela (FUTPV), mediante el cual se les notificó la Sentencia Nº 151 de fecha 01-11-2016 y del auto de fecha 03-11-2016

10.-Expediente N° AA70-E-2016-000076: El ciudadano EUDIS FELIPE GIROTT, aludiendo el carácter de afiliado y miembro del comité ejecutivo de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del gas, sus similares y derivados de Venezuela (FUTPV), asistido por el abogado José Rafael Rangel Aguiar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida de amparo cautelar contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del gas, sus similares y derivados de Venezuela de fecha 13 de septiembre de 2016.                                                                                                                                 

El ciudadano Alguacil Consignó copia del Oficio N° 16-704 librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los fines de notificar a la plancha N° 90, la Sentencia Nº 151 de fecha 01-11-2016 y del auto de fecha 03-11-2016

 

11.-Expediente N° AA70-E-2016-000071: Los ciudadanos ADRIAN PIÑANGO, JOSÉ ABREU, LIBARDO LÓPEZ, JOSÉ MARTINEZ, ROBERT BENITEZ, CARLOS NIÑO, SAVIER ARTILES, ELVIS GAVIRIA y JOEL CARRILLO, titular de la cédula de identidad Nos. 10.739.792, 16.325.098, 11.322.958, 5.382.093, 15.860.942, 10.150.977, 16.049.189, 13.899.176 y 12.996.256, respectivamente, aludiendo su cualidad de afiliados al Sindicato Unido de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Productora de Lubricantes, Químicos, Acuosos, Fabricantes de Envases, Similares y Conexos del estado Carabobo (SUNTRAIN-LUQUIMAEN), asistidos por la abogada Carmen Salvatierra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.383, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones contra el referido sindicato.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-719, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de citar a la Junta Directiva del Sindicato Unido de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Productora de lubricantes, químicos, acuoso, fabricantes de envases, similares y conexos del estado Carabobo (SUNTRAIN-LUQUIMAEN), respecto a la Sentencia N° 161 de fecha 16-11-2016. Oficio que fue enviado a través de la empresa M. R. W. el día 06-12-2016

12.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.

El abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante el  cual solicitó se emita decisión respecto a la admisión o no de la demanda interpuesta en fecha 01 de diciembre de 2016, y pronunciamiento con respecto a la solicitud de amparo cautelar interpuesta conjuntamente con la mencionada demanda.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

13.- Expediente N° AA70-E-2013-000070: RAFAEL COBIS, Interpuso  acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Asociación de Boxeo del estado Carabobo, respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Asociación, cuyo acto de votación se fijó para el día 14 de agosto de 2013.

Vencido como se encuentra la articulación probatoria de ocho (08) días de despacho establecidos en la Sentencia N° 114 del 02 de agosto de 2016, se designó ponente: al Magistrada JHANNETT MADRIZ SOTILLO, a los fines de la decisión correspondiente.

DILIGENCIA EN:

14- Expediente N° AA70-E-2016-000081: El ciudadano JOSÉ MANUEL SOTO REYES, titular de la cédula de identidad N° 8.330.481, aludiendo su carácter Secretario de Finanzas y miembro de la Junta Directiva del Sindicato Unión de Obreros y Empleados Petroleros, químicos y sus similares de los Municipios autónomos Bruzual, Peñalver, Libertad, Bolívar y Sotillo del estado Anzoátegui (SUOEPQS), asistido por el abogado Julio Cesar Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.359, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la decisión emanada de la Comisión Electoral Transitoria de la Federación Unitaria de Trabajadores y Trabajadoras del Petróleo, del Gas, sus similares y derivados de Venezuela (FUTPV) de fecha 13 de septiembre de 2016.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-698, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano José Manuel Soto Reyes, la sentencia N° 150 de fecha 01-11-2016

 

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria,

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

 

 

 

 

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